Este documento presenta nociones básicas del derecho civil mexicano. Explica que el derecho civil regula las relaciones privadas entre personas en su familia y patrimonio. Define persona física como un ser humano y persona jurídica como una colectividad de personas u organización. Describe los atributos de cada tipo de persona como nombre, domicilio, capacidad y patrimonio.
1. ESCUELA PREPARATORIA OFICIAL NO 11
“NOCIONES DEL DERECHO POSITIVO MEXICANO”
PERSONA FÍSICA Y PERSONA MORAL
PROFESOR: PINEDA LÓPEZ HUMBERTO
NOMBRE DE LOS INTEGRANTES
CORONA MARIAUD MAYTE
FAJARDO REYES MARIANA
MORALES SALOMA MARÍA FERNANDA
RIVAS PUENTE FERNANDA
ROSALES SALVATORI MARÍA DEL CARMEN
RUIZ DURAN RAÚL
3° “2”
MATUTINO
2. DERECHO CIVIL
El derecho civil es el conjunto de leyes relativas al
Estado y a la capacidad de las personas, familia,
patrimonio, transición de los bienes y a los
contratos y obligaciones; se encarga de toda
relación privada ente las personas en su familia y
patrimonio de tipo común y permite la obtención de
sus fines individuales dentro de su espacio social;
que mediante normas jurídicas regulan las
relaciones ordinarias de la vida del ser humano en
sociedad.
3.
4. CONCEPTO DE PERSONA
Una persona es todo ser capaz de derechos y obligaciones, es un sujeto
activo o pasivo de relaciones jurídicas.
Persona jurídica: Se designa
a una colectividad de
Persona natural: todo ser
personas o conjunto de
humano
bienes organizados para un
fin determinado.
5. Un “ente” es considerado como sujeto de derechos
y obligaciones jurídicas, es todo ser humano
individualizado que podrá ser sujeto de derechos
u}y obligaciones: en México no existen personas
incapaces de Derecho, pero no todo sujeto es capaz
de actuar como ,los niños y los enfermos mentales,
por lo tanto, carecen de capacidad de obligarse y
por ello actúa bajo tutores o representantes legales.
7. CAPACIDAD DE GOCE
Aptitud legal a l ser titular
de derechos y obligaciones,
Desde el nacimiento hasta
adquirida desde el momento
antes de cumplir los 18 años Ejemplo de capacidad de
de ser concebido hasta el
de edad, tenemos la goce : vida, libertad, nombre
momento de morir. Es gozar
capacidad de gozarlos, pero propio, una familia, un
de los beneficios que se
no exigirlos ante las patrimonio, educación, etc.
adquieren simplemente por
autoridades.
haber nacido en territorio
mexicano.
8. CAPACIDAD DE EJERCICIO
Se enfoca en accionar, obrar y hacer
Para ejercer estas capacidades su
valer y exigir los derechos y
existencia se encuentra en el
obligaciones por si mismo y no por
artículo 22 del Código Civil del
representante legal, esta capacidad
Distrito Federal (CCDF) para las
se pierde cuando nos encontramos
personas físicas y en el artículo 25
en un estado de imbecilidad,
para las personas morales.
interdicción, inerte o muerte.
9.
10. PERSONA FÍSICA O NATURAL:
Es el ser humano que la ley considera
apto, capaz, para tener derechos y
obligaciones respecto a su círculo
social.
Un atributo es la función que expresa una
manera de ser que se afirma de un sujeto o
de un objeto
11. ATRIBUTOS DE LAS PERSONAS FISICAS
•Palabra que individualiza a las personas integrada por el nombre propio o de pila y los
Nombre apellidos.
•Es el lugar donde la ley le fija su residencia a una persona física para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus
Domicilio obligaciones.
•Atributo exclusivo de personas físicas que pueden tener estado civil de casado o soltero; las personas en
concubinato se consideran solteras para la ley, divorciado o viudo no son estados civiles reconocidos por la ley.
Estado civil
•Las personas físicas cuentan con las capacidades jurídicas de goce y de ejercicio.
Capacidad:
•Conjunto de bienes, derechos y obligaciones, susceptibles de una valoración pecuniaria ( de
Patrimonio: dinero)
•Las personas nacionales serán ciudadanos o no ciudadanos
Nacionalidad:
12.
13. PERSONA MORAL O JURIDICA
Es el conjunto de individuos que
trabajan lícitamente con una sola
finalidad o motivo de utilidad
pública o privada, formando una
persona moral al unir su
voluntad en alguna sociedad que
es reconocida por la ley.
Ejemplo: empresas, tiendas,
clubes, iglesias, estados,
municipios, la Nación etc.
14. ATRIBUTOS DE LAS PERSONAS
MORALES
•denominación o razón social, para que se distinga de otras personas morales
Nombre:
•Lugar o plaza donde se encuentra su administración
Domicilio:
•efectúan los derechos que sean necesarios para realizar el objeto de su institución.
Capacidad:
•bienes corpóreos e incorpóreos (dinero, inmuebles..) destinados al cumplimiento para los fines que
Patrimonio:
fueron creados.
Nacionalidad •de acuerdo con la legislación del país en que fueron constituidas, pueden ser nacionales o extranjeras