El documento es una carta de vecinos dirigida al intendente municipal solicitando la adecuación del túnel bajo las vías del ferrocarril en la calle Florencio Varela para que sea accesible para personas con discapacidad o movilidad reducida, de acuerdo con la ley nacional 24.314. Los vecinos piden demoler las escaleras y construir una rampa continua, y también mejorar la iluminación, limpieza y estacionamiento en la zona. Adjuntan un plano con una propuesta de diseño de rampa y
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San Isidro 2 de mayo de 2022
Mesa de Entrada Edificio Municipal
Señor Intendente Municipal de la Ciudad de San Isidro
Dr. Gustavo Posse
Los vecinos del túnel calle Florencio Varela bajo vías del FCM reiteramos, como cada tanto desde
antes de la inauguración en 2016, la petición/propuesta de adecuarlo lo más posible a las especifi-
caciones de la Ley 24.314, referida a los dispositivos públicos como escaleras, veredas y rampas
destinados a los peatones con limitaciones de movilidad y discapacitados, silla de ruedas, coche-
citos de bebé, changuitos, carros de deliveries, bastones, yesos, ciático, …
El pedido es apoyado por la firma de 550 usuarios con limitaciones o no, cercanos y lejanos, visitas,
familiares, personas sensibles a los pesares del prójimo, ingenieros viales, arquitectos, abogados,
auditores de seguridad vial, a la pretensión mínima de demoler las escaleras norte y restos de los
prohibidos montacargas, rechazados unánimemente por los vecinos en 2014, y construir una rampa
continua bajo el lema La peor rampa es más segura que la mejor escalera, (las cabras no comen
vidrio).
El 30% de los apoyos expresados en el censo son de mayores de 64 años, entre 95 y 17
Los apoyos son a pretensiones mínimas de seguridad como las tenidas en cuenta en un pre-ante-
proyecto de layout de rampa, para ser superadas por el proyecto y construcción adjudicados a la
empresa constructora OMI en 2014.
La petición comprende el cumplimiento de reglamentaciones municipales, provinciales e interna-
cionales sobre circulación libre de autos por las veredas, mientras los peatones se arriesgan a
cruzar por la calzada, y la limpieza, iluminación, cámaras, estacionamiento aleatorio de policía de
tránsito y emergencias; coordinación del muñequito blanco en Centenario con los giros derecho,
ensanchamiento de la vereda en la esquina de Centenario para angostar el cruce peatonal cebrado
y el ancho de la calzada del túnel a 3,30/3,50 metros según el proyecto original para un sentido.
Los comentarios de quienes participaron en el censo apoyan la propuesta con entusiasmo y recla-
man, como los cuatro firmantes la urgente construcción de la rampa indicada en los documentos
de contrato de licitación y adjudicación.
Atentamente, firmamos antiguos vecinos de cercanía.
Adriana de la Canal, Roberto Aróstegui, Miguel Ángel López, Francisco Justo Sierra.
DNI: 6.522.747 4.753.282 8.283.826 4.723357
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PLANIALTIMETRÍA LAYOUT PRE/ANTEPROYECTO
Por falta de copia del plano conforme a obra se relevó el área de interés
mediante triangulación con exceso de lados para verificación de una tole-
rancia de 10 cm con medidor manual de distancias.
El ‘esqueleto’ plano adoptado fue:
Resultados del censo organizado por vecinos del túnel Florencio Va-
rela x FCM en Beccar durante un mes hasta el Domingo de Pascua
2022 de quienes apoyan la petición/propuesta a MSI & OMI de demo-
ler las escaleras y cajas de montacargas norte por ilegales, y construir unos 65 metros de
rampa -+7% continua sin escaleras, para peatones con o sin movilidad limitada, protegidos
por la ley 24.314 y el amor al prójimo.
Con el lema La peor rampa es más segura que la me-
jor escalera, se expresan las condiciones mínimas de segu-
ridad con un ajuste de las propuestas formalmente presenta-
das por los vecinos como RECLAMO en Mesa de Entrada
municipal; expedientes 29/09/2017-13598 y 9/10/2017-14025:
• Se amplió a 2,50/2,70 m el ancho de la rampa/vereda asistida para agregar una baranda metálica central con
pasamanos doble faz, además de los laterales, y reducir el ancho vehicular de la calzada de 3,30 m como en el
anteproyecto y proyecto original de licitación y construcción, y como los carriles de diferente sentido del túnel de la
calle España.
• Por las limitaciones físicas no es posible cumplir estrictamente las especificaciones técnicas de la Ley 24.314, que
se procura respetar hasta un máximo racional, económico, práctico y más seguro posible en cuanto a pendiente,
descansos, y gálibo vertical.
• Sí respeta de la Ley 24.314, reglamento/leyes internacionales, provinciales, municipales, y aprobaciones de orga-
nismos como ADIFse, CNRT, DNV según la memoria descriptiva de la obra original.
• Sí en cuanto a superficie antideslizante, guías de ciegos, pendientes transversales, iluminación artificial, drenaje
pluvial, señalización, área de estacionamiento aleatorio de patrulleros y vehículos de emergencias.
• Se solicitó apoyo público en formulario a depositar en 20 urnas distribuidas en comercios, voluntarios itinerantes,
y consulta por mails yahoo.com para Responder la consulta.
• En un anexo, los comentarios optativos, particularmente de mayores 65 años, reiteran la necesidad urgente de la
rampa: sillas de ruedas, discapacitados, cochecitos de bebé, changuitos, deliveries, lisiados, bastones, enyesados;
ciclistas, patinetas.
• Como en presentaciones anteriores, la consulta y participación vecinal está indicada en los documentos contrac-
tuales; tal participación comenzó en 2014 con el reclamo unánime de los vecinos de no construir montacargas para
discapacitados.
• La propuesta planialtimétrica vecinal en AutoCAD 14 es a modo de pretensión mínima, susceptible de mejoramiento
por parte del calificado equipo técnico de la SOP, según los términos del anexo reglamentario de la Ley 24.314.
Ayuda memoria
El viernes, 23 de marzo de 2018, 02:07:19 p. m. GMT-3, SIERRA FRANCISCO <franjusierra@yahoo.com> escribió:
Estimados vecinos: según mi memoria y no-textual (sujeta a alguna rectificación por parte de nuestros anfitriones de ayer en la SOMPSI)), el ing.
Bernardo Landívar y la Arq. Mónica Guerra nos recibieron a Adriana de la Canal (Rivadavia al 100), Miguel Ángel López y a mí, Francisco Sierra
(Florencio Varela al 100.) e informaron en relación con el túnel Florencio Varela x FCM en Beccar que:
1. Se atenderán todos los reclamos justos de los vecinos damnificados (¡Sí! todos los de incumbencia de la SOMPSI, orden de BL a MG)
2. Exhibición de documento administrativo de gestión y otorgamiento de fondos provinciales, no recibidos todavía, para paquete de obras; entre
ellas la vereda/rampa asistida para peatones (1,5 m de ancho, pendiente máxima 7%, altura libre 1,90; barandas/pasamanos ambos lados según
Ley 24.314, propuesto por los vecinos, y ajuste de las escaleras Norte a la Ley) o un anteproyecto municipal no mostrado ni comentado sobre
características esenciales, que esperamos sea mejor que el nuestro.
3. Las obras se iniciarán apenas recibidos los fondos, pero no aseguraron tener como prioridad la satisfacción de nuestros reiterados reclamos
desde circa 2015.
4. MG se comprometió a actuar de inmediato para resolver con Tránsito la Encerrona de Rivadavia x Ameghino, mediante mano única de Rivada-
via al norte hasta Sarandí, mano única de Sarandí al Este. mano única de Ibáñez, y en general corregir estacionamiento de ambos lados + doble
mano; franja de 1,5 m para peatones ambos sentidos en calzada de Rivadavia lado FC limitada con pintura amarilla y demás dispositivos idóneos
e innocuos, con franja remanente de 2,5 para tránsito de automóviles al norte a paso de hombre desde Ameghino hasta Sarandí. Y a interceder
ante AySA la solución del ruido de las tapas o rejillas al paso de los autos, a mucho más que 20 km/h, y extremar la límpieza.
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A nuestra propuesta de vereda asistida de 1,5 m de ancho en Centenario nos comentó su parecer de obstruir el giro derecha desde San Isidro, a lo
cual le recuerdo que con la doble mano del Decreto, la velocidad del giro estaba limitada por un acho de carril de 3 m, mientras que ahora será de
4,5 m, a valores redondeados. Reiteré que cualquier angostamiento de cruce peatonal es ventajoso desde el punto de vista de la seguridad,
(pe., Bulb-outs) por menor longitud, y menor velocidad del auto que gira, tal como para todas las cuadras de FV propusimos con Laura en el in-
forme EIA
Reiteré el pedido de talar el árbol en Centenario que obstruye la visión del cebrado peatonal por parte del conductor que gira a la derecha, y la
señalización de CEDER EL PASO al peatón con muñequito blanco, tal como, sin ir más lejos, en Colonia, Uruguay.
El martes 26 de abril, SIERRA FRANCISCO <franjusierra@yahoo.com> escribió:
Estimados vecinos: la consulta y participación de los vecinos en las decisiones de proyecto y construcción del túnel FV está garantizada en los
documentos contractuales entre SOPMSI (Sr. García) y OMI (Baldomá).
La primera participación vecinal fue iniciativa de Adriana y Roberto quienes obtuvieron el unánime apoyo para oponerse a los montacargas, en pro
del mantenimiento del flamante cruce a nivel de Randazzo, con apoyo de Posse, pero oposición del FCM.
a duplicación de carriles de la calzada y la unión de las veredas con una losa para maniobrar, respecto del anteproyecto de licitación, se decidió en
reunión SOP entre García, Baldomá, Lázzaro, Edmundo López, Laura y Sierra a raíz de la falta de radio de giro a dos garajes (+3 incluida ochava)
de mismo dueño, y por la incertidumbre de adoptar uno o dos sentidos para coordinar con el túnel de España, de dos sentidos.
Se acordó que si con calzada ampliada se mantenía un sentido, el exceso de ancho sería destinado a una RAMPA PEATONAL, como se dejó
sentado en la minuta de reunión cuya copia conservo, y que los demás participantes también han de conservar. La modificación de obra, los so-
bredimensionamientos (puente carretero, barrera de hormigón tipo New Jersey), indiscriminado y prepotente tránsito vehicular por las veredas de
ruta escolar, con filas de jubilados PAMI en la farmacia, y puente carretero, y quizás también el presupuesto duplicado fue aprobada por el HCD.
Adoptado el doble sentido, se estableció un período de prueba de un mes para evaluar el comportamiento de las calles aledañas según un pro-
yecto de circulación señalizado, de una o dos manos. Antes del mes de prueba hubo una reunión de vecinos junto con el señor Verdier Ordoñez
como moderador de la MSI para opinar sobre el sentido propuesto de las calles aledañas, con Florencio Varela de dos sentidos. El objeto de la
reunión fue tergiversado por una patota de FV al 400, nepote-poderosa-violenta-gritona-impune que impuso de prepo FLORENCIO VARELA DE
UN SENTIDO CON ESTACIONAMIENTO PERMITIDO EN AMBOS LADOS ante el terror del representante municipal, faltó que mostraran los
fierros. Yo me escondí detrás de la silla.
Ya pasaron seis años y la rampa no se construyó y la amplia calzada se convirtió en la ley de la selva para disputar los tres ingresos en la hora
pico con muñequito blanco.
En 2016 los vecinos reclamamos por la rampa prometida y aportamos un pre/ante proyecto de rampa, que volveremos a presentar con ajustes y
apoyo documentado de más de 500 firmantes.
PLANIALTIMETRÍA PROPUESTA DEMOLICIÓN ESCALERAS Y CAJAS DE MONTACARGAS RECHAZADOS Y
PROYECTO Y CONSTRUCCIÓN DE VEREDA ASISTIDA / RAMPA DE CONDICIONES POR MEJORAR.
Sigue ploteo A3 plano AutoCAD 14 + Pendrive archivo DWG sueltos.
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32 antiguos y nuevos vecinos de cercanía apoyan, pero omitieron el DNI (padrones públicos).
NOMBRE DNI EDAD
1. Claudia García Vozzi
2. Carolina Hernández Snijders
3. Fabian Desmyttere
4. María Marta Barrenechea
5. Carlos Zinga
6. Laura Sanroman
7. María Lía Arrambide
8. Teresita Méndez
9. Camila Azur
10. Laura Mares
11. Carina Dora Méndez
12. Pablo García Espil
13. Mercedes Oq.
14. Silvia Rodríguez Abinzano
15. Cecilia Hibbert
16. Mariano Gallardo
17. Luis Lago
18. Carlos Cosentino
19. Mckricorian
20. Martin Pereyra
21. Celina Esteban
22. Inés Suarez Anzorena
23. Micaela Magali Olmos
24. Norberto Cabanela
25. Patricio Ezcurra
26. Carmen Morales
27. Ana María Quintana
28. Francisco José Bagur
29. María Cristina Tiberoa
30. Silvia Pannunzio 62
31. Aida Budriesi 82
32. Horacio Moncanut
34 apoyos con DNI 0. en orden de valor creciente x 2 desde 65 años
NOMBRE DNI EDAD
33. Víctor De Esteban 0.92.982.395 55
34. Larry Wayne Frith 0.A00766159 53
35. María Lucía Sierra 0.963.688 86
36. Luis Raúl Outes 0.121.549.027 63
37. Claudio Galliano 0.93.513.965 64
38. Josué Vargas 0.95.512.747
39. Benito Valles 0.95.653.087 33
40. Marcela Eduardo 0.94.911.071 55
41. Blanca Franco 0.92.435.790
42. Mario Rivera 0.56795
43. Mini Alanci 0.94281.318
44. Ivonne Cortez 0.94.037.615 37
45. Margarita Montoya 0.92.937.130 56
46. Joaquín Olmedo 0.92.566.284 21
8. 8/23
47. Carmela Tieri 0.93.569.399
48. Cirila Gauna 0.624590 87
49. Wanda Pamissi 0.93.380.638
50. Graciela Guenara 0.93.993.028 66
51. Cinthia Marro 0.93.993.027 39
52. Thomás Olivera 0.971.206
53. Amia Ayaka 0.94.214.792
54. Édila Ayala 0.94.474.831
55. Abde Rumic 0.92.859.962 38
56. Jaime Zola Gomas 0.93.897.800 37
57. Rosalía Joseph 0.93.927.670 79
58. Nahuel Mella 0.99.219.769
59. Liz Paredes 0.95.076.276
60. Alfredo de Paz 0.93.704.813 59
61. Harold Betancourt 0.94.018.574
62. Cara Frorras 0.92.726.386 53
63. Carla García 0.94.273.529
64. William Harrison Simmons 0.92.489.552 72
65. Patricia Caviezel 0.93.567.935 82
66. Gina Zanol 0.93.604.593 37
Apoyos de usuarios con y sin limitaciones de movilidad, parientes, visitas, profesionales expertos en Seguri-
dad vial (ingenieros, abogados, arquitectos, técnicos viales, auditores de seguridad vial)
NOMBRE DNI EDAD
67. María del Carmen Teruel 1.270.455 95
68. Viviana Bernasconi 1.470.895 x
69. Cristina Bett 2.887.599 80
70. Élida García 3.327.797 88
71. Ona Gaeta 3.334.163 89
72. Luis Ramírez 3.571.287 x
73. Livia Carmen Alicia Fecchio 3.654.049 75
74. Dora Londra 3.698.184 x
75. Julia Quesada 3.764.527 68
76. Isabel Marta Marchi 3.865.198 82
77. Raquel Pigni 3.979.573 80
78. Gioconda Valentina M. Cosatto 4.070.813 86
79. María Martins 4.099.023 x
80. Horacio Bogarin 4.118.324 x
81. Oscar Alberto Vardé 4.172.272 86
82. Carlos Young 4.174.050 85
83. Héctor Beccar 4.284.991 83
84. Federico Terrero 4.372.185 x
85. De la Serna 4.434.192 80
86. Dora Teresa Martin 4.509.565 79
87. Martín Lagos 4.516.711 x
88. María Soto 4.520.721 77
89. Fernando Adrados 4.541.869 76
90. Mercedes Ojea 4.548.492 78
91. Miguel del Campo 4.566.270 82
92. Marta Mora 4.582.339 78
93. Julio Lemos 4.597.270 78
9. 9/23
94. Silvia Canale 4.633.481 79
95. Mariela Cepillo 4.674.569 72
96. Carlos Raspall Galli 4.691.042 76
97. Cristina Catáneo 4.705.465 78
98. Francisco Justo Sierra 4.723.357 88
99. Miguel Ángel Sierra 4.740.980 78
100. Mario A. Zuchowics 4.751.107 73
101. Roberto Aróstegui 4.753.044 x
102. Ana María Mattiolí 4.753.262 78
103. Amelia Vallejo 4.782.944 x
104. Sara Rojo 4.799.811 77
105. Margarita Niebuhr 4.820.568 78
106. Alicia Scansani 4.840.835 78
107. Juana Deliverami 4.841.638 79
108. Mónica Beccar Varela 4.892.372 78
109. Teresa González 4.958.960 77
110. Marta B. Barrera 4.973.280 x
111. Juan José Mossuera 5.099.357 73
112. Beatriz Lamyalerd 5.104.907 x
113. Norma Fernández 5.105.018 x
114. Enrique Alberto Ribó 5.190.376 x
115. María Marta Piñero 5.198.278 76
116. Héctor Corsetti 5.198.326 79
117. Isarci Taboada 5.263.887 76
118. Ana Pagliaro 5.309.772 x
119. Silvia Martinelli 5.309.795 x
120. Silvia Quiroga 5.319.965 x
121. Ester González 5.428.216 75
122. María del Carmen Carmar 5.468.529 x
123. Nora de la Canal 5.470.899 75
124. José María Masciovecchio 5.479.179 x
125. Carlos A. Zelarayan 5.499.232 78
126. Delio Ayarragaray 5.528.209 74
127. Ramón D’Andrade 5.568.898 91
128. Alfredo Micucci 5.571.398 91
129. Roberto Gianazza 5.609.913 x
130. María Elena Acosta 5.619.473 73
131. Ricardo Weinstabl 5.623.537 89
132. María Cristina Iglesias 5.649.270 75
133. Blanca Reboredo 5.672.675 75
134. María Carmen Mateucci 5.734.259 74
135. Luisa Aput 5.734.391 74
136. María Virginia Pirán 5.734.455 x
137. María Susana Fairgo 5.734.510 74
138. Olga Vicente 5.764.567 73
139. Dora Alegre 5.799.404 73
140. Mercedes Rubio 5.806.474 x
141. Olga De Virgiluis 6.055.387 72
142. Graciela Peters 6.266.280 72
143. Mirta Zitaresa 6.396.125 71
144. Ihcs Stegmann 6.521.993 71
10. 10/23
145. Ana María Furlano 6.522.732 x
146. Adriana de la Canal 6.522.747 x
147. Josefina Rosa 6.522.788 73
148. Liliana Maitini 6.689.833 70
149. Enrique Battezcini 7.375.431 73
150. Oman Fiorentini 7.671.118 73
151. Carlos E. De Leonardis 7.691.971 72
152. Adrián Mallea 7.935.530 75
153. Carlos Brusco 8.259.339 x
154. Carlos Gildenberger 8.272.826 73
155. Miguel Ángel López 8.283.826 x
156. Arturo Alonso Peña 8.341.060 71
157. Marcelo Alarcón 8.342.270 x
158. Eduardo José Lavecchia 8.352.163 x
159. Oscar Dottre 8.376.788 72
160. Antonio Santinho 8.405.455 71
161. Oscar Puzzo 8.426.360 71
162. Jorge Hernandos 8.462.022 x
163. Marcelo Compound 8.459.427 x
164. Enrique Fontaine 8.588.745 70
165. Olga Olivieri 9.980.851 81
166. Mirtias Pagano 10.106.282 70
167. Carola Monica Gollhardt 10.110.420 70
168. Marcelo Manrique 10.111.420 70
169. L. Maszolar 10.245.699 x
170. Ricardo Speranza 10.328.780 69
171. Pablo Rafael Aragone 10.390.515 69
172. Rosa Java 10.431.171 69
173. Cristina Bernaní 10.498.709 69
174. Alicia Giménez 10.515.702 x
175. Luis Carlos Benedetto 10.562.463 x
176. Marta Delucchi 10.562.583 69
177. Carlos Martín 10.580.884 62
178. Alberto Ortiz 10.807.556 x
179. Mónica Decamluis 10.921.456 x
180. Cerglido Gluizona 11.002.228 x
181. Margarita Wreschner 11.008.839 67
182. René Yance 11.016.926 65
183. Daniel Amancay Cordiviola 11.253.783 67
184. Inés Azagra 11.265.314 67
185. Liliana Zeoli 11.446.692 x
186. Yolanda Aguirre 11.482.802 68
187. Cristina Ghironi 11.618.758 x
188. Luis Antonini 11.627.849 x
189. Arydela Jolodousg 11.712.047 65
190. María G. Peirone 11.765.646 66
191. Peono Scoredia 11.788.415 x
192. Lucila Moreno 11.889.097 66
193. Lucía Federiciti 11.938.332 66
194. Liliana Piñeiro 11.938.650 66
195. Guillermo Oyola 11.977.337 66
11. 11/23
196. Elisa Zecargyán 12.000.583 66
197. Carlos Gómez 12.099.286 64
198. Ester Ferreyra 12.164.469 x
199. Susana Rosset 12.543.254 x
200. Elvira Piperso 12.543.237 64
201. Patricia Matro 12.543.569 64
202. María García 12.543.723 65
203. Graciela Dalesio 12.588.943 65
204. María Marín 12.676.420 63
205. José De Virgiluis 12.801.254 63
206. Jorge Colombo Ansaldi 12.890.466 64
207. María Garone 13.017.619
208. Pedro E. Beltramino 13.033.278 63
209. Silvia Galucci 13.071.003 63
210. Víctor Koyer 13.146.164
211. Mercedes Olivares 13.180.780 64
212. María Raquel Casco 13.212.622 64
213. Valeria Tombeur 13.245.990 64
214. Marcelo Sabugo 13.283.287
215. Rodolfo Vitale 13.323.251
216. Alejandra Newkirk 13.416.902 64
217. Daniel G. Russomanno 13.431.338 62
218. Isabel Iglesias 13.460.977
219. María Melo 13.466.037 63
220. Ana María Ramírez 13.512.876 64
221. NN 13.641.360 63
222. Dora 13.666.559 61
223. Adriana Garrido 13.735.653
224. María Laura Ballester 13.735.903 62
225. María Dameno 13.736.732
226. Adriana Mocina 13.798.065 61
227. Carmen DA Cunha 13.798.288 65
228. Sergio Martínez 13.917.981 62
229. Virginia Malacari 14.009.625 62
230. Agustín Quintieri 14.059.692
231. Patricia Chattard 14.062.497 62
232. Viviana Porcel 14.062.681
233. Virginia Lucía Barca 14.097.143 63
234. Jorge Barca 14.097.370
235. Martín Boefer 14.127.305 61
236. Nora Sopapolla 14.321.160 61
237. Mónica Rimada 14.321.364 61
238. Jorge Boya 14.371.102 61
239. Gabriela Meyerhoff 14.385.706
240. Emma Ramírez 14.425.425 61
241. Ricardo Federico Dold 14.439.937 60
242. Sandra Mignone 14.490.556
243. Nadia Simó 14.621.220 60
244. Sergio Alvarenga 14.621.867 69
245. Javier Robledo 14.760.188
246. Claudia Zárate 14.812.958 60
12. 12/23
247. Deborah Florido 14.901.562 60
248. Elida Tonti 14.915.015 59
249. Claudio Lecolt 16.028.299
250. Alejandra G. Waldhans 16.251.976
251. Viviana Emilce Laresca 16.514.473
252. Raúl Fernando González 16.535.778 57
253. Cristian Wledmer 16.558.569
254. Eduardo Graniero 16.672.712 58
255. María Cristina Brun 16.672.868
256. Viviana Perrone 16.672.966 59
257. Gloria Robles 16.730.470 59
258. Carlos Fabián Pons 16.747.452
259. Marisa Vann Elía 16.767.857 59
260. María Robles 16.844.495 57
261. Federico Rademacher 16.929.226 58
262. Roberto A. Bellagamba 17.006.660
263. Silvina María Sierra 17.083.080 57
264. Azucena Hernández 17.201.444
265. Tulio Altamirano 17.251.150
266. Victoria Vico 17.305.598
267. David Perico 17.319.736 56
268. Carolina Saraví 17.359.210
269. María Gabriela Fernández 17.359.785 57
270. Claudia Meauno 17.500.238 56
271. Eduardo Grondona 17.537.889 56
272. Francisco Adolfo Sierra 17.537.901 56
273. Adriana Philipp 17.538.201
274. Rosa Ogustmell 17.566.116 36
275. Greta Been 17.566.467 57
276. Cecilia Bellagamba 17.662.425
277. María Marta Muñiz 17.713.354 56
278. Gabriela Adaro 17.737.980 55
279. Silvia Nazar 17.901.338 57
280. Estela, Hansen 17.902.042 55
281. Fabián Maturana 18.113.228 55
282. Ricardo Rodríguez 18.284.324 55
283. Fabiana Romero 18.337.170 54
284. Andrea Poveda 18.564.758 64
285. Ana Klokow 18.903.417 56
286. Milka Kovac 19.031.967 70
287. Sandra Alliandi 20.008.472 54
288. María Fernanda Barreda 20.085.141 54
289. Sergio Rosset 20.273.268
290. Silvina Cóppola 20.406.101 53
291. Waldo Meca 20.627.955 52
292. Valerin Rimos 21.002.544
293. Mis Caviezel 21.155.592 52
294. María Inrs Joseph 21.484.128 52
295. María Fernanda Cuello 21.509.236 51
296. Mariana Elías 21.525.002 50
297. Mariela Salazar 21.647.893
17. 17/23
502. Carla Antonella Tomaselli 39.761.779
503. Francisco Sierra 39.805.039 26
504. Sofía 39.910.654 26
505. Ezequiel Cavallo 40.396.679 24
506. Pablo Segundo Sierra 40.541.626 24
507. Pedro Bellagamba 40.610.824
508. Chiara Nolla 40.649.210 24
509. Fernando Espejo 40.997.205
510. Guadalupe Altelmiso 41.100.366 23
511. Lorenzo Galmarini 41.104.692 23
512. María Mercedes Sierra 41.213.716
513. Santiago Frutos 41.614.970 23
514. Agustina María Sierra 41.826.676
515. Federico Alonso 42.176.455 22
516. Agustín Cruz 42.280.041 22
517. Nahuel Blanco 42.360.126
518. Pilar Carrizo 42.571.013 21
519. Pilar Kinch 42.687.286
520. Diego Moyano 42.824.611 21
521. Catalina Sammartino 42.951.311 21
522. Juan Martín Sierra 43.043.414
523. Guadalupe María Sierra 43.084.009
524. Martina Ize 43.193.031 20
525. Rodrigo Rivadeneira 43.241.432 21
526. Fernando Albornoz 43.262.040
527. Meuin Mongapo 44.171.969 19
528. Clara Valverde 44.287.877 19
529. María José Soto 44.298.293 19
530. Agustina Arias 44.340.541 19
531. Francisco Medina 44.398.509 19
532. Melany Miño Correo 44.450.016 19
533. Micaela Maldona 44.505.498 19
534. Blanca Geraldi 44.760.475
535. Malena Albornoz 44.796.896 19
536. Agostina Scapolla 44.883.274
537. Luna Battistessa 45.398.979 18
538. Juana Andreotti 45.522.201 16
539. Jorge Robles 45.823.223
540. Facundo Alzogaray 45.823.223 17
541. Micaela Susro 46.350.853 17
542. Marisela Rodríguez 46.553.461
543. Juan Magro 48.578.108 14
544. Valentin Cocombon 48.857.583 20
Resulta 30% mayores que 64 años
18. 18/23
ANTECEDENTES ACTIVIDAD VECINOS 1
Copia documentos, fotos.
TÚNEL FLORENCIO VARELA
Primeras peticiones de los vecinos
1 SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS
DISCAPACITADOS
Decreto 914/97
Apruébese la Reglamentación de los artículos 20, 21 y 22
de la Ley N° 22.431 modificados por su similar N° 24.314.
Art. 3°-Resultarán responsables del cumplimiento de la
presente normativa-dentro de la órbita de sus respectivas
competencias.- los profesionales que suscriban proyec-
tos, los organismos que intervengan en la aprobación y
supervisión técnica, los fabricantes de los materiales que
se utilicen en las obras en cuestión, los constructores que
las lleven a cabo, los técnicos que las dirijan, las personas
y/o entidades encargadas del control e inspección téc-
nico-administrativo, y toda persona física o jurídica que
intervenga en cualquiera de las actuaciones y/o eta-
pas contempladas en la ley de la materia y su Regla-
mentación y en los Códigos de Edificación de Planea-
miento Urbano y de Verificaciones y habilitaciones y
demás normas vigentes. (goo.gl/LDtXs9)
2 TÚNEL CALLE FLORENCIO VARELA
http://sanisidro.gob.ar/uploads/boletin/Bolet--n-Extra-N---907- Declaracion-de-Impacto-Ambiental-Cruce-Bajo-Nivel-
calle-FLORENCIO- VARELA-BAJO-LAS-VIAS-.pdf
SERVER: Microsoft Edge
4. Construcción de un puente losa del lado oeste del cruce, para comunicación de las colectoras y para acceso y sa-
lida a los vecinos frentistas, con paso peatonal bajo puente ferroviario del lado norte con escaleras y rampa y cons-
trucción del cruce para personas con movilidad reducida por medio de plataformas elevadoras del lado norte.
DECRETO NUMERO 4138/2014: Declaración de Impacto Ambiental en los términos del Artículo 20º, inciso a) de la
Ley N.º 11.723, en relación al proyecto de la obra denominada “CRUCE BAJO NIVEL DE LA CALLE FLORENCIO
VARELA BAJO LAS VIAS DEL FERROCARRIL MITRE DE LA CIUDAD DE BECCAR”.
Publicado, el día 6 enero de 2015
...
ARTICULO 2º.- La empresa a cargo de la ejecución de las obras deberá designar un profesional responsable de la
Gestión de Obra, con su matrícula inscrita en el municipio y teléfono para ser ubicado, a efectos de recibir los recla-
mos y consultas, que pudieran realizar los vecinos, garantizando durante la etapa de obra, el mantenimiento del equi-
librio con el ambiente natural y antrópico, e informando a la comunidad, las acciones de prevención y mitigación co-
rrespondientes cuando así se lo requieran. El profesional deberá estar acreditado en el expediente de referencia y en
los carteles de obra que correspondan. La Secretaría de Obras Públicas deberá proponer un profesional a los efectos
de recibir los llamados de los vecinos interesados y de los reclamos efectuados durante la etapa constructiva.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse
Sr. Subsecretario General de Gobierno Dr. Martín Vázquez Pol Sr. Secretario de Obras Públicas Ing. Federico J. Gar-
cía
3 Nota FrSi:
Además del garaje existente de la vereda sur de FV, PARCELA 1a del plano catastral adjunto, nadie avisó so-
bre:
1. Decisión de darle a los automotores tres accesos / egresos libres más, dos por FV y uno por la
ochava, y permitir y fomentar su tránsito libre por ambas veredas y puente carretero en lugar de losa de co-
nexión y barreras de hormigón sobredimensionadas para una topadora o camión cargado a 90 km/h.
19. 19/23
2. Ni revelar a costa de quién se pavimentó la parcela, se demolió el cerco existente en FV, y si se re-
construyó el muro perimetral de hormigón y reja, de acuerdo con el plano catastral y permiso municipal para
aberturas adicionales.
3. Ni pintar monigotes en los muros del túnel; desaconsejables porque pueden desviar la atención del
conductor y provocar situaciones de peligro. Por razones de seguridad solo se admiten señales viales. Ley
24.449 de Tránsito y Seguridad Vial; Artículo 26 - PUBLICIDAD EN LA VÍA PÚBLICA.
4 Las huellas, prueban el tránsito vehicular
EL TÚNEL VIOLA: LA LEY 24.314
Ordenanzas
ORDENANZA Nro. 8808: C.O.U. -Modificaciones DE-
CRETO Nro. 07/2015: Promulgación Ordenanza Publi-
cado, el día 23 de enero de 2015.
Artículo 1.2.2.1. ESTACIONAMIENTO: - Se incorpora al
inciso 4, el ítem i.: • “i.
Se encuentra prohibido el acceso y egreso vehicular
por ochava, debiendo verificarse en todos los casos
las condiciones de seguridad y visibilidad para el
tránsito vehicular y peatonal del lugar, especialmente
cuando se ubiquen en las proximidades de las esquinas o de establecimientos con alta concurrencia de per-
sonas.”
Ley de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires. Ley 11430
Con las modificaciones de las leyes 11460, 11583, 11626 y 11768
Capítulo IX - Estacionamiento
85. Para estacionar en la vía pública rigen las siguientes disposiciones:
En todas las vías públicas el estacionamiento deberá hacerse exclusivamente sobre la derecha, salvo disposicio-
nes de otra índole especialmente establecidas por la autoridad competente, pero respetando la normativa de estacio-
namiento en las vías públicas, sobre una sola mano, a excepción de lo dispuesto por el art 88.
Duda: ¿Hay norma o reglamentación de la MSI sobre estacionamiento vehicular para clientes, con acceso por
ochava, sin delimitación de lugares ni trayectorias de maniobra, ni señaliza-
ción E/S, sin vigilancia/control, ni duración máxima y horario, tamaño má-
ximo de vehículos, velocidad máxima al transitar por veredas, si se permite;
aseo, animales. Costo de mantenimiento, impuestos, seguros, responsabili-
dades por atropellos al circular por vereda; ¿bicicletas, motos? Autorización
de circular autos por veredas
Tips Diario Clarín 21/03/2015
Cuando anunciaron la obra, que está en manos de la empresa OMI Construcciones, desde el Municipio explicaron las
características. "El túnel tendrá una altura de 2.30 metros y será doble mano. No podrán circular camiones ni colecti-
vos", aseguró el secretario de Obras Públicas local, Federico García.
“El túnel va a tener dos manos a pedido de los vecinos lo que permitirá el paso de dos vehículos en forma para-
lela”, dijo García.
http://www.desanisidro.com/se-inauguro-el-tunel-de-la-calle-florencio-varela-en-beccar/
...si bien circulan perfectamente dos vehículos, será de una sola mano hacia el este... (García)
...+ estacionamiento en la calle permitido de ambos lados hasta Libertador.
PEATONES CON MOVILIDAD LIMITADA OBLIGADOS A TRANSITAR POR LA CALZADA, EN TANTO LOS AU-
TOS LO HACEN POR LA VEREDA
20. 20/23
Maqueta de escalera caracol pro-
puesta por vecinos - Tres tramos 20
escalones 15x40 cm + 4 descansos.
Mejor rampa continua
ANTECEDENTES 2
Breve resumen de participación/advertencias de vecinos y contramedidas
Anteproyecto licitación proyecto y construcción adjudicado a OMI
.
CRUCES BAJO NIVEL EN CALLE F. VARELA Y VÍAS DEL FERROCARRIL MITRE
Memoria Descriptiva
5 Se propone el sentido oeste – este.
El cruce tiene un carril de ingreso de 3,30 m., pero en la zona del bajo vías tiene un ensanchamiento a 6,00 m., con
la posibilidad de detención de un vehículo con un desperfecto. Se ha proyectado escaleras del lado sur.
6 A los efectos de no aislar a los vecinos frentistas se han mantenido los anchos de las calles colectoras (?) en
4,31/4,33 m.
El proyecto modifica sustancialmente el ancho de las veredas actuales, que pasarán a ser colectoras de 4,31/4,33 m.
para el ingreso de los vehículos de los frentistas.
Carácter de la presente documentación
La presente documentación tiene carácter de ante proyecto y el proyecto ejecutivo será realizado por la Empresa
adjudicataria* y deberá responder a las normas de todos los organismos involucrados. Estos son: Comisión Nacio-
nal de Regulación del Transporte, Municipalidad de San Isidro, Dirección Provincial de Saneamiento y Obras
de Hidráulica, Dirección Nacional de Vialidad y ADIF.
7 *Según la Empresa adjudicataria OMI, el proyecto fue de la SOPMSI,
Accesos de una calzada de 3,3 m sentido Este; doble carril bajo puente FC.
8 Al revés de la práctica habitual con los costosos túneles y puentes viales, que por economía suelen ser más an-
gostos que los accesos, porque el costo aumenta con el cuadrado de la longitud de las vigas de puente.
21. 21/23
http://sanisidro.gob.ar/uploads/boletin/Bolet--n-Extra-N---979-_Sentido-de-circulacion-en-el-Cruce-Bajo-Nivel_.pdf
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO decreta
:
ARTÍCULO 1º.- Asignase el sentido de circulación vehicular en la zona aledaña a la obra “Cruce Bajo Nivel de la calle
Florencio Varela y vías del Ferrocarril Mitre”, que surge del plano que, como Anexo 1, se agrega al presente Decreto
y forma parte de él.
ARTÍCULO 2º.- La asignación prevista en el Artículo anterior, será de carácter experimental y por el término de 30
días, a partir de la liberación del paso del Cruce aludido.
ARTÍCULO 3º.- Vencido el plazo establecido en el Artículo anterior, previa evaluación por parte de los Organismos
Competentes Municipales y atendiendo a las observaciones que formulen los vecinos, se dispondrá, mediante la Or-
denanza correspondiente, el sentido definitivo de circulación en el sector.
16 ESCALONES SIN DESCANSO NO CUMPLEN
2a+p = entre 60 y 62 cm; a = 15 o 16 cm < 20
cm
ESCALERAS TÚNEL FLORENCIO VARELA - LEY N.º
24.314 ACCESIBILIDAD DE PERSONAS CON MOVILI-
DAD REDUCIDA
22. 22/23
Estimados Gustavo, Federico y Gustavo: como vecino de
Florencio Varela 133, Ingeniero Civil UBA CPIC 6311, pro-
veedor municipal para el Estudio de Impacto Ambiental del
proyecto preliminar del túnel FV, y especialista en Ingeniería
de Seguridad Vial les pido su urgente intervención para
construir las dos escaleras del túnel lado oeste (Centenario)
y reconstruir las dos del lado este (Rivadavia) según las
prescripciones de la Ley Nº 24.314, según me confirmó que
corresponde la directora del EIA del proyecto preliminar, Ar-
quitecta Laura San Román.
Esto sin perjuicio del cumplimiento de la promesa del Inten-
dente Doctor Posse a los vecinos del listado CC, de mante-
ner el cruce peatonal a nivel lado sur.
Cordiales saludos. Francisco Justo Sierra DNI 4723357
http://ingenieriadeseguridadvial.blogspot.com.ar/
De: SIERRA FRANCISCO <franjusierra@yahoo.com>
Para: "i.boubeta@gmail.com" <i.boubeta@gmail.com>; Federico Barca <frbarca@gmail.com>
CC: LEE Ingenieria s.a. <lee.proyectos@gmail.com>; Roberto Aróstegui <robertoarostegui@yahoo.com.ar>; Adriana
de La Canal <adrianadelacanal@yahoo.com.ar>
Enviado: Viernes, 5 de febrero, 2016 9:42:37
Asunto: Rv: Rv: LEY N.º 24.314 ACCESIBILIDAD DE PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA - 1994
Para vuestro conocimiento. La arquitecta Laura San Román dirigió el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto pre-
liminar del túnel Florencio Varela.
Cordiales saludos Francisco
http://ingenieriadeseguridadvial.blogspot.com.ar/
----- Mensaje reenviado -----
De: Laura San Román <lausanroman@gmail.com> Para: SIERRA FRANCISCO <franjusierra@yahoo.com> En-
viado: Viernes, 5 de febrero, 2016 8:48:55
Asunto: Re: Rv: LEY Nº 24.314 ACCESIBILIDAD DE PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA - 1994
Efectivamente es de aplicación esta ley a las escaleras que se hagan para cruzar el túnel. Saludos.
Laura
----- Mensaje reenviado -----
De: SIERRA FRANCISCO <franjusierra@yahoo.com>
Para: "i.boubeta@gmail.com" <i.boubeta@gmail.com>; Federico Barca <frbarca@gmail.com>
Enviado: Jueves, 4 de febrero, 2016 19:53:41
Asunto: LEY N.º 24.314 ACCESIBILIDAD DE PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA - 1994
http://www.conadis.gov.ar/doc_publicar/access/ley_24314.pdf
Estimados Ignacio y Federico: subí y bajé las escaleras del túnel y me parecieron demasiado empinadas para una vía
peatonal pública.
Por favor verifiquen si las medidas cumplen con la Ley 24314 A.4.2.1 Escaleras y escalones, página 14: A.1.4.2.1.1.
Escaleras principales
No tendrán más de (12) doce alzadas corridas entre rellanos y descansos.
No se admitirán escaleras principales con compensación de escalones y tampoco deberán presentar pedada de an-
chos variables ni alzadas de distintas alturas.
Las dimensiones de los escalones, con o sin interposición de descansos, serán iguales entre sí y de acuerdo con la
siguiente fórmula:
2a + p = 0,60 a 0,63 donde,
a (alzada) superficie o paramento vertical de un escalón:
No será menor que 0,14 m ni mayor que 0,16 m
p (pedada) superficie o paramento horizontal de un escalón:
no será menor que 0,28 m ni mayor que 0,30 m, medidos desde la proyección de la nariz del escalón inmediato supe-
rior, hasta el borde del escalón.