1. Tenemos derecho a saber
qué comemos
Por una ley de etiquetado de alimentos transgénicos
Inés Franceschelli
2. En qué contexto?
• Impulso nuevo paradigma productivista (mediados S XX): de granjas a fábricas de
materia prima.
• Cambio radical en los patrones de consumo: alimentos procesados, calóricamente
densos, y ricos en proteína de origen animal, grasa, almidones y azúcares, pero carentes
en fibra y micronutrientes.
• Consecuencia: incrementos dramáticos en las tasas de sobrepeso y obesidad y en la
frecuencia de enfermedades crónicas vinculadas a la mala alimentación.
• Concentración de capitales en el control de semillas, insumos agrícolas, comercio
exterior, y elaboración y distribución de alimentos industriales.
3. • En un siglo la humanidad perdió el 75% de la diversidad agrícola
• En la actualidad sólo 30 cultivos proporcionan el 95% de las necesidades de energía
alimentaria del ser humano, y tan solo cuatro de ellos – el arroz, el trigo, el maíz y las
papas – suministran más del 60%
• Dos sistemas productivos paralelos, dos sistemas alimentarios paralelos
• Destrucción ambiental, concentración de tierra, exclusión, pobreza, enfermedad
• DEPENDENCIA Y SUBORDINACIÓN
4. • Para enfrentar estos problemas es URGENTE contar con políticas que promuevan
• El desarrollo sustentable,
• la protección ambiental, y
• la alimentación sana como derecho humano, no como opción de compra.
5. Derecho del que gozan más de 4.000 millones de
personas en el mundo
6. El derecho a la alimentación
• Está reconocido en la Declaración Universal de Derechos
Humanos de 1948 (art. 25).
• Por surgir de la misma naturaleza humana, son derechos
universales inviolables e inalienables.
7. La Constitución Nacional reconoce como
derechos:
Recibir información veraz, responsable y ecuánime (art. 28);
Reclamar individual o colectivamente, la salubridad pública, los
intereses del consumidor y demás que hagan relación con la
calidad de vida y el patrimonio colectivo (Defensa de los
intereses difusos, art. 38),
Derecho a la salud, establece que “El Estado protegerá y
promoverá la salud como derecho fundamental de la persona y
en interés de la comunidad” (art. 68)
En ningún caso el interés de los particulares primará sobre el
interés general. (art. 128)
8. La Ley del Consumidory del Usuarioreconocederechosbásicos
del consumidor:
• Art. 6, a) la libre elección del bien que se va a adquirir,
• c) la adecuada educación y divulgación sobre las características de los
productos y servicios ofertados en el mercado, asegurando a los
consumidores la libertad de decidir y la equidad en las contrataciones
• d) la información clara sobre los diferentes productos y servicios con
las correspondientes especificaciones sobre la composición, calidad,
precio y riesgos que eventualmente presenten”.
• Art. 8° “Quienes produzcan, importen, distribuyan o comercialicen
bienes o presten servicios, suministrarán a los consumidores o
usuarios en forma cierta y objetiva, información veraz, eficaz y
suficiente sobre las características esenciales de los mismos”.
• “La oferta y presentación de los productos y servicios asegurará
informaciones correctas, claras y precisas y visibles escritas en idioma
oficial, sobre sus características, cualidades, cantidad, composición,
precio, garantía, plazo de validez, origen (...)”
9. La existencia de alimentos transgénicos plantea la elección fundamentada.
El etiquetado asegura que los consumidores puedan conocer qué están
comprando
10. Por el derecho a la información
Por el derecho a elegir
Por el derecho a saber qué comemos