SlideShare uma empresa Scribd logo
1 de 17
Elementos esenciales…
   son aquellos datos necesarios que tienen la función
    constitutiva del acto jurídico, como la manifestación de
    voluntad, la capacidad, el objeto, la causa fin, la forma
    solemne. A estos cuatro últimos, el art. 140 los denomina
    requisitos de validez; son los requisitos generales del acto
    jurídico.
   Por ejemplo, son elementos esenciales específicos de la
    compraventa el bien que se transfiere en propiedad y el
    precio en dinero; de la donación son elementos esenciales
    específicos el animo de liberalidad y el bien que se transfiere
    en propiedad
Elementos naturales….
   Son los datos que el ordenamiento
    jurídico los considera integrando el
    contenido del acto jurídico. Estos
    elementos están en la naturaleza
    del acto, pero no son de su esencia,
    por lo que las partes los pueden
    ampliar, reducir o excluir del acto.
   Por ejemplo la obligación de
    saneamiento
Elementos accidentales…
   Son elementos meramente
    eventuales que se incluyen en
    un determinado acto jurídico
    por voluntad de las partes,
    como la condición, el plazo y el
    modo. No son necesarios para
    que el acto jurídico cumpla su
    función social y económica; no
    afectan la validez, sino la
    eficacia del acto
Concepto…
   Las modalidades del acto jurídico son ciertos
    elementos accidentales que modifican los
    efectos normales del acto.
   Es la determinación pactada en un acto
    jurídico que encierra una liberalidad por la
    cual queda obligado el beneficiario a realizar
    una prestación a favor de quien la hizo o de
    un tercero. El incumplimiento de dicha
    prestación tiene como consecuencia la
    revocación de la liberalidad o la ejecución
    forzada.

   Se les denomina accidentales porque pueden
    existir o no; su existencia depende de que las
    partes, sin estar obligadas, los hayan añadido
    el acto jurídico.
   Al acto jurídico al cual se le ha añadido una
    modalidad se le denomina "acto modal",
Concepto…
   Las modalidades no se pueden
    añadir a todo tipo de actos
    jurídicos, pues hay actos que por
    razones de intereses superiores,
    de estabilidad, seguridad, o
    morales son esencialmente, puros,
    y de eficacia inmediata y definitiva.
    Son actos que se quieren
    puramente o no se quieren, como,
    por ejemplo, el matrimonio, el
    reconocimiento de hijo, la adopción
Ejemplo…
   Cuando el testador puede imponer a alguno de sus
    beneficiarios (herederos) la carga de proporcionar alimentos
    a una determinada persona.
Tipos de modalidades…
   LA CONDICION: Es el acontecimiento futuro y
    de realización incierta del que depende, o la
    resolución incierta de los efectos de un acto
    jurídico.
   La condición se expresa ordinariamente con la
    partícula "si". Existen diversas especies de
    condición siendo las de mayor interés:
   CONDICION SUSPENSIVA: Acontecimiento
    futuro e incierto de cuyo cumplimiento depende
    el nacimiento de los efectos del acto.
   CONDICION RESOLUTORIA: Cuando al
    realizar se resuelven los efectos del acto
    volviendo las cosas al estado que tenían antes
    de la celebración del mismo como si nunca
    hubiera existido.
 CARACTERISTICAS
Incertidumbre esto es respecto a la verificación
  del evento puesto como condición, no se
  tiene la certeza de su cumplimiento.
 FUTURIDAD
La verificación de su cumplimiento o
  incumplimiento es posterior a la celebración
  del acto.

• Arbitrariamente pactada por las partes
La incorporación depende exclusivamente de
  la voluntad de las partes.
 CLASES POR EL CUMPLIMIENTO DEL
  EVENTO.
 POTESTATIVAS
El cumplimiento del hecho puesto como
  condición depende de la voluntad de
  cualquiera de las partes.
CASUALES
El cumplimiento de la condición depende
  factores externos a la voluntad de las partes
  ( naturaleza, voluntad de un tercero)
 MIXTAS
El cumplimiento depende de un evento casual
  y de la voluntad de alguna de las partes.

POR NATURALEZA DEL EVENTO

 CONDICIONES POSITIVAS
Cuando el cumplimiento del hecho puesto
  como condición produce cambio o alteración
  en la realidad.
 CONDICIONES NEGATIVAS
Cuando el cumplimiento del hecho puesto
  como condición no provoca una alteración
  en la realidad.
CONDICIONES PROPIAS
Cuando el hecho puesto como condición es
  física y jurídicamente posible, no atenta
  contra el orden publico, y las buenas
  costumbres y existe incertidumbre en
  cuanto a su verificación
 CONDICIONES IMPROPIAS
Cuando el hecho puesto como condición es
  física o jurídicamente imposible, o atenta el
  orden publico.
CONDICIONES SIMPLES
Cuando la condición esta constituida por un
  solo evento
CONDICIONES COMPUESTAS
Cuando la condición esta constituida por dos
  o mas eventos.
Termino o plazo….
   EL TERMINO O PLAZO: Es el
    acontecimiento futuro de realización
    CIERTA del cual depende la eficacia o la
    resolución de derechos y obligaciones.
Termino o plazo….
Certidumbre: significa que el evento
puesto como termino final de todas
maneras se va a producir.

Futuridad: es el lapso de tiempo que se
va a transcurrir desde el momento de la
celebración del acto hacia la llegada del
termino final.

Arbitrariamente pactada por las partes:
depende de la voluntad de estos
incorporarlos en la estructura del acto.
Clases por sus efectos…
  Plazo suspensivo                 Plazo resolutoria

  Es aquel plazo que               Es aquel plazo que
  subordina, a la llegada del      subordina, a la llegada del
  termino final, LA                termino final, LA EXTINCIÓN
  EXIGIBILIDAD DE LOS              DE LOS EFECTOS. Esto es
  EFECTOS.                         , los efectos que ya se
  Esto es, los efectos que ya      vienen produciendo se
  nacieron con la celebración      extinguen ala llegada del
  del acto, serán exigibles a la   termino final
  llegada del termino final.

Mais conteúdo relacionado

Mais procurados

ENJ-2-301: Presentación Módulo II: La Tipicidad Curso Teoría del Delito AJP
ENJ-2-301: Presentación Módulo II: La Tipicidad Curso Teoría del Delito AJPENJ-2-301: Presentación Módulo II: La Tipicidad Curso Teoría del Delito AJP
ENJ-2-301: Presentación Módulo II: La Tipicidad Curso Teoría del Delito AJP
ENJ
 
Las excepciones procesales
Las excepciones procesalesLas excepciones procesales
Las excepciones procesales
EdwinJavier15
 
Obligaciones
ObligacionesObligaciones
Obligaciones
media15
 
ENJ-2-301: Presentación Módulo I: Derecho Penal Curso Teoría del Delito AJP
ENJ-2-301: Presentación Módulo I: Derecho Penal Curso Teoría del Delito AJPENJ-2-301: Presentación Módulo I: Derecho Penal Curso Teoría del Delito AJP
ENJ-2-301: Presentación Módulo I: Derecho Penal Curso Teoría del Delito AJP
ENJ
 

Mais procurados (20)

LA ESTRUCTURA DEL ACTO JURÍDICO - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
LA ESTRUCTURA DEL ACTO JURÍDICO - ANDRÉS CUSI ARREDONDOLA ESTRUCTURA DEL ACTO JURÍDICO - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
LA ESTRUCTURA DEL ACTO JURÍDICO - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
 
Cuasicontrato, delito y cuasidelito
Cuasicontrato, delito y cuasidelitoCuasicontrato, delito y cuasidelito
Cuasicontrato, delito y cuasidelito
 
ENJ-2-301: Presentación Módulo II: La Tipicidad Curso Teoría del Delito AJP
ENJ-2-301: Presentación Módulo II: La Tipicidad Curso Teoría del Delito AJPENJ-2-301: Presentación Módulo II: La Tipicidad Curso Teoría del Delito AJP
ENJ-2-301: Presentación Módulo II: La Tipicidad Curso Teoría del Delito AJP
 
NATURALEZA DE LOS DERECHOS REALES - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
NATURALEZA DE LOS DERECHOS REALES - ANDRÉS CUSI ARREDONDONATURALEZA DE LOS DERECHOS REALES - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
NATURALEZA DE LOS DERECHOS REALES - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
 
Derecho penal-delitos contra el honor
Derecho penal-delitos contra el honorDerecho penal-delitos contra el honor
Derecho penal-delitos contra el honor
 
Principios procesales
Principios procesales Principios procesales
Principios procesales
 
TEORÍA GENERAL DE LAS OBLIGACIONES
TEORÍA GENERAL DE LAS OBLIGACIONESTEORÍA GENERAL DE LAS OBLIGACIONES
TEORÍA GENERAL DE LAS OBLIGACIONES
 
La carga de la prueba
La carga de la pruebaLa carga de la prueba
La carga de la prueba
 
DERECHO HEREDITARIO
DERECHO HEREDITARIODERECHO HEREDITARIO
DERECHO HEREDITARIO
 
Novacion, Compensacion y Condonacion
Novacion, Compensacion y CondonacionNovacion, Compensacion y Condonacion
Novacion, Compensacion y Condonacion
 
Las excepciones procesales
Las excepciones procesalesLas excepciones procesales
Las excepciones procesales
 
Obligaciones
ObligacionesObligaciones
Obligaciones
 
ENJ-2-301: Presentación Módulo I: Derecho Penal Curso Teoría del Delito AJP
ENJ-2-301: Presentación Módulo I: Derecho Penal Curso Teoría del Delito AJPENJ-2-301: Presentación Módulo I: Derecho Penal Curso Teoría del Delito AJP
ENJ-2-301: Presentación Módulo I: Derecho Penal Curso Teoría del Delito AJP
 
Modos de Adquirir el Dominio 03 - Derecho Civil I
Modos de Adquirir el Dominio 03 - Derecho Civil IModos de Adquirir el Dominio 03 - Derecho Civil I
Modos de Adquirir el Dominio 03 - Derecho Civil I
 
Medios de-defensa
Medios de-defensaMedios de-defensa
Medios de-defensa
 
Negocio juridico
Negocio juridicoNegocio juridico
Negocio juridico
 
Semana 07 ambitos de aplicación de la ley penal
Semana 07 ambitos de aplicación de la ley penalSemana 07 ambitos de aplicación de la ley penal
Semana 07 ambitos de aplicación de la ley penal
 
sujetos procesales
sujetos procesales sujetos procesales
sujetos procesales
 
Derecho penal i sesion 5 y 6 culpabilidad
Derecho penal i sesion 5 y 6 culpabilidadDerecho penal i sesion 5 y 6 culpabilidad
Derecho penal i sesion 5 y 6 culpabilidad
 
Naturaleza Jurídica de los Derechos Reales - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
Naturaleza Jurídica de los Derechos Reales - ANDRÉS CUSI ARREDONDONaturaleza Jurídica de los Derechos Reales - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
Naturaleza Jurídica de los Derechos Reales - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
 

Semelhante a Modalidades de los actos juridicos

Acto juridico y negocio juridico
Acto juridico y negocio juridicoActo juridico y negocio juridico
Acto juridico y negocio juridico
Walther Cano
 
TAREA ACADÉMICA 1 Modalidades del Acto Jurídico (diapositivas).pdf
TAREA ACADÉMICA 1 Modalidades del Acto Jurídico (diapositivas).pdfTAREA ACADÉMICA 1 Modalidades del Acto Jurídico (diapositivas).pdf
TAREA ACADÉMICA 1 Modalidades del Acto Jurídico (diapositivas).pdf
bturpopary
 
Actos y declaraciones de voluntad
Actos y declaraciones de voluntadActos y declaraciones de voluntad
Actos y declaraciones de voluntad
Rogelio Armando
 
Clasificación de las obligaciones. Marié Jiménez
Clasificación de las obligaciones. Marié JiménezClasificación de las obligaciones. Marié Jiménez
Clasificación de las obligaciones. Marié Jiménez
jcac1983
 

Semelhante a Modalidades de los actos juridicos (20)

Acto juridico presentacion
Acto juridico presentacionActo juridico presentacion
Acto juridico presentacion
 
Acto juridico presentacion
Acto juridico presentacionActo juridico presentacion
Acto juridico presentacion
 
Acto juridico presentacion
Acto juridico presentacionActo juridico presentacion
Acto juridico presentacion
 
Acto juridico arismendi
Acto juridico arismendiActo juridico arismendi
Acto juridico arismendi
 
Clase modalidades del acto jurídico
Clase modalidades del acto jurídicoClase modalidades del acto jurídico
Clase modalidades del acto jurídico
 
Acto juridico y negocio juridico
Acto juridico y negocio juridicoActo juridico y negocio juridico
Acto juridico y negocio juridico
 
Resumen de la lectura
Resumen de la lecturaResumen de la lectura
Resumen de la lectura
 
TAREA ACADÉMICA 1 Modalidades del Acto Jurídico (diapositivas).pdf
TAREA ACADÉMICA 1 Modalidades del Acto Jurídico (diapositivas).pdfTAREA ACADÉMICA 1 Modalidades del Acto Jurídico (diapositivas).pdf
TAREA ACADÉMICA 1 Modalidades del Acto Jurídico (diapositivas).pdf
 
Actos y declaraciones de voluntad
Actos y declaraciones de voluntadActos y declaraciones de voluntad
Actos y declaraciones de voluntad
 
sintesis del acto administrativo
sintesis del acto administrativosintesis del acto administrativo
sintesis del acto administrativo
 
S04.s1.pdf
S04.s1.pdfS04.s1.pdf
S04.s1.pdf
 
Relación Jurídica Y Hecho Juridico
Relación Jurídica Y Hecho JuridicoRelación Jurídica Y Hecho Juridico
Relación Jurídica Y Hecho Juridico
 
Parcial 3
Parcial 3Parcial 3
Parcial 3
 
2° apunte negocio jurídico
2° apunte negocio jurídico2° apunte negocio jurídico
2° apunte negocio jurídico
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Trabajo de GDJ Helena Martínez García
Trabajo de GDJ Helena Martínez García Trabajo de GDJ Helena Martínez García
Trabajo de GDJ Helena Martínez García
 
Cuadro acto administrativo
Cuadro acto administrativoCuadro acto administrativo
Cuadro acto administrativo
 
Clasificación de las obligaciones. Marié Jiménez
Clasificación de las obligaciones. Marié JiménezClasificación de las obligaciones. Marié Jiménez
Clasificación de las obligaciones. Marié Jiménez
 
Clasificación de las obligaciones. Marié Jiménez (1)
Clasificación de las obligaciones. Marié Jiménez (1)Clasificación de las obligaciones. Marié Jiménez (1)
Clasificación de las obligaciones. Marié Jiménez (1)
 
Extincion de acto administrativo
Extincion de acto administrativoExtincion de acto administrativo
Extincion de acto administrativo
 

Modalidades de los actos juridicos

  • 1.
  • 2. Elementos esenciales…  son aquellos datos necesarios que tienen la función constitutiva del acto jurídico, como la manifestación de voluntad, la capacidad, el objeto, la causa fin, la forma solemne. A estos cuatro últimos, el art. 140 los denomina requisitos de validez; son los requisitos generales del acto jurídico.  Por ejemplo, son elementos esenciales específicos de la compraventa el bien que se transfiere en propiedad y el precio en dinero; de la donación son elementos esenciales específicos el animo de liberalidad y el bien que se transfiere en propiedad
  • 3. Elementos naturales….  Son los datos que el ordenamiento jurídico los considera integrando el contenido del acto jurídico. Estos elementos están en la naturaleza del acto, pero no son de su esencia, por lo que las partes los pueden ampliar, reducir o excluir del acto.  Por ejemplo la obligación de saneamiento
  • 4. Elementos accidentales…  Son elementos meramente eventuales que se incluyen en un determinado acto jurídico por voluntad de las partes, como la condición, el plazo y el modo. No son necesarios para que el acto jurídico cumpla su función social y económica; no afectan la validez, sino la eficacia del acto
  • 5. Concepto…  Las modalidades del acto jurídico son ciertos elementos accidentales que modifican los efectos normales del acto.  Es la determinación pactada en un acto jurídico que encierra una liberalidad por la cual queda obligado el beneficiario a realizar una prestación a favor de quien la hizo o de un tercero. El incumplimiento de dicha prestación tiene como consecuencia la revocación de la liberalidad o la ejecución forzada.  Se les denomina accidentales porque pueden existir o no; su existencia depende de que las partes, sin estar obligadas, los hayan añadido el acto jurídico.  Al acto jurídico al cual se le ha añadido una modalidad se le denomina "acto modal",
  • 6. Concepto…  Las modalidades no se pueden añadir a todo tipo de actos jurídicos, pues hay actos que por razones de intereses superiores, de estabilidad, seguridad, o morales son esencialmente, puros, y de eficacia inmediata y definitiva. Son actos que se quieren puramente o no se quieren, como, por ejemplo, el matrimonio, el reconocimiento de hijo, la adopción
  • 7. Ejemplo…  Cuando el testador puede imponer a alguno de sus beneficiarios (herederos) la carga de proporcionar alimentos a una determinada persona.
  • 8. Tipos de modalidades…  LA CONDICION: Es el acontecimiento futuro y de realización incierta del que depende, o la resolución incierta de los efectos de un acto jurídico.  La condición se expresa ordinariamente con la partícula "si". Existen diversas especies de condición siendo las de mayor interés:  CONDICION SUSPENSIVA: Acontecimiento futuro e incierto de cuyo cumplimiento depende el nacimiento de los efectos del acto.  CONDICION RESOLUTORIA: Cuando al realizar se resuelven los efectos del acto volviendo las cosas al estado que tenían antes de la celebración del mismo como si nunca hubiera existido.
  • 9.  CARACTERISTICAS Incertidumbre esto es respecto a la verificación del evento puesto como condición, no se tiene la certeza de su cumplimiento.
  • 10.  FUTURIDAD La verificación de su cumplimiento o incumplimiento es posterior a la celebración del acto. • Arbitrariamente pactada por las partes La incorporación depende exclusivamente de la voluntad de las partes.
  • 11.  CLASES POR EL CUMPLIMIENTO DEL EVENTO.  POTESTATIVAS El cumplimiento del hecho puesto como condición depende de la voluntad de cualquiera de las partes. CASUALES El cumplimiento de la condición depende factores externos a la voluntad de las partes ( naturaleza, voluntad de un tercero)
  • 12.  MIXTAS El cumplimiento depende de un evento casual y de la voluntad de alguna de las partes. POR NATURALEZA DEL EVENTO  CONDICIONES POSITIVAS Cuando el cumplimiento del hecho puesto como condición produce cambio o alteración en la realidad.
  • 13.  CONDICIONES NEGATIVAS Cuando el cumplimiento del hecho puesto como condición no provoca una alteración en la realidad. CONDICIONES PROPIAS Cuando el hecho puesto como condición es física y jurídicamente posible, no atenta contra el orden publico, y las buenas costumbres y existe incertidumbre en cuanto a su verificación
  • 14.  CONDICIONES IMPROPIAS Cuando el hecho puesto como condición es física o jurídicamente imposible, o atenta el orden publico. CONDICIONES SIMPLES Cuando la condición esta constituida por un solo evento CONDICIONES COMPUESTAS Cuando la condición esta constituida por dos o mas eventos.
  • 15. Termino o plazo….  EL TERMINO O PLAZO: Es el acontecimiento futuro de realización CIERTA del cual depende la eficacia o la resolución de derechos y obligaciones.
  • 16. Termino o plazo…. Certidumbre: significa que el evento puesto como termino final de todas maneras se va a producir. Futuridad: es el lapso de tiempo que se va a transcurrir desde el momento de la celebración del acto hacia la llegada del termino final. Arbitrariamente pactada por las partes: depende de la voluntad de estos incorporarlos en la estructura del acto.
  • 17. Clases por sus efectos… Plazo suspensivo Plazo resolutoria Es aquel plazo que Es aquel plazo que subordina, a la llegada del subordina, a la llegada del termino final, LA termino final, LA EXTINCIÓN EXIGIBILIDAD DE LOS DE LOS EFECTOS. Esto es EFECTOS. , los efectos que ya se Esto es, los efectos que ya vienen produciendo se nacieron con la celebración extinguen ala llegada del del acto, serán exigibles a la termino final llegada del termino final.