Estructura del consejo moral republicano:
Defensor del pueblo.
Organización.
Objeto.
Autonomía.
Funcionamiento.
Ministerio público:
Objeto u organización.
Fiscal General de la República.
Contraloría General de la República:
Objeto u organización.
Contraloría de la Fuerza Armada.
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El poder ciudadano act.10
1. República Bolivariana de Venezuela
Universidad Fermín Toro
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Alumna:
Clemarlys Sánchez
C.I.24.397.350
Prof. Emily Ramírez
Saia A
Barquisimeto, 24 de Septiembre 2015.
2. INDICE
Estructura del consejo moral republicano:
Defensor del pueblo.
• Organización.
• Objeto.
• Autonomía.
• Funcionamiento.
Ministerio público:
• Objeto u organización.
• Fiscal General de la República.
Contraloría General de la República:
• Objeto u organización.
• Contraloría de la Fuerza Armada.
3. ESTRUCTURA DEL CONSEJO
MORAL REPUBLICANO
Integrado por el:
• Defensor del Pueblo- Defensoría del Pueblo
• El Fiscal General-el Ministerio Público
• Contralor General de la República- Contraloría General de la
República.
• Unos o Unas titulares designado por el consejo moral
republicano.
FUNCIONA
Secretaria Permanente dirigida por un
Secretario Ejecutivo quien será un
funcionario de libre nombramiento y
elección.
Defensoría del Pueblo:
Ejercido por el defensor del pueblo él
encargado de vigilar, promover y defender las
garantías y derechos, tratados internacionales
de los derechos humanos, el interés legítimo
de personas, y ser responsable, designado por
siete años, el mismo gozara de inmunidad, no
se podrá culpar por actos relacionados con el
ejercicio de sus funciones.
4. OBJETO
Conviene a los órganos integradores, la
investigación de hechos contra la ética
pública y la moral administrativa, a
gestionar la aplicación de la legalidad
correctamente, también como deben ser
aplicadas en toda la actividad
administrativa del estado, por otra parte,
le compete formular, en caso de faltas y
advertir, cuales son aquellas que deben
acatar por parte de los funcionarios de la
administración pública.
Comprenderá en su función, gestionar el
conocimiento de la constitución, en el
respecto y predominio de la patria de la
democracia y valores que nombra la
norma suprema, los derechos humanos,
así como también traspasar el
conocimiento en el ámbito educacional,
tanto en el área universitaria privada y
pública a que estos implementen
información veraz de la constitución y de
los derechos de los ciudadanos, también
todas la asociaciones, cooperativas,
medios de comunicación, impresos,
televisivos y de radio; contaran con todo
el apoyo y asesoría del consejo moral
republicano.
FUNCIONAMIENTO
El Poder Ciudadano es
independiente y sus órganos gozan
de autonomía funcional, financiera
y administrativa. A tal efecto,
dentro del presupuesto general del
Estado se le asignará una partida
anual variable.
AUTONOMIA
5. MINISTERIO PÚBLICO
Como encargado responsable será el
fiscal general de la república electo y
designado por siete años, ejecuta sus
funciones para capacitar ayuda a
funcionarios del mismo órgano, cumplirá
con los mismos requisitos de los
magistrados de la república, ejerce en sus
atribuciones en nombre del estado sobre
acciones penales, tanto como de acción
pública, podrá participar en el ámbito, del
tribunal supremo de justicia, en procesos,
ejecutar sentencias en derechos y
garantías constitucionales, en proteger a
niño, niña y adolescente, también los
derechos de familia, derechos
ambientales y en materia indígena.
6. A cargo de
representación
del contralor
general de la
república
Gestiona, fiscaliza,
vigila ingresos, gastos
de bienes públicos y
nacionales
No relaciona sus
objetivos a otro
órgano, tiene
autonomía funcional,
organiza e igual
compete dictar normas
de su materia.
Deberá ser venezolano
por nacimiento, tener
una sola nacionalidad,
mayor de 30 años, con
capacidad y
experiencia en el
cargo.
7. CONTRALORÍA DE LA
FUERZA ARMADA
Integrado por el sistema Nacional de control fiscal, constituye órganos,
estructuras, recursos y procedimientos, con el fin de direccionar el control de
sistemas y procesos que impartan de los objetivos generales, tanto de los órganos
sujetos a la ley y el buen funcionamiento de la administración pública, integrado y
a dar mejores resultados, las contralorías estadales, municipales y distritales.
También la contraloría de la fuerza armada nacional, tendrá a cargo vigilar y
controlar ingresos gastos y bienes públicos y nacionales, afectos a la fuerza armada
nacional, finaliza que la respectiva dirección está a cargo de un contralor general
de la fuerza armada Nacional.