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Información que fortalece el quehacer legislativo
Carpeta Informativa
Carpeta No. 82 noviembre, 2017
Feminicidios: causas,
consecuencias y tendencias
Salvador Moreno Pérez
Kenya Atenas Nelly Lizárraga Morales
Feminicidios: causas,
consecuencias y tendencias
Fuente: Imagen tomada de http://www.contralinea.com.mx/archivo-revista/2015/06/19/cada-vez-mas-feminicidios-en-centroamerica/
Contenido
Introducción
1) Definición de “Feminicidio”
2) Tipificación penal del feminicidio en América Latina
3) El feminicidio en México
4) Feminicidio y opinión pública
Introducción
La violencia contra las mujeres es producto de las desigualdades socioculturales en las relaciones de
poder entre hombre-mujer. Esto ha generado inmensos desequilibrios de derechos y oportunidades
que afectan de manera directa y primordial a las mujeres; históricamente ha generado no sólo
desigualdad y discriminación, sino injusticias y violencia contra las mujeres.
En 1994 la Organización de Estados Americanos (OEA), convencida de la eliminación de la violencia
contra la mujer, firma la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia
Contra las Mujeres. Esta Convención define y categoriza el concepto de violencia contra la mujer en
su artículo 1º en los términos siguientes:
Fuente: OEA, Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, firmada en Belem Do Pará, Brasil, 1994.
Introducción
“Cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento
físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado. Se
entenderá que la violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual y psicológica:
◦ A) que tenga lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier otra relación
interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio que la
mujer, y que comprende, entre otros, violación, maltrato y abuso sexual;
◦ B) que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que
comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución
forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, así como en instituciones educativas,
establecimientos de salud o cualquier otro lugar, y
◦ C) que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, dondequiera que ocurra.”
Introducción
El feminicidio es una de las muchas formas de violencia contra las mujeres ejercida no sólo por los hombres sino también
de forma institucional cuando se convierte en una violencia de Estado, esto es, cuando el Estado se vuelve cómplice de la
violencia.
Desde 1990 México se convirtió en centro de la atención internacional debido a los asesinatos de mujeres en Ciudad
Juárez. Más recientemente el Estado de México fue escenario de muertes de mujeres por violencia de género y la
tendencia es a la alza.
En la carpeta “Feminicidios: causas, consecuencias y tendencias” abordamos el tema dividido en cuatro partes: en la
primera se define el concepto feminicidio; enseguida se hace un recuento del feminicidio y su legislación en América
Latina; en la tercera parte se muestran algunos indicadores de feminicidio en México; por último se reportan algunos
resultados de estudios de opinión sobre el tema.
1) Definición “Feminicidio”
Definición “Feminicidio”
“Diana Russell utilizó el término feminicide por primera vez en 1976 ante el
Tribunal Internacional sobre los Crímenes contra la Mujer en Bruselas, para
definir las formas de violencia extrema contra la mujer. La misma Russell, junto
con Jane Caputi, redefine este concepto en 1990 como ‘el asesinato de mujeres
por hombres motivado por el odio, desprecio, placer o sentido de posesión
hacia las mujeres’”.
Fuente: Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, Estudio de la implementación del tipo penal de feminicidio en México: Causas y Consecuencias 2012-2013, México, p. 16.
Definición:
El término feminicidio deriva de feminicide, que comenzó a utilizarse en el
mundo angloparlante para describir las muertes producto de la violencia de
género contra las mujeres. Fue utilizado por primera vez por la antropóloga
mexicana Marcela Lagarde para describir el sistemático asesinato de niñas y
mujeres en Ciudad Juárez (Chihuahua) y en la Ciudad de Guatemala, ya a
principios de la década de 1990.
Características
El feminicidio es perpetrado generalmente por los hombres, pero a veces
pueden estar involucradas mujeres integrantes de la familia.
La mayoría de los feminicidios son cometidos por una pareja actual o anterior de
la víctima e incluyen maltrato repetido en el hogar, amenazas o intimidación,
violencia sexual o situaciones en las que las mujeres tienen menos poder o
menos recursos que su pareja.
Definición de feminicidio y violencia
feminicida
En México, la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la
Unión creó la Comisión Especial para Conocer y Dar Seguimiento a las
Investigaciones Relacionadas con los Feminicidios en la República Mexicana y a
la Procuración de Justicia Vinculada (Comisión Especial del Feminicidio). Dicha
Comisión define los conceptos de feminicidio y violencia feminicida para
identificar las condiciones del feminicidio en México.
Definición de feminicidio y violencia
feminicida
“El feminicidio está conformado por el conjunto de hechos violentos misóginos contra las mujeres
que implican la violación de sus derechos humanos, atentan contra su seguridad y ponen en riesgo
su vida. Culmina en la muerte violenta de algunas mujeres. Hay infinidad de sobrevivientes. Se
consuma porque las autoridades omisas, negligentes, o coludidas con agresores ejercen sobre las
mujeres violencia institucional al obstaculizar su acceso a la justicia y con ello contribuyen a la
impunidad. El feminicidio conlleva la ruptura del Estado de derecho, ya que el Estado es incapaz de
garantizar la vida de las mujeres, de actuar con legalidad y hacerla respetar, de procurar justicia, y
prevenir y erradicar la violencia que lo ocasiona. El feminicidio es un crimen de Estado.”
Definición de feminicidio y violencia
feminicida
“La violencia feminicida es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres,
producto de la violación de sus derechos humanos en los ámbitos público y privado, está
conformada por el conjunto de conductas misóginas-maltrato y violencia física, psicológica,
sexual, educativa, laboral, económica, patrimonial, familiar, comunitaria, institucional –que
conllevan impunidad social y del Estado y, al colocar a las mujeres en riesgo e indefensión,
pueden culminar en el homicidio o su tentativa, y en otras formas de muerte violenta de las
niñas y las mujeres: accidentes, suicidios y muertes evitables derivadas de la inseguridad, la
desatención y la exclusión del desarrollo y la democracia.”
Tipos de feminicidio
Fuente: Patricia Olamendi, Feminicidio en México, Inmujeres, México, 2017.
Con base en los estudios de Julia Monárrez y Patricia Olamendi, se distinguen diferentes tipos de
feminicidio, esto de acuerdo con las circunstancias y el modus operandi que se realice:
Tipos de feminicidio Características
Íntimo
Es la muerte de una mujer cometida por un hombre con quien la víctima tenía o había tenido una relación o vínculo íntimo:
marido, exmarido, compañero, novio, exnovio o amante, persona con quien se procreó un niño o una niña. Se incluye el
supuesto del amigo que asesina a una mujer —amiga o conocida— que rechazó entablar una relación íntima (sentimental o
sexual) con ésta.
No íntimo
Es la muerte de una mujer cometida por un hombre desconocido con quien la víctima no tenía ningún tipo de relación. Por
ejemplo, una agresión sexual que culmina en el asesinato de una mujer a manos de un extraño. También se considera el caso del
vecino que mata a su vecina sin que existiera entre ambos algún tipo de relación o vínculo.
Infantil
Es la muerte de una niña menor de 14 años de edad cometida por un hombre en el contexto de una relación de responsabilidad,
confianza o poder que le otorga su situación adulta sobre la minoría de edad de la niña.
Familiar
Es la muerte de una mujer en el contexto de una relación de parentesco entre la víctima y el victimario. El parentesco puede ser
por consanguinidad, afinidad o adopción.
Tipos de feminicidio
Tipos de feminicidio Características
Familiar
Es la muerte de una mujer en el contexto de una relación de parentesco entre la víctima y el victimario. El parentesco puede
ser por consanguinidad, afinidad o adopción
Por conexión
Hace referencia al caso de la muerte de una mujer “en la línea de fuego” por parte de un hombre en el mismo lugar en el que
mata o intenta matar a otra mujer. Puede tratarse de una amiga, una pariente de la víctima, madre, hija, o de una mujer
extraña que se encontraba en el mismo escenario donde el victimario atacó a la víctima.
Sexual sistémico desorganizado
La muerte de las mujeres está acompañada por el secuestro, la tortura y/o la violación. Se presume que los sujetos activos
matan a la víctima en un periodo determinado.
Sexual sistémico organizado
Se presume que en estos casos los sujetos activos pueden actuar como una red organizada de feminicidas sexuales, con un
método consciente y planificado en un largo e indeterminado periodo.
Por prostitución o por ocupaciones
estigmatizadas
Es la muerte de una mujer que ejerce la prostitución y/u otra ocupación (como strippers, camareras, masajistas o bailarinas en
locales nocturnos) cometida por uno o varios hombres. Incluye los casos en los que el victimario (o los victimarios) asesina a la
mujer motivado por el odio y la misoginia que despierta en éste la condición de prostituta de la víctima. Esta modalidad
evidencia la carga de estigmatización social y justificación del accionar delictivo por parte de los sujetos: “se lo merecía”; “ella
se lo buscó por lo que hacía”; “era una mala mujer”; “su vida no valía nada”.
Fuente: Patricia Olamendi, Feminicidio en México, Inmujeres, México, 2017.
Tipos de feminicidio
Tipos de feminicidio Características
Por trata
Es la muerte de mujeres producida en una situación de trata de personas. Por “trata” se entiende la captación, el
transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas
de coacción, ya sean rapto, fraude, engaño, abuso de poder o la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el
consentimiento de la o las personas con fines de explotación. Esta explotación incluye, como mínimo, la prostitución ajena u
otras formas de explotación sexual, los trabajos forzados o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la
esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.
Por tráfico
Es la muerte de mujeres producida en una situación de tráfico de migrantes. Por tráfico se entiende la facilitación de la entrada
ilegal de una persona en un Estado del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente, con el fin de obtener
directa o indirectamente un beneficio financiero u otro beneficio de orden material.
Transfóbico
Es la muerte de una mujer transgénero o transexual y en la que el victimario (o los victimarios) la mata por su condición o
identidad de género transexual, por odio o rechazo de la misma.
Lesbofóbicos
Es la muerte de una mujer lesbiana en la que el victimario (o los victimarios) la mata por su orientación sexual, por el odio o
rechazo de la misma.
Racista Es la muerte de una mujer por odio o rechazo hacia su origen étnico, racial o sus rasgos fenotípicos.
Por mutilación genital femenina
Es la muerte de una niña o mujer a consecuencia de una práctica de mutilación genital.
Fuente: Patricia Olamendi, Feminicidio en México, Inmujeres, México, 2017
2) Tipificación penal del feminicidio
en América Latina
3) Tipificación penal del feminicidio en
América Latina
América Latina y el Caribe es una de las regiones del mundo con más avances en el campo
legal para erradicar la violencia hacia las mujeres.
• Casi el 100% de los países de América Latina y el Caribe cuentan con leyes de violencia
contra la mujer.
• Legislaciones de segunda generación que han modificado códigos penales y civiles.
• Toman en cuenta las distintas características de la violencia contra las mujeres.
• Acciones vinculadas al acompañamiento de las víctimas en el proceso judicial.
• Contemplan la diversidad etaria, sexual y étnico-racial.
• Amplían el radio de acción a distintos sectores y niveles estatales.
Fuente: CEPAL, Violencia contra las mujeres en América Latina y el Caribe. Una respuesta estatal a los impactos en menores, marzo, 2016.
Tipificación penal del feminicidio en
América Latina
Costa Rica: Ley para la Penalización de la Violencia contra las Mujeres (2007)
Artículo 21.- Femicidio
Se le impondrá pena de prisión de veinte a treinta y cinco años a quien dé muerte a una mujer
con la que mantenga una relación de matrimonio, en unión de hecho declarada o no.
Guatemala: Ley contra el Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer (2008)
Artículo 3.- La violencia contra la mujer queda definida como:
Toda acción u omisión basada en la pertenencia al sexo femenino que tenga como resultado el
daño inmediato o ulterior, sufrimiento físico, sexual, económico o psicológico para la mujer, así
como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se
produce en el ámbito público como en el ámbito privado
Fuente:, Feminicidio en México, ONU MUJERES, Inmujeres, México, 2011
Tipificación penal del feminicidio en
América Latina
Chile: Proyecto de ley que modifica el Código Penal para sancionar el Femicidio (2007)
Proyecto que plantea la introducción del femicidio en el Código Penal y su modificación al
artículo 390°:
Artículo 390.- El que conociendo las relaciones que los ligan, mate a su padre, madre o hijo, a
cualquier otro de sus ascendientes o descendientes, será castigado como autor de parricidio,
con la pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado. La pena
señalada en el inciso anterior se aplicará también al que, conociendo las relaciones que los ligan,
mate a la persona de la que es o ha sido cónyuge o conviviente o con la que tiene un hijo en
común. Lo dispuesto precedentemente podrá no ser aplicado respecto de quienes han cesado
efectivamente su vida en común con, a lo menos, tres años de anterioridad a la ejecución del
delito, salvo que existan hijos comunes. Si la víctima del delito descrito en el inciso precedente
fuere una mujer, el responsable será castigado como autor de femicidio.
Fuente: Patricia Olamendi, Feminicidio en México, Inmujeres, México, 2017
Tipificación penal del feminicidio en
América Latina
Paraguay: Proyecto de ley que reprime toda forma de Violencia contra la Mujer
El proyecto de ley tipifica el femicidio en los siguientes términos:
Artículo 11. Femicidio. El que matara a una mujer, como consecuencia de relaciones de género
desiguales, será sancionado con pena privativa de liberad de diez a veinticinco años. La pena podrá
ser aumentada de quince a veinticinco años cuando el autor haya tenido relaciones íntimas,
familiares, de convivencia, de noviazgo o afines con la víctima.
México: Reforma al Código Penal Federal (CPF) en 2012. Tipifica al feminicidio como delito
autónomo
“Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se
considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: I.
La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; II. A la víctima se le hayan infligido
lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o
actos de necrofilia; III. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito
familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima; IV. Haya existido entre el activo y la
víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza; V. Existan datos que establezcan que hubo
amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la
víctima; VI. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de
la vida; VII. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público”.
Fuente: Patricia Olamendi, Feminicidio en México, Inmujeres, México, 2017.
Fuente: Patricia Olamendi, Feminicidio en México, Inmujeres, México, 2017.
Datos de la CEPAL confirman la violencia contra las mujeres en
América Latina y el Caribe
o2 de cada 3 mujeres han sufrido violencia durante la vida y las encuestas nos dicen que
principalmente a manos de la pareja íntima.
o Abuso y acoso laboral que afecta a las mujeres asalariadas.
oAcoso político.
oAcoso sexual en la calle y en el transporte público.
oEs vital mejorar la información disponible. Armonizar encuestas de violencia contra las mujeres,
mejorar los registros administrativos y fortalecer el trabajo interinstitucional para definir datos
oficiales.
o Solo el 40% de los países de América Latina (Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Guatemala,
México, Perú, Venezuela) identifican asignaciones o tienen una glosa en el presupuesto nacional
el año 2014 (20 países con Cuba y Puerto Rico).
Fuente: CEPAL, Violencia contra las mujeres en América Latina y el Caribe. Una respuesta estatal a los impactos en menores, MARZO, 2016.
Feminicidio en América Latina
De acuerdo con la información oficial recopilada por el Observatorio de Igualdad de Género de
América Latina y el Caribe de la CEPAL, al año 2016 un total de 1,998 mujeres de 17 países de la
región (14 de América Latina y 3 del Caribe) fueron víctimas de femicidio o feminicidio.
Honduras es el país de la región con el mayor número total de femicidios (466 en 2016),
alcanzando una preocupante tasa de 10.2 femicidios por cada 100 mil mujeres. El Salvador es el
país que actualmente presenta la mayor tasa de feminicidios: 11.2 por cada 100 mil mujeres, lo
que da cuenta de 371 muertes en 2016.
Tipificación del feminicidio en México
En México, el artículo 325 del Código Penal Federal Mexicano dispone lo siguiente:
Comete delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se
considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes
circunstancias:
I. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;
II. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o
posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;
III. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o
escolar, del sujeto activo en contra de la víctima.
IV. Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;
V. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso,
acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;
VI. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la
vida;
VII. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público;
A quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de cuarenta a sesenta años de prisión y
quinientos mil días de multa.
Además de las sanciones descritas en el presente artículo, el sujeto activo perderá todos los
derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.
En caso de que no se acredite el feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio.
Tipificación del feminicidio en México
Al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o
administración de justicia se le impondrá pena de prisión de tres a ocho años y de 500 a 1,500
días de multa, además será destituido o inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro
empleo, cargo o comisión públicos.
Tipificación del feminicidio en México
América Latina y El Caribe (23 países): Femicidio o feminicidio, último año disponible (en número
absoluto y tasa por cada 100,000 mujeres)
Fuente: CEPAL, Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe, https://oig.cepal.org/es/indicadores/feminicidio
4) El feminicidio en México
Violencia de género en México
La sociedad mexicana se distingue por un muy alto nivel de violencia específica de género
inscrita en la vida cotidiana. La forma extrema de violencia que representa el feminicidio.
El feminicidio no amenaza por igual a todos los estratos sociales. La probabilidad de ser víctima
de un feminicidio es particularmente alta en determinados contextos sociales, como pobreza,
marginación y exclusión de las oportunidades educativas.
Existe un discurso tanto de las autoridades policiacas y de funcionarios públicos que estigmatiza
a las víctimas como responsables, parciales, de los feminicidios.
La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México considera que la violencia feminicida
en México obedece no sólo a un contexto de cultura machista y misógina arraigada, sino
también a una serie de factores sociales, económicos y políticos (discriminación por género,
impunidad, condición social, edad, etnia y criminalidad, entre otros) que sistemáticamente
vulneran todos los derechos de las mujeres al extremo de poner en peligro su integridad y
causar su muerte.
Fuente: Rafael Esquivel Rodríguez, Frecuencia de muertes violentas en mujeres por razón de género que ingresan al Servicio Médico Forense en zona Toluca de enero 2011 a diciembre
2012, UAEM, México; CDHDF, “Feminicidio: alerta urgente de justicia y alto a la impunidad”, dfensor. Revista de Derechos Humanos, núm. 3, marzo de 2011.
El feminicidio en México
Según el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) el análisis de su problemática y su
conceptualización se originan a partir de una perspectiva sociológica-antropológica; en México se avanzó hacia
una perspectiva jurídica que permitió llegar a su tipificación en el ámbito penal.
Los antecedentes se remontan a la década de 1990 con los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez y su posterior
generalización.
Quienes critican su uso han señalado que la gran mayoría de víctimas de homicidio en México son hombres. No
obstante, los expertos señalan que el feminicidio deriva del odio relacionado con el género de la víctima, el cual
se evidencia con la mutilación de los cuerpos, con signos de violación sexual o tortura en ellos y con el hecho de
cómo intentan esconderlos en terrenos o canales.
Fuente: El País, consultado en https://elpais.com/especiales/2017/feminicidios-en-mexico/#; Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, Estudio de la
implementación del tipo penal de feminicidio en México: Causas y Consecuencias 2012-2013, México, p. 15.
El feminicidio en México
El Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio destaca la existencia de la Ley
General de Acceso a las Mujeres a una vida Libre de Violencia donde se incluye el
término violencia feminicida, pero éste no ha sido reconocido y mucho menos utilizado
por las autoridades encargadas de la procuración y administración de justicia.
Durante 2012 y 2013 la misma organización reportó que en ese periodo fueron
asesinadas 3,892 mujeres en los 31 estados del país y en la Ciudad de México. De estos
casos 15.75% (613) fueron investigados como feminicidios.
Fuente: http://observatoriofeminicidiomexico.org.mx/temas/feminicidio/ (31 de octubre de 2017).
El feminicidio en México
El estudio de Inmujeres y ONU Mujeres sobre “la violencia feminicida en México,
aproximaciones y tendencias 1985-2014” reportó que en 2014 ocurrieron 2,289 casos
de defunciones femeninas con presunción de homicidio, lo que significó que en ese año
se registraron 6.3 presuntos homicidios de mujeres por día.
Las entidades federativas donde se registró mayor número de presunción de homicidios
de mujeres fueron el Estado de México, Guerrero, Chihuahua, Ciudad de México y
Oaxaca.
Fuente: http://observatoriofeminicidiomexico.org.mx/temas/feminicidio/ (31 de octubre de 2017).
El feminicidio en México
En ese mismo año (2014) las entidades que presentaron las tasas más altas de homicidios contra
las mujeres fueron Guerrero, Chihuahua, Tamaulipas, Oaxaca y Sinaloa.
El 20% de las mujeres víctimas de feminicidio fueron asesinadas por su pareja, algún familiar o
persona cercana a la víctima. En el 80% restante la autoridad desconoce al agresor.
La información sobre los casos de feminicidio revela los métodos brutales mediante los cuales
los cuerpos de las mujeres están siendo sometidos para privarlas de la vida; también evidencia
que los agresores plasman el odio hacia las víctimas a través de la destrucción de sus cuerpos.
Fuente: http://observatoriofeminicidiomexico.org.mx/temas/feminicidio/ (31 de octubre de 2017).
Violencia de género en México
Al menos 100 de los 125 municipios del Estado de México tienen una tasa de asesinatos de
mujeres por encima del promedio nacional.
Poco más de 33% de todos los asesinatos de mujeres en el país se registran en el Estado de
México.
De enero de 2009 a junio de 2010 se registraron 890 feminicidios, de los cuales 309 se
cometieron en el Estado de México, 125 en Sinaloa y 103 en Tamaulipas.
Fuente: Humberto Padgett, “Un feminicidio peor que el del norte. Las muertas del Edomex son muchas más que las de Juárez”, CDHDF, “Feminicidio: alerta urgente de justicia y alto a
la impunidad”, dfensor. Revista de Derechos Humanos, núm. 3, marzo de 2011, p. 24; María de la Luz Estrada, “Radiografía del feminicidio en México”, CDHDF, “Feminicidio:
alerta urgente de justicia y alto a la impunidad”, dfensor. Revista de Derechos Humanos, núm. 3, marzo 2011.
Resultados de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las
Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016
➢De las mujeres de 15 años y más, 66.1% han
enfrentado al menos un incidente de violencia por
parte de cualquier agresor, alguna vez en su vida.
➢43.9% de las mujeres han sufrido violencia por
parte de su actual o última pareja, esposo o novio,
a lo largo de su relación.
➢En los espacios públicos o comunitarios, 34.3%
de las mujeres han experimentado algún tipo de
violencia sexual.
➢La relación donde ocurre con mayor frecuencia la
violencia contra las mujeres es en la pareja y, por
ende, el principal agresor es o ha sido el esposo,
pareja o novio.
➢Diez entidades están por encima de la media
nacional, tanto para la violencia total a lo largo de
la vida, como para la violencia reciente ocurrida
en los últimos 12 meses (octubre de 2015 a
octubre de 2016): Ciudad de México, Estado de
México, Jalisco, Aguascalientes, Querétaro,
Chihuahua, Yucatán, Durango, Coahuila de
Zaragoza y Baja California.
La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016 mide las experiencias de violencia que han
enfrentado las mujeres de 15 años y más que residen en el territorio nacional. Proporciona información por tipo de violencia (emocional,
económica, física, patrimonial y sexual), en la relación de pareja y en los ámbitos escolar, laboral, comunitario y familiar, con la finalidad
de ofrecer información que permita estimar la extensión y gravedad de la violencia, y servir de apoyo en el diseño y seguimiento de las
políticas públicas orientadas a atender y erradicar la violencia contra las mujeres por razones de género.
Defunciones por homicidio a mujeres
4 9 10 12 12 14 19 26 29 34 42 43 48 52 63
80 80 82 85 87 96
108
124 130 131 133 133 142 146
170
248
421
0
50
100
150
200
250
300
350
400
450
Fuente: Elaboración propia con base en INEGI, Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016, México.
Defunciones por homicidio a mujeres por
estado conyugal
106
1,029
566
507
58 76
163
308
0
200
400
600
800
1000
1200
No aplica a menores de
12 años
Soltero (a) Casado (a) Unión libre Separado (a) Divorciado (a) Viudo (a) No especificado
Fuente: Elaboración propia con base en INEGI, Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016, México.
México: evolución de las tasas nacionales de defunciones femeninas con
presunción de homicidio, según año de ocurrencia, 1985-2014
Fuente: Segog, Inmujeres, ONU Mujeres, La violencia feminicida en México, aproximaciones y tendencias 1985-2014, p. 10.
Fuente: Segog, Inmujeres, ONU Mujeres, La violencia feminicida en México, aproximaciones y tendencias
1985-2014, p. 11.
Tasa de defunciones femeninas con presunción de homicidio por
entidad federativa (por 100,000 mujeres) 2014
9.6
9.0
7.2
6.4
5.9
5.1
4.7
4.3 4.2
3.9 3.8 3.8 3.8 3.7 3.7
3.3 3.2
3.0 2.9 2.9 2.9 2.8 2.7 2.7 2.7 2.7
2.5 2.4
2.2 2.2 2.2
1.9
0.8
0.6
Fuente: Elaboración propia con base en Segog, Inmujeres, ONU Mujeres, La violencia feminicida en México, aproximaciones y tendencias 1985-2014, p. 11.
Número de defunciones femeninas con presunción de homicidio por
entidad federativa 2014
Fuente: Elaboración propia con base en Segog, Inmujeres, ONU Mujeres, La violencia feminicida en México, aproximaciones y tendencias 1985-2014, p. 11.
4 8 9 12 17 19 22 22 23 25 26 28
40 41
50 55 57 64 65
73 74 79
88 89 90
106
127133
141
167
176
359
Aguascalientes
Yucatán
BajaCaliforniaSur
Campeche
Colima
Querétaro
QuintanaRoo
Zacatecas
Nayarit
Tlaxcala
Tabasco
Durango
Hidalgo
SanLuisPotosí
Morelos
Sonora
Coahuila
Chiapas
Guanajuato
NuevoLeón
BajaCalifornia
Michoacán
Sinaloa
Puebla
Veracruz
Jalisco
Tamaulipas
Oaxaca
CiudaddeMéxico
Chihuahua
Guerrero
México
Nacional = 2,289
Mujeres asesinadas (2000 a 2009)
12636
2881
1107 843 408 404 338 205 186 174 170 131
Fuente: Humberto Padgett, “Un feminicidio peor que el del norte. Las muertas del Edomex son muchas más que las de Juárez”, CDHDF, “Feminicidio: alerta urgente de justicia y alto a la
impunidad”, dfensor. Revista de Derechos Humanos, núm. 3, marzo de 2011, p. 24.
Número de homicidios dolosos de mujeres víctimas de
feminicidio de enero de 2009 a junio de 2010 (N = 890)
Nota. Información obtenida del OCNF con información de las procuradurías de justicia estatales de todo el país, obteniendo respuesta de 18 dependencias. Datos corresponden a 11 estados.
Fuente: María de la Luz Estrada, “Radiografía del feminicidio en México”, CDHDF, “Feminicidio: alerta urgente de justicia y alto a la impunidad”, dfensor.
Revista de Derechos Humanos, núm. 3, marzo de 2011, p. 61.
5) Feminicidio y opinión pública
Feminicidio y opinión pública
La casa Parametría llevó a cabo una encuesta en vivienda en mayo de 2017
sobre el tema de los feminicidios. Los resultados mostraron que existe poco
conocimiento entre la población acerca de los feminicidios. Una tercera parte
de los encuestados aceptó desconocer qué eran los feminicidios y 16% dio
respuestas incorrectas al asociarlos con el suicidio de una mujer, las mujeres
lesbianas o estar contra la igualdad de género.
Me podría decir ¿qué es el feminicidio? (Pregunta abierta %)
49
8
1 1 1 1 1 3
34
1
Eselasesinatodeuna
mujer
Eselabuso,maltrato,
ataquefísicoymentalu
odiohacialamujer
Eselsuicidiodeuna
mujer
Eslaviolacióndeuna
mujer
Sonlasmujereslesbianas
Esestarcontralaigualdad
degénero
Escuandolamujer
dominaalhombre
Otros
Nosabe
Nocontesta
MAYO DE 2017
Fuente: Parametría, Encuesta Nacional en Vivienda, 800 casos, error +/- 3.5 , del 26 de mayo al 1 de junio de 2017, México.
En lo que va del año, ¿usted se ha enterado del asesinato de alguna
mujer en su localidad que haya sido atacada por el hecho de ser mujer?
No se se
enterado, 71,
71%
Sí se ha
enterado, 29,
29%
MAYO DE 2017
Fuente: Parametría, Encuesta Nacional en Vivienda, 800 casos, error +/- 3.5 , del 26 de mayo al 1 de junio de 2017, México.
¿Quién cree que es el principal responsable de que en México haya
mujeres que sufran de violencia: las propias mujeres, la sociedad o el
gobierno?
Fuente: Parametría, Encuesta Nacional en Vivienda, 800 casos, error +/- 3.5 , del 26 de mayo al 1 de junio de 2017, México.
Las causa del feminicidio
Las estructuras machistas son consideradas como la base de la violencia específica de género.
El menosprecio y la discriminación contra las mujeres están tan arraigados en la sociedad; por
ejemplo, 15% de los hombres encuestados consideran que es legítimo invertir menos en la
educación de las hijas.
La violencia contra las mujeres es considerada normal o, por lo menos, justificada.
Fuente: Rafael Esquivel Rodríguez, Frecuencia de muertes violentas en mujeres por razón de género que ingresan al Servicio Médico Forense en zona Toluca de enero 2011 a diciembre
2012, UAEM, México;

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Carpeta Informativa No.82. Feminicidios: causas, consecuencias y tendencias

  • 1. Información que fortalece el quehacer legislativo Carpeta Informativa Carpeta No. 82 noviembre, 2017 Feminicidios: causas, consecuencias y tendencias Salvador Moreno Pérez Kenya Atenas Nelly Lizárraga Morales
  • 2. Feminicidios: causas, consecuencias y tendencias Fuente: Imagen tomada de http://www.contralinea.com.mx/archivo-revista/2015/06/19/cada-vez-mas-feminicidios-en-centroamerica/
  • 3. Contenido Introducción 1) Definición de “Feminicidio” 2) Tipificación penal del feminicidio en América Latina 3) El feminicidio en México 4) Feminicidio y opinión pública
  • 4. Introducción La violencia contra las mujeres es producto de las desigualdades socioculturales en las relaciones de poder entre hombre-mujer. Esto ha generado inmensos desequilibrios de derechos y oportunidades que afectan de manera directa y primordial a las mujeres; históricamente ha generado no sólo desigualdad y discriminación, sino injusticias y violencia contra las mujeres. En 1994 la Organización de Estados Americanos (OEA), convencida de la eliminación de la violencia contra la mujer, firma la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres. Esta Convención define y categoriza el concepto de violencia contra la mujer en su artículo 1º en los términos siguientes: Fuente: OEA, Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, firmada en Belem Do Pará, Brasil, 1994.
  • 5. Introducción “Cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado. Se entenderá que la violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual y psicológica: ◦ A) que tenga lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio que la mujer, y que comprende, entre otros, violación, maltrato y abuso sexual; ◦ B) que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar, y ◦ C) que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, dondequiera que ocurra.”
  • 6. Introducción El feminicidio es una de las muchas formas de violencia contra las mujeres ejercida no sólo por los hombres sino también de forma institucional cuando se convierte en una violencia de Estado, esto es, cuando el Estado se vuelve cómplice de la violencia. Desde 1990 México se convirtió en centro de la atención internacional debido a los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez. Más recientemente el Estado de México fue escenario de muertes de mujeres por violencia de género y la tendencia es a la alza. En la carpeta “Feminicidios: causas, consecuencias y tendencias” abordamos el tema dividido en cuatro partes: en la primera se define el concepto feminicidio; enseguida se hace un recuento del feminicidio y su legislación en América Latina; en la tercera parte se muestran algunos indicadores de feminicidio en México; por último se reportan algunos resultados de estudios de opinión sobre el tema.
  • 8. Definición “Feminicidio” “Diana Russell utilizó el término feminicide por primera vez en 1976 ante el Tribunal Internacional sobre los Crímenes contra la Mujer en Bruselas, para definir las formas de violencia extrema contra la mujer. La misma Russell, junto con Jane Caputi, redefine este concepto en 1990 como ‘el asesinato de mujeres por hombres motivado por el odio, desprecio, placer o sentido de posesión hacia las mujeres’”. Fuente: Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, Estudio de la implementación del tipo penal de feminicidio en México: Causas y Consecuencias 2012-2013, México, p. 16.
  • 9. Definición: El término feminicidio deriva de feminicide, que comenzó a utilizarse en el mundo angloparlante para describir las muertes producto de la violencia de género contra las mujeres. Fue utilizado por primera vez por la antropóloga mexicana Marcela Lagarde para describir el sistemático asesinato de niñas y mujeres en Ciudad Juárez (Chihuahua) y en la Ciudad de Guatemala, ya a principios de la década de 1990.
  • 10. Características El feminicidio es perpetrado generalmente por los hombres, pero a veces pueden estar involucradas mujeres integrantes de la familia. La mayoría de los feminicidios son cometidos por una pareja actual o anterior de la víctima e incluyen maltrato repetido en el hogar, amenazas o intimidación, violencia sexual o situaciones en las que las mujeres tienen menos poder o menos recursos que su pareja.
  • 11. Definición de feminicidio y violencia feminicida En México, la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión creó la Comisión Especial para Conocer y Dar Seguimiento a las Investigaciones Relacionadas con los Feminicidios en la República Mexicana y a la Procuración de Justicia Vinculada (Comisión Especial del Feminicidio). Dicha Comisión define los conceptos de feminicidio y violencia feminicida para identificar las condiciones del feminicidio en México.
  • 12. Definición de feminicidio y violencia feminicida “El feminicidio está conformado por el conjunto de hechos violentos misóginos contra las mujeres que implican la violación de sus derechos humanos, atentan contra su seguridad y ponen en riesgo su vida. Culmina en la muerte violenta de algunas mujeres. Hay infinidad de sobrevivientes. Se consuma porque las autoridades omisas, negligentes, o coludidas con agresores ejercen sobre las mujeres violencia institucional al obstaculizar su acceso a la justicia y con ello contribuyen a la impunidad. El feminicidio conlleva la ruptura del Estado de derecho, ya que el Estado es incapaz de garantizar la vida de las mujeres, de actuar con legalidad y hacerla respetar, de procurar justicia, y prevenir y erradicar la violencia que lo ocasiona. El feminicidio es un crimen de Estado.”
  • 13. Definición de feminicidio y violencia feminicida “La violencia feminicida es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos en los ámbitos público y privado, está conformada por el conjunto de conductas misóginas-maltrato y violencia física, psicológica, sexual, educativa, laboral, económica, patrimonial, familiar, comunitaria, institucional –que conllevan impunidad social y del Estado y, al colocar a las mujeres en riesgo e indefensión, pueden culminar en el homicidio o su tentativa, y en otras formas de muerte violenta de las niñas y las mujeres: accidentes, suicidios y muertes evitables derivadas de la inseguridad, la desatención y la exclusión del desarrollo y la democracia.”
  • 14. Tipos de feminicidio Fuente: Patricia Olamendi, Feminicidio en México, Inmujeres, México, 2017. Con base en los estudios de Julia Monárrez y Patricia Olamendi, se distinguen diferentes tipos de feminicidio, esto de acuerdo con las circunstancias y el modus operandi que se realice: Tipos de feminicidio Características Íntimo Es la muerte de una mujer cometida por un hombre con quien la víctima tenía o había tenido una relación o vínculo íntimo: marido, exmarido, compañero, novio, exnovio o amante, persona con quien se procreó un niño o una niña. Se incluye el supuesto del amigo que asesina a una mujer —amiga o conocida— que rechazó entablar una relación íntima (sentimental o sexual) con ésta. No íntimo Es la muerte de una mujer cometida por un hombre desconocido con quien la víctima no tenía ningún tipo de relación. Por ejemplo, una agresión sexual que culmina en el asesinato de una mujer a manos de un extraño. También se considera el caso del vecino que mata a su vecina sin que existiera entre ambos algún tipo de relación o vínculo. Infantil Es la muerte de una niña menor de 14 años de edad cometida por un hombre en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder que le otorga su situación adulta sobre la minoría de edad de la niña. Familiar Es la muerte de una mujer en el contexto de una relación de parentesco entre la víctima y el victimario. El parentesco puede ser por consanguinidad, afinidad o adopción.
  • 15. Tipos de feminicidio Tipos de feminicidio Características Familiar Es la muerte de una mujer en el contexto de una relación de parentesco entre la víctima y el victimario. El parentesco puede ser por consanguinidad, afinidad o adopción Por conexión Hace referencia al caso de la muerte de una mujer “en la línea de fuego” por parte de un hombre en el mismo lugar en el que mata o intenta matar a otra mujer. Puede tratarse de una amiga, una pariente de la víctima, madre, hija, o de una mujer extraña que se encontraba en el mismo escenario donde el victimario atacó a la víctima. Sexual sistémico desorganizado La muerte de las mujeres está acompañada por el secuestro, la tortura y/o la violación. Se presume que los sujetos activos matan a la víctima en un periodo determinado. Sexual sistémico organizado Se presume que en estos casos los sujetos activos pueden actuar como una red organizada de feminicidas sexuales, con un método consciente y planificado en un largo e indeterminado periodo. Por prostitución o por ocupaciones estigmatizadas Es la muerte de una mujer que ejerce la prostitución y/u otra ocupación (como strippers, camareras, masajistas o bailarinas en locales nocturnos) cometida por uno o varios hombres. Incluye los casos en los que el victimario (o los victimarios) asesina a la mujer motivado por el odio y la misoginia que despierta en éste la condición de prostituta de la víctima. Esta modalidad evidencia la carga de estigmatización social y justificación del accionar delictivo por parte de los sujetos: “se lo merecía”; “ella se lo buscó por lo que hacía”; “era una mala mujer”; “su vida no valía nada”. Fuente: Patricia Olamendi, Feminicidio en México, Inmujeres, México, 2017.
  • 16. Tipos de feminicidio Tipos de feminicidio Características Por trata Es la muerte de mujeres producida en una situación de trata de personas. Por “trata” se entiende la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, ya sean rapto, fraude, engaño, abuso de poder o la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de la o las personas con fines de explotación. Esta explotación incluye, como mínimo, la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos forzados o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos. Por tráfico Es la muerte de mujeres producida en una situación de tráfico de migrantes. Por tráfico se entiende la facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente, con el fin de obtener directa o indirectamente un beneficio financiero u otro beneficio de orden material. Transfóbico Es la muerte de una mujer transgénero o transexual y en la que el victimario (o los victimarios) la mata por su condición o identidad de género transexual, por odio o rechazo de la misma. Lesbofóbicos Es la muerte de una mujer lesbiana en la que el victimario (o los victimarios) la mata por su orientación sexual, por el odio o rechazo de la misma. Racista Es la muerte de una mujer por odio o rechazo hacia su origen étnico, racial o sus rasgos fenotípicos. Por mutilación genital femenina Es la muerte de una niña o mujer a consecuencia de una práctica de mutilación genital. Fuente: Patricia Olamendi, Feminicidio en México, Inmujeres, México, 2017
  • 17. 2) Tipificación penal del feminicidio en América Latina
  • 18. 3) Tipificación penal del feminicidio en América Latina América Latina y el Caribe es una de las regiones del mundo con más avances en el campo legal para erradicar la violencia hacia las mujeres. • Casi el 100% de los países de América Latina y el Caribe cuentan con leyes de violencia contra la mujer. • Legislaciones de segunda generación que han modificado códigos penales y civiles. • Toman en cuenta las distintas características de la violencia contra las mujeres. • Acciones vinculadas al acompañamiento de las víctimas en el proceso judicial. • Contemplan la diversidad etaria, sexual y étnico-racial. • Amplían el radio de acción a distintos sectores y niveles estatales. Fuente: CEPAL, Violencia contra las mujeres en América Latina y el Caribe. Una respuesta estatal a los impactos en menores, marzo, 2016.
  • 19. Tipificación penal del feminicidio en América Latina Costa Rica: Ley para la Penalización de la Violencia contra las Mujeres (2007) Artículo 21.- Femicidio Se le impondrá pena de prisión de veinte a treinta y cinco años a quien dé muerte a una mujer con la que mantenga una relación de matrimonio, en unión de hecho declarada o no. Guatemala: Ley contra el Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer (2008) Artículo 3.- La violencia contra la mujer queda definida como: Toda acción u omisión basada en la pertenencia al sexo femenino que tenga como resultado el daño inmediato o ulterior, sufrimiento físico, sexual, económico o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se produce en el ámbito público como en el ámbito privado Fuente:, Feminicidio en México, ONU MUJERES, Inmujeres, México, 2011
  • 20. Tipificación penal del feminicidio en América Latina Chile: Proyecto de ley que modifica el Código Penal para sancionar el Femicidio (2007) Proyecto que plantea la introducción del femicidio en el Código Penal y su modificación al artículo 390°: Artículo 390.- El que conociendo las relaciones que los ligan, mate a su padre, madre o hijo, a cualquier otro de sus ascendientes o descendientes, será castigado como autor de parricidio, con la pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado. La pena señalada en el inciso anterior se aplicará también al que, conociendo las relaciones que los ligan, mate a la persona de la que es o ha sido cónyuge o conviviente o con la que tiene un hijo en común. Lo dispuesto precedentemente podrá no ser aplicado respecto de quienes han cesado efectivamente su vida en común con, a lo menos, tres años de anterioridad a la ejecución del delito, salvo que existan hijos comunes. Si la víctima del delito descrito en el inciso precedente fuere una mujer, el responsable será castigado como autor de femicidio. Fuente: Patricia Olamendi, Feminicidio en México, Inmujeres, México, 2017
  • 21. Tipificación penal del feminicidio en América Latina Paraguay: Proyecto de ley que reprime toda forma de Violencia contra la Mujer El proyecto de ley tipifica el femicidio en los siguientes términos: Artículo 11. Femicidio. El que matara a una mujer, como consecuencia de relaciones de género desiguales, será sancionado con pena privativa de liberad de diez a veinticinco años. La pena podrá ser aumentada de quince a veinticinco años cuando el autor haya tenido relaciones íntimas, familiares, de convivencia, de noviazgo o afines con la víctima. México: Reforma al Código Penal Federal (CPF) en 2012. Tipifica al feminicidio como delito autónomo “Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: I. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; II. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia; III. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima; IV. Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza; V. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima; VI. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida; VII. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público”. Fuente: Patricia Olamendi, Feminicidio en México, Inmujeres, México, 2017.
  • 22. Fuente: Patricia Olamendi, Feminicidio en México, Inmujeres, México, 2017.
  • 23. Datos de la CEPAL confirman la violencia contra las mujeres en América Latina y el Caribe o2 de cada 3 mujeres han sufrido violencia durante la vida y las encuestas nos dicen que principalmente a manos de la pareja íntima. o Abuso y acoso laboral que afecta a las mujeres asalariadas. oAcoso político. oAcoso sexual en la calle y en el transporte público. oEs vital mejorar la información disponible. Armonizar encuestas de violencia contra las mujeres, mejorar los registros administrativos y fortalecer el trabajo interinstitucional para definir datos oficiales. o Solo el 40% de los países de América Latina (Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Guatemala, México, Perú, Venezuela) identifican asignaciones o tienen una glosa en el presupuesto nacional el año 2014 (20 países con Cuba y Puerto Rico). Fuente: CEPAL, Violencia contra las mujeres en América Latina y el Caribe. Una respuesta estatal a los impactos en menores, MARZO, 2016.
  • 24. Feminicidio en América Latina De acuerdo con la información oficial recopilada por el Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe de la CEPAL, al año 2016 un total de 1,998 mujeres de 17 países de la región (14 de América Latina y 3 del Caribe) fueron víctimas de femicidio o feminicidio. Honduras es el país de la región con el mayor número total de femicidios (466 en 2016), alcanzando una preocupante tasa de 10.2 femicidios por cada 100 mil mujeres. El Salvador es el país que actualmente presenta la mayor tasa de feminicidios: 11.2 por cada 100 mil mujeres, lo que da cuenta de 371 muertes en 2016.
  • 25. Tipificación del feminicidio en México En México, el artículo 325 del Código Penal Federal Mexicano dispone lo siguiente: Comete delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: I. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; II. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia; III. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima. IV. Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;
  • 26. V. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima; VI. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida; VII. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público; A quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de cuarenta a sesenta años de prisión y quinientos mil días de multa. Además de las sanciones descritas en el presente artículo, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio. En caso de que no se acredite el feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio. Tipificación del feminicidio en México
  • 27. Al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia se le impondrá pena de prisión de tres a ocho años y de 500 a 1,500 días de multa, además será destituido o inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Tipificación del feminicidio en México
  • 28. América Latina y El Caribe (23 países): Femicidio o feminicidio, último año disponible (en número absoluto y tasa por cada 100,000 mujeres) Fuente: CEPAL, Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe, https://oig.cepal.org/es/indicadores/feminicidio
  • 29. 4) El feminicidio en México
  • 30. Violencia de género en México La sociedad mexicana se distingue por un muy alto nivel de violencia específica de género inscrita en la vida cotidiana. La forma extrema de violencia que representa el feminicidio. El feminicidio no amenaza por igual a todos los estratos sociales. La probabilidad de ser víctima de un feminicidio es particularmente alta en determinados contextos sociales, como pobreza, marginación y exclusión de las oportunidades educativas. Existe un discurso tanto de las autoridades policiacas y de funcionarios públicos que estigmatiza a las víctimas como responsables, parciales, de los feminicidios. La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México considera que la violencia feminicida en México obedece no sólo a un contexto de cultura machista y misógina arraigada, sino también a una serie de factores sociales, económicos y políticos (discriminación por género, impunidad, condición social, edad, etnia y criminalidad, entre otros) que sistemáticamente vulneran todos los derechos de las mujeres al extremo de poner en peligro su integridad y causar su muerte. Fuente: Rafael Esquivel Rodríguez, Frecuencia de muertes violentas en mujeres por razón de género que ingresan al Servicio Médico Forense en zona Toluca de enero 2011 a diciembre 2012, UAEM, México; CDHDF, “Feminicidio: alerta urgente de justicia y alto a la impunidad”, dfensor. Revista de Derechos Humanos, núm. 3, marzo de 2011.
  • 31. El feminicidio en México Según el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) el análisis de su problemática y su conceptualización se originan a partir de una perspectiva sociológica-antropológica; en México se avanzó hacia una perspectiva jurídica que permitió llegar a su tipificación en el ámbito penal. Los antecedentes se remontan a la década de 1990 con los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez y su posterior generalización. Quienes critican su uso han señalado que la gran mayoría de víctimas de homicidio en México son hombres. No obstante, los expertos señalan que el feminicidio deriva del odio relacionado con el género de la víctima, el cual se evidencia con la mutilación de los cuerpos, con signos de violación sexual o tortura en ellos y con el hecho de cómo intentan esconderlos en terrenos o canales. Fuente: El País, consultado en https://elpais.com/especiales/2017/feminicidios-en-mexico/#; Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, Estudio de la implementación del tipo penal de feminicidio en México: Causas y Consecuencias 2012-2013, México, p. 15.
  • 32. El feminicidio en México El Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio destaca la existencia de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una vida Libre de Violencia donde se incluye el término violencia feminicida, pero éste no ha sido reconocido y mucho menos utilizado por las autoridades encargadas de la procuración y administración de justicia. Durante 2012 y 2013 la misma organización reportó que en ese periodo fueron asesinadas 3,892 mujeres en los 31 estados del país y en la Ciudad de México. De estos casos 15.75% (613) fueron investigados como feminicidios. Fuente: http://observatoriofeminicidiomexico.org.mx/temas/feminicidio/ (31 de octubre de 2017).
  • 33. El feminicidio en México El estudio de Inmujeres y ONU Mujeres sobre “la violencia feminicida en México, aproximaciones y tendencias 1985-2014” reportó que en 2014 ocurrieron 2,289 casos de defunciones femeninas con presunción de homicidio, lo que significó que en ese año se registraron 6.3 presuntos homicidios de mujeres por día. Las entidades federativas donde se registró mayor número de presunción de homicidios de mujeres fueron el Estado de México, Guerrero, Chihuahua, Ciudad de México y Oaxaca. Fuente: http://observatoriofeminicidiomexico.org.mx/temas/feminicidio/ (31 de octubre de 2017).
  • 34. El feminicidio en México En ese mismo año (2014) las entidades que presentaron las tasas más altas de homicidios contra las mujeres fueron Guerrero, Chihuahua, Tamaulipas, Oaxaca y Sinaloa. El 20% de las mujeres víctimas de feminicidio fueron asesinadas por su pareja, algún familiar o persona cercana a la víctima. En el 80% restante la autoridad desconoce al agresor. La información sobre los casos de feminicidio revela los métodos brutales mediante los cuales los cuerpos de las mujeres están siendo sometidos para privarlas de la vida; también evidencia que los agresores plasman el odio hacia las víctimas a través de la destrucción de sus cuerpos. Fuente: http://observatoriofeminicidiomexico.org.mx/temas/feminicidio/ (31 de octubre de 2017).
  • 35. Violencia de género en México Al menos 100 de los 125 municipios del Estado de México tienen una tasa de asesinatos de mujeres por encima del promedio nacional. Poco más de 33% de todos los asesinatos de mujeres en el país se registran en el Estado de México. De enero de 2009 a junio de 2010 se registraron 890 feminicidios, de los cuales 309 se cometieron en el Estado de México, 125 en Sinaloa y 103 en Tamaulipas. Fuente: Humberto Padgett, “Un feminicidio peor que el del norte. Las muertas del Edomex son muchas más que las de Juárez”, CDHDF, “Feminicidio: alerta urgente de justicia y alto a la impunidad”, dfensor. Revista de Derechos Humanos, núm. 3, marzo de 2011, p. 24; María de la Luz Estrada, “Radiografía del feminicidio en México”, CDHDF, “Feminicidio: alerta urgente de justicia y alto a la impunidad”, dfensor. Revista de Derechos Humanos, núm. 3, marzo 2011.
  • 36. Resultados de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016 ➢De las mujeres de 15 años y más, 66.1% han enfrentado al menos un incidente de violencia por parte de cualquier agresor, alguna vez en su vida. ➢43.9% de las mujeres han sufrido violencia por parte de su actual o última pareja, esposo o novio, a lo largo de su relación. ➢En los espacios públicos o comunitarios, 34.3% de las mujeres han experimentado algún tipo de violencia sexual. ➢La relación donde ocurre con mayor frecuencia la violencia contra las mujeres es en la pareja y, por ende, el principal agresor es o ha sido el esposo, pareja o novio. ➢Diez entidades están por encima de la media nacional, tanto para la violencia total a lo largo de la vida, como para la violencia reciente ocurrida en los últimos 12 meses (octubre de 2015 a octubre de 2016): Ciudad de México, Estado de México, Jalisco, Aguascalientes, Querétaro, Chihuahua, Yucatán, Durango, Coahuila de Zaragoza y Baja California. La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016 mide las experiencias de violencia que han enfrentado las mujeres de 15 años y más que residen en el territorio nacional. Proporciona información por tipo de violencia (emocional, económica, física, patrimonial y sexual), en la relación de pareja y en los ámbitos escolar, laboral, comunitario y familiar, con la finalidad de ofrecer información que permita estimar la extensión y gravedad de la violencia, y servir de apoyo en el diseño y seguimiento de las políticas públicas orientadas a atender y erradicar la violencia contra las mujeres por razones de género.
  • 37. Defunciones por homicidio a mujeres 4 9 10 12 12 14 19 26 29 34 42 43 48 52 63 80 80 82 85 87 96 108 124 130 131 133 133 142 146 170 248 421 0 50 100 150 200 250 300 350 400 450 Fuente: Elaboración propia con base en INEGI, Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016, México.
  • 38. Defunciones por homicidio a mujeres por estado conyugal 106 1,029 566 507 58 76 163 308 0 200 400 600 800 1000 1200 No aplica a menores de 12 años Soltero (a) Casado (a) Unión libre Separado (a) Divorciado (a) Viudo (a) No especificado Fuente: Elaboración propia con base en INEGI, Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016, México.
  • 39. México: evolución de las tasas nacionales de defunciones femeninas con presunción de homicidio, según año de ocurrencia, 1985-2014 Fuente: Segog, Inmujeres, ONU Mujeres, La violencia feminicida en México, aproximaciones y tendencias 1985-2014, p. 10.
  • 40. Fuente: Segog, Inmujeres, ONU Mujeres, La violencia feminicida en México, aproximaciones y tendencias 1985-2014, p. 11.
  • 41. Tasa de defunciones femeninas con presunción de homicidio por entidad federativa (por 100,000 mujeres) 2014 9.6 9.0 7.2 6.4 5.9 5.1 4.7 4.3 4.2 3.9 3.8 3.8 3.8 3.7 3.7 3.3 3.2 3.0 2.9 2.9 2.9 2.8 2.7 2.7 2.7 2.7 2.5 2.4 2.2 2.2 2.2 1.9 0.8 0.6 Fuente: Elaboración propia con base en Segog, Inmujeres, ONU Mujeres, La violencia feminicida en México, aproximaciones y tendencias 1985-2014, p. 11.
  • 42. Número de defunciones femeninas con presunción de homicidio por entidad federativa 2014 Fuente: Elaboración propia con base en Segog, Inmujeres, ONU Mujeres, La violencia feminicida en México, aproximaciones y tendencias 1985-2014, p. 11. 4 8 9 12 17 19 22 22 23 25 26 28 40 41 50 55 57 64 65 73 74 79 88 89 90 106 127133 141 167 176 359 Aguascalientes Yucatán BajaCaliforniaSur Campeche Colima Querétaro QuintanaRoo Zacatecas Nayarit Tlaxcala Tabasco Durango Hidalgo SanLuisPotosí Morelos Sonora Coahuila Chiapas Guanajuato NuevoLeón BajaCalifornia Michoacán Sinaloa Puebla Veracruz Jalisco Tamaulipas Oaxaca CiudaddeMéxico Chihuahua Guerrero México Nacional = 2,289
  • 43. Mujeres asesinadas (2000 a 2009) 12636 2881 1107 843 408 404 338 205 186 174 170 131 Fuente: Humberto Padgett, “Un feminicidio peor que el del norte. Las muertas del Edomex son muchas más que las de Juárez”, CDHDF, “Feminicidio: alerta urgente de justicia y alto a la impunidad”, dfensor. Revista de Derechos Humanos, núm. 3, marzo de 2011, p. 24.
  • 44. Número de homicidios dolosos de mujeres víctimas de feminicidio de enero de 2009 a junio de 2010 (N = 890) Nota. Información obtenida del OCNF con información de las procuradurías de justicia estatales de todo el país, obteniendo respuesta de 18 dependencias. Datos corresponden a 11 estados. Fuente: María de la Luz Estrada, “Radiografía del feminicidio en México”, CDHDF, “Feminicidio: alerta urgente de justicia y alto a la impunidad”, dfensor. Revista de Derechos Humanos, núm. 3, marzo de 2011, p. 61.
  • 45. 5) Feminicidio y opinión pública
  • 46. Feminicidio y opinión pública La casa Parametría llevó a cabo una encuesta en vivienda en mayo de 2017 sobre el tema de los feminicidios. Los resultados mostraron que existe poco conocimiento entre la población acerca de los feminicidios. Una tercera parte de los encuestados aceptó desconocer qué eran los feminicidios y 16% dio respuestas incorrectas al asociarlos con el suicidio de una mujer, las mujeres lesbianas o estar contra la igualdad de género.
  • 47. Me podría decir ¿qué es el feminicidio? (Pregunta abierta %) 49 8 1 1 1 1 1 3 34 1 Eselasesinatodeuna mujer Eselabuso,maltrato, ataquefísicoymentalu odiohacialamujer Eselsuicidiodeuna mujer Eslaviolacióndeuna mujer Sonlasmujereslesbianas Esestarcontralaigualdad degénero Escuandolamujer dominaalhombre Otros Nosabe Nocontesta MAYO DE 2017 Fuente: Parametría, Encuesta Nacional en Vivienda, 800 casos, error +/- 3.5 , del 26 de mayo al 1 de junio de 2017, México.
  • 48. En lo que va del año, ¿usted se ha enterado del asesinato de alguna mujer en su localidad que haya sido atacada por el hecho de ser mujer? No se se enterado, 71, 71% Sí se ha enterado, 29, 29% MAYO DE 2017 Fuente: Parametría, Encuesta Nacional en Vivienda, 800 casos, error +/- 3.5 , del 26 de mayo al 1 de junio de 2017, México.
  • 49. ¿Quién cree que es el principal responsable de que en México haya mujeres que sufran de violencia: las propias mujeres, la sociedad o el gobierno? Fuente: Parametría, Encuesta Nacional en Vivienda, 800 casos, error +/- 3.5 , del 26 de mayo al 1 de junio de 2017, México.
  • 50. Las causa del feminicidio Las estructuras machistas son consideradas como la base de la violencia específica de género. El menosprecio y la discriminación contra las mujeres están tan arraigados en la sociedad; por ejemplo, 15% de los hombres encuestados consideran que es legítimo invertir menos en la educación de las hijas. La violencia contra las mujeres es considerada normal o, por lo menos, justificada. Fuente: Rafael Esquivel Rodríguez, Frecuencia de muertes violentas en mujeres por razón de género que ingresan al Servicio Médico Forense en zona Toluca de enero 2011 a diciembre 2012, UAEM, México;