El documento describe la evolución del concepto de ciudadanía en las polis griegas, la República Romana y en la Edad Media y Moderna. En las polis griegas, la ciudadanía pertenecía a una élite y excluía a mujeres, esclavos y extranjeros. En la República Romana, la ciudadanía era más inclusiva pero aún excluía a mujeres y esclavos. Durante la Edad Media el concepto de ciudadanía perdió importancia. En la Ilustración y la Revolución Francesa, la ciudadanía se
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Evolución histórica de la ciudadanía
1. Las polis estaban fundadas sobre
principios de ciudadanía, derechos y
privilegios, con una fuerte distinción
entre vida pública y vida privada.
En Atenas, solo eran ciudadanos los hijos de
ambos padres atenienses y ellos podían
participar en la vida política.
Los ciudadanos, constituían una minoría de la
población total. Se excluía a los extranjeros,
esclavos, mujeres y menores de edad.
2. Esta ciudadanía se ejercía en la democracia directa (Siglo V a.C) que fue un
sistema políticamente novedoso, por primera vez en la historia humana se
reconocía que el poder residía en el pueblo.
Era una democracia restringida a una parte reducida de la población, los
ciudadanos quienes eran los que tenían tiempo libre para dedicarse a la
política y el ocio creador.
La clave de la democracia ateniense era la participación directa en el
gobierno; dentro de la Asamblea soberana cuya autoridad era cada ciudadano,
quien tenía derecho a tomar parte en la deliberación y discusión de los
asuntos, a votar las decisiones en materia de declaración de guerra o paz,
obras públicas.
La ciudadanía pertenece a una élite.
4. Durante la época del Imperio, los residentes en Roma podían ser
divididos en:
Los hombres libres o ciudadanos (en el sentido de ser habitantes de o
nacidos en Roma) quienes gozaban los derechos que se atribuían al
estatus de ciudadano.
Los “nativos”: aquellos que vivían o provenían de territorios conquistados
originalmente por Roma, habitantes de Estados aliados o “clientes”.
5. Las mujeres: constituían una clase
aparte -cuyos derechos variaron, a
través del tiempo-. La mujeres,
cualquiera fuera su estatus, nunca
tuvieron la totalidad de los derechos
ciudadanos otorgados a los varones. No
podían, por ejemplo, votar o ser elegidas
en cargos de elección.
Esclavos: eran considerados
propiedad y poseían sólo algunos —y
muy limitados— derechos (podían
comprar su libertad u obtenerla por
decreto del propietario).
6. El modelo romano implicaba la creación de distintos grados de
ciudadanía.
•La ciudadanía era una posición social privilegiada en relación con las
leyes, estatus social, propiedad y acceso a posiciones de gobierno, que
se otorgaba a ciertos individuos.
La condición de ciudadano implicaba una serie de derechos y también
de obligaciones.
7. La ciudadanía Romana era garantizada a:
todos los niños nacidos en un matrimonio
legal de un ciudadano romano.
las personas que procedían de los Estados
Latinos obtenían gradualmente la ciudadanía.
los hijos de esclavos liberados.
los aliados eran premiados por la ciudadanía
romana después del término de sus servicio.
Roma gradualmente garantizaba la
ciudadanía para todas las provincias; a todos
los hombres libres que vivieran en el Imperio.
La ciudadanía romana fue más abierta e
inclusiva que la griega
8. Derecho a voto en las asambleas.
El derecho a postularse y ser elector.
El derecho a efectuar contratos legales
y tener propiedades.
El derecho a contraer matrimonio con
otro ciudadano romano, a tener los
derechos de pater familias y a que los
hijos de tales matrimonios fueran
considerados ciudadanos de Roma.
El derecho de preservar el nivel de
ciudadanía cuando se viajaba o reubicaba
a otra ciudad de estatus comparable.
9. Se puede hablar de la noción de persona, difícilmente se puede
mencionar la palabra ciudadano, ya que el Feudalismo se instauraba
sobre nuevas bases que implicaban la desaparición de ese concepto y
el advenimiento de un sistema social constituido por siervos, vasallos y
señores.
Solo los señores feudales gozaban de privilegios y autonomía personal.
Ellos decidían arbitrariamente sobre cuestiones de la vida colectiva.
Miles de campesinos se convirtieron en
siervos trabajando gratuitamente para
los señores y perdieron muchas
libertades.
Los vasallos no eran ciudadanos y
carecían de derechos políticos. Eran
súbditos, ya que solo se limitaban a
obedecer las órdenes de un soberano.
Durante la Edad Media el concepto de ciudadanía no
tiene verdadera importancia, vuelve a adquirir
relevancia en la Ilustración, a finales del siglo
XVIII o principios del XIX.
10. Durante el siglo XVIII se comienza a
demandar un espacio de participación política
para los habitantes del Estado.
En la Revolución Francesa (1789) los
ciudadanos eran los que participaban de la
sociedad en función de su pertenencia
jurídica, su marco territorial y su status
moral de respeto a la ley.
¿Eran todos ciudadanos?
No. Quedaban excluidos los aristócratas, los
extranjeros, los criminales, las mujeres y los
marginales.
11. Como consecuencia de la Revolución Francesa la noción de ciudadanía se volvió equivalente a la
de nacionalidad porque, junto a las ideas de libertad e igualdad, los franceses levantaron la
bandera de la fraternidad. La ciudadanía abarcó al conjunto de los habitantes nacidos dentro
del territorio del Estado y a los extranjeros nacionalizados.
La "Declaración de los Derechos del Hombre y del ciudadano” establece que por su
condición humana el hombre goza de derechos y libertades. Por su ejercicio se convierte en
ciudadano. Cualquier hombre tiene el derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad jurídica, a
la propiedad, a la elaboración de la ley o "voluntad general“ por sí o por medio de
representantes, a emitir libremente su pensamiento, y a ser elegido, elegir y controlar a los
gobernantes, en suma, a un conjunto de derechos y libertades de índole política
Se denominó ciudadanos a los titulares de los derechos políticos.
12. El sociólogo inglés T.H. Marshall, definió a la ciudadanía como un status
que poseen los miembros de una comunidad, señala la existencia de una
larga e irregular, tendencia hacia la expansión de los derechos de la
ciudadanía (civiles, políticos y sociales):
Civil: integrado por las capacidades de ejercicio de las libertades
individuales fundamentales relativas a la vida y al desarrollo integral
de las personas, de expresión y pensamiento, y a las más tangibles de
propiedad, contractuales y de sometimiento a los tribunales de
justicia.
Política: alude al derecho a participar en el ejercicio del poder político,
ya sea como elector o como elegido.
13. Social: garantizador de las aspiraciones a
una vida digna y al bienestar social de los
individuos, con acceso al trabajo
remunerado y a la previsión social en
situaciones de riesgo. Comprende el goce
de los derechos que deben ser provistos
por el Estado.
Para Marshall la categoría de ciudadano se
constituyó durante la modernidad en oposición
con la categoría de clase social.
La clase social diferencia a las personas por
la posesión o no de capitales o bienes que le
permiten asumir una posición privilegiada en la
estructura económica; la ciudadanía, por el
contrario, pretende establecer una igualdad
formal, que se perfeccionará con el tiempo.
Marshall dice que el estatus de ciudadano
permite la igualación de los sujetos de una
comunidad política.