2. www.corporacion-jurídica.es
MODELO 347
Con el fin de confeccionar la Declaración anual de operaciones con terceras
personas superiores a 3.005,06 euros, correspondiente al ejercicio 2021,
rogamos nos faciliten la siguiente información de sus clientes y proveedores
con los que durante el año 2021 hayan superado dicha cifra:
NOMBRE Y APELLIDOS ó RAZÓN SOCIAL.
CÓDIGO POSTAL Y CIUDAD.
NIF ó CIF.
IMPORTE TOTAL DE LAS OPERACIONES DEL EJERCICIO DESGLOSADO
POR TRIMESTRES (IVA incluido).
Último día para la presentación del modelo: 28/02/2022
3. www.corporacion-jurídica.es
Deberán consignarse de manera separada:
1) Los importes superiores a 6.000,00 € que se hubieran percibido en metálico
de cada una de las personas o entidades relacionadas en la declaración. A la
hora de consignar dichos importes se hará de la siguiente manera:
• Si los cobros corresponden a operaciones realizadas en 2021, se declarará
junto a dichas operaciones.
• Si los cobros corresponden a operaciones de ejercicios anteriores, se
informará de manera separada, indicando el ejercicio en que se efectuaron
las operaciones.
2) Las cantidades que se perciban en contraprestación por transmisiones de
inmuebles, efectuadas o que se deban efectuar, y que constituyan entregas
sujetas a IVA.
3) Las subvenciones, los auxilios y las ayudas satisfechas por las entidades
integradas en las distintas Administraciones Públicas.
4) Las operaciones en las que el sujeto pasivo sea el destinatario de la misma
(Inversión del sujeto pasivo).
4. www.corporacion-jurídica.es
ROGAMOS QUE NOS REMITAN LA INFORMACIÓN A LA MAYOR
BREVEDAD POSIBLE.
Les recordamos que hay determinadas operaciones que no se deberán
declarar:
- Las operaciones sujetas a retención que hayan sido declaradas
previamente en algún resumen anual (por ejemplo, modelo 190, modelo
180, modelo 193…)
- Las operaciones intracomunitarias que ya se declaran en el modelo 349.
- Las importaciones y exportaciones de bienes.