2. CIVILES DERECHOS GARANTIAS DEBERES
Art.43 al 61
Toda persona tiene derecho a la vida, a
la libertad personal, integridad física,
inviolabilidad del hogar domestico,
juicio justo, libertad de transito, derecho
de petición, derecho a la identidad, libre
expresión del pensamiento, a la
información, a la religión y culto.
El Estado garantiza la no desaparición
forzosa, El Estado garantiza conocer los
apellidos paternos y maternos, El Estado
garantiza que sea plural y libre.
Es deber de los venezolano (a)
de honrar y defender a la patria,
valores culturales, la
nacionalidad, la integridad
territorial, la autodeterminación
y los intereses de la Nación.
POLITICOS DERECHOS GARANTIAS DEBERES
Art.62 al 74
Derecho a la participación pública,
Derecho al sufragio, Derecho de
Asociación, derecho de asociación con
fines lícitos, Asociación con fines
políticos, Derecho de Reunión,
Derecho de Manifestación, Derecho de
Asilo y Refugio.
El Estado garantiza el asilo, El Estado
garantiza la prohibición de extradición
de venezolanos y venezolanas.
El deber es la norma moral, es
aquello a que el hombre se
siente obligado por la ley o por
las leyes civiles
CARTA MAGNA
3. SOCIALES DERECHOS GARANTIAS DEBERES
Art.75 al 97
Se protege el matrimonio entre un
hombre y una mujer, toda persona
tiene derecho a una vivienda
adecuada, Toda persona tiene
derecho a la seguridad social como
servicio público, Toda persona
tiene derecho al trabajo y el deber
de trabajar.
El Estado garantiza a los ancianos y
ancianas el pleno ejercicio de sus
derechos y garantías.
Toda persona tiene el deber de cumplir
con sus responsabilidades y participar
solidariamente en la vida política civil y
comunitaria del país.
CULTURALES DERECHOS GARANTIAS DEBERES
Art.98 AL 101
El derecho a la inversión,
producción y divulgación de la
obra creativa, científica,
tecnológica y humanística, El
derecho a la emisión, recepción y
circulación de la información
cultural.
El Estado garantizará la emisión
recepción y circulación de la
información cultural, El Estado
garantizará a los trabajadores y
trabajadoras cultural su incorporación al
sistema de seguridad.
El Estado reconoce el deber de fomentar
la participación de todos los habitantes de
la republica en la cultura nacional.
4. EDUCATIVOS DERECHOS GARANTIAS DEBERES
Art.102 al 111
Derecho a la educación,
gratuita. Derecho a la libertad
de enseñanza, A la autonomía
universitaria, A la ciencia y
tecnología, el derecho al
deporte y la recreación.
El Estado garantizará su actualización
permanente y estabilidad del docente,
El Estado garantizará servicios
públicos de radio, televisión y redes de
bibliotecas y de informática, El Estado
garantizará la atención integral de los y
las deportistas sin discriminación
alguna.
La educación, además de un derecho, se
establece como un deber constitucional,
quiere decir que todo venezolano (a)
tiene el derecho y deber a la educación.
ECONOMICOS DERECHOS GARANTIAS DEBERES
Art.112 al 118
Es el derecho de dedicarse
libremente a cualquier
actividad económica sin más
limitaciones que las previstas
en la Constitución, Prohibición
de Monopolios,, Toda persona
tiene derecho a disponer de
bienes y servicios de calidad ,
Derecho de Asociación
Económica.
El Estado garantiza el Derecho a la
Propiedad, El Estado garantiza la justa
distribución de bienes y servicios, El
Estado garantiza proteger las
asociaciones destinadas a mejorar la
economía popular y alternativa.
Cada Estado tiene el derecho y la
responsabilidad de elegir sus objetivos
y medios de desarrollos, de movilizar y
utilizar cabalmente sus recursos.
5. DE LOS PUEBLOS
INDIGENAS
DERECHOS GARANTIAS DEBERES
Art.119 al 126
El Estado reconocerá la existencia de
los pueblos y comunidades indígenas,
Los pueblos indígenas tienen derecho a
mantener y desarrollar su identidad
étnica y cultural, cosmovisión, valores,
espiritualidad y sus lugares sagrados y
de culto,
El Estado garantizará a los
trabajadores indígenas el goce de los
derechos que confiere la legislación
laboral, El Estado garantiza y protege
los conocimientos, tecnologías e
innovaciones de los pueblos
indígenas, El Estado garantiza la
participación política en la
Asamblea Nacional. La propiedad
intelectual colectiva.
El aprovechamiento de
los recursos naturales
de los pueblos
indígenas estarán
sujetos a la ley que
corresponda.
6. CONCLUSIÓN
En conclusión es importante resaltar que cada uno de
nosotros los venezolanos (a) debemos sentirnos orgulloso por
tener o por vivir en un país como Venezuela en donde se
disfruta de tantas riquezas naturales, culturales, humanos y
materiales. Donde la constitución nos brinda una serie de
deberes derechos y garantías para cada unos de los habitantes de
la nación.