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.El Organismo Ejecutivo es el encargo de hacer
cumplir las leyes nacionales y de cumplirlas,
las cuales son aprobadas por el Congreso de la
República de Guatemala y que son hechas
respetar por la Corte Suprema de Justicia.
 La Constitución Política de la República de
 Guatemala establece que el Organismo Ejecutivo será
 también el encargado de procurar la aplicación
 correcta de las leyes nacionales para el bienestar
 común de la población.
Según el Art. 2 de la Ley del Organismo Ejecutivo
establece que dentro del marco de las funciones y
atribuciones constitucionales y legales de los órganos
que lo integran,
 compete al Organismo Ejecutivo el ejercicio de la
 función administrativa y la formulación y ejecución de
 las políticas de gobierno con las cuales deben
 coordinarse las entidades que forman parte de la
 administración descentralizada
 - Cumplir y hacer cumplir la Constitución de la
  República de Guatemala y las leyes.
 Proveer a la defensa y a la seguridad de la Nación, así
  como a la conservación del orden público.
 Ejercer el mando de la Fuerzas Armadas de la Nación
  con el carácter de Comandante General del
  Ejército, con todas las funciones y atribuciones
  respectivas.
 - Ejercer el mando superior de toda la fuerza pública
 Dictar las disposiciones que sean necesarias en los
  casos de emergencia grave o de calamidad pública,
  debiendo dar cuenta al Congreso de la República de
  Guatemala en sus sesiones inmediatas
 Presentar proyectos de ley al Congreso de la República.
 Ejercer el derecho de veto con respecto a las leyes
  emitidas por el Congreso, salvo los casos en que no sea
  necesaria la sanción del Ejecutivo de conformidad con
  la Constitución.
 Coordinar a través del Consejo de Ministros la política
  de desarrollo de la Nación.
 Mantener la integridad territorial y la dignidad de la
  Nación.
 Nombrar y remover a todos los funcionarios y
  empleados públicos que le corresponde conforme la
  ley.
 Integran el Organismo Ejecutivo el Presidente y el
 Vicepresidente de la República Secretarías de la
 Presidencia, los Ministros, dependencias,
 gobernaciones departamentales y órganos que
 administrativa o jerárquicamente dependen de la
 Presidencia de la República
 También forman parte del Organismo Ejecutivo las
 Comisiones Temporales, los Comités Temporales de la
 Presidencia y los Gabinetes Específicos.
 Los requisitos para optar al cargo de Presidente de la
  República de Guatemala y quienes pueden hacerlo son
 Los guatemaltecos de origen que sean ciudadanos en
  ejercicio;
 Mayores de cuarenta años.
 No pueden optar al cargo de Presidente de la República
  de Guatemala
 La persona que ejerza la Presidencia o Vicepresidencia
  de la República cuando se haga la elección para dicho
  cargo, o que la hubiere ejercido durante cualquier
  tiempo dentro del período presidencial en que se
  celebren las elecciones
 Los parientes dentro de cuarto grado de
  consanguinidad y segundo de afinidad del Presidente
  o Vicepresidente de la República, cuando este último
  se encuentre ejerciendo la Presidencia
 Los ministros de cualquier religión o culto
 Los magistrados del Tribunal Supremo Electoral
 Secretaría General de la Presidencia SGP
 Secretaría Privada de la Presidencia SPP
 Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia
  SCEP
 Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia
  SCSPR
 En la trinidad de poderes derivada de la teoría de
 Montesquieu, el poder ejecutivo en el poder originario.
 Entendemos que el poder del estado comenzó
 actuando en forma monolítica, abarcando todas las
 funciones,
 las que, aun cuando pudieran distinguirse
 conceptualmente y realmente no estaban divididas,
 repartidas, ni separadas en su ejercicio entre órganos
 distintos. Al operarse progresivamente el reparo
 divisorio,
 las funciones legislativa y judicial se desprenden del
  núcleo primario para atribuirse a órganos propios, en
  tanto la función de poder ejecutivo es retenida por el
  órgano que anteriormente las concentraba a todas
 La Ley del Organismo Ejecutivo también llamada Ley
 Orgánica del Organismo Ejecutivo-es el conjunto de
 leyes que rigen al Organismo Ejecutivo, de acuerdo al
 Decreto 114-97 del Congreso de la República de
 Guatemala.
 La presente ley desarrolla los preceptos
 constitucionales sobre la organización, atribuciones y
 funcionamiento del Organismo Ejecutivo.

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Funciones del Organismo Ejecutivo de Guatemala

  • 1. .El Organismo Ejecutivo es el encargo de hacer cumplir las leyes nacionales y de cumplirlas, las cuales son aprobadas por el Congreso de la República de Guatemala y que son hechas respetar por la Corte Suprema de Justicia.
  • 2.  La Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Organismo Ejecutivo será también el encargado de procurar la aplicación correcta de las leyes nacionales para el bienestar común de la población.
  • 3. Según el Art. 2 de la Ley del Organismo Ejecutivo establece que dentro del marco de las funciones y atribuciones constitucionales y legales de los órganos que lo integran,
  • 4.  compete al Organismo Ejecutivo el ejercicio de la función administrativa y la formulación y ejecución de las políticas de gobierno con las cuales deben coordinarse las entidades que forman parte de la administración descentralizada
  • 5.  - Cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República de Guatemala y las leyes.  Proveer a la defensa y a la seguridad de la Nación, así como a la conservación del orden público.
  • 6.  Ejercer el mando de la Fuerzas Armadas de la Nación con el carácter de Comandante General del Ejército, con todas las funciones y atribuciones respectivas.  - Ejercer el mando superior de toda la fuerza pública
  • 7.  Dictar las disposiciones que sean necesarias en los casos de emergencia grave o de calamidad pública, debiendo dar cuenta al Congreso de la República de Guatemala en sus sesiones inmediatas  Presentar proyectos de ley al Congreso de la República.
  • 8.  Ejercer el derecho de veto con respecto a las leyes emitidas por el Congreso, salvo los casos en que no sea necesaria la sanción del Ejecutivo de conformidad con la Constitución.  Coordinar a través del Consejo de Ministros la política de desarrollo de la Nación.
  • 9.  Mantener la integridad territorial y la dignidad de la Nación.  Nombrar y remover a todos los funcionarios y empleados públicos que le corresponde conforme la ley.
  • 10.  Integran el Organismo Ejecutivo el Presidente y el Vicepresidente de la República Secretarías de la Presidencia, los Ministros, dependencias, gobernaciones departamentales y órganos que administrativa o jerárquicamente dependen de la Presidencia de la República
  • 11.  También forman parte del Organismo Ejecutivo las Comisiones Temporales, los Comités Temporales de la Presidencia y los Gabinetes Específicos.
  • 12.  Los requisitos para optar al cargo de Presidente de la República de Guatemala y quienes pueden hacerlo son  Los guatemaltecos de origen que sean ciudadanos en ejercicio;  Mayores de cuarenta años.
  • 13.  No pueden optar al cargo de Presidente de la República de Guatemala  La persona que ejerza la Presidencia o Vicepresidencia de la República cuando se haga la elección para dicho cargo, o que la hubiere ejercido durante cualquier tiempo dentro del período presidencial en que se celebren las elecciones
  • 14.  Los parientes dentro de cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad del Presidente o Vicepresidente de la República, cuando este último se encuentre ejerciendo la Presidencia  Los ministros de cualquier religión o culto  Los magistrados del Tribunal Supremo Electoral
  • 15.  Secretaría General de la Presidencia SGP  Secretaría Privada de la Presidencia SPP  Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia SCEP  Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia SCSPR
  • 16.  En la trinidad de poderes derivada de la teoría de Montesquieu, el poder ejecutivo en el poder originario. Entendemos que el poder del estado comenzó actuando en forma monolítica, abarcando todas las funciones,
  • 17.  las que, aun cuando pudieran distinguirse conceptualmente y realmente no estaban divididas, repartidas, ni separadas en su ejercicio entre órganos distintos. Al operarse progresivamente el reparo divisorio,
  • 18.  las funciones legislativa y judicial se desprenden del núcleo primario para atribuirse a órganos propios, en tanto la función de poder ejecutivo es retenida por el órgano que anteriormente las concentraba a todas
  • 19.  La Ley del Organismo Ejecutivo también llamada Ley Orgánica del Organismo Ejecutivo-es el conjunto de leyes que rigen al Organismo Ejecutivo, de acuerdo al Decreto 114-97 del Congreso de la República de Guatemala.
  • 20.  La presente ley desarrolla los preceptos constitucionales sobre la organización, atribuciones y funcionamiento del Organismo Ejecutivo.