Este capítulo establece las regulaciones para la educación impartida por particulares en México. Se requiere autorización del estado para impartir educación preescolar, primaria, secundaria y normal. Para otros niveles educativos se requiere el reconocimiento de validez oficial de estudios. Las autorizaciones y reconocimientos se otorgan cuando los solicitantes cuentan con personal y instalaciones adecuadas, así como planes de estudio aprobados. Las autoridades educativas publicarán listas de instituciones autorizadas y supervisarán que