3. La principal novedad en materia
laboral , es que es el único contrato
bonificado para menores de 30 años(
desde el 1/01/2019),tras la bajada del
desempleo por debajo del 15%
3
4. -La edad máxima queda fijada en 24
años , inclusive.
-Queda derogada la ayuda de 430€
para jóvenes beneficiarios del Sistema
Nacional de Garantía Juvenil que
entró en vigor hace unos meses
4
5. -Quedan derogadas de medidas de
apoyo al emprendedor y de estímulo
del crecimiento y de la creación de
empleo, que afectan:
-Contrato a tiempo parcial con
vinculación formativa
-Contratación indefinida de un joven
por microempresas y empresarios
autónomos. 5
6. -Contratación en nuevos proyectos de
emprendimiento joven.
-Contrato de primer empleo joven.
-Contratos en prácticas.
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7. CÓMOTRAMITAR UN
CONTRATO
Desde 2016 la formación del
contrato para la formación y
el aprendizaje sólo puede
realizarse en modalidad
presencial o de teleformación,
y está ajustada a certificado de
profesionalidad.
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8. CÓMOTRAMITAR UN CONTRATO II
• Recibimos para firmar por empresa y/o trabajador
➔ Anexo I
➔ Calendario de planificación de sesiones presenciales y
exámenes.
➔ Declaración responsable de la empresa.
➔ Declaración responsable del alumno.
➔ Solicitud de autorización.
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9. Antes de formalizar un contrato
deberá comprobarse que existe una
actividad formativa relacionada con el
puesto de trabajo que se corresponda
con un certificado de profesionalidad.
Y que la persona a contratar cumpla
con los requisitos de acceso según el
nivel de cada certificado.
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10. PARA DAR DE ALTA UN CONTRATO DE
FORMACIÓN Trabajador I
- Fotocopia del DNI.
- Número de Seguridad Social.
- Justificante de inscripción como demandante de
empleo en el Servicio Público de Empleo
correspondiente.
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11. PARA DAR DE ALTA UN CONTRATO
DE FORMACIÓN Trabajador II
- Vida laboral (aconsejable), para comprobar que no ha
tenido contrato bajo la misma ocupación.
- Titulación requerida sólo cuando el
contrato corresponda a un certificado de profesionalidad
de nivel 2 o 3, según los requisitos establecidos por la
ley.
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14. Cada trabajador tiene asignados dos tutores: uno
dentro de la empresa y otro en el centro de
formación, que deberán coordinar la actividad
formativa y realizar su seguimiento.
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15. CARACTERISTICAS I
- La duración mínima de un contrato de formación es de 1
año, aunque hay convenios colectivos (como el de hostelería
por ejemplo) que fijan una duración mínima de 6
meses.Máxima 3años.
-Los porcentajes dedicados a trabajo efectivo y formación
siguen siendo en global los mismos (75 % y 25 %
respectivamente durante el 1º año de contrato, 85 % y 15 % el
2 y 3 año).
- Formación totalmente bonificada.
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16. CARACTERISTICAS II
- No puede trabajar de entre las 10 de la noche y las 6 de la
mañana. (Eso es trabajo nocturno)
-No puede trabajar a turnos
-Las vacaciones deben estar conciliadas (coinciden
vacaciones de trabajo y de formación)
-Pensemos en un horario de formación en que el alumno no
está trabajando.
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17. ¿PUEDEN REALIZARSE
PRÓRROGAS?
Sí, una vez finalizado el
primer contrato pueden
realizarse hasta 2 prórrogas,
siempre y cuando la suma
total entre el contrato inicial
y las prórrogas no exceda de
los 3 años. Cabe señalar
además que cada prórroga
no puede ser inferior a los 6
meses.
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18. CARACTERISTICAS III
- No derecho a indemnización a la finalización del
Contrato.
-Suspensión del contrato y la formación en los periodos de
IT, maternidad, etc…
- Posibles bonificaciones al transformarlo en indefinido,
siempre y cuando la empresa cumpla con los requisitos.
- El trabajador tiene derecho a finiquito y a todas las
prestaciones de la Seguridad Social.
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