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TEMA 7:
Hostelería y Alérgenos
Índice
1. Productos informados
2. Ley de información Alimentaria
3. Formación del personal trabajador Alérgenos.
4. Los 14 Alérgenos Principales
5. Alimentos exentos del requisito de información nutricional
El sector de restauración de nuestro país está obligado desde 2014, a informar
a sus clientes de las sustancias alérgenos que puedan contener sus platos.
Los establecimientos a los que son aplicables los requisitos del Real Decreto
126/2015, de 27 de febrero deben informar sobre la existencia de los alérgenos
de declaración obligatoria son:
1. Productos informados
1. Productos informados:
Las empresas deben informar a sus clientes sobre la presencia, en los
productos que comercializan, de cualquiera de los ingredientes y sustancias
que han sido identificados por la Unión Europea como causantes de la mayoría
de alergias alimentarias y que se recogen en la normativa:
— Todos los alimentos que se presentan para su venta sin envasar.
— Los envasados en el establecimiento de venta a petición del comprador.
— Los envasados por los titulares de los comercios minoristas para su venta
inmediata en el establecimiento o establecimientos de su propiedad.
— Los alimentos entregados por las colectividades (bares, cafeterías,
restaurantes, comedores escolares o de empresa, y similares), deben facilitar
también esta información.
2. Ley de Información Alimentaria
2.Ley de información
Alimentaria
Le responsable de cada establecimiento tiene que indicar los 14
alérgenos establecidos en la normativa de forma clara y correcta,
tanto de alimentos envasados como de alimentos no envasados.
Reglamento IAC: Se trata del Reglamento Comunitario 1169/2011 de
información al consumidor, que entró en vigor en España, a partir del 13
de diciembre de 2014 y a partir del 13 de diciembre de 2016:
Todos los establecimientos hosteleros deben declarar todos los
ingredientes contenidos en los productos que ofrecen, por lo que
deben:
◦ Formar a su personal
◦ Estudiar las posibilidades de ofertar con seguridad menús sin alérgenos.
Ley de información
Alimentaria
El Real Decreto 126/2015 aprueba la norma general relativa a la información alimentaria
de los alimentos.
—Las novedades que aporta con respecto al Reglamento UE 1169/2011 (anterior
regulación) van desde la ampliación de la información sobre la denominación de origen
del alimento hasta la obligatoriedad de informar sobre la presencia de productos que
causen alergia o intolerancia en alimentos sin envasar.
— El Real Decreto 126/2015 regula también las modalidades de información alimentaria
sobre la presencia de ingredientes que causan alergias e intolerancias.
— La Norma general se aplicará a los operadores de empresas alimentarias en todas las
fases de la cadena alimentaria cuando su actividad afecte a la información que se facilita
al consumidor final.
Ley de información
Alimentaria
En dicha normativa se incluyen los menús y alimentos sin envasar.
Será obligatorio indicar todo ingrediente o coadyuvante que se utilice en la
elaboración de un alimento y siga estando presente en el producto acabado,
aunque sea de una forma modificada, por tanto, habrá que indicar en los
menús y cartas de los restaurantes los alérgenos que puede encontrarse el
cliente en los platos que se ofertan.
Esto significa que todos los menús que se ofrezcan y contengan alérgenos,
deberán contar con la información adecuada; por ejemplo, si una empresa
sirve en un restaurante o en un comedor platos cocinados por terceros, también
es responsabilidad suya la información
3. Formación para el personal
trabajador
Las empresas de restauración colectiva deben formar a su personal
trabajador para facilitar la normalización e integración social de los
comensales con intolerancias o alergias alimentarias es fundamental
en lo referente a su salud física.
Contenidos de la formación:
— Conceptos alergia alimentaria e intolerancia alimentaria, así como los peligros potenciales que suponen
para las personas que las padecen.
— Alimentos que con mayor frecuencia producen alergias e intolerancias.
— Diseño de fichas técnicas de los platos con información sobre el contenido en alérgenos de cada uno de
ellos.
— Organización del trabajo en cocina para elaborar platos destinados a alérgicos o intolerantes alimentarios,
aplicando las buenas prácticas correspondientes, evitando la presencia de trazas (contaminación cruzada) en
los platos.
— Buenas prácticas y las medidas preventivas necesarias para evitar la contaminación cruzada con alérgenos
de los platos y productos elaborados.
— Principios de una correcta limpieza y desinfección de los utensilios e instalaciones exclusivos para los
menús especiales.
— Atención adecuada al alérgico o intolerante alimentario en el establecimiento alimentario.
— Protocolos de actuación para la asistencia de urgencia de un alérgico.
4. Los 14 Alérgenos principales
4. Los 14 alérgenos principales
1. Cereales que contienen gluten.
La normativa actual obliga al
etiquetado de todos los alimentos
que contengan cereales con gluten:
◦ Trigo
◦ Centeno
◦ Cebada
◦ Avena
◦ Espelta
◦ Kamut
◦ Triticale
◦ etc.
Excepto:
• Jarabes de glucosa a base de trigo,
incluida la dextrosa.
• Maltodextrinas a base de trigo.
• Jarabes de glucosa a base de cebada.
• Cereales utilizados para hacer
destilados o alcohol etílico de origen
agrícola para bebidas alcohólicas.
2. Crustáceos y productos a base
de crustáceos
o Cangrejos
o Langostas
o Gambas
o Langostinos
o Carabineros
o Cigalas
o Etc.
Además, se puede encontrar en:
• cremas
• salsas
• platos preparados
• etc.
3. Huevos y productos a base de
huevo
El huevo es un alimento de
declaración obligatoria según la
normativa europea actual.
La clara de huevo es más alergénica
que la yema.
4. Pescado y productos a base de
pescado
La normativa obliga al etiquetado
de todos los alimentos que
contengan pescado o productos a
base de pescado.
Excepto:
• Gelatina de pescado utilizada
como soporte de vitaminas o
preparados de carotenoides.
• Gelatina de pescado o ictiocola
utilizada como clarificante en la
cerveza y el vino.
5. Cacahuetes y productos a base
de cacahuetes.
Además de en las semillas, pasta y aceites, se puede encontrar en
galletas, chocolates, postres, salsas, etc.
6. Soja y productos a base de soja
Además de en las semillas (habas),
pastas, aceites y harinas, se puede
encontrar en el tofu, postres,
helados, productos cárnicos, salsas,
productos para vegetarianos, etc..
Excepto:
• Aceite y grasa de semilla de soja
totalmente refinados.
• Tocoferoles naturales mezclados
(E306), d-alfa tocoferol natural,
acetato de d-alfa tocoferol natural y
succinato de d-alfa tocoferol natural
derivados de la soja.
• Fitosteroles y esteres de fitosterol
derivados de aceites vegetales de
soja.
• Ésteres de fitosterol derivados de
fitosteroles de aceite de semilla de
soja
7. Leche y sus derivados
(incluida la lactosa)
La normativa obliga al etiquetado
de todos los alimentos que
contengan productos lácteos.
Excepto:
• Lactosuero utilizado para hacer
destilados o alcohol etílico de
origen agrícola para bebidas
alcohólicas.
• Lactitol.
8. Frutos de cáscara y productos
derivados
Almendras, avellanas, nueces,
anacardos, pacanas, nueces de
Brasil, pistachos, nueces de
macadamia, etc.
Se pueden encontrar en panes,
galletas, postres, helados,
mazapán, salsas o aceites, etc.
Excepto:
• Nueces utilizadas para hacer
destilados o alcohol etílico de
origen agrícola para bebidas
alcohólicas.
9. Apio y productos derivados
Incluye los tallos, hojas, semillas y
raíces.
Además se puede encontrar en
condimentos, ensaladas, algunos
productos cárnicos, sopas, cremas,
salsas, etc
10. Mostaza y productos
derivados de la mostaza
Además de en semillas, en polvo o
en forma líquida, se puede
encontrar en algunos panes,
currys, marinados, productos
cárnicos, aliños, salsas, sopas, etc.
11. Granos de sésamo y
productos a base sésamo
Además de en las semillas (granos),
pastas (tahine o pasta de sésamo),
aceites y harinas, se puede encontrar
en panes, colines, humus, etc
12. Dióxido de azufre y sulfitos
Se pueden utilizar como
conservantes en crustáceos, frutas
desecadas, productos cárnicos,
refrescos, vegetales, zumos,
encurtidos, vino, cerveza etc.
(en concentraciones superiores a
10 mg/kg o 10 mg/litro expresado
como SO2).
13. Altramuces y productos a base
Además de en las semillas y
harinas, se puede encontrar en
algunos tipos de pan, pasteles,
pasta, etc.
14. Moluscos y productos a base
Mejillones, almejas, caracoles,
ostras, bígaros, chirlas,
berberechos, pulpo, calamar, etc.
Además se puede encontrar en
cremas, salsas, platos preparados,
etc
5. Alimentos exentos de
información nutricional
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  • 2. Índice 1. Productos informados 2. Ley de información Alimentaria 3. Formación del personal trabajador Alérgenos. 4. Los 14 Alérgenos Principales 5. Alimentos exentos del requisito de información nutricional
  • 3. El sector de restauración de nuestro país está obligado desde 2014, a informar a sus clientes de las sustancias alérgenos que puedan contener sus platos. Los establecimientos a los que son aplicables los requisitos del Real Decreto 126/2015, de 27 de febrero deben informar sobre la existencia de los alérgenos de declaración obligatoria son:
  • 5. 1. Productos informados: Las empresas deben informar a sus clientes sobre la presencia, en los productos que comercializan, de cualquiera de los ingredientes y sustancias que han sido identificados por la Unión Europea como causantes de la mayoría de alergias alimentarias y que se recogen en la normativa: — Todos los alimentos que se presentan para su venta sin envasar. — Los envasados en el establecimiento de venta a petición del comprador. — Los envasados por los titulares de los comercios minoristas para su venta inmediata en el establecimiento o establecimientos de su propiedad. — Los alimentos entregados por las colectividades (bares, cafeterías, restaurantes, comedores escolares o de empresa, y similares), deben facilitar también esta información.
  • 6. 2. Ley de Información Alimentaria
  • 7. 2.Ley de información Alimentaria Le responsable de cada establecimiento tiene que indicar los 14 alérgenos establecidos en la normativa de forma clara y correcta, tanto de alimentos envasados como de alimentos no envasados. Reglamento IAC: Se trata del Reglamento Comunitario 1169/2011 de información al consumidor, que entró en vigor en España, a partir del 13 de diciembre de 2014 y a partir del 13 de diciembre de 2016: Todos los establecimientos hosteleros deben declarar todos los ingredientes contenidos en los productos que ofrecen, por lo que deben: ◦ Formar a su personal ◦ Estudiar las posibilidades de ofertar con seguridad menús sin alérgenos.
  • 8. Ley de información Alimentaria El Real Decreto 126/2015 aprueba la norma general relativa a la información alimentaria de los alimentos. —Las novedades que aporta con respecto al Reglamento UE 1169/2011 (anterior regulación) van desde la ampliación de la información sobre la denominación de origen del alimento hasta la obligatoriedad de informar sobre la presencia de productos que causen alergia o intolerancia en alimentos sin envasar. — El Real Decreto 126/2015 regula también las modalidades de información alimentaria sobre la presencia de ingredientes que causan alergias e intolerancias. — La Norma general se aplicará a los operadores de empresas alimentarias en todas las fases de la cadena alimentaria cuando su actividad afecte a la información que se facilita al consumidor final.
  • 9. Ley de información Alimentaria En dicha normativa se incluyen los menús y alimentos sin envasar. Será obligatorio indicar todo ingrediente o coadyuvante que se utilice en la elaboración de un alimento y siga estando presente en el producto acabado, aunque sea de una forma modificada, por tanto, habrá que indicar en los menús y cartas de los restaurantes los alérgenos que puede encontrarse el cliente en los platos que se ofertan. Esto significa que todos los menús que se ofrezcan y contengan alérgenos, deberán contar con la información adecuada; por ejemplo, si una empresa sirve en un restaurante o en un comedor platos cocinados por terceros, también es responsabilidad suya la información
  • 10. 3. Formación para el personal trabajador
  • 11. Las empresas de restauración colectiva deben formar a su personal trabajador para facilitar la normalización e integración social de los comensales con intolerancias o alergias alimentarias es fundamental en lo referente a su salud física.
  • 12. Contenidos de la formación: — Conceptos alergia alimentaria e intolerancia alimentaria, así como los peligros potenciales que suponen para las personas que las padecen. — Alimentos que con mayor frecuencia producen alergias e intolerancias. — Diseño de fichas técnicas de los platos con información sobre el contenido en alérgenos de cada uno de ellos. — Organización del trabajo en cocina para elaborar platos destinados a alérgicos o intolerantes alimentarios, aplicando las buenas prácticas correspondientes, evitando la presencia de trazas (contaminación cruzada) en los platos. — Buenas prácticas y las medidas preventivas necesarias para evitar la contaminación cruzada con alérgenos de los platos y productos elaborados. — Principios de una correcta limpieza y desinfección de los utensilios e instalaciones exclusivos para los menús especiales. — Atención adecuada al alérgico o intolerante alimentario en el establecimiento alimentario. — Protocolos de actuación para la asistencia de urgencia de un alérgico.
  • 13. 4. Los 14 Alérgenos principales
  • 14. 4. Los 14 alérgenos principales
  • 15. 1. Cereales que contienen gluten. La normativa actual obliga al etiquetado de todos los alimentos que contengan cereales con gluten: ◦ Trigo ◦ Centeno ◦ Cebada ◦ Avena ◦ Espelta ◦ Kamut ◦ Triticale ◦ etc. Excepto: • Jarabes de glucosa a base de trigo, incluida la dextrosa. • Maltodextrinas a base de trigo. • Jarabes de glucosa a base de cebada. • Cereales utilizados para hacer destilados o alcohol etílico de origen agrícola para bebidas alcohólicas.
  • 16. 2. Crustáceos y productos a base de crustáceos o Cangrejos o Langostas o Gambas o Langostinos o Carabineros o Cigalas o Etc. Además, se puede encontrar en: • cremas • salsas • platos preparados • etc.
  • 17. 3. Huevos y productos a base de huevo El huevo es un alimento de declaración obligatoria según la normativa europea actual. La clara de huevo es más alergénica que la yema.
  • 18. 4. Pescado y productos a base de pescado La normativa obliga al etiquetado de todos los alimentos que contengan pescado o productos a base de pescado. Excepto: • Gelatina de pescado utilizada como soporte de vitaminas o preparados de carotenoides. • Gelatina de pescado o ictiocola utilizada como clarificante en la cerveza y el vino.
  • 19. 5. Cacahuetes y productos a base de cacahuetes. Además de en las semillas, pasta y aceites, se puede encontrar en galletas, chocolates, postres, salsas, etc.
  • 20. 6. Soja y productos a base de soja Además de en las semillas (habas), pastas, aceites y harinas, se puede encontrar en el tofu, postres, helados, productos cárnicos, salsas, productos para vegetarianos, etc.. Excepto: • Aceite y grasa de semilla de soja totalmente refinados. • Tocoferoles naturales mezclados (E306), d-alfa tocoferol natural, acetato de d-alfa tocoferol natural y succinato de d-alfa tocoferol natural derivados de la soja. • Fitosteroles y esteres de fitosterol derivados de aceites vegetales de soja. • Ésteres de fitosterol derivados de fitosteroles de aceite de semilla de soja
  • 21. 7. Leche y sus derivados (incluida la lactosa) La normativa obliga al etiquetado de todos los alimentos que contengan productos lácteos. Excepto: • Lactosuero utilizado para hacer destilados o alcohol etílico de origen agrícola para bebidas alcohólicas. • Lactitol.
  • 22.
  • 23. 8. Frutos de cáscara y productos derivados Almendras, avellanas, nueces, anacardos, pacanas, nueces de Brasil, pistachos, nueces de macadamia, etc. Se pueden encontrar en panes, galletas, postres, helados, mazapán, salsas o aceites, etc. Excepto: • Nueces utilizadas para hacer destilados o alcohol etílico de origen agrícola para bebidas alcohólicas.
  • 24. 9. Apio y productos derivados Incluye los tallos, hojas, semillas y raíces. Además se puede encontrar en condimentos, ensaladas, algunos productos cárnicos, sopas, cremas, salsas, etc
  • 25. 10. Mostaza y productos derivados de la mostaza Además de en semillas, en polvo o en forma líquida, se puede encontrar en algunos panes, currys, marinados, productos cárnicos, aliños, salsas, sopas, etc.
  • 26. 11. Granos de sésamo y productos a base sésamo Además de en las semillas (granos), pastas (tahine o pasta de sésamo), aceites y harinas, se puede encontrar en panes, colines, humus, etc
  • 27. 12. Dióxido de azufre y sulfitos Se pueden utilizar como conservantes en crustáceos, frutas desecadas, productos cárnicos, refrescos, vegetales, zumos, encurtidos, vino, cerveza etc. (en concentraciones superiores a 10 mg/kg o 10 mg/litro expresado como SO2).
  • 28. 13. Altramuces y productos a base Además de en las semillas y harinas, se puede encontrar en algunos tipos de pan, pasteles, pasta, etc.
  • 29. 14. Moluscos y productos a base Mejillones, almejas, caracoles, ostras, bígaros, chirlas, berberechos, pulpo, calamar, etc. Además se puede encontrar en cremas, salsas, platos preparados, etc
  • 30. 5. Alimentos exentos de información nutricional