Presentación de Gadir Lavadenz, ingeniero ambiental y coordinador global de CBD Alliance, en el seminario virtual "La minería submarina y sus riesgos", realizado el 24 de mayo de 2019.
Oportunidades de acción en el marco del Convenio de Diversidad Biológica
1. Oportunidades de acción
en el marco delConvenio
de Diversidad Biológica
J. Gadir Lavadenz Lamadrid
Alianza CDB
2. Convenio de
Diversidad
Biológica
CDB
Secretariado
Partes
Grupo de Mujeres
Jóvenes
Alianza CDB
Pueblos Indígenas y
Comunidades locales
Sector privado
OSACTT OSI GT8j
Protocolo de Nagoya
Protocolo de
Cartagena
Grupos de expertos
Conferencia de las Partes
Programa temático: Océanos
3. Plan
Estratégico y
Metas deAichi
Meta 6: Para 2020, todas las reservas de peces e invertebrados y plantas acuáticas
se gestionan y cultivan de manera sostenible y lícita y aplicando enfoques basados
en los ecosistemas, de manera tal que se evite la pesca excesiva, se hayan
establecido planes y medidas de recuperación para todas las especies agotadas, las
actividades de pesca no tengan impactos perjudiciales importantes en las especies
en peligro y los ecosistemas vulnerables, y los impactos de la pesca en las reservas,
especies y ecosistemas se encuentren dentro de límites ecológicos seguros.
Meta 10: Para 2015, se habrán reducido al mínimo las múltiples presiones
antropógenas sobre los arrecifes de coral y otros ecosistemas vulnerables
afectados por el cambio climático o la acidificación de los océanos, a fin de
mantener su integridad y funcionamiento.
Meta 11: Para 2020, al menos el 17 por ciento de las zonas terrestres y de aguas
continentales y el 10 por ciento de las zonas marinas y costeras, especialmente
aquellas de particular importancia para la diversidad biológica y los servicios de los
ecosistemas, se conservan por medio de sistemas de áreas protegidas
administrados de manera eficaz y equitativa, ecológicamente representativos
y bien conectados y otras medidas de conservación eficaces basa- das en áreas, y
están integradas en los paisajes terrestres y marinos más amplios.
5. Decisiones
relacionadas
13/11. Plan de trabajo específico voluntario sobre diversidad biológica en
las áreas de aguas frías dentro el ámbito jurisdiccional del Convenio
Presiones y amenazas a la diversidad biológica en las áreas de aguas frías
La exploración y explotación para la minería marina podría afectar la diversidad
biológica marina y los ecosistemas de aguas profundas. Sus efectos podrían
incluir destrucción de hábitats, efectos ecotoxicológicos, cambios en los
hábitats, descarga de aguas profundas ricas en nutrientes hacia las
comunidades de la superficie y posible desplazamiento o extinción de
poblaciones locales. Además de los efectos en fuentes localizadas a causa de la
minería, es particularmente importante comprender las consecuencias del
desecho de residuos de la minería en áreas extensas.
6. Decisiones
relacionadas
PLAN DETRABAJO ESPECÍFICOVOLUNTARIO SOBRE DIVERSIDAD
BIOLÓGICA EN LAS ÁREAS DE AGUAS FRÍAS DENTRO DEL ÁMBITO
JURISDICCIONAL DEL CONVENIO
Fortalecer la gestión sectorial e intersectorial actual para hacer frente a los
factores de estrés en la diversidad biológica de las aguas frías, tales como la
pesca excesiva y las prácticas pesqueras destructivas, la contaminación, el
transporte marítimo, y la minería en el fondo marino, a través de las siguientes
medidas, según corresponda, y de conformidad con las leyes nacionales y el
derecho internacional y las circunstancias nacionales e internacionales:
c) Evitar, minimizar o mitigar los efectos adversos relacionados con la
extracción de hidrocarburos en las áreas que se sabe que contienen arrecifes de
coral y de esponjas de aguas frías y otros tipos sensibles de diversidad biológica
de las aguas frías;
d) Evitar, minimizar o mitigar los efectos adversos de la minería de los
fondos marinos en la diversidad biológica de las aguas frías, de conformidad
con los instrumentos, herramientas y directrices de la Autoridad Internacional
de los Fondos Marinos para la minería en fondos marinos profundos fuera de la
jurisdicción nacional;
7. Decisiones
relacionadas
14/9. Diversidad biológica marina y costera: áreas marinas de importancia
ecológica o biológica
Acoge con satisfacción también el informe delTaller de expertos para elaborar
opciones para modificar la descripción de las áreas marinas de importancia
ecológica o biológica, para describir nuevas áreas y para fortalecer la credibilidad
científica y la transparencia de este proceso
Exhorta a profundizar la colaboración y el intercambio de información entre la
Secretaría del Convenio sobre la Diversidad Biológica, la Organización de las
Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, la Organización Marítima
Internacional y la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos
Invita a las Partes a presentar descripciones de áreas que cumplen los criterios
para ser consideradas áreas marinas de importancia ecológica o biológica en el
Atlántico Nordeste
8. Decisiones
relacionadas
14/10. Otros asuntos relacionados con la diversidad biológica marina y
costera
1. Insta a las Partes a intensificar sus esfuerzos para:
b) Abordar los posibles efectos de la explotación minera de los fondos
marinos en la diversidad biológica marina;
c) Proteger la diversidad biológica en las áreas de aguas frías, tomando nota
especialmente de la ultimación del Acuerdo para Impedir la Pesca no
Reglamentada en Alta Mar en el Océano Ártico Central;
5. Toma nota de la labor de recopilación y síntesis realizada por la Secretaria
Ejecutiva y pide a la Secretaria Ejecutiva que continúe dicha labor en relación con
los temas siguientes:
a) Los efectos del ruido submarino antropógeno en la diversidad biológica marina
y costera, y medios para evitar, minimizar y mitigar estos efectos;
9. Decisiones
relacionadas
X/33. Diversidad biológica y cambio climático
w) Asegurar, de conformidad y en armonía con la decisión IX/16 C sobre
fertilización de los océanos y diversidad biológica y cambio climático, a falta de
mecanismos de control y mecanismos normativos con base científica, mundiales,
transparentes y eficaces para geoingeniería, y de acuerdo con el enfoque de
precaución y el artículo 14 del Convenio, que no se lleven a cabo actividades de
geoingeniería relacionadas con el clima que puedan afectar a la diversidad
biológica hasta que no haya una base científica adecuada que justifique dichas
actividades y no se hayan considerado de manera apropiada los riesgos conexos
para el medio ambiente y la diversidad biológica, y los impactos sociales,
económicos y culturales relacionados, excepto estudios de investigación científica
de pequeña escala que se realizarían en un entorno controlado de acuerdo con el
artículo 3 del Convenio, y solamente si están justificados por la necesidad de
recopilar datos científicos específicos y son sometidos a una minuciosa evaluación
previa de los posibles impactos en el medio ambiente;