El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
Manual Electoral 2011
1. Manual Electoral
Elecciones Generales
y de
Parlamento Andino 2011
2. Con el auspicio de:
ÍNDICE
Capítulo 1:
¿Qué vamos a elegir este 10 de abril?
Capítulo 2:
Actores electorales
Capítulo 3:
Campaña electoral
Capítulo 4:
El material electoral
3. Capítulo 5:
El acto electoral
Capítulo 6:
¿Cómo se cuentan los votos?
Capítulo 7:
Delitos electorales
Capítulo 8:
Nulidad de las elecciones
1
¿QUÉ VAMOS A ELEGIR ESTE 10 DE ABRIL?
“Los peruanos tenemos el derecho de elegir a nuestras autoridades, así como, el deber de
informarnos acerca de quiénes son los candidatos y cuáles son sus propuestas para votar con
responsabilidad.”
El 10 de abril de 2011 se realizarán las elecciones del Presidente y Vicepresidentes del Perú, de los
Congresistas de la República y de los representantes ante el Parlamento Andino.
PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTES DEL PERÚ
El Presidente de la República del Perú es el Jefe de Estado. El mandato presidencial es de cinco
años y NO HAY REELECCIÓN INMEDIATA.
¿Quién puede ser presidente?
4. Todo peruano de nacimiento, que haya cumplido los 35 años al momento de la postulación, que
goce del derecho de sufragio y que sea postulado por una organización política debidamente
inscrita.
Las principales funciones del Presidente son:
Representar al Estado, dentro y fuera del Perú.
Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes y demás normas, así como las sentencias y
resoluciones de los órganos jurisdiccionales.
Dirigir la política del gobierno. Nombrar al Presidente del Consejo de Ministros y, con acuerdo de
éste, a los demás ministros.
Proponer leyes al Congreso.
Administrar la economía del país.
Dirigir las relaciones internacionales.
Ser el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y, como tal, dirigir el Sistema de
Defensa Nacional.
• Por muerte.
Los actos delPor incapacidad moral odecretos legislativos, el Congreso.
• Presidente (a través de física, declarada por decretos supremos o
resoluciones supremas) deben estar refrendados (firmados) por uno o más ministros.
• Por aceptación de su renuncia por el Congreso.
¿Por qué
• Por salir del territorio nacional sin permiso del Congreso o no regresar a él dentro del
motivos cesa
plazo fijado.
en su cargo?
• Por destitución, tras haber sido sancionado por: traición a la patria, impedir las
elecciones, disolver el Congreso o impedir el funcionamiento de los organismos del
sistema electoral.
CONGRESISTAS DE LA REPÚBLICA
Es la elección de los 130 representantes al Congreso de la República. Son elegidos a través de tu
voto por un período de 5 años, con posibilidad de reelección inmediata. El Congreso ejerce el
poder legislativo.
¿Quién puede ser congresista?
Puede postular todo peruano de nacimiento que haya cumplido 25 años al momento de
presentar su candidatura, que goce del derecho de sufragio y que sea postulado por una
organización política debidamente inscrita.
Las principales funciones de los Congresistas son:
Debatir y aprobar leyes;
Fiscalizar los actos de la administración y autoridades del Estado;
Aprobar el Presupuesto y la Cuenta General de la República.
5. • Cualquier profesión u oficio, durante las horas de funcionamiento del
¿Qué actividades o
Congreso.
cargos no puede
• Cualquier otra función pública, excepto la de Ministro de Estado.
ejercer mientras • Gerente, apoderado, representante, mandatario, abogado, accionista
sea congresista? mayoritario o miembro del Directorio de empresas que contratan con el
Estado.
PARLAMENTO ANDINO
El Parlamento Andino es un órgano que propone y discute normas con la finalidad de integrar
económica y jurídicamente a los cuatro países que forman parte de la Comunidad Andina (Perú,
Colombia, Ecuador y Bolivia). Está compuesto por 20 representantes en total, cinco miembros por
cada país integrante.
El 10 de abril, elegirás a los 5 representantes peruanos, y 2 suplentes por cada titular, ante el
Parlamento Andino, por un período de 5 años.
¿Quién puede ser representante ante el Parlamento Andino?
Puede ser candidato todo peruano de nacimiento, que haya cumplido los 25 años al momento de
su postulación, que goce del derecho de sufragio y que sea postulado por una organización política
debidamente inscrita.
Las principales responsabilidades de los parlamentarios andinos son:
Promover y orientar la integración andina;
Solicitar información periódica a los órganos e instituciones de la Comunidad Andina;
Proponer proyectos de normas sobre temas de interés común;
Promover la armonización de legislaciones de los cuatro países miembros;
Promover relaciones de cooperación y coordinación entre los parlamentos de los cuatro países.
6. • Los candidatos a la Presidencia no pueden integrar la lista de candidatos al Congreso de
la República ni al Parlamento Andino.
• Los candidatos a las Vicepresidencias pueden, simultáneamente, integrar alguna lista
de candidatos al Congreso de la República.
• Los candidatos a congresistas pueden ser, simultáneamente, candidatos a
representantes ante el Parlamento Andino.
2
ACTORES ELECTORALES
Durante la jornada electoral de este 10 de abril de 2011 encontrarás una serie de personas que,
junto a los representantes de los organismos electorales, desempeñan funciones importantes y
distintas para el desarrollo de la elección como los electores, personeros, miembros de mesa,
Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú.
ORGANISMOS ELECTORALES
Están encargados de garantizar que las elecciones traduzcan la expresión auténtica y libre de los
ciudadanos a través de la votación.
Los organismos electorales son autónomos. No dependen de ningún poder del Estado o institución pública y
lo conforman las siguientes instituciones:
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC
Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE
Jurado Nacional de Elecciones - JNE
Estructura operativa de los organismos electorales
7. Órganos permanentes
JNE ONPE RENIEC
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES OFICINA NACIONAL DE PROCESOS REGISTRO NACIONAL DE
ELECTORALES IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL
Preparar y mantener actualizado
Organizar y ejecutar los procesos
Administrar justicia electoral el padrón electoral en
electorales
coordinación con la ONPE
Dictar disposiciones para mantener el
Fiscalizar la legalidad del proceso
orden y la protección de las personas
electoral
durante los comicios Entregar el Documento Nacional
Crear los Jurados Electorales Especiales Capacitar a los miembros de mesa y a de Identidad
cada vez que exista un proceso electoral la ciudadanía en general
Proclamar los resultados o declarar la Obtener los resultados de los procesos
nulidad del proceso electoral. electorales y remitirlos al JNE
Órganos Temporales
JEE ODPE RENIEC
JURADO ELECTORAL ESPECIAL OFICINA DESCENTRALIZADA DE OFICINAS REGIONALES
PROCESOS ELECTORALES PERMANENTES
Administrar justicia electoral en primera Ejecutar las acciones necesarias
instancia para el desarrollo de los procesos
electorales Solucionar los problemas
relacionados con la pérdida, robo o
Declarar en primera instancia la nulidad Designar a los miembros de deterioro de los documentos de
de un proceso electoral mesa, entregarles sus identidad
credenciales y capacitarlos
Fiscalizar la legalidad del ejercicio del Determinar los locales de
voto y de la realización de los procesos votación y distribución de las
electorales mesas de sufragio
Inscribir las listas de candidatos al Entregar las actas y demás
Congreso de la República. materiales necesarios para el acto
electoral
Proclamar los resultados de un proceso
electoral en su jurisdicción Procesar los resultados
electorales
8. ELECTORES
Todos los ciudadanos en goce de su capacidad civil, que tengan Documento Nacional de Identidad
(DNI) tienen el deber de votar en las elecciones del 10 de abril.
A partir de los 70 años el voto es voluntario.
¿Qué pasa si el elector no vota este 10 de abril?
En nuestro país, el voto es obligatorio. Si no votas, deberás pagar una multa.
El valor de la multa va a depender del distrito en donde vives:
- En distritos considerados “NO POBRES”: S/. 72.00
- En distritos considerados “POBRE NO EXTREMO”: S/. 36.00
- En distritos considerados “POBRE EXTREMO”: S/. 18.00
Para saber el valor de la multa que deberás pagar si no votas, consulta a la ODPE más cercana
(correspondiente a tu distrito).
Para saber si tu DNI tiene multas pendientes, consúltalo en:
http://www.web.onpe.gob.pe/omisos/e_omisos_web.php
Además, todo elector debe revisar la lista de miembros de mesa que publica la ONPE para verificar
si fue elegido en el sorteo para asumir el cargo.
MIEMBROS DE MESA
Los miembros de mesa son ciudadanos elegidos mediante un sorteo público, y el día de las
elecciones son la máxima autoridad de la mesa de votación. Tienen un rol fundamental durante el
9. proceso electoral: son los encargados de instalar la mesa de votación, manejar todo el material
electoral y conducir el proceso de votación. Además, deben ser los primeros en votar.
¿Quiénes integran la mesa electoral?
Está integrada por tres miembros titulares: presidente, secretario y tercer miembro, y tres
suplentes quienes reemplazan a los titulares ausentes. Si al instalarse la mesa no se completa con
sus titulares o suplentes, los electores de esa mesa de sufragio son llamados a formar parte de la
mesa, sin poder negarse.
Deberes y funciones
Antes de las elecciones:
o Recoger su credencial en la sede de la ODPE correspondiente al domicilio consignado en
su DNI, y capacitarse.
Esto es importante para la celeridad de la jornada electoral
En la instalación de la mesa:
o Llegar a las 7:30 a.m. al local de votación y firmar la lista de asistencia (titulares y
suplentes).
o Revisar el material electoral y asegurarse de que están en perfecto estado.
o Instalar la mesa de sufragio y acondicionar el local de votación.
o Llenar el Acta de Instalación.
Sólo los miembros de mesa pueden manipular el material
electoral
Durante la votación:
o Los miembros de mesa (titulares y suplentes) deben ser los primeros en votar.
o Conducir el desarrollo de la votación.
o Llenar el Acta de Sufragio.
Durante el escrutinio:
10. o Realizar el escrutinio o conteo de votos.
o Llenar el Acta de Escrutinio y firmar las actas.
o Registrar los resultados y pegarlos fuera del local de votación.
o Hacer entrega de las actas y los materiales al coordinador de la ONPE.
• Estar presentes durante toda la jornada electoral.
Los
• Resolver cualquier asunto por mayoría y con autonomía.
miembros
• Brindar trato preferencial a los adultos mayores, las mujeres embarazadas y
de mesa las personas con discapacidad.
deben: • Brindar facilidades a los miembros de las FFAA y la PNP en actividad para el
voto rápido.
Inasistencia de miembro de mesa
No cumplir o resistirse a asumir el cargo de miembro de mesa, también se encuentra sancionado
con una multa.
Inasistencia o negativa a integrar la mesa de Multa de S/. 180.00 (5% de la UIT).
sufragio:
El miembro de mesa sorteado que tiene más No debe pagar multa
de 70 años de edad y no asiste:
Elector (no sorteado) de la cola se niega a Multa de S/. 180.00 (5% de la UIT).
integrar la mesa de sufragio:
PERSONEROS
El personero es el ciudadano que vela y representa los intereses de determinada organización
política en el desarrollo de un proceso electoral. Están encargados de presenciar y fiscalizar todos
los actos del proceso y de la jornada electoral. Para ello, deben presentar su credencial cuando les
sea solicitada.
Las organizaciones políticas deben procurar que la convocatoria de sus personeros sea lo más
inclusiva posible: hombres, mujeres, jóvenes, personas con discapacidad, de toda clase social y
raza, y si es necesario idioma. Debido a que es una oportunidad para promover la participación
ciudadana.
Tipos de personeros
Personero: Es…
Legal (Titular o Alterno) … el máximo representante de la organización
11. política ante el JNE y los JEE.
… el especialista en informática; fiscaliza los
Técnico programas electorales y el cómputo de los
resultados.
… el encargado de coordinar las actividades con los
De local de votación
personeros de mesa, dentro del centro de votación.
… el que presencia y fiscaliza todos los actos de la
De Mesa de Sufragio
jornada electoral en la mesa de sufragio.
Deberes y funciones de los personeros de Mesa de sufragio:
En la instalación:
o Verificar que el material electoral esté completo, sin tocarlo.
o Asistir a la preparación y acondicionamiento de la cámara secreta.
o Verificar la firma del presidente de mesa en todas las cédulas de sufragio, y firmarlas si así
lo desea.
o Firmar el Acta de Instalación.
Durante el sufragio:
o Verificar que los electores ingresen solos a la cámara secreta, salvo el caso de personas
con discapacidad que soliciten estar acompañadas.
o Impugnar la identidad del elector.
o Firmar el Acta de Sufragio.
Durante el escrutinio:
o Presenciar el conteo de votos y el registro de los resultados.
o Examinar el contenido de las cédulas leídas.
o Impugnar la validez de uno o varios votos luego de su revisión por los miembros de mesa.
o Apelar las decisiones de la mesa para que sean resueltas por el JEE.
o Formular algún reclamo y anotarlo en el formato de observación o reclamos al escrutinio.
o Recibir un ejemplar del Acta Electoral (su principal derecho).
Los personeros de mesa pueden acreditarse y vigilar más de una mesa de sufragio el día de la
elección, pero no puede haber más de un personero de la misma organización política por mesa.
• Los personeros de mesa pueden hacer constar cualquier irregularidad, debiendo
anotarla en el Acta Electoral, de lo contrario se considera inexistente.
• Las impugnaciones realizadas en mesa deben ser suscritas por el personero que
las realice. En caso de que sean declaradas improcedentes el personero deberá
pagar una multa de S/. 72.00 (2% de la UIT)
12. Prohibiciones
Los personeros no pueden:
• Interrogar a los electores sobre sus preferencias electorales.
• Manipular material electoral.
• Realizar propaganda política dentro o fuera del local de votación.
• Interrumpir el escrutinio o solicitar la revisión de decisiones adoptadas por la mesa de
sufragio cuando no se encontraba presente.
En cualquiera de los casos antes mencionados, los miembros de mesa, unánimemente, pueden
retirar al personero de la mesa.
FUERZAS ARMADAS Y POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ
Desde la promulgación de la Resolución Nº 317-2005-JNE, los miembros de las Fuerzas Armadas y
de la Policía Nacional del Perú tienen derecho a voto, pero no pueden ser candidatos ni participar
en actividades proselitistas.
Deberes y funciones el día de las elecciones:
• Prestar el auxilio que garantice el normal funcionamiento de las mesas de sufragio.
• Mantener el libre tránsito de los electores desde el día anterior a la elección y durante las
horas de sufragio.
• Impedir que haya presión, disuasión, sometimiento, soborno u otra acción que tienda a
coactar la libertad del elector.
• Facilitar el ingreso de los personeros a los locales de votación.
• Custodiar los locales donde funcionen los órganos electorales y las oficinas de correos.
• Hacer cumplir las disposiciones que adopten las autoridades electorales (ONPE, JNE, miembros
de mesa)
Prohibiciones
o Detener a electores, miembros de mesa y personeros desde 24 horas antes hasta 24 horas
después del día de la elección, salvo flagrante delito.
o Proporcionar cualquier tipo de información del proceso electoral.
o Ser designados miembros de mesa.
o Portar armas. La ONPE habilitará un ambiente en cada local de votación donde se custodiarán
armas.
o No pueden votar más de 20 miembros de las FFAA o PNP en un mismo grupo de votación.
Los miembros de las FFAA y la PNP:
• Pueden vestir uniforme cuando van a votar.
• Tienen derecho al voto “rápido”: no hacen cola.
13. • Se identifican con el DNI.
OBSERVADORES ELECTORALES
Son ciudadanos mayores de 18 años, expertos electorales, encargados de vigilar la jornada
electoral y de orientar y dar información a los ciudadanos que lo requieran.
No podrán ser observadores electorales los candidatos, personeros, militantes o
afiliados a organizaciones políticas, o funcionarios de los organismos electorales.
Deberes de los observadores electorales
• Respetar Constitución Política del Perú, los tratados internacionales, leyes y demás
disposiciones en materia electoral.
• Respetar las funciones y la autoridad de los funcionarios electorales.
• Actuar de manera independiente, transparente, objetiva e imparcial durante el
desempeño de sus funciones.
• Informar a las autoridades competentes de todas las actividades delictivas relacionadas
con el proceso electoral, así como de las violaciones a la ley electoral que fueran de su
conocimiento.
• Informar a las autoridades electorales de cualquier anomalía o queja que observaran o
recibieran durante el proceso electoral.
• Documentar sus observaciones.
Derechos de los observadores electorales
Los observadores electorales tienen derecho a presenciar, respecto al acto concreto de la elección,
los siguientes actos:
a. Instalación de la mesa de sufragio.
b. Acondicionamiento de la cámara secreta.
c. Verificación de la conformidad de las cédulas de votación, las actas, las ánforas, los sellos
de seguridad y cualquier otro material electoral.
d. Verificación de los programas de cómputo.
e. Desarrollo de la votación.
f. Escrutinio y cómputo de la votación.
g. Colocación de los resultados en lugares accesibles al público.
h. Traslado de las actas electorales por el personal correspondiente.
Prohibiciones
• Sustituir u obstaculizar a las autoridades electorales en el ejercicio de sus funciones.
• Hacer proselitismo a favor o en contra de una organización política, alianza electoral o
candidato.
14. • Ofender, difamar o calumniar a las instituciones o autoridades electorales,
organizaciones políticas o candidatos.
• Declarar el triunfo de organización política alguna.
• Manipular el material electoral.
3
CAMPAÑA ELECTORAL
Es toda acción destinada a persuadir a los electores para que voten a favor de una determinada
organización política, candidato, lista u opción en consulta, con la finalidad de conseguir un
resultado electoral. Solo puede ser efectuada por las organizaciones políticas o terceros.
Formas de propaganda electoral
Mensajes exhibidos o distribuidos a través de los siguientes medios:
Letreros, carteles, paneles, pancartas, banderas, anuncios luminosos, altoparlantes, boletines,
folletos, afiches, pósteres, volantes, panfletos, camisetas u otra indumentaria, calendarios, pines
llaveros, lapiceros u otros útiles, diarios, revistas periódicas o no, televisión de señal abierta o
cerrada, radiodifusión, internet y cualquier otro.
¿Cuándo termina la campaña electoral?
7 de abril (a las
11:59 p.m. del Para toda reunión o manifestación pública de carácter político y electoral.
jueves)
8 de abril (a las Para toda clase de propaganda electoral, inclusive el uso de banderas,
11:59 p.m. del vestimenta, divisas u otros distintivos o indumentaria conteniendo
15. viernes)
propaganda electoral, hasta un día después.
a. Locales de las FF.AA. y P.N.P.
¿Dónde no es b. Colegios y escuelas estatales y particulares.
c. Locales de colegios profesionales.
posible difundir
d. Oficinas públicas y entidades oficiales.
propaganda e. Locales de sociedades públicas de beneficencia.
electoral? f. Iglesias de cualquier credo.
g. Locales u oficinas de municipalidades.
h. Cualquier entidad pública
a. Emplear pintura en las calzadas y muros de predios públicos ni se puede usar
postes de alumbrado público.
b. Usar propaganda sonora desde el espacio aéreo.
c. Invocar temas religiosos de cualquier credo
Propaganda d. Usar estructuras arqueológicas o monumentos históricos prehispánicos.
electoral prohibida
e. Usar o apelar a actos o palabras que atenten contra la dignidad de los
candidatos patrocinados por las organizaciones políticas.
f. No pueden utilizar los inmuebles considerados bienes culturales, salvo que se
instalen paneles con la autorización del INC.
g. Aquella dirigida a provocar la abstención electoral
La destrucción, anulación, interferencia, deformación o alteración de la propaganda electoral
también se encuentra prohibida y sancionada como un delito electoral.
Límite a la
• Cada partido sólo puede contratar hasta cinco minutos de publicidad en
publicidad diaria de
cada estación de radio y televisión.
cada organización • La publicidad de este tipo sólo puede ser contratada por el tesorero de cada
política partido o alianza.
Los informes de gastos de campaña electoral deben ser presentados en el plazo de 60 días
contados desde la proclamación de resultados oficiales del proceso electoral.
¿Qué recursos Las municipalidades provinciales y distritales procuran establecer lugares
otorgan las hábiles para instalar en sus jurisdicciones, paneles, carteles,
municipalidades convenientemente ubicados para la difusión o exhibición de propaganda
para la campaña
16. electoral con iguales espacios para todas las opciones.
electoral? Las municipalidades procurarán establecer los lugares públicos donde las
opciones políticas podrán realizar reuniones o mítines.
¿Qué recursos
Desde los 30 días anteriores y hasta dos días previos al acto electoral, el
otorga el Estado
Estado otorga a cada una de ellas una FRANJA ELECTORAL, es decir, espacios
para la campaña
gratuitos en los medios de comunicación públicos y privados.
electoral?
¿Qué pueden hacer los partidos políticos y las alianzas electorales en materia de
propaganda, sin tener que solicitar permiso a las autoridades políticas o municipales ni
pagar tasas o arbitrios?
• Exhibir letreros, carteles, paneles, pancartas, anuncios luminosos y banderas en las fachadas de
los inmuebles o locales de propiedad o posesión de organizaciones políticas.
• Instalar altoparlantes en locales políticos y en vehículos especiales que gozan de libre tránsito
en todo el territorio nacional, de propiedad o posesión de las organizaciones políticas, siempre
y cuando no funcionen entre las 8:00 p.m. y 8:00 a.m. La autoridad municipal respectiva regula
la intensidad del sonido de los mismos.
• Distribuir en la vía pública boletines, folletos, afiches, pósteres, volantes, camisetas, calendarios,
llaveros, lapiceros u otros útiles e instrumentos similares. La colocación de carteles en la vía
pública sólo podrá hacerse en los sitios que determine la autoridad municipal. La colocación de
o pegamento de afiches, pósteres, panfletos y otras imágenes en la vía pública SÓLO está
permitida en los paneles especiales ubicados por las autoridades municipales.
• Exhibir carteles o avisos colocados en predios públicos y privados, previa autorización del
propietario y registrándose ante la PNP del lugar. En locales públicos es necesaria la
autorización del órgano representativo de la entidad propietaria.
• Emitir publicidad en los medios de comunicación escritos, audiovisuales e internet. Deben regir
iguales condiciones para todos los partidos y candidatos.
¿Qué requisitos
deben cumplir las • Se debe avisar por escrito con 48 horas de anticipación a la autoridad
manifestaciones política del lugar.
políticas en lugares • Se debe indicar en el aviso: lugar, hora, recorrido y objeto de la
manifestación.
públicos?
• No pueden realizarse frente a cuarteles de las FFAA, PNP o locales de
agrupaciones políticas distintas.
¿... y en lugares
privados? Las reuniones dentro de una propiedad privada no requieren de ningún
tipo de aviso
¿Y cuando acaben Los partidos políticos y las alianzas electorales tienen hasta 60 días para
las elecciones? retirar o borrar su propaganda electoral, por cuenta y gastos propios,
17. bajo pena de multa fijada por la autoridad municipal.
4
EL MATERIAL ELECTORAL
Es el conjunto de documentos y materiales elaborados por la ONPE con la finalidad de asegurar el
buen funcionamiento de las mesas de sufragio.
¿Cuándo distribuye la A partir del 11 de marzo
ONPE el material
(dentro de los 30 días anteriores a la fecha de las elecciones)
electoral?
Coordinadores de
ONPE ODPE Mesas de Sufragio
ONPE
El material electoral es propiedad de la ONPE y de uso exclusivo para el proceso electoral.
ESTÁN PROHIBIDOS su uso y comercialización. En caso se trate de material sobrante
después de las elecciones, la ONPE decide su destino.
Lista de Materiales Electorales de la ONPE
Materiales Uso
18. Hojas de identificación de la
Para pegar en la entrada del local de votación y en la mesa.
mesa
Para pegar en la entrada del local de votación y para que los
Relación de electores miembros de mesa ubiquen a los electores antes de darles la
cédula.
Acta Padrón
Para que los electores firmen e impriman su huella digital luego de
Listas de Electores
votar.
Paquete de instalación
Documentos donde se registran los datos de la instalación, sufragio
Actas Electorales
y escrutinio.
Hojas Borrador para el
Para realizar el conteo de votos.
escrutinio
Cédulas de sufragio Documento donde se emite el voto.
Cartilla de instrucciones para
Material de instrucción de la ONPE.
miembros de mesa
Cartilla de Hologramas Calcomanías para pegar sobre los DNI como constancia de sufragio.
Etiquetas autoadhesivas para cierre
Para cerrar las cédulas.
de cédulas
Tampón para huella digital Para poner la huella del dedo índice derecho al lado de la firma.
Paquete de útiles
Lapiceros Todos los electores votan y firman con ellos.
Cinta adhesiva de seguridad Para cerrar el ánfora y pegar los carteles.
19. Etiquetas autoadhesivas para
protección de resultados de actas Para pegar sobre las actas de escrutinio.
electorales.
Sobres plásticos con letras de Para introducir y remitir actas y otros documentos a los distintos
Paquete de Escrutinio
distintos colores organismos
Etiquetas de seguridad para el cierre
Para asegurar las actas y el contenido de cada sobre.
de sobres plásticos.
Sobres de impugnación de cédula o Donde se guardarán las cédulas impugnadas.
voto.
Cartel de resultados Se pega en un lugar visible luego del escrutinio.
Cartel de Candidatos Para pegar dentro de la cámara secreta.
Verificar
Se coloca en la cámara secreta, para asegurar la confidencialidad
Cabina de votación
del voto.
Donde se depositan los votos y donde es entregado todo el
Ánfora
material electoral.
Sobres de impugnación de identidad Contendrá el DNI de electores cuya identidad sea impugnada.
Material Adicional
Cargos de retención de DNI Se entregan a los electores cuya identidad ha sido impugnada.
Hojas de observaciones Para anotar irregularidades.
Sobres de observaciones Donde se guardan las hojas de observaciones.
Constancia de asistencia al sufragio Para electores que no figuren en la lista.
Cargo de entrega de material
Certifica la entrega de documentos por el presidente de mesa al
electoral y sobres plásticos de
coordinador de la ODPE.
colores
• Desde que el material es entregado a los miembros de mesa, sólo éstos pueden manipularlo
hasta su entrega al coordinador de la ODPE al terminar la jornada electoral.
• Las cabinas de votación y los carteles de candidatos son dispuestos por los coordinadores de
la ODPE la noche anterior al acto electoral. Los miembros de mesa sólo deben verificar que
estén implementados y, de no estarlo, solicitar a los coordinadores su acondicionamiento.
• Los materiales que no se encuentren en el ánfora y que precisen los miembros de mesa a lo
largo de la jornada, deben ser solicitados a los coordinadores de la ODPE.
20. Carteles de candidatos
Son aquellos documentos que contienen la relación de todas las fórmulas presidenciales, listas de
candidatos al Congreso y listas de candidatos a representantes ante el Parlamento Andino.
¿Dónde son colocados?
Se distribuyen en todo el país, y se fijan en las oficinas y lugares públicos, desde 15 días antes de la
fecha de elecciones.
El día de las elecciones son fijados obligatoriamente en los locales de votación y dentro de las
cámaras secretas, bajo responsabilidad de los miembros de mesa.
¿Todos los carteles son iguales?
No, los carteles de las planchas presidenciales y de los representantes ante el Parlamento Andino
serán los mismos en todo el país.
En el caso de los carteles de listas de candidatos al Congreso, éstos serán de acuerdo a los
candidatos y partidos que se presenten por cada Distrito Electoral.
Acta Electoral
Es el documento más importante del proceso electoral, donde se registran los hechos y actos que
ocurren en cada mesa de sufragio, desde la instalación hasta el cierre de la votación.
Habrá un acta electoral por cada elección y deberán llenarse 5 ejemplares de cada una.
¿Cuántas partes tiene el Acta Electoral?
Consta de tres partes o secciones: Acta de Instalación, Acta de Sufragio y Acta de Escrutinio.
Cédula de Sufragio
Es el documento a través del cual el elector expresa su voto. Contiene la lista de partidos políticos
y alianzas electorales con sus respectivos signos distintivos (nombres, símbolos y/o fotos de los
candidatos a la presidencia).
¿Cómo será la cédula este 10 de abril?
En las elecciones del 10 de abril habrá una sola cédula de sufragio, que estará dividida en tres
cuerpos: Uno será para la elección presidencial, otro para la elección de congresistas, y otro para
la elección de representantes ante el Parlamento Andino.
21. Modelo cédula primera vuelta
Puedes marcar por una organización política para Presidente y Vicepresidente, por una distinta
para Congresista y por otra distinta para el representante del Parlamento Andino (VOTO
CRUZADO).
En las elecciones del Congreso y del Parlamento Andino podrás colocar el número de uno o dos
candidatos de tu preferencia de una sola lista para cada elección (VOTO PREFERENCIAL).
Si ningún candidato obtiene la mayoría absoluta, habrá una segunda elección, dentro de los
treinta días siguientes a la proclamación de los resultados oficiales, entre los candidatos que han
obtenido las dos primeras votaciones.
Modelo cédula segunda vuelta
22. 5
EL ACTO ELECTORAL
Es el conjunto de actividades que se realiza el día de las elecciones en las mesas de sufragio.
Comprende los siguientes momentos:
INSTALACIÓN DE MESA
Conformación de la mesa
풯 u� pasa si despu� de las 8:30 no llegan los miembros de mesa titulares?
7:30 a.m. Llegada de los miembros de mesa (titulares y suplentes) al local de votación.
Si falta uno o m� titularesLa mesa se completa con suplentes. Si faltade presidente, lo
Deben identificarse con su DNI y su credencial de miembros el mesa.
reemplaza el de la mesa con los �miembros presentes: presidente, secretario y
Instalación secretario; si falta 3 te, lo reemplaza el tercer miembro, y
as�sucesivamente.Si faltan miembros para completar la mesaQuien asuma la
tercer miembro.
presidencia abre el local designando a los da inicio alde la cola, de preferencia quienes
8:00 a.m. Se la completa de votación y se electores sufragio.
8:30 a.m. mayor grado de instrucci�. Para ello cuenta con deapoyo designados por la ONPE.
tengan Tiempo máximo de espera para los miembros el mesa de las FFAA y la PNP.Si
12:00no hay miembros titulares ni suplentesEl presidente de la mesa que antecede o sigue en
a.m. Hora máxima de instalación
numeraci� designa a los miembros entre los electores de la cola de la mesa no
instalada.Si no hay presidentes de mesa que designenEl coordinador de la ONPE designa
entre los electores de la cola qui�es conformar� la mesa.
23. Los observadores y los personeros deben acreditarse ante los miembros de mesa y el
coordinador de la ONPE.
Revisión de los materiales electorales
El presidente con ayuda de los otros miembros de mesa abre el ánfora y verifica los materiales
electorales. Si algún material falta o se encuentra deteriorado, se debe solicitar el faltante o su
reemplazo al coordinador de la ONPE.
Verificación de los hologramas
El presidente de mesa, en presencia del coordinador de la ONPE, debe contar y anotar en las
cartillas de hologramas la cantidad de hologramas recibidos, y firmar la conformidad de recepción
de hologramas.
a. Si faltan hologramas: Se deberá solicitar el faltante al coordinador de ONPE y anotar el
hecho en el Acta de Instalación
b. Si sobran hologramas: Se deberá anotar el hecho en el Acta de Instalación.
Acondicionamiento del salón de votación y de la cámara secreta
A. De la cámara secreta
Los miembros de mesa deben:
24. • Ubicar la cámara secreta de manera que se encuentre aislada de cualquier interferencia
externa, para garantizar el voto libre y secreto. Debe haber una cámara por cada mesa de
sufragio.
• Asegurarse que el cartel de candidatos se encuentre colocado dentro de la cámara
secreta.
Los observadores y los personeros pueden presenciar este
acondicionamiento.
B. Del salón de votación
Los miembros de mesa deben:
• Armar el (las) ánfora(s) de votación y colocarla(s) en la mesa.
• Pegar la primera hoja de identificación de la mesa y la relación de electores fuera del salón
de votación.
• Pegar otra hoja de identificación de la mesa delante de ésta.
Registro de Asistencia
• Los miembros titulares y suplentes, que llegaron hasta las 8:30 a.m., deben llenar la Hoja
de Control de Asistencia.
• Si la mesa estuviera conformada por electores de la cola, éstos deben registrar su
asistencia en la Relación de miembros de mesa no sorteados.
• Se coloca la palabra FALTÓ en la Hoja de Asistencia, al lado de los nombres de los
miembros de mesa sorteados que no asistieron hasta las 8:30 a.m.
Firma de Cédulas
• Cada una de las cédulas deben ser firmadas por el presidente de mesa. La firma
garantizará la validez de las cédulas.
• Los personeros también pueden firmarlas.
Llenado del Acta de Instalación
Se debe tener en cuenta lo siguiente:
• La hora de instalación
• Las personas que conforman la mesa
• El estado del material electoral
• La cantidad de cédulas recibidas
• Observaciones a la instalación (motivos que la hayan retrasado, etc.)
Pueden firmar el Acta de Instalación los personeros que deseen.
Antes de empezar el sufragio, deben llenar las 5 Actas de Instalación.
25. INSTALACIÓN DE MESA
Inicio del sufragio
• Una vez instalada la mesa, los primeros en votar son los miembros de mesa (titulares y
suplentes).
• Los miembros suplentes, después de votar, pueden retirarse.
• Pueden votar los personeros que hayan estado presentes en la instalación y cuyo grupo de
votación pertenece a la mesa.
Pasos que sigue el elector durante el sufragio:
1. Llega al local de votación entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m.
2. Muestra su DNI para ingresar.
3. Ubica su mesa de votación y se dirige a ella.
4. Verifica su nombre en la Relación de Electores situada a la entrada del salón de votación.
5. Se acerca a la mesa de sufragio y se identifica con su DNI.
6. El presidente de mesa comprueba que los datos del elector figuren en la Lista de Electores
de la mesa.
7. El elector recibe su(s) cédula(s) de sufragio y revisa su buen estado: que tenga la firma del
presidente de mesa, que no esté marcada ni deteriorada.
8. Se dirige a la cámara secreta y emite su voto. Tiene 1 minuto para hacerlo.
Los electores invidentes y discapacitados pueden ingresar a la cámara secreta acompañados
por una persona de su confianza.
9. Deposita su voto en el (las) ánfora(s).
10. Firma y coloca su huella digital de su dedo índice derecho en la Lista de Electores. Si no sabe
firmar coloca su huella también en el espacio correspondiente a la firma.
11. Verifica la colocación del holograma en su DNI.
RECUERDA
Los adultos mayores, discapacitados y mujeres embarazadas tienen atención preferente para
votar.
Los miembros de las FFAA y la PNP (uniformados o identificados) tienen derecho al voto
rápido (no hacen cola).
26. Situaciones especiales durante el sufragio
¿Qué pasa si… Solución
… los datos del elector no aparecen en la El elector NO VOTA.
Lista de Electores? El presidente de mesa solicita al coordinador de la
ONPE una Constancia de Asistencia, que se le entrega
… el elector no fue identificado al elector, para que pida al JEE una dispensa por no
plenamente por el presidente de mesa votar.
por un error en la Lista de Electores? Se anota el hecho en Observaciones de la Lista de
Electores.
… el número de DNI aparece como
cancelado en la Lista de Electores?
El elector NO VOTA.
El presidente de mesa retiene el DNI, lo introduce en el
Sobre de Impugnación de Identidad por supuesta
Suplantación, y se envía al Fiscal Provincial de turno.
… el elector pretende votar por otro, Entrega al elector el cargo por retención de DNI por
presentando un DNI que no le supuesta suplantación.
corresponde? Comunica al personal de la PNP o de las FFAA para que
lo detenga.
Registra el hecho en Observaciones del Acta de
Sufragio.
El elector SÍ VOTA.
El presidente de mesa comprueba la identidad del
… otro elector ha votado con el mismo
elector.
número de DNI? Escribe el nº de DNI y el nombre en el espacio de
Observaciones, al final de la Lista de Electores, y en ese
lugar el elector coloca su firma y su huella digital.
Impugnación de identidad
Si un personero tiene dudas sobre la identidad de un elector, porque los datos de su DNI no
corresponden con sus características físicas, éste puede impugnar la identidad del elector.
En ese caso, los miembros de mesa deben resolver inmediatamente, por mayoría:
• Si resuelven que no hay dudas sobre la
identidad del elector y el personero no El elector VOTA normalmente.
rechaza la decisión de la mesa:
• Si el personero insiste en impugnar, o El elector VOTA
27. La cédula de sufragio con el DNI del elector se
introduce en el Sobre de Impugnación de
Identidad*, de color celeste.
El sobre se coloca en el ánfora y se considera
como voto impugnado.
• Los miembros de mesa aceptan la
Se le da al elector una constancia de retención
impugnación:
de DNI.
Se anota el hecho en las Observaciones del Acta
de Sufragio.
*El sobre de Impugnación de Si el JEE declara infundada la
Identidad debe estar firmado por el impugnación, el personero tendrá que
personero que realizó la pagar una multa de S/. 72.00 (2% de la
impugnación. UIT)
Término de la votación
La votación termina cuando:
• Todos los electores de la mesa han votado.
• Cuando a las 4:00 p.m., se cierra el local de votación, y sólo votan los electores que ya se
encuentran dentro del local.
Finalizada la votación, el presidente de mesa:
• Cuenta el número de votantes en la Lista de Electores y consigna el total de ciudadanos
que votaron en el Acta de Sufragio.
• Se escribe NO VOTÓ en cada espacio de la Lista de Electores, donde debió ir la firma de
electores que no votaron.
• Verifica que la cantidad de hologramas sobrantes sea igual al número de electores que
no votaron, y los pega en la cartilla de hologramas.
• Firma al final de la última página de la Lista de Electores y la guarda en el sobre plástico de
color naranja.
• Cuenta la cantidad de cédulas no utilizadas y anota el número en el Acta de Sufragio.
• De haber ocurrido algún problema, anota las observaciones.
• Anota la hora de término de la votación.
• Los miembros de mesa firman el Acta de Sufragio, colocando su nombre y DNI. Los
personeros que deseen firmar el Acta, pueden hacerlo.
Antes de iniciar el escrutinio, los miembros de la mesa deben
llenar las 5 Actas de Sufragio
ESCRUTINIO O CONTEO DE VOTOS
28. • Es un acto público, por lo que puede ser presenciado por cualquier ciudadano.
• Una vez iniciado, no puede ser interrumpido.
Pasos a seguir durante el escrutinio
Los pasos del 1 al 4, se realizan una sola vez y al inicio de todos los actos de escrutinio:
1. Se abre el ánfora y se sacan las cédulas y los Sobres de Impugnación de Identidad (si los
hubiera).
2. Se cuentan las cédulas usadas, sin abrirlas, verificando que tengan la firma del presidente
de mesa.
Se comprueba que el total de cédulas sea igual al número de electores que votaron.
Se cuentan los sobres con los votos impugnados, si hubieran.
¿Qué sucede si….
… hay más cédulas que votantes? Se separa al azar el excedente y se destruyen. El hecho se
anota en las Observaciones del Acta de Escrutinio.
… hay menos cédulas que votantes? Se continúa con el escrutinio y el hecho se anota en las
Observaciones del Acta de Escrutinio.
3. Se separan los Sobres de Impugnación de Identidad.
4. Se retiran las etiquetas de las cédulas y se abren una por una.
Los siguientes pasos, del 5 al 18 se repiten para cada una de las
elecciones:
5. Se revisa el contenido de cada cédula, leyendo en voz alta cada uno de los votos y
permitiendo que los personeros observen su validez. En este momento los personeros
pueden poner en duda la validez de los votos, e impugnar.
IMPUGNACIÓN DE VOTOS O CÉDULAS
¿Qué sucede si…Solución… un personero o miembro de mesa
impugna un voto?Se sigue el criterio que adopte la mesa por
mayoría.… el personero insiste en impugnar el voto, o los
miembros de mesa aceptan la impugnación?
Se guarda el voto en el Sobre de Impugnación de voto (sobre
celeste).
Se cuenta como voto impugnado.
Se anota el hecho en las Observaciones del Acta de Escrutinio.
29. 6. Se anota en la Hoja Borrador (según sea el caso: Presidencial, Congresal o Parlamento
Andino) el contenido de cada uno de los votos de cada agrupación política con un palote hasta
formar grupos de cinco.
7. Se suma y coloca el total de votos en el recuadro Total de votos emitidos de la Hoja
Borrador que corresponda.
8. Se verifica que el Total de votos emitidos sea igual a la suma de votos válidos, votos en
blanco, votos nulos y Sobres de Impugnación.
9. Se escribe en la Hoja Borrador el Total de ciudadanos que votaron, que figura en el Acta de
Sufragio, y que debe ser igual al Total de votos emitidos.
10. Terminado el conteo se trasladan los resultados al Acta de Escrutinio, según el lado que
corresponda (Presidencial, Congresal o Parlamento Andino).
Llenado del Acta de Escrutinio
El presidente de mesa debe:
Escribir la hora de inicio del escrutinio.
Anotar el Nº de votos por cada organización política, el Nº
de votos en blanco, votos nulos, votos impugnados, y por
último el total de votos emitidos,
De haber ocurrido algún hecho o problema, se anota en las
Observaciones.
Los siguientes pasos, del 11 al 18, se realizan al finalizar todos los
conteos:
11. Se escribe la hora de término del escrutinio.
12. Los miembros de mesa firman el Acta de Escrutinio, anotando sus nombres, DNI y huella
digital.
13. Los personeros que lo deseen firman el Acta de Escrutinio.
14. Se coloca la etiqueta autoadhesiva transparente para proteger los resultados del Acta de
Escrutinio.
30. 15. Se llenan las Actas Electorales que serán dirigidas a la ODPE (sobre plomo), ONPE (sobre
rojo), JEE (sobre celeste), JNE (sobre verde) y al representante de organizaciones políticas
(sobre morado) y se colocan en los sobres plásticos respectivos, cerrándolos con las etiquetas
correspondientes.
16. Se destruyen las cédulas utilizadas y se colocan en el ánfora las que no se usaron.
17. Se registran los datos en los Carteles de Resultados (según la elección) y se pegan afuera
del salón de votación.
18. Se entrega un Acta Electoral sin sobre al personero que lo solicite.
Finalizado el escrutinio, los miembros de mesa hacen entrega al coordinador de la ONPE los
5 sobres plásticos con las Actas Electorales, el sobre plástico naranja y el material electoral.
El presidente de mesa y el coordinador de la ONPE deben firmar un Cargo de Entrega de Actas,
material electoral y Cartilla de Hologramas, en señal de conformidad de recepción y entrega.
Recibidos los sobres, el coordinador de la ONPE los clasifica en el Centro de Acopio y los
traslada al Centro de Cómputo para su procesamiento.
Los personeros y observadores pueden acompañar el traslado de las Actas
que realice el coordinador de la ONPE. Si éste se niega, dicha conducta
constituye una irregularidad electoral. ES VÁLIDO?
¿CUÁNDO UN VOTO
¿CÓMO VOTAR CORRECTAMENTE?
Para votar correctamente, tienes que marcar con un aspa (x) o una cruz (+) dentro del
recuadro que simboliza la opción de tu preferencia. Ejemplos de votos válidos:
Si marcas la cédula más de una vez o con otros símbolos que no sean el aspa (X) o la cruz
(+), tu voto no contará como válido y será considerado un voto nulo. Tampoco será válido
si tu cédula está dañada. Ejemplos de votos inválidos:
31. No marques dos opciones No garabatos o marcas fuera del recuadro
No escribas nada, solo vale la cruz (+) o el aspa (x) dentro del recuadro
Si no haces ninguna marca en tu cédula, tu voto será considerado como voto en blanco.
6
¿CÓMO SE CUENTAN LOS VOTOS?
ELECCIONES PRESIDENCIALES
Presidente y Vicepresidentes de la República
El Presidente es elegido
por sufragio universal, directo, secreto y obligatorio.
¿Cómo se presentan las candidaturas?
Los candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República solicitan su inscripción en una sola lista
(fórmula presidencial) ante el JNE. La fórmula está integrada por el candidato a la Presidencia y por dos
candidatos a las Vicepresidencias (quienes también pueden integrar la lista de candidatos al Congreso de
la República).
Para esta votación el territorio del Perú se constituye como un solo distrito electoral (distrito único)
El territorio del Perú es considerado como una sola circunscripción. Ello significa que todos los votos se
suman para determinar la fórmula ganadora.
¿Cómo votan los electores?
Cada ciudadano vota por una sola plancha o fórmula presidencial.
¿Quién gana?
Mayoría absoluta
Es elegido el candidato que obtiene más de la mitad de los votos válidos. Los votos nulos y en blanco no se
computan.
¿Si nadie gana?
32. Segunda vuelta
Si ningún candidato obtiene la mayoría absoluta, habrá una segunda elección, dentro de los treinta días
siguientes a la proclamación de los resultados oficiales, entre los candidatos que han obtenido las dos más
altas votaciones.
¿Quién gana en segunda vuelta?
En la segunda elección ganará el candidato que obtenga más votos a su favor.
ELECCIONES PARLAMENTARIAS
Congresistas de la República
Los 130 congresistas son elegidos por sufragio directo, secreto y obligatorio.
Para esta votación se aplica el Distrito Electoral Múltiple
El territorio del Perú se divide en 25 circunscripciones que se denominan distritos electorales, una por
cada departamento y la Provincia Constitucional del Callao. Los electores residentes en el extranjero votan
por los candidatos de Lima.
A cada distrito electoral le corresponde un número de escaños en proporción al número de electores que
tiene.
¿Cómo se presentan las candidaturas?
Cada partido o alianza presenta una lista de candidatos por cada distrito electoral.
Cuota de género:
Cada lista de candidatos al Congreso debe incluir un número no menor del 30% de mujeres u
hombres. En las circunscripciones en que se inscriban listas con tres candidatos, por lo menos uno
debe ser hombre o mujer.
En los distritos electorales a los que le corresponden menos de tres escaños, se presentarán listas de 3
candidatos con el propósito de cumplir la cuota de género.
¿Cómo se vota?
• Cada elector puede votar sólo por una lista de candidatos.
• Voto preferencial: Opcionalmente, los electores pueden votar hasta por dos candidatos de la misma
33. lista colocando el número del candidato de su preferencia, excepto en Madre de Dios, donde sólo hay
un voto preferencial.
¿Cómo se transforman los votos en escaños del Congreso?
Sólo participan en la distribución de escaños los partidos o alianzas cuyos votos en todo el país hayan
obtenido el 5% de la votación o al menos 7 congresistas en más de un distrito electoral.
Entre los que la hayan superado, se aplica el método de la cifra repartidora
Si al aplicar el método:
a. Quedan escaños por definir: Se les asigna a las listas que obtuvieron mayor parte decimal.
b. Si hay empate entre varias listas: Se resuelve por sorteo.
¿Cuándo asumen el cargo?
A más tardar el 27 de julio del año en que se realiza la elección.
ELECCIÓN DE REPRESENTANTES ANTE EL PARLAMENTO ANDINO
Son elegidos por sufragio directo, universal, secreto y obligatorio en número de 15 (5 titulares y 2
suplentes por cada titular).
Para esta votación el territorio del Perú se constituye como distrito único
¿Cómo se presentan las candidaturas?
Los candidatos a representantes ante el Parlamento Andino solicitan su inscripción en una sola lista de 15
candidatos
Cuota de género:
Cada lista de candidatos al Parlamento Andino debe incluir un número no
menor del 30% de mujeres u hombres (5 candidatos).
¿Cómo se vota?
• Cada elector puede votar sólo por una lista de candidatos.
34. lista partidaria.
¿Cómo se transforman los votos en escaños del Parlamento Andino?
Se aplica el método de la cifra repartidora.
Barrera de representación o umbral mínimo inicial
Para acceder al procedimiento de distribución de escaños al Parlamento Andino, se requiere haber
alcanzado al menos el 5% de los votos válidos a nivel nacional.
¿Cuándo asumen el cargo los Parlamentarios Andinos?
El 27 de julio del año en que se realiza la elección
7
DELITOS ELECTORALES
LOS DELITOS
Son los actos u omisiones que afectan la limpieza, libertad y transparencia de un proceso
electoral. Tienen una sanción prevista por ley para el autor del delito. En el Perú, los delitos
electorales y sus penas están enumerados en la Ley Orgánica de Elecciones (artículos 382 a 393) y
en el Código Penal.
Delitos que afectan la campaña electoral y las candidaturas
DELITO PENA
Pena privativa de libertad no menor de 1 ni
• Perturbar o impedir una reunión convocada con mayor de 3 años.
fines electorales. Pena accesoria de inhabilitación para los
funcionarios y empleados públicos.
35. Pena privativa de libertad no mayor de 6 meses.
• Destruir, impedir u obstaculizar la propaganda
Pena de Multa no menor a S/. 300
electoral de un partido o de un candidato.
Pena accesoria de inhabilitación.
• Miembros de las FFAA y de la PNP no pueden
Pena privativa de libertad no menos de 1 mes y
participar en manifestaciones u otros actos
no mayor de 1 año.
públicos vistiendo uniforme.
• Las autoridades políticas, municipales, militares,
policiales, o funcionarios o empleados públicos
no pueden, abusando de su cargo:
Obligar a un elector a apoyar a determinado
Pena privativa de libertad no menor de 2 años ni
partido, lista o candidato.
mayor de 6 años.
Favorecer o perjudicar a determinado
Pena de Multa no menor a S/. 300
partido o candidato.
Pena accesoria de inhabilitación
Descontar, multar u ordenar cambios de
colocación de sus subalternos o particulares
dependientes, para favorecer o perjudicar los
resultados de un candidato.
Delitos que afectan a la administración electoral
DELITO PENA
• Integrar indebidamente un Jurado Electoral Pena privativa de libertad no menor de 6
Especial meses no mayor de 3 años.
• Instigar a suplantar a un miembro del JEE, u Pena privativa de libertad no menor de 6
obligar a ello mediante violencia o soborno. meses no mayor de 3 años.
• Impedir que un ciudadano pueda ser Pena privativa de libertad no menor de 2 años
designado para integrar un JEE. ni mayor de 5 años.
• Abstenerse injustificadamente de integrar un Pena de Multa no menor a S/. 300
JEE. Pena accesoria de inhabilitación
Delitos en relación con el entorno general al día de la elección
DELITO PENA
• Expender bebidas alcohólicas desde 48 horas Pena privativa de libertad no mayor de 6 meses.
antes, hasta 12 horas después del día siguiente Pena de Multa no menor a S/. 300
a la elección. Pena accesoria de inhabilitación.
• Instalar o hacer funcionar locales políticos u Pena privativa de libertad no menor de 3 meses
oficinas de propaganda u organizar o permitir ni mayor de 2 años.
reuniones y manifestaciones políticas dentro de Pena privativa de libertad no menor de 1 año ni
zonas prohibidas o en plazos en que dicha mayor de 3 años, y una pena accesoria de
actividad esté suspendida. inhabilitación para las autoridades políticas.
36. • Propaganda electoral en horas prohibidas, que
atente contra la ley, las buenas costumbres o Pena privativa de libertad no menor de 2 años.
agravie el honor de un candidato o un partido.
Pena privativa de libertad no menor de 1 año ni
• Interrumpir mediante violencia o amenaza el mayor de 3 años.
acto electoral. Pena privativa de libertad no menor de 2 años ni
mayor de 5 años, de pertenecer a un grupo.
• Portar armas de cualquier clase aún con
Pena privativa de libertad no menor de 1 mes no
licencia, desde el día anterior hasta 24 horas
mayor de 1 año.
después de la elección.
Delitos que afectan directamente el desarrollo del acto electoral
Delito Pena
• Recepción del voto de una persona no incluida en Pena privativa de libertad no menor de 6
la lista de electores o rechazo sin causa justa el meses no mayor de 3 años.
voto de un elector, por parte de los miembros de
mesa.
• Votar con DNI ajeno o sin tener derecho de Pena privativa de libertad no menor de 6
sufragio. meses ni mayor de 2 años.
• Despojar injustificadamente a una persona de su Pena privativa de libertad no menor de 1 año
DNI o retenerlo para que no pueda votar. ni mayor de 3 años.
Pena privativa de libertad no menor de 1 año
ni mayor de 4 años, más pena accesoria de
inhabilitación para los funcionarios,
empleados públicos y miembros de las FFAA.
• Tratar de conocer el voto de un elector u obligarlo Pena privativa de libertad no menor de 1 mes
a votar por determinado candidato. no mayor de 1 año.
• Obstruir el desarrollo de los actos electorales o Pena privativa de libertad no menor de 1 mes
provocar desórdenes contra éstos. no mayor de 1 año.
• El presidente de mesa que no entrega las ánforas o Pena privativa de libertad no menor de 1 año
las actas electorales. ni mayor de 3 años.
Pena accesoria de inhabilitación.
• Violar los sellos, envolturas o cerraduras de las Pena privativa de libertad no menor de 6
ánforas utilizadas para el acto electoral. meses y no mayor de 3 años.
• Violar o suplantar comunicaciones oficiales Pena accesoria de inhabilitación para los
37. expedidas por los órganos del Sistema Electoral. funcionarios o empleados públicos.
• Sustituir votos impugnados.
• Detener o demorar los servicios de correos, Pena privativa de libertad no menor de 6
telégrafos o mensajeros que transporten o meses no mayor de 3 años.
conduzcan ánforas, elementos o comunicaciones
oficiales referentes a un proceso electoral.
LAS FALTAS E IRREGULARIDADES
Son otro tipo de infracciones que pueden afectar la limpieza y la transparencia de las elecciones
así como el ejercicio libre y auténtico del voto, a pesar que no tienen necesariamente una pena
prevista en la ley.
Irregularidades en la instalación de la mesa de sufragio:
o Interferir en las decisiones de los miembros de mesa
o No instalar una mesa de sufragio (multas para los titulares u suplentes de la mesa)
o La presencia de miembros de las FFAA o PNP entre los miembros de mesa
Irregularidades con los personeros:
o Impedimento o dificultad al trabajo de los personeros
o Obstrucción de la labor de los miembros de mesa por los personeros
o Presencia de varios personeros de la misma organización política en una sola mesa de
sufragio
Irregularidades con el material electoral:
o El uso o la comercialización del material electoral antes del fin del proceso electoral.
o La manipulación del material electoral por parte de otra persona que no sean los
miembros de mesa.
o La ausencia de los carteles de candidatos en los locales de votación y dentro de las
cámaras secretas
Irregularidades durante la votación
o El voto de más de 20 miembros de las FFAA o PNP en un mismo grupo de votación
o No respetar el secreto del voto
o Ausencia de facilidades para las personas con discapacidad
Participación indebida de autoridades o funcionarios públicos
Hostigamiento a observadores
Irregularidades durante el Escrutinio:
o Impedir a un ciudadano estar presente durante el escrutinio
o Interrumpir el escrutinio
38. o Alterar los resultados
o Negar a los personeros y observadores la posibilidad de acompañar el traslado de las actas
que realiza el coordinador electoral de la ONPE.
8
NULIDAD DE LAS ELECCIONES
Es la declaración de invalidez de las elecciones
¿Ante quién se solicita? Ante el JNE
¿Quién puede solicitarla? Los personeros legales de los partidos políticos
¿Cómo? A través de recursos de nulidad
¿Cuándo? Dentro de los tres días siguientes a la
proclamación de resultados
En caso de declararse la nulidad total en un plazo no mayor de 90 días, se realizará nuevas elecciones.
39. De una mesa de sufragio
a. Cuando injustificadamente, la mesa se instala en un lugar distinto al señalado.
Clases de nulidad
b. Cuando se impide el libre ejercicio del derecho de sufragio.
c. Cuando, injustificadamente, la mesa se instala después de las 12:00 horas.
d. Cuando, injustificadamente, la mesa se instala en condiciones diferentes de las
establecidas por la Ley Orgánica de Elecciones.
e. Cuando exista fraude, cohecho, soborno, intimidación o violencia para inclinar la
votación a favor de una lista de candidatos o candidato.
f. Cuando los miembros de mesa hayan ejercido violencia o intimidación sobre los
electores para inclinar la votación a favor de una lista de candidatos o candidato.
g. Cuando se compruebe que la admisión de votos de ciudadanos que no figuraban
en la lista de electores o el rechazo de votos de ciudadanos que no figuraban en ella
sea en número suficiente como para variar los resultados de la elección.
De una parte
del país
Cuando los votos nulos o en blanco, sumados o separadamente, superen las dos
terceras partes (2/3) del número de votos emitidos.
De todo el país
a. Cuando los votos nulos o en blanco, sumados o separadamente, superen los 2/3
del número de votos emitidos.
b. Cuando se anulen los procesos electorales de una o más circunscripciones
electorales que, en conjunto, representen el tercio de la votación nacional válida.