4. • Toda persona que dentro de su contexto familiar sea
víctima de daño físico, psíquico, o daño a su integridad
sexual, amenaza, agravio, ofensa o cualquier otra forma
de agresión por parte de otro miembro del grupo
familiar.
• Podrá pedir, sin perjuicio de las denuncias penales a que
hubiere lugar, al comisario de familia del lugar donde
ocurrieren los hechos
• Una medida de protección inmediata que ponga fin a la
violencia, maltrato o agresión o evite que esta se realice
cuando fuere inminente.
Artículo 4 de la Ley 294 de 1996, modificado por la Ley 575 de
2000 art. 1, modificado por el art. 16 de la ley 1257 de 2008 :
5. Es toda agresión física, psíquica o daño a la
integridad sexual, amenaza, agravio, ofensa o
cualquier otra forma de agresión por parte de
un miembro del grupo familiar hacia otro
miembro de este.
¿QUÉ ES LA
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR?
8. “La familia se constituye por
vínculos naturales o jurídicos,
por la decisión libre de un
hombre y una mujer de
contraer matrimonio o por la
voluntad responsable de
conformarla”
¿QUIÉNES HACEN PARTE DE LA FAMILIA PARA EFECTOS DE LA
VIF?
MATRIMONIO
UNIÓN MARITAL DE HECHO
9. Para efectos de la presente ley, integran la familia:
• Los cónyuges y compañeros permanentes.
• El padre y la madre de familia, aunque no convivan en un
mismo hogar.
• Los ascendientes o descendientes de los anteriores y los hijos
adoptivos (Padres, hijos, abuelos, nietos)
• Todas las demás personas que de manera permanente se
hallaren integrados a la unidad doméstica.”
¿QUIÉNES HACEN PARTE DE LA FAMILIA PARA EFECTOS DE LA
VIF?
10. Para efectos de la presente ley, integran la familia:
¿QUIÉNES HACEN PARTE DE LA FAMILIA PARA EFECTOS DE LA
VIF?
Los cónyuges compañeros permanentes
homosexualesheterosexuales
padres
nietosabueloshijos
Todas las demás
personas que de manera
permanente integrados a
la unidad doméstica
12. Se considera que hay violencia física cuando el
agresor:
VIOLENCIA FÍSICA
inmovilizar
empujar
pellizcar patear
abofetear
Pegar un puño
13. Se considera que hay violencia física cuando el
agresor:
VIOLENCIA FÍSICA
Uso de arma de fuego fracturar
Uso de arma de blanca
Objetos caseros como armas
14. La violencia psíquica en ocasiones acompaña o
precede a la violencia física; se usa como medio
de control o de intimidación, produce grave
malestar, disminuye la autoestima, aterroriza y
llena de temor para actuar y tomar decisiones
VIOLENCIA PSICOLÓGICA
16. EJEMPLOS DE VIOLENCIA PSICOLÓGICA
Atribución de culpas
Decirle
Se cuentan las aventuras para
ofender
fea
gorda
flaca
17. • Rechazo a la presencia o comportamientos del
niño.
• Falta de estímulos afectivos o intelectuales.
• Utilización del niño para encubrir problemas
de la pareja o para chantajear a otra persona.
VIOLENCIA PSICOLÓGICA
18. • Cualquier acción u omisión orientada al abuso económico,
al control del dinero o aquellas recompensas o castigos
contra mujeres u hombres por razón de su condición de
género, social económica o política.
VIOLENCIA ECONÓMICA
19. • Con respecto a los niños, niñas y adolescentes se
da cuando un adulto los obliga a vender drogas, a
ejercer la mendicidad o a trabajar en condiciones
que ponen en peligro su salud física, mental o
emocional.
VIOLENCIA ECONÓMICA
21. Artículo 42:
Derechos y deberes en la
institución familiar:
“…Las relaciones familiares se basan
en la igualdad de derechos y
deberes de la pareja y en el
respeto recíproco entre todos sus
integrantes…
Cualquier forma de violencia en la
familia se considera destructiva
de su armonía y unidad, y será
sancionada conforme a la ley.”
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA
22. Artículo 44: Protección de la niñez:
“Son derechos fundamentales de
los niños:...”
“…Serán protegidos contra toda forma de
abandono, violencia física o moral, secuestro,
venta, abuso sexual, explotación laboral o
económica y trabajos riesgosos…”
“…La familia, la sociedad y el Estado tienen la
obligación de asistir y proteger al niño para
garantizar su desarrollo armónico e integral y
el ejercicio pleno de sus derechos.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA
23. Modificado por el art. 1 de la ley 882 de 2004:
El que maltrate física o psicológicamente a cualquier miembro
de su núcleo familiar, incurrirá siempre que la conducta no
constituya otro delito sancionado con pena mayor en prisión
de cuatro (4) a ocho (8) años.
La pena se aumentará de la mitad a las tres cuartas partes
cuando la conducta recaiga sobre un menor, una mujer, una
persona mayor de sesenta y cinco (65) años o que se encuentre
en incapacidad o disminución física, sensorial y psicológica o
quien se encuentre en estado de indefensión.
CÓDIGO PENAL, ART. 229
24. …y en los casos de que una víctima de violencia
intrafamiliar también lo sea de violencia de un
delito contra la libertad, integridad y formación
sexuales, y su agresor sea un miembro del
grupo familiar, el tipo penal de violencia
intrafamiliar es subsidiario y es subsumido por
aquel que afecte libertad e integridad sexual.
EL ABUSO SEXUAL y LA VIOLENCIA
INTRAFAMILIAR COMO DELITOS
25. • La violencia intrafamiliar ya no es querellable,
es decir, puede presentar la denuncia
cualquier persona, no necesariamente la
víctima.
• La violencia intrafamiliar ya no es desistible
• La violencia intrafamiliar ya no es conciliable.
LEY 1542 DE 2012
26. ¿ QUÉ AUTORIDADES ADELANTAN EL PROCESO POR
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR?
Proceso Penal
(Investiga al Agresor)
Proceso Administrativo
(Protección a Víctima)
1. Fiscalía General de la
Nación (URI de
Copacabana o de Caribe si
el agresor es mayor de
edad)
2. CESPA (Cerca a la estación
Floresta si el agresor tiene
entre 14 y 18 años)
1. Comisaría de Familia
(Tanto de adultos, como
de NNA)
2. Inspector de Policía de
permanencia (en horarios
nocturnos y fines de
semana: 24 horas)
27. DIFERENCIAS ENTRE DEFENSOR DE FAMILIA Y
COMISARIO DE FAMILIA
Comisaria de Familia Defensoría de Familia
Depende de las administraciones
municipales.
Deben prevenir, garantizar,
restablecer y reparar los derechos
de:
Los niños, niñas, adolescentes y
demás miembros de la familia, en las
circunstancias de maltrato infantil,
amenaza o vulneración de derechos
Suscitadas en el contexto de la
violencia intrafamiliar
Hacen parte del ICBF.
Se encargarán de prevenir,
garantizar y restablecer los
derechos de:
Los niños, niñas y adolescentes en
las circunstancias de maltrato,
amenaza o vulneración de derechos
Diferentes de los suscitados en el
contexto de la violencia
intrafamiliar
28. a) Ordenar al agresor el desalojo
b) Ordenar al agresor abstenerse de penetrar en cualquier lugar donde se
encuentre la víctima,
c) Prohibir al agresor esconder o trasladar de la residencia a los niños, niñas y
personas discapacitadas
d) Obligación de acudir a un tratamiento reeducativo y terapéutico en una
institución pública o privada
e) Ordenará al agresor el pago de los gastos de orientación y asesoría jurídica,
médica, psicológica y psíquica que requiera la víctima;
f) Protección temporal especial de la víctima por parte de las autoridades de
policía, tanto en su domicilio como en su lugar de trabajo si lo tuviere;
Medidas de protección en casos de
violencia intrafamiliar.
31. Es todo acto o comportamiento de tipo sexual
ejercido sobre una persona adulta o menor de 18
años, hombre o mujer, utilizando la fuerza o
cualquier forma de coacción física, psicológica o
emocional, o mediante el aprovechamiento de las
condiciones de indefensión, de desigualdad y
poder entre la víctima y el agresor.
VIOLENCIA SEXUAL
32. 1. Actos sexuales: Se presenta cuando el agresor toca a la víctima, en
cualquier parte de su cuerpo para realizar prácticas sexuales. Hacen parte de
esta las caricias, tocamientos, manoseos, etc.
2. Acceso carnal violento: Es la penetración del pene o cualquier otro objeto
en cualquier cavidad del cuerpo de la víctima, puede darse contra cualquier
persona adulta o menor utilizando la violencia
3. Acceso carnal abusivo: Es la penetración del pene o cualquier otro objeto
en cualquier cavidad del cuerpo de la víctima, se da cuando la víctima es
menor de 14 años o está en incapacidad de resistir, aunque la víctima
consienta el acceso carnal.
Violencia sexual con contacto
33. El agresor no tiene contacto físico con el cuerpo de la
victima, pero su comportamiento repercute
psicológicamente en la estabilidad emocional del agredido. El
abusador lo acosa con el tema sexual de diferentes maneras:
• Le exhibe su cuerpo
• Se masturba en su presencia
• Produce material pornográfico con la victima.
• Le muestra material pornográfico
• Espía a la victima cuando se viste o se baña
• Le dirige repetidos comentarios sexualmente explícitos
• Hace llamadas telefónicas obscenas a la victima.
Abuso sexual sin contacto
34. Los niños, niñas y adolescentes son manipulados mediante engaños y
obligados por la fuerza a prestar su cuerpo para satisfacer deseos
sexuales de otras personas, con o sin remuneración por ello.
• En Colombia, esta comprende:
• Prostitución (explotación infantil con fines comerciales)
• Pornografía infantil
• Turismo sexual
• Trata de personas
• Venta y tráfico de niños y niñas
EXPLOTACIÓN SEXUAL Y
ABUSO INFANTIL
35. ¿ QUÉ AUTORIDADES ADELANTAN EL PROCESO POR
VIOLENCIA SEXUAL?
Proceso Penal (Agresor) Proceso Administrativo (Victima)
1. Fiscalía General de la Nación
(URI de Copacabana o de
Caribe si el agresor es mayor
de edad)
2. CESPA (Cerca a la estación
Floresta si el agresor tiene
entre 14 y 18 años)
3. Instituto Colombiano de
Bienestar Familiar (Si el
agresor es menor de 14 años
PARD y no es VIF)
1. Comisaría de Familia (Si la
violencia sexual es al interior del
medio familiar o por una persona
que haga parte de la familia, la
víctima puede ser adulto o NNA)
2. Defensor de Familia ICBF (Si la
violencia sexual es por fuera del
medio familiar y la víctima es
menor de 18 años)
3. Inspector de Policía de
permanencia (en horarios
nocturnos y fines de semana: 24
horas)