República bolivariana de venezuela......p.l milagros parra
1. República Bolivariana de Venezuela
Universidad Fermín Toro
Decanato de ciencias jurídicas
Extensión-Lara
El Poder Legislativo
Ensayo
Nombre: Milagros Parra
C.I: 25.136.392
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2. Esquema
En el primer párrafo …….. Explica que es el poder legislativo
Segundo párrafo………… explica que son leyes orgánicas
Tercer párrafo……….. Explica importancia de las leyes orgánicas
.Cuarto párrafo……….. Explica que son leyes habilitantes
Quinto párrafo………. Explica proceso de la creación
Sexto párrafo……….. Explica los efectos de las leyes habilitantes
Séptimo párrafo………. Explica la reserva legal
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3. Antes de hablar sobre el poder legislativo hay que tomar en cuenta que su origen
Proviene de la división de poderes en el país, el poder legislativo es dirigido por una
Cámara unida a la Asamblea Nacional de Venezuela, encargada de la formación, discusión
Y Sanción de las leyes federales, las que rigen en el Distrito Capital, las Dependencias y los
Territorios Federales este se compone por 165 diputados que sirven por cinco años y
Pueden ser reelegidos Actualmente el Poder Legislativo en Venezuela se encuentra
Concentrado en una sola cámara, pues el Senado que era una institución tradicional desde
La primera Constitución de 1.811 fue abolido, puesto que para los constituyentitas el
Senado no tenía justificación propia, el Poder Legislativo como todo órgano integrante del
Estado tiene una serie de atribuciones, 24 facultades, sin perjuicio de que se puedan agregar
Otras que señalen la Constitución o la Ley, que se encuentran en el Titulo V, Referido al
Poder Legislativo Nacional, artículo 187 de la Constitución.
Así mismo a esto le sumamos las leyes orgánicas que se caracterizan principalmente por
Ser Necesarias, desde el punto de vista constitucional, para regular algún aspecto de la vida
Social. Es importante señalar que tienen una competencia diferente a las leyes ordinarias y
Presentan algunos requisitos extraordinarios, tales como la mayoría absoluta a la hora de su
Aprobación estas leyes las aprueba la asamblea nacional por medio de votos entre sus
Diputados y diputadas y principalmente estudiadas
Además la importancia de la Ley Orgánica radica en su jerarquía y la materia regulada.
Primero por su jerarquía, lo que implica la imposibilidad de estar modificándola tan
Seguido porque en la Pirámide de Kelsen las leyes orgánicas se sitúan inmediatas a la
Constitución en un rango superior a las leyes ordinarias, por lo cual sus disposiciones sólo,
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4. Podrán ser derogadas por una ley del mismo rango orgánico o superior
Nunca por uno inferior; para que pueda derogarse mediante ley orgánica sancionada por la
Asamblea nacional es necesario la aprobación de la de la misma, por el voto favorable de
Las Dos terceras partes de la Asamblea, es lo que se conoce como mayoría calificada
(Art.203 Primera parte CRBV) y segundo por la materia regulada
Cabe destacar que las leyes habilitante es una herramienta jurídica de rango constitucional
que faculta al Ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela a dictar
Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley sobre las materias que estime pertinentes de
Acuerdo a las necesidades o emergencia del país, es una Ley sancionada por la Asamblea
Nacional, en las condiciones establecidas por la constitución de la República Bolivariana
De Venezuela de 1999, por lo que debe cumplir con los procesos formales inherentes a la
Elaboración de una Ley, según reza el artículo 203 de nuestra Carta Magna.
“Son leyes habilitantes las sancionadas por la Asamblea Nacional por las tres quintas partes
De sus integrantes, a fin de establecer las directrices, propósitos y marco de las materias
Que se delegan al Presidente o Presidenta de la República con rango y valor de ley. Las
Leyes habilitantes deben fijar plazo para su ejercicio”.
Garay Juan.2010.
A esto es importante agregar el proceso de la creación de estas leyes que se menciona en la
Constitución, primero Presentación del Proyecto de Ley por parte del Presidente de la
República en este caso la iniciativa de las leyes habilitantes corresponde al Poder
Ejecutivo,
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5. Nacional (artículo 204 CRBV), segundo el Procedimiento Legislativo en la Asamblea
Nacional Corresponde a la junta directiva determinar si el proyecto que se presenta cumple
O no con los requisitos exigidos para la presentación de los proyectos de ley, tercero
Primera Discusión en la Plenaria de la Asamblea Nacional De acuerdo con la Constitución
De la República Bolivariana de Venezuela en la primera discusión debe considerarse la
Exposición de motivos, y se estudiarán los objetivos, alcance y viabilidad del proyecto de
Ley. Durante esta primera discusión se discute en forma general el articulado del
Proyecto de ley a fin de determinar su pertinencia, cuarto Segunda Discusión en la Plenaria
De la Asamblea Nacional si. Una vez recibido el informe de la comisión correspondiente, la
Junta Directiva ordenará su distribución entre los asambleístas y fijará, dentro de los diez
Días hábiles siguientes, la segunda discusión del proyecto, salvo que por razones de
Urgencia, la Asamblea decida un lapso menor. Quinto Sanción y Promulgación de la Ley
Habilitante Sancionada la ley por la Asamblea Nacional, la misma es enviada al Ejecutivo
Nacional para su promulgación y publicación. Mediante el acto de publicación la ley entra
En vigencia. La Ley quedará promulgada al publicarse con el correspondiente “Cúmplase”
En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela (artículo 215 CRBV).
Se puede señalar que sus efectos son que Disminuye los tiempos de aprobación de las
Leyes, Simplifica los trámites administrativos, Agiliza todas las medidas necesarias para
Dar respuesta a la emergencia, Puede crear procedimientos administrativos extraordinarios,
Da respuesta oportuna y eficaz a los afectados, en materias prioritarias, como vivienda,
Agricultura, alimentación, infraestructura, área económica.
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6. Mientras que a reserva legal puede ser comprendida a partir de una definición en sentido
Negativo: “la figura de la reserva legal viene dada por la consagración a nivel
Constitucional de determinadas materias que, debido a la importancia jurídica y política
que
Tienen asignadas, sólo pueden ser reguladas mediante ley, desde el punto de vista formal, y
Ello excluye la posibilidad de que tales materias sean desarrolladas mediante reglamentos o
Cualquier otro instrumento normativo que no goce de dicho rango legal”
(SC-TSJ 21/11/2001 Exp: 00-1455.
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