1. Software libre: <br />Dentro de este tema se encuentra el decreto 1014 el cual fue presentado el 10 de abril de 2008 por el presidente Constitucional de la República de Ecuador Rafael Correa Delgado y dice lo siguiente: Articulo 1: Establecer como política pública para las Entidades de la Administración Pública Central la utilización de Software Libre en sus sistemas y equipamientos informáticos. Artículo 2: Se entiende por Software Libre a los programas de computación que se pueden utilizar y distribuir sin restricción alguna, que permite el acceso a sus códigos fuentes y que sus aplicaciones pueden ser mejoradas. Artículo 3: Las Entidades de la Administración Pública Central previa a la instalación del software libre en sus equipos, deberán verificar la existencia de la capacidad técnica que brinde el soporte necesario para el uso de este tipo de software. Articulo 4: Se faculta la utilización de software propietario (software no libre) únicamente cuando no exista una solución de Software Libre que supla las necesidades requeridas, o cuando este en riesgo la seguridad nacional, o cuando el proyecto informático se encuentre en un punto de no retorno. Artículo 5: Tanto para software libre como software propietario, siempre y cuando se satisfagan los requerimientos. Artículo 6: La subsecretaría de Informática como órgano regulador y ejecutor de las políticas y proyectos informáticos en las entidades de Gobierno Central deberá realizar el control y seguimiento de este Decreto. Articulo 7: Encargue de la ejecución de este decreto los señores Ministros Coordinadores y el señor Secretario General de la Administración Pública y Comunicación. * Considerando que el interés del Gobierno es alcanzar la soberanía y autonomía tecnológica, así como un significativo ahorro de recursos públicos y que el Software Libre es en muchas instancias un instrumento para alcanzar estos objetivos.<br />Ventajas de la utilización de software libre:<br />Las licencias de software libre existentes permiten la instalación del software tantas veces y en tantas máquinas como el usuario desee.<br />El acceso al código fuente permite el desarrollo de nuevos productos sin la necesidad de desarrollar todo el proceso partiendo de cero. El secretismo tecnológico es uno de los grandes frenos y desequilibrios existentes para el desarrollo en el modelo de propiedad intelectual.<br />El acceso al código fuente permite que tanto hackers como empresas de seguridad de todo el mundo puedan auditar los programas, por lo que la existencia de puertas traseras es ilógica ya que se pondría en evidencia y contraviene el interés de la comunidad que es la que lo genera.<br />Actualmente la mayoría de distribuciones de Linux incorporan alguno de los sistemas que unifican el método de instalación de programas, librerías, etc. por parte de los usuarios. Esto llega a simplificar hasta el grado de marcar o desmarcar una casilla para la gestión del software, y permiten el acceso a las miles de aplicaciones existentes de forma segura y gratuita a la par que evitan tener que recurrir a páginas web de dudosa ética desde las que los usuarios instalan sin saberlo spyware o virus informáticos en sus sistemas. Este sistema de acceso y gestión del software se hace prácticamente utópico si se extrapola al mercado propietario.<br />Desventajas del Software Libre<br /> Algunas aplicaciones (bajo Linux) pueden llegar a ser algo complicadas de instalar.<br />Inexistencia de garantía por parte del autor, por ello existen comunidades, que ayudan y aportan tanto en código como en soluciones.<br />Poca estabilidad y flexibilidad en el campo de multimedia y juegos.<br />Menor compatibilidad con el hardware.(se está trabajando en ello)<br />Dificultad en el intercambio de archivos: esto se da mayormente en los documentos de texto (generalmente creados con Microsoft Word), ya que si los queremos abrir con un Software Libre (p/ ej. Open Office o LaTeX) los formatos se dañan cuando se utiliza tablas por lo demas funciona perfectamente. <br />