1. MARCO REFENECIAL
Grupo Nº 8
Diana Milena Jiménez
Rosa Milena Ospina
Lorena Barriga
Laura Alejandra Pérez
Germán Rodrigo Romero
2. MARCO TEORICO
Un juego de casino se define como una actividad en la que uno puede
apostar por diferentes opciones así como resultados. Es interesante saber
que el juego más antiguo fue la apuesta de caballos en 1450 a.c. donde
se apostaban objetos de valor, el juego siempre estuvo presente en la
vida del hombre. Los egipcios competían en salto y juegos con pelota. En
el circo romano muchas personas también apostaban a caballos. En la
época medieval, había justas y torneos de arco y flechas, apostando
hasta el destino de las ciudades y los reinados. El primer registró que se
tiene de las apuestas es en el 2300 a.C. con los chinos y pudiera ser que
desde ese momento las apuestas crecieron en todas las sociedades sin
importar riqueza o pobreza. En 1200 d.C. el rey Olaf de Noruega y el rey
Olaf de Suecia tenían que tomar una importante decisión se tenía que
decidir quién iba hacer el propietario de la tierra desolada de Hissing y
para esto dejaron que el azar decidiera y con un par de dados se llego a
un acuerdo. Desde la antigua Grecia, Roma, La Francia de Napoleón y la
Inglaterra de la reina Isabel hay historias de apuestas de hecho lo
tomaban como algo tan importante que hasta decretaron que los niños se
les enseñara a apostar.
3. Incluso un emperador Romano diseño su carruaje para poder
jugar juegos de azar de la manera más cómoda posible y
mientras cumplía con sus obligaciones políticas. Napoleón por su
parte disfrutaba largas competencias de Black-Jack actualmente
llamado póker. Pero el crédito del uso juegos de cartas se le debe
a los franceses en 1387 quienes poco a poco fueron
perfeccionando las reglas del juego. En América, indios de la
costa noreste reservaban ciertos días para hacer apuestas, los
indios iroqués jugaban otro juego de apuestas al que le llamaban
"hubbub". De hecho el primer mazo de cartas se dice que fue
hecho por personas del occidente según se dice por las personas
que viajaron con Colon afínales del siglo XV. En 1566 en
Inglaterra iniciaron las loterías aprobadas por los colonos y las
ganancias fueron utilizadas para mantener la nueva colonia. La
historia de los juegos se dice que está repleta de beneficios, pero
sin lugar a dudas está repleta de vicios. Desde la antigüedad se
creó un vicio del juego porque la gente solo quería ganar y ganar
y si perdían querían volver a obtener lo perdido. Hoy en día
muchos de los juegos de azar son la evolución de aquellos juegos
como las apuestas de caballos, juegos de cartas entre otros, que
dejaron los antepasados. En todo el tiempo transcurrido hasta el
día de hoy, muchos juegos se han transformado
4. LEY 643 DE 2001 por la cual se fija
el régimen propio del monopolio
MARCO LEGAL rentístico de juegos de suerte y azar
ARTÍCULO 1°. Definición. El
monopolio de que trata la presente ley
se define como la facultad exclusiva
del Estado para
explotar, organizar, administrar, operar
, controlar, fiscalizar, regular y vigilar
todas las modalidades de juegos de
suerte y azar, y para establecer las
condiciones en las cuales los
particulares pueden
operarlos, facultad que siempre se
debe ejercer como actividad que debe
respetar el interés público y social y
con fines de arbitrio rentístico a favor
de los servicios de salud, incluidos sus
costos prestacionales y la
investigación.
5. ARTÍCULO 5°. Definición de juegos de suerte y azar. Para
los efectos de la presente ley, son de suerte y azar aquellos
juegos en los cuales, según reglas predeterminadas por la
ley y el reglamento, una persona, que actúa en calidad de
jugador, realiza una apuesta o paga por el derecho a
participar, a otra persona que actúa en calidad de
operador, que le ofrece a cambio un premio, en dinero o en
especie, el cual ganará si acierta, dados los resultados del
juego, no siendo este previsible con certeza, por estar
determinado por la suerte, el azar o la casualidad.
Son de suerte y azar aquellos juegos en los cuales se
participa sin pagar directamente por hacerlo, y que ofrecen
como premio un bien o servicio, el cual obtendrá si se
acierta o si se da la condición requerida para ganar.
ARTÍCULO 32. Juegos localizados. Son modalidades de
juegos de suerte y azar que operan con equipos o
elementos de juegos, en establecimientos de comercio, a
los cuales asisten los jugadores como condición necesaria
para poder apostar, tales como los bingos, video bingos,
esferódromos, máquinas tragamonedas, y los operados en
casinos y similares. Son locales de juegos aquellos
establecimientos en donde se combinan la operación de
distintos tipos de juegos de los considerados por esta ley
como localizados o aquellos establecimientos en donde se
combina la operación de juegos localizados con otras
actividades comerciales o de servicios.
6. DECRETO: 414 DEL 03 DE NOVIEMBRE DEL 2011 “por la
cual se crea la empresa industrial y comercial de estado
administradora del monopolio rentístico de los juegos de
suerte y azar – coljuegos
DECRETA:
CAPITULO I: Objetivos y Funciones.
Artículo 1. Creación. Créase la Empresa Industrial y
Comercial del Estado Administradora del Monopolio
Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar, denominada
COLJUEGOS, como una Empresa descentralizada del
orden nacional, vinculada al Ministerio de Hacienda y
Crédito Público, con personería jurídica, autonomía
administrativa y patrimonio independiente.
Artículo 2. Objeto. La Empresa Industrial y Comercial del
Estado. COLJUEGOS, tendrá como objeto la explotación,
administración, operación y expedición de reglamentos de
los juegos que hagan parte del monopolio rentístico sobre
los juegos de suerte y azar que por disposición legal no
sean atribuidos a otra entidad. Su domicilio será la ciudad
de Bogotá D.C.
7. MARCO GEOGRÁFICO
TEMPERATURA: MÍNIMA 18.8 grados centígrados
MEDIA 27 grados centígrados
ALTA 33.3 grados centígrados
8. TOPOGRAFÍA:
Presenta una división típica dividida en cuatro zonas:
LA PARTE ALTA: que abarca las estribaciones de la Cordillera Oriental en
los límites con el Departamento de Cundinamarca y el Municipio de El
Calvario, en donde hallamos los caseríos de
Contadero, Buenavista, Servitá, Palmichal, Pipiral, Choapal y Susumuco.
LA PARTE PLANA O SABANA: en los límites con los Municipios de
Acacías, Puerto López y San Carlos de Guaroa.
LA PARTE URBANA: encerrada por un vasto triángulo cuya base al oeste la
forma la orla o falda de la Cordillera; los lados están conformados así: al
sur, caño Maizaro y al norte río Guatiquia, los que siguen su curso al
unirse al este. Su estructura geológica es bastante fracturada y se
conforma con materiales poco estables.
LA ZONA MEDIA O PIEDEMONTE: se extiende en los caseríos de Mesetas
y Vanguardia prolongándose hasta confundirse con la segunda Zona, o
sea la sabana. La importancia del lugar radica en la riqueza de sus
tierras, y en su ubicación por ser sitio estratégico de paso entre Bogotá y
San Martín.
9. BARRIOS DE LA COMUNA CINCO
DE VILLAVICENCIO
BOSQUES DE
ACAPULCO ALMENDROS ARANJUEZ ARIGUANY AY MI LLANURA BELLO HORIZONTE BOCHICA BUENOS AIRES
VISCAYA
CERRO CAMPESTRE CIUDADELA SAN
LAS CAMELIAS CANAGUAY CANTARRANA CAROLINA CATALUÑA CATATUMBO CAVIVIR
ALTO ANTONIO
CONQUISTA DANUBIO DOÑA LUZ DOS MIL EL ESTERO FIKUS GAVIOTAS HACARITAMA KIRPAS
MARCO ANTONIO MULTIFAMILIARES
MACINAYMA LOS MARACOS MENEGUA NUEVA ESPERANZA NUEVA FLORESTA PACANTE POPULAR
PINILLA CANTARRANA
OLIMPICO PORTAL DEL MOLINO PRIMAVERA PRIMERO DE MAYO REMANSO RINCON DE LA MARIA RODEO SABANA SAN CARLOS
SAN IGNACIO SANTA CECILIA SECTOR TERMINAL SINDAMANOY EL SOCIEGO VILLA ALEJANDRA VALLES DE ARAGON VILLA ENCANTO VILLA JOHANA
VILLAS DEL CNJUNTO LOS
VILLA MELIDA VILLA NIEVES VILLA ORIENTE VILLA ORTIZ VILLA SAMPER VISCAYA VILLA HELENA
ALCARAVAN FLAMINGOS
TRIUNFADORES DEL
OCOA
CONJUNTO NUEVA PARQUES DE VILLA DEL MAR
CUERERA
ESPERANZA CANAGUAY