Con la nueva Ley 1429 de 2010, en la elaboración y entrada en vigencia del Reglamento Interno de Trabajo ya no interviene previamente el Inspector de Trabajo, sólo participará de manera subsidiaria en casos muy especiales y de manera posterior. Trámite que ahora se debe seguir en su elaboración. Contenido: * Participación previa del Inspector en el procedimiento anterior * Nuevo procedimiento de elaboración y entrada en vigencia del Reglamento sin intervención del Inspector. * Caso particular donde participará el Inspector de manera posterior. * Publicación, notificación y vigencia inmediata. * Ver más Conferencias en http://www.actualicese.com/conferencias/ * * * Visita http://www.actualicese.com , información contable y tributaria al día. * *