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PROPUESTA PARA EL SISTEMA DE
EVALUACION INSTITUCIONAL DE
ESTUDIANTES
SIEE
Fundamento Decreto 1290 16 Abril 2009 MEN
Año 2016
INDICE
PRESENTACION
PROPOSITOS
CAPITULO I
De la definición del sistema institucional de evaluación de los estudiantes.
Articulo 1. Definición de Evaluación
Articulo 2. Fundamentos
Articulo 3. Escala de valores
CAPITULO II
De la responsabilidad de la institución y estudiantes
Articulo 4. Responsabilidades del establecimiento educativo.
Articulo 5. Garantía
Articulo 6. Responsabilidad del estudiante
Artículo 7. Criterio de Evaluación
Parágrafo 1. Criterio de Evaluación para niños o niñas con
Discapacidad
Articulo 8. Porcentaje de valoraciones a las asignaturas por áreas
CAPITULO III
De la responsabilidad y derecho de los padres
Articulo 9. Responsabilidad de los Padres
Articulo 10. Incumplimiento
Articulo 11. Los derechos de los padres de familia
CAPITULO IV
De la responsabilidad del consejo académico, docentes y comisión de
evaluación
Articulo 12. El consejo académico
Articulo 13. Responsabilidad del Consejo Académico
Articulo 14. Responsabilidad de los docentes
Articulo 15. Responsabilidad de la comisión de evaluación y promoción.
CAPITULO V
De la aprobación, aplazamiento y reprobación del año escolar
Articulo 16. Definición
Articulo 17. Aprobación del año escolar
Articulo 18. Aplazamiento
Articulo 19. Reprobación
Articulo 20. Procedimiento de seguimiento a estudiantes que no alcanzaron
logros o reprobaron
Articulo 21. Reprobación por inasistencia
CAPITULO VI
De la entrega de informes y correctivos
Articulo 22. Informes
Articulo 23. Correctivos.
CAPITULO VII
De los derechos de los estudiantes y apoyo
Articulo 24 Derechos
Articulo 25. Apoyo
CAPITULO VIII
De la promoción regular y anticipada
Articulo 26. Promoción regular
Articulo 27. Promoción anticipada
CAPITULO IX
De la Graduación y constancia de desempeño
Articulo 28. Graduación
Articulo 29. Constancia de desempeño
Articulo 30. Certificación a graduandos
Articulo 31. Libro de evidencia de desempeño
CAPITULO X
Evaluación General
Artículo 32. Evaluación de otros componentes
CAPITULO XI
De Las Novedades
Artículo 33. Abierto
PRESENTACION
Los procesos evaluativos en Colombia se han ceñido a parámetros internacionales
por aquello de que somos un país dependiente, sin embargo nuestros dirigentes
se preocupan cada día por hacer de nuestra educación la mejor; con resultados
altamente calificados y que se evidencia en la calidad de vida de las comunidades
que atienden el llamado a la escuela para superarse, al igual en aquellos que
permiten al ingreso de la comunidad a los programas que se crean para tal fin.
Venimos de una evaluación por objetivos, por procesos, logros, competencia y
llegamos a una valoración de desempeño que al día de hoy iniciamos este reto a
partir del año 2010, hago la siguiente connotación y es que ¿si evaluamos
cualitativamente estamos haciéndolo por competente? O al igual que
competitivamente lo haríamos de manera acumulativa pero siempre lo que
buscamos es saber que capacidad competente y que conocimientos han
adquirido nuestros estudiantes.
Nuestro sistema de evaluación institucional dirigido a los estudiantes bajo los
parámetros del 1290, decreto ampliamente estudiado antes de su aprobación.
Queda claramente establecido, como a continuación presentamos con las
directrices de cómo valoraremos a nuestros estudiantes.
PROPOSITOS
El sistema de evaluación institucional de los estudiantes tiene propósitos claros los
cuales podríamos reseñar de la siguiente manera:
- Aplicar los ámbitos establecidos por el MEN en su decreto 1290 de Abril de
2009.
- Abrir los espacios necesarios para que los estudiantes de una u otra forma
sean evaluados de manera integral como lo indican los lineamientos del
ministerio.
- Identificar las características, personas, intereses, ritmos del desarrollo y estilo
de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.
- Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos
educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.
- Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas
para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños
superiores a su proceso formativo.
- Determinar la promoción de los estudiantes
- Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento
institucional
CAPITULO I
De la definición del sistema institucional de evaluación de los estudiantes.
Articulo 1. Definición de Evaluación
Es el proceso de calificación integral que se le hace continuamente a los
estudiantes para valorar su desempeño fundamentado en las competencias que
ha logrado asimilar y su formación como ser humano
Parágrafo 1.Tipo de evaluación
Nuestro sistema de evaluación atenderá a un tipo de evaluación integral donde
predominara una hetereovalucion conducente a un resultado evidente en una
persona capaz de convivir en comunidad con buena calidad de vida
Articulo 2. Fundamentos
Nuestro sistema institucional de evaluación a los estudiantes SIEE se fundamenta
en los propósitos, criterios, definiciones y otros aspectos plasmados en el Decreto
1290 de Abril del 2009; además de los criterios como tal que se encuentran en el
PEI teniendo en cuenta política, filosofía y objetivos institucionales.
Articulo 3. Escala de valores
El ministerio de educación nacional en su decreto 1290 establece una escala de
valores nacional la cual consiste en los desempeños así:
Superior
Alto
Básico
Bajo
Nosotros después de analizar criterios y conceptos tanto institucional, como otros
referentes pertenecientes a la comunidad educativa que albergamos;
establecemos la siguiente escala para la consecución de las competencias o
logros con sus respectivas equivalencias cuantitativas:
Desempeño Superior de 9.5 a 10.0
Desempeño Alto de 8.5 a 9.4
Desempeño Básico de 7.0 a 8.4
Desempeño Bajo de 1.0 a 6.9
Esta es de carácter acumulativo teniendo en cuenta los criterios de la comisión de
evaluación y promoción.
CAPITULO II
De la responsabilidad de la institución y estudiantes
ARTÍCULO 4. Responsabilidades del establecimiento educativo.
En cumplimiento de las funciones establecidas en la ley, el establecimiento
educativo, debe:
1. Definir, adoptar y divulgar el sistema institucional de evaluación de estudiantes,
después de su aprobación por el consejo académico.
2. Incorporar en el proyecto educativo institucional los criterios, procesos y
procedimientos de evaluación; estrategias para la superación de debilidades y
promoción de los estudiantes, definidos por el consejo directivo.
3. Realizar reuniones de docentes y directivos docentes para analizar, diseñar e
implementar estrategias permanentes de evaluación y de apoyo para la
superación de debilidades de los estudiantes y dar recomendaciones a
estudiantes, padres de familia y docentes.
4. Promover y mantener la interlocución con los padres de familia y el estudiante,
con el fin de presentar los informes periódicos de evaluación, el plan de
actividades de apoyo para la superación de las debilidades, y acordar los
compromisos por parte de todos los involucrados.
5. Crear comisiones u otras instancias para realizar el seguimiento de los
procesos de evaluación y promoción de los estudiantes si lo considera
pertinente.
6. Atender los requerimientos de los padres de familia y de los estudiantes, y
programar reuniones con ellos cuando sea necesario.
7. A través de consejo directivo servir de instancia para decidir sobre
reclamaciones que presenten los estudiantes o sus padres de familia en
relación con la evaluación o promoción.
8. Analizar periódicamente los informes de evaluación con el fin de identificar
prácticas escolares que puedan estar afectando el desempeño de los
estudiantes, e introducir las modificaciones que sean necesarias para mejorar.
9. Presentar a las pruebas censales del ICFES la totalidad de los estudiantes que
se encuentren matriculados en los grados evaluados (3º, 5º y 9º), y colaborar
con éste en los procesos de inscripción y aplicación de las pruebas, según se le
requiera.
Articulo 5. Garantía
Garantizarle el respeto de todos los derechos que tiene tanto educandos como
padres de familia;
Parágrafo 1. Este artículo queda abierto para agregar otra responsabilidad que se
considere necesaria.
Articulo 6. Responsabilidad del estudiante
Todo estudiante y ó padre de familia al firmar la matricula esta aceptando el
manual de convivencia y por ende la forma de valoración establecida en nuestro
SIEE. Por lo tanto desde el punto de vista académico el estudiante tendrá entre
otras responsabilidades la siguientes; aclarando que se esta formando
integralmente.
- Cumplir todos los deberes como estudiante.
- Asistir puntualmente.
- Cumplir con los compromisos académicos.
- Responder las evaluaciones escritas de manera satisfactoria, al igual que las
orales (desempeño básico, alto o superior).
- Estar pendiente con todo el proceso cognitivo que se lleve a cabo con cada
asignatura o área.
- Desarrollar talleres, en casa o en clase y responder a las sustentaciones que
fuere necesaria.
- Acudir con todas las herramientas necesarias que sugiere el docente para
poder facilitar la obtención del conocimiento.
- Hacer las respectivas consultas o investigaciones programadas.
- Asistir a las actividades complementarias que se programen.
- Rendir los respectivos informes que sean necesarios en las actividades
señaladas (laboratorio, conferencia, cine foro, etc.).
- Presentar a cada docente las excusas, si ha faltado a clase por debido tiempo,
esta no exime de las actividades solo que permite realizarlas (nueva
oportunidad).
- Llevar su consolidado de notas, no botar exámenes calificados o evidencias
que certifican valoración de desempeño, ya que este es un documento válido
para cualquier equivocación que se presente.
Artículo 7. Criterios de evaluación
Estos criterios se fundamentan en los tres elementos básicos de los componentes
que son el Ser- Saber- Hacer y entorno, además de las responsabilidades que
cada estudiante tiene (artículo 6) para tener unos lineamientos más claros los
criterios a tener en cuenta cada docente son:
1. Asistencia (cumplimiento) 10%
2. Evaluación oral 20%
3. Evaluación escrita 20%
4. Talleres- tareas- trabajos en equipo 10%
5. Libreta al día 10%
6. Participación en clases 10%
7. Uniformidad aseo personal 10%
8. Colaboración, sentido de pertenencia 10%
Total 100%
Artículo 8. Porcentaje de Valoración a las asignaturas por áreas
Cada una de las áreas están conformada por asignaturas y cada una de ella
tendrá un porcentaje de valoración de la siguiente manera:
HUMANIDADES: ESPAÑOL
Gramática 30%
Lectura Crítica 40%
Caligrafía 20%
Ortografía 10%
MATEMATICAS:
Matemáticas 40%
Estadística 40%
Geometría 20%
CIENCIAS NATURALES Y MEDIO AMBIENTE:
C. Naturales (Biología) 50%
Química (6º a 9º) 20%
Física (6º a 9º) 20%
Laboratorio 10%
Química 10º y 11º 40%
Física 10º y 11º 40%
Laboratorio 10º y 11º 20%
Paragrafo1. Criterios de Evaluación para niño(a) con discapacidad
Todos los niños que tengan algún tipo de discapacidad de gran o mínima
connotación
Tendrá unos criterios de evaluación bajo los siguientes lineamientos.
1. Reconocer su limitante físico, motriz, cognitivo o psicológico.
2. El docente tendrá en cuenta la limitación física para exigir en su desarrollo
motriz y cognitivo.
3. El docente tendrá en cuenta el área o asignatura para trazar sus competencias
4. Será excepto(a) de actividades que no pueda desarrollar por su limitante, en
cambio se le aplicaran otros que si este en capacidad de realizar.
5. Se utilizara la misma escala de valores siendo un poco más elástico al
calificar.
CAPITULO III
De la responsabilidad y derecho de los padres
Articulo 9. Responsabilidad de los Padres
Todo padre de familia de esta comunidad educativa tiene responsabilidades los
cuales se convierten en sus deberes, establecidos por el decreto 1290 y otros que
consideramos necesarios.
1. Participar, a través de las instancias del gobierno escolar, en la definición de
criterios y procedimientos de la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y
promoción escolar
2. Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos
3. Analizar los informes periódicos de evaluación
4. Apoyar, orientar y ejecutar con sus hijos algunas actividades que así lo
requiera
5. Dar herramienta necesaria que garantice a su hijo el proceso formativo
integral.
6. Atender los llamados oficiales que se les haga para mancomunadamente
hacer los correctivos necesarios que favorezcan al buen desarrollo cognitivo y
actualidad del educando.
7. Cancelar periódicamente (como esta establecido en el manual de convivencia
las mesadas y otros compromisos) esto es fundamental por lo que las
exigencias económicas del proceso lo exige.
Articulo 10. Incumplimiento
El incumplimiento por parte de los padres con estos deberes o responsabilidades
lo exime de cualquier reclamo por el desempeño básico o bajo de su acudido.
Articulo 11. Los derechos de los padres de familia
Los padres de familia tienen derecho en el proceso formativo de su hijo, los cuales
están establecidos en el decreto 1290 y son:
1. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios,
procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de
año escolar. Este se encuentra en el manual de convivencia y o se le divulgara
en las primeras reuniones con padres, acudientes o representantes legales
2. Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes.
3. Recibir los informes periódicos de evaluación.
4. Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas
sobre el proceso de evaluación de sus hijos.
Parágrafo 1. Estos derechos son trasladados a quienes de manera formal haga
las veces de representante legal del estudiante (acudiente)los cuales deberán al
igual que los estudiantes hacer uso de el siguiente conducto regular
1. Hablar o aclarar la situación con el docente del área o asignatura
2. Si no hubo claridad ni solución llegar al director de grupo
3. Si aun continua o no hubo solución llegar hasta la coordinación académica
4. Luego si persiste la anomalía llegar al consejo académico y si aun persiste al
rector
5. Si este no resuelve nada ya tiene que ir a la dirección administrativa de la
secretaria de educación en gestión y calidad o procesos disciplinarios
Parágrafo 2 Es deber institucional buscar mecanismo de comunicación con el
padre de familia o estrategias para la misma como:
Llamadas telefónica
Citaciones verbales
Citaciones escritas
Visitas domiciliarias. Entre otras
CAPITULO IV
De la responsabilidad del consejo académico, docentes y comisión de
evaluación
Articulo 12. El consejo académico
Este esta integrado por el rector quien lo preside, los directivos docentes y un
docente por cada área definida en el plan de estudio. Sus funciones son las
establecidas en el decreto 1860 en su artículo 24.
Articulo 13. Responsabilidad del Consejo Académico
Además de las funciones que tiene nuestro consejo académico que son
responsabilidad su cumplimiento podemos agregar
1. Crear una comisión de evaluación y promoción
2. Vigilar muy celosamente las funciones de esta comisión
3. Observar y seguir los procesos académicos que la institución implante para
verificar su cumplimiento.
4. Apoyar en todo lo posible tanto a la comisión de evaluación y promoción como
a los docentes.
5. Hacer los correctivos que sean necesarios al proceso, y darlo a conocer a toda
la comunidad educativa.
6. Otras funciones o responsabilidades que considere el rector asignarle a favor
del proceso evaluativo y metodológico.
Articulo 14. Responsabilidad de los docentes
Todos los docentes que hagan parte de este sistema de evaluación institucional a
los estudiantes compartan o no conocimiento con ellos tienen la siguiente
responsabilidad:
1. Seguir los lineamientos que se han trazado en el SIEE.
2. Velar por todos los medios el cumplimiento del SIEE.
3. Contribuir con aportes esenciales al mejoramiento del SIEE
4. Participaren las diferentes juntas que se hagan para el mejoramiento del SIEE.
5. Respetar los derechos a los estudiantes y padres de familia en cuanto a la
evaluación y a nivel general.
6. Atender los llamados, solicitudes o sugerencias que se le hagan en aras del
cumplimiento con el SIEE.
7. Valorar el esfuerzo que hace cada estudiante por muy mínimo que sea.
8. Crear alternativas encaminadas a que la evaluación del estudiante sea más
disertante, clara y diáfana.
9. No especular, ni mucho menos utilizar la evaluación académica para fines
disciplinarios o comportamentales.
10. Pasar los informes a su debido tiempo seguimiento del estudiante y planillas
11. Aplicar las actividades necesarias para proceso de superación de logros con
estrategias metodológicas diferentes a los aplicados rutinariamente.
Articulo 15. Responsabilidad de la comisión de evaluación y promoción.
El consejo académico conformará una comisión de evaluación y promoción
integrada por un numero de hasta tres docentes, un representante de los padres
de familia, y el rector o un delegado, puede ser el coordinador académico y ó la
psicoorientadora.
Esta comisión se deberá instalar (nombrar o escoger) a mas tardar en los dos
primeros meses de clase; sus funciones o responsabilidades serán las siguientes:
1. Crear subcomisiones para los niveles y ciclos si fuese necesario.
2. Vigilar muy celosamente las actividades de evaluación que realicen los
docentes.
3. Hacer recomendaciones o sugerencias que contribuyan al mejoramiento del
proceso evaluativo y académico si es necesario.
4. En lo que sea necesario interactuar con estudiantes y padres de familia para
recoger información sobre como va el proceso y mejorar en la calidad
educativa.
5. Hacer un seguimiento a la curva de rendimiento académico por periodo.
6. Establecer parámetros que sean conducentes al mejoramiento de la
evaluación.
7. Programar capacitaciones en cuanto a procesos de evaluación, a los docentes
y en lo posible a representante de los padres.
8. Hacer un cronograma de actividades para sus reuniones y expedir
comunicados al respecto.
9. Llevar un libro de actas de reuniones con sus respectivas firmas de quienes en
ella participa.
10. Queda abierto este ITEM por si se necesita agregar otra función.
CAPITULO V
De la aprobación, aplazamiento y reprobación del año escolar
Articulo 16. Definición
Se entiende por aprobación, el concepto que se emite al finalizar el año escolar,
cuando un estudiante esta en desempeño básico o por encima de el.
Articulo 17. Aprobación del año escolar
La aprobación directa del año escolar es cuando los estudiantes en su proceso de
desempeño han alcanzado todos los logros en todas las áreas o asignaturas
establecidas bien sean fundamentales, obligatorias u optativa en el plan de
estudio.
Parágrafo 1. Los estudiantes que no desarrollen sus competencias tienen
derecho a recibir unas actividades de superación, las cuales están en el deber de
hacer. El docente establecerá actividad, fecha de entrega y sustentación; que
requiera.
Parágrafo 2. El proceso de calificación será cuantitativo acumulativo, respetando
los niveles de desempeño expuestos por el Decreto 1290 por lo tanto no habrá
recuperación por periodo.
Parágrafo 3. Se programaran actividades de nivelación al finalizar el año escolar,
siempre y cuando el estudiante no desarrolle las competencias establecidas.
Articulo 18. Aplazamiento
Se entiendo por aplazamiento la acción de postergar la aprobación de un grado
por no alcanzar los logros en 1 o 2 asignaturas o áreas.
A este estudiante se le hará entrega de unas actividades de nivelación los cuales
presentará en la primera semana del año lectivo siguiente, estas son
indispensables presentarlas para que pueda entrar a las clases en esa, ósea en el
siguiente grado.
Todo educando que presenta perdida de competencias como esta establecido en
los artículos anteriores con sus respectivos parágrafos, siempre y cuando sean
solo en dos (2) o una asignatura o área queda aplazado su aprobación, se le hará
entrega de unas actividades las cuales presentará en la 1º semana de clases del
año lectivo siguiente, los cuales serán nuevamente evaluadas; este es requisito
para poder entrar a la asignatura o área correspondiente al próximo grado; si la
asignatura o área no impide para nada otra asignatura de igual forma solo será en
la 1º semana que presente sus actividades o si la comisión de evaluación y
promoción toma decisión de cambiar de fecha tendrá que someterse a esa nueva
cita.(planillas de actividades de recuperaciones)
Parágrafo 1. Se clarifica que por ningún motivo la institución puede
desescolarizar al estudiante en todas las asignaturas; las actividades pueden
desarrollarse en biblioteca o dentro del aula de clase, de esa área o asignatura.
Parágrafo 2. Si es el estudiante quien se niega a cumplir con el compromiso se
levantará un acta y se deja evidencia que no quiere cumplir, igual no se le puede
permitir entrar al salón de clase; en ese mismo acta se debe especificar los
correctivos a seguir y decisiones a tomar.
Parágrafo 3. Si el estudiante cambia de institución, al expedir el certificado de
desempeño se deja la claridad y observación que está pendiente con
determinadas competencias (curso y aplazo).
Parágrafo 4. Si un estudiante procede de otra institución bajo la condición de
aplazado el Consejo Académico autorizara la aplicación de dichas actividades y
estas reposaran en un acta para cualquier verificación.
Parágrafo 5. Si un estudiante procede de otra Institución con bajo la condición de
aplazado pero por una asignatura o área de una modalidad diferente a la nuestra
(académica) se admite en el grado siguiente sin compromiso alguno en el
momento en que este quiera volver a esa modalidad.
Articulo 19. Reprobación
Se entiende por reprobación la acción en que el estudiante no logre alcanzar
todas sus competencias para un buen desempeño en un determinado grado de
desarrollo integral. Los estudiantes que reprueban son los que después de su
debido proceso no alcanzaron su nivel de desempeño básico como mínimo; en 3
áreas.
Articulo 20. Procedimiento de seguimiento a estudiantes que no
desarrollaron sus competencias o reprobaron
La comisión de evaluación y promoción esta en el deber de señalar pautas a los
docentes para orientar y evaluar un consolidado bien sea manual o en medio
magnético para proceder con los actas y sus firmas por parte de los estudiantes,
padre y ó acudientes; todo ello con el propósito de dejar evidencia, el por que no
las competencias trazadas, esto también para quienes no aprueben el año
escolar; el cual conservará su cupo siempre y cuando lo amerite por su
comportamiento y recibirá el respectivo apoyo o seguimiento en su proceso
formativo integral. (permanencia Manual de Convivencia).Observador por
periodo y entrega de pre informes
Articulo 21. Reprobación por inasistencia
Todo estudiante esta en el deber de cumplir de manera responsable a sus clases
todos los días por lo tanto el requisito para poder lograr su
Desempeño básico como mínimo para asistir en un 75% a las actividades
normales de clases; si su porcentaje de inasistencia corresponde al 26% reprueba
el año escolar por inasistencia;
Parágrafo 1. Se puede entender por faltas justificadas aquellos que sean por
calamidad domestica, enfermedad, accidente imprevisto u operación (incapacidad
del medico). Estas se tienen en cuenta para que las actividades que no pudo
desarrollar se les apliquen, y se tienen como acumulativas independientes para
estudio de un registro igual o mayor al 25% de las inasistencias, que determine la
reprobación del año escolar.
Parágrafo 2. Si un estudiante tiene un porcentaje mayor de 25% de inasistencia
con algunas justificadas y su desempeño es básico, el estudiante puede ser
promovido ya que prevalece es el desempeño de sus competencias.
Parágrafo 3. Los estudiantes que reprueben el año por desempeño académico, o
por inasistencia, la institución le garantiza el cupo como repitente para el año
lectivo siguiente; siempre y cuando su comportamiento haya estado de acorde
con el manual de convivencia; de lo contrario se le hará entrega de los
documentos el mismo día de la entrega de boletines.(Articulo 18).
CAPITULO VI
De la entrega de informes y correctivos
ARTICULO 22. Informes
El consejo académico en conjunto con la comisión de evaluación y promoción
establecerá los tiempos o prorrogas por la entrega de informes que pueden ser:
Se entregaran 2 informes anual 1 por semestre
Se entregaran 3 informes anual 1 por trimestre
Se entregaran 4 informes anual 1 por periodo
Lo mas conveniente en estos casos, debido a la falta de hábito de estudio, poca
comunicación con los padres; es entregar cuatro informes periódicos,
correspondiendo al último a un informe final, adoptamos esta última opción.
El diseño del informe periódico es dado a conocer al padre de familia y reposa en
los archivos físicos y magnéticos
Parágrafo 1. El informe será de manera descriptivo cuantitativo con las
respectivas convenciones de las escalas de valores (decreto 1290) tanto para la
el preescolar, la básica como para la media con la escala de valoración que se
adopte.
Parágrafo 2. Se hará una entrega de pre informe a los padres cuyos niños estén
reprobando a la fecha de corte 2 o más asignaturas.
Articulo 23. Correctivos .
Si faltan a las responsabilidades o deberes tanto de la institución, docentes,
consejo académico, estudiantes y/ó padres de familia procedemos a los
siguientes correctivos:
Parágrafo 1. La institución (consejo académico) será la única responsable de las
fallas que se cometan en el SIEE y será ella quien estará haciendo los correctivos
con la ayuda de los demás entes, docentes y padres de familia y estudiantes,
siempre y cuando estos sean los mejores.
Parágrafo 2. Los estudiantes pierden todo el derecho de reclamación, siempre y
cuando sea infractor en el cumplimiento de sus deberes.
Parágrafo 3. Lo padres de familia se eximen de toda clase de reclamo, siempre y
cuando no hayan cumplido con sus responsabilidades como se anota
anteriormente
Parágrafo 4. Los docentes aplicaran diferentes estrategias para hacerle
seguimiento y corrección a las dificultades académicas las cuales pueden ser:
Aplicarles talleres de retroalimentación sobre los temas o competencias que el
estudiante no ha logrado desarrollar.
Ponerlo a que teniendo en cuenta el nivel grado o temas a que haga, pala gramas
escritos, lecturas, cuentos, oraciones, sacar frases, desarrollar ejercicios, hacer
ejercicios, crear situaciones problemas, plantear soluciones y otros
CAPITULO VII
De los derechos de los estudiantes y apoyo
Articulo 24 Derechos
Todos los estudiantes de nuestra institución tienen los siguientes derechos para el
mejor desarrollo de su proceso formativo.
1. Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos,
personales y sociales
2. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios,
procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de
año escolar.
3. Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente
las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas.
4. Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus
debilidades en el aprendizaje.
5. Recibir un trato digno siempre y cuando se lo amerite por su decencia al
momento de reclamar sus derechos.
6. Hacer uso de los conductos regulares plasmados en los derechos de los
Padres articulo 9
Articulo 25. Apoyo
Recibir apoyo permanente para superar las competencias
no alcanzados como lo indica el numeral 4 del artículo anterior y además, recibir
con estrategias diferentes las actividades de recuperación para tal fin.
CAPITULO VIII
De la promoción regular y o anticipada
Articulo 26. Promoción regular
Es aquella que se hace normalmente cuando un estudiante al finalizar el año
escolar ha alcanzado bajo los criterios de evaluación todos sus logros de manera
satisfactoria como lo señala el capitulo V.
Articulo 27. Promoción anticipada
El artículo 7 del Decreto 1290 establece la promoción anticipada para estudiantes
con desempeño superior en todas las áreas o asignaturas, fundamentados este
establecemos en nuestro SIEE, esta promoción bajo los siguientes parámetros
1. Se hace un estudio a los desempeños de años anteriores, tanto para quienes
están en la institución como para quienes vienen de otras.
2. Se hace un análisis de su desempeño durante el 1º bimestre y hasta
mediados del 2º si es necesario para corroborar su proceso aventajado, los
resultados tienen que estar en Alto (un 40% de las asignaturas) y Superior (un
60%).
3. La comisión hará una reunión para tratar el caso muy minuciosamente, quien
determinará la decisión de dicha promoción.
4. La comisión llamará a los padres o acudiente y al estudiante e informará sobre
la decisión, los cuales al aceptar se levantará un acta que reposará en el libro,
del cual se hará copia y se le entregará al padre de familia y otra se deja en
los archivos o carpeta del estudiante.
Parágrafo 1. Esta decisión se hará pública a toda la comunidad educativa.
Parágrafo 2. Si existe desacuerdo entre hijos y padre por la decisión, la comisión
dará cumplimiento a la misma ya que prevalece el derecho del estudiante.
Parágrafo 3 los estudiantes que presenten al final del año un promedio muy
cercano al nivel superior se le ´propondrá para que el próximo año se esfuerce y
con actividades de potencialización de competencias se puede promover en el
primer periodo teniendo en cuenta sus resultados
Parágrafo 4. Si un estudiante ha reprobado el grado y al estar repitiendo
demuestra un mejoramiento durante y el 1er periodo obtiene notas superior o alto,
como lo indica el numeral 2 del presente artículo; será caso de estudio por parte
de la comisión quienes pueden tomar la determinación de hacerle la promoción
anticipada bajo los compromisos, que si llegare a desmejorar regresa al grado que
estaba repitiendo; el estudiante puede ser de continuidad nuestra o de otra
procedencia.
CAPITULO IX
De la Graduación y constancia de desempeño
Articulo 28. Graduación
Es el proceso de afirmación de una ceremonia de al culminación satisfactoria de
todos los niveles de la educación formal por parte de un estudiante, al cual será
bajo los siguientes criterios
1. Quienes hayan terminado todos sus años lectivos bajo desempeño básico
como mínimo.
2. Haber cumplido con sus horas obligatorias de trabajo social.
3. Haber cumplido con todas sus prácticas de la modalidad o laborales.
4. No deber en administración ningún tipo de documento que le acredite su
desempeño.
5. Encontrase a Paz y Salvo en cuanto a sus compromisos financieros con la
institución al igual con otros (biblioteca, deporte, etc.)
6. Haber asistido como mínimo el 75% de los periodos de clase, salvo algunas
incapacidades o asuntos considerados de fuerza mayor.
Articulo 29. Constancia de desempeño
La institución educativa al finalizar el año escolar a solicitud del estudiante o padre
de familia expedirá una constancia de desempeño, donde se tendrá en cuenta la
escala nacional de valoración.
Articulo 30. Certificación a graduandos
Los graduandos se certificaran con un diploma acompañado del acta de grado; en
lo que fuese necesario con la certificación técnica expedida por la institución del
convenio.
Articulo 31. Libro de evidencia de desempeño
La comisión de evaluación y promoción se encargara de que la administración
llene un libro de evidencias de desempeño al finalizar el año para cuando sea
necesario expedir la respectiva constancia o para revisión de comprobación.
CAPITULO X
Evaluación General
Articulo 32. Mecanismos para seguimiento y Evaluación del SIEE
El consejo Académico será quien tenga facultades para escoger los integrantes de
la comisión de evaluación y promoción la cual tendrá dentro de sus funciones
evaluar anualmente el SIEE, bajo los siguientes mecanismo y seguimiento:
1. Verificar que las criterio de evaluación si se están aplicando y que son los
corrector.
2. Hacerle un seguimiento a los docentes en cuanto a la aplicación de los
diferentes mecanismos para evaluar.
3. Costalar que si se esta aplicando la escala de valores.
4. Preguntar a los estudiantes como se siente con el nuevo sistema de
evaluación.
5. Verificar que los derechos de los estudiantes sis se están respetando.
Artículo 33. Evaluación de otros componentes
Todo lo referente a la evaluación institucional, eventos; plan operativo,
cronograma de actividades y otros, se evalúan con formatos diferentes con los
respectivos criterios y niveles de desempeño
CAPITULO XI
De Las Novedades
Artículo 34. Abierto
Este articulo queda abierto para las diferentes modificaciones, actualizaciones o
complementaciones
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Soledad en el mes de Diciembre de 2010, modificado anualmente última
modificación 28 de enero 2016.
NAZLY RUIZ RUA RENE PANTOJA FONTALVO
Representante Representante
Consejo Académico Comisión de Evaluación
CLAUDIA RODRIGUEZ NUÑEZ MARY LUZ MALDONADO NOVA
Representante Representante
Padres de Familia Estudiantes
RODOLFO RODRIGUEZ GONZALEZ
Rector

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  • 1.
  • 2. PROPUESTA PARA EL SISTEMA DE EVALUACION INSTITUCIONAL DE ESTUDIANTES SIEE Fundamento Decreto 1290 16 Abril 2009 MEN Año 2016
  • 3. INDICE PRESENTACION PROPOSITOS CAPITULO I De la definición del sistema institucional de evaluación de los estudiantes. Articulo 1. Definición de Evaluación Articulo 2. Fundamentos Articulo 3. Escala de valores CAPITULO II De la responsabilidad de la institución y estudiantes Articulo 4. Responsabilidades del establecimiento educativo. Articulo 5. Garantía Articulo 6. Responsabilidad del estudiante Artículo 7. Criterio de Evaluación Parágrafo 1. Criterio de Evaluación para niños o niñas con Discapacidad Articulo 8. Porcentaje de valoraciones a las asignaturas por áreas CAPITULO III De la responsabilidad y derecho de los padres Articulo 9. Responsabilidad de los Padres Articulo 10. Incumplimiento Articulo 11. Los derechos de los padres de familia CAPITULO IV De la responsabilidad del consejo académico, docentes y comisión de evaluación Articulo 12. El consejo académico Articulo 13. Responsabilidad del Consejo Académico
  • 4. Articulo 14. Responsabilidad de los docentes Articulo 15. Responsabilidad de la comisión de evaluación y promoción. CAPITULO V De la aprobación, aplazamiento y reprobación del año escolar Articulo 16. Definición Articulo 17. Aprobación del año escolar Articulo 18. Aplazamiento Articulo 19. Reprobación Articulo 20. Procedimiento de seguimiento a estudiantes que no alcanzaron logros o reprobaron Articulo 21. Reprobación por inasistencia CAPITULO VI De la entrega de informes y correctivos Articulo 22. Informes Articulo 23. Correctivos. CAPITULO VII De los derechos de los estudiantes y apoyo Articulo 24 Derechos Articulo 25. Apoyo CAPITULO VIII De la promoción regular y anticipada Articulo 26. Promoción regular Articulo 27. Promoción anticipada CAPITULO IX De la Graduación y constancia de desempeño Articulo 28. Graduación
  • 5. Articulo 29. Constancia de desempeño Articulo 30. Certificación a graduandos Articulo 31. Libro de evidencia de desempeño CAPITULO X Evaluación General Artículo 32. Evaluación de otros componentes CAPITULO XI De Las Novedades Artículo 33. Abierto
  • 6. PRESENTACION Los procesos evaluativos en Colombia se han ceñido a parámetros internacionales por aquello de que somos un país dependiente, sin embargo nuestros dirigentes se preocupan cada día por hacer de nuestra educación la mejor; con resultados altamente calificados y que se evidencia en la calidad de vida de las comunidades que atienden el llamado a la escuela para superarse, al igual en aquellos que permiten al ingreso de la comunidad a los programas que se crean para tal fin. Venimos de una evaluación por objetivos, por procesos, logros, competencia y llegamos a una valoración de desempeño que al día de hoy iniciamos este reto a partir del año 2010, hago la siguiente connotación y es que ¿si evaluamos cualitativamente estamos haciéndolo por competente? O al igual que competitivamente lo haríamos de manera acumulativa pero siempre lo que buscamos es saber que capacidad competente y que conocimientos han adquirido nuestros estudiantes. Nuestro sistema de evaluación institucional dirigido a los estudiantes bajo los parámetros del 1290, decreto ampliamente estudiado antes de su aprobación. Queda claramente establecido, como a continuación presentamos con las directrices de cómo valoraremos a nuestros estudiantes.
  • 7. PROPOSITOS El sistema de evaluación institucional de los estudiantes tiene propósitos claros los cuales podríamos reseñar de la siguiente manera: - Aplicar los ámbitos establecidos por el MEN en su decreto 1290 de Abril de 2009. - Abrir los espacios necesarios para que los estudiantes de una u otra forma sean evaluados de manera integral como lo indican los lineamientos del ministerio. - Identificar las características, personas, intereses, ritmos del desarrollo y estilo de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances. - Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante. - Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores a su proceso formativo. - Determinar la promoción de los estudiantes - Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional CAPITULO I De la definición del sistema institucional de evaluación de los estudiantes. Articulo 1. Definición de Evaluación Es el proceso de calificación integral que se le hace continuamente a los estudiantes para valorar su desempeño fundamentado en las competencias que ha logrado asimilar y su formación como ser humano
  • 8. Parágrafo 1.Tipo de evaluación Nuestro sistema de evaluación atenderá a un tipo de evaluación integral donde predominara una hetereovalucion conducente a un resultado evidente en una persona capaz de convivir en comunidad con buena calidad de vida Articulo 2. Fundamentos Nuestro sistema institucional de evaluación a los estudiantes SIEE se fundamenta en los propósitos, criterios, definiciones y otros aspectos plasmados en el Decreto 1290 de Abril del 2009; además de los criterios como tal que se encuentran en el PEI teniendo en cuenta política, filosofía y objetivos institucionales. Articulo 3. Escala de valores El ministerio de educación nacional en su decreto 1290 establece una escala de valores nacional la cual consiste en los desempeños así: Superior Alto Básico Bajo Nosotros después de analizar criterios y conceptos tanto institucional, como otros referentes pertenecientes a la comunidad educativa que albergamos; establecemos la siguiente escala para la consecución de las competencias o logros con sus respectivas equivalencias cuantitativas: Desempeño Superior de 9.5 a 10.0 Desempeño Alto de 8.5 a 9.4 Desempeño Básico de 7.0 a 8.4 Desempeño Bajo de 1.0 a 6.9 Esta es de carácter acumulativo teniendo en cuenta los criterios de la comisión de evaluación y promoción. CAPITULO II De la responsabilidad de la institución y estudiantes ARTÍCULO 4. Responsabilidades del establecimiento educativo. En cumplimiento de las funciones establecidas en la ley, el establecimiento educativo, debe: 1. Definir, adoptar y divulgar el sistema institucional de evaluación de estudiantes, después de su aprobación por el consejo académico. 2. Incorporar en el proyecto educativo institucional los criterios, procesos y procedimientos de evaluación; estrategias para la superación de debilidades y promoción de los estudiantes, definidos por el consejo directivo.
  • 9. 3. Realizar reuniones de docentes y directivos docentes para analizar, diseñar e implementar estrategias permanentes de evaluación y de apoyo para la superación de debilidades de los estudiantes y dar recomendaciones a estudiantes, padres de familia y docentes. 4. Promover y mantener la interlocución con los padres de familia y el estudiante, con el fin de presentar los informes periódicos de evaluación, el plan de actividades de apoyo para la superación de las debilidades, y acordar los compromisos por parte de todos los involucrados. 5. Crear comisiones u otras instancias para realizar el seguimiento de los procesos de evaluación y promoción de los estudiantes si lo considera pertinente. 6. Atender los requerimientos de los padres de familia y de los estudiantes, y programar reuniones con ellos cuando sea necesario. 7. A través de consejo directivo servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que presenten los estudiantes o sus padres de familia en relación con la evaluación o promoción. 8. Analizar periódicamente los informes de evaluación con el fin de identificar prácticas escolares que puedan estar afectando el desempeño de los estudiantes, e introducir las modificaciones que sean necesarias para mejorar. 9. Presentar a las pruebas censales del ICFES la totalidad de los estudiantes que se encuentren matriculados en los grados evaluados (3º, 5º y 9º), y colaborar con éste en los procesos de inscripción y aplicación de las pruebas, según se le requiera. Articulo 5. Garantía Garantizarle el respeto de todos los derechos que tiene tanto educandos como padres de familia; Parágrafo 1. Este artículo queda abierto para agregar otra responsabilidad que se considere necesaria. Articulo 6. Responsabilidad del estudiante Todo estudiante y ó padre de familia al firmar la matricula esta aceptando el manual de convivencia y por ende la forma de valoración establecida en nuestro SIEE. Por lo tanto desde el punto de vista académico el estudiante tendrá entre otras responsabilidades la siguientes; aclarando que se esta formando integralmente. - Cumplir todos los deberes como estudiante. - Asistir puntualmente. - Cumplir con los compromisos académicos. - Responder las evaluaciones escritas de manera satisfactoria, al igual que las orales (desempeño básico, alto o superior). - Estar pendiente con todo el proceso cognitivo que se lleve a cabo con cada asignatura o área.
  • 10. - Desarrollar talleres, en casa o en clase y responder a las sustentaciones que fuere necesaria. - Acudir con todas las herramientas necesarias que sugiere el docente para poder facilitar la obtención del conocimiento. - Hacer las respectivas consultas o investigaciones programadas. - Asistir a las actividades complementarias que se programen. - Rendir los respectivos informes que sean necesarios en las actividades señaladas (laboratorio, conferencia, cine foro, etc.). - Presentar a cada docente las excusas, si ha faltado a clase por debido tiempo, esta no exime de las actividades solo que permite realizarlas (nueva oportunidad). - Llevar su consolidado de notas, no botar exámenes calificados o evidencias que certifican valoración de desempeño, ya que este es un documento válido para cualquier equivocación que se presente. Artículo 7. Criterios de evaluación Estos criterios se fundamentan en los tres elementos básicos de los componentes que son el Ser- Saber- Hacer y entorno, además de las responsabilidades que cada estudiante tiene (artículo 6) para tener unos lineamientos más claros los criterios a tener en cuenta cada docente son: 1. Asistencia (cumplimiento) 10% 2. Evaluación oral 20% 3. Evaluación escrita 20% 4. Talleres- tareas- trabajos en equipo 10% 5. Libreta al día 10% 6. Participación en clases 10% 7. Uniformidad aseo personal 10% 8. Colaboración, sentido de pertenencia 10% Total 100% Artículo 8. Porcentaje de Valoración a las asignaturas por áreas Cada una de las áreas están conformada por asignaturas y cada una de ella tendrá un porcentaje de valoración de la siguiente manera: HUMANIDADES: ESPAÑOL Gramática 30% Lectura Crítica 40% Caligrafía 20% Ortografía 10% MATEMATICAS: Matemáticas 40%
  • 11. Estadística 40% Geometría 20% CIENCIAS NATURALES Y MEDIO AMBIENTE: C. Naturales (Biología) 50% Química (6º a 9º) 20% Física (6º a 9º) 20% Laboratorio 10% Química 10º y 11º 40% Física 10º y 11º 40% Laboratorio 10º y 11º 20% Paragrafo1. Criterios de Evaluación para niño(a) con discapacidad Todos los niños que tengan algún tipo de discapacidad de gran o mínima connotación Tendrá unos criterios de evaluación bajo los siguientes lineamientos. 1. Reconocer su limitante físico, motriz, cognitivo o psicológico. 2. El docente tendrá en cuenta la limitación física para exigir en su desarrollo motriz y cognitivo. 3. El docente tendrá en cuenta el área o asignatura para trazar sus competencias 4. Será excepto(a) de actividades que no pueda desarrollar por su limitante, en cambio se le aplicaran otros que si este en capacidad de realizar. 5. Se utilizara la misma escala de valores siendo un poco más elástico al calificar. CAPITULO III De la responsabilidad y derecho de los padres Articulo 9. Responsabilidad de los Padres Todo padre de familia de esta comunidad educativa tiene responsabilidades los cuales se convierten en sus deberes, establecidos por el decreto 1290 y otros que consideramos necesarios. 1. Participar, a través de las instancias del gobierno escolar, en la definición de criterios y procedimientos de la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y promoción escolar 2. Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos 3. Analizar los informes periódicos de evaluación 4. Apoyar, orientar y ejecutar con sus hijos algunas actividades que así lo requiera 5. Dar herramienta necesaria que garantice a su hijo el proceso formativo integral.
  • 12. 6. Atender los llamados oficiales que se les haga para mancomunadamente hacer los correctivos necesarios que favorezcan al buen desarrollo cognitivo y actualidad del educando. 7. Cancelar periódicamente (como esta establecido en el manual de convivencia las mesadas y otros compromisos) esto es fundamental por lo que las exigencias económicas del proceso lo exige. Articulo 10. Incumplimiento El incumplimiento por parte de los padres con estos deberes o responsabilidades lo exime de cualquier reclamo por el desempeño básico o bajo de su acudido. Articulo 11. Los derechos de los padres de familia Los padres de familia tienen derecho en el proceso formativo de su hijo, los cuales están establecidos en el decreto 1290 y son: 1. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar. Este se encuentra en el manual de convivencia y o se le divulgara en las primeras reuniones con padres, acudientes o representantes legales 2. Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes. 3. Recibir los informes periódicos de evaluación. 4. Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el proceso de evaluación de sus hijos. Parágrafo 1. Estos derechos son trasladados a quienes de manera formal haga las veces de representante legal del estudiante (acudiente)los cuales deberán al igual que los estudiantes hacer uso de el siguiente conducto regular 1. Hablar o aclarar la situación con el docente del área o asignatura 2. Si no hubo claridad ni solución llegar al director de grupo 3. Si aun continua o no hubo solución llegar hasta la coordinación académica 4. Luego si persiste la anomalía llegar al consejo académico y si aun persiste al rector 5. Si este no resuelve nada ya tiene que ir a la dirección administrativa de la secretaria de educación en gestión y calidad o procesos disciplinarios Parágrafo 2 Es deber institucional buscar mecanismo de comunicación con el padre de familia o estrategias para la misma como: Llamadas telefónica Citaciones verbales Citaciones escritas Visitas domiciliarias. Entre otras
  • 13. CAPITULO IV De la responsabilidad del consejo académico, docentes y comisión de evaluación Articulo 12. El consejo académico Este esta integrado por el rector quien lo preside, los directivos docentes y un docente por cada área definida en el plan de estudio. Sus funciones son las establecidas en el decreto 1860 en su artículo 24. Articulo 13. Responsabilidad del Consejo Académico Además de las funciones que tiene nuestro consejo académico que son responsabilidad su cumplimiento podemos agregar 1. Crear una comisión de evaluación y promoción 2. Vigilar muy celosamente las funciones de esta comisión 3. Observar y seguir los procesos académicos que la institución implante para verificar su cumplimiento. 4. Apoyar en todo lo posible tanto a la comisión de evaluación y promoción como a los docentes. 5. Hacer los correctivos que sean necesarios al proceso, y darlo a conocer a toda la comunidad educativa. 6. Otras funciones o responsabilidades que considere el rector asignarle a favor del proceso evaluativo y metodológico. Articulo 14. Responsabilidad de los docentes Todos los docentes que hagan parte de este sistema de evaluación institucional a los estudiantes compartan o no conocimiento con ellos tienen la siguiente responsabilidad: 1. Seguir los lineamientos que se han trazado en el SIEE. 2. Velar por todos los medios el cumplimiento del SIEE. 3. Contribuir con aportes esenciales al mejoramiento del SIEE 4. Participaren las diferentes juntas que se hagan para el mejoramiento del SIEE. 5. Respetar los derechos a los estudiantes y padres de familia en cuanto a la evaluación y a nivel general. 6. Atender los llamados, solicitudes o sugerencias que se le hagan en aras del cumplimiento con el SIEE. 7. Valorar el esfuerzo que hace cada estudiante por muy mínimo que sea. 8. Crear alternativas encaminadas a que la evaluación del estudiante sea más disertante, clara y diáfana. 9. No especular, ni mucho menos utilizar la evaluación académica para fines disciplinarios o comportamentales. 10. Pasar los informes a su debido tiempo seguimiento del estudiante y planillas 11. Aplicar las actividades necesarias para proceso de superación de logros con estrategias metodológicas diferentes a los aplicados rutinariamente.
  • 14. Articulo 15. Responsabilidad de la comisión de evaluación y promoción. El consejo académico conformará una comisión de evaluación y promoción integrada por un numero de hasta tres docentes, un representante de los padres de familia, y el rector o un delegado, puede ser el coordinador académico y ó la psicoorientadora. Esta comisión se deberá instalar (nombrar o escoger) a mas tardar en los dos primeros meses de clase; sus funciones o responsabilidades serán las siguientes: 1. Crear subcomisiones para los niveles y ciclos si fuese necesario. 2. Vigilar muy celosamente las actividades de evaluación que realicen los docentes. 3. Hacer recomendaciones o sugerencias que contribuyan al mejoramiento del proceso evaluativo y académico si es necesario. 4. En lo que sea necesario interactuar con estudiantes y padres de familia para recoger información sobre como va el proceso y mejorar en la calidad educativa. 5. Hacer un seguimiento a la curva de rendimiento académico por periodo. 6. Establecer parámetros que sean conducentes al mejoramiento de la evaluación. 7. Programar capacitaciones en cuanto a procesos de evaluación, a los docentes y en lo posible a representante de los padres. 8. Hacer un cronograma de actividades para sus reuniones y expedir comunicados al respecto. 9. Llevar un libro de actas de reuniones con sus respectivas firmas de quienes en ella participa. 10. Queda abierto este ITEM por si se necesita agregar otra función. CAPITULO V De la aprobación, aplazamiento y reprobación del año escolar Articulo 16. Definición Se entiende por aprobación, el concepto que se emite al finalizar el año escolar, cuando un estudiante esta en desempeño básico o por encima de el. Articulo 17. Aprobación del año escolar La aprobación directa del año escolar es cuando los estudiantes en su proceso de desempeño han alcanzado todos los logros en todas las áreas o asignaturas establecidas bien sean fundamentales, obligatorias u optativa en el plan de estudio. Parágrafo 1. Los estudiantes que no desarrollen sus competencias tienen derecho a recibir unas actividades de superación, las cuales están en el deber de hacer. El docente establecerá actividad, fecha de entrega y sustentación; que requiera.
  • 15. Parágrafo 2. El proceso de calificación será cuantitativo acumulativo, respetando los niveles de desempeño expuestos por el Decreto 1290 por lo tanto no habrá recuperación por periodo. Parágrafo 3. Se programaran actividades de nivelación al finalizar el año escolar, siempre y cuando el estudiante no desarrolle las competencias establecidas. Articulo 18. Aplazamiento Se entiendo por aplazamiento la acción de postergar la aprobación de un grado por no alcanzar los logros en 1 o 2 asignaturas o áreas. A este estudiante se le hará entrega de unas actividades de nivelación los cuales presentará en la primera semana del año lectivo siguiente, estas son indispensables presentarlas para que pueda entrar a las clases en esa, ósea en el siguiente grado. Todo educando que presenta perdida de competencias como esta establecido en los artículos anteriores con sus respectivos parágrafos, siempre y cuando sean solo en dos (2) o una asignatura o área queda aplazado su aprobación, se le hará entrega de unas actividades las cuales presentará en la 1º semana de clases del año lectivo siguiente, los cuales serán nuevamente evaluadas; este es requisito para poder entrar a la asignatura o área correspondiente al próximo grado; si la asignatura o área no impide para nada otra asignatura de igual forma solo será en la 1º semana que presente sus actividades o si la comisión de evaluación y promoción toma decisión de cambiar de fecha tendrá que someterse a esa nueva cita.(planillas de actividades de recuperaciones) Parágrafo 1. Se clarifica que por ningún motivo la institución puede desescolarizar al estudiante en todas las asignaturas; las actividades pueden desarrollarse en biblioteca o dentro del aula de clase, de esa área o asignatura. Parágrafo 2. Si es el estudiante quien se niega a cumplir con el compromiso se levantará un acta y se deja evidencia que no quiere cumplir, igual no se le puede permitir entrar al salón de clase; en ese mismo acta se debe especificar los correctivos a seguir y decisiones a tomar. Parágrafo 3. Si el estudiante cambia de institución, al expedir el certificado de desempeño se deja la claridad y observación que está pendiente con determinadas competencias (curso y aplazo). Parágrafo 4. Si un estudiante procede de otra institución bajo la condición de aplazado el Consejo Académico autorizara la aplicación de dichas actividades y estas reposaran en un acta para cualquier verificación. Parágrafo 5. Si un estudiante procede de otra Institución con bajo la condición de aplazado pero por una asignatura o área de una modalidad diferente a la nuestra
  • 16. (académica) se admite en el grado siguiente sin compromiso alguno en el momento en que este quiera volver a esa modalidad. Articulo 19. Reprobación Se entiende por reprobación la acción en que el estudiante no logre alcanzar todas sus competencias para un buen desempeño en un determinado grado de desarrollo integral. Los estudiantes que reprueban son los que después de su debido proceso no alcanzaron su nivel de desempeño básico como mínimo; en 3 áreas. Articulo 20. Procedimiento de seguimiento a estudiantes que no desarrollaron sus competencias o reprobaron La comisión de evaluación y promoción esta en el deber de señalar pautas a los docentes para orientar y evaluar un consolidado bien sea manual o en medio magnético para proceder con los actas y sus firmas por parte de los estudiantes, padre y ó acudientes; todo ello con el propósito de dejar evidencia, el por que no las competencias trazadas, esto también para quienes no aprueben el año escolar; el cual conservará su cupo siempre y cuando lo amerite por su comportamiento y recibirá el respectivo apoyo o seguimiento en su proceso formativo integral. (permanencia Manual de Convivencia).Observador por periodo y entrega de pre informes Articulo 21. Reprobación por inasistencia Todo estudiante esta en el deber de cumplir de manera responsable a sus clases todos los días por lo tanto el requisito para poder lograr su Desempeño básico como mínimo para asistir en un 75% a las actividades normales de clases; si su porcentaje de inasistencia corresponde al 26% reprueba el año escolar por inasistencia; Parágrafo 1. Se puede entender por faltas justificadas aquellos que sean por calamidad domestica, enfermedad, accidente imprevisto u operación (incapacidad del medico). Estas se tienen en cuenta para que las actividades que no pudo desarrollar se les apliquen, y se tienen como acumulativas independientes para estudio de un registro igual o mayor al 25% de las inasistencias, que determine la reprobación del año escolar. Parágrafo 2. Si un estudiante tiene un porcentaje mayor de 25% de inasistencia con algunas justificadas y su desempeño es básico, el estudiante puede ser promovido ya que prevalece es el desempeño de sus competencias. Parágrafo 3. Los estudiantes que reprueben el año por desempeño académico, o por inasistencia, la institución le garantiza el cupo como repitente para el año lectivo siguiente; siempre y cuando su comportamiento haya estado de acorde con el manual de convivencia; de lo contrario se le hará entrega de los documentos el mismo día de la entrega de boletines.(Articulo 18).
  • 17. CAPITULO VI De la entrega de informes y correctivos ARTICULO 22. Informes El consejo académico en conjunto con la comisión de evaluación y promoción establecerá los tiempos o prorrogas por la entrega de informes que pueden ser: Se entregaran 2 informes anual 1 por semestre Se entregaran 3 informes anual 1 por trimestre Se entregaran 4 informes anual 1 por periodo Lo mas conveniente en estos casos, debido a la falta de hábito de estudio, poca comunicación con los padres; es entregar cuatro informes periódicos, correspondiendo al último a un informe final, adoptamos esta última opción. El diseño del informe periódico es dado a conocer al padre de familia y reposa en los archivos físicos y magnéticos Parágrafo 1. El informe será de manera descriptivo cuantitativo con las respectivas convenciones de las escalas de valores (decreto 1290) tanto para la el preescolar, la básica como para la media con la escala de valoración que se adopte. Parágrafo 2. Se hará una entrega de pre informe a los padres cuyos niños estén reprobando a la fecha de corte 2 o más asignaturas. Articulo 23. Correctivos . Si faltan a las responsabilidades o deberes tanto de la institución, docentes, consejo académico, estudiantes y/ó padres de familia procedemos a los siguientes correctivos: Parágrafo 1. La institución (consejo académico) será la única responsable de las fallas que se cometan en el SIEE y será ella quien estará haciendo los correctivos con la ayuda de los demás entes, docentes y padres de familia y estudiantes, siempre y cuando estos sean los mejores. Parágrafo 2. Los estudiantes pierden todo el derecho de reclamación, siempre y cuando sea infractor en el cumplimiento de sus deberes. Parágrafo 3. Lo padres de familia se eximen de toda clase de reclamo, siempre y cuando no hayan cumplido con sus responsabilidades como se anota anteriormente Parágrafo 4. Los docentes aplicaran diferentes estrategias para hacerle seguimiento y corrección a las dificultades académicas las cuales pueden ser:
  • 18. Aplicarles talleres de retroalimentación sobre los temas o competencias que el estudiante no ha logrado desarrollar. Ponerlo a que teniendo en cuenta el nivel grado o temas a que haga, pala gramas escritos, lecturas, cuentos, oraciones, sacar frases, desarrollar ejercicios, hacer ejercicios, crear situaciones problemas, plantear soluciones y otros CAPITULO VII De los derechos de los estudiantes y apoyo Articulo 24 Derechos Todos los estudiantes de nuestra institución tienen los siguientes derechos para el mejor desarrollo de su proceso formativo. 1. Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y sociales 2. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar. 3. Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas. 4. Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en el aprendizaje. 5. Recibir un trato digno siempre y cuando se lo amerite por su decencia al momento de reclamar sus derechos. 6. Hacer uso de los conductos regulares plasmados en los derechos de los Padres articulo 9 Articulo 25. Apoyo Recibir apoyo permanente para superar las competencias no alcanzados como lo indica el numeral 4 del artículo anterior y además, recibir con estrategias diferentes las actividades de recuperación para tal fin. CAPITULO VIII De la promoción regular y o anticipada Articulo 26. Promoción regular Es aquella que se hace normalmente cuando un estudiante al finalizar el año escolar ha alcanzado bajo los criterios de evaluación todos sus logros de manera satisfactoria como lo señala el capitulo V. Articulo 27. Promoción anticipada El artículo 7 del Decreto 1290 establece la promoción anticipada para estudiantes con desempeño superior en todas las áreas o asignaturas, fundamentados este establecemos en nuestro SIEE, esta promoción bajo los siguientes parámetros
  • 19. 1. Se hace un estudio a los desempeños de años anteriores, tanto para quienes están en la institución como para quienes vienen de otras. 2. Se hace un análisis de su desempeño durante el 1º bimestre y hasta mediados del 2º si es necesario para corroborar su proceso aventajado, los resultados tienen que estar en Alto (un 40% de las asignaturas) y Superior (un 60%). 3. La comisión hará una reunión para tratar el caso muy minuciosamente, quien determinará la decisión de dicha promoción. 4. La comisión llamará a los padres o acudiente y al estudiante e informará sobre la decisión, los cuales al aceptar se levantará un acta que reposará en el libro, del cual se hará copia y se le entregará al padre de familia y otra se deja en los archivos o carpeta del estudiante. Parágrafo 1. Esta decisión se hará pública a toda la comunidad educativa. Parágrafo 2. Si existe desacuerdo entre hijos y padre por la decisión, la comisión dará cumplimiento a la misma ya que prevalece el derecho del estudiante. Parágrafo 3 los estudiantes que presenten al final del año un promedio muy cercano al nivel superior se le ´propondrá para que el próximo año se esfuerce y con actividades de potencialización de competencias se puede promover en el primer periodo teniendo en cuenta sus resultados Parágrafo 4. Si un estudiante ha reprobado el grado y al estar repitiendo demuestra un mejoramiento durante y el 1er periodo obtiene notas superior o alto, como lo indica el numeral 2 del presente artículo; será caso de estudio por parte de la comisión quienes pueden tomar la determinación de hacerle la promoción anticipada bajo los compromisos, que si llegare a desmejorar regresa al grado que estaba repitiendo; el estudiante puede ser de continuidad nuestra o de otra procedencia. CAPITULO IX De la Graduación y constancia de desempeño Articulo 28. Graduación Es el proceso de afirmación de una ceremonia de al culminación satisfactoria de todos los niveles de la educación formal por parte de un estudiante, al cual será bajo los siguientes criterios 1. Quienes hayan terminado todos sus años lectivos bajo desempeño básico como mínimo. 2. Haber cumplido con sus horas obligatorias de trabajo social. 3. Haber cumplido con todas sus prácticas de la modalidad o laborales. 4. No deber en administración ningún tipo de documento que le acredite su desempeño.
  • 20. 5. Encontrase a Paz y Salvo en cuanto a sus compromisos financieros con la institución al igual con otros (biblioteca, deporte, etc.) 6. Haber asistido como mínimo el 75% de los periodos de clase, salvo algunas incapacidades o asuntos considerados de fuerza mayor. Articulo 29. Constancia de desempeño La institución educativa al finalizar el año escolar a solicitud del estudiante o padre de familia expedirá una constancia de desempeño, donde se tendrá en cuenta la escala nacional de valoración. Articulo 30. Certificación a graduandos Los graduandos se certificaran con un diploma acompañado del acta de grado; en lo que fuese necesario con la certificación técnica expedida por la institución del convenio. Articulo 31. Libro de evidencia de desempeño La comisión de evaluación y promoción se encargara de que la administración llene un libro de evidencias de desempeño al finalizar el año para cuando sea necesario expedir la respectiva constancia o para revisión de comprobación. CAPITULO X Evaluación General Articulo 32. Mecanismos para seguimiento y Evaluación del SIEE El consejo Académico será quien tenga facultades para escoger los integrantes de la comisión de evaluación y promoción la cual tendrá dentro de sus funciones evaluar anualmente el SIEE, bajo los siguientes mecanismo y seguimiento: 1. Verificar que las criterio de evaluación si se están aplicando y que son los corrector. 2. Hacerle un seguimiento a los docentes en cuanto a la aplicación de los diferentes mecanismos para evaluar. 3. Costalar que si se esta aplicando la escala de valores. 4. Preguntar a los estudiantes como se siente con el nuevo sistema de evaluación. 5. Verificar que los derechos de los estudiantes sis se están respetando. Artículo 33. Evaluación de otros componentes Todo lo referente a la evaluación institucional, eventos; plan operativo, cronograma de actividades y otros, se evalúan con formatos diferentes con los respectivos criterios y niveles de desempeño
  • 21. CAPITULO XI De Las Novedades Artículo 34. Abierto Este articulo queda abierto para las diferentes modificaciones, actualizaciones o complementaciones COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Soledad en el mes de Diciembre de 2010, modificado anualmente última modificación 28 de enero 2016. NAZLY RUIZ RUA RENE PANTOJA FONTALVO Representante Representante Consejo Académico Comisión de Evaluación CLAUDIA RODRIGUEZ NUÑEZ MARY LUZ MALDONADO NOVA Representante Representante Padres de Familia Estudiantes RODOLFO RODRIGUEZ GONZALEZ Rector