1. El contrato didáctico
Isfd N° 102 “Antonio Mentruyt”
Profesorado Educación Primaria
Campo De La Práctica Docente, 1º Año
Lic. José Luis Leone.
2. “ Conjunto de comportamientos del profesor que
son esperados por los alumnos y al conjunto de
comportamientos de los alumnos que el profesor
espera de ellos...Ese contrato es el conjunto de
reglas que determinan, una pequeña parte
explícitamente, pero sobretodo implícitamente, lo
que cada socio de la relación didáctica deberá hacer
y, lo que de alguna manera deberá exigir al otro”(
citado por VARGAS CALVERT, Isabel M)
DEFINICIÓN
Según Brousseau (1986):
Isfd Nº 102 Ensam, Prof. José Luis Leone
3. “En todo proceso de enseñanza-aprendizaje
siempre existe un discurso o “contrato” entre
profesor y alumno resultado del conjunto de
códigos y pactos implícitos y explícitos que
regulan los comportamientos, interacciones y
relaciones de los docentes y el alumnado
(normas, programas de asignatura, etc.)”
Y agregan Garcia Bacete y Fortea
Bagán:
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4. Esa relación debe ser negociada:
El contrato didáctico es el
resultado de dicha
negociación, y no la
consecuencia de una puja
entre los
actores del aula.
La relación alumno-docente se da en el marco
de un objeto de conocimiento a
aprender y a enseñar.
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6. Para poder enseñar y aprender en un ambiente saludable que
favorezca la educación, es necesario asumir compromisos.
Deben acordar sobre:
Cuáles son las formas de
acción y acreditación.
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