3. 25 de agosto de 1825 -
Declaratoria de la
Independencia
de la República Oriental del
Uruguay.
4. Poco después del desembarco de los
Treinta y Tres, producido el
alzamiento de la campaña de la Banda
Oriental, Lavalleja constituyó un
Gobierno Provisorio de la Provincia
Oriental, y convocó a los Cabildos a
nombrar sus representantes para una
Sala a reunirse en la villa de San
Fernando de la Florida con el objetivo
de proceder a la declaratoria de
independencia.
5.
6. El 20 de agosto de 1825 fue instalada
en la villa de Florida, la Sala de
Representantes de la Provincia
Oriental. Fue presidida por el
Diputado por Guadalupe, Juan
Francisco Larrobla; siendo
vicepresidente Luis Eduardo Pérez y
secretario Felipe Álvarez de
Bengochea.
7. La Ley de Independencia la Sala invocó
como fundamento “La soberanía ordinaria
y extraordinaria que inviste para constituir
la existencia política de los pueblos que la
componen”
8.
9. El 25 de agosto de 1825, la Sala de Representantes
aprobó dos Leyes constitucionales; por la primera
se declaró la independencia, y por la segunda se
dispuso la unión a las Provincias Unidas del Río de
la Plata.
10. De inmediato fue designada una Comisión
para elaborar una Declaración anulatoria
de los actos de incorporación a Brasil y
Portugal. Luego de ello, prestó atención a
la necesidad de erigir una autoridad con
funciones ejecutivas, por lo cual se
designó al Gral. Juan Antonio Lavalleja
como Capitán General y Gobernador, y
se crearon los Ministerios de Gobierno, de
Guerra y de Hacienda.