PRESENTACION GESTION DE PROYECTOS GRUPO 4 INVIERTE PE.pdf
TALLER: Cuadro de horas año 2016
1. DIGEDD – Dirección Técnico Normativo de Docentes.
D.S. N° 016-2005-ED
CUADRO DE HORAS
2. ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DEL CUADRO
DE DISTRIBUCIÓN DE HORAS PEDAGOGICAS -
2016.
DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA DE DOCENTES -DITEN
R.VM. N° 081-2015-
MINEDU
4. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
QUE ES EL CUADRO DE
DISTRIBUCIÓN DE
HORAS PEDAGÓGICAS.
Es un instrumento técnico de carácter administrativo y
pedagógico que permitirá determinar las horas
efectivas de clases, el empleo de las horas de libre
disponibilidad y la carga del personal directivo,
jerárquico y docente, de acuerdo a las necesidades de
aprendizaje de los estudiantes, en concordancia con el
Plan de Estudios, el Proyecto Curricular Institucional y
el número de secciones por grado que atiende la II.EE.
Conforme al presupuesto aprobado. (P.A.P-2015)
5. CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE HORAS
Es un instrumento Técnico –pedagógico complementario
al CAP de cada Institución Educativa.
Consigna la carga horaria del Personal Directivo,
Jerárquico y Docente, en concordancia con el Plan de
Estudios.
Debe de estar en armonía con el PAP.
y, es valido para el ejercicio fiscal en curso.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
6. 2003 – Ley 28044 - L.G.E.
Estructura del Sistema Educativo
E. B. Regular
Inicial
Educ. Técnica Productiva MODALIDAD
FORMA
NIVEL
CICLO
Educ. Básica Educ. Superior ETAPAS
E. B. EspecialE. B. Alternativa
Primaria
Secund.
Inicial
Intermedio
EBR
EBA
ETP
Básico
Medio
Universidad
Sup. Pedag.
Sup. Tecn.
Esc. Super.
Avanzado
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
7. 3.-Garantizar
la adecuada
asignación de
las horas de
clase del Plan
de Estudios
Institucional de
los CRFA
conforme a la
calificación
profesional del
personal
docente.
OBJETIVOS :
DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
1.-Uniformizar
el
procedimiento
para la
elaboración y
aprobación del
cuadro de
distribución de
horas
pedagógicas.
2.- Organizar y
distribuir las
horas
pedagógicas en
coherencia con el
plan de estudios
establecido en el
proyecto curricular
institucional y la
pertinencia
pedagógica,
considerando la
relación de las
especialidades de
los docentes.
4.-Asegurar
la presencia
permanente y
oportuna del
personal
Directivo,
Jerárquico y
Docente
desde el
primer día
del año
lectivo.
8. Ley N° 19326
21-03-1972
Ley N° 23384
18-05-1982
Ley N° 28044
28-07-2003
Marco Normativo:
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
9. Marco Normativo:
Ley Nº 28044, Ley General de Educación.
Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial.
Resolución Ministerial N° 0440-2008-ED, que aprueba el Diseño
Curricular Nacional de Educación Básica Regular y su modificatoria.
Resolución Ministerial N° 199-2015-MINEDU, modifica
parcialmente el Diseño Curricular Nacional de la Educación
Básica Regular, aprobado por Resolución Ministerial N° 0440-
2008-ED.
Resolución Ministerial N° 276-2009-ED, que aprueba el Diseño
Curricular Básico Nacional de Educación Básica Alternativa.
Decreto Supremo N° 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la
Ley General de Educación.
Decreto Supremo N° 004-2013-ED, que aprueba el Reglamento de la
Ley de Reforma Magisterial y sus modificatorias.
10. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016
.
ORGANIZACIÓN DE LAS ÁREAS POR NIVEL EDUCATIVO
Matemática
Comunicación
Personal Social
Ciencia y
ambiente
Matemática
Comunicación
Arte
Personal Social
Educación Física
Educación Religiosa
Ciencia y Ambiente
Matemática
Comunicación
Inglés
Arte
Historia, Geografía y Economía
Formación Ciudadana y Cívica
Persona, Familia y Relacs. Humanas
Educación Física
Educación Religiosa
Ciencia, Tecnología y Ambiente
Educación para el Trabajo
Relación consigo mismo
Resolución Ministerial N° 0440-2008-ED, que
aprueba el Diseño Curricular Nacional de
Educación Básica Regular, modificada por R.M. N°
199-2015-MINEDU.
11. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
DISTRIBUCIÓN DE HORAS MÍNIMAS EN EDUCACIÓN SECUNDARIA
ÁREAS CURRICULARES
GRADO DE ESTUDIOS
1º 2º 3º 4º 5º
MATEMÁTICA 4 4 4 4 4
COMUNICACIÓN 4 4 4 4 4
INGLÉS 2 2 2 2 2
ARTE 2 2 2 2 2
HISTORIA, GEOGRAFÍA Y ECONOMÍA 3 3 3 3 3
FORMACIÓN CIUDADANA Y CÍVICA 2 2 2 2 2
PERSONA, FAMILIA Y RELACIONES
HUMANAS
2 2 2 2 2
EDUCACIÓN FÍSICA 2 2 2 2 2
EDUCACIÓN RELIGIOSA 2 2 2 2 2
CIENCIA, TECNOLOGÍA Y AMBIENTE 3 3 3 3 3
EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO 2 2 2 2 2
TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA 1 1 1 1 1
HORAS DE LIBRE DISPONIBILIDAD 6 6 6 6 6
TOTAL DE HORAS 35 35 35 35 35
En el Nivel de Secundaria las áreas curriculares son:
Matemática
Comunicación
Inglés
Arte
Historia, Geografía y Economía
Formación Ciudadana y Cívica
Persona, Familia y Relaciones Humanas
Educación Física
Educación Religiosa
Ciencia, Tecnología y Ambiente
Educación para el Trabajo
12. 175: 24=07 prof. y 07 horas
6 x 24 = 144 horas
1 Director = 12 horas
Bolsa hrs = 19 horas
TOTAL = 175 horas
450: 24=18 prof. y 18 horas
3 x 12 = 36 horas
15x26 = 390 horas
Bolsa hrs = 24 horas
TOTAL = 450 horas
35 x 5 = 175 horas 45 x 10 = 450 horas
Director dicta 12 horas
1 Director no dicta
02 coordinador Académico
01 coordinador Tutoría
TRADICIONAL JEC
19 PROF Y 24 HRS.7 PRO Y 1 DE 19
13. Las instituciones formulan su cuadro de horas conforme a las
siguientes especificaciones:
ÁREA CURRICULAR PROFESORES O LICENCIADOS EN EDUCACIÓN CON MENCIÓN EN LA ESPECIALIDAD DE (*):
MATEMÁTICA MATEMÁTICA
COMUNICACIÓN COMUNICACIÓN / LENGUA Y LITERATURA
INGLÉS INGLÉS
ARTE EDUCACIÓN POR EL ARTE /ARTE /ARTÍSTICA
HISTORIA, GEOGRAFÍA Y ECONOMÍA HISTORIA/GEOGRAFÍA/ECONOMÍA O AFINES/CIENCIAS SOCIALES
FORMACIÓN CIUDADANA Y CÍVICA CIENCIAS SOCIALES/EDUCACIÓN CÍVICA/HISTORIA/GEOGRAFÍA
PERSONA, FAMILIA Y RELACIONES
HUMANAS
PSICOLOGÍA / FILOSOFÍA/EDUCACIÓN FAMILIAR / CIENCIAS SOCIALES / HISTORIA
GEOGRAFÍA / ORIENTACIÓN Y BIENESTAR DEL EDUCANDO/ PERSONA, FAMILIA Y RELACIONES
HUMANAS
EDUCACIÓN RELIGIOSA
EDUCACIÓN RELIGIOSA O TÍTULO PEDAGÓGICO EN CUALQUIER MODALIDAD, NIVEL Y
ESPECIALIDAD QUE ACREDITE ADEMÁS ESTUDIOS EN UNA ESCUELA SUPERIOR DE EDUCACIÓN
RELIGIOSA – ESER
SE REQUIERE ADEMAS LA AUTORIZACIÓN DE LA ODEC DE SU JURISDICCIÓN
EDUCACIÓN FÍSICA EDUCACIÓN FÍSICA
CIENCIA, TECNOLOGÍA Y AMBIENTE CIENCIAS NATURALES / BIOLOGÍA / FÍSICA / QUÍMICA
EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO
TÍTULO PEDAGÓGICO EN LA ESPECIALIDAD O DOCENTE CON TÍTULO PEDAGÓGICO DE CUALQUIER
MODALIDAD, NIVELY ESPECIALIDAD, QUE ACREDITE ADEMÁS COMO MÍNIMO TÍTULO
PROFESIONAL TÉCNICO EN LA ESPECIALIDAD REQUERIDA
TUTORIA Y ORIENTACION EDUCATIVA UN DOCENTE CON TITULO PEDAGOGICO QUE PERTENEZCA A CUALQUIER ESPECIALIDAD.
14. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
LA NORMA TÉCNICA CONTEMPLA
DISPOSICIONES ESPECIFICAS PARA :
EDUCACIÓN
BÁSICA
REGULAR –
NIVEL
SECUNDARIA.
EDUCACION
BÁSICA
REGULAR –
NIVEL
SECUNDARIA –
II.EE.
COMPRENDIDAS
EN LA JORNADA
ESCOLAR
COMPLETA –JEC.
EDUCACIÓN
BÁSICA
REGULAR –
NIVEL
SECUNDARIA –
CENTROS
RURALES DE
FORMACIÓN
EN
ALTERNANCIA-
CRFA.
EDUCACIÓN
BÁSICA
ALTERNATIVA
–CICLO
AVANZADO –
EBA.
En la norma técnica de elaboración y aprobación del Cuadro de Distribución de Horas
Pedagógicas, se considera las disposiciones para Educación Básica Regular y de Educación
Básica Alternativa.
R.VM. N° 081-2015-MINEDU
15. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
5.5.1
La comisión conformada a nivel de la institución educativa,
según sea el caso, formulará el cuadro de distribución de horas
pedagógicas, considerando el número de secciones y grados
aprobados por resolución directoral en base al PAP aprobado y
vigente año 2015, en concordancia con el plan de estudios
correspondiente, debidamente firmado por los integrantes de la
comisión.
5.5 CRITERIOS PARA LA FORMULACIÓN DEL CUADRO
DE DISTRIBUCIÓN DE HORAS
Numeral de la
Norma Técnica.
La distribución de horas pedagógicas de los profesores y profesoras
de las instituciones educativas del nivel de educación secundaria de
la Educación Básica Regular se realiza de acuerdo a los anexos
según corresponda establecidos en la norma técnica aprobado
mediante R.VM. N° 081-2015-MINEDU, considerando el
siguiente orden de prelación:
5.5.2
a) Personal Directivo
b) Personal Jerárquico
c) Personal Docente
16. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
COMPOSICIÓN:
EBR-
NIVEL SECUNDARIA
Y JEC.
EBR-
NIVEL SECUNDARIA –
CENTRO DE
FORMACIÓN EN
ALTERNANCIA.
- El Director de la Institución Educativa, quien la preside.
- Un Subdirector , quien actúa como secretario
- De existir más de un subdirector, será seleccionado el que
tenga mayor escala magisterial.
- En caso de igualdad de escala magisterial servidor
seleccionado será el que cuente con mayor tiempo de
servicios oficiales en la I.E.
- De no existir subdirector será reemplazado, en orden de
prelación, por un coordinador académico, miembro del personal
jerárquico o profesor de mayor escala magisterial.
- En caso de igualdad de escala magisterial, el servidor
seleccionado será el que cuente con mayor tiempo de servicios
oficiales en la I.E.
- Dos representantes de las y los profesores de la institución
educativa, elegidos por votación de las y los profesores
nombrados.
- El Director del Centro Rural de Formación en Alternancia.
- Dos representantes de los docentes de la institución educativa,
elegidos por votación de sus pares.
17. Comisión para la revisión y validación del cuadro de
Horas a nivel de UGEL o DRE
o Composición de la Comisión:
El Director/Jefe de AGP quien la preside
Un Especialista Administrativo de personal quien actúa como
secretario.
Especialista en Racionalizacion de AGI.
Especialista en Finanzas y/o Presupuesto de AGI
Especialista en Educación Básica Regular
Especialista en seguimiento de Gestión Pedagógica para JEC
o Funciones:
Convocar a los directores de las IIEE
Elaborar y aprobar el cronograma de las Comisiones de IIEE
Verificar la adecuada formulación e información contenida
Elaborar el proyecto de resolución de aprobación del Cuadro de
distribución de horas.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
18. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
FUNCIONES DE
LAS
COMISIONES
DE LAS II.EE.
a) Formular la propuesta del cuadro de distribución de horas
pedagógicas, de acuerdo al plan de estudios de la institución
educativa y al número autorizado de secciones por grado,
presentado por el Director de la institución educativa.
a) Distribuir las horas pedagógicas de conformidad con los criterios
establecidos en la norma técnica.
a) Presentar conjuntamente con la propuesta del cuadro de distribución de
horas pedagógicas de las instituciones educativas, los siguientes
documentos:
Proyecto Curricular Institucional (PCI) actualizado.
Presupuesto Analítico (PAP 2015), aprobado por el Área y/o
Dirección de Gestión Institucional de la Dirección Regional de
Educación (DRE) y/o Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL).
Cuadro de Asignación de Personal Docente (CAP) con los Nexus
actualizados.
Resolución Directoral, de reconocimiento de la Comisión de
Cuadro de Distribución de Horas Pedagógicas de la institución
educativa (I.E)
Acta de elección de los representantes de los docentes.
19. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
5.5.3
A su vez, dentro de cada nivel y/o modalidad educativa,
la distribución de horas pedagógicas, se realiza teniendo
en cuenta el título profesional pedagógico y
especialidad requerida para cada área curricular, de
acuerdo al siguiente orden de prelación:
1. Escala Magisterial.
2. Tiempo de servicios oficiales como
docente en la carrera.
3. Tiempo de servicios oficiales como
docente en la I.E., en el área curricular
correspondiente.
ORDEN DE PRELACIÓN
PARA LA
DISTRIBUCIÓN DE
HORAS PEDAGÓGICAS
20. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
5.5.7
En el marco de lo que establece la Novena Disposición
Complementaria Final y Transitoria de la Ley N° 29944,
Ley de Reforma Magisterial, para el año 2015, la jornada
laboral de 24 horas semanales, se incrementa en dos
(04) horas pedagógicas semanales, es decir a 28 horas
semanales, dichas horas (04) no forman parte de la
distribución de las horas asignadas, sin embargo se
deben considerar al establecer el horario semanal con
permanencia del profesor en la II.EE, de lunes a viernes,
encontrándose prohibido conceder día libre al profesor.
5.5.8
Las cuatro (04) horas descritas en el párrafo anterior, se destinarán a
las siguientes funciones:
Dos (02) horas para tareas de diseño, programación, implementación,
ejecución y evaluación de actividades de reforzamiento, nivelación y
recuperación de los aprendizajes de los estudiantes que van quedando
rezagados en el desempeño de sus competencias y capacidades en el marco
del principio de equidad educativa. El horario de reforzamiento, nivelación y
recuperación pedagógica se realizará en coordinación con la dirección de la
institución educativa y con los padres de familia.
21. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
5.5.8
Dos (02) horas para las siguientes actividades, determinadas por el
Director, en función a las demandas específicas que se presentan en la
institución educativa:
a) Planificar y evaluar en forma colegiada las unidades didácticas y sesiones de
aprendizaje.
b) Realizar asesoría personalizada a los estudiantes en el área de su competencia.
c) Brindar atención a la familia del estudiante, concertando entrevistas que permitan
recoger información relevante, así como ofrecer pautas de intervención.
d) Apoyar al equipo directivo en el monitoreo y acompañamiento a sus pares en
aula.
e) Participar en procesos de planificación, organización, ejecución y evaluación de
actividades institucionales que fortalezcan y consoliden las relaciones entre la
institución educativa y la comunidad.
f) Realizar investigación diagnóstica de la realidad de los estudiantes a nivel
cognitivo, emocional y social.
22. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
5.5.9
5.5.10
Para el cumplimiento de las actividades que realizarán los
profesores del nivel de educación secundaria, corresponderá al
Director de la institución educativa organizar las
actividades que desempeñaran los profesores en el incremento
de la jornada laboral, el mismo que será con permanencia en la
institución educativa, atendiendo la demanda de los
estudiantes y las características sociales, económicas –
productivas del entorno de la institución educativa
Conforme a las necesidades e intereses de los estudiantes, las
instituciones educativas del nivel de secundaria de la
educación básica regular, pueden disponer más de una hora
de tutoría, en el grado o grados que se consideren necesarios.
En las instituciones educativas comprendidas en la JEC, se
establecen dos (02) horas de tutoría, las cuales se desarrollan
de manera consecutiva, de acuerdo a su plan de estudios.
23. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
5.5.11
5.5.12
Las instituciones educativas del nivel secundaria de la
educación básica regular que participan de las acciones de
Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar
y aquellas instituciones educativas comprendidas en el modelo
JEC, destinaran tres (03) horas de libre disponibilidad para el
Área de Educación Física, en el caso de que formen parte de
dichas actividades.
Las instituciones educativas públicas que fueron colegios de
variante técnica harán uso de las horas de libre disponibilidad
para el desarrollo del área de educación para el trabajo, si así
lo determina su proyecto educativo institucional, asimismo, si
cuentan con la disponibilidad presupuestal podrá realizar el
desdoblamiento de horas, para ello se organizarán dos grupos
de trabajo por cada sección considerando como máximo 20
estudiantes por cada grupo del área curricular de educación
para el trabajo.
24. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
5.5.13
El Director de la II.EE. del Nivel Secundaria de EBR, así
como de la JEC, del CRFA y de los CEBA que tienen
Ciclo Avanzado, con la Resolución que aprueba el cuadro
de distribución de horas pedagógicas, elabora el Horario
de Clases con la participación de los representantes de
los docentes, teniendo en cuenta las disposiciones
establecidas en la norma técnica que regula el desarrollo
del Año Escolar 2016
5.5.15
El personal docente contratado por reemplazo de
personal titular (con licencia, encargo, sanción,
designación o destaque) asume las horas
pedagógicas designadas al profesor titular en el
cuadro de distribución de horas pedagógicas, al día
siguiente de efectuarse la acción de movimiento de
personal.
25. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
5.5.19
El artículo 141° del Reglamento de la LRM, refiere que el
personal Jerárquico de las Instituciones Educativas tiene
asignada una jornada de trabajo de (40) horas pedagógicas
semanal-mensual, distribuidas en los turnos de
funcionamiento de la II.EE. Tienen a su cargo el dictado
obligatorio de doce (12) horas de clase, las cuales forman
parte de su jornada de trabajo.
Precisión:
Personal
Jerárquicos.
El personal directivo titular o encargado con 10 menos
secciones del nivel secundaria de la Educación Básica
Regular necesariamente asumirá doce (12) horas pedagógicas
de dictado de clase en el área curricular que acredite su título
o especialidad, exceptuándose de dicha disposición a los
directores titulares o encargados a cargo de instituciones
educativas que aplican el modelo del servicio educativo
Jornada Escolar Completa –JEC.
26. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
5.5.20
Las plazas vacantes y las horas pedagógicas para cubrir las
metas de atención, se registran luego de la distribución de horas
pedagógicas efectuada al personal nombrado, agrupando las
especialidades por áreas curriculares, las que serán asignadas al
personal contratado según la norma técnica para el concurso
público de contratación de docentes en instituciones educativas
públicas correspondientes.
En caso de excedencia de personal, el proceso de racionalización se
realiza de acuerdo al procedimiento establecido en las “Normas técnica
para el proceso de racionalización de plazas de personal docente,
directivo y jerárquico en las instituciones educativas públicas de
Educación Básica y Técnico Productiva”. Las plazas excedentes
deberán ser señaladas según los formatos establecidos en la presente
norma.
5.5.21
27. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
Las fases del cronograma descritas en el literal b) del numeral 5.4.2 y
la expedición de la resolución de aprobación del cuadro de
distribución de horas pedagógicas de las instituciones educativas,
efectuado por la UGEL, DRE o quien haga sus veces, según
corresponda, no deben de efectuarse con posterioridad al 10 enero de
cada año.
Una vez culminada la revisión y validación de los cuadros de
distribución de horas pedagógicas por parte de la comisión, remite al
Área y/o Equipo de Personal de la DRE/UGEL los anteproyectos de
cuadro de distribución de horas pedagógicas de las instituciones
educativas, con el visto bueno correspondiente para su aprobación
mediante acto resolutivo por parte de la DRE y/o UGEL.
5.6.1
5.6.2
APROBACION DEL CUADRO
DE DISTRIBUCIÓN DE HORAS
PEDAGÓGICAS.
28. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
Una vez aprobado mediante acto resolutivo el cuadro
de distribución de horas pedagógicas por la DRE y/o
UGEL, según corresponda, dicho cuadro no se podrá
reajustar o modificar. Solo por excepción, las
instituciones educativas que tienen una reducción de
metas de atención podrán modificar el cuadro de
distribución de horas pedagógicas.
Por incremento de metas de atención no procede
reajustar o modificar el cuadro de distribución de horas
pedagógicas, ya que el referido cuadro se encuentra en
función al PAP aprobado y vigente de cada institución
educativa.
5.6.3
5.6.4
30. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
E.B.R. –Nivel Secundaria
–Profesor nombrado.
1ERA. CASUISTICA
Horas de Dictado en Clases en Aula 24 Hrs.
Horas de Incremento de Jornada Laboral,
REFORZAMIENTO, NIVELACIÓN Y RECUPERACIÓN. 02 Hrs.
ACTIVIDADES DETERMINADAS EN FUNCIÓN A LAS
DEMANDAS ESPECIFICAS QIE PRESENTAN LAS II.EE. 02 Hrs
Total 28 Hrs.
2DA. CASUISTICA
Horas de Dictado en Clases en Aula 24 Hrs.
Horas de Incremento de Jornada Laboral,
REFORZAMIENTO, NIVELACIÓN Y
RECUPERACIÓN 02 Hrs.
ACTIVIDADES DETERMINADAS EN FUNCIÓN
A LAS DEMANDAS ESPECIFICAS QUE
PRESENTAN LAS II.EE.
02 Hrs.
HORAS ADICIONALES como máximo hasta
02 horas-Completar Plan de Estudios.
02 Hrs.
Total 30 Hrs.
Para la distribución de
horas Pedagógicas, solo se
considera las 24 horas.
Para la distribución de horas, solo se
considera las 24 horas + 02 horas
adicionales para completar el plan de
estudios.
Las 04 horas de incremento de jornada laboral, es para realizar
reforzamiento, nivelación y recuperación así como actividades
determinadas en función a las demandas que presenta la I.E., no se
considera para la distribución de horas, solo se considera para la
distribución de horario de clases.
31. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
E.B.R. –Nivel Secundaria
–Profesor Contratado.
1ERA. CASUISTICA
Horas de dictado en Clases en Aula 24 Hrs.
Horas adicionales para el dictado de clases
06 Hrs
Total 30 Hrs.
Para la distribución
de horas, se puede
llegar a considerar
hasta 30 horas.
A TENER EN CUENTA:
• Profesores contratados se puede ejecutar contratos con
jornada de trabajo como mínimo 04 horas para completar
el Plan de Estudios.
• En caso de distribución de horas de clases, los profesores
Contratados pueden asumir horas adicionales hasta un
máximo de 06 horas adicionales.
33. Objetivo General
Modelo de servicio que:
• Amplía las oportunidades de aprendizaje.
• Mejora la calidad del servicio de Educación Secundaria.
• Promueve el cierre de brechas y la equidad educativa del
país.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
34. • Formulación del cuadro de Distribución de Horas
o Se considerara el siguiente orden de prelación:
Personal Directivo
Personal Jerárquico
Personal Docente
o La distribución de horas pedagógicas se realiza teniendo en cuenta el titulo profesional
pedagógico y especialidad requerida para cada área curricular, de acuerdo al siguiente
orden de prelación:
Escala Magisterial
Tiempo de servicios oficiales como docente en la carrera
El tiempo de servicios oficiales como docente en la Institución Educativa, en el área
curricular correspondiente.
Se refiere al tiempo de servicio acreditado desde su ingreso a la Carrera Pública
Magisterial. No se tiene en cuenta contratos, auxiliar o docente interino, entre otros.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
35. Áreas curriculares
Horas Semanales
JE
Horas Semanales
JEC
Matemática 4 6
Comunicación 4 5
Inglés 2 5
Ciencia Tecnología y Ambiente 3 5
Historia, Geografía y Economía 3 3
Educación para el Trabajo 2 3
Formación Ciudadana y Cívica 2 3
Persona Familia y Relaciones Humanas 2 2
Educación Física* 2 2
Arte 2 2
Educación Religiosa 2 2
Tutoría y Orientación Educativa 1 2
Horas libre disponibilidad** 6 5
Total de horas 35 45
Plan de Estudios y Áreas Curriculares priorizadas
1. Componente Pedagógico
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
36. Los docentes que laboren en I.E. con el Modelo JEC tendrán una jornada laboral de 30
horas pedagógicas semanales, de las cuales hasta (26) horas pedagógicas serán
destinadas al trabajo en aula. La diferencia de (04) horas será destinada para la atención
a los estudiantes y padres de familia para garantizar el trabajo colegiado y para la
elaboración de materiales y revisión de logros de estudiantes . (consecuentemente,
tendríamos 26 horas para completar plan de estudios + incrementándose 04 horas
adicionales para la atención de estudiantes y padres de familia, en total 30 horas.)
Los Coordinadores Pedagógicos JEC asumen una carga de 30 horas pedagógicas
semanales de las cuales (12) horas pedagógicas son para el trabajo en aula y las (18)
horas restantes realizaran la labor de acompañamiento pedagógico y fortalecimiento del
trabajo colegiado.
Los Coordinadores de Tutoría JEC, asumen una carga de 30 horas pedagógicas
semanales de las cuales cumple (12) horas pedagógicas para el desarrollo de sesiones de
aprendizaje y las (18) horas restantes serán utilizadas para realizar labores de
acompañamiento a docentes tutores y fortalecer la atención tutorial integral.
Precisiones:
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
38. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
E.B.R.- JEC
Profesor nombrado
Para la distribución de horas en JEC, se
considera las 26 horas + las 04 horas del
trabajo colegiado.
Jornada Escolar Completa
1era. CASUÍSTICA
Horas de Dictado en Clases en Aula 26 Hrs.
Horas para la atención de
estudiantes y padres, para garantizar
el trabajo colegiado. 04 Hrs.
Total 30 Hrs.
39. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
E.B.R.- JEC
Profesor contratado
La norma de contrato docentes año 2016,
señala que para EBR –JEC, los profesores
contratados en plazas orgánicas vacantes
pueden asumir horas adicionales como
máximo 06 horas adicionales, de las
cuales 02 horas serán destinadas al
trabajo en aula y la diferencia será
destinado para JEC.
Los profesores contratados no forman parte de la carrera
Pública Magisterial, por ello no perciben las 04 horas de
incremento de jornada laboral, que perciben los profesores
nombrados de EBR – Nivel Secundaria.
CASUISTICA
Horas de dictado en clases de aula 24 Hrs.
Horas destinados al trabajo de aula 02 Hrs.
Horas para el trabajo colegiado, asesoría a
los estudiantes, atención a los padres de
familia
04 Hrs.
Total 30 Hrs.
Para la distribución de horas en JEC, se
considera las 30 horas.
Jornada Escolar Completa
40. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
CARGOS IMPLEMENTADOS
E.B.R.- JEC
CARGOS IMPLEMENTADOS
CARGO DE ORIGEN
(nombrados) DENOMINACION DEL NUEVO CARGO HORAS POR CUBRIR
PROFESOR DE I.E COORDINADOR PEDAGOGICO
12 HORAS
PROFESOR DE I.E
COORDINADOR DE TUTORIA
12 HORAS
JERARQUICOS
COORDINADOR PEDAGOGICO Y
COORDINADOR DE TUTORÍA SOLO FUNCIÓN
Para la implementación de la Jornada Escolar Completa –
JEC, en el Sistema de Administración y Control de Plazas –
NEXUS, se ha implementado los siguientes esquemas de
funcionamiento:
Jornada Escolar Completa
41. Esquema de Funcionamiento de la Jornada Escolar Completa en
el Sistema de Administración y Control de Plazas NeXus
COORDINADOR JEC
(vacante)
PROFESOR DE I.E.
(vacante-12 Hrs.)
PROFESOR DE I.E.
(nombrado – 24 Hrs.)
COORDINADOR JEC
(encargado-12 Hrs.)
Encargatura de Plaza
Encargatura de Coordinador Pedagógico y de Tutoría en Plaza:
PROFESOR DE I.E.
(nombrado – 12 Hrs.)
DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA DE DOCENTES -DITEN
42. Esquema de Funcionamiento de la Jornada Escolar Completa en
el Sistema de Administración y Control de Plazas NeXus
COORDINADOR JEC
(vacante)
JERÁRQUICO
(nombrado – 40 Hrs.)
COORDINADOR JEC
(encargado)
Encargatura de Función
Encargatura de Coordinador Pedagógico y de Tutoría como Funciones:
DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA DE DOCENTES -DITEN
43. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
CONCLUSIONES:
1. Los profesores nombrados, que se encuentren en plaza
orgánica con 28 horas, en el Cuadro de Horas no debe
de figurar con 28 horas, en el cuadro de horas debe
figurar con 24 horas.
• Para los casos de (nombrados) JEC debe emitirse una
resolución para la asignación de las 2 horas
adicionales. Esta resolución no se registra ni se emite
por NEXUS.
• Para efectos de generar el pago correspondiente el
técnico de planillas digita en el SUP las horas
adicionales.
44. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
CONCLUSIONES:
DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA DE DOCENTES -DITEN
2. Los profesores nombrados en plaza orgánica que
asumen la función de Coordinadores Pedagógicos o de
Tutoría, en el cuadro de horas no debe figurar su
jornada laboral con 12 horas.
• En el cuadro de horas debe de figurar con jornada
laboral de 24 horas.
• Después de aprobar el Cuadro de Horas, debe de
emitirse el acto resolutivo de manera externa y
registrarse la encargatura en el NEXUS. Se creará una
plaza espejo por la mitad de la jornada (12 horas) que
podrá cubrirse por contrato.
45. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
CONCLUSIONES:
3. Los profesores contratados por Bolsa de Horas, se
contrata las horas adicionales del Modelo JEC, la
contratación de horas adicionales de clases no puede ser
menor de 4 horas.
. De ser necesario contratar a un docente por más de 24
horas por bolsa de horas, debe emitirse una resolución de
contrato con un máximo de 06 horas.
• Para el resto debe generarse un segundo contrato por
bolsa de horas (ambas resoluciones deben ser
registrados y emitidos por NEXUS, el cual debe tener
un mínimo de 4 horas y un máximo de 24 horas)
46. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
CASO FRECUENTE:
4. Los contratos de 25 horas de jornada laboral:
Para ello se debe de registrar y emitir una Resolución por
las 4 horas mínimas y otra resolución por las 21 horas
restantes, siempre con la obligación de ser emitidas a través
del Sistema NEXUS.
Obligación de las Instancias de Gestión Educativas
Descentralizadas de usar los Sistemas NEXUS, SUP y
SIRA.
La contratación de profesores debe ser registrada en el
Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de
Planillas y de Datos de los RR.HH. del Sector Público
(AIRHSP).
47. DIRECCIÓN DE TRAYECTORIA Y BIENESTAR DOCENTE.
DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE
CUADRO DE HORAS 2016.
CONCLUSIONES:
5. Los profesores contratados en plaza orgánica que tienen
una jornada laboral de 24 horas.
• La Resolución de contrato en plaza orgánica no debe de
ser mayor a 24 horas.
• En el cuadro de horas debe de figurar como jornada
laboral de 24 horas.
• La Resolución de contrato que se emite a través del
NEXUS, debe de ser por 24 horas.
• El contrato por las 06 horas adicionales (pueden ser
hasta 2 horas en clase y 4 horas adicionales del
modelo JEC) debe registrarse en NEXUS.
• La Resolución se emite por NEXUS como contrato por
Bolsa de Horas.
(*) Las IIEE que sean parte de las Redes de Fortalecimiento para la Educación Física y el Deporte utilizarán 3 horas adicionales de la libre disponibilidad, acorde a la metodología propuesta en los Lineamientos del Plan Nacional de Fortalecimiento para la EF y el DE.
(**) Las horas de libre disponibilidad se priorizarán para el área de EPT, dependiendo de los recursos, infraestructura y mobiliario que disponga la IE.