2. ¿ Que es ?
Se trata de un ente mercantil.
Es una de las sociedades en que
predomina las cualidades
individuales de quienes se
asocian y la confianza que se
tengan.
4. Requisitos y autorizaciones
1. Minimo de dos socios ( no tiene limites).
2. El capital debe pagarse en su totalidad al momento de
constituirse la compañia.
3. El capital social se divide en partes de interes social de igual
valor.
4. Las partes de interes pueden ser en dinero, trabajo o en
especie.
5. La razon social se forma con el nombre y apellido de alguno o
de algunos de los socios, seguido por las expresiones " y cia",
"hermanos", "e hijos", "asociados".
5. Administracion.
La administración corresponde a
todos y cada uno de los socios, pero
podra delegarse en consocios o en
extraños. Los socios tendran el
derecho de inspeccion, por si
mismos o delegando en
representantes en cualquier epoca
y en todos los libros y papeles de la
sociedad.
6. Ventajas.
1. La motivación de cada socio para dedicar su
mejor esfuerzo es grande dado que participan
directamente en los beneficios.
2. La posibilidad de reunir un mayor capital para la
empresa.
3. Son varias las experiencias que se dedican a
imprimir dinamismo a la empresa.
4. Todos los socios responden de manera
subsidiaria, solidaria e ilimitadamente a las
obligaciones de la Sociedad.
5. Cada socio tiene derecho a un voto salvo
pactado en lo contrario.
7. Desventajas.
1. La sociedad se disuelve con la
muerte de uno de sus socios.
2.La admisión de nuevos socios
requiere el consentimiento de los
otros.
3.El financiamiento por incremento
de capital social a largo plazo es
más difícil
8. Causales de disolución
La muerte de alguno de los socios, si no se cumplen las condiciones
del párrafo anterior.
Por incapacidad de alguno de los socios, cuando no se acepta que los
derechos del incapaz sean ejercidos por su representante.
La declaración de quiebra de alguno de los socios, si los otros socios
no compran su interés social o no permiten la venta a un extraño.
Por la venta del interés social de alguno de los socios a un extraño, si
los demás asociados no convienen en continuar la sociedad con el
extraño.
Por renuencia o retiro de uno de los socios, cuando los demás no
aceptan la compra de la parte social o la venta de la misma a un
extraño.
9. El patrimonio.
Su capital se divide en
participaciones sociales que solo
pueden transferirse por escritura
publica; no pueden constar en
titulos de ninguna especie.
10. Consecuencias juridicas.
La no transmisibilidad de la condición de socio;
La administración y gestión de la sociedad en manos de los
propios socios;
La responsabilidad ilimitada, personal y solidaria de todos ellos;
Por esto, se dice que la separación entre el patrimonio social y
personal de cada socio es relativa. Es una sociedad en la cual los
socios asumen responsabilidad ilimitada y solidaria frente a
terceros. Pero ésta responsabilidad es de carácter subsidiario, al
gozar los socios de beneficios de excusión.
Este régimen de responsabilidad ilimitada contrasta con el de
responsabilidad limitada propio de la Sociedad Anónima o la
Sociedad de Responsabilidad Limitada, en la que el accionista no
puede perder más que lo aportado. La responsabilidad del socio
sólo juega una vez agotado el patrimonio social, por ello es
subsidiaria.