2. HIMNOS
HIMNO NACIONAL
CORO
Ho gloria inmarcesible,
Ho jubilo inmortal
El surco de dolores
el bien germina ya(Bis)
I
Cesó la horrible noche
La libertad sublime
Derrama las auroras
De su invencible luz
CORO
II
La humanidad entera
Que entre cadenas gime
Comprende las palabras
Del que murió en la cruz.
CORO
3. BUNDE TOLIMENSE
Canta el alma de mi raza
En el bunde de castilla
Y es el canto el sol que abraza
Nacer, vivir, morir;
Amando el magdalena
La pena se hace buena
y alegra el existir.
La. La, la la la.(Bis)
Baila, baila, baila, baila
Sus bambucos mi Tolima
El aguardiente es más
Valiente y leal.
Soy vaquero Tolimense
Y en mi pecho llevo espumas
Va mi potro entre las brumas
Con cocuyos en la frente.
Y al sentir mi galopar
Galopa el amor del corazón
Pues mi rejo va a enlazar
La dulzura del amor
Con la voz de mi cantar
MI Tolima.
4. HIMNO DE ORTEGA
ORTEGUNITA
Ortegunita hechicera
que robaste mi cariño
Como cautivo esta tierra
Mi corazón desde niño.
Mi amor coloqué a tus plantas
Ortegunita de mi alma
Como tributa el Tetuán
Sus aguas en el Saldaña (Bis)
Hay en tu porte gentil
Ortegunita querida
La frescura del loany
Y la altivez del calarma.
En tus ojos mi Dios puso
Ortegunita el hechizo
Que tienen los abechucos
Cuando brilla el sol de estío (Bis)
Y en la noche eres panal
Ortegunita de mi alma.
(Pedro J. Ramos).
5. ACUERDO NO. 001 DE 2014
Por medio del cual se reestructura el Manual de Convivencia de la Institución
Educativa Altozano, Ortega – Tolima.
El Consejo Directivo de la Institución Educativa Altozano de conformidad con la
resolución No 1404 de 19 de Noviembre de 2002, con fundamento en la
constitución Política Colombiana, La Ley de Infancia y Adolescencia, la Ley
General de la Educación No 115-94, y sus decretos reglamentarios, especialmente
el l860-94, La ley 715 de 2001, el decreto1290 de 2009 y en las directrices dadas
por la corte Constitucional Colombiana.
En ejercicio de sus facultades legales y:
CONSIDERANDO
Que de acuerdo con la ley 115 de 1994 toda Institución Educativa debe tener un
Manual de Convivencia, que debe ser evaluado y actualizado permanentemente
de acuerdo a las experiencias y necesidades de la comunidad.
ACUERDA
ARTICULO 1: Adoptar el Manual de Convivencia por medio del cual se regirán los
estatutos de nuestra comunidad educativa, aprobando en su totalidad el texto
presentado por los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa.
ARTÍCULO 2: Autorizar a la Señora Rectora para la publicación y divulgación del
mismo.
ARTÍCULO 3: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de expedición y deroga
todos los anteriores.
Dado en ortega, Tolima, a los 5 días del mes de Marzo de 2014.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
En constancia de lo anterior firma el Consejo Directivo.
MARIA NUBIA TRIANA LEAL
Rectora
AMANDA LUCIA DIAZ MARTINEZ DEYAMIRA RADA SAAVEDRA
6. Representante de los Docentes Representante de los docentes
JOSE OVER SANTA ASCENCIO JOSE SEVERIANO JARA SANTA
Representante de la Asoc. Padres de Flia Repres. Consejo de Padres
HERMES MORENO PEREZ HERIBERTO QUESADA JARA
Representante del Sector Productivo Representante Exalumnos
EDMER ALEIDER BATA ROZO
Representante de los estudiantes
7. INSTITUCION EDUCATIVA ALTOZANO
MANUAL DE CONVIVENCIA
IDENTIFICACION Y SITUACION LEGAL
Nombre: INSTITUCIÓN EDUCATIVA ALTOZANO
Resolución de aprobación de estudiantes: Nº 1384 del 7 Octubre de 2009
Código DANE: 273504000920
Registro Educativo: 15042140
Código ECFES: 145318
Nit: 800081167-1
Municipio: Ortega
Departamento: Tolima
Núcleo Educativo: Nº 53
Jornada: Mañana
Horario: Básica Primaria: 7:30 A.M a 1:00 P.M
Horario: Básica Secundaria y MEMA: 7:30 A.M a 1: 30 P.M
Carácter: Académico
Naturaleza: Oficial
Niveles: Preescolar - Básica Primaria - Básica Secundaria o pos primaria y MEMA (Media
Académica Rural), SER (Educación Para Adultos).
8. DIAGNOSTICO
LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA ALTOZANO se encuentran ubicada en la zona rural y limita por
oriente con el rio Ortega , por el occidente con la vereda calarma, por el norte con el rio cucuana
y por el sur con la vía a la vereda el vergel, está integrada por 23 sedes: Altozano - El
triunfo – Mesa de Ortega – Los Andes – Naranjos – La popa – Balsa Fruteros -
Calabozo – La Milagrosa – La Yucala – Bellavista – Campo alegre - Sinaí -
Guineal Palmas – El Tigre – Los Medios – Cachipay – Cervantes – La Estrella –
Balcones – Las Palmas (inactiva) - Mundo Nuevo.
La mayor parte de sus sedes se encuentran en la parte alta de la cordillera, con
variedad de climas caliente, templado y frio.
La Institución cuenta con 45 Docentes, 5 Administrativos,1 rector,1 coordinador
y 659 alumnos, distribuidos así: de preescolar 81 alumnos, 423 de Primaria, 184
de Básica Secundaria, 24 de Media académica y 20 alumnos de Modalidad
SER.
En la Planta Docentes contamos con 7 en propiedad del 2277, 16 Docentes de
Planta del 1278, 14 Docentes en provisionalidad del 1278 y 8 docentes en
provisionalidad del 804.
La Sede Principal está ubicada en la vereda ALTOZANO, a 7 Kilómetros de la
cabecera Municipal, por vía carreteable a 15 Minutos. Se encuentra bordeada
por el rio Ortega y la Quebrada Toy.
La Institución Ofrece a sus educandos Modalidades de Preescolar, Básica
Primaria, Básica Secundaria y MEMA.
9. PRESENTACION
El presente manual de convivencia fue elaborado socializado y concertado
Con todos los estamentos que conforman la comunidad educativa de la
Institución Educativa Altozano, el cual promueve un proceso de formación
educativo, dentro de un marco ético basado en los valores del ser humano como
es el respeto, la solidaridad, la honestidad y la responsabilidad orientados hacia la
excelencia de la calidad humana de nuestros educandos.
Es de suma importancia que cada uno de los miembros de la comunidad
educativa de esta Institución nos involucremos en el desarrollo de este proceso
de forma consciente y responsable para orientar la formación de los jóvenes,
respecto a la ejecución y cumplimiento del manual de convivencia acordado.
Los procedimientos de este manual de convivencia, están basados en el
cuestionamiento, reflexión y dialogo permanente, como mecanismo que permitan
dar solución a diversas situaciones que conduzcan al avance y fortalecimiento de
las personas hacia la excelencia y la sana convivencia social que estimule de esta
forma el desarrollo integral de la comunidad educativa. Dentro del proceso
pedagógico, el concepto de disciplina obedece a la autorregulación del desarrollo
integral de las personas y la relación con los semejantes ante diversas
situaciones.
La institución juega papel importante al apoyar y brindar elementos suficientes
para que la comunidad educativa construyan a partir de los sucesos cotidianos,
conceptos y hábitos de convivencia necesarios para el crecimiento y
enriquecimiento, personal e institucional.
10. JUSTIFICACION
La Institución Educativa ALTOZANO en uso de sus atribuciones legales que le
confiere el Ministerio de Educación Nacional y de acuerdo con la Constitución
política de Colombia, se considera necesario y obligatorio, para todas las
Instituciones Educativas, tener un reglamento de los principios básicos o
Manual de Convivencia el cual debe ser conocido y entregado a los padres de
familia, durante el proceso de Matrícula de sus hijos en la Institución, para la
consolidación de la normas, criterios y modelos básicos de conducta que ayuden a
encausar rectamente la vida del estudiante, ya que es un deber del hogar y de la
Institución Educativa proporcionárselos oportunamente. Apoyados en la
Constitución Política Colombiana, ley general de educación (Ley 115 de 1994),
Decreto 1860 de 1994, ley 1620 del 15 de marzo de ley 1098 de 2006 (código de
infancia y adolescencia) y demás disposiciones reglamentarias.
La educación es responsabilidad de toda la comunidad educativa: Padres de
familia, Estudiantes, Docentes, Directivos y Administrativos. Quienes están
llamados a participar activamente en la construcción y formación durante el
desarrollo de este proceso.
Por lo tanto el Manual de Convivencia está justificado en la constitución política
colombiana, ley general de educación (Ley 115 de 1994), Decreto 1860 de 1994,
ley 1620 del 15 de marzo de 2013 (sistema nacional de convivencia escolar), ley
1098 de 2006 (código de infancia y adolescencia) y demás disposiciones
reglamentarias. El manual de convivencia pretende ser una herramienta
pedagógica a nivel institucional, que facilita a los miembros de la comunidad
educativa, tener una convivencia sana, armónica y se encuentren en estrecha
relación de colaboración y apoyo permanente para formar hombres y mujeres
integrales dentro de la comunidad.
La Institución Educativa ALTOZANO cuenta con una población estudiantil de
659 estudiantes, distribuidos en los niveles de preescolar, básica Primaria,
básica Secundaria y Mema (Media Académica Rural) apoyados en una planta
de 45 docentes, ubicados en las 23 sedes , 2 directivos docentes y 5
administrativos.
11. MARCO LEGAL
Constitución Política de Colombia de 1991. Título II, de los derechos,
garantía y los deberes.
Ley 115 de 1994. Ley General de Educación, TITULO I,II, III, IV, V, VIII, X
Decreto 1860 de 1994, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115
de 1994, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales.
Decreto 1290 por el cual se reglamenta el aprendizaje y promoción de los
estudiantes de los niveles de educación básica y media.
Resolución 4210 de 1996, por el cual se establece reglas generales para la
organización y funcionamiento del servicio social estudiantil obligatorio.
Decreto 2247 por el cual se establecen normas relativas a la prestación del
servicio educativo a nivel preescolar y se dictan otras disposiciones.
Decreto 1286 por el cual se establecen normas sobre la participación de los
padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los
establecimientos oficiales y privados y optan otras disposiciones.
Ley 1098 de 2006, código de infancia y adolescencia.
Guía 34 del Ministerio de Educación Nacional.
Normas técnicas colombianas NTC 4596.
Ley 1620 del 15 de marzo de 2013 (sistema nacional de convivencia
escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la
educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia
escolar).
a) MISION
“Formar personas conscientes, responsables, solidarias, reflexi vas y
tolerantes, mediante la convivencia en armonía, teniendo en cuenta lo cultural
de la región, respetando su etnia, haciéndolos críticos y participativos”
b) VISION
“Proyectar la institución, la comunidad educativa y su entorno hacia la
educación media académica y sea el centro de las comunidades para el
desarrollo tecnológico e investigativo con proyección a la media técnica
especialidad agropecuaria.
12. PERFIL DEL ESTUDIANTE
El educando debe ser una persona con principios y valores, que se auto-eduque
mediante la consulta, experimentación y orientación, abordando con propiedad las
temáticas vistas en clase con visión positiva hacia el futuro, conllevando a que
sean críticos y autónomos, avanzando en el conocimiento y desarrollo personal,
desenvolviéndose con facilidad a través de la comunicación, demostrando
sencillez y humildad con sus congéneres.
FILOSOFIA Y OBJETIVOS INSTITUCIONALES
La Institución Educativa Altozano está proyectada a formar estudiantes con
educación integral, competentes, con metas y objetivos definidos que propendan
por el desarrollo de su entorno.
La obediencia, la docilidad, la aplicación y el aprovechamiento del tiempo, la
pureza en sus costumbres, la caballerosidad y la cultura, serán instintivos
inequívocos y brillantes de nuestra educación resaltando nuestro lema
“aprendiendo a convivir, formaremos al hombre del futuro”.
Es importante, destacar que se debe preparar a toda la comunidad educativa para
enfrentar los retos, en consecuencia, el proyecto es ante todo moldeable, seguirá
siendo un llamado a la reflexión y una convocatoria a la transformación que nos
permita estar evaluando nuestras fortalezas y debilidades.
Lo anterior con el fin de “contribuir a la formación de ciudadanos acti vos que
aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e
intelectual”
OBJETIVOS GENERALES
1. Cumplir con lo ordenado por la ley 115 de 1994, el decreto 1860 de
1994, la ley 715/2001, y el decreto 1290/2009.
2. Propiciar una formación integral mediante el acceso de manera crítica y
creativa al conocimiento, relacionándolo con la naturaleza, para la
adaptación a la sociedad.
3. Exaltar la labor del docente para que se constituya en el eje que
conlleve a nuestros educandos a mejorar su nivel académico.
4. Aplicar de manera continua los estándares y competencias para
garantizar, fomentar y desarrollar los valores como la tolerancia, la
democracia, el respeto, justicia y ayuda mutua para lograr una mejor
convivencia en la comunidad educativa.
5. Orientar a los educandos para la conservación y valoración de la
naturaleza y medio ambiente.
13. 6. Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un
proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia
y al acoso escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos y el
impacto de los mismos incorporando conocimientos pertinentes acerca del
cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás inculcando la
tolerancia y el respeto mutuo.
7. Sensibilizar al núcleo familiar a través de la escuela de padres. En donde
se suscite la participación, planeación y desarrollo de estrategias que
promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y
reproductivos, la participación, democracia, y el fomento de hábitos de
vidas saludables.
CAPITULO PRIMERO
DE LA INSTITUCION.
ARTICULO 1º. CARACTERIZACION: El Núcleo rural Altozano ubicado en la
Vereda Altozano del Municipio de Ortega Tolima, modificado mediante
Resolución No. 1404 del 19 de Noviembre de 2002 por medio de la cual se
integran y asocian unos establecimientos educativos y se modifica parcialmente
la razón social quedando como Institución Educativa Altozano, para impartir
enseñanza de carácter publica - mixta en los niveles de educación preescolar y
básica en los ciclos de primaria, secundaria y media rural con jornada Mañana,
calendario A.
ARTICULO 2º. ORGANIZACIÓN Y GOBIERNO: El gobierno escolar, de acuerdo
a lo contemplado en la ley 115/94 y Decreto 1860/94, Arts.19 y 20, está
conformado por:
Consejo Directivo
Consejo Académico
Comité de Evaluación y promoción
Además, el gobierno escolar contará con los siguientes organismos:
Por los Estudiantes:
El consejo de Estudiantes (Decreto 1860/94, Art. 29)
Los Representantes de los Estudiantes (Ley 115/94, Art.93)
El Personero de los Estudiantes (Ley 115/94, art.94, decreto 1860/94,
art.28)
La contraloría estudiantil.
14. Por los Padres de Familia:
La asociación de Padres de Familia (Código de la Infancia y la
Adolescencia, Ley 1098/06; Decreto 1625/72, Art.1; Ley 115/94 Art 4,7;
Decreto 1860/94, Art, 30)
El consejo de Padres de Familia (Decreto 1860, Art.31)
Por la comunidad educativa:
Comité de Convivencia
ARTICULO 3º. DEL CONSEJO DIRECTIVO (Ley 115/94, Art 143): El Consejo
Directivo estará conformado por:
El Rector de la Institución Educativa Altozano, lo presidirá y convocará
ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere
necesario.
Dos Representantes de los profesores elegidos por ellos mismos, según el
artículo 143 de la Ley 115/94 Ley General de la Educación y el Decreto
1860.
Dos representantes de los padres de Familia, elegido por la junta Directiva
de la Asociación de Padres de Familia de la Institución; uno deberá ser
miembro de la misma y el otro del consejo de Padres de Familia.
Un representante del Sector Productivo del área.
Un representante de los estudiantes que debe estar cursando el último
grado de Educación que ofrezca la Institución.
Un representante de los Ex alumnos, elegido por el Consejo Directivo de la
Institución.
ARTICULO 4º. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO (Ley 115/94, Art 144;
Decreto 1860/94 Art 23, Decreto 092/02 Art 10, Resolución 0184/2005, Art 4).
Las Funciones del Consejo Directivo serán las siguientes:
a) Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, que no
estén delegados o atribuidas como competencia a otra autoridad en el
manual o en las normas educativas vigentes.
b) Promover, participar y aprobar la elaboración del Proyecto Educativo
Institucional (P.E.I.).
c) Determinar el currículo y plan de estudios como parte integral del P.E.I.
d) Hacer seguimiento a la evaluación y actualización permanente del P.E.I. el
cual se podrá modificar constantemente, siguiendo el procedimiento
establecido en el Art 15 del Decreto 1860/94.
e) Elaborar e implementar el manual de convivencia de la Institución y adoptar
las reglamentaciones establecidas con el fin de hacerlo práctico.
f) Establecer estímulos y sanciones para el óptimo desempeño académico y
social de los educandos, de acuerdo con su competencia.
15. g) Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal
administrativo de la institución, haciendo las recomendaciones o tomando los
correctivos a que haya lugar.
h) Recomendar criterios de participación de la institución en actividades
comunitarias, culturales, deportivas y recreativas, así como regular las
relaciones de cooperación y compromisos con otros establecimientos
educativos.
i) Reglamentar los procesos electorales previstos para constitución del gobierno
escolar, contralor escolar, personero y la organización institucional.
j) Aprobar el presupuesto de ingresos CONPES y gastos de los recursos
propios y adiciones presupuestales.
k) Elaborar su propio reglamento.
PARAGRAFO: ACTAS Y ACUERDOS DEL CONSEJO DIRECTIVO
De cada reunión del consejo directivo se levantara un acta, de sus decisiones y se
formalizarán mediante acuerdos firmados por sus participantes.
ARTICULO 5º. DEL RECTOR Y SUS FUNCIONES.
Le corresponde al Rector del establecimiento educativo, quien es el representante
legal del establecimiento ante las autoridades educativas y el ejecutor de las
decisiones del Gobierno Escolar, las siguientes funciones:
a) Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar
decisiones del Gobierno Escolar.
b) Producir las resoluciones internas y los demás actos administrativos propios
de sus funciones, así como los actos necesarios para hacer cumplir las
decisiones de los Consejos y demás organismos del Establecimiento.
c) Coordinar el trabajo de los Consejos, comités y organismos de la Institución
buscando la armonía con los fines, objetivos y filosofía Institucional.
d) Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la
Comunidad Educativa.
e) Orientar el proceso educativo con la asistencia del proceso académico.
f) Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento
con la Comunidad Local.
g) Convocar dentro de los primeros 60 días calendario de cada periodo activo
anual a los diferentes Estamentos para efectuar la elección del Consejo
Directivo.
h) Presentar al Consejo Directivo el plan operativo correspondiente el cual
será revisado por lo menos cada año.
i) Citar y presidir el Consejo Académico.
j) Recibir las solicitudes de modificaciones al Proyecto Educativo Institucional
(P.E.I.) presentada por cualquiera de los Estamentos y finalmente el
Consejo Directivo.
16. k) Elaboración y ejecución de los recursos del Fondo de Servicios Educativos
aprobados por el Consejo Directivo.
l) Realizar el proceso de rendición de cuentas de acuerdo a la normatividad
vigente y realizar la publicación de las mismas establecido en la Ley.
ARTICULO 6º DEL COORDINADOR Y SUS FUNCIONES: (Leyes 115 de
1994 y 715 de 2001; los decretos reglamentarios 1860 de 1994,1278 de
2002, 1850 de 2002, 3020 de 2002, además en la circular 093 de 2009 de
Secretaria de Educación del Tolima. El directivo docente incide en las
acciones de mejoramiento en el desarrollo del PEI, en la aplicación de las
políticas educativas, la convivencia escolar, el trabajo en equipo, la
mediación ante los conflictos, la participación en la toma de decisiones, la
comunicación asertiva frente frente al liderazgo.
Las funciones de los coordinadores al interior de las Instituciones
Educativas, tienen un carácter disciplinario, ya que cumplen funciones
académicas, disciplinarias y administrativas, donde se encuentra
involucrada la comunidad educativa.
FUNCIONES DEL COORDINADOR:
a) Acompañar los procesos pedagógicos de las distintas áreas, ofreciendo
elementos para el mejor desempeño de los docentes en el aula.
b) Crear cronograma para el seguimiento de los procesos pedagógicos
institucionales.
c) Propiciar ambientes de reflexión pedagógicos en los docentes y alumnos
que ayuden a posibilitar la construcción del currículo es decir la pertinencia.
d) Crear instrumentos para la evaluación continua y sistemática de los
procesos pedagógicos de la institución educativa
e) Fomentar la investigación y capacitación de los docentes para el mejor
ejercicio del desempeño docente.
f) Aportar en la formación de la comunidad Educativa propiciando talleres
charlas y encuentros.
g) Conocer, divulgar y velar por la interiorización del manual de convivencia y
vela porque la CONVIVENCIA SOCIAL favorezca el desarrollo integral de
los estudiantes.
h) Capacitarse y actualizarse continuamente.
i) Fomentar las buenas relaciones con la comunidad Educativa.
j) Atender las inquietudes de padres de familia y de los estudiantes para dar
soluciones a tiempo.
k) Estudiar periódicamente los planes y proyectos de las diferentes áreas.
l) Crear y organizar los mecanismos necesarios para el control de la
disciplina.
m) Presentar los informes que se soliciten por la rectoría sobre el desarrollo
pedagógico de la Institución Educativa.
n) Ejercer la representación institucional por delegación del rector.
17. ARTICULO 7º. DEL CONSEJO ACADEMICO (Ley 115/94, Art.145 y Decreto
1860/94, Art 24).
El Consejo académico estará integrado por:
El rector de la Institución Educativa Altozano, quien lo presidirá.
El directivo docente de la Institución (Coordinador).
Un docente por cada área definida en el Plan de Estudios.
ARTICULO 8º. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO
El Consejo Académico tendrá las siguientes funciones:
a) Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento académico de la
Institución, resolver los conflictos académicos que se presenten entre los
docentes y de estos con los estudiantes, de acuerdo con su competencia y
el conducto regular establecido.
b) Elaborar y presentar ante el Consejo Directivo, durante el tiempo de
planeación Institucional anual el programa de capacitación docente y las
necesidades de ayudas y recursos para cada una de las áreas.
c) Estudiar el currículo y proporcionar su continuo mejoramiento,
introduciendo las modificaciones y ajustes de acuerdo con el procedimiento
previsto en el presente decreto.
d) Organizar el plan de Estudios y orientar su ejecución.
e) Participar en la evaluación Institucional anual.
f) Integrar los Consejos de Docentes para la evaluación periódica del
rendimiento de los Educandos y para la promoción, asignarles sus
funciones y supervisar el proceso de evaluación.
g) Establecer estímulos de carácter académico para Docentes y Estudiantes
prestos a colaborar en la búsqueda de recursos económicos para su
cubrimiento cuando ello sea necesario.
h) Las demás funciones afines o complementarias que le sean atribuidas en
el Proyecto Educativo Institucional o las que sean delegadas por otras
instancias competentes.
ARTICULO 9º. DE LA REPRESENTACION DE LOS ESTUDIANTES:
En la Institución Educativa Altozano, existirán básicamente tres Instituciones de
representación de los Educandos:
18. El Consejo de los estudiantes (Decreto 1860/94 Art. 29).
El Personero de los estudiantes (Ley 115/94 Art. 94 y Decreto 1860/94 Art.
28).
El Representante de los estudiantes ante el consejo directivo. (Ley 115/94
Art. 93).
El contralor Estudianti l (Constitución Nacional Art.300 y Ley 115 de Febrero
8 de 1.994 Ley General de Educación.
PARÁGRAFO UNO: EL CONSEJO DE ESTUDIANTES:
Es el máximo Organismo de la Institución en cuanto a la participación de los
estudiantes. Estará integrado por los voceros o Representantes de cada uno de
los grados que ofrece la Institución Educativa Altozano. Para tal designación del
Consejo Directivo deberá convocar dentro de las cuatro primeras semanas del
calendario académico, a reuniones lideradas por los estudiantes de cada grado
con el fin de que elijan a su representante para el año electivo en curso.
Al Consejo de Estudiantes le corresponde establecer su organización interna,
realizar las actividades afines o complementarias que se le atribuyen, elegir y
asesorar al Representantes de los estudiantes al Consejo Directivo.
PARÁGRAFO DOS: EL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES.
El Personero de los estudiantes será un estudiante que curse el último grado en
el Establecimiento, estará encargado de propiciar el ejercicio de los deberes y
Derechos de los estudiantes, consagrados en la Constitución Política Colombiana,
las leyes, los reglamentos y el presente Manual.
De acuerdo con ello, desarrollará las siguientes funciones:
a) Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes
utilizando los recursos del medio.
b) Recibir y evaluar las quejas e inquietudes que presenten los Educandos.
c) Presentar ante el Rector las solicitudes propias a petición de terceros que
consideren necesarios para proteger los derechos de los estudiantes y
facilitar el cumplimiento de sus deberes.
19. El Personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario,
siguiente al de la iniciación de clases de cada periodo lectivo.
Para tal efecto se convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de
elegirlo por medio de votación.
El ejercicio del cargo del Personero de los estudiantes es incompatible con el del
Representante de los estudiantes al Consejo Directivo.
PARÁGRAFO TRES: EL REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES ANTE EL
CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCION.
El Representante de los estudiantes es un alumno perteneciente al Consejo de
estudiantes y delegado por este ante el Consejo Directivo, la designación será
mediante voto, previa postulación voluntaria o del mismo Consejo, será elegido
quien obtenga el mayor número de votos y se hará en el periodo de elección del
Personero con un plazo máximo de ocho días luego de elegido el Consejo de
estudiantes.
PARAGRAFO CUATRO: LA CONTRALORIA ESTUDIANTIL.
La contraloría Estudiantil será la encargada de promover y actuar como veedora
del buen uso de los recursos y de los bienes públicos de la Institución. Estará
compuesta por El Contralor Estudianti l, el contralor auxiliar y el Comité estudiantil
de control social. El contralor estudiantil será un estudiante matriculado en la
Institución Educativa de los grados sexto a decimo, elegido democráticamente por
los estudiantes matriculados. Será quien lidere la Contraloría Estudiantil.
El ejercicio del cargo del Contralor Estudianti l. Es i ncompatible con el de
personero Estudiantil y con el del representante de los estudiantes ante el consejo
Directivo.
El contralor estudiantil será elegido dentro de los treinta días calendarios
siguientes al de la iniciación de clases del periodo lectivo anual.
El ejercicio del cargo del contralor equivaldrá a las horas de prestación se servicio
social estudiantil obligatorio. Para hacerse acreedor de este incentivo deberá
ejercer sus funciones durante todo el periodo para el cual fue elegido.
FUNCIONES DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL:
20. Contribuir a la creación de una cultura del control Social del cuidado, buen
uso y manejo de los recursos y bienes de su institución a través de
actividades formativas y o lúdicas.
Promover los derechos ciudadanos relacionados con los principios de
participación Ciudadana y el ejercicio del control social.
Velar por el mejoramiento de la calidad Educativa
Promover la enseñanza, educación y el respeto por los derechos humanos
dentro y fuera de la Institución.
Ayudar a preservar un ambiente sano y libre de contaminación.
Presentar a la contraloría Departamental las denuncias relacionadas con
las presuntas irregularidades detectadas con relación al uso de los recursos
de la Institución.
Solicitar las actas del Consejo Directivo para poder hacer seguimiento a las
decisiones que se tomen sobre el uso de los bienes y recursos de la
Institución.
Convocar Trimestralmente y presidir las reuniones del Comité Estudiantil de
control social.
Presentar informes semestrales sobre el ejercicio de sus funciones.
ARTICULO 10º. DE LA REPRESENTACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA.
Los padres de familia de la Institución Educativa Altozano, estarán representados
por la Asociación y el Consejo de padres de fami lia, los cuales se organizarán
como a continuación se establece:
PARÁGRAFO UNO: De la Asociación de Padres de Familia (Código de la infancia
y la adolescencia, ley 1098/06; Corte constitucional, Sentencia 041 de febrero
3/94; Decreto 1625/72, Art. 1º; ley 115/94, Art. 4 y 7; y Decreto 1860/94 Art.30).
El Consejo Directivo de la Institución Educativa Altozano promoverá la formación
de una Asociación de padres de familia, para la cual citará a una Asamblea
constitutiva y facilitará el funcionamiento de esta o de la existente, contribuirá en el
recaudo de cuotas de sostenimiento y apoyará sus iniciativas viables, y permitidas
legalmente.
La Asociación de padres además de las funciones que su reglamento determine,
podrá desarrollar actividades como la siguiente:
a) Velar por el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional y su continua
evaluación.
21. b) Promover y desarrollar programas de formación de padres y de cualquier
otro Estamento de la Institución para facilitar el cumplimiento de la tarea
educativa que les corresponde.
c) Contribuir al proceso de Constituciones y permanencia del Consejo de
padres de familia como apoyo a la función pedagógica que les
corresponde.
PARÁGRAFO DOS: EL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
Es un órgano de las Asociaciones de padres de familia que se enca rga de
garantizar la participación de los padres o acudientes en el proceso pedagógico
del Establecimiento.
Estará integrado por los voceros de los padres de los estudiantes que cursan los
diferentes grados que ofrece la Institución.
ARTICULO 11º: DE LOS EDUCADORES
Los Educadores de la Institución Educativa Altozano están organizados así:
Directivos docentes
Docentes
Los docentes contarán con un reglamento interno de trabajo o manual de
funciones donde se estipulará: funciones, deberes, derechos y demás aspectos
relativos con su vinculación y permanencia en la institución.
ARTICULO 12º: POR LA COMUNIDAD EDUCATIVA
Comité de Convivencia:
Harán parte integral del Comité de Convivencia de la Institución:
Un representante del personal docente elegido por los mismos.
Un representante de los estudiantes elegido por los mismos.
El representante del Consejo estudiantil.
El personero de los Estudiantes.
Dos representantes de los padres de Familia y dos representantes de las
sedes asociadas.
El coordinador de disciplina o de convivencia o quien haga sus veces, quién
lo presidirá.
Un representante del personal administrativo elegido por estos mismos.
22. Desarrollará las siguientes funciones:
Llevar a cabo actividades que fomenten la convivencia entre la Comunidad
Educativa.
Desarrollar actividades para la divulgación de los derechos fundamentales,
los derechos del niño y las garantías que amparan a la comunidad
Educativa.
Desarrollar foros y Talleres con la Comunidad Educativa con el objetivo de
promover la convivencia y los valores dentro de los ámbitos Institucional,
Estudiantil y Familiar.
Promover la vinculación de las entidades Educativas a los programas de
convivencia y resolución Pacífica de los conflictos que adelanten las
diferentes entidades.
Instalar mesas de Conciliación cuando alguno o algunos de los actores de
la Comunidad Educativa lo solicite con el objetivo de resolver pacíficamente
sus conflictos. Para tal efecto, el Comité designará un conciliador cuando
las partes en conflicto lo estimen conveniente.
Evaluar y mediar los conflictos que se presentes entre docentes, docentes y
estudiantes y los que surjan entre estos últimos.
Llevar a cabo el seguimiento al cumplimiento de las disposiciones
establecidas en el manual de convivencia.
Activar la ruta de atención escolar para la convivencia escolar definido en la
ley 1620 Art. 29. Frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso
escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o
vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser
resueltos por el comité de acuerdo con lo establecido con el manual de
convivencia, porque trasciende el ámbito escolar y revistan las
características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual
deben ser atendidas por otras instancias o autoridades que hacen parte de
la estructura del sistema y de la ruta.
Hacer seguimiento a las disposiciones establecidas en el manual de
convivencia y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte
de la estructura escolar de convivencia escolar.
PARAGRAFO UNO: El comité de convivencia se instalará dentro de los
primeros sesenta días calendario escolar y se reunirán cada dos meses y
extraordinariamente cuando los miembros lo estimen conveniente. Establecerá
23. su propia metodología de trabajo, teniendo en cuenta los objetivos definidos y
las disposiciones contempladas en el manual de convivencia.
Este comité hace su propio reglamento el cual debe abarcar lo concerniente a
excepciones y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados
con la elección y permanencia en el comité del docente que lidera el proceso
escolar.
CAPITULO SEGUNDO:
DE LOS ESTUDIANTES
ARTICULO 13. SISTEMA DE ADMISION PARA ESTUDIANTES.
Para adquirir la admisión como estudiantes de la INSTITUCION
EDUCATIVA ALTOZANO, es necesario tener en cuenta:
La filosofía de la institución.
Cumplir con el reglamento interno del plantel (manual de convivencia).
Al matricularse deben presentarse el papá y/o mamá y/o acudiente,
(representantes legales).
Previa aprobación de la solitud de transferencias.
PARAGRAFO: Toda persona en situación de desplazamiento deberá ser incluida
en el registro único de población desplazada y acceder al servicio público
Educativo de acuerdo al Artículo 32 de la Ley 387 de 1997, en el que afirma que
Los establecimientos educativos efectuaran matrícula a los educandos en
situación de desplazamiento, sin exigir los documentos que se requieren a quien
no esté en capacidad de presentarlos. Las secretarias de Educación Municipales,
Departamentales y Distritales serán las encargadas de gestionar la
documentación en un plazo no mayor de Seis (6) meses.
ARTICULO 14. PERDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTES.
Se pierde la calidad o beneficios, los estudiantes en la institución cuando:
1. Han culminado y aprobado los últimos grados como, (básica primaria,
secundaria y media Académica).
2. No son matriculados en los días indicados por la Secretaría de Educación
Departamental.
3. No es acatado el Manual de Convivencia.
24. 4. Hay cancelación voluntaria de la matrícula, de parte del estudiante, Padre
de Familia o Representante Legal.
5. Presenta documentos falsos o comete fraude en el momento de la
matrícula para resolver la situación escolar.
6. Expulsión de la institución ordenada por el consejo directivo, consejo de
padres; a consecuencias de causas graves.
ARTICULO 15. DE LA MATRICULA Y SUS REQUISITOS (ley 115 – 94, Art 96).
La matrícula es el acto jurídico o contrato que formaliza la vinculación del estudiante a
la institución, se realiza una vez al ingresar y se renovara cada año electivo.
Los estudiantes que ingresen a institución por primera vez, para efectos de matrícula
deberán cumplir con los siguientes requisitos.
Acudir con la siguiente documentación:
Fotocopia legible del Registro civil de nacimiento que contenga el NUIP y tarjeta de
identidad (renovación de tarjeta de identidad de acuerdo a la edad) o cedula de
ciudadanía.
Copia de Factor Rh
2 fotos 3X4 fondo Azul tamaño cedula.
Carnet o fotocopia de la E.P.S. a la cual está adscrito el estudiante.
Certificados de estudio del grado quinto y años cursados de secundaria si viene de
otra Institución.
Fotocopia del observador del alumno.
Liberación del SIMAT
En caso de traslado, presentar el informe de los periodos académicos adelantados
hasta la fecha en la otra institución.
Paz y salvo de la Institución.
Copia de los documentos de identidad de padres de familia o acudiente.
PARAGRAFO UNO: La matrícula del estudiante la podrá legalizar única y
exclusivamente el padre de familia o acudiente del mismo.
PARAGRAFO DOS: El plazo para la entrega de la documentación requerida
después de la presentación del estudiante será de 30 días calendario. La
Institución Educativa no se hará responsable por la expedición de informes,
25. certificaciones, entrega de notas, etc., si esta documentación no está completa y al
día.
PARAGRAFO TRES:
Descripción y porte del uniforme de diario para mujeres: Camibuso blanco
con escudo de la Institución ubicado en la parte izquierda (ubicado dentro del
camibuso), falda color azul oscura con tres prenses a lado y lado, parte de atrás
estilo A, con un largo a la rodilla, medias blancas largar y dobladas. Zapatos color
negro, en caso de accesorios color azul, blanco o negro de tamaño pequeño, sin
maquillaje, uñas pintadas con color natural. (Ordenanza 035 del 10 de noviembre
de 2001)
Descripción y porte del uniforme de diario para hombres: camibuso blanco
(ubicado dentro del pantalón), con escudo de la Institución ubicado en la parte
izquierda, pantalón largo de tela color azul con correa color negra con hebilla
tamaño moderado, medias color azul o negro, zapatos color negro. (Ordenanza
035 del 10 de Septiembre de 2001).
Descripción y porte del uniforme de educación física para mujeres y
hombres: sudadera color vino tinto y oro, tenis rojos. ( Ordenanza 035 del 10 de
Septiembre de 2001).
PARAGRAFO: el pantalón de educación física y de diario se debe usar con bota
recta (sin entubar)
ARTICULO 16. DE LA RENOVACION DE LA MATRICULA Y SUS REQUISITOS
La renovación de matrícula es el acto jurídico mediante el cual los estudiantes
legalizan su permanencia en la institución por cada periodo académico y para
cada grado.
La matrícula podrá renovarse en los siguientes eventos:
1. Cuando el estudiante haya culminado el año lectivo.
2. Cuando es promovido por el comité de evaluación y promoción al grado
siguiente dentro del año lectivo.
3. Cuando repruebe el año cursado de acuerdo con lo establecido en el Decreto
1290 del 2009: Manifiesta su voluntad de repetirlo y no tenga antecedentes
disciplinarios calificados como graves, según lo previsto en presente manual.
Para renovar la matricula debemos tener en cuenta los siguientes requisitos:
26. 1. No estar inhabilitado para renovar matricula. (faltas determinadas por un ente
legal)
2. Las personas encargadas de renovar la matricula son padres de familia o
acudientes.
3. Renovación de documentos según requisitos o solicitud del establecimiento.
CAPITULO TERCERO
DEL REGIMEN ACADEMICO CURRICULAR
ARTICULO 17: CURRICULO: (ley 115-94 art 76, 77, 78, 148; decreto 1860-94
art 33 a 38; resolución 2343-96 art 3 a 17 decreto 1290-2009)
Se entiende por currículo el conjunto de criterios, planes de estudio, programas,
metodología y procesos que contribuyen a la formación integral y a la constitución
de la identidad cultural, nacional, regional y local incluyendo los recursos
humanos, académicos y físicos para poner en práctica las políticas y llevar a cabo
el proyecto educativo institucional.
ARTICULO 18: ADOPCIÓN Y DIVULGACIÓN DEL CURRÍCULO
(Decreto1860/94 art 37, resolución 2343/96 art 4 a 7 y decreto 1290/2009).
La adopción del currículo y sus modificaciones son efectuadas por el consejo
académico y aprobado por el Consejo Directivo de la institución, mediante el
mismo procedimiento realizado al proyecto educativo institucional en el Art 15 del
Decreto 1860-94. Una vez adoptado y aprobado debe ser divulgado entre la
comunidad educativa.
ARTICULO 19: PLAN DE ESTUDIOS (ley 115-94 art 7879; decreto1860 art 38;
resolución 2343/96 art 18 y decreto 1290 del 2009)
El plan de estudios es el esquema estructural de las áreas obligatorias y
fundamentales y de áreas optativas con sus respectivas asignaturas, que forman
parte del currículo de la institución. Se entiende como una propuesta dinámica del
que hacer educativo nacida de los procesos curriculares que incorpora y remueve
las dimensiones y procesos del desarrollo humano.
Los objetivos por niveles, grados y áreas la metodología, el horario, los criterios de
evaluación y la administración y demás aspectos del currículo y del plan de
estudios serán determinados y desarrollados en el proyecto educativo institucional.
27. ARTICULO 20: ÁREA DE FORMACIÓN EN PRE-ESCOLAR, BÁSICA
PRIMARIA, BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA RURAL (LEY 115/94 ART 14, 21,
23, 32; DECRETO 1860/94; ART 34, 35, 36-41)
Para el logro de objetivos de la educación básica y media se establecen áreas
obligatorias y fundamentales al igual que las áreas optativas con sus respectivas
asignaturas.
Las áreas para la educación básica son:
1. Ciencias Naturales y educación ambiental.
2. Ciencias Sociales: Geografía, Historia, Constitución Política Colombiana,
Instrucciones Cívicas y Democráticas.
3. Educación Artística.
4. Educación Ética y en Valores Humanos.
5. Educación Física, Recreación y Deportes.
6. Educación Religiosa.
7. Humanidades (Lengua Castellana e Idioma Extranjero).
8. Matemáticas.
9. Tecnología e Informática.
10. Optativa (Lúdicas).
ARTICULO 21: EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS EDUCANDOS (Decreto
1860/94 art 47; resolución 2643/96 art 19 y decreto 1290 de abril del 2009).
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Los criterios de evaluación son los que responden a la pregunta: ¿qué evaluar?.
Es lo que el docente espera que su estudiante sabe y sabe hacer al finalizar un
proceso de enseñanza y aprendizaje. Los criterios de evaluación en la Institución
Educativa Altozano, se definen basados en los estándares establecidos por el
Ministerio de Educación Nacional, bajo la concepción que sobre la evaluación se
tiene en la institución. La evaluación se realizara a través de estrategias
pedagógicas, lúdicas, dinámicas con el fin de mejorar el proceso de aprendizaje
de los educandos.
CRITERIOS DE PROMOCIÓN
Se define la Promoción en la INSTITUCION EDUCATIVA ALTOZANO, como el
reconocimiento que se le hace a un estudiante porque ha cumplido
adecuadamente una fase de su formación, y demostrado que reúne las
competencias necesarias para que continúe al grado siguiente, de acuerdo con los
28. criterios y el cumplimiento de los procedimientos señalados en el presente
Acuerdo.
Los Criterios de Promoción son Indicadores incorporados al PEI, utilizados para
valorar el grado de madurez alcanzado por el estudiante y las posibilidades que
tiene de continuar sus estudios con éxito en el siguiente grado de la Educación
Básica o Media.
Al iniciar el año electivo se debe hacer un análisis del contexto, partiendo de los
resultados de la evaluación institucional en el año inmediatamente anterior con el
fin de determinar características y necesidades de los estudiantes, sus avances
actuales y dificultades, así como los recursos disponibles con el fin de programar
las diferentes actividades.
LA ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA
EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL.
Para efectos de la Valoración de los estudiantes en cada Área/Asignatura del Plan
de Estudios, se establece la siguiente escala numérica, con su correspondiente
equivalencia nacional
ESCALA
NUMERICA
INSTITUCIONAL
ESCALA
NACIONAL
CRITERIOS GENERALES DE EVALUACION
De 1,0 a 2,9
Desempeño
Bajo
Cuando no ha superado los logros
competencias ni conocimientos previstos.
De 3,0 a 3,9
Desempeño
Básico
Cuando alcanza los logros, competencias y
conocimientos previstos con algunas
dificultades en los requerimientos.
De 4,0 a 4,5
Desempeño
Alto
Cuando alcanzan satisfactoriamente los
logros competencias y conocimientos
previstos.
De 4,6 a 5,0
Desempeño
Superior
Cuando alcanza los logros, competencias y
conocimientos previstos en forma excelente y
profunda en sus conocimientos de manera
autónoma.
29. PARAGRAFO: Los educandos que superen actividades de nivelación
en las diferentes áreas, la calificación será máximo de 3.5.
CAPITULO CUARTO
DERECHOS, DEBERES, ESTÍMULOS Y PROHIBICIONES.
ARTÍCULO 22: DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES:
Los estudiantes matriculados en la institución tendrán los siguientes derechos:
Conocer el manual de convivencia, solicitar su cumplimiento y participar en
las evaluaciones del mismo.
Ser respetado en su integridad física, moral, de persona y demás bienes,
por todos los miembros de la comunidad educativa.
Al iniciar el año escolar y en cada periodo, el estudiante tiene derecho a
conocer los logros e indicadores de logros de cada área y/o asignatura. Así
como también los criterios seleccionados para la evaluación del rendimiento
académico.
Al utilizar las instalaciones, los materiales, recursos didácticos y servicios
que posea la institución dentro de los horarios, debe de ser con autorización
del docente del área.
El estudiante para su esparcimiento y sana diversión podrá portar elementos
que permitan su entretenimiento (juegos de salón, juegos de mesa,
dispositivos tecnológicos, audibles, etc) que serán utilizados exclusivamente
en horas de descanso o en actividades lúdicas y de esparcimiento
programadas por la Institución en los días dados para ello.
PARAGRAFO UNO: El estudiante que porte dispositivos como celulares,
mp3, mp4, IPod, Iphone, Ipad, walkman, y similares dentro de la institución,
estarán bajo su estricta responsabilidad y cuidado. La pérdida o daño de
estos elementos será responsabilidad única de su portador, y la Institución
Educativa en ningún caso se hará responsable por la pérdida o daño de los
mismos.
Participar en las actividades académicas y pedagógicas extracurriculares,
culturales, deportivas, recreativas y de aprovechamiento de tiempo libre.
30. Ser oídos y escuchados por la rectora, coordinador y docentes cuando se
presenten reclamos o expresen insatisfacción, de manera respetuosa.
El estudiante debe ser informado del resultado después de cada prueba
escrita, oral o sustentada; talleres, trabajos, laboratorios, consultas y otras.
Así como al final de cada periodo y permitirles presentarlas en caso de
ausencia con la respectiva justificación.
Elegir y ser elegido como miembro del consejo estudiantil de los diferentes
comités en beneficio de la institución.
Ser estimulados no solo en la parte académica, sino también por sus méritos
personales (colaboración, puntualidad, respeto, entre otros.).
Recibir el carnet estudiantil que lo acredite como estudiantes de la
Institución Educativa ALTOZANO.
Seguir el conducto regular para cualquier reclamo; director de grado,
coordinador, rector.
A participar en la evaluación de su comportamiento y disciplina junto con el
director de grado.
A ser representados por sus padres o acudientes, cuando se les esté
llevando a cabo un seguimiento comportamental y/o académico en la
institución, y de ser informado de la evolución del mismo y de las decisiones
que se adopten.
Al ausentarse dentro de la jornada escolar debe de hacerse con el debido
permiso del coordinador, docente de grado y docente encargado de
disciplina cuando haya un motivo justificado y/o la presencia del padre de
familia o acudiente con su respectivo soporte con un día de anterioridad al
permiso.
Tiene derecho al suministro del refrigerio y del transporte escolar. Siempre y
cuando las entidades gubernamentales competentes (alcaldía, ICBF,
Secretaria de educación, gobernación del Tolima) lo suministren.
ARTICULO 23: DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.
Los estudiantes matriculados en la institución tendrán los siguientes deberes.
Respetar y cumplir lo estipulado en el manual de convivencia.
31. Asistir puntualmente a todas las clases y actividades programadas por la
institución.
Cumplir responsablemente con las actividades académicas en todas las
áreas y/o asignaturas, sacar el mejor provecho de estas a nivel personal y
pedagógico.
Presentar las excusas médicas o de calamidad doméstica enviadas por los
padres en caso de inasistencias a clases y actividades programadas por la
institución educativa.
Contribuir con el aseo, y el orden de las instalaciones como elemento vital
de un ambiente limpio, haciendo buen uso de los sitios de depósitos de los
residuos sólidos (basuras).
Los estudiantes deben asistir a la institución con uniforme de diario o de
física completo con decoro y pulcritud, según corresponda su respectivo
horario..
Portar siempre el carnet estudiantil desde el momento en que se le asigne o
renueve.
Mantener una excelente imagen dentro y fuera de la institución y saber
representarla dignamente.
Tratar con consideración, respeto y cortesía a los docentes, directivos,
administrativos y demás compañeros.
Respetar y obedecer los direccionamientos de los Docentes, directivos,
administrativos y demás superiores.
Abstenerse de sabotear las clases u otra actividad escolar, crear
indisciplina y tomar actitudes desafiantes.
Si, entre los estudiantes se establecen relaciones afectivas de Noviazgo,
deben mantenerse dichas relaciones con mucho respeto evitando
manifestaciones excesivas de afecto y cariño. (besos, abrazos, caricias…)
El estudiante debe portar el uniforme de forma correcta y el asignado para
cada día. (Diario, Educación Física) como lo estipula el manual de
convivencia.
Abstenerse de usar maquillaje excesivo y accesorios extravagantes e
innecesarios y que no van acorde con el uniforme.
32. Informar oportunamente al padre o acudiente sobre las reuniones y demás
actividades que realice la institución.
Conservar la sana convivencia, es decir, no utilizar un vocabulario soez,
riñas, ofensivas verbales y físicas, comentarios falsos que atenten contra la
moral y sanas costumbres.
El estudiante debe entregar el pupitre asignado a su cuidado al finalizar el
año en condiciones adecuadas para su uso, los pupitres que a lo largo del
año se hayan deteriorado por culpa del mal uso del estudiante (ralladuras,
grafitis, agrietamientos, levantamiento de la madera etc.) serán corregidos
por el estudiante en jornada de limpieza y adecuación de estos elementos.
PARAGRAFO UNO: Los gastos económicos a que haya lugar por concepto
de la adecuación y corrección de los daños producidos por el estudiante a
los pupitres correrán por cuenta del padre de familia o acudiente del mismo.
Por ningún motivo la Institución Educativa se hará cargo de ellos, salvo en
el caso que el deterioro sea por causas naturales y de normal uso.
Respetar los reglamentos del uso de la biblioteca, sala de sistema,
laboratorio, entre otros sitios utilizados para la academia.
Tener sus propios útiles escolares.
Responsabilizarse por el manejo, cuidado y protección de los elementos
que porte para su sano esparcimiento (juegos de salón, juegos de mesa,
dispositivos tecnológicos, dispositivos audibles, celulares, etc.). Por
consiguiente la Institución Educativa no se hará responsable por la pérdida
o mal uso de estos elementos dentro de la Institución.
Respetar los implementos de los compañeros y de la institución y no
apropiarse de ellos.
Respetar los símbolos y cantar los himnos patrios.
Demostrar buenos modales dentro del comedor o sitio donde se le
suministre el refrigerio.
Colaborar con la entrega o aporte de un palo de leña diario utilizado como
combustible para la preparación de los alimentos en la sede que lo amerite.
PARÁGRAFO UNO: Las directivas del plantel deben facilitar la flexibilidad del
horario de la jornada en caso de existir dificultades en el transporte de los
estudiantes para su regreso a los lugares de origen.
33. ARTICULO 24: ESTIMULOS
Son estímulos para los estudiantes.
Felicitación verbal y/o escrita.
Figurar en el cuadro de honor donde estén los mejores estudiantes de cada
grado al finalizar cada periodo.
Izar el pabellón nacional.
Menciones de medallas o placas sean entregadas por periodos.
Ser monitor o representante de grado
Integrar delegaciones deportivas y culturales.
Promover una clausura y en ella se le dará mención de honor a mejores
estudiantes de cada grado.
Reconocimiento al mejor estudiante del grado undécimo.
Los demás que considere conveniente el consejo directivo.
ARTICULO 25: PROHIBICIONES.
A los estudiantes de la institución se les prohíbe:
Portar armas u objetos corta punzantes dentro y fuera de la Institución.
Portar material pornográfico que atente contra la moral y la convivencia.
Presentarse a la Institución en estado de embriaguez o bajo efectos de
sustancias alucinógenas o psicoactivas.
Esconder y/o hurtar los bienes de los demás compañeros, Docentes y de la
institución .Los estudiantes deben responsabilizarse y tener cuidado con los
elementos que porten dentro de la Institución.
Hacer mal uso de marcadores (hacer grafitis en paredes, pupitres y demás
enseres de la institución).
Coger los productos agrícolas y pecuarios sin autorización.
Destruir la flora, la fauna y demás objetos que la institución tiene para su
embellecimiento.
34. Hacer o intentar fraudes en las evaluaciones o trabajos escritos.
Ausentarse de la institución sin la debida autorización de los padres o
acudientes.
Portar adornos y/o accesorios que no sean del uniforme en la jornada
académica. (aretes en hombres, valacas, pirsin y esmaltes coloridos)
Realizar manifestaciones de indisciplina dentro del transporte escolar.
Utilizar apodos o Alias para dirigirse a sus compañeros y profesores.
Agredir física, verbal, gestual, relacional, electrónica, sexual, o
emocionalmente a cualquier miembro de la comunidad educativa. De
acuerdo con el artículo 39 de la Ley 1620 de 2013.
Fomentar actos de discriminación de géneros, raza, condición social,
religión, entre otros.
Exhibir las partes íntimas del cuerpo dentro y fuera de la sede o institución
educativa.
Atentar contra las pertenencias de los docentes.
Sacar o utilizar elementos electrónicos (celular, Table, computador,
mp3,mp4, audífonos) sin permiso del docente en el aula de clase.
En horas de recreo no deben estar en aulas de clase, detrás de los baños y
lugares no aptos para descanso.
Los demás artículos que contempla la ley 1620 de 2013.
35. CAPITULO CINCO
DEL REGIMIEN DE CONVIVENCIA O DISCIPLINARIA.
DE LAS FALTAS Y LAS MEDIDAS
ARTICULO 26. FALTAS
Se consideran faltas las violaciones a las prohibiciones señaladas en el Artículo 28
o los incumplimientos a los deberes previstos en el Artículo 29 de este manual.
Para su calificación, las faltas se clasifican en académicas y de disciplina, según
que la conducta viole o atente al orden académico o de convivencia establecida.
Frente a las faltas académicas se tomaran las medidas académicas previstas en
este manual, o en el Proyecto Educativo Institucional (P.E.I) o las consagradas en
las normas educativas vigentes o las que se consideran apropiadas por la
formación integral de los alumnos, siempre y cuando estas no sean violatorias de
aquellas. Frente a fallas de convivencia se aplicaran las medidas estipuladas en
este capítulo.
PARÁGRAFO UNO: ELECCIÓN DE MEDIDAS
Cuando una conducta o un conjunto de conductas que realice la misma persona,
sean faltas académicas y de disciplina al mismo tiempo, los encargados (director
de grado, docente de disciplina, encargado de sede, coordinador y rector), deben
resolver la situación, tendrán la opción de elegir la medida que a su juicio sea más
formativa para él o ella o para los involucrados en la acción. En caso que el
problema no se pueda solucionar se remitirá a la comisaria de familia, policía de
infancia y adolescencia o a autoridades competentes.
PARÁGRAFO DOS: PROHIBICION DE SANCIONES DENIGRANTES.
(Constitución Política Art. 2)
No se podrá imponer sanciones que comporten escarnio para los alumnos o que
de alguna manera atenten su dignidad personal.
Nadie podrá ser sometido a torturas ni a tratos o sanciones crueles, inhumanas o
degradantes.
ARTICULO 27. DEBIDO PROCESO
a) Antes de aplicar cualquier sanción, el estudiante debe ser escuchado con
atención, practicar las pruebas, ponderación de los hechos o circunstancias
que acompañaron el mismo luego se aplica la sanción o se remite el caso
a la persona o estamento competente.
36. b) Comunicación formal del proceso disciplinario al estudiante y al padre de
familia a quien se le imputa las conductas posibles de sanción.
c) Las faltas leves serán conocidas y los correctivos serán aplicados por los
docentes, mientras que las faltas graves serán sancionadas por los
directivos y el consejo directivo.
d) La formulación de los cargos imputados puede ser verbal o escrita, siempre
y cuando en ella consten de manera clara y precisa las conductas. Las
faltas disciplinarias a que estas den lugar se consagran su gravedad de
acuerdo a las faltas y clasificación de ellas.
e) Se da traslado al estudiante, al padre de familia y/o acudiente de todas y
cada una de las pruebas que fundamenten los cargos formulados a través
de fotocopias u otro medio.
f) El estudiante, el padre de fami lia o acudiente tendrán un tiempo de tres
días hábiles, durante los cuales pueden formular sus descargos de
manera oral o escrita, controvertir las pruebas en su contra y allegar las
que fueren necesarias para sustentar sus descargos.
g) Rector o rectora expedirá la resolución correspondiente.
h) La imposición de la sanción será proporcional a los hechos que la
motivaron.
PARAGRAFO UNO: INSTANCIAS PARA SANCIONAR O LEVANTAR UNA
FALTA.
a) Docente
b) Director de grupo
c) Coordinador
d) Docente orientador
e) Comité de convivencia
f) Comité de evaluación y promoción.
g) Rector
h) Consejo directivo.
ARTICULO 28. GRADUACIÓN DE LAS MEDIDAS
La falta de disciplina para efectos de las medidas se calificará como faltas leves,
graves Y gravísimas atendiendo a su naturaleza y sus efectos, las modalidades y
circunstancias del hecho, los motivos determinantes y los antecedentes
personales de los alumnos.
ARTICULO 29. MEDIDAS POR FALTAS LEVES
La acumulación de faltas leves sin atender a las medidas correctivas impuestas,
se considera falta grave.
37. Amonestación Verbal: Llamado de atención al estudiante, por parte del
docente conocedor de la falta.
Amonestación escrita que se consignara en el libro de disciplina del grado
con su respectivo compromiso, si es reiterada la falta se consignará en el
observador del alumno y se comunicará al padre de familia.
Firma del acta de compromiso, teniendo en cuenta el procedimiento
descrito a continuación: Frente a la acumulación de faltas leves se deberá
citar al acudiente a una reunión con el director de grupo, el padre de
familia y el alumno, en ella se tratará de establecer los motivos
determinantes del comportamiento del estudiante implicado y una vez
cumplido este procedimiento todos los involucrados en la situación que se
presentó, firmarán un acta de compromiso en el cual deberán cumplir lo
establecido.
Se aplicará mecanismos pedagógicos, sociales que protejan la formación
integral del estudiante en situaciones que afecten la convivencia escolar.
Proteger a quien suministre información sobre la ocurrencia de acciones
negativas que afecten la convivencia escolar y los derechos humanos,
sexuales y reproductivos
.
PARÁGRAFO UNO. INCUMPLIMIENTO DEL COMPROMISO.
El incumplimiento por parte del estudiante de los acuerdos adquiridos en el acta
de compromiso, da lugar a la aplicación de una de las medidas por faltas graves,
si es alguno de los otros involucrados quien incumple, el educando dará aviso a la
instancia competente para que esta aplique o recomiende el correctivo necesario.
PARÁGRAFO DOS. INFORME DE CALIFICACIÓN DE DISCIPLINA
La aplicación de una medida por falta leve afectará la calificación de disciplina del
estudiante en el periodo académico correspondiente.
PARÁGRAFO TRES. MEDIDAS ESPECIALES DE INASISTENCIA.
En caso que un alumno falte injustificadamente al plantel por un tiempo
prolongado, el rector o los docentes conocedores de esta situación le harán un
llamado al acudiente o padre de fami lia, para saber el motivo de la inasistencia y
para que el alumno regrese nuevamente a clases.
ARTICULO 30. MEDIDAS POR FALTAS GRAVES.
Cuando un alumno reiterativamente presenta faltas leves o causa alguna situación
considerada grave, se llamará al padre de familia con el fin de realizar un acuerdo
38. para aplicar algunos correctivos que permitan enmendar la falta cometida por
parte del estudiante, como:
Exclusión temporal de actividades deportivas, artísticas o culturales que se
realicen en la institución durante un tiempo acordado entre las partes.
Realizar acciones de embellecimiento de la institución como: aseo de
salones, patios, baños, arreglos de pupitres, pintura de la planta física,
embellecimiento de zonas verdes.
Llevar a cabo una acción o actividad pedagógica y formativa (Cartelera,
taller, conferencia, ensayo, lo que el profesor consideré según la falta) con
ayuda del padre de familia, las cuales serán expuestas ante los
compañeros y docentes.
En tres llamados de atención al padre de familia por escrito, y si no asiste
se remitiría el caso al comité de convivencia de la institución, si persiste su
inasistencia se pasara a autoridades competentes.
PARÁGRAFO CINCO: CALIFICACIÓN DE LA CONDUCTA
Los estudiantes objeto de la aplicación de una medida por falta grave perderán los
beneficios adquiridos a titulo de los estímulos y asumirá la negación de
prerrogativas académicas, de disciplina.
Además tal hecho afectará el informe de comportamiento del alumno en el periodo
académico correspondiente.
ARTICULO 31. CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES Y EXIMENTES.
El haber observado buena conducta anterior.
El haber sido inducido a cometer la falta por alguien mayor en edad y / o
madurez psicoafectiva.
Procurar voluntariamente después de cometida la falta, anular o disminuir
sus consecuencias.
ARTICULO 32. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES
Se consideran circunstancias agravantes de la responsabilidad de los alumnos las
siguientes:
Ser reincidente en las faltas.
El cometer la falta para ocultar o ejercer otra.
El efecto perturbador que la conducta produzca en la Comunidad
Educativa.
El haber cometido la falta aprovechando la confianza depositada en ella.
Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de otras
personas.
39. El haber preparado ponderadamente la falta o complicidad de otras
personas.
Hacer más nocivas las consecuencias de las falta.
ARTICULO 33. DE LAS FALTAS GRAVISIMAS.
Se consideran faltas gravísimas:
Agredir de muerte con arma cortopunzante y/o de Fuego a cualquier
miembro de la comunidad educativa.
Portar, vender, consumo o inducir a consumir sustancias alucinógenas. Al
igual que el consumo de cigarrillo dentro y fuera de la institución.
Acceso carnal violento hacia cualquier miembro de la comunidad dentro y
fuera de la Institución.
Hurto agravado hacia muebles y enseres.
Valerse de Pandillas o grupos al margen de la ley para cometer amenazas
y extorciones a cualquier miembro de la comunidad a través de cualquier
medio de comunicación.
Provocar incendios que atenten contra la integridad física, humana y del
medio ambiente.
Promover dentro de la Institución Sectas Satánicas u otras culturas (emos,
hipis entre otras) que atenten contra la Integridad Física y Moral de las
personas.
Realizar o promover relaciones sexuales en las instalaciones de la
institución educativa.
Todas las prohibiciones estipuladas en este manual se volverán faltas
gravísimas al no cumplirse.
ARTICULO 34. MEDIDAS POR FALTAS GRAVISIMAS.
Hacer uso del conducto regular y dar conocimiento inmediato a los
Padres o acudientes y a las autoridades competentes. Los
estudiantes y/o familia deberán asumir las consecuencias civiles y/o
penales sancionadas por parte de la comisaria de familia, policía y/o
juzgado de menores.
ARTICULO 35. DEL DERECHO DE DEFENSA.
Las medidas aquí previstas se aplicarán con la observación del derecho de
defensa de los alumnos implicados. Tanto en faltas leves como graves. Además
40. de ser escuchados los alumnos implicados se debe informar (Haciendo énfasis en
los grados inferiores) a los padres o acudientes y que puedan ser escuchados.
El alumno que sea objeto de una acusación, tendrá derecho a que se le explique
con claridad en qué consiste la presunta violación de prohibiciones o el supuesto
incumplimiento de los deberes impuestos, que se escuche lo que tiene que decir al
respecto, pedir que se practiquen pruebas, solicitar la presencia del acudiente
frente al procedimiento de faltas graves e interponer los recursos establecidos en
este manual.
CAPITULO SEXTO
COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE
LAS MEDIDAS.
ARTICULO 36. PROCEDIMIENTO PARA MEDIDAS POR FALTAS LEVES
Cuando el alumno incumpla sus deberes, se amonestara verbalmente, se
investigara para sustentar su versión. Si el encargado de hacer el debido proceso
encuentra pertinentes y conducentes las pruebas, determinara el correctivo
correspondiente.
ARTICULO 37. COMPETENCIA PARA MEDIDAS POR FALTAS LEVES
Las medidas por faltas leves, con excepción del acta de compromiso serán
aplicadas inmediatamente por el profesor que conocía de la conducta
transgresora, quien deberá dar aviso al profesor de disciplina dentro de los tres
días hábiles siguientes a su imposición cuando se trata de amonestación escrita.
ARTICULO 38. COMPETENCIA PARA MEDIDAS POR FALTAS GRAVES
Para el estudio de comportamientos y la imposición de medidas por faltas graves,
según cada caso, se observará lo que a continuación se estipula.
Para determinar el trabajo socio - pedagógico que deba asumir el
estudiante, se hará de común acuerdo entre el docente, padre de familia y
alumno involucrado.
Los estudiantes involucrados en faltas graves no podrán participar de
manera activa de las actividades deportivas, culturales y artísticas a que
haya lugar; hasta cuando cumpla con sus compromisos y mejore su
comportamiento.
ARTICULO 39. PROCEDIMIENTO PARA MEDIDAS POR FALTAS GRAVES.
41. Conocida la falta, el director de grado, docente de disciplina, encargado de sede,
coordinador y/o rector, verificará la información por los medios a su alcance. Se
anotará en el observador del alumno todo lo sucedido, haciéndole una explicación
verbal de las implicaciones de su comportamiento tanto para su formación como
para la comunidad, señalándole los hechos, circunstancias, los cargos concretos y
pruebas en que se apoya, dándole el derecho a la defensa y de que solicite las
evidencias de las pruebas que considere pertinentes, para lo cual el alumno tendrá
un plazo máximo de 3 días hábiles. Se citara por escrito al acudiente.
Vencido el periodo probatorio el cual no puede exceder de 3 días hábiles, salvo
prorroga autorizada por el profesor de disciplina, este se reunirá para imponer una
de las medidas señaladas.
CAPITULO SEPTIMO
DE LOS ESTAMENTOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
ARTICULO 40. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA.
a) Los padres de familia y/o acudientes legales de los estudiantes gozan de
todos los derechos y garantías civiles reconocidas en la legislación
colombiana.
b) Ser atendido oportunamente por la rectoría, la coordinación, el consejo
estudiantil, personal docente, administrativo y de servicio.
c) Recibir trato amable por parte de los directivos, administrativos y docentes.
d) Presentar reclamos en forma cortés cuando medie justa causa dentro del
término fijado por las normas legales e institucionales.
e) Elegir y ser elegido en organizaciones institucionales (comité de apoyo,
asociación padres de familia, consejo directivo entre otros).
f) Aportar ideas, elaborar, gestionar y ejecutar proyectos que vayan en pro del
mejoramiento institucional.
g) Ser informado oportunamente sobre el rendimiento académico,
comportamiento social, actividades escolares y extra escolares de sus hi jos
y/o acudidos.
h) Ser informados del horario de clases, cronogramas y plan de estudio de la
institución.
i) Recibir formación y orientación familiar.
j) Recibir información sobre las políticas directivas y administrativas de la
institución.
ARTICULO 41. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES.
Los padres de familia son los primeros y principales educadores de sus hijos,
artífices de la unidad familiar y responsables de la formación de sus valores
42. humanos. Por tales razones, la Institución Educativa Altozano propende por una
integración y participación activa de los padres en el proceso formativo y
educativo.
Al legalizar la matricula, el padre de fami lia o acudiente adquiere con la institución
y con sus hijos los siguientes compromisos y responsabilidades:
a) Orientar a sus hijos en los aspectos moral social proporcionándoles un
ambiente de comprensión, cariño, respeto, buen ejemplo, corrigiéndolos en
forma oportuna y adecuada.
b) Enviar al profesor de disciplina la excusa (médicas o por calamidad
domestica) correspondiente a la inasistencia de su hijo dentro de los dos
días hábiles siguientes al regreso del alumno a la Institución, debidamente
firmada y presentarse personalmente cuando la Institución lo requiere.
c) Proporcionar a sus hijos los recursos y el espacio apropiado para el
desarrollo de las actividades escolares, apoyando diariamente la ejecución
de las mismas.
d) Fomentar en sus hijos normas de urbanidad y buenas costumbres
propendiendo por un excelente manejo de las relaciones interpersonales a
nivel del hogar, de la institución y en general de la comunidad.
e) No presentarse a la institución educativa en estado de alicoramiento o bajo
efecto de sustancias psicoactivas.
f) No fumar dentro de la institución.
g) Evitar las agresiones físicas o verbales entre los miembros del grupo
familiar, puesto que van en contra de la integridad física, moral, y
psicológica de sus propios hijos.
h) No permitir a sus hijos traer a la Institución elementos diferentes a los úti les
escolares y vestuario reglamentario.
i) Devolver a la Institución cualquier objeto o libro que lleven sus hijos a casa
que no sean de su propiedad.
j) Fomentar y apoyar en sus hijos la participación en actividades culturales,
artísticas y deportivas que ayuden a su formación integral.
k) Entregar oportunamente la documentación requerida para la matricula. Y
comprar los útiles escolares al inicio del año lectivo.
l) Seguir el conducto regular al presentar algún reclamo o sugerencia por
escrito dependiendo de la situación a tratar y hacerlo de manera oportuna.
1. Profesor.
2. Director de grupo.
3. Profesor de disciplina.
4. Coordinador. (encargado de sede)
5. Rector.
6. Comité de convivencia
7. Consejo Académico – Comité de Evaluación y promoción
8. Consejo Directivo.
m) Participar en las actividades organizadas por la institución o sus respectivas
sedes.
43. n) Hacer que los estudiantes cumplan “El Manual de Convivencia”.
o) Los únicos autorizados para reclamar los boletines de sus hijos son los
padres o acudientes que firmen la matricula.
p) Responder por los daños causados a los enseres de la institución por sus
hijos.
q) Vigilar cuidadosamente la presentación personal, verbal y malos
comportamientos de sus hijos o acudidos, dentro y fuera de la institución.
r) Asistir puntualmente a las reuniones programadas por la institución o
cualquier llamado que se le requiera.
s) Solicitar por escrito con 5 días de anticipación, cualquier documento.
ARTICULO 42. DERECHOS DE LOS DOCENTES.
Estos beneficios y demás funciones están consagrados en los derechos
fundamentales que establece la constitución política, el estatuto docente, la ley
general de educación, el código laboral, el derecho administrativo y otras
legislaciones vigentes.
Los docentes que prestan el servicio en la Institución Educativa Altozano, tiene
los siguientes derechos:
a) Que se le brinde el apoyo oportuno para el desarrollo de la labor educativa y
proyectos pedagógicos.
b) Recibir el material didáctico e implementos necesarios para la labor docente
en pro del buen rendimiento académico de los educandos.
c) Que se le brinde a los docentes instalaciones adecuadas que tengan buenas
condiciones higiénicas, sanitarias y ambientales para su estadía en el
establecimiento, garantizándole el mantenimiento de la infraestructura física
utilizada por ellos.
d) Recibir trato justo y respetuoso por parte de los directivos, administrativos,
compañeros, padres de familia y educandos de la institución.
e) Que se respete la integridad personal, su lugar de residencia y su ambiente
de trabajo.
f) Que se otorgue permiso en momentos de urgencia en enfermedad,
calamidad familiar o necesidad justificada.
g) Participar y beneficiarse de cursos, capacitaciones y actualizaciones
programadas para el mejoramiento del servicio educativo y gozar del
bienestar social u estímulos que se establezcan.
h) Ser escuchado en descargos cuando se le acuse de algún incumplimiento en
sus deberes por parte de la rectoría y con sus respectivos soportes.
i) Ser escuchados, atendidos y tratados sin discriminación por parte de los
directivos, administrativos, compañeros, padres de familia y educandos.
j) Ser exaltado y/o reconocido públicamente ante la comunidad educativa por su
labor docente por parte del rector, coordinador, padres de familia y
estudiantes.
44. k) Ser elegido y elegir en asamblea de educadores para los estamentos de
participación docente.
l) Ser informados oportunamente sobre las disposiciones emanadas de las
autoridades educativas.
m) Conocer los resultados de la evaluación de desempeño realizada por el
rector.
n) Participar en foros, convivencias, celebraciones, actos deportivos y culturales
programadas por la institución o por otra que envié una invitación.
o) Exigir, orientar y corregir con respeto a los estudiantes para que cumplan con
sus responsabilidades académicas, con el manual de convivencia y las
actividades programadas por la institución.
ARTICULO 43. DEBERES DE LOS DOCENTES.
Los deberes de los docentes de la Institución Educativa Altozano son los
siguientes:
a) Cumplir con la Constitución Política de Colombia y las normas vigentes.
b) Asumir la docencia con el alto nivel de profesionalismo y cumplir cabalmente
con la asignación académica.
c) Brindar a los educandos, padres de familia y comunidad en general un trato
amable digno y cortés.
d) Presentar la hoja de vida al momento de vincularse a la institución.
e) Mantener y fomentar buen ambiente de trabajo entre docentes con el buen
ejemplo.
f) Dar un trato justo y equitativo a los educandos y a la comunidad sin
evidenciar preferencias.
g) Rescatar, inculcar, desarrollar y fomentar en los educandos valores y normas
de urbanidad.
h) Estimular a los estudiantes por su buen comportamiento y rendimiento
académico.
i) Dar a conocer el cronograma, horario de clases, temas y logros del periodo
pertinente al año lectivo a la comunidad educativa.
j) Instruirse constantemente en las diferentes áreas de saber y actualizarse en
los avances tecnológicos, científicos y sociales, para lograr un mejor
desempeño en la prestación de su servicio.
k) Mantener una buena presentación personal para proyectar una imagen
positiva frente a la comunidad educativa.
l) Participar en los colectivos pedagógicos para estar actualizados con los
nuevos avances en materia de educación.
m) Dar un trato cortes a la comunidad educativa, conforme a principios y valores
fundamentales.
n) Informar periódicamente los resultados obtenidos en las distintas áreas a los
educandos, padres de familia y/o acudientes.
o) Brindar una educación integral.
p) Cumplir con el conducto regular ante los jefes inmediatos.
45. q) Llegar a tiempo a sus labores, cumpliendo con la jornada de trabajo y las
funciones propias del cargo.
r) Orientar y gestionar proyectos comunitarios.
s) Asignar trabajos que ayuden a repasar, profundizar, ampliar y proyectar lo
aprendido siempre y cuando estén al alcance de los medios y la capacidad de
los estudiantes.
t) Propender por la preservación de los bienes de la institución y los que le sean
encomendados.
u) Implementar e innovar métodos de enseñanza para que las clases sean más
amenas.
v) Inculcar y fomentar a los alumnos el amor por la vida, la libertad, la ciencia, la
tecnología, la convivencia sana, los valores, el deporte, la cultura, la
fraternidad y los símbolos patrios.
w) Acoger las propuestas y buenas ideas de los estudiantes y compañeros que
beneficien la labor educativa.
x) Involucrar al padre de familia con el proceso formativo del estudiante.
y) Orientar y corregir con respeto el comportamiento de los estudiantes dentro y
fuera de la institución y hacer cumplir el manual de convivencia.
z) Atender a los educandos, padres de familia y a todos los miembros de la
comunidad educativa de forma amable y respetuosa en los horarios
establecidos para el caso.
aa) Informar oportunamente a la rectora cuando se presente algún inconveniente,
situación o calamidad que se le salga de las manos.
bb) Salvaguardar los derechos de los educandos y denunciar las situaciones
atenten contra la integridad de los mismos ante las autoridades competentes.
cc) Ser imparcial en la evaluación y promoción de los estudiantes y dar a conocer
a tiempo su resultado para posibilitar al sus justos reclamos.
dd) Apropiarse Del PEI y participar en su construcción y desarrollo.
ee) Preparar sus clases responsabilizándose de las mismas
ff) Llevar el control de asistencia de sus clases e incorporarlo como logro
valorativo.
gg) Interactuar y dialogar con sus alumnos manteniendo relaciones
interpersonales cordiales y respetuosas.
hh) Educar con su testimonio personal, profesional y su compromiso institucional.
ii) Cuidar la imagen del colegio con la palabra y del comportamiento dentro y
fuera de él.
ARTICULO 44. PROHIBICIONES DE LOS DOCENTES
Entre las prohibiciones de los docentes tenemos:
a) No presentarse a la institución educativa en estado de alicoramiento o bajo
efecto de sustancias psicoactivas.
b) No hacer uso del teléfono en horas de clase.
c) No abandonar los alumnos en horas de clase.
46. d) No fumar dentro de la institución.
.
e) Abstenerse de solicitar a los educandos y al personal de la institución la
prestación de servicios personales.
f) No presentarse a la institución en trajes no adecuados, a excepción del
docente que este a cargo del área de educación física.
ARTICULO 45. ESTIMULOS PARA DOCENTE.
Los que contempla el capítulo VI de los educadores de la ley general de educación
Art. 133, 134, 135, 136, 137.
a) La comunidad educativa estimulara al docente colaborándole en los
diferentes proyectos en general.
b) Exaltar públicamente la labor realizada de los docentes.
c) Tener en cuenta el día del docente como fecha especial y celebrarlo como
es merecido.
d) Que los docentes que se destaquen por su labor educativa sean
estimulados por la institución con capacitaciones.
e) A que se establezcan parámetros institucionales para la elección del mejor
docente de la institución, que se envía como representante ante la
secretaria de educación.
f) Otorgar mención de honor a los 5 mejores docentes de la institución al
finalizar el año escolar.
g) A ser distinguido como el mejor docente.
h) Representar a la institución en eventos sociales, culturales, deportivos,
pedagógicos o científicos.
i) Al cumplir diez (10) años de servicio en la institución recibir en acto público
el reconocimiento de su labor prestada (que se anexe a la hoja de vida).
j) Memorando de felicitaciones con copia a la hoja de vida por su
cumplimiento y responsabilidad por parte de la institución.
ARTICULO 46. FUNCIONES DEL DOCENTE ENCARGADO DE DISCIPLINA
a) Velar por el buen cumplimiento del manual de convivencia.
b) Trabajar en equipo con los niños coordinadores de disciplina y firmarle el
libro respectivo.
c) Tocar la campana: (entrada, recreo y salida de clase).
d) Hacer cumplir el orden y aseo en la sede.
e) Respetar el toque de la campana.
f) Dar o no permiso justificados para ausentarse de la sede o institución a
los estudiantes cuando lo soliciten
g) Vigilar que en horas de descanso los alumnos no deben estar en los
salones ni por fuera de la sede.
h) Responder por los enseres y útiles de aseo (sillas, mesas, escobas,
traperos, entre otros) permaneciendo en su sitio correspondiente.
47. i) Que los docentes estén a tiempo en las clases correspondientes.
j) Vigilar por el buen funcionamiento del refrigerio o restaurante escolar
cuando se preste este servicio.
k) Que los docentes permanezcan con los estudiantes en horas de clase o en
el desarrollo de actividades programadas.
l) Hacer seguimiento permanente a los horarios de clase, aseo, excusas,
cumpleaños entre otros.
m) Revisar y ejecutar el cronograma de actividades de la institución o sede.
n) Llegar antes y salir después de la jornada laboral.
o) Revisar y decomisar todo tipo de armas que ocasionen lesiones físicas y
emocionales (navajas, bisturí, sustancias alucinógenas y material de
carácter Pornográficos) entre otras.
p) Colaborar en la organización del personal cuando se realice actividades
como izadas de bandera, restaurante o refrigerio escolar entre otros.
q) Dar alternativas de solución a problemas que se presenten durante su
turno de disciplina.
r) Llenar el registro de disciplina y hacer sus respectivas observaciones.
s) Solicitar colaboración a los demás docentes, directivos y administrativos.
ANEXOS
Definiciones. Para efectos del Decreto 1965 del 11 de septiembre de
2013, en su Artículo 39.
Se entiende por:
1.- Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una
incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus
intereses.
2.- Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los
conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que
afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas
entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo
48. menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al
cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.
3.-Agresión Escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes
de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros
miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es
estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y
electrónica.
a.- Agresión Física. E s toda acción que tenga como finalidad causar daño al
cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones,
cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.
b.- Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar,
humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos apodos ofensivos,
burlas y amenazas.
c.- Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar,
humillar, atemorizar o descalificar a otros.
d.- Agresión Relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente
las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar
deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar
negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.
e.- Agresión Electrónica. Es toda acción que busque afectar negativamente
a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o
videos íntimos o humillantes en internet, realizar comentarios insultantes u
ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos
o mensajes de textos insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima
como cuando se revela la identidad de quien los envía.
4.- Acoso Escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la ley 1620 de
2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de
agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción,
aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma
49. de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un
niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares
con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de
forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede
ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes
contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.
5.- Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 dela ley
1620 de 2013, es toda forma de intimidación con sus uso liberado de
tecnologías de información (internet, redes sociales, virtuales, telefonía y
móvil, video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.
6.- Violencia Sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la ley
1146 de 2007 “Se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y
adolescentes todo acto o compartimiento de tipo sexual ejercido sobre niño,
niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física,
psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de
desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor”
7.- Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda
situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los
derechos de los niños, niñas y adolescentes.
8.- Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es
el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se
desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujeto de
derechos y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos
que le sean vulnerados.
Artículo 40.
Clasificación de las situaciones. Las situaciones que afectan la convivencia
escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se
clasifican en tres tipos:
50. 1.- Situaciones tipo I. corresponden a este tipo los conflictos manejados
inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden
negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al
cuerpo o a la salud.
2.- Situaciones tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión
escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (ciberbullying) que no revistan
las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera
de las siguientes características:
a.- Que se presenten de manera repetida o sistemática.
b.- Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna
para cualquiera de los involucrados.
3.- Situaciones tipo III. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión
escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad,
integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del libro II de la Ley
599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la
ley penal colombiana vigente.
51. INSTITUCIÓN EDUCATIVA ALTOZANO
DATOS PERSONALES ESTUDIANTES
NOMBRE __________________________________________________
GRADO __________________________________________________
IDENTIFICACIÓN __________________________________________________
FECHA DE NACIMIENTO __________________________________________________
DIRECCIÓN __________________________________________________
TELÉFONO __________________________________________________
_______________________________________________________________________________
___________
PADRE __________________________________________________
OCUPACIÓN __________________________________________________
TELÉFONO __________________________________________________
MADRE __________________________________________________
OCUPACIÓN __________________________________________________
OTRO ACUDIENTE ______________________ PARENTESCO _______________
OCUPACIÓN __________________________________________________
TELÉFONO __________________________________________________
_______________________________________________________________________________
___________
DATOS CLÍNICOS
TIPO DE SANGRE __________________________________________________
ALERGIAS __________________________________________________
ENFERMEDADES __________________________________________________
E. P. S. __________________________________________________
52. CLINICA DE ATENCIÓN __________________________________________________
DIRECCIÓN ___________________________ CIUDAD _______________
EN CASO DE EMERGENCIA LLAMAR A
NOMBRE ____________________________ PARENTESCO ________
DIRECCIÓN ____________________________ TELÉFONO ___________
NOMBRE ____________________________ PARENTESCO ________
DIRECCIÓN ____________________________ TELÉFONO ___