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DERECHO ADMINISTRATIVO
Presentación del Curso:
• Acuerdos iniciales y planeación del curso.
- Presentación del docente
- Indicaciones para el desarrollo de la clase
- Socialización del sílabo
PRIMERA SESIÓN
PODER PÚBLICO. ESTRUCTURA Y
ROL DEL ESTADO
Constitución Política del Estado
• Organización de Estado
• Sistema jurídico
• Finalidad
SEPARACION DE PODERES
Actuación del Estado
como Poder Ejecutivo
• Función gubernativa
• Función de administración
• Rol subsidiario
Función gubernativa
• La función pública
• Los “actos de gobierno”
• La función administrativa
Función de administración
• Acto administrativo
• Actividades de administración
interna
• “Administración pública”
Estructura del Estado
Rol del Estado
• Subsidiariedad:
- Intervención excepcional en el
mercado
SEGUNDA SESIÓN
DERECHO ADMINISTRATIVO. OBJETO
Y FINALIDAD
OBJETO
• Regular determinado ámbito de
actuación del Estado
Actuación del Estado
• Función gubernativa
• Función administrativa
Función administrativa
- Limitación de derechos
- Prestación de servicios
- Actividad de fomento
- Actividad Normativa
- Actividad sancionadora
- Actividad cuasijurisdiccional
Finalidad
• Interés general vs interés de los
particulares
Art. III Título Preliminar LPAG
• Finalidad de la LPAG:
Establecer el régimen jurídico aplicable
para que la actuación de la
Administración Pública sirva a la
protección del interés general, pero
garantizando a su vez los derechos e
intereses de los administrados.
Artículo 1°, Ley N° 27584
• Finalidad del proceso contencioso
administrativo:
Control jurídico por el Poder Judicial de
las actuaciones de la administración
pública sujetas al derecho
administrativo y la efectiva tutela de los
derechos e intereses de los
administrados.
Finalidad
• Obtención de un adecuado equilibrio entre
los intereses de los administrados y el
interés general
Administración pública
• Órganos y organismos que desarrollan
la función administrativa
TERCERA SESIÓN
FUENTES Y PRINCIPIOS DEL
DERECHO ADMINISTRATIVO
Fuentes del Derecho
Administrativo
❑ Las disposiciones constitucionales.
❑ Los tratados y convenios
internacionales incorporados al
Ordenamiento Jurídico Nacional.
❑ Las leyes y disposiciones de jerarquía
equivalente.
❑ Los Decretos Supremos y demás
normas reglamentarias.
❑ Los demás reglamentos del Poder
Ejecutivo, los estatutos y reglamentos
de las entidades, así como los de
alcance institucional o provenientes de
los sistemas administrativos.
❑ Las demás normas subordinadas a los
reglamentos anteriores.
❑ La jurisprudencia
❑ Los precedentes administrativos:
resoluciones emitidas por la
Administración, estableciendo criterios
interpretativos de alcance general y
debidamente publicadas.
❑ Los pronunciamientos vinculantes de
las entidades facultadas expresamente
para absolver consultas.
Principios del Derecho
Administrativo
• Grandes lineamientos orientadores.
• Buscan llenar vacíos del ordenamiento
jurídico administrativo
❑Nuevos principios (Decreto Legislativo Nº
1272):
- Ejercicio legítimo de poder
- Responsabilidad
- Acceso permanente
❑Principio de Legalidad: Las autoridades
administrativas deben actuar con respeto a la
Constitución, la ley y al derecho, dentro de las
facultades que le estén atribuidas y de acuerdo
con los fines para los que les fueron conferidas.
❑Principio del debido procedimiento: Los
administrados gozan de los derechos y garantías
ímplicitos al debido procedimiento administrativo.
Tales derechos y garantías comprenden, de
modo enunciativo mas no limitativo, los derechos
a ser notificados, a acceder al expediente, refutar
l
los cargos imputados, a exponer argumentos y a
presentar alegatos complementarios, a efrecer y
producir pruebas, a solicitar el uso de la la
palabra, cuando corresponda, a obtener una
decisión motivada, fundada en derecho, emitida
por autoridad competente, y en un plazo
razonable, y a impugnar las decisiones que los
afecten. La institución del debido proceso
administrativo se rige por los Principios de
Derecho Administrativo. La regulación propia del
Derecho Procesal es aplicable solo en cuanto
sea compatible con el régimen administrativo.
Principio de impulso de oficio: Las
autoridades deben dirigir e impulsar de oficio y
ordenar la realización o práctia de los actos que
resulten convenientes para el esclarecimiento y
resolución de las cuestiones necesarias.
Principio de razonabilidad: Las decisiones de
la autoridad administrativa, cuando creen
obligaciones, califiquen infracciones, o impongan
sanciones o establezcan restricciones a los
administrados, deben adaptarse dentro de los
límites de la facultad atribuida y manteniendo la
Debida proporción entre los medios a emplear y
los fines públicos a deba tutelar, a fin de que
respondan a lo estrictamente necesario para la
satisfacción de su cometido.
Principio de imparcialidad: Las autoridades
administrativas actúan sin ninguna clase de
discriminación entre los administrados,
otorgándoles tratamiento y tutela igualitarios
frente al procedimiento, resolviendo conforme al
ordenamiento jurídico y con atención al interés
general.
Principio de Informalismo: Las normas deben
ser interpretadas en forma favorable a la
admisión y decisión final de las pretensiones de
los administrados, de modo que sus derechos e
intereses no sean afectados por la exigencia de
aspectos formales que puedan ser subsanados
dentro del procedimiento, siempre que dicha
excusa no afecte derechos de terceros o el
interés público.
Principio de Presunción de veracidad: En la
tramitación del procedimiento administrativo, se

Presumen que los documentos y declaraciones
formulados por los administrados en la forma
prescrita por esta ley, responden a la verdad de
los hechos que ellos afirman. Esta presunción
admite prueba en contrario.
Principio de Buena fe procedimental: La
autoridad administrativa, los administrados, sus
reprersentantes o abogados y, en general, todos
los participes del procedimiento, realizan sus
respectivos actos procedimentales guidados
apor el respeto mutuo, la colaboración y la buena
fe.
CUARTA SESIÓN
RÉGIMEN JURÍDICO DEL
ACTO ADMINISTRATIVO
FIN
QUINTA SESIÓN
NULIDAD DEL
ACTO ADMINISTRATIVO
Causales de nulidad
del Acto Administrativo
• Vicios del acto administrativo causan su
nulidad de pleno derecho
❑Causales (TUO LPAG):
- Contravención a la ley
- Defecto u omisión de requisito de
validez
- Actos contrarios al ordenamiento
jurídico o cuando no cumplen los
requisitos, documentación o tramites
esenciales
❑Causales (TUO LPAG):
- Actos administrativos constitutivos de
infracción penal, o que se dicten como
consecuencia de la misma.
❑ Instancia competente para declarar la
nulidad:
- La nulidad de oficio será conocida y
declarada por la autoridad superior de
quien dictó el acto.
- La nulidad planteada por recurso de
reconsideración o apelación será
declarada por la autoridad
competente para resolver
❑ La resolución que declara la nulidad
dispone, además, lo conveniente para
hacer efectiva la responsabilidad del
emisor del acto inválido
❑ Tendrá efecto declarativo y retroactivo
a la fecha del acto, salvo derechos
adquiridos de buena fe por terceros,
en cuyo caso operará a futuro
❑ La nulidad de un acto sólo implica la
de los sucesivos en el procedimiento,
cuando estén vinculados a él.
❑ La nulidad parcial del acto
administrativo no alcanza a las otras
partes del acto que resulten
independientes de la parte nula, salvo
que sea su consecuencia,
FIN
SEXTA SESIÓN
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Acto Administrativo y
procedimiento
• Acto Adm.(*) PROCEDIMIENTO
• Acto Administrativo crea, extingue o
modifica derechos del administrado, de
manera unilateral
DEFINICIÓN
• Conjunto de actos y diligencias
tramitados en las entidades,
conducentes a la emisión de un acto
administrativo que produzca efectos
sobre los intereses, obligaciones o
derechos de los administrados.
ETAPAS
I. Inicio
II.Ordenación e Instrucción
III.Conclusión
IV.Ejecución de Resolución
Inicio
I. De oficio
II.A petición de parte
Instrucción
Valorar las pruebas aportadas
por el administrado.
Antecedentes de Documentos.
Solicitar informes y dictámenes.
Conceder audiencias. Practicar
Inspecciones
Conclusión
Emisión de Resolución con
pronunciamiento sobre el fondo.
Aplicación del Silencio
Administrativo Positivo o
Negativo.
- Desistimiento
- Abandono
Ejecución
Ejecución Forzada de los actos
administrativos a través de los
propios órganos con apoyo
PNP.
Aplicación de Silencio
Administrativo Positivo o
Negativo.
PLAZOS (días hábiles)
• Recepción y derivación de un escrito a la
Unidad Competente: dentro del mismo día
de su presentación.
• Actos de mero trámite: 03 días.
• Emisión de dictámenes, peritajes,
informes y similares: 07 días prorrogables.
(PLAZOS..)
• Entrega de información por parte del
administrado: 10 días. (presentación de
originales, poderes, etc.)
• Subsanar observaciones: 02 días.
• Notificación de un acto administrativo: 05
días.
• Resolución del Procedimiento de
Evaluación Previa: 30 días
SEPTIMA SESIÓN
SUJETOS DEL
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
❑Sujetos (Procedimiento administrativo):
- La autoridad administrativa
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ADMINISTRADO
❑Toda Persona Natural o Jurídica que se
vincula con la Administración Pública
❑Sujeto que es parte de un procedimiento
administrativo
❑Aquel respecto del cual ejerce sus
potestades la administración
AUTORIDAD ADMINISTRATIVA
❑Es el agente de las entidades que, bajo
cualquier régimen jurídico ejercen las
facultades de conducción del
procedimiento administrativo (inicio,
instrucción, sustanciación, emisión de
resolución y ejecución)
❑ El ejercicio de la autoridad
administrativa supone la atribución de
competencias.
❑ La competencia administrativa es el
conjunto de funciones que el
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  • 2. Presentación del Curso: • Acuerdos iniciales y planeación del curso. - Presentación del docente - Indicaciones para el desarrollo de la clase - Socialización del sílabo
  • 3. PRIMERA SESIÓN PODER PÚBLICO. ESTRUCTURA Y ROL DEL ESTADO
  • 4. Constitución Política del Estado • Organización de Estado • Sistema jurídico • Finalidad
  • 6. Actuación del Estado como Poder Ejecutivo • Función gubernativa • Función de administración • Rol subsidiario
  • 7. Función gubernativa • La función pública • Los “actos de gobierno” • La función administrativa
  • 8. Función de administración • Acto administrativo • Actividades de administración interna • “Administración pública”
  • 10.
  • 11. Rol del Estado • Subsidiariedad: - Intervención excepcional en el mercado
  • 13. OBJETO • Regular determinado ámbito de actuación del Estado
  • 14. Actuación del Estado • Función gubernativa • Función administrativa
  • 15. Función administrativa - Limitación de derechos - Prestación de servicios - Actividad de fomento - Actividad Normativa - Actividad sancionadora - Actividad cuasijurisdiccional
  • 16. Finalidad • Interés general vs interés de los particulares
  • 17. Art. III Título Preliminar LPAG • Finalidad de la LPAG: Establecer el régimen jurídico aplicable para que la actuación de la Administración Pública sirva a la protección del interés general, pero garantizando a su vez los derechos e intereses de los administrados.
  • 18. Artículo 1°, Ley N° 27584 • Finalidad del proceso contencioso administrativo: Control jurídico por el Poder Judicial de las actuaciones de la administración pública sujetas al derecho administrativo y la efectiva tutela de los derechos e intereses de los administrados.
  • 19. Finalidad • Obtención de un adecuado equilibrio entre los intereses de los administrados y el interés general
  • 20. Administración pública • Órganos y organismos que desarrollan la función administrativa
  • 21.
  • 22.
  • 23.
  • 24.
  • 25.
  • 26.
  • 27.
  • 28.
  • 29.
  • 30.
  • 31.
  • 32.
  • 33.
  • 34. TERCERA SESIÓN FUENTES Y PRINCIPIOS DEL DERECHO ADMINISTRATIVO
  • 35. Fuentes del Derecho Administrativo ❑ Las disposiciones constitucionales. ❑ Los tratados y convenios internacionales incorporados al Ordenamiento Jurídico Nacional. ❑ Las leyes y disposiciones de jerarquía equivalente.
  • 36. ❑ Los Decretos Supremos y demás normas reglamentarias. ❑ Los demás reglamentos del Poder Ejecutivo, los estatutos y reglamentos de las entidades, así como los de alcance institucional o provenientes de los sistemas administrativos. ❑ Las demás normas subordinadas a los reglamentos anteriores.
  • 37. ❑ La jurisprudencia ❑ Los precedentes administrativos: resoluciones emitidas por la Administración, estableciendo criterios interpretativos de alcance general y debidamente publicadas. ❑ Los pronunciamientos vinculantes de las entidades facultadas expresamente para absolver consultas.
  • 38. Principios del Derecho Administrativo • Grandes lineamientos orientadores. • Buscan llenar vacíos del ordenamiento jurídico administrativo
  • 39.
  • 40. ❑Nuevos principios (Decreto Legislativo Nº 1272): - Ejercicio legítimo de poder - Responsabilidad - Acceso permanente
  • 41. ❑Principio de Legalidad: Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas. ❑Principio del debido procedimiento: Los administrados gozan de los derechos y garantías ímplicitos al debido procedimiento administrativo. Tales derechos y garantías comprenden, de modo enunciativo mas no limitativo, los derechos a ser notificados, a acceder al expediente, refutar l
  • 42. los cargos imputados, a exponer argumentos y a presentar alegatos complementarios, a efrecer y producir pruebas, a solicitar el uso de la la palabra, cuando corresponda, a obtener una decisión motivada, fundada en derecho, emitida por autoridad competente, y en un plazo razonable, y a impugnar las decisiones que los afecten. La institución del debido proceso administrativo se rige por los Principios de Derecho Administrativo. La regulación propia del Derecho Procesal es aplicable solo en cuanto sea compatible con el régimen administrativo.
  • 43. Principio de impulso de oficio: Las autoridades deben dirigir e impulsar de oficio y ordenar la realización o práctia de los actos que resulten convenientes para el esclarecimiento y resolución de las cuestiones necesarias. Principio de razonabilidad: Las decisiones de la autoridad administrativa, cuando creen obligaciones, califiquen infracciones, o impongan sanciones o establezcan restricciones a los administrados, deben adaptarse dentro de los límites de la facultad atribuida y manteniendo la
  • 44. Debida proporción entre los medios a emplear y los fines públicos a deba tutelar, a fin de que respondan a lo estrictamente necesario para la satisfacción de su cometido. Principio de imparcialidad: Las autoridades administrativas actúan sin ninguna clase de discriminación entre los administrados, otorgándoles tratamiento y tutela igualitarios frente al procedimiento, resolviendo conforme al ordenamiento jurídico y con atención al interés general.
  • 45. Principio de Informalismo: Las normas deben ser interpretadas en forma favorable a la admisión y decisión final de las pretensiones de los administrados, de modo que sus derechos e intereses no sean afectados por la exigencia de aspectos formales que puedan ser subsanados dentro del procedimiento, siempre que dicha excusa no afecte derechos de terceros o el interés público. Principio de Presunción de veracidad: En la tramitación del procedimiento administrativo, se 
  • 46. Presumen que los documentos y declaraciones formulados por los administrados en la forma prescrita por esta ley, responden a la verdad de los hechos que ellos afirman. Esta presunción admite prueba en contrario. Principio de Buena fe procedimental: La autoridad administrativa, los administrados, sus reprersentantes o abogados y, en general, todos los participes del procedimiento, realizan sus respectivos actos procedimentales guidados apor el respeto mutuo, la colaboración y la buena fe.
  • 47. CUARTA SESIÓN RÉGIMEN JURÍDICO DEL ACTO ADMINISTRATIVO
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  • 55. FIN
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  • 60.
  • 61. Causales de nulidad del Acto Administrativo • Vicios del acto administrativo causan su nulidad de pleno derecho
  • 62. ❑Causales (TUO LPAG): - Contravención a la ley - Defecto u omisión de requisito de validez - Actos contrarios al ordenamiento jurídico o cuando no cumplen los requisitos, documentación o tramites esenciales
  • 63. ❑Causales (TUO LPAG): - Actos administrativos constitutivos de infracción penal, o que se dicten como consecuencia de la misma.
  • 64. ❑ Instancia competente para declarar la nulidad: - La nulidad de oficio será conocida y declarada por la autoridad superior de quien dictó el acto. - La nulidad planteada por recurso de reconsideración o apelación será declarada por la autoridad competente para resolver
  • 65. ❑ La resolución que declara la nulidad dispone, además, lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad del emisor del acto inválido ❑ Tendrá efecto declarativo y retroactivo a la fecha del acto, salvo derechos adquiridos de buena fe por terceros, en cuyo caso operará a futuro
  • 66. ❑ La nulidad de un acto sólo implica la de los sucesivos en el procedimiento, cuando estén vinculados a él. ❑ La nulidad parcial del acto administrativo no alcanza a las otras partes del acto que resulten independientes de la parte nula, salvo que sea su consecuencia,
  • 67. FIN
  • 68.
  • 70. Acto Administrativo y procedimiento • Acto Adm.(*) PROCEDIMIENTO • Acto Administrativo crea, extingue o modifica derechos del administrado, de manera unilateral
  • 71. DEFINICIÓN • Conjunto de actos y diligencias tramitados en las entidades, conducentes a la emisión de un acto administrativo que produzca efectos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los administrados.
  • 72. ETAPAS I. Inicio II.Ordenación e Instrucción III.Conclusión IV.Ejecución de Resolución
  • 73. Inicio I. De oficio II.A petición de parte
  • 74. Instrucción Valorar las pruebas aportadas por el administrado. Antecedentes de Documentos. Solicitar informes y dictámenes. Conceder audiencias. Practicar Inspecciones
  • 75. Conclusión Emisión de Resolución con pronunciamiento sobre el fondo. Aplicación del Silencio Administrativo Positivo o Negativo. - Desistimiento - Abandono
  • 76. Ejecución Ejecución Forzada de los actos administrativos a través de los propios órganos con apoyo PNP. Aplicación de Silencio Administrativo Positivo o Negativo.
  • 77. PLAZOS (días hábiles) • Recepción y derivación de un escrito a la Unidad Competente: dentro del mismo día de su presentación. • Actos de mero trámite: 03 días. • Emisión de dictámenes, peritajes, informes y similares: 07 días prorrogables.
  • 78. (PLAZOS..) • Entrega de información por parte del administrado: 10 días. (presentación de originales, poderes, etc.) • Subsanar observaciones: 02 días. • Notificación de un acto administrativo: 05 días. • Resolución del Procedimiento de Evaluación Previa: 30 días
  • 80. ❑Sujetos (Procedimiento administrativo): - La autoridad administrativa - El administrado
  • 81. ADMINISTRADO ❑Toda Persona Natural o Jurídica que se vincula con la Administración Pública ❑Sujeto que es parte de un procedimiento administrativo ❑Aquel respecto del cual ejerce sus potestades la administración
  • 82. AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ❑Es el agente de las entidades que, bajo cualquier régimen jurídico ejercen las facultades de conducción del procedimiento administrativo (inicio, instrucción, sustanciación, emisión de resolución y ejecución)
  • 83. ❑ El ejercicio de la autoridad administrativa supone la atribución de competencias. ❑ La competencia administrativa es el conjunto de funciones que el ordenamiento jurídico (norma expresa) atribuye a un determinado órgano. ❑ La competencia es irrenunciable, salvo supuestos de delegación.
  • 84. Conflicto de competencia • https://elcomercio.pe/lima/san-isidro-magdalena-multan-empresa-fuga-gas- 190517