1. Constitución y
Derechos humanos
Programa de Formación
Humanística
PERSONA, DIGNIDAD Y FUNDAMENTOS DE LOS
DERECHOS HUMANOS.
“El respeto de los
derechos humanos
y la dignidad de la
persona, son los
fundamentos para
la libertad, justicia y
paz en el mundo”
ONU.
https://www.freejpg.com.ar/imagenes/premium/1200778169/contenido-hombre-y-mujer-de-pie-de-espaldas
2. Programa de Formación
Humanística
Constitución y
Derechos humanos
https://edition.cnn.com/videos/spanish/2021/03/18/ataques-asiaticos-estados-unidos-
aumento-crimenes-odio-racismo-randi-kaye-inhs-pkg.cnn
Observa el video
El respeto a la dignidad humana es fundamental.
No a la discriminación de ningún tipo.
¿Podemos afirmar que la discriminación
vulnera la dignidad de las personas de
origen asiático en Estados Unidos ?
¿Qué derechos humanos están siendo
vulnerados en estas personas?
¿Qué entiendes por Derechos Humanos?
Responde a través de Menti.com
3. Programa de Formación
Humanística
Constitución y
Derechos humanos
LA
PERSONA
HUMANA
LA PERSONA HUMANA
Ser racional, libre
y social, sin
distinción.
Con derechos y
obligaciones.
Sustancia indivisa
de naturaleza
racional.
Con capacidad de
goce desde su
concepción.
Tiene derecho a la
protección del
Estado.
"El hombre es un ser social por
naturaleza" es una frase del filósofo
Aristóteles (384-322, a. de C.) para
constatar que nacemos con la
característica social y la vamos
desarrollando a lo largo de nuestra vida,
ya que necesitamos de los otros para
sobrevivir.
El proceso de sociabilización es el
conjunto de aprendizajes que el hombre
necesita para relacionarse con
autonomía, autorrealización y
autorregulación dentro de una sociedad.
(Arrieta, 2016).
4. Programa de Formación
Humanística
Constitución y
Derechos humanos
LA DIGNIDAD HUMANA
“La humanidad misma es dignidad; porque el hombre no puede ser utilizado únicamente como medio por ningún
hombre (ni por otros, ni siquiera por sí mismo), sino siempre a la vez como fin…”(García, 2018, citando a Kant,
1966).
Por tanto, es la actitud de respeto a sí mismo y a los demás. […] Es inherente a todas las personas y constituye la
base de los derechos fundamentales […] (García, 2018). Por ello es fundamental:
✔ No dejarse humillar.
✔ No permitir que acaben con tu autoestima.
✔ No dejar que te falten al respeto.
✔ No dejar que te golpeen.
✔ No permitir que te usen como objeto sexual.
✔ Ser quien toma tus propias decisiones sin que nadie las interrumpa.
✔ Ser aceptado en una comunidad con los defectos que te caractericen.
✔ Defender a las personas maltratadas y la amenaza de menores.
✔ Ayudar a los niños si tienen un problema de acoso.
✔ En caso de infancia y adolescencia informar sobre casos de bullying.
“La defensa de la
persona humana y el
respeto de su
dignidad son el fin
supremo de la
sociedad y del
Estado” (Artículo 1°
de la CPP-1993).
https://www.youtube.com/watch?v=iQXR541bxCU
https://emojiterra.com/es/indice-hacia-derecha/
5. Programa de Formación
Humanística
Constitución y
Derechos humanos
Los Derechos Humanos
Los derechos humanos son el conjunto de prerrogativas
sustentadas en la dignidad humana.
Definen las relaciones entre los individuos y las estructuras de
poder, especialmente el Estado.
Delimitan el poder del Estado y, al mismo tiempo, exigen al Estado
que todas las personas puedan disfrutar de sus derechos humanos.
• Blengio M.(s. f) los derechos humanos son facultades y atribuciones que emergen de la esencia de la persona, cuya condición se
erige en el valor de la dignidad, siendo reconocidos paulatinamente a través de la historia en los diferentes ordenamientos
jurídicos, por diversas fuentes del ámbito nacional e internacional. (p. 6)
http://www.archivomuseodelamemoria.cl/uploads/1/0/102420/00000262000001000015.JPG
6. Programa de Formación
Humanística
Constitución y
Derechos humanos
Inherentes
Imprescriptibles
Universales
Absolutos
Inviolables
Indisponibles
Indivisibles
Indisolubles
Irreversibles
Progresibles
Innatos a todos los
seres humanos
Evolucionan con el tiempo
N ° Apertus: Art. 3 CPP
No pueden ser recortados
No hay jerarquía entre sí
Fuera del comercio y de la
disponibilidad personales
La vigencia de unos
determina la de otros
Forman un conjunto inseparable de DD
No se pierden por el tiempo, aún cuando no se
haga uso de ellos
Nadie puede actuar en contra, salvo
por el bien común
Nadie puede renunciar a ellos
Su respeto se reclama a toda persona
o autoridad
A todo género humano en todo tiempo y lugar.
Principios
de los
DDHH
Irrenunciables
Interdependientes
7. Programa de Formación
Humanística
Constitución y
Derechos humanos
El reconocimiento de que el
hombre es esencialmente
social y cultural, indica que la
comunidad es
indispensable para el
individuo ya que es parte
de ella. Y, en particular, es
indispensable para la
realización de su libertad.
La comunidad es
responsable que se respeten
los derechos humanos de
cada individuo. Así, es
natural admitir que la
comunidad misma tiene
derechos. (Quiej. et al. s.f.).
El fundamento
responde al por qué
de los derechos
humanos y se sitúa
como una pretensión
moral justificada. Se ve
complementada por el
concepto que responde
al para qué, que
concreta la recepción
de esa pretensión
moral en el Derecho
positivo. (Gregorio
Peces-Barba, Curso de
derechos
fundamentales, p. 102)
FUNDAMENTOS
DE LOS
DERECHOS
HUMANOS
8. Programa de Formación
Humanística
Constitución y
Derechos humanos
FUNDAMENTO
IUSNATURALISTA
IUSNATURALISTA
Atemporales
Impera la
justicia
Parten de la
moral y la
ética
Inmutables
Intrínsecos a
la naturaleza
humana
Superiores
Anteriores
Absolutos
El Iusnaturalismo sostiene que,
el origen de los derechos
humanos no reside en la ley
positiva, sino que, parte de la
naturaleza propia del ser
humano, […] el derecho
natural es aquel que la
naturaleza da a los seres
humanos por el simple
hecho de serlo. (Amnistía
Internacional. s/f.).
Tienen su
origen en Dios.
https://www.youtube.com/watch?v=4rdQUwV_0ao
9. Programa de Formación
Humanística
Constitución y
Derechos humanos
IUSPOSITIVISTA
1.Principios
dados por el
hombre
3. Están a
voluntad del
legislador
2. Rechaza al
derecho
natural
4. Están
condicionados
a la vigencia
NORMAS:
BIEN COMUN
LA VOLUNTAD
SOBERANA
JUSTICIA Y
LIBERTAD
“El iuspositivismo reduce el objeto de la
investigación jurídica exclusivamente al
derecho positivo vigente, sin considerar
aspectos éticos…” (Rubio,2009).
FUNDAMENTO
IUSPOSITIVISTA
https://www.youtube.com/watch?v=J0guM2SuS7g
10. Programa de Formación
Humanística
Constitución y
Derechos humanos
FUNDAMENTO
HISTORICISTA
Sostiene que los DDHH se origina en las necesidades sociales de cada época,
para lo cual se crean normas a fin de satisfacerlas. Ejemplo, el derecho al voto de la
mujer, en el Perú, se dio el 22 de junio de 1956.
Los derechos humanos
surgen por
necesidades sociales
e históricas de la
humanidad: Derecho a
la internet.
ORIGEN SOCIAL:
Resultado de la
evolución de las
necesidades de la
población:
Revolución
Francesa.
*DD.HH. VAN EN
CADENA, SON:
PROGRESIVOS
(constante evolución,
nunca en retroceso),
*RELATIVOS Y
VARIABLES
(su fundamento es de
estructura estable, pero
su contenido es
variable)
TRIPLE PROCESO DE
EVOLUCIÓN:
1. POSITIVACIÓN (Derechos
subjetivos públicos)
2. LA GENERALIZACION
(Constitución. Tratado, etc.)
3. INTERNACIONALIZACIÓN
(Reconocimiento a la protección
mediante tratados
internacionales)
https://dhpedia.wikis.cc/wiki/Derechos_humanos_de_cuarta_generaci%C3%B3n
11. Programa de Formación
Humanística
Constitución y
Derechos humanos
FUNDAMENTO
CONSENSUAlISTA
Los derechos humanos se originan en los acuerdos de
las personas (legisladores) sobre la que debe
permitirse, obligarse o prohibirse. Siempre que, los
acuerdos sean en favor de los DDHH. Ejemplo:
Protocolos de bioseguridad durante la pandemia por la
Covid 19 emitidos por el Minsa.
https://covid19.chinalco.com.pe/protocolos-de-salud
https://andina.pe/agencia/noticia-sector-salud-autoriza-transferencia-financiera-mas-s-3-millones-a-region-lima-675362.aspx
12. Programa de Formación
Humanística
Constitución y
Derechos humanos
FUNDAMENTO
ÉTICO
🠶 La ética, son los principios o pautas de
la conducta humana.
🠶 Los derechos no son un producto de la
positivización, sino de las exigencias
éticas de las personas por su
naturaleza humana.
🠶 Lo humano de estos derechos se
formula como la lucha frente a todo lo
que consideramos inhumano,
degradante, inaceptable.
13. Programa de Formación
Humanística
Constitución y
Derechos humanos
Esquema analítico de
Persona
Dignidad y Fundamentos de los DDHH
Aplica los fundamentos de los Derechos
Humanos a los casos propuestos:
CASO 1:______________
CASO 2:______________
CASO 3:______________
CASO 4:______________
CASO 5:______________
CASO 6:______________
15. Evolución histórica de los Derechos
Humanos
Tratado Internacionales sobre Derechos
Humanos
16. SESIÓN 02:
TRATADOS INTERNACIONALES SOBRE
DERECHOS HUMANOS
• Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos
• Pacto Internacional de Derechos Económicos y
Sociales; Convención Contra la Tortura y Otros
Tratos Crueles Inhumanos o Degradantes
• Convención sobre la Eliminación de Todas las
Formas de Discriminación Contra la Mujer
• Convención sobre los Derechos del Niño
• Convención sobre los derechos de las personas
con discapacidad
• Generaciones de Derechos
Humanos
• Declaración Universal de los
Derechos Humanos
17. https://www.youtube.com/watch?v=lj1CFoKVRtw
Evolución de los Derechos Humanos
Preguntas
1.¿ Qué son los Derechos
humanos?
2. ¿Cómo han evolucionado
los derechos humanos en
Latinoamérica?
3. ¿Cuáles fueron los
movimientos independentistas
para consolidar los derechos
humanos?
18. Evolución de los Derechos Humanos: Documentos históricos e instituciones
Cilindro de Ciro
(539 a.C)
Carta Magna
(1215)
Independencia de
las Trece Colonias
(1776)
Revolución Francesa
(1789)
Naciones Unidas
(1948)
19. Generaciones de los Derechos Humanos
https://youtu.be/xHYTZFNfH2U
Preguntas
1.¿Como ha evolucionado la
generación de los derechos
humanos?
2. ¿Indique que hechos se
evidencian en cada una de las
generaciones?
3. ¿Cuáles son las
características de los
derechos humanos?
21. Surgen con el proceso
revolucionario de
independencia de las colonias
británicas en Norteamérica y
con la Revolución Francesa.
Imponen al Estado la
obligación de respetar
el derecho a la vida, la
integridad física, la
libertad, la igualdad
ante la ley, la
prohibición de la
tortura, la libertad
religiosa, entre otros.
DERECHOS DE
PRIMERA
GENERACIÓN
s. XVIII y XIX
(LIBERTAD)
Son derechos civiles y
políticos de carácter
individual.
22. Son derechos económicos,
sociales y culturales.
Derecho a una
adecuada calidad de
vida, el derecho al
trabajo, el derecho de
pertenecer a un
sindicato, el derecho a
la salud, el derecho a la
seguridad social y a la
educación.
DERECHOS DE
SEGUNDA
GENERACIÓN
s. XIX y XX
(IGUALDAD)
Derechos que implican
al Estado ser un medio
para satisfacer algunas
necesidades materiales
de los ciudadanos.
23. Son los Derechos de los
Pueblos o de Solidaridad.
Surgen a partir de la segunda
mitad del siglo XX.
• Derecho a la paz
• Derecho al
Desarrollo y de
protección al medio
ambiente, como:
• Desarrollo
sostenible
• Medio ambiente
sano
• Derechos de los
consumidores
• Protección frente a
la manipulación
genética.
DERECHOS DE
TERCERA
GENERACIÓN
s. XX y XXI
(SOLIDARIDAD)
24. Los derechos humanos de
cuarta generación se dan a
partir del surgimiento de las
tecnologías de la información
y la comunicación. (Tics)
El mundo globalizado
utiliza:
• Big data: Google,
Yahoo, Gmail,
Facebook,
Instagram,
WhatsApp.
• Internet: Paginas
web.
• Inteligencia
artificial: Robótica
DERECHOS DE
CUARTA
GENERACIÓN
s. XXI- actualidad
(NUEVAS
TECNOLOGIAS )
Potenciar el marco legal que
regula este progreso digital
para que se evite la violación
o vulneración de los derechos
humanos.
El peligro del uso de la Tics
es que dan lugar a que los
datos que se depositan sean
utilizados por otras personas
de manera inadecuada.
25. DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
El 10 de diciembre de 1948 fue la
primera vez que los países acordaron
las libertades y derechos que merecen
protección universal como respuesta a
los “actos de barbarie ultrajantes para
la conciencia de la humanidad”
cometidos durante la Segunda Guerra
Mundial.
Es un documento que sirve de plan de
acción global para la libertad y la
igualdad protegiendo los derechos de
las personas en todos los lugares.
27. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
• El Pacto es legalmente vinculante
y contiene 53 artículos.
• El Comité de los Derechos
Humanos, estableció en el artículo
28, supervisar su ejecución.
El primer protocolo opcional en
mayo del 2012 fue ratificado por
114 estados.
Establece un mecanismo
individual de denuncia del Pacto.
El segundo protocolo en mayo del
2012 fue ratificado por 74 estados.
Establece la abolición de la pena de
muerte.
Adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 16 de diciembre de 1966 y vigente desde el 23 de marzo de 1976.
28. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Es supervisado por “El Comité
de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales de las
Naciones Unidas”.
El Pacto contiene 31 artículos y entró en vigor en 1976 y en
mayo de 2012 fue ratificado por 160 Estados.
29. Convención Contra la Tortura y Otros Tratos Crueles Inhumanos o
Degradantes
TRATADO INTERNACIONAL DE
DERECHOS HUMANOS
El cual prohíbe el uso de la tortura y otros
tratos o penas crueles, inhumanos o
degradantes, habiéndose creado un
instrumento para monitorear y
responsabilizar a los gobiernos.
Debe ser aceptado como un principio del
derecho internacional consuetudinario.
Fue adoptada por la Asamblea General de las
Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1984, y entró
en vigor el 26 de junio de 1987 y contiene 33 artículos.
30. Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación Contra la Mujer
La Convención se centra en la cultura y
la tradición como fuerzas influyentes que dan forma
a los roles de género y a las relaciones familiares
explícitamente la discriminación contra las mujeres
y establece una hoja de ruta de acción nacional
para poner fin a tal forma de discriminación.
Adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión,
por la Asamblea General de la ONU el 18 de diciembre
de 1979 y entra en vigor el 3 de septiembre de 1981 y
contiene 30 artículos.
31. Convención sobre los Derechos del Niño
La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) es
el tratado internacional adoptado por la Asamblea General de las
Naciones Unidas que reconoce a todas las personas menores
de 18 años como sujetos de pleno derecho.
La Asamblea General de la ONU la ratificó el 20 de noviembre
de 1989, entrando en vigor el 2 de septiembre de 1990.
Contiene 54 artículos.
Los cuatro principios fundamentales de la Convención
sobre los Derechos del Niño:
1. La no discriminación.
2. El interés superior del niño.
3. El derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo.
4. La participación infantil.
32. Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad
La finalidad de la Convención es ¨promover, proteger y
asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de
todos los derechos humanos y libertades fundamentales
por todas las personas con discapacidad, y promover el
respeto de su dignidad inherente.
Suscrita el 30 de marzo de 2007, en la ciudad de Nueva
York, EE.UU.
Ratificada el 31 de octubre de 2007, entrando en vigor en
el 2008. Contiene 50 artículos.
Se consideran en este tratado de personas con
discapacidad a aquellas que presentan alguna
limitación física, mental, intelectual o sensorial que
imposibilita o dificulta el desarrollo normal de cualquier
actividad dentro de la sociedad.
33. Referencias Bibliográficas
• Convención Contra la Tortura y Otros Tratos Crueles Inhumanos o Degradantes
https://www.refworld.org.es/docid/50acc1d52.html
• Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer
https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/ProfessionalInterest/cedaw_SP.pdf
• Convención sobre los Derechos del Niño
https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/ProfessionalInterest/crc_SP.pdf
• Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad
https://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf
• Declaración Universal de Derechos Humanos
https://www.ohchr.org/sites/default/files/UDHR/Documents/UDHR_Translations/spn.pdf
34. • Declaración Universal de Derechos Humanos https://www.amnesty.org/es/what-we-
do/universal-declaration-of-human-
rights/#:~:text=La%20Declaraci%C3%B3n%20Universal%20de%20Derechos,personas%20en%2
0todos%20los%20lugares.
• Derechos de primera, segunda y tercera generación https://www.diarioconstitucional.cl/temas-
civicos/derechos-de-primera-segunda-y-tercera-generacion/
• Derechos humanos de cuarta generación y las tecnologías de la información y de la
comunicación http://cedhj.org.mx/revista%20DF%20Debate/articulos/revista_No12/ADEBATE-
12-art8.pdf
• Pacto Internacional de Derechos civiles y políticos
https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/ProfessionalInterest/ccpr_SP.pdf
• Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/ProfessionalInterest/cescr_SP.pdf
35. Videos
• Evolución de los Derechos Humanos
https://www.youtube.com/watch?v=lj1CFoKVRtw
• Generaciones de los Derechos Humanos
https://youtu.be/xHYTZFNfH2U
37. Programa de Formación
Humanística
Constitución y
Derechos
Humanos
CONSTITUCIÓN POLÍTICA
Y ESTADO DE DERECHO
ESTADO
DE
DERECHO
https://www.communitas.pe/100483-large/constitucion-politica-comentada-y-su-aplicacion-jurisprudencial.jpg
38. Argumenta el marco normativo y
conceptual de la Constitución
Política y el Estado de Derecho y
las Garantías Constitucionales.
Sustenta con fundamentos sus puntos
de vista sobre la relación entre la
Constitución Política, el Estado de
Derecho y las Garantías
Constitucionales a través de un texto
argumentativo.
CAPACIDAD
INDICADOR
DE
LOGRO
39. 3 presidentes en 10 días
https://www.facebook.com/BBCnewsMundo/videos/717605702189623/
https://www.minuto.com.mx/internacionales/2020/11/18/crisis-politica-en-peru-en-menos-de-10-dias-
el-pais-ha-tenido-presidentes-12195.html
40. ¿Por qué tuvimos 3
presidentes
En 2020?
¿Todo lo acontecido
en noviembre 2020
está previsto en la
Constitución?
¿Consideras que se
debe cambiar la
Constitución? ¿Por
qué?
Con respecto al cumplimiento
de la Constitución, ¿qué
podemos inferir para el caso
de “Vacancia por incapacidad
moral”?
¿Consideras que todos
los peruanos debemos
conocer los contenidos
de la CPP?
Respondemos en el jamboard de forma grupal
¿Crees que es necesario
cambiar de constitución y
convocar a una asamblea
constituyente?
¿Crees que el cierre del
Congreso solucionara los
problemas que aquejan a
nuestro país?
41. http://andrescusi.blogspot.pe/2011/10/12-constitun-ciopolitica-del-peru-1993.html
a) En su sentido material.
Está constituida por los
preceptos que regulan la
creación de normas
jurídicas generales y,
especialmente, la
creación de leyes
b) En su sentido formal. Es
un documento solemne, un
conjunto de normas
jurídicas que sólo pueden
ser modificadas mediante
la observancia de
prescripciones especiales.
DEFINICIÓN
DE LA
CONSTITUCIÓN
Según Hans
Kelsen, citado
por QUIROZ, E.
(1999)
LA
CONSTITUCIÓN
42. PRINCIPIOS DE LA CONSTITUCIÓN
Es superior a cualquier otra
norma.
Larga duración en el tiempo
Entendible por todos
Las leyes son obligatorias al día
siguiente de ser publicadas
Debe ser Redactada y/o aprobada
por Congreso o Asamblea…
Establece funciones del Estado y
el Gobierno
Supremacía
Estabilidad
Claridad
y concisión
Ultra actividad
de la ley
Legalidad
06
Funcionalidad
06
43. ORGANIZACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN :
ARTÍCULO
TÍTULO I DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD
CAPÍTULO I DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA
TÍTULOS: ¿Cuántos Títulos tiene la CPP de 1993?
ARTÍCULOS: ¿Cuántos Artículos tiene la CPP de 1993?
Toda constitución tiene artículos enumerados y texto. Ejemplo:
Artículo 1°.- La defensa de la persona humana y el respeto de su
dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.
Artículo 2°.- Toda persona tiene derecho:
1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y
física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto
de derecho en todo cuanto le favorece.
24. A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia:
c. No hay prisión por deudas. Este principio no limita el
mandato judicial por incumplimiento de deberes alimentarios.
[…]
INCISO
TEXTO
LITERAL
https://frasespedia.com/preguntas/preguntas-absurdas
44. LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
Artículo 2.- Derechos fundamentales de la persona.
Toda persona tiene derecho:
1. A la vida, a su identidad, a su integridad […]
2. A la igualdad ante la ley. Nadie puede ser discriminado […]
3. A la libertad de conciencia y de religión, […]
4. A las libertades de información, opinión, expresión y difusión del
pensamiento. […]
5. A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla
de cualquier entidad pública, en el plazo legal […]
6. A que los servicios informáticos, computarizados o no, públicos o privados,
no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar.
7. Al honor y a la buena reputación, a la intimidad personal y familiar así como
a la voz y a la imagen.
8. A la libertad de creación intelectual, artística, técnica y científica, así como a
la propiedad sobre dichas creaciones y a su producto. El Estado propicia el
acceso a la cultura y fomenta su desarrollo y difusión.
9. A la inviolabilidad del domicilio. […]
10. Al secreto y a la inviolabilidad de sus comunicaciones y documentos
privados. […]
11. A elegir su lugar de residencia, a transitar por el territorio nacional y a salir
de él y entrar en él, salvo limitaciones por razones de sanidad o por mandato
judicial o por aplicación de la ley de extranjería.
12. A reunirse pacíficamente sin armas. […]
13. A asociarse y a constituir fundaciones y diversas formas de organización
jurídica sin fines de lucro […]
14. A contratar con fines lícitos, siempre que no se contravengan leyes de
orden público.
15. A trabajar libremente, con sujeción a ley.
16. A la propiedad y a la herencia.
17. A participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica,
social y cultural […]
18. A mantener reserva sobre sus convicciones políticas, filosóficas, religiosas
[…]
19. A su identidad étnica y cultural. El Estado reconoce y protege la pluralidad
étnica y cultural de la Nación.
20. A formular peticiones, individual o colectivamente, por escrito ante la
autoridad competente […]
21. A su nacionalidad. Nadie puede ser despojado de ella […]
22. A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, […]
23. A la legítima defensa.
24. A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia:
[…]
c. No hay prisión por deudas. Este principio no limita el mandato judicial por
incumplimiento de deberes alimentarios.
f. Nadie puede ser detenido sino por mandamiento escrito y motivado del juez
o por las autoridades policiales […]
[…]
Los derechos fundamentales
se ubican entre el art°1 al 2°
de la CPP
46. Autoridad
Territorio
Población
ELEMENTOS
Max Weber (citado por Clarke,
1996) define al “Estado como
un cuerpo autónomo que
tiene jurisdicción territorial y
monopolio sobre el uso
coercitivo de la fuerza dentro
de su jurisdicción” (p. 792).
EL ESTADO
47. http://www.la-
razon.com/nacional/UD-
magistrados-TCP-revision-
https://www.pngfind.com/mpng/hTxoRTR_descargar-martillo-de-juez-png-transparent-png/
Libertad
Personal
Igualdad ante
la ley
Separación de
Poderes
Constitucionalidad
de las leyes
Según Hans Kelsen (1960) es
aquel que posee un
ordenamiento jurídico al cual la
jurisdicción y la administración
están vinculadas por leyes,
esto es, por normas generales
emanadas de un parlamento
elegido por el pueblo, cuyos
miembros del gobierno
responden de sus actos; cuyos
tribunales son independientes;
y donde se garantizan
determinadas libertades a los
ciudadanos. (p. 314-315).
ELEMENTOS
Estado de Derecho
“Estado de Derecho es el ideal político en el que prima la ley, y
nadie puede hacer lo que la ley no permita” (Carbonell y Vásquez.
2009).
https://www.youtube.com/watch?v=tcV4M_sFbLs
Retroalimentando tu aprendizaje
48. PRINCIPIOS DEL ESTADO DE DERECHO
1
•TODAS LAS DISPOSICIONES JURÍDICAS
DEBEN SER PROSPECTIVAS, ABIERTAS Y
CLARAS
2
•LAS DISPOSICIONES JURÍDICAS DEBEN SER
RELATIVAMENTE ESTABLES
3
•EL ESTABLECIMIENTO DE DISPOSICIONES
JURÍDICAS PATICULARES DEBE SER GUIADO
POR DISPOSICIONES ABIERTAS, ESTABLES,
CLARAS Y GENERALES
4
•LA INDEPENDENCIA DEL PODER JUDICIAL
TIENE QUE SER GARANTIZADA
5
•LOS PRINCIPIOS DE LA JUSTICIA NATURAL
TIENEN QUE SER OBSERVADOS
6
•LOS TRIBUNALES DEBE TENER PODERES DE
REVISIÓN SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS
OTROS PRINCIPIOS
7
•LOS TRIBUNALES TIENEN QUE SER FÁCILMENTE
ACCESIBLES
8
•A LOS ÓRGANOS DE PREVENCIÓN CRIMINAL
DOTADOS DE DISCRESIONALIDAD NO SE LES
DEBE PERMITIR PERVERTIR EL DERECHO
Leyes
entendibles
Leyes
duraderas
Juicios públicos
Derecho de apelar
sentencias
Justicia para
todos
Autoridades
incorruptibles
Leyes que
Favorezcan
a todos.
Jueces
autónomos
49. MODALIDADES
DE
ORGANIZACIÓN
DE ESTADO DE
DERECHO
ESTADO LIBERAL DE DERECHO ESTADO SOCIAL DE DERECHO
ESTADO DEMOCRÁTICO DE
DERECHO
ESTADO CONSTITUCIONAL DE
DERECHO
https://es.wikipedia.org/wiki/Estado_liberal#/media/Archi
vo:El_juramento_de_las_Cortes_de_C%C3%A1diz_en_181
0.jpg
https://es.wikipedia.org/wiki/Estado_liberal#/media/Archi
vo:El_juramento_de_las_Cortes_de_C%C3%A1diz_en_181
0.jpg
https://es.wikipedia.org/wiki/Estado_liberal#/media/Archivo:El_juramen
to_de_las_Cortes_de_C%C3%A1diz_en_1810.jpg
https://es.wikipedia.org/wiki/Estado_liberal#/media/Archivo:El_juram
ento_de_las_Cortes_de_C%C3%A1diz_en_1810.jpg
50. ESTADO
DE
EMERGENCIA
SANITARIA:
no sabemos
hasta
cuándo será
CAPÍTULO VII - RÉGIMEN DE EXCEPCIÓN: Estado de emergencia
https://www.semana.com/mundo/articulo/
peru-declara-estado-
de-emergencia-y-confina-a-la-poblacion-por-coronavirus/656995
Artículo 137°.
1. El Presidente de la República, puede decretar,
Estado de emergencia, en caso de perturbación
de la paz o del orden interno, de catástrofe o de
graves circunstancias que afecten la vida de la
Nación. En esta eventualidad, puede
restringirse o suspenderse el ejercicio de los
derechos constitucionales relativos a la libertad y
la seguridad personales, la inviolabilidad del
domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito
en el territorio comprendidos en los incisos 9, 11
y 12 del artículo 2° y en el inciso 24, apartado f
del mismo artículo. En ninguna circunstancia se
puede desterrar a nadie. https://twitter.com/caroasociados/status/1242169541607784450?lang=fa
51. https://www.slideshare.net/MaraJosArteagaMartne/comisin-nacional-de-los-derechos-humanos-66496750
ACCIÓN DE HÁBEAS CORPUS
Procede ante el hecho u omisión, por parte de
cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera
o amenaza la libertad individual o los derechos
constitucionales conexos (a la vida, a la seguridad, etc.).
ACCIÓN DE HÁBEAS DATA
Procede ante el hecho u omisión, por parte de
cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera
o amenaza los derechos a que se refiere el art. 2º, Inc.5
y 6 de la CPP.
ACCIÓN DE AMPARO
Protege todos los derecho constitucionales que no sean
cautelado ni por el habeas corpus, ni por el habeas data.
descartado el uso de estos dos, y existiendo un derecho
constitucional amenazado o vulnerado, procede el amparo
LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES
Art. 200 de la CPP
Concepto
Las garantías constitucionales son
los derechos de las personas
establecidos en la constitución de
cada país.
Como son constitucionales no hay
leyes, decretos ni resoluciones
que puedan atentar contra ellos.
https://pt.slideshare.net/locovexCQ/garantias-constitucionales-en-el-per/3
https://www.definicionabc.com/derecho/garantias-constitucionales.php
https://www.youtube.com/watch?v=gXO-ST2R3WQ
Retroalimentando tu aprendizaje
52. TEXTO ARGUMENTATIVO
Esquema:
Título: Constitución, el Estado de Derecho y las Garantías constitucionales.
I. Introducción: de media hoja
I. Pregunta: ¿Cuál es la relación entre la Constitución, el Estado de
Derecho y las Garantías constitucionales? (en media hoja)
I. Postura del grupo (respuesta a la pregunta)
I. Sustentos (en base a citas) (3 citas parafraseadas por cada subtítulo)
IV. Conclusión
VI. Referencias en APA
Video de repaso
54. Constitución y Derechos
Humanos
Programa de Formación
Humanística
Universidad César Vallejo
SESIÓN: 04
DERECHO A LA
VIDA Y A LA
INTEGRIDAD
PERSONAL
https://pbs.twimg.com/media/CAzejyiWkAAunDj.jpg
55. Constitución y Derechos
Humanos
Programa de Formación
Humanística
Universidad César Vallejo
https://media.istockphoto.com/photos/man-pointing-around-a-wall-isolated-picture-
id155075394?k=20&m=155075394&s=170667a&w=0&h=6ZF6A6nSfYX89OVVIKHtO9PBanS8D
DBy1_s3UmmewMw=
Observamos
los siguientes
videos…
Derecho a la vida - Aldo Vásquez
Ríos (03 julio 2018)
https://www.youtube.com/watch?
v=aMEYm0SF2Uo (4:35 min.)
¿Cuál es la situación actual de las
mujeres, niñas y adolescentes del
Perú? - Veronique Henry. Directora
del Plan Internacional Perú (08 marzo
2022)
https://www.youtube.com/watc
h?v=CVACDzEKG-g (7:33 min)
56. Programa de Formación
Humanística
FILOSOFÍA Y
ÉTICA
❑ ¿Qué opinión tienes acerca de los videos
presentados?
❑ ¿Cuáles fueron los derechos que se están
vulnerando?
❑ ¿El ser humano podría garantizar su vigencia
sin el respeto a estos derechos
fundamentales?
❑ ¿Desde cuándo se tiene derecho a la vida?
https://image.shutterstock.com/image-photo/
happy-woman-pointing-presenting-side-
260nw-178969589
.jpg
Respondemos a las siguientes
preguntas
57. Filosofía y Ética
Programa de Formación
Humanística
Conflicto Cognitivo
¿Qué entendemos por derecho a la
vida y a la integridad personal?
¿Por qué en pleno siglo XXI el
derecho a la vida, de la mujer, del
niño y adolescente se agudizan cada
día más?
https://media.istockphoto.com/photos/thinking-woman-picture-
id997611522?k=20&m=997611522&s=612x612&w=0&h=9f6gPtxUFBhP38Ied7ejp751dp-xJFNSQwsbyrxjUAM=
58. Filosofía y Ética
Programa de Formación
Humanística
RESULTADO DE
APRENDIZAJE
CONTENIDOS/TEMÁTICA
EVIDENCIAS DE
APRENDIZAJE
Explica los fundamentos de los
Derechos Humanos con
sustento teórico y normativo,
utilizando casuísticas;
demostrando habilidades
reflexivas, argumentativas,
críticas y tecnológicas.
DERECHO A LA VIDA Y A LA INTEGRIDAD PERSONAL
DERECHO A LA VIDA:
- Fundamento normativo.
- Supuestos violatorios del derecho a la vida: aborto,
pena de muerte y eutanasia.
- Derecho a la Integridad Personal.
DERECHOS DE LA MUJER
Situación de la mujer en el Perú. Equidad de género.
Derechos sexuales y reproductivos.
- Violencia contra la mujer en la ley 30364, feminicidio y
otras formas de violencia.
DERECHOS DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
Situación de los derechos del niño y del adolescente en el
Perú: maltrato infantil, explotación económica y violencia
sexual.
Portafolio: Análisis de los
casos
59. Constitución y Derechos
Humanos
Programa de Formación
Humanística
Universidad César Vallejo
https://media.istockphoto.com/photos/man-pointing-around-a-wall-isolated-picture-
id155075394?k=20&m=155075394&s=170667a&w=0&h=6ZF6A6nSfYX89OVVIKHtO9PBanS8D
DBy1_s3UmmewMw=
60. Constitución y Derechos
Humanos
Programa de Formación
Humanística
Universidad César Vallejo
Redacción RPP
21 de febrero del 2022 6:22 PM
Actualizado el 21 de febrero del 2022 6:22 PM
https://rpp.pe/mundo/latinoamerica/colombia-corte-constitucional-despenaliza-el-aborto-libre-hasta-las-24-
semanas-noticia-1388140
61. Constitución y Derechos
Humanos
Programa de Formación
Humanística
Universidad César Vallejo
La otra pandemia en casa:
violencia en el hogar en
tiempos de cuarentena
El 60% de feminicidios en Perú ocurren
en el hogar, de acuerdo con el
Observatorio de Criminalidad del
Ministerio Público. Según el Programa de
las Naciones Unidas para el Desarrollo
(PNUD), los riesgos de violencia contra
las mujeres y las niñas aumentan en este
espacio privado.
12 de abril de 2020
https://www.pe.undp.org/content/peru/es/home/presscenter/articles/2020/la-otra-pandemia--violencia-en-el-hogar-en-
tiempos-de-cuarentena.html
62. Constitución y Derechos
Humanos
Programa de Formación
Humanística
Universidad César Vallejo
La vida humana es sagrada e inviolable. Debe ser
respetada y protegida de manera absoluta desde el
momento de la concepción hasta su muerte.
El ser humano, desde el seno materno, pertenece a Dios.
Desde el primer momento de su existencia, debe ser
reconocido sus derechos de persona, entre los cuales
está el derecho inviolable de todo ser inocente a la vida.
Juan Pablo II - Evangelium Vitae 1995
DERECHO A LA VIDA
https://www.youtube.com/watch?v=aMEYm0SF2Uo&t=5s
Link de retroalimentación de aprendizaje
63. Constitución y Derechos
Humanos
Programa de Formación
Humanística
Universidad César Vallejo
FUNDAMENTO NORMATIVO
¿Qué es el derecho a la vida?
El derecho a la vida es el que tiene cualquier persona por el
simple hecho de existir. Es el más importante
https://i0.wp.com/www.interrogantes.net/wp-
content/uploads/2007/09/laVida-
300x300.png?resize=300%2C300
En la
Constitución
Política del
Perú
El Código
civil
peruano
El Código
Penal
:https://www.google.com.pe/search?q=constitucion
+politica+del+peru&hl=es-
419&rlz=1C1CHBD_esPE800PE800&source=lnms&tb
m=isch&sa=X&sqi=2&ved=0ahUKEwjluPqp2uvcAhXILF
AKHV_XA6IQ_AUICigB&biw=1366&bih=662#imgrc=su
Ps_yE2bGsSQM:
:https://www.google.com.pe/search?q=constit
ucion+politica+del+peru&hl=es-
419&rlz=1C1CHBD_esPE800PE800&source=lnms
&tbm=isch&sa=X&sqi=2&ved=0ahUKEwjluPqp2u
vcAhXILFAKHV_XA6IQ_AUICigB&biw=1366&bih=
662#imgrc=suPs_yE2bGsSQM:
:https://www.google.com.pe/search?q=co
digo+penal&rlUICigB&bz=1C1CHBD_esPE80
0PE800&source=lnms&tbm=isch&sa=X&ved
=0ahUKEwjlz5PI2evcAhXIq1kKHZrwAX4Q_Ai
w=1366&bih=662#imgrc=lWqoIPftaNSjcM
64. Constitución y Derechos
Humanos
Programa de Formación
Humanística
Universidad César Vallejo
TRATADOS INTERNACIONALES
Derechos
Humanos
Pacto
Internacional de
los Derechos
Civiles y Políticos
Pacto de San
José de Costa
Rica
https://www.google.com.pe/search?q=derechos+humanos&rlz=1C1CHBD_esPE800PE800&sour
ce=lnms&tbm=isch&sa=X&sqi=2&ved=0ahUKEwjZnaD8x-
3cAhUCEbwKHXVWBacQ_AUICigB&biw=1366&bih=662#imgrc=Gvj2eRIC_csCSM:
https://www.google.com.pe/search?q=pacto+internacional+civiles+y+politicos&r
lz=1C1CHBD_esPE800PE800&source=lnms&tbm=isch&sa=X&ved=0ahUKEwijt-
jKyO3cAhXM2FMKHWp9Cq0Q_AUICigB&biw=1366&bih=662#imgrc=TL6KOS0Xdk
qc2M:
https://www.google.com.pe/search?rlz=1C1CHBD_esPE800PE800&biw=1366&bih=662&tbm=isch&sa=1&ei
=VFRzW-
b7MZH5zgKj3oaICg&q=pacto+de+san+jose&oq=pacto+de+san+jose&gs_l=img.3..0l6j0i5i30k1j0i24k1l3.1038
97.106430.0.106844.11.11.0.0.0.0.156.1524.0j11.11.0....0...1c.1.64.img..0.11.1521...35i39k1.0.qTDvSWgT
OBs#imgdii=W7ahaLYGFr9bZM:&imgrc=I2JqMo1DXXGYYM:
Artículo 3º
Declaración Universal de los Derechos Humanos
también en la carta de los derechos humanos.
Artículo 6º
1. El derecho a la vida es inherente a la persona
humana. Este derecho estará protegido por la ley.
Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente.
Artículo 4º. Derecho a la vida
1. Toda persona tiene derecho a que se respete su
vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en
general, a partir del momento de la concepción.
Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.
65. Constitución y Derechos
Humanos
Programa de Formación
Humanística
Universidad César Vallejo
INTEGRIDAD PERSONAL
El derecho a la integridad personal se
entiende como un conjunto de
condiciones físicas, psíquicas y
morales que le permiten al ser
humano su existencia, sin sufrir
ningún tipo de menoscabo en
cualquiera de esas tres dimensiones.
El reconocimiento de este derecho
implica, que nadie puede ser lesionado
o agredido físicamente, ni ser víctima
de daños mentales o morales que le
impidan conservar su estabilidad
psicológica.
http://elcaminoorlando.org/2017/07/30/integridad-laboral/
https://www.google.com.pe/search?q=derecho+a+la+integridad+personal+pdf&tbm=isch&tbs=rimg:CSGEs0yF7Y6hIjgBGaa57m-
C7bWv5gZitdc0S7W3RbFTuVlAOXDps7iXtHrGRHHdCKL1NujgpzQCGwLyxFeudnprGCoSCQEZprnub4LtEdnQ8ldt68tpKhIJta_1mBmK11zQR6QbjYkS736QqEglLtbdFsVO5WRGl9NDdYk79BSoSCUA5cOmzuJe0EbtYk6
OSUBBjKhIJesZEcd0IovURZh8yoJNYoxUqEgk26OCnNAIbAhHLVJpL2Vd0TioSCfLEV652emsYEfHV2ti6opIi&tbo=u&sa=X&ved=2ahUKEwjh2tff3evcAhXCwFkKHTeEDwAQ9C96BAgBEBs&biw=1366&bih=613&dpr=1#i
mgrc=IL3rysIOUjRaTM:
66. Constitución y Derechos
Humanos
Programa de Formación
Humanística
Universidad César Vallejo
ENFOQUE NORMATIVO NACIONAL
DEL DERECHO A LA INTEGRIDAD
ENFOQUE NORMATIVO A NIVEL SUPRANACIONAL
DEL DERECHO A LA INTEGRIDAD
67. Constitución y Derechos
Humanos
Programa de Formación
Humanística
Universidad César Vallejo
PROBLEMÁTICA FRENTE A LA VIDA
PENA DE
MUERTE
FEMINICIDIO
ABORTO
EUTANASIA
SUPUESTOS
VIOLATORIOS
DEL DERECHO
A LA VIDA
Código Penal: ……………. Código Penal: …………….
Código Penal: ……………. Código Penal: …………….
https://www.youtube.com/watch?v=YymT8
4-cHRg
Link de retroalimentación de aprendizaje
68. Constitución y Derechos
Humanos
Programa de Formación
Humanística
Universidad César Vallejo
EL ABORTO
El aborto es la interrupción voluntaria
del embarazo y la consiguiente
expulsión del feto.
Existen 2 posiciones:
Posición Mortícola: La madre tiene
pleno derecho sobre la posibilidad
del nacimiento o no del feto que se
desarrolla en su vientre.
Posición Vitalista : La madre no
puede decidir sobre el feto, que es
un ser independiente y separado de
la madre.
EUTANASIA
• Es la muerte asistida de un paciente para
evitarle sufrimiento.
• Se procede a través de una autorización
judicial.
• Tipos:
✔Pasiva: Cuando se deja que el enfermo
muera. El paciente no tiene el control de
lo que pasa
✔Activa: Cuando se asiste en la muerte
del paciente. Se ocasiona de manera
directa, a petición del paciente.
https://www.google.com.pe/search?q=eutanasia&rlz=1C1CHBD_esPE800PE800&source=lnms&tbm=isch&sa=X&ved=0ahUKEwjSpYXw1OvcAhWLjlkKHbRVAtAQ_AUICigB&biw=1366&bih=613
70. Constitución y Derechos
Humanos
Programa de Formación
Humanística
Universidad César Vallejo
A la educación
Al trabajo
A la participación
política
Al desarrollo
A una vida libre sin
discriminación ni
violencia A la salud
A derechos sexuales y
reproductivos
MARCO LEGAL
• DUDDHH
• La Convención
Interamericana sobre
la Concesión de los
derechos civiles a la
mujer
• Constitución Política
del Perú - 1993
https://www.facebook.com/MimpPeru/videos/547878372440577
/
73. Constitución y Derechos
Humanos
Programa de Formación
Humanística
Universidad César Vallejo
VIOLENCIA DE GÉNERO
La violencia de género es la violencia ejercida
contra las mujeres por su condición de mujer.
Esta violencia presenta numerosas facetas que
van desde la discriminación y el menosprecio
hasta la agresión física o psicológica y el
asesinato.
Produciéndose en muy diferentes ámbitos,
adquiere especial dramatismo en el ámbito
sentimental y doméstico, en el que anualmente
las mujeres son asesinadas a manos de sus
parejas por decenas o cientos en los diferentes
países del mundo.
74. Constitución y Derechos
Humanos
Programa de Formación
Humanística
Universidad César Vallejo
¿QUÉ ES EL FEMINICIDIO?
Es el homicidio de una mujer por su condición de tal-. Por el
hecho de ser mujer en el contexto de violencia familiar,
coacción o acoso sexual, abuso de poder y discriminación.
(CP). En 10 años se han registrado 1215 víctimas de
feminicidio en todo el país. (Ministerio Público).
El término feminicidio, palabra castellanizada, proviene del
neologismo femicide, el cual nació en el ámbito académico
anglosajón.
FEMINICIDIOS EN PERÚ 2022: SE REGISTRARON
18 CASOS. (HASTA ENERO)
77. Constitución y Derechos
Humanos
Programa de Formación
Humanística
Universidad César Vallejo
https://img.remediosdigitales.com/1ded6f/650_1000_captura-20de-20pantalla-202012-11-12-20a-20las-2014.15.52/1366_2000.jpg
79. Constitución y Derechos
Humanos
Programa de Formación
Humanística
Universidad César Vallejo
LA VIOLENCIA
INFANTIL
Se denomina violencia
infantil al maltrato o
cualquier acción (física,
sexual o emocional) u
omisión no accidental en el
trato hacia un menor, que le
ocasione daño físico o
psicológico que amenace su
desarrollo.
Se distinguen 5 tipos de
maltrato infantil:
▪ Abuso físico
▪ Abuso sexual
▪ Maltrato emocional
▪ Abandono físico
▪ Negligente
https://i0.wp.com/elmilenio.info/wp-content/uploads/2019/04/maltrato.jpeg?fit=800%2C445&ssl=
1
80. Filosofía y Ética
Programa de Formación
Humanística
ACTIVIDAD
https://previews.123rf.com/images/piksel/piksel1110/piksel111000083/1098229
1-cartel-en-blanco-de-la-explotaci%C3%B3n-de-empresario.jpg
En equipos de trabajo y de manera colaborativa elaboran l caso relacionado al
DERECHO A LA VIDA Y A LA INTEGRIDAD PERSONAL, expresándolo a través
de un informe, con las siguiente especificaciones:
⮚ Introducción
1.Contexto (explique brevemente la noticia escogida)
2.Mencione, según la norma supranacional y nacional el derecho vulnerado de la noticia escogida.
3. Descripción del problema observado en la noticia.
⮚ Desarrollo
Explique brevemente, las posturas a favor y/o en contra
sobre la noticia en mención, indicando los respectivos argumentos
⮚ Conclusión
Mencione recomendaciones
Referencias bibliográficas
Cita 3 fuentes de información.
http://seoadwordsmarketing.com/tag/trafico-viral
86. Formación
Humanística
Pregrado
Saberes previos - lluvia de ideas
¿Qué entiende por el derecho a la
libertad?
¿Tiene límites el derecho a la libertad de
expresión?
¿Qué entiende por el derecho a la igualdad?
88. Formación
Humanística
Pregrado
Una joven identificada como Natalie denunció haber sido
discriminada en una de las estaciones del Metropolitano por parte de
un agente de seguridad. El motivo: haberse besado con su novia en la
Estación Central.
En el video que ella misma registró se le escucha a la seguridad
decirle lo siguiente: ''No pueden estar besándose en un lugar público,
no pueden estar besándose en un lugar donde hay niños. Tienen que
dar el ejemplo''.
Tras lo ocurrido, la joven explicó lo sucedido: “Yo había acompañado
a mi novia a que tome el Metropolitano, por ahí le estaba dando un
beso, cuando de pronto se acerca este señor y de manera prepotente
me dice que lo que hacía estaba mal”.
“No es justo que alguien sea heterosexual te trate de una manera
tan agresiva y diciéndote qué puedes hacer en un espacio público. No
me ha pasado antes y pensé que tampoco me iba a pasar, menos en
el Metropolitano”, agregó.
Tras lo ocurrido, Protansporte se pronunció a través de un
comunicado donde rechazaba cualquier tipo de discriminación. ''La
comuna limeña rechaza tajantemente todo acto de discriminación.
Se ha iniciado una investigación profunda para establecer las
responsabilidades y sanciones que correspondan''.
https://ojo.pe/actualidad/metropolitano-joven-es-discriminada-en-estacion-central-por-su-orientacion-sexual-web-ojo-
noticia/?ref=ojr
Casuística
91. Formación
Humanística
Pregrado
Art. 2 - Inc. 24- literal C.
No hay prisión por deudas. Este principio no limita el mandato judicial
por incumplimiento de deberes alimentarios.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
¿Voy preso si no paso pensión de
alimentos?
Código penal 149°: Pena no mayor de 3
– 4 años de cárcel o 20 a 50 jornadas
Por omisión a la asistencia familiar
Pena privativa de libertad
no menor de seis meses ni
mayor de 4 años y con 60 a
90 días- multa.
https://misionesonline.net/2015/04/07/9-meses-de-embarazo-sin-darse-cuenta/
https://proyectopuente.com.mx/2017/12/06/padres-cumplen-la-pension-alimenticia-podrian-crear-padron-morosos-en-sonora/
95. Formación
Humanística
Pregrado
Libertades garantizadas por la constitución peruana
de 1993
Libertad de tránsito
Libertad de conciencia y de religión
Libertad de creación intelectual, artística, técnica y científica
La libertad de enseñanza
Libertad de cátedra
Libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria
Libertad de expresión y de comunicación
La libertad de contratar
Libertad de reunión
96. Formación
Humanística
Pregrado
DERECHO A LA IGUALDAD
La igualdad es una
atribución individual o del
conjunto, ante esto, la
persona debe ser tratada en
similares condiciones, en
sentido horizontal bajo las
mismas leyes siempre y
cuando no existan motivos
que provoquen un
tratamiento especial.
https://sp.depositphotos.com/stock-
photos/multirracial.html
Derecho a la igualdad:
El estado reconoce a
todos las personas
como iguales y prohíbe
toda forma de
discriminación
Igualdad jurídica:
Mandato de igualdad
ante la ley y un
mandato de igualdad
en la aplicación de la
ley.
Igualdad política- social: El
estado despliega medidas
para cubrir las necesidades
básicas de las personas para
desarrollarse plenamente.
97. Formación
Humanística
Pregrado
Cualquier
otra índole
Raza Sexo Edad
Clase
Social
Enfermedades o
discapacidad
Orientación
sexual
MOTIVOS DE DISCRIMINACIÓN
El Código Penal define cualquier acto de discriminación como un delito
y establece como sanción la pena privativa de la libertad no menor a dos
años y no mayor a tres o la obligación de brindar servicios a la comunidad
de entre 60 y 120 jornadas