SlideShare uma empresa Scribd logo
1 de 49
Baixar para ler offline
Bereche Pupuche, Yovana.
Candiotty Pérez, Jamphier.
Casas Saucedo, Paola.
Cumpa Chancafe, Fanny
Livaque Gálvez, Carla.
Mera Pérez Cristian.
Ecan ramos, Dante
Están regulados por la Cámara
de Comercio Internacional(CCI)
a través de los Usos y Reglas
Uniformes Relativas a los
Créditos Documentarios (UCP).
Organización Empresarial Mundial.
Organismo de representación

 Misión fundamental es: Fomentar
    el Comercio y la Inversión.

Redacta Normas y Guías para el
Comercio que se emplean en todo
el mundo .
Convenio en virtud del
                 cual


PAGO



                                     CONFORMIDAD CON
                                      INSTRUCCIONES




       (DENTRO DE UN TIEMPO LÍMITE
A
R
T
Í
C
U
L
O

1



Son de aplicación para cualquier
“CREDITO DOCUMENTARIO”,
 incluyendo en la medida que
 sean necesarias las cartas de
     crédito contingentes.
Es quien emite un CRÉDITO a
                                                 petición de un ordenante      A
                                                                               R
              BANCO AVISADOR
                                                                               T
                                                            BANCO EMISOR       Í
                                                                               C
             (Notifica el
                                                                               U
             CRÉDITO)
                                                                               L
                                                                               O

   BENEFICIARIO/EXPORTAD                                  ORDENANTE/IMPORTAD   2
            OR                                                   OR

(Parte a favor de la que se emite el              Demanda la apertura del
crédito)                                          CRÉDITO
                                   Día hábil - Bancario
CRÉDITO        Es cualquier acuerdo, como quiera que
                sea denominado o descrito, de carácter
                   IRREVOCABLE y que por lo tanto
               constituye un COMPROMISO definitivo de
               B.E para cumplir una presentación acorde
                            a los requisitos.


DÍA BANCARIO
                   Es un día en el que un banco es
               normalmente abierto en el lugar en el que
                  un acto sujeto a estas normas es
                              ejecutado.


NEGOCIACIÓN
                 Es la compra de Instrumentos de giro
                hecha por el B.D, Y/O Documentos parte
                    de una presentación conforme.
 Un crédito es irrevocable incluso aunque no haya
  indicación al respecto.
 Las sucursales de un banco en países diferentes se
  considerarán bancos distintos.
 Las palabras “al”, “hasta”, “desde” utilizadas para
  definir un período de embarque incluyen la fecha o
  fechas mencionadas, y las palabras “antes” y “después”
  excluyen la fecha mencionada.
Por ejemplo: “El embarque se debe efectuar desde el 24
  de Mayo”…
Significa que es desde el 24 de Mayo inclusive, y es dicha
  fecha que debe tomarse como la fecha de embarque
  mas cercana )
Ojo: No debe confundirse con lo estipulado para la Fecha
  de Vencimiento.
• Por el contrario, la expresión “después” excluye la
  fecha.

  Por Ejemplo: “el embarque se debe efectuar
  después del 24 de Mayo” …
  Esto implica que la fecha de embarque más
  cercana sería el 25 de Mayo.
   DISPONIBILIDAD, FECHA DE EXPIRACIÓN.

El crédito debe indicar si es disponible para pago a
la vista, pago diferido, aceptación o negociación.
El crédito debe indicar una fecha de vencimiento
para la presentación.
• El crédito, por su naturaleza, es una operación
  independiente de la venta o de cualquier otro contrato
  en el que pueda estar basado.
• El compromiso de un BANCO es de Honrar, negociar o
  cumplir cualquier otra obligación en virtud únicamente
  del crédito .
DOCUMENTOS FRENTE A MERCANCÍAS, SERVICIOS O
PRESTACIONES
Los bancos tratan con documentos y no con las
mercancías, servicios o prestaciones con las que
los documentos puedan estar relacionados.
Debe honrar cuando el
                           crédito esta disponible con
                           el mismo, o cuando siendo
                          disponible a un tercero, éste
                             no honra o no negocia.
    Se compromete a
reembolsar   al   banco
designado     que    ha
honrado o negociado una                                   Está irrevocablemente
presentación conforme y                                   obligado    a    honrar
que ha remitido los                                       desde el momento en
documentos al banco                                       que emite el crédito.
emisor.




                            El compromiso del banco
                            emisor de reembolsar al
                            banco      designado        es
                            independiente              del
                            compromiso       del    banco
                            emisor frente al beneficiario
El compromiso del banco
confirmador de reembolsar                                 Está  irrevocablemente
a otro banco designado es                                 obligado a honrar o
independiente            del                              negociar     desde     el
compromiso     del    banco                               momento en que añade su
confirmador     frente    al                              confirmación al crédito,
beneficiario.  (el    banco                               (debe honrar y reembolsar
designado es un agente del                                en los mismo términos
banco emisor, y por lo tanto                              que el banco emisor).
autorizado no obligado).
                       Si un banco ha sido autorizado o
                       requerido por el banco emisor para
                       que confirme un crédito, pero no está
                       dispuesto a hacerlo, debe informar al
                       banco emisor sin demora y podrá
                       notificar el crédito sin su confirmación
Puede existir
un 2do banco
avisador.
                       REFLEJA
                       FIELMENTE LOS
                                                       BENEFICIARI
                       TÉRMINOS Y
                                                          OO
                       CONDICIONES
      BANCO            NOTIFICACION DE                 EXPORTADO
     AVISADO              CREDITO O                        R
        R
                        MODIFICACION




                                 Se debe utilizar el
    Esta seguro de               mismo banco para
    la autenticidad              notificar otras
    del crédito o de             modificaciones
    la modificación
UN CRÉDITO NO SE PUEDE MODIFICAR O
      CANCELAR SIN EL CONSENTIMIENTO DEL:   Excepto de
      BANCO EMISOR,BANCO CONFIRMADOR Y      lo previsto
                 BENEFICIARIO               x el art.38
                                            !!!BENEFICIAR
                         NOTIFICA LA
      BANCO             MODIFICACION             IO O
     AVISADO                                  EXPORTADO
        R                                          R
                         ACEPTACION O
                           RECHAZO




COMUNICA AL BANCO DEL
   CUAL RECIBIO LA
   MODIFICACION,LA                           SU ACEPTACION
   ACEPTACION O                             PARCIAL NO ESTA
 RECHAZO POR PARTE                             PERMITIDA
  DEL BENEFICIARIO
ESTA
 BANCO         BANCO                OBLIGADO A
DESIGNA
   DO     =   CONFIRM
               ADOR
                                     HONRAR O
                                    NEGOCIAR EL
                                      CREDITO




          ≠    BANCO                 NO ESTA
 BANCO
              CONFIRM               OBLIGADO A
DESIGNA
               ADOR                  HONRAR O
   DO
                                    NEGOCIAR EL
                                      CREDITO
                               EXEPTO      LO
                               SI          HA


                                     ACEPTADO
      BENEFICIARI       COMUNIC Y   EXPRESAME
                           A
          O                            NTE
REEMBOLOSO
  TIPOS DE




             REEMBOLSO
              DIRECTO
                         SI EL CRÉDITO LO ESTABLEC
             REEMBOLSO
                ENTRE
               BANCOS
BANCO REEMBOLSADOR         BANCO DESIGNADO
BANCO EMISOR




                         BENEFICIARIO O
                          EXPORTADOR
• SI EL CRÉDITO SÍ ESTÁ SUJETO A LAS “REGLAS PARA
  REEMBOLSOS”


 BANCO EMISOR             BANCO                              BANCO ASIGNADO
                       REEMBOLSADOR




                           EL BANCO REEMBOLSADOR TIENE
                           COMPROMISO INDEPENDIENTE E
                                  IRREVOCABLE




                                 BENEFICIARIO O EXPORTADOR
• SI EL CRÉDITO NO ESTÁ SUJETO A LAS “ REGLAS PARA
  REEMBOLSOS ”
     BANCO EMISOR                 BANCO REEMBOLZADOR             BANCO DESIGNADO




                    AUTORIZACIÓ
                       N DE
                    REEMBOLSO



                      EL BANCO EMISOR ES EL
                      ÚNICO
                      RESPONSABLE SI NO SE
                      CUMPLE   CON       EL
                      REEMBOLSO




                                     BENEFICIARIO O EXPORTADOR
• La responsabilidad es del Banco emisor ; pero si en la “
  AUTORIZACIÓN DE REEMBOLSO ” se señalara al
  BENEFICIARIO entonces se le descontará sobre el
  importe que reciba .
• “ Los bancos no negocian con mercancías ; negocian
  con DOCUMENTOS ”
• El tiempo para que los bancos examinen los documentos
  y emitan su respuesta es de 5 días hábiles bancarios
  después de la presentación .
• Los documentos deben estar fechados con anterioridad
  a la fecha de emisión del crédito , nunca después de la
  fecha de su presentación.
• Los datos no deben ser idénticos , pero tampoco
  contradictorios además de la interpretación que le de el
  banco
• Si se presentan documentos con errores de
  mecanografía , no se tomarán en cuenta
  Ejm.
        Nombre del barco :
• Los bancos sólo examinaran los documentos exigidos
  estipulados en el crédito.
• Las direcciones del BENEFICIARIO y SOLICITANTE , no
  son las mismas señaladas en el crédito , pero deben
  estar en el mismo país.
• En cualquier documento distinto a la Factura comercial la
  descripción de las mercancías debe hacerse en términos
  generales .
BANCO EMISOR
               BANCO CONFIRMADOR
                              BANCO DESIGNADO
• MEDIO DE COMUNICACIÓN :

Ésta notificación debe ser enviada por telecomunicación ,
a más tardar al cierre de los 5 días hábiles bancarios.
• CONTENIDO DE LA NOTIFICACIÓN :

     Que el banco rechaza honrar o negociar .
     Señala las discrepancias del porqué se rechaza.
     El Banco emisor mantiene los documentos hasta que reciba
      instrucciones del presentador.
Aquel que tenga una firma, marca o
sello original.



Sellado, mecanografiado o escrito por
emisor del documento de forma manual.



De no ser así debe indicar de forma
escrita que se trata de un duplicado.
Nombre del
                     Ordenante.



Debe estar en                         Haber sido
  la misma                            emitida por
  moneda.                            el ordenante.




       Descripcion           No es necesario
          de la                 que esté
       mercancias.              firmado.
Indicar el nombre y la
firma del transportista.

Indicar la fecha en la
 que fue embarcada.

  Indicar el lugar de
      despacho.
Contener de forma
  El documento de
                        superficial los
transporte debe ser
                         términos de
      el original.
                        transacción..


             Si se llevará a
           cabo un transbordo
            debe indicarse en
             el documento.
El nombre y firma
          del transportista



La fecha de
emision del C.E
Indicar el puerto de
          carga y descarga.




El documento será
el original.
• DEBE INDICAR EL
  NOMBRE DEL
  SERVICIO DE
  MENSAJERIA Y
  ESTAR SELLADO O
  FIRMADO POR
  ESTA.
• DEBE INDICAR LA
  FECHA DE
  RECOGIDA O
  RECEPCION , ESTA
  FECHA SERÁ
  CONSIDERADA
Para la presentación
de se extenderá por
situaciones distintas
a las condiciones del
       banco:


        Como


        Guerras , destrucciones ,etc.


                          Con un día hábil
                           siguiente, para
                         los embarques no
                         sucede lo mismo.
TOLERANCIA



             10%
              +/-




             5%+/-




              5%/-
UTILIZACIONES Y EXPEDICIONES
      PARCIALES




Si se presenta mas
 de un juego de :


                       De transporte
                       con diferentes
                       expediciones



                      Serán aceptadas
                                          Con la misma
                        siempre que
                                        fecha, y el mismo
                     indique un mismo
                                             destino
                          medio de
                         transporte.
UTILIZACIONES Y EXPEDICIONES FRACCIONADAS


       Si el crédito lo establece esta será
       posible en el plazo establecido de
       lo contrario cesará su posibilidad.


       HORARIOS DE PRESENTACIÓN



                           El banco no tiene ninguna
                             obligación de aceptar
                           documentación fuera de
                            su horario de atención.
El banco no asume
      ninguna
  responsabilidad
      cuando:


         En la exactitud, autenticidad, falsedad de los
                          documentos.

    Descripción, cantidad, embalaje estado , entrega de
                       mercancías .


         A la reputación de los embarcadores, los
     transportistas o los aseguradores de mercancías
El banco no
asume ninguna      • .
responsabilidad


                     Por las
                  consecuencias   • .
                    que pueda
                    ocasionar:



                                        • .
El banco Emisor
               envía los
               documentos
Banco Emisor                      Banco Designado
                Banco Designado
                   remite los
                  documentos
FUERZA MAYOR




Catástrofes naturales            Motines    Cualquier causa que este fuera del
                                                    control del banco




             Al reanudar sus actividades, Salvo expresamente por esas
                           causas el Banco NO negociará
                al amparo de un crédito que haya expirado durante tal
                           interrupción de sus actividades
EXONERACIÓN    DE    ACTOS           DE
                        TERCEROS INTERVINIENTES



     Los Bancos que utilicen los servicios
     de otro banco, lo hace por cuenta y
     riesgo del ordenante




     Si el crédito estipula que los cargos son
     por cuenta del beneficiario y estos cargos
     no pueden ser cobrados , El banco emisor
     continuara siendo responsable de los
     mismos.



El ordenante esta obligado y es responsable de
indemnizar a los bancos por todas las obligaciones y
responsabilidades que les impongan las leyes y usos
extranjeros
Se da a petición del
Beneficiario.

Para que sea transferible tiene que estar
expresamente dicho en el documento.


Puede ser transferido a un tercer
beneficiario de formal total o parcial.
Los gastos incurridos en el proceso de
transferencia deberán ser pagados por el
primer beneficiario.

   Un crédito transferido no puede
   ser transferido a petición de un
   tercer beneficiario.

El crédito transferido debe reflejar de
forma precisa los términos y condiciones
del crédito
El nombre del primer beneficiario
 podrá sustituir al del ordenante
          del crédito.



En su solicitud de transferencia,
  el primer beneficiario puede
indicar que el crédito se honre o
negocie al segundo beneficiario



     La presentación de los
documentos por o en nombre del
   segundo beneficiario debe
efectuarse al banco transferente
CESION DEL PRODUCTO



Cesión: Renuncia
voluntaria que se
 hace de un bien
 en favor de otra
     persona
                       El hecho de que un crédito no
                       se estipule como transferible, no
                       afectar· el
                       derecho del beneficiario de
                       ceder cualquier producto del
                       crédito
Ucp 600

Mais conteúdo relacionado

Mais procurados

Monografía omc
Monografía omcMonografía omc
Monografía omcMorayma_24
 
Modelos de Contratos Internacionales
Modelos de Contratos InternacionalesModelos de Contratos Internacionales
Modelos de Contratos InternacionalesGlobal Negotiator
 
Organización mundial de comercio
Organización mundial de comercioOrganización mundial de comercio
Organización mundial de comercioDayner Riveros
 
Tratado de libre comercio de america del norte
Tratado de libre comercio de america del norteTratado de libre comercio de america del norte
Tratado de libre comercio de america del norteADRI1122
 
Trabajo de comercio (omc)
Trabajo de comercio (omc)Trabajo de comercio (omc)
Trabajo de comercio (omc)Angel Zambrano
 
organización mundial del comercio
organización mundial del comercioorganización mundial del comercio
organización mundial del comercioMIRIAMDIAZSANDOVAL
 
Organización Mundial Del Comercio
Organización  Mundial Del  Comercio Organización  Mundial Del  Comercio
Organización Mundial Del Comercio Jacquie Rivera
 
Rég jurdelcomext semana 4
Rég jurdelcomext semana 4Rég jurdelcomext semana 4
Rég jurdelcomext semana 4SabrinaRD
 
CONTRATO DE COMPRA Y VENTA
CONTRATO DE COMPRA Y VENTACONTRATO DE COMPRA Y VENTA
CONTRATO DE COMPRA Y VENTARocio23
 
Organización Mundial para el Comercio OMC
Organización Mundial para el Comercio OMCOrganización Mundial para el Comercio OMC
Organización Mundial para el Comercio OMCAdalit25
 
Resumen del convenio de kioto
Resumen del convenio de kiotoResumen del convenio de kioto
Resumen del convenio de kiotoanxiozu
 

Mais procurados (20)

Monografía omc
Monografía omcMonografía omc
Monografía omc
 
Modelos de Contratos Internacionales
Modelos de Contratos InternacionalesModelos de Contratos Internacionales
Modelos de Contratos Internacionales
 
El Gatt
El GattEl Gatt
El Gatt
 
Omc y oma
Omc y omaOmc y oma
Omc y oma
 
Organización mundial de comercio
Organización mundial de comercioOrganización mundial de comercio
Organización mundial de comercio
 
Tratado de libre comercio de america del norte
Tratado de libre comercio de america del norteTratado de libre comercio de america del norte
Tratado de libre comercio de america del norte
 
Trabajo de comercio (omc)
Trabajo de comercio (omc)Trabajo de comercio (omc)
Trabajo de comercio (omc)
 
organización mundial del comercio
organización mundial del comercioorganización mundial del comercio
organización mundial del comercio
 
Organización Mundial Del Comercio
Organización  Mundial Del  Comercio Organización  Mundial Del  Comercio
Organización Mundial Del Comercio
 
Rég jurdelcomext semana 4
Rég jurdelcomext semana 4Rég jurdelcomext semana 4
Rég jurdelcomext semana 4
 
CONTRATO DE COMPRA Y VENTA
CONTRATO DE COMPRA Y VENTACONTRATO DE COMPRA Y VENTA
CONTRATO DE COMPRA Y VENTA
 
Organización Mundial para el Comercio OMC
Organización Mundial para el Comercio OMCOrganización Mundial para el Comercio OMC
Organización Mundial para el Comercio OMC
 
Resumen del convenio de kioto
Resumen del convenio de kiotoResumen del convenio de kioto
Resumen del convenio de kioto
 
Conocimiento de embarque maritimo B/L
Conocimiento de embarque maritimo B/LConocimiento de embarque maritimo B/L
Conocimiento de embarque maritimo B/L
 
Distribucion fisica internacional
Distribucion fisica internacionalDistribucion fisica internacional
Distribucion fisica internacional
 
Presentación comercializadoras internacionales (C.I)
Presentación comercializadoras internacionales (C.I)Presentación comercializadoras internacionales (C.I)
Presentación comercializadoras internacionales (C.I)
 
Organizacion mundial del comercio
Organizacion mundial del comercioOrganizacion mundial del comercio
Organizacion mundial del comercio
 
Incoterms
IncotermsIncoterms
Incoterms
 
Merceologia Aduanera.pdf
Merceologia Aduanera.pdfMerceologia Aduanera.pdf
Merceologia Aduanera.pdf
 
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE COMERCIO
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE COMERCIOORGANIZACIÓN MUNDIAL DE COMERCIO
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE COMERCIO
 

Destaque

Ucp600 (introductory articles)
Ucp600 (introductory articles)Ucp600 (introductory articles)
Ucp600 (introductory articles)MAJU
 
Post shipment finance
Post shipment financePost shipment finance
Post shipment financevijay101
 
Check your progress module c treasury management
Check your progress module c treasury managementCheck your progress module c treasury management
Check your progress module c treasury managementVinayak Kamath
 
Documentary letters of credit mcq s(1)
Documentary letters of credit mcq s(1)Documentary letters of credit mcq s(1)
Documentary letters of credit mcq s(1)Vinayak Kamath
 
Documentary letters of credit mcq s
Documentary letters of credit mcq sDocumentary letters of credit mcq s
Documentary letters of credit mcq sVinayak Kamath
 
Pre & post_shipment_finance[1]
Pre & post_shipment_finance[1]Pre & post_shipment_finance[1]
Pre & post_shipment_finance[1]Akshay Samant
 
Export finance
Export financeExport finance
Export financesarrahgh
 
Letter of credit ( lc)
Letter of credit ( lc)Letter of credit ( lc)
Letter of credit ( lc)Reza Bizmark
 
Letter Of Credit
Letter Of CreditLetter Of Credit
Letter Of CreditFrancis
 
Letter of credit
Letter of creditLetter of credit
Letter of creditgetknow
 
Letter of Credit (LC) Presentation
Letter of Credit (LC) PresentationLetter of Credit (LC) Presentation
Letter of Credit (LC) PresentationPuneet Harjani
 

Destaque (20)

Ucp600 (introductory articles)
Ucp600 (introductory articles)Ucp600 (introductory articles)
Ucp600 (introductory articles)
 
Ucp 600
Ucp 600Ucp 600
Ucp 600
 
Ucp Assignment Paper
Ucp Assignment PaperUcp Assignment Paper
Ucp Assignment Paper
 
Preshipment credit
Preshipment creditPreshipment credit
Preshipment credit
 
Post shipment finance
Post shipment financePost shipment finance
Post shipment finance
 
Check your progress module c treasury management
Check your progress module c treasury managementCheck your progress module c treasury management
Check your progress module c treasury management
 
Abm
AbmAbm
Abm
 
Dc ucp 600 for lc
Dc ucp 600 for lcDc ucp 600 for lc
Dc ucp 600 for lc
 
Documentary letters of credit mcq s(1)
Documentary letters of credit mcq s(1)Documentary letters of credit mcq s(1)
Documentary letters of credit mcq s(1)
 
Documentary letters of credit mcq s
Documentary letters of credit mcq sDocumentary letters of credit mcq s
Documentary letters of credit mcq s
 
Pre & post_shipment_finance[1]
Pre & post_shipment_finance[1]Pre & post_shipment_finance[1]
Pre & post_shipment_finance[1]
 
Export finance
Export financeExport finance
Export finance
 
Letter of credit
Letter of creditLetter of credit
Letter of credit
 
Letter of credit ( lc)
Letter of credit ( lc)Letter of credit ( lc)
Letter of credit ( lc)
 
Letter of Credit 101
Letter of Credit 101Letter of Credit 101
Letter of Credit 101
 
Letter Of Credit
Letter Of CreditLetter Of Credit
Letter Of Credit
 
Letter Of Credit
Letter Of CreditLetter Of Credit
Letter Of Credit
 
Letter of credit
Letter of creditLetter of credit
Letter of credit
 
Letter of Credit (LC) Presentation
Letter of Credit (LC) PresentationLetter of Credit (LC) Presentation
Letter of Credit (LC) Presentation
 
Letter of Credit
Letter of CreditLetter of Credit
Letter of Credit
 

Semelhante a Ucp 600

Carta de crédito
Carta de créditoCarta de crédito
Carta de créditocarlos
 
Banca creditos docuimentarios
Banca creditos docuimentariosBanca creditos docuimentarios
Banca creditos docuimentariosandresakora
 
Credito Documentario
Credito DocumentarioCredito Documentario
Credito Documentariojkmorales91
 
Credito Documentario
Credito DocumentarioCredito Documentario
Credito Documentariojkmorales91
 
Tratados mercantiles internacionales expo
Tratados mercantiles internacionales expoTratados mercantiles internacionales expo
Tratados mercantiles internacionales expolicarturovargas
 
El crédito documentario
El crédito documentarioEl crédito documentario
El crédito documentariojmtorresm1
 
CARTAS DE CREDITO
CARTAS DE CREDITOCARTAS DE CREDITO
CARTAS DE CREDITOjhonesito
 
prueba de cartas a credito
prueba de cartas a creditoprueba de cartas a credito
prueba de cartas a creditojhonesito
 
El credito documentario 4907
El credito documentario 4907 El credito documentario 4907
El credito documentario 4907 Claudy QC
 
Banca multinacional final
Banca multinacional finalBanca multinacional final
Banca multinacional finalDiego Erazo
 
Formas de pago internacional
Formas de pago internacionalFormas de pago internacional
Formas de pago internacionalvisineducativa
 
Operatoria bancaria - sintaesis
Operatoria bancaria - sintaesisOperatoria bancaria - sintaesis
Operatoria bancaria - sintaesisProargex Prosap
 
CREDITO DOCUMENTARIO
CREDITO DOCUMENTARIOCREDITO DOCUMENTARIO
CREDITO DOCUMENTARIOdaniel007
 
CREDITO DOCUMENTARIO
CREDITO DOCUMENTARIOCREDITO DOCUMENTARIO
CREDITO DOCUMENTARIOdaniel007
 

Semelhante a Ucp 600 (20)

Carta de crédito
Carta de créditoCarta de crédito
Carta de crédito
 
Banca creditos docuimentarios
Banca creditos docuimentariosBanca creditos docuimentarios
Banca creditos docuimentarios
 
Brochure500 carta de crédito 1
Brochure500 carta de crédito 1Brochure500 carta de crédito 1
Brochure500 carta de crédito 1
 
Carta de credito
Carta de creditoCarta de credito
Carta de credito
 
Credito Documentario
Credito DocumentarioCredito Documentario
Credito Documentario
 
Credito Documentario
Credito DocumentarioCredito Documentario
Credito Documentario
 
Brochure 520 carta de crédito 3
Brochure 520 carta de crédito 3Brochure 520 carta de crédito 3
Brochure 520 carta de crédito 3
 
Tratados mercantiles internacionales expo
Tratados mercantiles internacionales expoTratados mercantiles internacionales expo
Tratados mercantiles internacionales expo
 
El crédito documentario
El crédito documentarioEl crédito documentario
El crédito documentario
 
CARTAS DE CREDITO
CARTAS DE CREDITOCARTAS DE CREDITO
CARTAS DE CREDITO
 
prueba de cartas a credito
prueba de cartas a creditoprueba de cartas a credito
prueba de cartas a credito
 
El credito documentario 4907
El credito documentario 4907 El credito documentario 4907
El credito documentario 4907
 
Banca multinacional final
Banca multinacional finalBanca multinacional final
Banca multinacional final
 
UNIDAD CINCO.pptx
UNIDAD CINCO.pptxUNIDAD CINCO.pptx
UNIDAD CINCO.pptx
 
Formas de pago internacional
Formas de pago internacionalFormas de pago internacional
Formas de pago internacional
 
Universidad paulo freile
Universidad paulo freileUniversidad paulo freile
Universidad paulo freile
 
Operatoria bancaria - sintaesis
Operatoria bancaria - sintaesisOperatoria bancaria - sintaesis
Operatoria bancaria - sintaesis
 
Medios pago
Medios pagoMedios pago
Medios pago
 
CREDITO DOCUMENTARIO
CREDITO DOCUMENTARIOCREDITO DOCUMENTARIO
CREDITO DOCUMENTARIO
 
CREDITO DOCUMENTARIO
CREDITO DOCUMENTARIOCREDITO DOCUMENTARIO
CREDITO DOCUMENTARIO
 

Mais de Edilberto Rojas (PE) (20)

Universidad nacional.pptx cadena respiratoria
Universidad nacional.pptx cadena respiratoriaUniversidad nacional.pptx cadena respiratoria
Universidad nacional.pptx cadena respiratoria
 
Busqueda en sunat
Busqueda en sunatBusqueda en sunat
Busqueda en sunat
 
Plan de marketing
Plan de marketingPlan de marketing
Plan de marketing
 
Politicas de investigacion y desarrollo
Politicas de investigacion y desarrolloPoliticas de investigacion y desarrollo
Politicas de investigacion y desarrollo
 
Políticas de empleo y mano de obra
Políticas de empleo y mano de obraPolíticas de empleo y mano de obra
Políticas de empleo y mano de obra
 
Políticas de comercio exterior
Políticas de comercio exteriorPolíticas de comercio exterior
Políticas de comercio exterior
 
Politica fiscal y monetaria
Politica fiscal y monetariaPolitica fiscal y monetaria
Politica fiscal y monetaria
 
Estado regulador
Estado reguladorEstado regulador
Estado regulador
 
Politicas medio ambientales
Politicas medio ambientalesPoliticas medio ambientales
Politicas medio ambientales
 
pesca
pescapesca
pesca
 
palta hass
palta hasspalta hass
palta hass
 
las menestras
las menestraslas menestras
las menestras
 
la maracuya
la maracuyala maracuya
la maracuya
 
la artesania
la artesaniala artesania
la artesania
 
gastronomia
gastronomiagastronomia
gastronomia
 
Final hongos
Final hongosFinal hongos
Final hongos
 
loche
locheloche
loche
 
Titulos valores
Titulos valoresTitulos valores
Titulos valores
 
Remesas final
Remesas finalRemesas final
Remesas final
 
Orden de pago y cheque internacional
Orden de pago y cheque internacionalOrden de pago y cheque internacional
Orden de pago y cheque internacional
 

Ucp 600

  • 1. Bereche Pupuche, Yovana. Candiotty Pérez, Jamphier. Casas Saucedo, Paola. Cumpa Chancafe, Fanny Livaque Gálvez, Carla. Mera Pérez Cristian. Ecan ramos, Dante
  • 2. Están regulados por la Cámara de Comercio Internacional(CCI) a través de los Usos y Reglas Uniformes Relativas a los Créditos Documentarios (UCP).
  • 3. Organización Empresarial Mundial. Organismo de representación Misión fundamental es: Fomentar el Comercio y la Inversión. Redacta Normas y Guías para el Comercio que se emplean en todo el mundo .
  • 4. Convenio en virtud del cual PAGO CONFORMIDAD CON INSTRUCCIONES (DENTRO DE UN TIEMPO LÍMITE
  • 5. A R T Í C U L O 1 Son de aplicación para cualquier “CREDITO DOCUMENTARIO”, incluyendo en la medida que sean necesarias las cartas de crédito contingentes.
  • 6. Es quien emite un CRÉDITO a petición de un ordenante A R BANCO AVISADOR T BANCO EMISOR Í C (Notifica el U CRÉDITO) L O BENEFICIARIO/EXPORTAD ORDENANTE/IMPORTAD 2 OR OR (Parte a favor de la que se emite el Demanda la apertura del crédito) CRÉDITO Día hábil - Bancario
  • 7. CRÉDITO Es cualquier acuerdo, como quiera que sea denominado o descrito, de carácter IRREVOCABLE y que por lo tanto constituye un COMPROMISO definitivo de B.E para cumplir una presentación acorde a los requisitos. DÍA BANCARIO Es un día en el que un banco es normalmente abierto en el lugar en el que un acto sujeto a estas normas es ejecutado. NEGOCIACIÓN Es la compra de Instrumentos de giro hecha por el B.D, Y/O Documentos parte de una presentación conforme.
  • 8.  Un crédito es irrevocable incluso aunque no haya indicación al respecto.  Las sucursales de un banco en países diferentes se considerarán bancos distintos.  Las palabras “al”, “hasta”, “desde” utilizadas para definir un período de embarque incluyen la fecha o fechas mencionadas, y las palabras “antes” y “después” excluyen la fecha mencionada. Por ejemplo: “El embarque se debe efectuar desde el 24 de Mayo”… Significa que es desde el 24 de Mayo inclusive, y es dicha fecha que debe tomarse como la fecha de embarque mas cercana ) Ojo: No debe confundirse con lo estipulado para la Fecha de Vencimiento.
  • 9. • Por el contrario, la expresión “después” excluye la fecha. Por Ejemplo: “el embarque se debe efectuar después del 24 de Mayo” … Esto implica que la fecha de embarque más cercana sería el 25 de Mayo. DISPONIBILIDAD, FECHA DE EXPIRACIÓN. El crédito debe indicar si es disponible para pago a la vista, pago diferido, aceptación o negociación. El crédito debe indicar una fecha de vencimiento para la presentación.
  • 10. • El crédito, por su naturaleza, es una operación independiente de la venta o de cualquier otro contrato en el que pueda estar basado. • El compromiso de un BANCO es de Honrar, negociar o cumplir cualquier otra obligación en virtud únicamente del crédito . DOCUMENTOS FRENTE A MERCANCÍAS, SERVICIOS O PRESTACIONES Los bancos tratan con documentos y no con las mercancías, servicios o prestaciones con las que los documentos puedan estar relacionados.
  • 11. Debe honrar cuando el crédito esta disponible con el mismo, o cuando siendo disponible a un tercero, éste no honra o no negocia. Se compromete a reembolsar al banco designado que ha honrado o negociado una Está irrevocablemente presentación conforme y obligado a honrar que ha remitido los desde el momento en documentos al banco que emite el crédito. emisor. El compromiso del banco emisor de reembolsar al banco designado es independiente del compromiso del banco emisor frente al beneficiario
  • 12. El compromiso del banco confirmador de reembolsar Está irrevocablemente a otro banco designado es obligado a honrar o independiente del negociar desde el compromiso del banco momento en que añade su confirmador frente al confirmación al crédito, beneficiario. (el banco (debe honrar y reembolsar designado es un agente del en los mismo términos banco emisor, y por lo tanto que el banco emisor). autorizado no obligado). Si un banco ha sido autorizado o requerido por el banco emisor para que confirme un crédito, pero no está dispuesto a hacerlo, debe informar al banco emisor sin demora y podrá notificar el crédito sin su confirmación
  • 13. Puede existir un 2do banco avisador. REFLEJA FIELMENTE LOS BENEFICIARI TÉRMINOS Y OO CONDICIONES BANCO NOTIFICACION DE EXPORTADO AVISADO CREDITO O R R MODIFICACION Se debe utilizar el Esta seguro de mismo banco para la autenticidad notificar otras del crédito o de modificaciones la modificación
  • 14. UN CRÉDITO NO SE PUEDE MODIFICAR O CANCELAR SIN EL CONSENTIMIENTO DEL: Excepto de BANCO EMISOR,BANCO CONFIRMADOR Y lo previsto BENEFICIARIO x el art.38 !!!BENEFICIAR NOTIFICA LA BANCO MODIFICACION IO O AVISADO EXPORTADO R R ACEPTACION O RECHAZO COMUNICA AL BANCO DEL CUAL RECIBIO LA MODIFICACION,LA SU ACEPTACION ACEPTACION O PARCIAL NO ESTA RECHAZO POR PARTE PERMITIDA DEL BENEFICIARIO
  • 15. ESTA BANCO BANCO OBLIGADO A DESIGNA DO = CONFIRM ADOR HONRAR O NEGOCIAR EL CREDITO ≠ BANCO NO ESTA BANCO CONFIRM OBLIGADO A DESIGNA ADOR HONRAR O DO NEGOCIAR EL CREDITO EXEPTO LO SI HA ACEPTADO BENEFICIARI COMUNIC Y EXPRESAME A O NTE
  • 16. REEMBOLOSO TIPOS DE REEMBOLSO DIRECTO SI EL CRÉDITO LO ESTABLEC REEMBOLSO ENTRE BANCOS
  • 17. BANCO REEMBOLSADOR BANCO DESIGNADO BANCO EMISOR BENEFICIARIO O EXPORTADOR
  • 18. • SI EL CRÉDITO SÍ ESTÁ SUJETO A LAS “REGLAS PARA REEMBOLSOS” BANCO EMISOR BANCO BANCO ASIGNADO REEMBOLSADOR EL BANCO REEMBOLSADOR TIENE COMPROMISO INDEPENDIENTE E IRREVOCABLE BENEFICIARIO O EXPORTADOR
  • 19. • SI EL CRÉDITO NO ESTÁ SUJETO A LAS “ REGLAS PARA REEMBOLSOS ” BANCO EMISOR BANCO REEMBOLZADOR BANCO DESIGNADO AUTORIZACIÓ N DE REEMBOLSO EL BANCO EMISOR ES EL ÚNICO RESPONSABLE SI NO SE CUMPLE CON EL REEMBOLSO BENEFICIARIO O EXPORTADOR
  • 20. • La responsabilidad es del Banco emisor ; pero si en la “ AUTORIZACIÓN DE REEMBOLSO ” se señalara al BENEFICIARIO entonces se le descontará sobre el importe que reciba .
  • 21. • “ Los bancos no negocian con mercancías ; negocian con DOCUMENTOS ” • El tiempo para que los bancos examinen los documentos y emitan su respuesta es de 5 días hábiles bancarios después de la presentación . • Los documentos deben estar fechados con anterioridad a la fecha de emisión del crédito , nunca después de la fecha de su presentación.
  • 22. • Los datos no deben ser idénticos , pero tampoco contradictorios además de la interpretación que le de el banco • Si se presentan documentos con errores de mecanografía , no se tomarán en cuenta Ejm. Nombre del barco :
  • 23. • Los bancos sólo examinaran los documentos exigidos estipulados en el crédito. • Las direcciones del BENEFICIARIO y SOLICITANTE , no son las mismas señaladas en el crédito , pero deben estar en el mismo país. • En cualquier documento distinto a la Factura comercial la descripción de las mercancías debe hacerse en términos generales .
  • 24. BANCO EMISOR BANCO CONFIRMADOR BANCO DESIGNADO
  • 25. • MEDIO DE COMUNICACIÓN : Ésta notificación debe ser enviada por telecomunicación , a más tardar al cierre de los 5 días hábiles bancarios.
  • 26. • CONTENIDO DE LA NOTIFICACIÓN :  Que el banco rechaza honrar o negociar .  Señala las discrepancias del porqué se rechaza.  El Banco emisor mantiene los documentos hasta que reciba instrucciones del presentador.
  • 27. Aquel que tenga una firma, marca o sello original. Sellado, mecanografiado o escrito por emisor del documento de forma manual. De no ser así debe indicar de forma escrita que se trata de un duplicado.
  • 28. Nombre del Ordenante. Debe estar en Haber sido la misma emitida por moneda. el ordenante. Descripcion No es necesario de la que esté mercancias. firmado.
  • 29. Indicar el nombre y la firma del transportista. Indicar la fecha en la que fue embarcada. Indicar el lugar de despacho.
  • 30. Contener de forma El documento de superficial los transporte debe ser términos de el original. transacción.. Si se llevará a cabo un transbordo debe indicarse en el documento.
  • 31. El nombre y firma del transportista La fecha de emision del C.E
  • 32. Indicar el puerto de carga y descarga. El documento será el original.
  • 33. • DEBE INDICAR EL NOMBRE DEL SERVICIO DE MENSAJERIA Y ESTAR SELLADO O FIRMADO POR ESTA. • DEBE INDICAR LA FECHA DE RECOGIDA O RECEPCION , ESTA FECHA SERÁ CONSIDERADA
  • 34.
  • 35.
  • 36. Para la presentación de se extenderá por situaciones distintas a las condiciones del banco: Como Guerras , destrucciones ,etc. Con un día hábil siguiente, para los embarques no sucede lo mismo.
  • 37. TOLERANCIA 10% +/- 5%+/- 5%/-
  • 38. UTILIZACIONES Y EXPEDICIONES PARCIALES Si se presenta mas de un juego de : De transporte con diferentes expediciones Serán aceptadas Con la misma siempre que fecha, y el mismo indique un mismo destino medio de transporte.
  • 39. UTILIZACIONES Y EXPEDICIONES FRACCIONADAS Si el crédito lo establece esta será posible en el plazo establecido de lo contrario cesará su posibilidad. HORARIOS DE PRESENTACIÓN El banco no tiene ninguna obligación de aceptar documentación fuera de su horario de atención.
  • 40. El banco no asume ninguna responsabilidad cuando: En la exactitud, autenticidad, falsedad de los documentos. Descripción, cantidad, embalaje estado , entrega de mercancías . A la reputación de los embarcadores, los transportistas o los aseguradores de mercancías
  • 41. El banco no asume ninguna • . responsabilidad Por las consecuencias • . que pueda ocasionar: • .
  • 42. El banco Emisor envía los documentos Banco Emisor Banco Designado Banco Designado remite los documentos
  • 43. FUERZA MAYOR Catástrofes naturales Motines Cualquier causa que este fuera del control del banco Al reanudar sus actividades, Salvo expresamente por esas causas el Banco NO negociará al amparo de un crédito que haya expirado durante tal interrupción de sus actividades
  • 44. EXONERACIÓN DE ACTOS DE TERCEROS INTERVINIENTES Los Bancos que utilicen los servicios de otro banco, lo hace por cuenta y riesgo del ordenante Si el crédito estipula que los cargos son por cuenta del beneficiario y estos cargos no pueden ser cobrados , El banco emisor continuara siendo responsable de los mismos. El ordenante esta obligado y es responsable de indemnizar a los bancos por todas las obligaciones y responsabilidades que les impongan las leyes y usos extranjeros
  • 45. Se da a petición del Beneficiario. Para que sea transferible tiene que estar expresamente dicho en el documento. Puede ser transferido a un tercer beneficiario de formal total o parcial.
  • 46. Los gastos incurridos en el proceso de transferencia deberán ser pagados por el primer beneficiario. Un crédito transferido no puede ser transferido a petición de un tercer beneficiario. El crédito transferido debe reflejar de forma precisa los términos y condiciones del crédito
  • 47. El nombre del primer beneficiario podrá sustituir al del ordenante del crédito. En su solicitud de transferencia, el primer beneficiario puede indicar que el crédito se honre o negocie al segundo beneficiario La presentación de los documentos por o en nombre del segundo beneficiario debe efectuarse al banco transferente
  • 48. CESION DEL PRODUCTO Cesión: Renuncia voluntaria que se hace de un bien en favor de otra persona El hecho de que un crédito no se estipule como transferible, no afectar· el derecho del beneficiario de ceder cualquier producto del crédito