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IGUALDAD Y EQUIDAD DE GENERO

  1. Igualdad y equidad de género para la prevención de la violencia contra las mujeres GERENCIA DE INVESTIGACIÓN Y CAPACITACIÓN
  2. Patriarcado  Forma de organización política, económica, religiosa y social basada en la idea de autoridad y liderazgo del varón, en la que se da el predominio de los hombres sobre las mujeres, el marido sobre la esposa, del padre sobre la madre y los hijos e hijas, y de la línea de descendencia paterna sobre la materna.  El patriarcado ha surgido de una toma de poder [histórica] por parte de los hombres, quienes se apropiaron de la sexualidad y reproducción de las mujeres y de su producto, los hijos e hijas, creando al mismo tiempo un orden simbólico a través de los mitos y la religión que lo perpetuarían como única estructura posible. (Dolors Reguant, 2007).
  3. Patriarcado institucional Puede ser comprendido como el conjunto de estrategias, tácitas o explícitas, por medio de las cuales los Estados, gobiernos, empresas, iglesias, familias y demás instituciones ejercen poder para mantener las reglas del patriarcado, reglas que básicamente obligan a las personas a comportarse para sostener la dominación del varón.
  4. La igualdad de género implica relación de equivalencia entre las personas, partiendo de que todas tienen el mismo valor, independientemente de su sexo. Se refiere a las normas, valores, actitudes y percepciones necesarias para alcanzar un estatus de igualdad entre mujeres y hombres sin neutralizar las diferencias que hay entre ellos” (Carosio, A. 2007). La equidad es una forma de justicia que busca la igualdad, aceptando y asumiendo las diferencias. Reconoce las diferencias y genera respuestas específicas (políticas públicas, leyes, acciones, medidas de acción positiva, etc. (Gómez, L, Lentes de Género. 2010)
  5. Violencia contra las mujeres Todo acto sexista o conducta inadecuada que tenga o pueda tener como resultado la muerte, un daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, emocional, laboral, económico o patrimonial; la coacción o privación arbitraria de la libertad, así como la amenaza de ejecutar tales actos, tanto si se producen en el ámbito público como en el privado. (Art. 14, Losdmvlv, 2007, reformada en 2014).
  6. La Violencia contra las Mujeres Constituye un problema social, de seguridad ciudadana, de salud pública y de derechos humanos, que afecta radicalmente la calidad de vida de las mujeres
  7. 21 formas de violencia contra las mujeres LOSDMVLV Formas de Violencia Art. 15 1. Violencia psicológica 2. Acoso u hostigamiento 3. Amenaza: 4. Violencia física5. Violencia doméstica 6. Violencia sexual 7. Acceso carnal violento
  8. Formas de Violencia Art. 15 8. Prostitución forzada 9. Esclavitud sexual 10. Acoso sexual11. Violencia laboral 12. Violencia patrimonial y económica 13. Violencia obstétrica 14. Esterilización forzada
  9. Formas de Violencia Art. 15 15. Violencia mediática 16. Violencia institucional 17. Violencia simbólica 18. Tráfico de mujeres, niñas y adolescentes 19. Trata de mujeres, niñas y adolescentes 20. Femicidio 21. Inducción o ayuda al suicidio
  10. Todas las formas de violencia contra la mujer son DELITO, ya sea que se realicen en el ámbito público o en el privado, y cualquiera que sea su relación con la víctima. Las sanciones pueden ser tanto de prisión como de índole económica, o de trabajo comunitario. ¿ Por qué la violencia contra las mujeres nos parece “normal”? El patriarcado a través del establecimiento de roles y estereotipos de género, impone distintos mecanismos para invisibilizar la violencia contra las mujeres, llamados mecanismos de naturalización. Por ejemplo, los mitos sobre la violencia, que son respuestas estereotipadas, es decir, creencias sin ningún fundamento, producto de prejuicios elaborados socialmente frente a las situaciones de violencia, como las siguientes creencias incorrectas: Cuando existe agresión sexual, es porque la mujer provoca al violador por su actitud o vestimenta. Las agresiones sexuales ocurren en lugares oscuros a altas horas de la noche. Los agresores son enfermos mentales o estaban borrachos. Las mujeres no se van de una relación violenta porque son débiles y cobardes o porque les gusta que les peguen: son masoquistas.
  11. Existen factores que hacen más vulnerables a algunas mujeres:  el nivel cultural,  el origen étnico,  la dependencia económica La pertenencia a determinada clase social, si bien no determina la posibilidad de encontrarse en situación de violencia por razones de género, sí marca una diferencia en las posibilidades de respuesta por parte de la mujer, en tanto las mujeres de estratos sociales más elevados cuentan con recursos económicos, familiares y sociales que les dan más alternativas de salida de la violencia que las que puede tener una mujer obrera o sin redes de apoyo, desempleada y/o analfabeta. Y a ello hay que sumarle el origen étnico: si además la mujer es indígena o afrodescendiente, por las discriminaciones que persisten en la sociedad, la situación es todavía peor.
  12. ¿Qué exigen los hombres en nuestra cultura? Que las mujeres los atiendan Que la mujer se responsabilice de las y los hijos Ser él quien dirige la relación Que la compañera, “SU MUJER”, dependa de él Cuando el hombre percibe que la mujer no está llevando el papel de madre, esposa y ama de casa que él considera que debe llevar es cuando recurre a la violencia.
  13. Mitos y realidades En relación a la violencia
  14. Nada justifica la violencia contra las mujeres, pero EL AGRESOR siempre le busca justificación…  Ella no entiende…  Es muy desordenada y siempre tiene la casa sucia…  No cuida bien a los muchachos…  No me hace caso…  Le doy permiso, pero…  No quiero pegarle, pero siempre me quiere llevar la contraria…  Ahora le dio por estudiar y cuando llego, además de no encontrarla, no tengo qué comer…
  15. POR PREJUICIO decimos: A esa le gusta que le peguen, por eso no deja al marido (no se toma en cuenta la dependencia emocional y económica). La culpa es suya por seguir conviviendo con ese hombre.  Algo habrá hecho.  La pobre está muy golpeada, pero uno no se puede meter en pleito de marido y mujer. Ella va a tener que aguantar, ¿pa’ donde va a coger con esos muchachitos? ¿Pa’ que uno toma la denuncia, si cuando se llevan al marido en la patrulla se vuelven locas por sacarlo? (No se toma en cuenta la dependencia emocional y económica).
  16. Entre las falsas creencias que inciden en que la mujer permanezca durante años al lado de su agresor se encuentran:  La esperanza de que él cambie  La dependencia emocional y económica del agresor  La vergüenza y el sentimiento de culpa  La preocupación por los hijos e hijas  El miedo a un futuro incierto y a la soledad  El sentimiento de fracaso  El miedo a las represalias del agresor
  17. Ciclo de la violencia
  18. ¿ Qué hacen las mujeres cuando son víctimas de violencia? visibilizar o no la situación de violencia, admitirla frente a otras personas o no pues muchas veces las mujeres se sienten avergonzadas, se autoculpabilizan o tienen miedo. Cuando la mujer toma la decisión de buscar ayuda para salir de su situación de violencia, llega a un momento que se conoce como “romper el silencio”.
  19. VIDA LIBRE DE VIOLENCIA Colocar la denuncia (ORD) Medidas de protección y seguridad (ORD) Investigación (Ministerio Público) Juicio (Tribunal Supremo de Justicia) Romper el silencio Generar/recibir apoyo social Decisión de colocar la denuncia Luna de miel Acumulación de tensión Hecho violento Ciclo de la violencia Ruta institucional Ruta crítica personal
  20. ¿QUIÉN PUEDE DENUNCIAR? (Art. 70 – Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia) La mujer agredida Los parientes consanguíneos o afines El personal de salud de instituciones públicas y privadas que tuviere conocimiento de los casos de violencia previstos en esta Ley Las defensorías de los derechos de la mujer Los Consejos Comunales y otras organizaciones sociales Las organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres Cualquier otra persona o institución que tuviere conocimiento de los hechos punibles previstos en la Ley
  21. ¿DÓNDE SE PUEDE DENUNCIAR? (Art. 71 – Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia) 1. Órganos de policía. 2. División de Protección en materia de niño, niña, adolescente, mujer y familia del CICPC. 3. Ministerio Público. 4. Prefecturas y jefaturas civiles. 5. Unidades de comando fronterizas. 6. Tribunales de municipios en localidades donde no existan los órganos anteriormente nombrados. 7. Cualquier otro que se le atribuya esta competencia.
  22. ¿QUÉ HARÁ EL ÓRGANO RECEPTOR DE DENUNCIA?
  23. FLAGRANCIA Cuando la denuncia se realiza dentro de las 24 horas siguientes al hecho de violencia hay flagrancia. En este caso, luego de recabar elementos que confirmen el hecho en un lapso de 12 horas, el presunto agresor debe ser detenido en forma inmediata por el órgano receptor de denuncia y debe ser puesto a disposición del Ministerio Público.
  24. Es necesario considerar que: •Que la violencia es una conducta aprendida, y anterior a la formación de la pareja. • La mujer no es culpable de lo que le está pasando, sólo hay un culpable y ese es el agresor. • No todos los hombres agreden, sólo lo hacen aquellos que tienen fuertemente interiorizados los valores de la superioridad masculina.
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