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Seguridad Social en México.
Es la protección que la sociedad otorga a sus miembros mediante
 una serie de medidas publicas, contra las privaciones económicas y
 sociales, que de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte
 reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad,
 accidente de trabajo o enfermedad laboral, desempleo invalidez,
 vejez y muerte y también la protección en forma de asistencia medica
 y de ayuda a las familias con hijos.
Sistema de Pensiones.
Son un subsistema de los sistemas de seguridad social y fueron
 creados con la finalidad de otorgar a los trabajadores o a sus
 beneficiarios, una renta periódica que les permita un ingreso para
 subsistir cuando suceda algún siniestro (enfermedad, accidente o
 muerte), o bien cuando un individuo se retire de su actividad
 productiva ya sea por edad avanzada o porque a reunido los
 requisitos que le permitan gozar de los beneficios que se hubieran
 pactado previamente.
Ventajas del Nuevo Sistema de
                 Pensiones.
1. Cada trabajador determina el monto de su pensión a partir de su
   salario y permanencia laboral.
2. Se otorga al trabajador la propiedad de los recursos de la Cuenta
   Individual, así como los derechos adquiridos, le otorga la posibilidad
   de aumentar su ahorro de manera voluntaria y el derecho de
   heredar los recursos.
3. El trabajador conoce el registro de sus aportaciones
   independientemente de quien sea su patrón.
4. Crece el monto de las contribuciones debido a los rendimientos
   obtenidos al invertir los recursos a través del mercado financiero, lo
   que aumenta el monto de la pensión al momento de su retiro.
5. Se establece la Pensión Garantizada.

6. Se establece la Cuota Social (de $3.2 hasta $3.8)por día trabajado.

7. Libre elección de la Afore o PENSIONISSSTE.

8. Mayor transparencia, ya que el trabajador puede conocer en
   cualquier momento el monto de su Cuenta Individual.

9. El sistema es mas justo, pues premia al trabajador que cotiza mas
   tiempo.

10. Se pueden realizar Aportaciones Voluntarias para incrementar la
    pensión.
Estado de Cuenta.
Motivos del cambio.

En los 90´s los principales sistemas de pensiones de México
 enfrentaban problemas financieros muy graves.
El déficit actuarial del IMSS representaba el 61.4% del PIB del 2004.
 (Para poder pagar las pensiones hubiera sido necesario aumentar las
 aportaciones al 23.3% del SBC en el año 2020).
El déficit actuarial del ISSSTE representaba el 46% del PIB en el 2002.
 (El ISSSTE ya no tenia reservas, por lo que el déficit de caja absorbía
 recursos presupuestales cada año “42 mil millones de pesos para el
 año 2007”).
El numero de cotizantes por pensionado cayo de 16.3 en 1975 a 3.8
 en el 2005.
Índice de Natalidad                                            v.s.                  Esperanza de Vida
12                                                                                   80
                                                                                                                                                      76
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 1920   1930   1940   1950   1960   1970   1980   1990   2000   2010   2020           1922   1932   1942   1952   1962   1972   1982   1992   2002   2012
Antecedentes de la Seguridad Social.
1904   Ley de accidentes de trabajo (Estado de México).
1906   Ley de accidentes de trabajo (Nuevo León).
1943   Ley del Seguro Social.
1959   ISSSTE.
1960   Ley del ISSSTE.
1972   INFONAVIT.
1972   FOVISSSTE.
Antecedentes de la Seguridad Social.

1992 (SAR 92-97)
• Se creo el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR 92), para otorgar un ingreso
  complementario de la pensión para:
• Trabajadores del sector privado afiliados al IMSS.
• Trabajadores al servicio del estado afiliados al ISSSTE.
• La cuenta individual se integraba por dos subcuentas:
1. Ahorro para el retiro (ahorro del 2% del SBC, con tope a 25 veces el
    SMGVDF, administrado por la banca comercial e invertidos en BANXICO.
2. Fondo de la Vivienda (aportación del 5% del SBC, con tope a 10
    SMGVDF, administrado por IFONAVIT o FOVISSSTE.
Antecedentes de la Seguridad Social.

1994 Creación de CONSAR (Ley para la coordinación de los Sistemas
 de Ahorro para el Retiro)

1995 Nueva Ley del Seguro Social, la cual entro en vigor en
 1997.

2007 Nueva Ley del ISSSTE.
Nueva Ley del Seguro Social.
En Julio de 1997 entro en operación el nuevo sistema de pensiones de contribuciones definidas y financieramente
sostenible a largo plazo:       (esta se apertura a nombre del trabajador por lo que es parte de su patrimonio)…




   Aportación
   Tripartita                   Afore o PENSIONISSSTE          Rendimientos
   a la Cuenta
   Individual.
Principales características en el sistema
        de pensiones del ISSSTE:
Se homologan los seguros del ISSSTE con los del IMSS.

Derecho de elección de régimen (10° transitorio o C. Individuales).

Se establece un esquema de Ahorro Solidario.

Se constituye el Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al
 Servicio del Estado, como órgano desconcentrado del
 ISSSTE, denominado PENSIONISSSTE.
Principales beneficios de la Cuenta
                  Individual:
Derechos de propiedad.- El trabajador siempre recibe el beneficio de
 su ahorro, incluso si no alcanza un mínimo de años de cotización o si
 cotizo en ambos sistemas.

Movilidad y equidad.- El trabajador puede laborar en distintos
 sectores sin perder sus aportaciones. Premia la permanencia en el
 trabajo con una mejor pensión.

Solidaridad.- La pensión mínima garantizada se financia con los
 impuestos que paga la sociedad en conjunto y no sólo de los
 trabajadores. Con la cuota social que paga el gobierno se beneficia
 más a los trabajadores de menor salario.
PENSIONISSSTE

• Es el Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al
  Servicio del Estado, encargado de administrar las cuentas
  individuales de los trabajadores e invertir los recursos que las
  integran.
• PENSIONISSSTE se encuentra sujeto a toda la normatividad
  de los sistemas de ahorro para el retiro y reglas de
  transparencia, para que su accionar esté sujeto a un escrutinio
  escrupuloso por parte del público en general.
PENSIONISSSTE

• MISION:
Otorgar la mayor seguridad y rentabilidad a los recursos de los
trabajadores a los que administra sus cuentas individuales, a fin de
que éstos puedan acceder a mejores pensiones al momento de su
retiro.

• VISION:
Por su naturaleza pública, y por su cabal participación en el Sistema
de Ahorro para el Retiro, está llamado a constituirse en uno de los
administradores de fondos para el retiro de mayor importancia y en un
elemento fundamental para promover el desarrollo de un Sistema
Nacional de Pensiones en México, en el cual se tenga la portabilidad
total de los derechos pensionarios de los trabajadores. En este
esfuerzo, PENSIONISSSTE procurará en todo momento contribuir a
que sus afiliados accedan a una mayor calidad de vida durante su
retiro.
PENSIONISSSTE
• OBJETIVOS:

 Administrar con eficiencia, honestidad y transparencia los
recursos que los trabajadores le confíen, buscando distinguirse
por la calidad del servicio prestado a los trabajadores.

 Obtener una mezcla de altos rendimientos y bajos costos que le
permita al trabajador contar con una pensión digna y promover
más y mejores servicios en la industria; y,

 Las inversiones de PENSIONISSSTE tenderán a incrementar el
ahorro interno y promover el desarrollo de la actividad productiva
nacional.
PENSIONISSSTE
• VENTAJAS:

 Fue creada para administrar las Cuentas Individuales de los trabajadores al
 servicio del Estado.

La comisión mas baja del mercado 0.99%.

Ahorro solidario Es una opción de ahorro voluntario adicional al ahorro
 obligatorio, mediante el cual por cada peso que ahorre el trabajador, su
 Dependencia o Entidad depositará $3.25 pesos. Para este fin se le podrá
 descontar al trabajador hasta un 2% de su sueldo básico, y la Dependencia o
 Entidad aportará hasta 6.5% de ese mismo concepto, para sumar un total de
 8.5% del sueldo básico del trabajador como máximo.

Remanente de operación.

     Las utilidades obtenidas se reparten entre todos sus
     afiliados, beneficiando a los de menores ingresos…
Reformas a la Ley del
      ISSSTE.
Puntos destacados de la Reforma.


Comparativo con la Ley del IMSS.


Aseguradora y Afore o
PENSIONISSSTE.
Puntos destacados de la Reforma.
El 31 de marzo del 2007 se publica en D.O.F. la Ley del Instituto de
 Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Se instauran cuatro tipos de seguros:
   1.   Seguro de Salud.
   2.   Seguro de Riesgos de Trabajo (RT).
   3.   Seguro de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV).
   4.   Seguro de Invalidez y Vida (IV).

Se establecen el la Ley los siguientes conceptos:
   1. Administradora de Fondo para el Retiro (Afore).
   2. Cuenta Individual (CI).
   3. Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado
      (PENSIONISSSTE).
Puntos destacados de la Reforma.

4. Cuota Social, (aportaciones a la Seguridad Social que debe aportar el
   Gobierno Federal).
5. Aseguradora, (Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros
   de pensiones derivados de las leyes de la seguridad social).
6. Monto Constitutivo, (La cantidad de dinero que se requiere para contratar
   una renta vitalicia y un seguro de sobrevivencia con una aseguradora).
7. Pensión Garantizada, (aquella que el Estado asegura a quienes reúnan los
   requisitos para obtener una pensión).
8. Seguro de Sobrevivencia, (es aquel que contrataran los pensionados a favor
   de sus familiares derechohabientes para otorgarle a estos la pensión que
   corresponda en caso de su fallecimiento).
Puntos destacados de la Reforma.

El instituto definirá los medios para integrar un expediente electrónico único
 para cada uno de sus derechohabientes.

Composición de la Cuenta Individual:
   1.   RCV
   2.   Fondo de Vivienda
   3.   Aportaciones Voluntarias
   4.   Aportaciones Complementarias
   5.   Ahorro Solidario


Portabilidad de los derechos entre el ISSSTE y el IMSS, así como entre el
 ISSSTE y otros institutos de Seguridad Social (vía convenios de portabilidad).
Puntos destacados de la Reforma.
Se busca reconocer los beneficios adquiridos por los trabajadores
 actuales que opten por el Nuevo Sistema de Pensiones (BONO), que
 permitirá la compra de un Renta Vitalicia al momento de su retiro.

Aun cuando el trabajador se invalide temporal o definitivamente en el
 seguro de IV o RT, continuaran dotando los recursos al seguro del RCV.

Incremento anual de la pensión de acuerdo al INPC del año inmediato
 anterior.

Tipo de trabajador ISSSTE:
   1.   “A” – Activos en el ISSSTE y estén en 10° transitorio.
   2.   “B” – Cuenten con SAR-92 IMSS y estén activos en el ISSSTE.
   3.   “C” – Tengan C.I. y Cuenten con SAR-92 IMSS y estén activos en el ISSSTE.
Seguro de Riesgos de Trabajo (RT).
Los riesgos de trabajo pueden producir:

I.   Incapacidad Temporal, que es la perdida de facultades o aptitudes
     que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar
     su trabajo por algún tiempo.

II. Incapacidad Parcial, que es la disminución de capacidades o
    aptitudes de una persona para trabajar.

III. Incapacidad Total, que es la perdida de facultades o aptitudes que
     imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su
     trabajo por el resto de la vida, y

IV. Muerte.
Seguro de Riesgos de Trabajo (RT) –
           comparativo.
               ISSSTE                                      IMSS
 Incapacidad Temporal, se otorgara          Incapacidad Temporal, el asegurado
 licencia con goce del 100% del sueldo.     recibirá el 100% del salario base de
                                            cotización.
 Incapacidad Parcial, se concederá una      Incapacidad Parcial, la pensión se
 pensión calculada conforme a la tabla de   calculara conforme a la tabla de
 valuación de la LFT, sobre el sueldo       valuación de incapacidad contenida en la
 básico.                                    LFT, sobre el SBC.
 Incapacidad Total, se concederá una        Incapacidad Total, pensión vitalicia del
 pensión vigente hasta que cumpla 65        70% del ultimo SBC por accidente y 70%
 años, 100% del sueldo básico (con un       del promedio de las ultimas 52 semanas
 tope a 10 SMGVDF).                         del SBC por enfermedad.
 Periodo de espera para declarar la         Periodo de espera para declarar la
 incapacidad permanente (UN AÑO).           incapacidad permanente (DOS AÑOS).
Seguro de Riesgos de Trabajo (RT) –
           comparativo.
                ISSSTE                                      IMSS
  Muerte, los beneficiarios recibirán una   Muerte, los beneficiarios recibirán las
  pensión del 100% del sueldo básico del    pensiones:
  trabajador.                               Viuda: 40% de la pensión por
                                            incapacidad.
                                            Huérfanos: 20% a cada uno o 30% si son
                                            de ambos padres.
                                            Ascendientes: 20% a cada uno.




  Gratificación anual: Igual al numero de   Aguinaldo: 15 días en incapacidad
  días concedidos como trabajador en        parcial superior al 50% y a las totales.
  activo, con un tope a 10 SMGVDF.
Seguro de Invalidez y Vida (IV).
Invalidez: Cuando el trabajador activo quede imposibilitado para
 procurase, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al
 50% de la habitual percibida durante el ultimo año de trabajo y que
 esta imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no
 profesional.

El estado de invalidez da derecho al trabajador a:
I. Pensión Temporal, que se concederá con carácter provisional, por un
    periodo de adaptación de dos años.
II. Pensión Definitiva, comienza a partir del día siguiente del termino de
    la pensión temporal y estará vigente hasta que el pensionado
    cumpla 65 años de edad.
Seguro de Invalidez y Vida (IV) –
        comparativo.
              ISSSTE                                        IMSS
Haber cotizado por lo menos 5 años al       Tener acreditadas 250 semanas o mas de
instituto, en caso de que el dictamen       cotización al instituto, en caso de que el
medico sea superior al 75% solo se          dictamen medico sea superior al 75%
requieren 3 años de cotización.             solo se requieren 150 semanas de
                                            cotización.

La cuantía de pensión por invalidez será    La cuantía de pensión por invalidez será
del 35% del salario básico del ultimo año   del 35% del promedio de las ultimas 500
trabajado, esta cuantía no podrá ser        semanas cotizadas, esta cuantía no podrá
inferior a la PMG y tendrá un tope de       ser inferior a la PMG.
hasta 10 SMGVDF.
Pensión vigente hasta que el pensionado     Pensión vitalicia.
cumpla 65 años de edad y 25 años de
cotización.
Seguro de Invalidez y Vida (IV) –
              comparativo.

                 ISSSTE                                           IMSS
                                               Asignaciones familiares:
                                               . 15% de la cuantía para la esposa.
                                               . 10% para cada hijo menor a 16 años de edad.
                                               . 10% a cada ascendente.
                                               . 15% de ayuda asistencial.
Gratificación anual: Igual a numero de días    Aguinaldo anual: Equivalente a 30 días de la
concedidos como trabajador en activo, se       pensión y se pagara en el mes de noviembre
pagara el día 15 de diciembre o de manera      junto con la pensión.
conjunta con la pensión.
Periodo de espera para determinar la pensión   Periodo de espera de dos años renovables en
definitiva (dos años).                         caso de existir posibilidades de recuperación.
Seguro de Invalidez y Vida (IV) –
                      comparativo.
                     ISSSTE                                                     IMSS
Muerte, los beneficiarios recibirán una pensión del        Muerte, los beneficiarios recibirán las siguientes
100% de invalidez y esta se distribuirá a partes iguales   pensiones:
entre los beneficiarios con derecho a la misma.            - Viuda: 90% de la pensión por invalidez.
- Viuda o concubina con derecho.                           - Huérfanos: 20% de la misma o 30% si es de ambos
- Huérfanos, hasta los 18 años o hasta los 25 años si        padres.
   siguen estudiando.                                      - Ascendientes: 20 % cada uno, solo a falta de los
- Ascendientes, solo a falta de los anteriores.              anteriores.
Retiro, Cesantía y Vejez (RCV) –
                 comparativo.

                 ISSSTE                                              IMSS
Los trabajadores tendrán derecho a un seguro       Los trabajadores tendrán derecho a un seguro
de retiro anticipado antes de cumplir con la       de retiro anticipado antes de cumplir con la
edad y años de servicio establecidos por la Ley.   edad y semanas de cotización establecidas por
Siempre y cuando la pensión sea superior en        la Ley.
un 30% a PMG, una vez cubierta la prima del        Siempre y cuando la pensión sea superior en
seguro de sobrevivencia.                           un 30% a PMG, una vez cubierta la prima del
                                                   seguro de sobrevivencia.
Cesantía en edad avanzada: 60 años de edad y       Cesantía en edad avanzada: 60 años de edad y
25 años de servicio.                               1250 semanas de cotización.
Vejez: 65 años de edad y 25 años de servicio.      Vejez: 65 años de edad y 1250 semanas de
                                                   cotización.
Aseguradora.
El trabajador podrá contratar el seguro de renta vitalicia con la aseguradora de su
 elección. El instituto calculara el monto de la pensión conforme a las reglas que
 para tal efecto, expida la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, para la
 contratación del seguro de pensiones y el propio instituto, entregara dicha suma a
 la aseguradora elegida por el trabajador.

La renta otorgada al pensionado incapacitado deberá cubrir:
   I.    La pensión y,
   II.   Las cuotas y aportaciones a la cuenta individual del seguro de RCV.


Terminada la vigencia del contrato seguro de pensión, el trabajador que reúna los
 requisitos correspondientes tendrá derecho a recibir una pensión por vejez, el
 trabajador que no reúna los requisitos recibirá una pensión garantizada.
Aseguradora.

Aseguradora elegida por el Pensionado deberá proceder de la siguiente manera:
I. Pagara mensualmente la pensión:
II. Depositara bimestralmente las cuotas y aportaciones correspondientes al seguro
    de RCV en la Cuenta Individual del pensionado, y

Pagara una gratificación anual al pensionado.

En caso de muerte, los familiares derechohabientes eligieran la aseguradora
 de pensiones con la que deseen contratar el seguro de pensiones.
Aseguradora.

Cuentas individuales administradas por PENSIONISSSTE , durante los
 primeros 36 meses, luego el trabajador podrá elegir libremente
 cualquier otra Afore.

Es responsabilidad de cada trabajador el cambio de administradora.

Es de tomar en cuenta que PENSIONISSSTE reparte las utilidades
 entre sus afiliados.

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Pensionissste

  • 1.
  • 2. Seguridad Social en México. Es la protección que la sociedad otorga a sus miembros mediante una serie de medidas publicas, contra las privaciones económicas y sociales, que de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo o enfermedad laboral, desempleo invalidez, vejez y muerte y también la protección en forma de asistencia medica y de ayuda a las familias con hijos.
  • 3. Sistema de Pensiones. Son un subsistema de los sistemas de seguridad social y fueron creados con la finalidad de otorgar a los trabajadores o a sus beneficiarios, una renta periódica que les permita un ingreso para subsistir cuando suceda algún siniestro (enfermedad, accidente o muerte), o bien cuando un individuo se retire de su actividad productiva ya sea por edad avanzada o porque a reunido los requisitos que le permitan gozar de los beneficios que se hubieran pactado previamente.
  • 4. Ventajas del Nuevo Sistema de Pensiones. 1. Cada trabajador determina el monto de su pensión a partir de su salario y permanencia laboral. 2. Se otorga al trabajador la propiedad de los recursos de la Cuenta Individual, así como los derechos adquiridos, le otorga la posibilidad de aumentar su ahorro de manera voluntaria y el derecho de heredar los recursos. 3. El trabajador conoce el registro de sus aportaciones independientemente de quien sea su patrón. 4. Crece el monto de las contribuciones debido a los rendimientos obtenidos al invertir los recursos a través del mercado financiero, lo que aumenta el monto de la pensión al momento de su retiro.
  • 5. 5. Se establece la Pensión Garantizada. 6. Se establece la Cuota Social (de $3.2 hasta $3.8)por día trabajado. 7. Libre elección de la Afore o PENSIONISSSTE. 8. Mayor transparencia, ya que el trabajador puede conocer en cualquier momento el monto de su Cuenta Individual. 9. El sistema es mas justo, pues premia al trabajador que cotiza mas tiempo. 10. Se pueden realizar Aportaciones Voluntarias para incrementar la pensión.
  • 7. Motivos del cambio. En los 90´s los principales sistemas de pensiones de México enfrentaban problemas financieros muy graves. El déficit actuarial del IMSS representaba el 61.4% del PIB del 2004. (Para poder pagar las pensiones hubiera sido necesario aumentar las aportaciones al 23.3% del SBC en el año 2020). El déficit actuarial del ISSSTE representaba el 46% del PIB en el 2002. (El ISSSTE ya no tenia reservas, por lo que el déficit de caja absorbía recursos presupuestales cada año “42 mil millones de pesos para el año 2007”). El numero de cotizantes por pensionado cayo de 16.3 en 1975 a 3.8 en el 2005.
  • 8. Índice de Natalidad v.s. Esperanza de Vida 12 80 76 75 75 71 10 70 65 8 61 60 6 55 50 47 4 45 40 2 34 35 0 30 1920 1930 1940 1950 1960 1970 1980 1990 2000 2010 2020 1922 1932 1942 1952 1962 1972 1982 1992 2002 2012
  • 9. Antecedentes de la Seguridad Social. 1904 Ley de accidentes de trabajo (Estado de México). 1906 Ley de accidentes de trabajo (Nuevo León). 1943 Ley del Seguro Social. 1959 ISSSTE. 1960 Ley del ISSSTE. 1972 INFONAVIT. 1972 FOVISSSTE.
  • 10. Antecedentes de la Seguridad Social. 1992 (SAR 92-97) • Se creo el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR 92), para otorgar un ingreso complementario de la pensión para: • Trabajadores del sector privado afiliados al IMSS. • Trabajadores al servicio del estado afiliados al ISSSTE. • La cuenta individual se integraba por dos subcuentas: 1. Ahorro para el retiro (ahorro del 2% del SBC, con tope a 25 veces el SMGVDF, administrado por la banca comercial e invertidos en BANXICO. 2. Fondo de la Vivienda (aportación del 5% del SBC, con tope a 10 SMGVDF, administrado por IFONAVIT o FOVISSSTE.
  • 11. Antecedentes de la Seguridad Social. 1994 Creación de CONSAR (Ley para la coordinación de los Sistemas de Ahorro para el Retiro) 1995 Nueva Ley del Seguro Social, la cual entro en vigor en 1997. 2007 Nueva Ley del ISSSTE.
  • 12. Nueva Ley del Seguro Social. En Julio de 1997 entro en operación el nuevo sistema de pensiones de contribuciones definidas y financieramente sostenible a largo plazo: (esta se apertura a nombre del trabajador por lo que es parte de su patrimonio)… Aportación Tripartita Afore o PENSIONISSSTE Rendimientos a la Cuenta Individual.
  • 13. Principales características en el sistema de pensiones del ISSSTE: Se homologan los seguros del ISSSTE con los del IMSS. Derecho de elección de régimen (10° transitorio o C. Individuales). Se establece un esquema de Ahorro Solidario. Se constituye el Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado, como órgano desconcentrado del ISSSTE, denominado PENSIONISSSTE.
  • 14. Principales beneficios de la Cuenta Individual: Derechos de propiedad.- El trabajador siempre recibe el beneficio de su ahorro, incluso si no alcanza un mínimo de años de cotización o si cotizo en ambos sistemas. Movilidad y equidad.- El trabajador puede laborar en distintos sectores sin perder sus aportaciones. Premia la permanencia en el trabajo con una mejor pensión. Solidaridad.- La pensión mínima garantizada se financia con los impuestos que paga la sociedad en conjunto y no sólo de los trabajadores. Con la cuota social que paga el gobierno se beneficia más a los trabajadores de menor salario.
  • 15. PENSIONISSSTE • Es el Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado, encargado de administrar las cuentas individuales de los trabajadores e invertir los recursos que las integran. • PENSIONISSSTE se encuentra sujeto a toda la normatividad de los sistemas de ahorro para el retiro y reglas de transparencia, para que su accionar esté sujeto a un escrutinio escrupuloso por parte del público en general.
  • 16. PENSIONISSSTE • MISION: Otorgar la mayor seguridad y rentabilidad a los recursos de los trabajadores a los que administra sus cuentas individuales, a fin de que éstos puedan acceder a mejores pensiones al momento de su retiro. • VISION: Por su naturaleza pública, y por su cabal participación en el Sistema de Ahorro para el Retiro, está llamado a constituirse en uno de los administradores de fondos para el retiro de mayor importancia y en un elemento fundamental para promover el desarrollo de un Sistema Nacional de Pensiones en México, en el cual se tenga la portabilidad total de los derechos pensionarios de los trabajadores. En este esfuerzo, PENSIONISSSTE procurará en todo momento contribuir a que sus afiliados accedan a una mayor calidad de vida durante su retiro.
  • 17. PENSIONISSSTE • OBJETIVOS: Administrar con eficiencia, honestidad y transparencia los recursos que los trabajadores le confíen, buscando distinguirse por la calidad del servicio prestado a los trabajadores. Obtener una mezcla de altos rendimientos y bajos costos que le permita al trabajador contar con una pensión digna y promover más y mejores servicios en la industria; y, Las inversiones de PENSIONISSSTE tenderán a incrementar el ahorro interno y promover el desarrollo de la actividad productiva nacional.
  • 18. PENSIONISSSTE • VENTAJAS:  Fue creada para administrar las Cuentas Individuales de los trabajadores al servicio del Estado. La comisión mas baja del mercado 0.99%. Ahorro solidario Es una opción de ahorro voluntario adicional al ahorro obligatorio, mediante el cual por cada peso que ahorre el trabajador, su Dependencia o Entidad depositará $3.25 pesos. Para este fin se le podrá descontar al trabajador hasta un 2% de su sueldo básico, y la Dependencia o Entidad aportará hasta 6.5% de ese mismo concepto, para sumar un total de 8.5% del sueldo básico del trabajador como máximo. Remanente de operación. Las utilidades obtenidas se reparten entre todos sus afiliados, beneficiando a los de menores ingresos…
  • 19.
  • 20. Reformas a la Ley del ISSSTE.
  • 21. Puntos destacados de la Reforma. Comparativo con la Ley del IMSS. Aseguradora y Afore o PENSIONISSSTE.
  • 22. Puntos destacados de la Reforma. El 31 de marzo del 2007 se publica en D.O.F. la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Se instauran cuatro tipos de seguros: 1. Seguro de Salud. 2. Seguro de Riesgos de Trabajo (RT). 3. Seguro de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV). 4. Seguro de Invalidez y Vida (IV). Se establecen el la Ley los siguientes conceptos: 1. Administradora de Fondo para el Retiro (Afore). 2. Cuenta Individual (CI). 3. Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado (PENSIONISSSTE).
  • 23. Puntos destacados de la Reforma. 4. Cuota Social, (aportaciones a la Seguridad Social que debe aportar el Gobierno Federal). 5. Aseguradora, (Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de pensiones derivados de las leyes de la seguridad social). 6. Monto Constitutivo, (La cantidad de dinero que se requiere para contratar una renta vitalicia y un seguro de sobrevivencia con una aseguradora). 7. Pensión Garantizada, (aquella que el Estado asegura a quienes reúnan los requisitos para obtener una pensión). 8. Seguro de Sobrevivencia, (es aquel que contrataran los pensionados a favor de sus familiares derechohabientes para otorgarle a estos la pensión que corresponda en caso de su fallecimiento).
  • 24. Puntos destacados de la Reforma. El instituto definirá los medios para integrar un expediente electrónico único para cada uno de sus derechohabientes. Composición de la Cuenta Individual: 1. RCV 2. Fondo de Vivienda 3. Aportaciones Voluntarias 4. Aportaciones Complementarias 5. Ahorro Solidario Portabilidad de los derechos entre el ISSSTE y el IMSS, así como entre el ISSSTE y otros institutos de Seguridad Social (vía convenios de portabilidad).
  • 25. Puntos destacados de la Reforma. Se busca reconocer los beneficios adquiridos por los trabajadores actuales que opten por el Nuevo Sistema de Pensiones (BONO), que permitirá la compra de un Renta Vitalicia al momento de su retiro. Aun cuando el trabajador se invalide temporal o definitivamente en el seguro de IV o RT, continuaran dotando los recursos al seguro del RCV. Incremento anual de la pensión de acuerdo al INPC del año inmediato anterior. Tipo de trabajador ISSSTE: 1. “A” – Activos en el ISSSTE y estén en 10° transitorio. 2. “B” – Cuenten con SAR-92 IMSS y estén activos en el ISSSTE. 3. “C” – Tengan C.I. y Cuenten con SAR-92 IMSS y estén activos en el ISSSTE.
  • 26. Seguro de Riesgos de Trabajo (RT). Los riesgos de trabajo pueden producir: I. Incapacidad Temporal, que es la perdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo. II. Incapacidad Parcial, que es la disminución de capacidades o aptitudes de una persona para trabajar. III. Incapacidad Total, que es la perdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por el resto de la vida, y IV. Muerte.
  • 27. Seguro de Riesgos de Trabajo (RT) – comparativo. ISSSTE IMSS Incapacidad Temporal, se otorgara Incapacidad Temporal, el asegurado licencia con goce del 100% del sueldo. recibirá el 100% del salario base de cotización. Incapacidad Parcial, se concederá una Incapacidad Parcial, la pensión se pensión calculada conforme a la tabla de calculara conforme a la tabla de valuación de la LFT, sobre el sueldo valuación de incapacidad contenida en la básico. LFT, sobre el SBC. Incapacidad Total, se concederá una Incapacidad Total, pensión vitalicia del pensión vigente hasta que cumpla 65 70% del ultimo SBC por accidente y 70% años, 100% del sueldo básico (con un del promedio de las ultimas 52 semanas tope a 10 SMGVDF). del SBC por enfermedad. Periodo de espera para declarar la Periodo de espera para declarar la incapacidad permanente (UN AÑO). incapacidad permanente (DOS AÑOS).
  • 28. Seguro de Riesgos de Trabajo (RT) – comparativo. ISSSTE IMSS Muerte, los beneficiarios recibirán una Muerte, los beneficiarios recibirán las pensión del 100% del sueldo básico del pensiones: trabajador. Viuda: 40% de la pensión por incapacidad. Huérfanos: 20% a cada uno o 30% si son de ambos padres. Ascendientes: 20% a cada uno. Gratificación anual: Igual al numero de Aguinaldo: 15 días en incapacidad días concedidos como trabajador en parcial superior al 50% y a las totales. activo, con un tope a 10 SMGVDF.
  • 29. Seguro de Invalidez y Vida (IV). Invalidez: Cuando el trabajador activo quede imposibilitado para procurase, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al 50% de la habitual percibida durante el ultimo año de trabajo y que esta imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesional. El estado de invalidez da derecho al trabajador a: I. Pensión Temporal, que se concederá con carácter provisional, por un periodo de adaptación de dos años. II. Pensión Definitiva, comienza a partir del día siguiente del termino de la pensión temporal y estará vigente hasta que el pensionado cumpla 65 años de edad.
  • 30. Seguro de Invalidez y Vida (IV) – comparativo. ISSSTE IMSS Haber cotizado por lo menos 5 años al Tener acreditadas 250 semanas o mas de instituto, en caso de que el dictamen cotización al instituto, en caso de que el medico sea superior al 75% solo se dictamen medico sea superior al 75% requieren 3 años de cotización. solo se requieren 150 semanas de cotización. La cuantía de pensión por invalidez será La cuantía de pensión por invalidez será del 35% del salario básico del ultimo año del 35% del promedio de las ultimas 500 trabajado, esta cuantía no podrá ser semanas cotizadas, esta cuantía no podrá inferior a la PMG y tendrá un tope de ser inferior a la PMG. hasta 10 SMGVDF. Pensión vigente hasta que el pensionado Pensión vitalicia. cumpla 65 años de edad y 25 años de cotización.
  • 31. Seguro de Invalidez y Vida (IV) – comparativo. ISSSTE IMSS Asignaciones familiares: . 15% de la cuantía para la esposa. . 10% para cada hijo menor a 16 años de edad. . 10% a cada ascendente. . 15% de ayuda asistencial. Gratificación anual: Igual a numero de días Aguinaldo anual: Equivalente a 30 días de la concedidos como trabajador en activo, se pensión y se pagara en el mes de noviembre pagara el día 15 de diciembre o de manera junto con la pensión. conjunta con la pensión. Periodo de espera para determinar la pensión Periodo de espera de dos años renovables en definitiva (dos años). caso de existir posibilidades de recuperación.
  • 32. Seguro de Invalidez y Vida (IV) – comparativo. ISSSTE IMSS Muerte, los beneficiarios recibirán una pensión del Muerte, los beneficiarios recibirán las siguientes 100% de invalidez y esta se distribuirá a partes iguales pensiones: entre los beneficiarios con derecho a la misma. - Viuda: 90% de la pensión por invalidez. - Viuda o concubina con derecho. - Huérfanos: 20% de la misma o 30% si es de ambos - Huérfanos, hasta los 18 años o hasta los 25 años si padres. siguen estudiando. - Ascendientes: 20 % cada uno, solo a falta de los - Ascendientes, solo a falta de los anteriores. anteriores.
  • 33. Retiro, Cesantía y Vejez (RCV) – comparativo. ISSSTE IMSS Los trabajadores tendrán derecho a un seguro Los trabajadores tendrán derecho a un seguro de retiro anticipado antes de cumplir con la de retiro anticipado antes de cumplir con la edad y años de servicio establecidos por la Ley. edad y semanas de cotización establecidas por Siempre y cuando la pensión sea superior en la Ley. un 30% a PMG, una vez cubierta la prima del Siempre y cuando la pensión sea superior en seguro de sobrevivencia. un 30% a PMG, una vez cubierta la prima del seguro de sobrevivencia. Cesantía en edad avanzada: 60 años de edad y Cesantía en edad avanzada: 60 años de edad y 25 años de servicio. 1250 semanas de cotización. Vejez: 65 años de edad y 25 años de servicio. Vejez: 65 años de edad y 1250 semanas de cotización.
  • 34. Aseguradora. El trabajador podrá contratar el seguro de renta vitalicia con la aseguradora de su elección. El instituto calculara el monto de la pensión conforme a las reglas que para tal efecto, expida la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, para la contratación del seguro de pensiones y el propio instituto, entregara dicha suma a la aseguradora elegida por el trabajador. La renta otorgada al pensionado incapacitado deberá cubrir: I. La pensión y, II. Las cuotas y aportaciones a la cuenta individual del seguro de RCV. Terminada la vigencia del contrato seguro de pensión, el trabajador que reúna los requisitos correspondientes tendrá derecho a recibir una pensión por vejez, el trabajador que no reúna los requisitos recibirá una pensión garantizada.
  • 35. Aseguradora. Aseguradora elegida por el Pensionado deberá proceder de la siguiente manera: I. Pagara mensualmente la pensión: II. Depositara bimestralmente las cuotas y aportaciones correspondientes al seguro de RCV en la Cuenta Individual del pensionado, y Pagara una gratificación anual al pensionado. En caso de muerte, los familiares derechohabientes eligieran la aseguradora de pensiones con la que deseen contratar el seguro de pensiones.
  • 36. Aseguradora. Cuentas individuales administradas por PENSIONISSSTE , durante los primeros 36 meses, luego el trabajador podrá elegir libremente cualquier otra Afore. Es responsabilidad de cada trabajador el cambio de administradora. Es de tomar en cuenta que PENSIONISSSTE reparte las utilidades entre sus afiliados.