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CONSIDERANDO:
Que, la Ley General de Educación No 28044, establece los lineamientos
generales de la Educacióny del Sistema Educativo Peruano, el mismo que en su
estructura comprende la Educación Técnico-Productiva, definiéndola como una
forma de educación orientada a la adquisición de competencias laborales y
empresariales en una perspectiva de desarrollo sostenible y competitivo, que
I contribuye a un mejor desempeño de la persona que trabaja, a mejorar su nivel
de empleabilidad y a su desarrollo personal y está destinada a las personas que
buscan una insercióno reinserción en el mercado laboral;
'
Que, el artículo 45" de la norma señalada define a los Centros de Educación
Técnico-Productiva como instituciones que ofrecen servicios educativos en los
ciclos para los que obtengan autorización y expiden las certificaciones y títulos
técnicos correspondientes de acuerdo con el reglamento; que realizan
actividades de capacitación, actualizacióny reconversión laborales y contribuyen
a la Educación Básica ofreciéndole sus servicios especializados;
Que, mediante Decreto Supremo No022-2004-ED, se aprueba el Reglamento
de la Educación Técnico Productiva, el mismo que establece las formas y. requisitos para la obtención y otorgamiento de certificacionesy títulos de ~ u x i l i ~ r
Técnico o Técnico, de acuerdo a los módulos ocupacionales aprobados y la
especialidad respectiva, según corresponda, señalando además que
corresponde a los Centros de Educación Técnico-Productiva y las Unidades de
Gestión Educativa Local la responsabilidad del registro y visado de los
certificadosde estudios y títulos;
Que, el Ministerio de Educación, en el marco de la implementación de la Ley
General de Educación No 28044, el Decreto Supremo No 022-2004-ED,
Reglamento de la Educación Técnico-Productiva y el Decreto Supremo No003-
2006-ED, se encuentra realizando la conversión progresiva de los Centros y
Programas de Educación Ocupacional (CEO o PEO) a Centros de Educación
Técnico-Productiva (CETPRO), proceso que culminará el año 2008;
Que, como parte de dicho proceso, mediante Resolución Ministerial No0285-
2005-ED, se inició el proceso de experimentación del Ciclo Básico, en ciento
cuarenta y tres (143) Centros de Educación Técnico-Productiva (CETPRO),
ubicados en las veinte y seis (26) Direcciones Regionales de Educación, proceso
que culminó en agosto
Que, el incisoj) del
del Ministerio de Edu
del 200
artículo
cación,
38' de
señala
!IReglan
que la
lento de Orgar
Dirección de
iización y Funciones
Educación Superior
Tecnológica y Técnico Productiva, tiene entre sus funciones, elaborar normas
académicas y administrativas referidas al ingreso, promoción, certificación,
titulacibn, traslado, convalidación revalidación y otros, de las instituciones de
EducaciónSuperiorTecnológica y Técnico Productiva;
Que, mediante la Resolución Directora1 No 425-2006-ED, se aprueba la
Directiva No92-2006-DINESUTPIDESTP, y precisa que, para la oferta formativa
del módulo y10 especialidad, debe tomarse como referente, el Catálogo Nacional
de Títulos y Certificaciones, aplicando el "Diseño Curricular Básico para la
Educación Técnico-Productiva: Ciclo Básico" y para la experimentación del Ciclo
Medio, los "Lineamientos Pedagógicos y de Gestión de la Educación Técnico-
Productivapara los Centros Experimentales: Ciclo Medio";
Que, inediante Memorándum No 4885-2007-MEISG-OGA-UPER, la Unidad
de Personal remite el proyecto de "Manual de Expedición y Registro de Títulos
de Técnico y Auxiliar Técnico de los Centros de Educación Técnico -
Productiva", el mismo que establece los procedimientos y requisitos necesarios
para la expedicióny registro de dichos títulos;
Que, de acuerdo a lo indicado en el Memorándum N" 732-2007-DiGESUTP-
DESTP, Memoiácdum X" i394-20G7-/h4€D-SPE-OFlN y Merncrándum No1249-
2007-OAAENMGI-ME, la Dirección General de Educaciór?Superior y Técnico
Profesional, la Oficina de Informática y la Oficina de Apoyo a la Administración
de la Educación, respectivamente, manifiestan su participación en la elaboración ,
y conformidad con el contenido del manual remitido, para su correspondiente
aprobación;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley 25762, modificado por la
Ley No 26510, Ley Orgánica del Ministerio de Educación; Ley No 28044, Ley
General de ~ducación,Decreto Supremo No 022-2004-ED, Reglamento de
Educación Técnico-Productiva, Dscreto Supremo No006-2006-ED, Reglamento
de Organización y -Funciones del Ministerio de Educación modificado por lo$
DecretosSupremos No016-2007-ED y 019-2007-ED;
SE RESUELVE:
Artículo te.-Aprobar el ''Mtiiiud de Expedición y Registro de Titulos de
Técnico y Auxiliar Técnico de !os Centros da Educación Técnico Prod~ctiva"
Artículo 2 O . - Encargar a la Unidad de Personal de la Sede Central del
Ministerio de Educacióny a sus órganos intermedios, el estricto cumplimiento de
las disposicionesestablecidas en el Manual que se aprueba en el artículo 1O
Regístresey comuníquese.
La Unidad de Personal a través del Área de Escalafón y Títulos, presenta el
Manual de Registro de Títulos de Técnico y Auxiliar Tecnico de los Centros de
Educación Técnico Productiva (CETPRO).
El Manual de Titulos de Técnico y Auxiliar Técnico establece los
procedimientos y requisitos necesarios para efectuar la expedición y registro
en los órganos competentes del sistema de Educación Peruana.
I
El objetivo del presente Manual, se sustenta en la aplicación de los principios
de coordinación, simplificación y eficacia en el proceso de expedición y registro
de los títulos de Técnico y Auxiliar Tecnico que se registran en el Sector
Educación.
UNIDAD DE PERSONAL
AGRADECIMIENTO
El Manual de Expedición y Registro de Títulos de Tecnico y Auxiliar Técnico de
los Centros de Educación Técnico Productiva, ha sido particularmente posible
gracias a la eficiente y decidida participaciónde las siguientes personas: <
Señora Blanca Oré Muñoz, del Área de Escalafóny Títulos, de la señora Maria
Canales Arévalo de la Dirección de Educación Tecnológica y Técnico
Productiva y del señor Valente Toro ~ o t a 'de la Oficina de Apoyo a la
Administración de la Educación.
Magnet Marquez Ramírez
Jefa de la Unidad de Personal
del Ministerio de Educación
ANO DE LAS CUMBRES MUNDIALES EN EL PERU
JEFE DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIQN
C.P.C. JOSE CABRERA GARCIA
UNIDAD DE PERSONAL:
JEFE DE LA UNIDAD DE PERSONAL
DRA. MAGNET MARQUEZ RAM~REZ
JEFE DEL AREA DE ESCALAFON Y TITULOS
SR. FRED E. CLARKE DE LA PUENTE
RESPONSABLE:
LIC. BLANCA LUZ ORE MUÑOZ
,e=c=zza.,. COLABORARON:
MARIA CANALES ARÉVALO DESTP.
VALENTE TORO MOTA OAAE
MINISTERIODE EDUCACION
Manualde IF3(pe&ón y Registro de fltulos
de Iémico y P~'l.iarTécnico de Ios Centros
de Educación Técnico-z~roductiva
MINISTERIODE EDUCACION
MANUAL DE EXPEDICIÓN Y REGISTRO DE T ~ U L O SDE TÉCNICO Y
AUXILIAR TÉCNICO DE LOS CENTROS DE EDUCACIÓN TÉCNICO-
PRODUCTIVA
C O N T E N I D O
1. FINALIDAD
II. OBJETIVO
III. BASE LEGAL
IV. ALCANCE
,
V. DISPOSICIONESGENERALES
VI. DISPOSICIONESESPECIFICAS DE LA RESOLUCION DE EXPEDITO
VII. DE LA EXPEDICION Y REGISTRO DEL TITULO
VIII. PROCEDIMIENTOS EN CASO DE DETERIORO DE FORMATOY
PERDIDA DEL T~TULO
IX. DE LA RECTIFICACION DE DATOS PERSONALES EN TITULOS
INSCRITOS
X. DISPOSICIONESCOMPLEMENTARIAS
xi. PROCEDIMIENTOS
MINISTERIODE EDUCACION
MANUAL DE EXPEDICIÓN Y REGISTRO DE T~TULOSDETÉCNICO Y AUXILIAR TÉcNICO DE
LOS CENTROS DE EDUCACIÓNTECNICO -PRODUCTIVA
l. FINALIDAD
Establecer normas y procedimientos para la expedición, inscripción y registro de títulos
de Técnico y Auxiliar Técnico otorgados por los Centros de Educación Técnico-
Productiva públicosy privados.
II.OBJETIVO
2.1 Uniformizar procedimientosy requisitos para la expedición , inscripcióny registro de
títulos de Técnico y de Auxiliar Técnico, otorgados por los Centros de Educación
Técnico-Productivade gestión públicay privada.
2.2 Aplicar los principios de celeridad, uniformidad, simplificación y eficacia, en el proceso
de expedición y registro de títulos de Educación Técnico - Productiva, con el objeto
de lograr en forma armónica y coordinada la agilización del trámite administrativo,
optimizando de esta manera el servicio en las Direcciones Regionales de Educacióny/
Unidadesde Gestión EducativaLocal.
111. BASE LEGAL
3.1 Constitución Políticadel Perú
3.2 Ley No. 28044. Ley Generalde Educación.
3.3 Ley No27444. Ley del ProcedimientoAdministrativo General.
3.4 Ley No29060. Ley del Silencio Adrpinistrativo
3.5 Decreto Supremo No 009-2005-ED Reglamento de la Gestión del Sistema
I
Educativo.
3.6 Decreto Supremo No022-2004-ED Reglamentode EducaciónTécnico-Productiva
3.7 Decreto Supremo No 006-2006-ED Reglamento de Organización y Funciones del
MED.
3.8 R.V.M. No085-2003-ED .Catálogo Nacionalde Títulos y Certificaciones
3.9 R.D. No 588-2006-ED. Diseño Curricular para la Educación Técnico -Productiva:
Ciclo Básico.
3.10 R.D. No343-2007-ED. Normas para la implementacióndel diseño curricular básico :
Ciclo Básico y Experimentación del Ciclo Medio en los centros de Educación
Técnico - Productiva(CETPRO)2008.
3.11 R.D. No 473-2006-ED. Lineamientos Pedagógicos y de gestión de la Educación
Técnico Productiva para los Centros ExperimentalesCiclo Medio.
IV. ALCANCE
4.1 Ministerio de Educación
4.2 Direcciones Regionales de Educación
4.3 Unidadesde Gestión Educativa Local
4.4 Centros de EducaciónTécnico - Productiva
MINISTERIODE EDUCACION
V. DISPOSICIONESGENERALES
5.1 La expedición y registro de los títulos de Técnico y Auxiliar Técnico correspondientes
a los egresados de los Centros de Educación Técnico-Productiva públicos y
privados, compete a la Unidad de Gestión Educativa Local o Dirección Regional de
Educaciónsegún corresponda.
5.2 Los títulos de Técnico y Auxiliar Técnico de los Centros de Educación Técnico-
Productiva debidamente firmados y sellados por el Director del CETPRO, serán
remitidos a la Dirección Regionalde Educacióno Unidad de Gestión Educativa Local
según corresponda, para su expedicióny registro.
5.3 El trámite para la expedición del título de Técnico y Auxiliar Técnico será efectuado
por la Dirección del CETPRO ante la Dirección Regional de Educación o Unidad de
Gestión Educativa Local correspondiente.
,
6.1 Los egresados de los CETPROs, para solicitar la expedición de la Resolución de
expedito para rendir el examen teórico práctico del Ciclo Medio, presentarán a la
Direccióndel CETPRO, los siguientes documentos:
- Solicitudal director (a) del CETPRO.
- Copia fedateada por el Director del CETPRO, de los certificados de los módulos de
especialidad convergentes a un perfil técnico profesional de una especialidad técnico
productiva y que sumados den un mínimo de 2,000 horas.
- Constancia de haber realizado una pasantia en sectores productivos de la localidad
o región.
- Constancia de no adeudar bienes o enseres a la Institución Educativa.
6.2 Los egresados de los CETPROs, para solicitar la expedición de la Resolución de
expedito para rendir el examen teórico práctico del Ciclo Básico, presentarán a la
Dirección del CETPRO, los siguientes documentos:
- Solicitudal director (a) del CETPRO.
- Copia fedateada por el Director del CETPRO, de los certificados de los módulos
ocupacionales convergentes a una opción ocupacional y que sumados den un
mínimo de 1,000 horas.
- Constancia de no adeudar bienes o enseres a la Institución Educativa.
'
Vil.- DE LA EXPEDICIÓN Y REGISTRO DEL TITULO.
7.1 Las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local,
expedirán y registrarán los títulos de Técnico y Auxiliar Técnico que se otorgan a los
estudiantes egresados de los Centros de Educación Técnico - Productiva en un plazo no
mayor de quince días, observando el procedimiento que se establece en el presente
Manual.
7.2 De la solicitud para la expedicióny registro del título
Los egresados de los CETPROs, del Ciclo Medio y Básico que han aprobado el examen
teórico práctico correspondiente, solicitarán la expedición del título de T6cnico o Auxiliar
Técnico, presentando a la Direccióndel CETPRO, los siguientes documentos:
Partida de nacimiento original y10 Declaración Jurada simple de datos personales
y10 D. N. l.
MINISTERIODE EDUCACION
Dos fotografías de color tamaño pasaportecon fondo blanco
Acta de evaluación del examen teórico práctico aprobado por el estudiante.
7.3 De la expedición de títulos
7.3.1. Los Directores de los CETPROs solicitarán a la Dirección Regional de
Educación o Unidad de Gestión Educativa Local según corresponda, los
formatos de títulos de Técnico o Auxiliar Técnico, presentando copia de las
actas del examen teórico práctico.
7.3.2. Los formatos de los títulos de+Técnicoo Auxiliar Técnico serán caligrafiados por
los CETPRO, con los nombres y apellidos de los egresados de acuerdo con las
respectivas actas de evaluación.
7.4 Registro de Títulos
7.4.1. Los títulos para los egresados de los Centros de Educación Técnico- Productiva
se les identifica y registra de la siguiente forma:
a) Título de Técnico: correspondientea los egresados del ciclo medio de los
CETPRO, públicos y privados, se les identifica colocando la letra T
mayúscula después del número asignado al título.
b) Títulos de Auxiliar Técnico: correspondiente a los egresados del ciclo
básico de los CETPRO, se les identifica colocando las letras AT
mayúsculas después del número asignado al título.
7.4.2. Para el registro del título de Técnico o Auxiliar Técnico, el director del CETPRO
mediante Oficio solicita al Director Regional de Educación o Unidad de Gestión
Educativa Local la expedición y registro correspondiente, adjuntando lo
siguiente:
a) Título caligrafiado en original y sin fecha, con la fotografía pegada sin sello
debidamente firmado y sellado por el Director del CETPRO
b) Copia simple de la resolución que autorizó la especialidad técnico
productiva.
c) Copia fedateada por el CETPRO de los certificados de los módulos de
especialidad convergentes a un perfil técnico profesional de una
especialidad técnico - productiva y que sumados den un mínimo de 2,000
horas para el título de Técnico y10 certificados de los módulos
ocupacionales convergentes a una opción ocupacional que sumados de
un mínimo de 1,000 horas para el titulo de Auxiliar Técnico.
d) Partida de nacimiento original o copia autenticada, Declaración Jurada de
los datos personales.
e) Copia simple del D. N. I y dos fotografías de color tamaño pasaporte con
fondo
f) Acta de evaluación del examen teórico práctico aprobado por el estudiante
7.4.3. El Equipo de Actas certificados y títulos, verifica el cumplimiento de los
requisitos señalados en el numeral que antecede, informa y formula el proyecto
de Resolución para la firma del Director de la Dirección Regional de Educación o
Unidad de Gestión Educativa Local, autorizando la expedición y registro
correspondiente.
MINISTERIO DE EDUCACION
7.4.4. Expedida la Resolución de la Unidad de Gestión Educativa Local o Dirección
Regional de Educación, autorizando la expedicióny registro del título de Técnico
o Auxiliar Técnico, copia de la misma, adjuntando los originales de lostítulos, se
remite al Directordel CEPTRO parasu entrega a los interesados.
7.4.5. El título de Técnico o Auxiliar Técnico que se expida y registra en Educación
Técnico- Productivadebe reunir las siguientes características:
a) El formato utilizado debe ser original, sin adulteraciones ni enmendadurasy no
debe omitir datos, firmas ni sellos.
b) Los nombres y apellidos consignados deben coincidir con la Partida de
Nacimientoy DNI del titular .
c) Debe estar firmado por el Director Regional de Educación o de la Unidad de
Gestión Educativa Local en cuya jurisdicción se encuentra ubicado el
CETPRO.
7.5 Numeración
7.5.1 Las DireccionesRegionalesde Educación o Unidades de Gestión Educativa Local
según corresponda, responsables de la expedición y Registro de los Títulos
llevarán riguroso control de la numeración que se utilizará en cada Registro, la
misma que se iniciará a partir del número 000001 continuará en forma correlativa,
observandoel siguienteesquema:
a) Para el Título de Técnico:
No DE REGISTRO
b) Para el Título de Auxiliar Técnico:
DENOMINACI~N No DE REGISTRO
(AUXILIAR-TECNICO)
c) Para la identificacióndel Registrode Inscripción,se considera :
T -- RegistroTécnico
AT = RegistroAuxiliar Técnico.
MINISTERIODE EDUCACION
7.6 Formato Único del Título de Técnico y Auxiliar Técnico
Los títulos de Técnico y Auxiliar Técnico se otorgan en formato único autorizado por el
Ministerio de Educación,teniendo en cuenta lo siguiente:
a) Son caligrafiados por el CETPRO que lo otorga, en tinta indeleble y letra tipo
imprenta, escribiendo primero los nombresy luego los apellidos.
b) Las firmas que se consignan en el título deben ser originales.
c) Los sellos redondos de color negro se colocan al lado izquierdo de las firmas,
procurando se aprecie todos los datos del sello.
d) Debajo de las firmas se consignan los sellos de las post firmas de las personas
responsables
7.7 Librode control de registrode Títulos del CETPRO
El CETPRO, para efectos de la identificación de los Títulos correspondientes a sus
egresados, internamente llevarán un Libro de Control de Registro de Titulos de
Técnicosy otro Libro para losTítulos de Auxiliar Técnico, con los siguientes datos :
REGISTRO NO m---- ----m ----- FOTOGRAFlA
SERIE No -------------m ----------
PROMOCION(Año)............................................
...............................................................CICLO
APELLIDOS.
................................................................................................................
NOMBRES
TITULO OBTENIDO(Técnico, Auxiliar Técnico)
.........................................................
ESPECIALIDAD Y10 M~DULOSOCUPACIONALES..........................................
.................................................................................................................................
RESOLUCI~NDE DECLAWCI~NDE EXPEDITO ...............................
REGISTRO DEL TITULO No ......................... R. D. No ................. DEL
.....................
LIMA, .........DE .........DE 200
Firmadel ~ k c t o rdel CETPRO
7.8 Sello de Registro de Título del CETPRO
El CETPRO, ademds tendrá un sello del Registro que se colocará en la parte derecha
del dorso del Título con tinta indeleble (china), en el número de folios se escribirá el
número de la hoja del Libro de Registro, en el numero de Serie del Título se colocará el
número que se encuentra impreso en el Título correspondiente de cada egresado, la
fecha, la firma del Director y su sello al lado izquierdode la firma.
Las medidas serán 10 cm de largo por 4 cm. de ancho
MODELO
REGISTRO
...........No de Folio
Node Serie del Título.........
Fecha .............
. Director del CETPRO
MINISTERIODE EDUCACION
VI1I.- PROCEDIMIENTOS EN CASO DE DETERIORO DE FORMATO Y DE PERDIDA DEL
T~TULO
8.1 Deterioro del Formato de Título:
En caso de deterioro del formato antes de la entrega al usuario debido a defecto en el
caligrafiado, error en los datos a consignar u otras causas debidamente justificadas,
procede la expedición de la Resolución de la Dirección Regional de Educación o de la
Unidad de Gestión Educativa Local correspondiente, anulando el formato respectivo y
su contenido y autorizando la expediciónde un nuevo formato de título.
8.2 Perdidadel Título
8.2.1. En caso de pérdida del título original de Técnico o Auxiliar Técnico, el
interesado solicitará al Centro de Educación Técnico - Productiva donde
egresó, la expedición del duplicado correspondiente adjuntando los siguientes
documentos:
a) Constancia de la denuncia policialcorrespondiente.
b) Dos fotografías de color tamaño pasaporte con fondo blanco del egresado.
8.2.2. El Director del CETPRO, recibida la petición del duplicado del título de Técnico
o Auxiliar Técnico verificará en los archivos de la instituciónla existencia de los
documentos y certificados que dieron lugar a la expedición del titulo original y
adjuntando copia de la misma solicitará a la respectiva Dirección de UGEL o
Dirección Regional de Educación, se autorice la expedición del formato del
respectivo título para su caligrafiado y trámite de expedición del duplicado
correspondiente.
8.2.3. La Dirección Regional de Educación o Unidad de Gestión Educativa Local,
otorgará al Director del CETPRO, el formato para el duplicado del título de
Técnico o Auxiliar Técnico, para el caligrafiado del respectivo duplicado.
8.2.4. El Director del CETPRO remite mediante oficio, el duplicado caligrafiado del
Título para la firma y expedición por la Direcciónde la DRE o UGEL.
En el formato correspondiente debajo de la denominación del Título de
Técnico o Auxiliar Técnico, se colocará la palabra,"DUPLICADOJ'
8.2.5. El Director de la Dirección Regional de Educación o Unidad de Gestión
Educativa Local, mediante Resolución autorizará la expedición del duplicado
del Título de Técnico o Auxiliar Técnico. En la respectiva Resolución se
especificará lo siguiente:
a) Denominacióndel Título , especialidad y10 módulos
b) Númeroy fecha de Registro del Título
c) Apellidos y nombres del egresado del CETPRO
d) Centro de Educación Técnico - Productiva y año en que realizó sus
estudios.
MINISTERIODE EDUCAClON
IX.- DE LA RECTIFICACIÓN DE DATOS PERSONALESEN T~TULOSINSCRITOS.
9.1 El interesado podrá solicitar ante la instancia de gestión educativa descentralizada
donde se registró el Título, la rectificación de los datos personales, acto que se
efectúa a pedido de parte y sólo en lo que corresponda , debiendo presentar para el
caso, los siguientes documentos:
a) Titulo original
b) Partidade Nacimiento original y con sentencia judicial de rectificación.
c) Copia autenticada del DocumentoNacionalde Identidad.
9.2 La Dirección Regional de Educación o Unidad de Gestión Educativa Localque registró
el Título original, expedirá la resolución previa opinión legal de asesoría jurídica,
autorizando la rectificacióncorrespondiente.
X.- DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
I
10.1 El proceso de expedición y registro de títulos a que se refiere el presente manual servirá
como documento fuente para la formulación del sistema de información de base de
datos de títulos de Técnico y Auxiliar Técnico para egresados de CETPROS, a nivel
nacional.
10.2 La Base de Datos Nacional de Títulos será administrada funcionalmente por la Unidad
de Personal de la Sede Central del Ministerio de Educación con el soporte técnico de la
Oficina de Informática, para la administración de usuarios, así como la custodia y
respaldo de la respectiva base de datos.
10.3 El sistema estará diseñado en ambiente Web y la información será almacenada en un
equipo servidor en la sede central del MED en la sala de servidores de la Oficina de
Informática, administrada funcionalmente por la Unidad de personal-Areade Escalafóny
Títulos de la Sede Central del Ministerio de Educación.
10.4 La entrega de los Títulos a los CETPRO, se efectuará a través de la Dirección del
CETPRO, para el efecto el Director podrá acreditar a la persona que recaba los títulos,
con una carta poder simple.
10.5 El Ministerio de Educación, a través de la Unidad de Personal dependiente de la Oficina
General de Administración, en coordinación con la Dirección General de Educación
Superior y Técnico Profesional, Dirección de Educación Superior Tecnológica y Técnico -
Productiva, es el encargado de normar sobre la expedición y registro de títulos de los
Centros de EducaciónTécnico-Productiva.
10.6 Las Direcciones Regionales de Educación , las Unidades de Gestión Educativa Local y
los Centros de Educación Técnico-Productiva, son responsables de mantener
actualizada la Base de Datos de los CETPROS de su jurisdicción incluyendo el padrón
oficial del estudiante.
MINISTERIODE EDUCACION
MINISTERIODE EDUCACION
EXPEDICIÓN Y REGISTRO DE T~TULOSDE LOS CETPRO
l. TRAMITE DEL PROCEDIMIENTO
Para formalizar el trámite de expedición y registro de títulos de los CETPROS en las
Direcciones Regionalesde Educación o Unidadesde Gestión Educativa Local se debe
seguir el siguiente procedimiento:
1.1.1 Mesa de partes del CETPRO, recibe, registra y deriva la solicitud del
estudiante que va dirigido al director (a) del CETPRO, adjuntando copia
fedateada de los certificados de los módulos de especialidad cursados, los
que deben ser convergentes a una especialidad técnico productiva y que
sumados den un mínimo de 2,000 horas, constancia de no adeudar bienes
o enseres a la Institución Educativay constancia de pasantía.
1.1.2 El director del CETPRO, verifica la documentación presentada por el
egresado, si no está completo lo retorna al estudiante.
1.1.3 Declaración de expedito.- El director del CETPRO, previo informe del
coordinador, procederá a emitir la resolución de declaración de expedito
para el examen teórico práctico.
1.1.4 El estudiante rinde su examen teórico prácticoy aprueba la evaluación.
l.1.5 El estudiante solicita la expedición y registrode su título.
1.1.6 La DREIUGEL entrega formato de título al CETPRO
1.1.7 El CETPRO, realiza el caligrafiado del título
1.1.8 Recibe, registra y deriva el oficio con los requisitos para su expedición y
Registro del titulo al Área que va a registrar los títulos .
1.1.9 La DRE y UGEL recibe, verifica, registra y entrega los documentos a la
jefatura del área que registralos títulos
1.1.10 La jefatura del área de Registro de títulos , recibe verifica datos y autoriza se
derive la solicitud al técnico para su tramitación
1.1.11 La DREIUGEL entrega el Titulo al director del CETPRO ya Registrado
1.1.12 El CETPRO entrega el título al egresado
1.2.1 La mesa de partes del CETPRO, recibe, registray deriva la solicitud del
estudiante que va dirigido al director (a) del CETPRO, adjuntando Copia de
los certificados de los módulos ocupacionales cursados, los que deben ser
convergentes a una opción ocupacional específica y que sumados den un
mínimo de 1,000 horas. Constancia de no adeudar bienes o enseres a la
InstituciónEducativa.
1.2.2 El director del CETPRO, verifica la documentación presentada por el
egresado, si no está completo lo retorna al estudiante.
1.2.3 Declaración de expedito.- El director del CETPRO, previo informe del
coordinador, procederá a emitir la resolución de declaración de expedito
para el examen teórico práctico.
1.2.4 El estudiante rinde su examen teórico práctico. Aprueba la evaluación
1.2.5 El estudiante solicita la expedicióny registrode su título.
1.2.6 La DREIUGEL entrega formato de título al CETPRO
1.2.7 El CETPRO, realiza el caligrafiado del título.
MINISTERIODE EDUCACION
1.2.8 Recibe, registra y deriva el oficio con los requisitos para su expedición y
Registro del titulo a la DRE o UGEL .
1.2.9 La DRE y UGEL recibe, verifica, registra y entrega los documentos a la
jefatura del área que va a registrarel título
1.2.10 La jefatura del área que registra el titulo , recibe verifica datos y autoriza se
derive la solicitud al técnico para su tramitación
1.2.11 La DREIUGEL entrega el Titulo al director del CETPRO ya Registrado.
1.2.12 El CETPRO entrega el título al egresado
11. REQUISITOS
2.1 Oficio del director del CETPRO dirigido al Director Regional de Educacióny10 Unidad
de Gestión Educativa Local
2.2 Título caligrafiado en original y sin fecha, con la fotografía pegada sin sello del
CETPRO debidamente firmado y sellado por el Director de la Institución Educativa y
la respectiva copia autenticada.
2.3 Copia simple de la resolución que autorizó la especialidad técnico productiva.
2.4 Copia fedateada por el CETPRO de los certificados de los módulos de especialidad
convergentes a un perfil técnico profesional de una especialidad técnico - productiva
y que sumados den un minimo de 2,000 horas para el título de Técnico y10
certificados de los módulos ocupacionales convergentes a una opción ocupacional
que sumados de un minimo de 1,000 horas para el titulo de Auxiliar Técnico.
2.5 Partida de nacimiento original y10 Declaración Jurada de los datos personales.
2.6 Copia del D. N. I y dos fotografías de color tamaño pasaporte con fondo blanco del
egresado.
2.7 Acta de evaluación del examen teórico práctico aprobado por el estudiante.
MINISTERIODE EDUCACION
MODELO DE RESOLUCIONES
MINISTERIODE EDUCACION
'RESOLUCIÓN DIRECTORAL NO .................................

Lima,
...........................Visto el Expediente No sobre expedición y registro de Título de
Auxiliar Técnico;
CONSIDERANDO:
Que, el recurrente ha cumplido con presentar la documentación requerida para la
obtencióndel Titulo de Auxiliar Técnico con menciónen los siguientes MódulosOcupacionales:
.......................................Estando a lo informado por de la Dirección Regional de
Educación o Unidad de Gestión Educativa Local y de acuerdo con la Ficha de Registro
correspondiente;
De conformidadcon el DS. No022-2004-ED, Art. 40' y 41°, RD. No0366-2006-ED,
RD No0588-2006-ED,
SE RESUELVE:
Artículo lo.-Autorizar la Expedicióny el registro del Título de Auxiliar
...........................................................................................................................................Técnico, en
..............................................................................................................................................................
..............................................................................................................................................................
..........................................................................................................................................a don (ña)
obtenido en el Centro de EducaciónTécnico- Productiva"..............................................................
,el mismo que queda REGISTRADO como:
Código Denominación Node Registro
Regístresey comuníquese,
DIRECTOR REGIONAL DE EDUCACIÓN O
DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVALOCAL
MINISTERIODE EDUCACION
Lima,
Visto el Expediente No ........................... sobre Expedición y Registro de Título
de Técnico;
CONSIDERANDO:
Que, el recurrente ha cumplido con presentar la documentación requerida para la
obtención del Título de Técnico con menciónen la Especialidad de:
................................................................................................................
y habiendo aprobado los siguientes módulos del perfil profesional
Estando a lo informado por ............................. de la Dirección Regional de
Educación o Unidad de Gestión Educativa Local y de acuerdo con la Ficha de Registro
correspondiente;
De conformidad con el DS. No022-2004-ED, Art. 40' y 41°, la RD. No0366-2006-
ED y la RD No588-2006-ED,
SE RESUELVE:
Artículo lo.-Autorizar la expedición y registro del Título de Técnico en
.......................................................................................................................................a don (ña)
obtenido en el Centro de Educación Técnico- Productiva "...............................................................l1 ,
el mismo que queda REGISTRADO como:
Código Denominación' Node Registro .
Regístrese y comuníquese,
DIRECTOR REGIONAL DE EDUCACIÓN O
DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL
MINISTERIODEEDUCACION
MODELO DE FICHAS DE REGISTRO DE TITULOS
1 NoDE INSCRIPCION 1
I S - - FICHA'.DE REGISTRO': -:- " - - 1
No REGISTRO
DRE: ......................................................................
REGISTRO DE T~TULODETÉCNICO
FECHA
I I I I I
NOMBRES
APELLIDOS
CODIGO MODULAR
I I I I I I I I .
LUGARDENACIMIENTO
PAIS REGIÓN PROVINCIA DISTRITO
FECHADE
NACIMIENTO
TITULO TÉCNICOENLA ESPECIALIDAD:
DNI
. PAISDONDEOBTUVO ELTITULO
NUMERO
I l l 1 1 1 1I
DA
FECHADEEXPEDIC16N 1 D h 1 MES 1 A. -
DELT~TULO
MES
1
ANO
1 1 1
OBSERVACIONES:
1 1
 DIRECTORREGIONALDE EDUCACIÓN
Informaciónpara ingresar al Sistema Unificadode Registro de Títulos
NÚMERO
RESOLUCI~NDEEXPEDICI~NY
REGISTRO
FECHA. TIPO
R.D
~ f l 0DA
I _MES
NoD E INSCRIPCION
DRE: ......................................................................
No REGISTRO
I I I I I
FECHA
I I I I I
REGISTRO D E T~TULOD EAUXILIAR TÉCNICO
CODIGO
CODIGO MODULAR
I l l 1 1 1 1 1 ,
NOMBRES
APELLIDOS I
LUGAR DE NACIMIENTO
DISTRITO
DNI
FECHADE
NACIMIENTO
DIRECTORREGIONALDE EDUCACION
PROVlNClAPAlS
NÚMERO
I I 1 1 1 1 l
MES
1
DIA
1
Información para ingresaral Sistema Unificado de Registro de Tihilos
REGIOM
ANO
I l I .
TITULO DEAUXILIARTECNICOCON MENCIÓN ENLOSSIGUIENTESMODULOS
I I I I I I
Fechade Cerüficado
N
1
2
3
4
5
6
I I I I l 1 1 l1 1 1 I I l l I
Nominaciónde Módulos Ocupacionales aprobados
l 1 1 1 1 1 l I l I I
AñoDía Mes
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09 rm0159-08 manual de expedición y registro de títulos de técnico

  • 1. CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Educación No 28044, establece los lineamientos generales de la Educacióny del Sistema Educativo Peruano, el mismo que en su estructura comprende la Educación Técnico-Productiva, definiéndola como una forma de educación orientada a la adquisición de competencias laborales y empresariales en una perspectiva de desarrollo sostenible y competitivo, que I contribuye a un mejor desempeño de la persona que trabaja, a mejorar su nivel de empleabilidad y a su desarrollo personal y está destinada a las personas que buscan una insercióno reinserción en el mercado laboral; ' Que, el artículo 45" de la norma señalada define a los Centros de Educación Técnico-Productiva como instituciones que ofrecen servicios educativos en los ciclos para los que obtengan autorización y expiden las certificaciones y títulos técnicos correspondientes de acuerdo con el reglamento; que realizan actividades de capacitación, actualizacióny reconversión laborales y contribuyen a la Educación Básica ofreciéndole sus servicios especializados; Que, mediante Decreto Supremo No022-2004-ED, se aprueba el Reglamento de la Educación Técnico Productiva, el mismo que establece las formas y. requisitos para la obtención y otorgamiento de certificacionesy títulos de ~ u x i l i ~ r Técnico o Técnico, de acuerdo a los módulos ocupacionales aprobados y la especialidad respectiva, según corresponda, señalando además que corresponde a los Centros de Educación Técnico-Productiva y las Unidades de Gestión Educativa Local la responsabilidad del registro y visado de los certificadosde estudios y títulos; Que, el Ministerio de Educación, en el marco de la implementación de la Ley General de Educación No 28044, el Decreto Supremo No 022-2004-ED, Reglamento de la Educación Técnico-Productiva y el Decreto Supremo No003- 2006-ED, se encuentra realizando la conversión progresiva de los Centros y Programas de Educación Ocupacional (CEO o PEO) a Centros de Educación Técnico-Productiva (CETPRO), proceso que culminará el año 2008; Que, como parte de dicho proceso, mediante Resolución Ministerial No0285- 2005-ED, se inició el proceso de experimentación del Ciclo Básico, en ciento cuarenta y tres (143) Centros de Educación Técnico-Productiva (CETPRO), ubicados en las veinte y seis (26) Direcciones Regionales de Educación, proceso que culminó en agosto Que, el incisoj) del del Ministerio de Edu del 200 artículo cación, 38' de señala !IReglan que la lento de Orgar Dirección de iización y Funciones Educación Superior
  • 2. Tecnológica y Técnico Productiva, tiene entre sus funciones, elaborar normas académicas y administrativas referidas al ingreso, promoción, certificación, titulacibn, traslado, convalidación revalidación y otros, de las instituciones de EducaciónSuperiorTecnológica y Técnico Productiva; Que, mediante la Resolución Directora1 No 425-2006-ED, se aprueba la Directiva No92-2006-DINESUTPIDESTP, y precisa que, para la oferta formativa del módulo y10 especialidad, debe tomarse como referente, el Catálogo Nacional de Títulos y Certificaciones, aplicando el "Diseño Curricular Básico para la Educación Técnico-Productiva: Ciclo Básico" y para la experimentación del Ciclo Medio, los "Lineamientos Pedagógicos y de Gestión de la Educación Técnico- Productivapara los Centros Experimentales: Ciclo Medio"; Que, inediante Memorándum No 4885-2007-MEISG-OGA-UPER, la Unidad de Personal remite el proyecto de "Manual de Expedición y Registro de Títulos de Técnico y Auxiliar Técnico de los Centros de Educación Técnico - Productiva", el mismo que establece los procedimientos y requisitos necesarios para la expedicióny registro de dichos títulos; Que, de acuerdo a lo indicado en el Memorándum N" 732-2007-DiGESUTP- DESTP, Memoiácdum X" i394-20G7-/h4€D-SPE-OFlN y Merncrándum No1249- 2007-OAAENMGI-ME, la Dirección General de Educaciór?Superior y Técnico Profesional, la Oficina de Informática y la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación, respectivamente, manifiestan su participación en la elaboración , y conformidad con el contenido del manual remitido, para su correspondiente aprobación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley 25762, modificado por la Ley No 26510, Ley Orgánica del Ministerio de Educación; Ley No 28044, Ley General de ~ducación,Decreto Supremo No 022-2004-ED, Reglamento de Educación Técnico-Productiva, Dscreto Supremo No006-2006-ED, Reglamento de Organización y -Funciones del Ministerio de Educación modificado por lo$ DecretosSupremos No016-2007-ED y 019-2007-ED; SE RESUELVE: Artículo te.-Aprobar el ''Mtiiiud de Expedición y Registro de Titulos de Técnico y Auxiliar Técnico de !os Centros da Educación Técnico Prod~ctiva" Artículo 2 O . - Encargar a la Unidad de Personal de la Sede Central del Ministerio de Educacióny a sus órganos intermedios, el estricto cumplimiento de las disposicionesestablecidas en el Manual que se aprueba en el artículo 1O Regístresey comuníquese.
  • 3. La Unidad de Personal a través del Área de Escalafón y Títulos, presenta el Manual de Registro de Títulos de Técnico y Auxiliar Tecnico de los Centros de Educación Técnico Productiva (CETPRO). El Manual de Titulos de Técnico y Auxiliar Técnico establece los procedimientos y requisitos necesarios para efectuar la expedición y registro en los órganos competentes del sistema de Educación Peruana. I El objetivo del presente Manual, se sustenta en la aplicación de los principios de coordinación, simplificación y eficacia en el proceso de expedición y registro de los títulos de Técnico y Auxiliar Tecnico que se registran en el Sector Educación. UNIDAD DE PERSONAL
  • 4. AGRADECIMIENTO El Manual de Expedición y Registro de Títulos de Tecnico y Auxiliar Técnico de los Centros de Educación Técnico Productiva, ha sido particularmente posible gracias a la eficiente y decidida participaciónde las siguientes personas: < Señora Blanca Oré Muñoz, del Área de Escalafóny Títulos, de la señora Maria Canales Arévalo de la Dirección de Educación Tecnológica y Técnico Productiva y del señor Valente Toro ~ o t a 'de la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación. Magnet Marquez Ramírez Jefa de la Unidad de Personal del Ministerio de Educación
  • 5. ANO DE LAS CUMBRES MUNDIALES EN EL PERU JEFE DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIQN C.P.C. JOSE CABRERA GARCIA UNIDAD DE PERSONAL: JEFE DE LA UNIDAD DE PERSONAL DRA. MAGNET MARQUEZ RAM~REZ JEFE DEL AREA DE ESCALAFON Y TITULOS SR. FRED E. CLARKE DE LA PUENTE RESPONSABLE: LIC. BLANCA LUZ ORE MUÑOZ ,e=c=zza.,. COLABORARON: MARIA CANALES ARÉVALO DESTP. VALENTE TORO MOTA OAAE
  • 6. MINISTERIODE EDUCACION Manualde IF3(pe&ón y Registro de fltulos de Iémico y P~'l.iarTécnico de Ios Centros de Educación Técnico-z~roductiva
  • 7. MINISTERIODE EDUCACION MANUAL DE EXPEDICIÓN Y REGISTRO DE T ~ U L O SDE TÉCNICO Y AUXILIAR TÉCNICO DE LOS CENTROS DE EDUCACIÓN TÉCNICO- PRODUCTIVA C O N T E N I D O 1. FINALIDAD II. OBJETIVO III. BASE LEGAL IV. ALCANCE , V. DISPOSICIONESGENERALES VI. DISPOSICIONESESPECIFICAS DE LA RESOLUCION DE EXPEDITO VII. DE LA EXPEDICION Y REGISTRO DEL TITULO VIII. PROCEDIMIENTOS EN CASO DE DETERIORO DE FORMATOY PERDIDA DEL T~TULO IX. DE LA RECTIFICACION DE DATOS PERSONALES EN TITULOS INSCRITOS X. DISPOSICIONESCOMPLEMENTARIAS xi. PROCEDIMIENTOS
  • 8. MINISTERIODE EDUCACION MANUAL DE EXPEDICIÓN Y REGISTRO DE T~TULOSDETÉCNICO Y AUXILIAR TÉcNICO DE LOS CENTROS DE EDUCACIÓNTECNICO -PRODUCTIVA l. FINALIDAD Establecer normas y procedimientos para la expedición, inscripción y registro de títulos de Técnico y Auxiliar Técnico otorgados por los Centros de Educación Técnico- Productiva públicosy privados. II.OBJETIVO 2.1 Uniformizar procedimientosy requisitos para la expedición , inscripcióny registro de títulos de Técnico y de Auxiliar Técnico, otorgados por los Centros de Educación Técnico-Productivade gestión públicay privada. 2.2 Aplicar los principios de celeridad, uniformidad, simplificación y eficacia, en el proceso de expedición y registro de títulos de Educación Técnico - Productiva, con el objeto de lograr en forma armónica y coordinada la agilización del trámite administrativo, optimizando de esta manera el servicio en las Direcciones Regionales de Educacióny/ Unidadesde Gestión EducativaLocal. 111. BASE LEGAL 3.1 Constitución Políticadel Perú 3.2 Ley No. 28044. Ley Generalde Educación. 3.3 Ley No27444. Ley del ProcedimientoAdministrativo General. 3.4 Ley No29060. Ley del Silencio Adrpinistrativo 3.5 Decreto Supremo No 009-2005-ED Reglamento de la Gestión del Sistema I Educativo. 3.6 Decreto Supremo No022-2004-ED Reglamentode EducaciónTécnico-Productiva 3.7 Decreto Supremo No 006-2006-ED Reglamento de Organización y Funciones del MED. 3.8 R.V.M. No085-2003-ED .Catálogo Nacionalde Títulos y Certificaciones 3.9 R.D. No 588-2006-ED. Diseño Curricular para la Educación Técnico -Productiva: Ciclo Básico. 3.10 R.D. No343-2007-ED. Normas para la implementacióndel diseño curricular básico : Ciclo Básico y Experimentación del Ciclo Medio en los centros de Educación Técnico - Productiva(CETPRO)2008. 3.11 R.D. No 473-2006-ED. Lineamientos Pedagógicos y de gestión de la Educación Técnico Productiva para los Centros ExperimentalesCiclo Medio. IV. ALCANCE 4.1 Ministerio de Educación 4.2 Direcciones Regionales de Educación 4.3 Unidadesde Gestión Educativa Local 4.4 Centros de EducaciónTécnico - Productiva
  • 9. MINISTERIODE EDUCACION V. DISPOSICIONESGENERALES 5.1 La expedición y registro de los títulos de Técnico y Auxiliar Técnico correspondientes a los egresados de los Centros de Educación Técnico-Productiva públicos y privados, compete a la Unidad de Gestión Educativa Local o Dirección Regional de Educaciónsegún corresponda. 5.2 Los títulos de Técnico y Auxiliar Técnico de los Centros de Educación Técnico- Productiva debidamente firmados y sellados por el Director del CETPRO, serán remitidos a la Dirección Regionalde Educacióno Unidad de Gestión Educativa Local según corresponda, para su expedicióny registro. 5.3 El trámite para la expedición del título de Técnico y Auxiliar Técnico será efectuado por la Dirección del CETPRO ante la Dirección Regional de Educación o Unidad de Gestión Educativa Local correspondiente. , 6.1 Los egresados de los CETPROs, para solicitar la expedición de la Resolución de expedito para rendir el examen teórico práctico del Ciclo Medio, presentarán a la Direccióndel CETPRO, los siguientes documentos: - Solicitudal director (a) del CETPRO. - Copia fedateada por el Director del CETPRO, de los certificados de los módulos de especialidad convergentes a un perfil técnico profesional de una especialidad técnico productiva y que sumados den un mínimo de 2,000 horas. - Constancia de haber realizado una pasantia en sectores productivos de la localidad o región. - Constancia de no adeudar bienes o enseres a la Institución Educativa. 6.2 Los egresados de los CETPROs, para solicitar la expedición de la Resolución de expedito para rendir el examen teórico práctico del Ciclo Básico, presentarán a la Dirección del CETPRO, los siguientes documentos: - Solicitudal director (a) del CETPRO. - Copia fedateada por el Director del CETPRO, de los certificados de los módulos ocupacionales convergentes a una opción ocupacional y que sumados den un mínimo de 1,000 horas. - Constancia de no adeudar bienes o enseres a la Institución Educativa. ' Vil.- DE LA EXPEDICIÓN Y REGISTRO DEL TITULO. 7.1 Las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, expedirán y registrarán los títulos de Técnico y Auxiliar Técnico que se otorgan a los estudiantes egresados de los Centros de Educación Técnico - Productiva en un plazo no mayor de quince días, observando el procedimiento que se establece en el presente Manual. 7.2 De la solicitud para la expedicióny registro del título Los egresados de los CETPROs, del Ciclo Medio y Básico que han aprobado el examen teórico práctico correspondiente, solicitarán la expedición del título de T6cnico o Auxiliar Técnico, presentando a la Direccióndel CETPRO, los siguientes documentos: Partida de nacimiento original y10 Declaración Jurada simple de datos personales y10 D. N. l.
  • 10. MINISTERIODE EDUCACION Dos fotografías de color tamaño pasaportecon fondo blanco Acta de evaluación del examen teórico práctico aprobado por el estudiante. 7.3 De la expedición de títulos 7.3.1. Los Directores de los CETPROs solicitarán a la Dirección Regional de Educación o Unidad de Gestión Educativa Local según corresponda, los formatos de títulos de Técnico o Auxiliar Técnico, presentando copia de las actas del examen teórico práctico. 7.3.2. Los formatos de los títulos de+Técnicoo Auxiliar Técnico serán caligrafiados por los CETPRO, con los nombres y apellidos de los egresados de acuerdo con las respectivas actas de evaluación. 7.4 Registro de Títulos 7.4.1. Los títulos para los egresados de los Centros de Educación Técnico- Productiva se les identifica y registra de la siguiente forma: a) Título de Técnico: correspondientea los egresados del ciclo medio de los CETPRO, públicos y privados, se les identifica colocando la letra T mayúscula después del número asignado al título. b) Títulos de Auxiliar Técnico: correspondiente a los egresados del ciclo básico de los CETPRO, se les identifica colocando las letras AT mayúsculas después del número asignado al título. 7.4.2. Para el registro del título de Técnico o Auxiliar Técnico, el director del CETPRO mediante Oficio solicita al Director Regional de Educación o Unidad de Gestión Educativa Local la expedición y registro correspondiente, adjuntando lo siguiente: a) Título caligrafiado en original y sin fecha, con la fotografía pegada sin sello debidamente firmado y sellado por el Director del CETPRO b) Copia simple de la resolución que autorizó la especialidad técnico productiva. c) Copia fedateada por el CETPRO de los certificados de los módulos de especialidad convergentes a un perfil técnico profesional de una especialidad técnico - productiva y que sumados den un mínimo de 2,000 horas para el título de Técnico y10 certificados de los módulos ocupacionales convergentes a una opción ocupacional que sumados de un mínimo de 1,000 horas para el titulo de Auxiliar Técnico. d) Partida de nacimiento original o copia autenticada, Declaración Jurada de los datos personales. e) Copia simple del D. N. I y dos fotografías de color tamaño pasaporte con fondo f) Acta de evaluación del examen teórico práctico aprobado por el estudiante 7.4.3. El Equipo de Actas certificados y títulos, verifica el cumplimiento de los requisitos señalados en el numeral que antecede, informa y formula el proyecto de Resolución para la firma del Director de la Dirección Regional de Educación o Unidad de Gestión Educativa Local, autorizando la expedición y registro correspondiente.
  • 11. MINISTERIO DE EDUCACION 7.4.4. Expedida la Resolución de la Unidad de Gestión Educativa Local o Dirección Regional de Educación, autorizando la expedicióny registro del título de Técnico o Auxiliar Técnico, copia de la misma, adjuntando los originales de lostítulos, se remite al Directordel CEPTRO parasu entrega a los interesados. 7.4.5. El título de Técnico o Auxiliar Técnico que se expida y registra en Educación Técnico- Productivadebe reunir las siguientes características: a) El formato utilizado debe ser original, sin adulteraciones ni enmendadurasy no debe omitir datos, firmas ni sellos. b) Los nombres y apellidos consignados deben coincidir con la Partida de Nacimientoy DNI del titular . c) Debe estar firmado por el Director Regional de Educación o de la Unidad de Gestión Educativa Local en cuya jurisdicción se encuentra ubicado el CETPRO. 7.5 Numeración 7.5.1 Las DireccionesRegionalesde Educación o Unidades de Gestión Educativa Local según corresponda, responsables de la expedición y Registro de los Títulos llevarán riguroso control de la numeración que se utilizará en cada Registro, la misma que se iniciará a partir del número 000001 continuará en forma correlativa, observandoel siguienteesquema: a) Para el Título de Técnico: No DE REGISTRO b) Para el Título de Auxiliar Técnico: DENOMINACI~N No DE REGISTRO (AUXILIAR-TECNICO) c) Para la identificacióndel Registrode Inscripción,se considera : T -- RegistroTécnico AT = RegistroAuxiliar Técnico.
  • 12. MINISTERIODE EDUCACION 7.6 Formato Único del Título de Técnico y Auxiliar Técnico Los títulos de Técnico y Auxiliar Técnico se otorgan en formato único autorizado por el Ministerio de Educación,teniendo en cuenta lo siguiente: a) Son caligrafiados por el CETPRO que lo otorga, en tinta indeleble y letra tipo imprenta, escribiendo primero los nombresy luego los apellidos. b) Las firmas que se consignan en el título deben ser originales. c) Los sellos redondos de color negro se colocan al lado izquierdo de las firmas, procurando se aprecie todos los datos del sello. d) Debajo de las firmas se consignan los sellos de las post firmas de las personas responsables 7.7 Librode control de registrode Títulos del CETPRO El CETPRO, para efectos de la identificación de los Títulos correspondientes a sus egresados, internamente llevarán un Libro de Control de Registro de Titulos de Técnicosy otro Libro para losTítulos de Auxiliar Técnico, con los siguientes datos : REGISTRO NO m---- ----m ----- FOTOGRAFlA SERIE No -------------m ---------- PROMOCION(Año)............................................ ...............................................................CICLO APELLIDOS. ................................................................................................................ NOMBRES TITULO OBTENIDO(Técnico, Auxiliar Técnico) ......................................................... ESPECIALIDAD Y10 M~DULOSOCUPACIONALES.......................................... ................................................................................................................................. RESOLUCI~NDE DECLAWCI~NDE EXPEDITO ............................... REGISTRO DEL TITULO No ......................... R. D. No ................. DEL ..................... LIMA, .........DE .........DE 200 Firmadel ~ k c t o rdel CETPRO 7.8 Sello de Registro de Título del CETPRO El CETPRO, ademds tendrá un sello del Registro que se colocará en la parte derecha del dorso del Título con tinta indeleble (china), en el número de folios se escribirá el número de la hoja del Libro de Registro, en el numero de Serie del Título se colocará el número que se encuentra impreso en el Título correspondiente de cada egresado, la fecha, la firma del Director y su sello al lado izquierdode la firma. Las medidas serán 10 cm de largo por 4 cm. de ancho MODELO REGISTRO ...........No de Folio Node Serie del Título......... Fecha ............. . Director del CETPRO
  • 13. MINISTERIODE EDUCACION VI1I.- PROCEDIMIENTOS EN CASO DE DETERIORO DE FORMATO Y DE PERDIDA DEL T~TULO 8.1 Deterioro del Formato de Título: En caso de deterioro del formato antes de la entrega al usuario debido a defecto en el caligrafiado, error en los datos a consignar u otras causas debidamente justificadas, procede la expedición de la Resolución de la Dirección Regional de Educación o de la Unidad de Gestión Educativa Local correspondiente, anulando el formato respectivo y su contenido y autorizando la expediciónde un nuevo formato de título. 8.2 Perdidadel Título 8.2.1. En caso de pérdida del título original de Técnico o Auxiliar Técnico, el interesado solicitará al Centro de Educación Técnico - Productiva donde egresó, la expedición del duplicado correspondiente adjuntando los siguientes documentos: a) Constancia de la denuncia policialcorrespondiente. b) Dos fotografías de color tamaño pasaporte con fondo blanco del egresado. 8.2.2. El Director del CETPRO, recibida la petición del duplicado del título de Técnico o Auxiliar Técnico verificará en los archivos de la instituciónla existencia de los documentos y certificados que dieron lugar a la expedición del titulo original y adjuntando copia de la misma solicitará a la respectiva Dirección de UGEL o Dirección Regional de Educación, se autorice la expedición del formato del respectivo título para su caligrafiado y trámite de expedición del duplicado correspondiente. 8.2.3. La Dirección Regional de Educación o Unidad de Gestión Educativa Local, otorgará al Director del CETPRO, el formato para el duplicado del título de Técnico o Auxiliar Técnico, para el caligrafiado del respectivo duplicado. 8.2.4. El Director del CETPRO remite mediante oficio, el duplicado caligrafiado del Título para la firma y expedición por la Direcciónde la DRE o UGEL. En el formato correspondiente debajo de la denominación del Título de Técnico o Auxiliar Técnico, se colocará la palabra,"DUPLICADOJ' 8.2.5. El Director de la Dirección Regional de Educación o Unidad de Gestión Educativa Local, mediante Resolución autorizará la expedición del duplicado del Título de Técnico o Auxiliar Técnico. En la respectiva Resolución se especificará lo siguiente: a) Denominacióndel Título , especialidad y10 módulos b) Númeroy fecha de Registro del Título c) Apellidos y nombres del egresado del CETPRO d) Centro de Educación Técnico - Productiva y año en que realizó sus estudios.
  • 14. MINISTERIODE EDUCAClON IX.- DE LA RECTIFICACIÓN DE DATOS PERSONALESEN T~TULOSINSCRITOS. 9.1 El interesado podrá solicitar ante la instancia de gestión educativa descentralizada donde se registró el Título, la rectificación de los datos personales, acto que se efectúa a pedido de parte y sólo en lo que corresponda , debiendo presentar para el caso, los siguientes documentos: a) Titulo original b) Partidade Nacimiento original y con sentencia judicial de rectificación. c) Copia autenticada del DocumentoNacionalde Identidad. 9.2 La Dirección Regional de Educación o Unidad de Gestión Educativa Localque registró el Título original, expedirá la resolución previa opinión legal de asesoría jurídica, autorizando la rectificacióncorrespondiente. X.- DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS I 10.1 El proceso de expedición y registro de títulos a que se refiere el presente manual servirá como documento fuente para la formulación del sistema de información de base de datos de títulos de Técnico y Auxiliar Técnico para egresados de CETPROS, a nivel nacional. 10.2 La Base de Datos Nacional de Títulos será administrada funcionalmente por la Unidad de Personal de la Sede Central del Ministerio de Educación con el soporte técnico de la Oficina de Informática, para la administración de usuarios, así como la custodia y respaldo de la respectiva base de datos. 10.3 El sistema estará diseñado en ambiente Web y la información será almacenada en un equipo servidor en la sede central del MED en la sala de servidores de la Oficina de Informática, administrada funcionalmente por la Unidad de personal-Areade Escalafóny Títulos de la Sede Central del Ministerio de Educación. 10.4 La entrega de los Títulos a los CETPRO, se efectuará a través de la Dirección del CETPRO, para el efecto el Director podrá acreditar a la persona que recaba los títulos, con una carta poder simple. 10.5 El Ministerio de Educación, a través de la Unidad de Personal dependiente de la Oficina General de Administración, en coordinación con la Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional, Dirección de Educación Superior Tecnológica y Técnico - Productiva, es el encargado de normar sobre la expedición y registro de títulos de los Centros de EducaciónTécnico-Productiva. 10.6 Las Direcciones Regionales de Educación , las Unidades de Gestión Educativa Local y los Centros de Educación Técnico-Productiva, son responsables de mantener actualizada la Base de Datos de los CETPROS de su jurisdicción incluyendo el padrón oficial del estudiante.
  • 16. MINISTERIODE EDUCACION EXPEDICIÓN Y REGISTRO DE T~TULOSDE LOS CETPRO l. TRAMITE DEL PROCEDIMIENTO Para formalizar el trámite de expedición y registro de títulos de los CETPROS en las Direcciones Regionalesde Educación o Unidadesde Gestión Educativa Local se debe seguir el siguiente procedimiento: 1.1.1 Mesa de partes del CETPRO, recibe, registra y deriva la solicitud del estudiante que va dirigido al director (a) del CETPRO, adjuntando copia fedateada de los certificados de los módulos de especialidad cursados, los que deben ser convergentes a una especialidad técnico productiva y que sumados den un mínimo de 2,000 horas, constancia de no adeudar bienes o enseres a la Institución Educativay constancia de pasantía. 1.1.2 El director del CETPRO, verifica la documentación presentada por el egresado, si no está completo lo retorna al estudiante. 1.1.3 Declaración de expedito.- El director del CETPRO, previo informe del coordinador, procederá a emitir la resolución de declaración de expedito para el examen teórico práctico. 1.1.4 El estudiante rinde su examen teórico prácticoy aprueba la evaluación. l.1.5 El estudiante solicita la expedición y registrode su título. 1.1.6 La DREIUGEL entrega formato de título al CETPRO 1.1.7 El CETPRO, realiza el caligrafiado del título 1.1.8 Recibe, registra y deriva el oficio con los requisitos para su expedición y Registro del titulo al Área que va a registrar los títulos . 1.1.9 La DRE y UGEL recibe, verifica, registra y entrega los documentos a la jefatura del área que registralos títulos 1.1.10 La jefatura del área de Registro de títulos , recibe verifica datos y autoriza se derive la solicitud al técnico para su tramitación 1.1.11 La DREIUGEL entrega el Titulo al director del CETPRO ya Registrado 1.1.12 El CETPRO entrega el título al egresado 1.2.1 La mesa de partes del CETPRO, recibe, registray deriva la solicitud del estudiante que va dirigido al director (a) del CETPRO, adjuntando Copia de los certificados de los módulos ocupacionales cursados, los que deben ser convergentes a una opción ocupacional específica y que sumados den un mínimo de 1,000 horas. Constancia de no adeudar bienes o enseres a la InstituciónEducativa. 1.2.2 El director del CETPRO, verifica la documentación presentada por el egresado, si no está completo lo retorna al estudiante. 1.2.3 Declaración de expedito.- El director del CETPRO, previo informe del coordinador, procederá a emitir la resolución de declaración de expedito para el examen teórico práctico. 1.2.4 El estudiante rinde su examen teórico práctico. Aprueba la evaluación 1.2.5 El estudiante solicita la expedicióny registrode su título. 1.2.6 La DREIUGEL entrega formato de título al CETPRO 1.2.7 El CETPRO, realiza el caligrafiado del título.
  • 17. MINISTERIODE EDUCACION 1.2.8 Recibe, registra y deriva el oficio con los requisitos para su expedición y Registro del titulo a la DRE o UGEL . 1.2.9 La DRE y UGEL recibe, verifica, registra y entrega los documentos a la jefatura del área que va a registrarel título 1.2.10 La jefatura del área que registra el titulo , recibe verifica datos y autoriza se derive la solicitud al técnico para su tramitación 1.2.11 La DREIUGEL entrega el Titulo al director del CETPRO ya Registrado. 1.2.12 El CETPRO entrega el título al egresado 11. REQUISITOS 2.1 Oficio del director del CETPRO dirigido al Director Regional de Educacióny10 Unidad de Gestión Educativa Local 2.2 Título caligrafiado en original y sin fecha, con la fotografía pegada sin sello del CETPRO debidamente firmado y sellado por el Director de la Institución Educativa y la respectiva copia autenticada. 2.3 Copia simple de la resolución que autorizó la especialidad técnico productiva. 2.4 Copia fedateada por el CETPRO de los certificados de los módulos de especialidad convergentes a un perfil técnico profesional de una especialidad técnico - productiva y que sumados den un minimo de 2,000 horas para el título de Técnico y10 certificados de los módulos ocupacionales convergentes a una opción ocupacional que sumados de un minimo de 1,000 horas para el titulo de Auxiliar Técnico. 2.5 Partida de nacimiento original y10 Declaración Jurada de los datos personales. 2.6 Copia del D. N. I y dos fotografías de color tamaño pasaporte con fondo blanco del egresado. 2.7 Acta de evaluación del examen teórico práctico aprobado por el estudiante.
  • 19. MINISTERIODE EDUCACION 'RESOLUCIÓN DIRECTORAL NO ................................. Lima, ...........................Visto el Expediente No sobre expedición y registro de Título de Auxiliar Técnico; CONSIDERANDO: Que, el recurrente ha cumplido con presentar la documentación requerida para la obtencióndel Titulo de Auxiliar Técnico con menciónen los siguientes MódulosOcupacionales: .......................................Estando a lo informado por de la Dirección Regional de Educación o Unidad de Gestión Educativa Local y de acuerdo con la Ficha de Registro correspondiente; De conformidadcon el DS. No022-2004-ED, Art. 40' y 41°, RD. No0366-2006-ED, RD No0588-2006-ED, SE RESUELVE: Artículo lo.-Autorizar la Expedicióny el registro del Título de Auxiliar ...........................................................................................................................................Técnico, en .............................................................................................................................................................. .............................................................................................................................................................. ..........................................................................................................................................a don (ña) obtenido en el Centro de EducaciónTécnico- Productiva".............................................................. ,el mismo que queda REGISTRADO como: Código Denominación Node Registro Regístresey comuníquese, DIRECTOR REGIONAL DE EDUCACIÓN O DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVALOCAL
  • 20. MINISTERIODE EDUCACION Lima, Visto el Expediente No ........................... sobre Expedición y Registro de Título de Técnico; CONSIDERANDO: Que, el recurrente ha cumplido con presentar la documentación requerida para la obtención del Título de Técnico con menciónen la Especialidad de: ................................................................................................................ y habiendo aprobado los siguientes módulos del perfil profesional Estando a lo informado por ............................. de la Dirección Regional de Educación o Unidad de Gestión Educativa Local y de acuerdo con la Ficha de Registro correspondiente; De conformidad con el DS. No022-2004-ED, Art. 40' y 41°, la RD. No0366-2006- ED y la RD No588-2006-ED, SE RESUELVE: Artículo lo.-Autorizar la expedición y registro del Título de Técnico en .......................................................................................................................................a don (ña) obtenido en el Centro de Educación Técnico- Productiva "...............................................................l1 , el mismo que queda REGISTRADO como: Código Denominación' Node Registro . Regístrese y comuníquese, DIRECTOR REGIONAL DE EDUCACIÓN O DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL
  • 21. MINISTERIODEEDUCACION MODELO DE FICHAS DE REGISTRO DE TITULOS
  • 22. 1 NoDE INSCRIPCION 1 I S - - FICHA'.DE REGISTRO': -:- " - - 1 No REGISTRO DRE: ...................................................................... REGISTRO DE T~TULODETÉCNICO FECHA I I I I I NOMBRES APELLIDOS CODIGO MODULAR I I I I I I I I . LUGARDENACIMIENTO PAIS REGIÓN PROVINCIA DISTRITO FECHADE NACIMIENTO TITULO TÉCNICOENLA ESPECIALIDAD: DNI . PAISDONDEOBTUVO ELTITULO NUMERO I l l 1 1 1 1I DA FECHADEEXPEDIC16N 1 D h 1 MES 1 A. - DELT~TULO MES 1 ANO 1 1 1 OBSERVACIONES: 1 1 DIRECTORREGIONALDE EDUCACIÓN Informaciónpara ingresar al Sistema Unificadode Registro de Títulos NÚMERO RESOLUCI~NDEEXPEDICI~NY REGISTRO FECHA. TIPO R.D ~ f l 0DA I _MES
  • 23. NoD E INSCRIPCION DRE: ...................................................................... No REGISTRO I I I I I FECHA I I I I I REGISTRO D E T~TULOD EAUXILIAR TÉCNICO CODIGO CODIGO MODULAR I l l 1 1 1 1 1 , NOMBRES APELLIDOS I LUGAR DE NACIMIENTO DISTRITO DNI FECHADE NACIMIENTO DIRECTORREGIONALDE EDUCACION PROVlNClAPAlS NÚMERO I I 1 1 1 1 l MES 1 DIA 1 Información para ingresaral Sistema Unificado de Registro de Tihilos REGIOM ANO I l I . TITULO DEAUXILIARTECNICOCON MENCIÓN ENLOSSIGUIENTESMODULOS I I I I I I Fechade Cerüficado N 1 2 3 4 5 6 I I I I l 1 1 l1 1 1 I I l l I Nominaciónde Módulos Ocupacionales aprobados l 1 1 1 1 1 l I l I I AñoDía Mes
  • 24. Proceso de declaración de Expedito y Examen de Evaluación Teórico-Práctico
  • 25. Proceso de Expedición y Registro de Títulos