Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Impacto de la nueva ley sobre teletrabajo en
1. IMPACTO DE LA NUEVA LEY SOBRE
TELETRABAJO EN EL PERU
1.- LA CONTROVERSIA DEL
TRATAMIENTO LEGAL DEL
TELETRABAJO EN EL PERÚ,
CONSIDERANDO LOS PARAMETROS DE
LA OIT Y LEGISLACION COMPARADA (EL
TELETRABAJADOR Y EL TRABAJO A
DOMICILIO; EL TELETRABAJADOR Y SU
ACCESO A BENEFICIOS SOCIALES.
2.
3. El teletrabajo es aquella forma de trabajar en un lugar que no sea
una oficina. Es una nueva modalidad que ha surgido con la
aparición de la Informática, los avances de la ciencia. Esta forma de
trabajar permite laborar a distancia, en un lugar alejado, fuera de
una oficina y que para su realización requiere la utilización de
tecnologías de la información y telecomunicaciones tanto en el
sector público como privado.
Los tele trabajadores deben tener beneficios sociales ya que al
igual que un trabajador ordinario posee un tiempo de trabajo
determinado, gastando su actividad física y mental, merecen
aquellos conceptos que perciben los trabajadores con ocasión de
sus labores prestadas de manera dependiente. No importa su
carácter remunerativo, el monto o la prioridad del pago, pues lo
relevante es lo que percibe el trabajador por su condición de tal y
por mandato legal que según la ley 30036 que indica que establece
expresamente que la prestación de servicios mediante la modalidad
de teletrabajo no implicará disminución alguna en la categoría del
trabajador, su remuneración y demás condiciones laborales.
4. La controversia en el teletrabajo es que la relación del tele
trabajador es civil o laboral. Como se sabe para principalmente para
que hablemos de una relación laboral debe existir una relación de
subordinación, prestación de servicios y remuneración.
Respecto a la posición que se toma sobre el teletrabajo, la doctrina
ha optado que este sea laboral, siempre que este presente la
ausencia de un centro de trabajo organizado (fuera de una oficina),
bajo la subordinación del empresario y la dispersión de los
trabajadores.
Al respecto la Legislación Comparada sobre el Teletrabajo
promueve el desarrollo de esta forma de laborar, y que ante falta de
empleo que existe hoy en día, y el fuerte impacto que las
Tecnologías e Información se presentan en la fecha, las
Legislaciones han adoptado esta forma de trabajar para reducir la
pobreza y hacer técnicamente posible el incremento de los índices
de productividad y competitividad.
Entrando mas a fondo en Norteamérica el teletrabajo es una
invención que Jack Nills utilizaba para referirse a una nueva
vertiente aplicada de las tecnologías teleinformáticas al escenario
laboral.
5. 2. IMPACTO DE LA NUEVA LEY SOBRE
TELETRABAJO, 30036, CON ÉNFASIS EN
EL SECTOR PÚBLICO.
6. El objeto de la Ley que regula el teletrabajo tiene por
objeto regularlo, como una modalidad especial de
prestación de servicios caracterizada por la utilización de
tecnologías de la información y las telecomunicaciones
(TIC).
La Ley del Teletrabajo N° 30036 respecto a las
responsabilidades que existen en esta modalidad a
manera breve nos dice que los equipos que son
proporcionados por el empleador para que el
teletrabajador realice sus actividades en ella, al estar
estos ordenadores a cargo del teletrabajador, es este
quien asume los gastos respectivos si algo le sucede a
dichos equipos.
7.
A su vez aclara esto que si el teletrabajador aporta sus propios
equipos o elementos de trabajo, el empleador debe compensar la
totalidad de los gastos, sin perjuicio de los mayores beneficios que
pudieran pactarse por acuerdo individual o convenio colectivo. Si el
tele trabajador realiza sus labores en una cabina de Internet o en un
equipo proporcionado por terceras personas, el empleador asume
los gastos que esto conlleva. Agrega, además, que, por razones
debidamente sustentadas, el empleador puede variar la modalidad
de prestación de servicios a la de teletrabajo, previo consentimiento
del trabajador. Dicho cambio no debe afectar la naturaleza del
vínculo laboral, categoría, remuneración y demás condiciones
laborales, salvo aquellas vinculadas a la asistencia al centro de
trabajo.
No obstante, el tele trabajador puede solicitar al empleador la
reversión de la prestación de sus servicios bajo dicha modalidad, es
decir, retornar a su habitual modalidad de prestación de servicios. Al
respecto, el empleador podrá denegar dicha solicitud
8. En las instituciones públicas y privadas, y promover
políticas públicas para garantizar su desarrollo
Tanto en el sector privado como en el sector público,
en la modalidad especial de teletrabajo, la prestación
de servicios se efectúa sin presencia física del
trabajador en el centro de trabajo, siendo que la
empresa se comunica y ejerce su poder de dirección
sobre el tele trabajador mediante medios informáticos,
de telecomunicaciones o análogos.
Tal como se ha regulado en la legislación comparada,
la Ley N° 30036 ha establecido que el teletrabajo es
de carácter voluntario y reversible. Así, el empleador
puede variar la prestación de servicios de una
modalidad presencial a una de teletrabajo sólo si el
trabajador manifiesta previamente su consentimiento