2. Por su
gravedad
Por la
Conducta del
agente
Simples y
Compuestos
CLASIFICACIÓN
DE LOS
DELITOS
Por la
culpabilidad
Por el
resultado
Por su
duración
Por el daño
que causan
4. Por su Gravedad: tomando en cuenta la gravedad de las
infracciones penales se han clasificado en:
División Tripartita:
CRÍMENES, Delitos y Faltas
División Bipartita: se distinguen
los Delitos de las Faltas
CRÍMENES: Los atentados contra la vida y los derechos naturales del
hombre
En México el Código
Penal solo se ocupa de
los delitos en lo
General.
FALTAS O CONTRAVENCIONES:
INFRACCIONES A LOS
Reglamentos de Policía y buen
Gobierno
Delitos: Conductas contrarias a los derechos
nacidos del contrato social
1
5. ACCIÓN: Se comenten
mediante una
actividad positiva y se
viola una ley
Prohibitiva
OMISIÓN: El objeto
prohibido es una
abstención del agente
En los cuales las condiciones de donde se
deriva su resultado reconocen como causa
2
determinante un hecho positivo del sujeto.
SIMPLE OMISIÓN: Consisten en la falta de una
actividad jurídicamente ordenada.
COMISIÓN POR OMISIÓN : Son aquellos donde
el agente decide positivamente no actuar para
3
producir con su inacción el resultado.
6. FORMALES
• Son aquellos en los que se agota el
tipo penal y donde no es necesario
para su integración la producción de
un resultado externo.
MATERIALES
• Son aquellos en los cuales para su
integración se requiere la
producción de un resultado objetivo
o material
7.
8. Instantáneos: La acción se perfecciona en un solo
momento .
El delito instantáneo puede realizarse mediante una
acción compuesta de varios actos o movimientos .
INSTANTÁNEO CON EFECTOS PERMANENTES: La
conducta destruye o disminuye el bien jurídico tutelado en
forma instantánea en un solo momento, pero permanecen
las consecuencias nocivas del mismo.
El momento consumativo expresado en la ley da la nota
al delito instantáneo
Disminuye instantáneamente como resultado de la
actividad humana
Se dividen en:
CONTINUADO: Aquí se dan varias
5
acciones y una sola lesión jurídica.
Es continuado en la conciencia y discontinuo en la ejecución.
Unidad de resolución
Pluralidad de Acciones
Unidad de Lesión jurídica
Las varias y diversas no son mas que varias y diversas partes de una consumación
sola
Permanente: Es cuando la acción delictiva permite por sus
características, que se la pueda prolongar voluntariamente en el
tiempo de modo que sea idénticamente violatoria del derecho de
cada uno de los momentos.
Permanece no el mero efecto del delito , sino el estado mismo de la
consumación, puede concebirse la acción como prolongada en el
tiempo.
9. Con base en la culpabilidad los delitos se clasifican en:
• Dolosos
• Culposos.
DOLOSO: cuando se dirige la voluntad consciente a la realización del hecho típico y antijurídico
CULPOSO: No se quiere el resultado penalmente tipificado pero surge por el obrar sin las
cautelas y precauciones exigidas por el Estado para asegurar la vida en común
•.
La ley Penal señala que pueden ser: Intencionales y No Intencionales o Imprudenciales
10. Constan de varios
actos, donde cada
uno de los actos
integrantes de una
sola figura no
constituye a su vez
un delito autónomo.
Es el resultado de la
unificación de varios
actos naturalmente
separados bajo una
sola figura .
Es la fusión de actos
y el complejo es la
fusión de figuras
delictivas.
Por su persecución
Se forman por un
solo acto
PLURISUBSISTENTES
En los cuales la
figura jurídica
consta de la
unificación de
dos infracciones
cuya fusión da
nacimiento a una
figura delictiva
nueva, superior
en gravedad a las
que la componen
tomadas
aisladamente
UNISUBSISTENTES
En los cuales la
lesión jurídica es
única como en el
homicidio, la
acción determina
una lesión
jurídica
inescindible
COMPLEJOS
SIMPLES
Clasificación por su estructura o
composición
Existen delitos que
solo pueden
perseguirse si así lo
manifiesta el
ofendido o sus
legítimos
representantes y son
los llamados
privados o de
querella necesaria.
Los perseguibles de
oficio son aquellos
en que la autoridad
está obligada a
actuar por mandato
legal persiguiendo y
castigando a los
responsables con
independencia de la
voluntad del
ofendido
11. CLASIFICACIÓN
UNISUBJETIVOS Y
PLURISUBJETIVOS
En la primera se requiere de
un solo sujeto que
intervenga para ejecutar el
hecho descrito en el
tipo, ejm. El homicidio
Se requiere necesariamente
de acuerdo a la descripción
típica la concurrencia de dos
o mas conductas para
integrar el tipo que
corresponda ejm.
Asociación delictuosa.
LEGAL
La realizada por el legislador
en los Códigos Penales
vigentes en el país.
12. COMUNES: Constituyen la regla
general y son aquellos que se
formulan en las leyes dictadas por
las legislaturas locales
FEDERALES: Son aquellos que se
establecen en las leyes expedidas
por el Congreso de la Unión
DELITOS
OFICIALES: Los Que comete un
empleado o funcionario público en
el ejercicio de sus funciones(abuso
de ellas)incluyendo altos
funcionarios de la FEDERACIÓN.
MILITARES: afecta a la disciplina del
ejercito La constitución Mexicana
prohíbe a los tribunales militares
extender su jurisdicción sobre
personas ajenas al Instituto armado
POLÍTICOS: no han sido
definidos
satisfactoriamente , pero
se incluyen todos los
hechos que lesionan la
organización del estado
en si misma o en sus
órganos o representantes