El documento presenta un resumen de la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física recientemente aprobada en Venezuela. La ley reconoce el derecho de todas las personas a practicar deportes y actividades físicas, y establece que el Estado debe promover y garantizar estos derechos. También declara que las actividades relacionadas con el deporte, como su organización y administración, son de interés público. Finalmente, la ley reconoce una serie de derechos para trabajadores, deportistas y atletas en rel
1. Caracas, noviembre 2011
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LEY ORGÁNICA DE DEPORTE, CEDICE LIBERTAD
ACTIVIDAD FÍSICA Y
Av. Andrés Eloy Blanco
EDUCACIÓN FÍSICA
(Este 2) Edif. Cámara
de Comercio de Cara-
INTRODUCCIÓN privado, de conformidad con la ley. la práctica de deportes y la recreación cas. Nivel Auditorio, Los
En Venezuela, luego de un polémico La ley establecerá incentivos y estímulos como derechos de igual rango que la vida, Caobos. C a r a c as ,
debate, finalmente la Asamblea a las personas, instituciones y la integridad, la libertad y la propiedad, lo Venezuela. 1050-A.
Nacional aprobó el instrumento comunidades que promuevan a los y las cierto es que la Constitución de 1999 así Telf: +58(212) 5713357
jurídico conocido como Ley Orgánica atletas y desarrollen o financien planes, lo estableció, y por ese motivo respecto Fax: +58(212) 5760512
de Deporte, Actividad Física y programas y actividades deportivas en el de ellos es predicable lo afirmado en
Educación Física. La misma fue país. análisis previos: los derechos
publicada en Gaceta Oficial Nº mencionados son interdependientes, la
Artículo 112. Todas las personas vigencia de unos depende del respeto y la
39.741, correspondiente al martes 24
pueden dedicarse libremente a la garantía por parte del Estado de los otros,
de agosto de 2011. Esta nueva ley Encuéntranos en el
actividad económica de su preferencia, y por ello la violación o desconocimiento
consta de 107 artículos, distribuidos Grupo de Facebook:
sin más limitaciones que las previstas en radical de cualquiera de ellos, en especial
en dos capítulos. cedice
esta Constitución y las que establezcan de los que son condición (civiles y
las leyes, por razones de desarrollo políticos) para el disfrute de los otros
La Constitución de 1999 reconoce en
humano, seguridad, sanidad, protección implica de forma inevitable la vulneración
sus artículos 111, 112 y 115 al
del ambiente u otras de interés social. El de esos otros derechos (sociales y
deporte, la recreación, la libertad
Estado promoverá la iniciativa privada, culturales). Síguenos en Twitter:
económica y la propiedad privada
garantizando la creación y justa @cedice
como derechos fundamentales en los
distribución de la riqueza, así como la Para la Constitución, el disfrute
términos siguientes:
producción de bienes y servicios que simultáneo de estos derechos es un
Artículo 111. Todas las personas satisfagan las necesidades de la requisito esencial para el libre desarrollo
tienen derecho al deporte y a la población, la libertad de trabajo, de la personalidad que se reconoce en su
Contáctanos por el
recreación como actividades que empresa, comercio, industria, sin artículo 20, desarrollo éste que constituye correo electrónico:
benefician la calidad de vida perjuicio de su facultad para dictar uno de los fines del Estado conforme al cedice@cedice.org.ve
individual y colectiva. El Estado medidas para planificar, racionalizar y principio de preeminencia de los derechos
asumirá el deporte y la recreación regular la economía e impulsar el humanos, establecido en el artículo 3 del
como política de educación y salud desarrollo integral del país. mismo texto constitucional.
pública y garantizará los recursos
Artículo 115. Se garantiza el derecho de Visita nuestra web:
para su promoción. La educación De este modo, así como todas las
propiedad. Toda persona tiene derecho al www.cedice.org.ve
física y el deporte cumplen un papel personas tienen derecho al deporte y a la
uso, goce, disfrute y disposición de sus
fundamental en la formación integral recreación como actividades que
bienes. La propiedad estará sometida a
de la niñez y adolescencia. Su benefician la calidad de vida individual y
las contribuciones, restricciones y
enseñanza es obligatoria en todos los colectiva, y a partir de ese reconocimiento
obligaciones que establezca la ley con
niveles de la educación pública y se derivan una serie de obligaciones tanto
fines de utilidad pública o de interés
privada hasta el ciclo diversificado, para el Estado como para los particulares,
general. Sólo por causa de utilidad
con las excepciones que establezca en especial para aquellos que prestan
pública o interés social, mediante
la ley. El Estado garantizará la servicios educativos, igualmente toda
sentencia firme y pago oportuno de justa
atención integral de los y las persona tiene derecho a gozar de la
indemnización, podrá ser declarada la
deportistas sin discriminación alguna, protección jurídica de los bienes que son
expropiación de cualquier clase de
así como el apoyo al deporte de alta resultado de su esfuerzo individual,
bienes.
competencia y la evaluación y familiar o colectivo, a usar, gozar y
regulación de las entidades Dejando ahora de lado la discusión sobre disponer de esos bienes con total
Elaborado por el Doctor Luis
deportivas del sector público y del la pertinencia y razonabilidad de declarar libertad sin más limitaciones que las Alfonso Herrera, abogado
especialista en Derecho
Administrativo e investigador
del OEL de CEDICE Libertad.
Si desea más información sobre el Monitoreo Legislativo, escriba a: aliciasepulvedacedice@gmail.com
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necesarias para evitar abusos y violaciones de otros derechos, lo Establece la LOD que sus disposiciones son de orden público
mismo que todas tienen la libertad de dedicarse a la actividad (prevalecen sobre cualquier contrato o norma) y serán aplicables a
económica preferida sin ser objeto de limitaciones arbitrarias, siendo la Administración nacional, estadal y municipal, a las organizaciones
que de tal reconocimiento, también, derivan importantes y concretas del Poder Popular, así como a todas las personas naturales o
obligaciones tanto para el Estado como para los particulares, de no jurídicas de derecho público o privado que se dediquen a realizar
violar la propiedad y de no impedir o perturbar el ejercicio de la libre cualquier actividad relacionada con la práctica, promoción,
iniciativa económica. organización, fomento, administración o alguna actividad económica
vinculada con el deporte, la actividad física o la educación física.
Las anteriores son, en general, manifestaciones de la libertad
humana que deben ser promovidas, respetadas y garantizadas por Reconoce el texto legal el derecho de todas las personas a la
un Estado comprometido con la protección de los derechos humanos educación física, a la práctica de actividades físicas y a
reconocidos internacionalmente, sin que le esté permitido en ningún desarrollarse en el deporte de su preferencia, sin más limitaciones
caso invocar la supuesta garantía de unos derechos para justificar el que las derivadas de sus aptitudes deportivas y capacidades físicas,
desconocimiento o atropello de otros. sin menoscabo del debido resguardo de la moral y el orden público.
Pero en Venezuela, desde hace ya más de un lustro, las leyes, Como consecuencia de lo anterior, dispone la LOD que este
decretos ley y sentencias de los tribunales, lo mismo que los actos de derecho no es un fin en si mismo, sino un instrumento para alcanzar
la Administración, no parten de la anterior premisa, sino de la otros fines o prevenir ciertas conductas consideradas socialmente
supuesta jerarquía de unos derechos sobre otros que, cada día, lo perjudiciales.
son menos. En concreto, se afirma desde los Poderes Públicos que
En efecto, el Estado protegerá y garantizará este derecho como
los derechos sociales son los verdaderos derechos a garantizar, y
medio para la cohesión de la identidad nacional, la lealtad a la patria
que los derechos civiles y económicos son mera invención de
y sus símbolos, el enaltecimiento cultural y social de los ciudadanos
ideologías superadas, que sólo tenían vigencia durante el „superado‟
y ciudadanas, para posibilitar el desarrollo pleno de la personalidad;
Estado de Derecho, pero ya no en el Estado social o “Global”, como
lo considerará una herramienta para promover, mejorar y resguardar
también lo llama la Sala Constitucional (ver el tema en la sentencia:
la salud de la población y la ética, y favorecer su pleno desarrollo
http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/julio/1049 -23709-2009-04-
físico y mental; y en definitivo como instrumento de combate contra
2233.html)
el sedentarismo, la deserción escolar, el ausentismo laboral, los
Fue en este último contexto que la Asamblea Nacional, aprobó la accidentes laborales, el consumismo, el alcoholismo, el tabaquismo,
propuesta del partido oficialista PSUV de Ley Orgánica de Deporte, el consumo ilícito de las drogas, la violencia social y la delincuencia.
Actividad Física y Educación Física (en lo que sigue, LOD), y que,
como se verá a continuación, contempla, más allá de múltiples 2.2 Declaratoria de interés general, servicio público y utilidad
promesas sobre la participación y la seguridad social de los pública de la práctica de deportes, actividades físicas y la
deportistas y atletas, un conjunto de normas que podrían dar lugar a educación física:
acciones contrarias a los derechos de propiedad y libertad de
Dispone la LOD que todas las actividades vinculadas con la práctica
empresa con la excusa de que ello es necesario para garantizar la
y difusión de deportes, actividades físicas y la educación física, así
práctica del deporte, la actividad física y la educación física.
como todas las actividades deportivas que impliquen una prestación
II. PRINCIPALES CONTENIDOS DE LA LOD a favor de los atletas, deportistas profesionales, deportistas o
2.1 Objeto, principios y ámbito de aplicación: practicantes se declaran de interés general; en consecuencia se
entienden dotadas de obligaciones de servicio público, por lo que
Según su articulado, la LOD tiene por objeto establecer las bases
sus prestatarios responderán civil, penal y administrativamente ante
para la educación física, regular la promoción, organización y
la desviación de sus cometidos públicos y sociales.
administración del deporte y la actividad física como servicios
públicos, por constituir (la educación física, el deporte y la actividad Luego de declarar que el deporte, la actividad física y la educación
física) derechos fundamentales de los ciudadanos y un deber social física son derechos fundamentales de todos los ciudadanos, la LOD
del Estado, así como su gestión (estatal y privada) como actividad declara que las actividades de promoción, organización, desarrollo y
económica con fines sociales. administración del deporte, la actividad física y la educación física
son de servicio público, de modo que pueden ser desarrolladas por
Según la LOD, los órganos y entes de la Administración nacional,
el Estado directamente o por particulares debidamente autorizados.
estadal y municipal con competencia en materia de deporte, actividad
física y educación física deben facilitar la participación popular en la Adicional a lo anterior, la LOD declara de utilidad pública e interés
gestión pública, impulsar la transferencia de competencias a las social el fomento, la promoción, el desarrollo y la práctica del
organizaciones del Poder Popular y estimular la contraloría social de deporte, así como la construcción, dotación, mantenimiento y
éstas. protección de la infraestructura deportiva a nivel nacional.
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Tal declaratoria habilita al Ejecutivo Nacional para decretar la Respecto del patrocinio comercial que tenga como destinatario
expropiación de cualquier bien que considere necesario en un algún atleta, establece la LOD que esa relación se regirá por lo
momento o caso determinado para lograr el fomento, la promoción, previsto en el Reglamento de la presente Ley, por lo cual no se
el desarrollo y la práctica del deporte. tratará ya de una relación jurídica privada.
2.3 Derechos reconocidos a trabajadores, deportistas y atletas La LOD optó por no regular a fondo las actividades económicas
por la LOD: previstas en el numeral 4 de su artículo 61 (la intermediación de
contratos profesionales, de auspicio, patrocinio o representación de
Reconoce la LOD como derechos que aseguran a todas las
deportistas, profesionales o no, y atletas) relativas al deporte
personas la práctica del deporte, la actividad física y la educación
profesional, y señaló que se regirán por lo que disponga la
física, entre otros, la disponibilidad de espacios e instalaciones
legislación sobre deporte profesional, la cual, según la Disposición
provistas por patronos para la práctica de deportes, actividades
Novena de la LOD, se deberá dictar en un lapso que no excederá
físicas y la educación física durante la jornada laboral, en los
de 2 años contados a partir de su publicación en GO, la cual tendrá
términos que fije el Reglamento de la LOD, así como el goce y
que atender “a las mejores practicas en este sector, en observancia
disfrute de las instalaciones y establecimientos deportivos públicos o
de las necesidades y factores inherentes a cada disciplina deportiva,
privados abiertos al público, en óptimas condiciones, con sujeción a
con sujeción a los principios expresados en esta Ley”.
sus normas de uso.
Otra imposición de la LOD es la impuesta a los medios de
En el mismo sentido, reconoce como derecho de los atletas, entre
comunicación social de carácter masivo, que están obligados a
otros, el acceso al Sistema de Seguridad Social para su atención en
transmitir mensajes de servicio público deportivo relativos a la
materias de vivienda, salud, pensiones, seguros contra accidentes,
práctica del deporte, la actividad física y la educación física en la
entre otros.
población, para exaltar sus beneficios físicos, psicológicos y
Todos los derechos antes mencionados deben ser garantizados sociales en pro de alertar sobre los peligros del consumo de alcohol,
conforme al Plan Nacional del Deporte, la Actividad Física y la tabaquismo, drogas, hábitos alimenticios inadecuados,
Educación Física, el cual deberá atender la satisfacción de los sedentarismo y sus perniciosos efectos en la salud, así como
siguientes objetivos: 1) promover y consolidar masivamente las cualquier práctica nociva para el ser humano.
organizaciones sociales promotoras del deporte del Poder Popular,
Además del carácter gratuito, se tendrá que ver cómo entiende el
mediante el apoyo técnico, organizativo y financiero a las
Ejecutivo Nacional esta obligación, por ejemplo, si ello sólo debe ser
comunidades organizadas y la transferencia progresiva de la
cumplida cuando se transmitan mensajes de actividades deportivas
administración directa del servicio público deportivo; 2) asegurar que
estatales, o también de particulares. Advierte la LOD que en el
los patronos o patronas financien los recursos y faciliten la práctica
Reglamento de la LOD se fijarán las condiciones de transmisión de
de la actividad física y el deporte en todos los centros de trabajo del
estos mensajes deportivos.
país, en cumplimiento de las obligaciones contenidas en esta Ley; y
3) asegurar las condiciones que garanticen la participación de las Es de particular importancia la creación del Fondo Nacional para el
organizaciones del Poder Popular en la planificación, formulación, Desarrollo del Deporte, la Actividad Física y la Educación Física
promoción, ejecución y control social de la política deportiva. constituido por los aportes realizados por empresas u otras
organizaciones públicas y privadas que realicen actividades
2.4 Obligaciones de los particulares y régimen económico de la
económicas en el país con fines de lucro; por las donaciones y
LOD:
cualquier otro aporte extraordinario que haga la República, los
Contempla la LOD la potestad del Estado de fijar políticas para la estados, los municipios o cualquier entidad pública o privada y por
promoción y desarrollo de la actividad de producción de bienes y los rendimientos que dichos fondos generen.
servicios asociados a la actividad física y el deporte, siendo la
El Fondo se utilizará para financiar planes, proyectos y programas
expresión fundamental de la misma el Plan Nacional del Deporte, la
de desarrollo y fomento de la actividad física y el deporte, así como
Actividad Física y la Educación Física.
para el patrocinio del deporte, la atención integral y seguridad social
No priva la LOD a los particulares de iniciativas en este sentido, de los y las atletas.
pues señala que las entidades públicas y privadas podrán brindar
Establece la LOD que el aporte de las empresas y otras
patrocinio comercial a las organizaciones sociales promotoras del
organizaciones será el uno por ciento (1%) sobre la utilidad neta o
deporte domiciliadas en el territorio nacional y que se encuentren
ganancia contable anual, cuando ésta supere las veinte mil
debidamente inscritas en el Registro Nacional del Deporte, la
Unidades Tributarias (20.000 U.T); y se realizará de acuerdo con los
Actividad Física y la Educación Física, pero deben informar sus
parámetros que defina el Reglamento de la Ley o en normas
convenios al Instituto Nacional de Deportes en un plazo que no
emanadas del Ministerio del Poder Popular con
excederá de quince días hábiles posteriores a la celebración de los
competencia en materia de deporte, actividad física y educación
contratos respectivos.
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física, luego de lo cual advierte que “este aporte no constituirá un movimiento deportivo asociativo y la Comisión de Justicia Deportiva”.
desgravamen al Impuesto Sobre la Renta”. Bien, según la misma LOD, el Ministro con competencia en materia de
Indica la LOD que de ese aporte se podrá destinar hasta el cincuenta deporte, actividad física y educación física podrá ordenar la intervención de
por ciento (50%) la ejecución de proyectos propios del contribuyente, las organizaciones sociales promotoras del deporte cuando sus
propendiendo al desarrollo de actividades físicas y buenas prácticas, administradores dispongan los recursos aportados por el Estado sin
y para el patrocinio del deporte, con lo que podría pensarse que en la atención a las prescripciones legales en materia presupuestaria y fiscal u
LOD se dejó a los contribuyentes alguna autonomía y libertad de omitan rendir cuentas en los plazos y formas previstas en la presente Ley y
elección. en el ordenamiento jurídico de control fiscal. Según esta previsión de la
LOD el Ejecutivo Nacional sólo puede intervenir las organizaciones
Sin embargo esa apreciación es errónea, o al menos inexacta, pues
sociales promotores del deporte que manejen recursos estatales y que
añade la LOD que esa utilización se podrá hacer pero siempre con
incumplan con las obligaciones antes indicadas, no puede intervenir
sujeción a los lineamientos que al respecto emita el Instituto Nacional
entonces organizaciones de esta clase que sólo operen con fondos
de Deportes “los cuales deberán ser actualizados cada dos años y
privados, como las Ligas o Clubes.
deberán promover sistemáticamente la inversión en actividades
físicas y deportes en todas las disciplinas, así como en deportes Conforme la LOD son faltas sancionables con multas entre 1.000 U.T. y
ancestrales para la masificación deportiva a nivel nacional”. 3.500 U.T.: 1) No exhibir en lugar visible del establecimiento las
autorizaciones que exige la Ley; 2) El funcionamiento de los
La obligación de efectuar este aporte adquirió vigencia desde el
establecimientos deportivos sin la debida autorización; y 3) La omisión del
momento de la publicación de la LOD en la GO, que en su
deber del patrono de facilitar condiciones para la práctica de actividad
Disposición Octava define cómo se procederá al pago del mismo.
física por parte de los trabajadores durante la jornada laboral.
2.5 Potestades administrativas y sancionadoras en la LOD:
El incumplimiento de la obligación de aportar al Fondo Nacional para el
Según la LOD, las personas naturales o jurídicas indicadas en los Desarrollo del Deporte la Actividad Física y la Educación Física se
numerales 1 y 4 del artículo 61, deben cumplir con los requisitos que sanciona según la LOD con multa equivalente al doble de la contribución
indique el Reglamento de esta Ley, a objeto de contar con la especial correspondiente, según el ejercicio fiscal respectivo; y en caso de
autorización del Instituto Nacional de Deportes a fin de llevar a cabo reincidencia, la multa será tres veces la contribución especial del ejercicio
sus actividades económicas, en los términos de la presente Ley, su fiscal que corresponda.
reglamento y demás actos normativos que se dicten al efecto. Así,
III. ANÁLISIS COSTO BENEFICIO DE LA LOD:
quien no cuente con esa autorización y se dedique a estas
actividades, lo hará ilegalmente. Declaratoria de interés general, servicio público y utilidad pública de la
práctica de deportes, las actividades físicas y la educación física: el
El Instituto Nacional de Deportes supervisará las condiciones de
beneficio que podría esperarse las declaratorias legales, cada una con una
prestación del servicio público y el ejercicio de la actividad
implicación diferente y muy precisa, es que, en primer lugar, aumente el
económica de gimnasios, academias, escuelas y similares, clubes,
control sobre la calidad y la amplitud en el acceso a los servicios
ligas profesionales y de las personas que realicen las actividades
relacionados con el deporte, las actividades físicas y la educación física al
indicadas en el artículo 61 de esta Ley, las cuales deben inscribirse y
sujetar tales servicios a un sistema de registros, autorizaciones y
mantener actualizados sus datos en el Registro Nacional de Deporte,
supervisión del Ejecutivo Nacional estricto; en segundo lugar, haya
la Actividad Física y la Educación Física.
continuidad, regularidad y eficiencia en la gestión y prestación de estos
Las empresas productoras de bienes y servicios asociados a la servicios, pues tales son las características con que deben prestarse los
actividad física y el deporte, deberán inscribirse y mantener llamados servicios públicos según la ley venezolana; y en tercer lugar, que
actualizados sus datos en el Registro Nacional del Deporte, la en caso de incumplimiento, mala gestión o violación de los derechos de las
Actividad Física y la Educación Física, y tienen el deber de personas al deporte, la actividad física o educación física, se proceda con
suministrar la información que les requiera el Instituto Nacional de base en la declaratoria de utilidad pública hecha por la LOD a expropiar
Deportes. bienes considerados necesarios para el fomento, la promoción, el
Establece la LOD una clasificación de organizaciones sociales desarrollo y la práctica del deporte, o la construcción, dotación,
promotoras del deporte; de un lado, las del Poder Popular, y de otro mantenimiento y protección de la infraestructura deportiva a nivel nacional.
a las Asociativas, a las que define como “aquellas que se constituyen El costo de tales declaratorias de la LOD es que los propietarios de todos
para la promoción de una o varias disciplinas deportivas en el ámbito los bienes privados necesarios para la práctica del deporte, la actividad
de las comunidades, los estados y a nivel nacional” y dentro de las física o educación física, o que estén invertidos en actividades necesarias
cuales ubica a “los clubes federados o no, las ligas federadas o no, o relacionadas con el fomento, promoción y desarrollo de dichas
las asociaciones deportivas estadales delegadas, federadas o no, las actividades, o la construcción, dotación, mantenimiento y protección de la
federaciones deportivas nacionales delegadas, los comités olímpico infraestructura deportiva a nivel nacional, en primer lugar, han perdido toda
y paralímpico de Venezuela, las comisiones nacionales del autonomía para usar, gozar y disponer de los mismos conforme a sus
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acuerdos contractuales, al quedar sometidos a un régimen de Derecho impongan, un costo que antes no tenían, no existía la obligación de
Público que sólo debiera aplicarse a actividades reservadas al Estado tener autorizaciones y registros antes de la LOD);
y prestadas por la Administración, y en segundo lugar, están c. Los recursos que se entreguen vía aporte al Fondo Nacional
expuestos a ser objeto de una medida de expropiación, con base en creado por la LOD irán a las actividades que el Estado, sin
esta LOD y en la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a motivación y justificación alguna, y sin que los que antes podían
Bienes y Servicios o Ley del INDEPABIS, si son señalados como beneficiarse del aporte privado en forma directa puedan presentar
infractores de la misma en contra de los derechos que ella protege, lo reclamos en tal sentido; además, los recursos destinados a la
cual es un desincentivo a la inversión, que debilitará el apoyo a estas seguridad social serán administrados en forma unilateral, como lo
actividades, y un atentado contra los derechos de propiedad y libre hace hoy día el Instituto Nacional de los Seguros Sociales (INSS),
iniciativa. de modo que no habrá mayor garantía de seguridad social si los
El reconocimiento de los derechos sociales de deportistas, atletas y fondos privados decaen y si son mal administrados, y si los fondos
demás personas relacionadas con la práctica del deporte, las públicos se atrasan o no llegan debido a la burocracia y a la
actividades físicas y la educación física y su régimen de corrupción.
financiamiento: el beneficio de garantizar derechos sociales a las Lo razonable habría sido conciliar la organización administrativa dedicada
personas que se dedican profesional o laboralmente a la práctica del a la seguridad social y promoción del deporte y demás actividades físicas
deporte, de actividades físicas o de la educación física, lo mismo que a (que debió ser mixta, incluso privada, pero no exclusivamente estatal como
los trabajadores y estudiantes, es más que evidente: si se cumplen los lo es el IND) con el financiamiento directo, sin intervención discrecional del
objetivos de la LOD, estas personas tendrán acceso a servicios de Estado, por el sector privado de las actividades deportivas, de modo que
salud, a protección frente a la vejez y a un merecido reconocimiento los fondos se invirtieran en el fomento de las actividades y no en el pago
por los servicios que prestó a la sociedad; de igual modo, podrán de trámites burocráticos y nóminas. En cuanto a la seguridad social de los
disfrutar del derecho a la práctica del deporte como recreación en sus deportistas y atletas, eso debió ser financiado con aportes de los mismos
lugares de trabajo y de estudio, según lo previsto en la Constitución. beneficiarios más un % que se pudiera extraer de los impuestos ordinarios
Tales fines son deseables en toda sociedad, en especial cuando se como el Impuesto sobre la Renta y/o de algunas de las rentas
trata de recompensar o no discriminar, según se lo vea, a quienes extraordinarias que percibe el Ejecutivo Nacional. Pero no con un aporte
desarrollan o han desarrollado actividades de beneficio social o que nuevo sobre el sector privado, que ya debe dar aportes en áreas como
contribuyen como trabajadores o estudiantes al progreso de la Nación. ciencia y tecnología, poder popular, vivienda, drogas, alcohol, etc., más lo
La discusión y dificultad sobre este asunto no reside en si deben o no que paga por impuestos.
buscarse esos fines, sino en cómo financiarlos, es decir, de dónde
En cuanto a las limitaciones y potestades administrativas atribuidas al
obtener y cómo gestionar los recursos necesarios para hacer una
Ejecutivo Nacional por la LOD: la LOD continúa con la tradición de otras
realidad esos derechos. La LOD resolvió este asunto en forma más
leyes, y sobre todo Decretos-Leyes, dictados en Venezuela durante los
que radical: buena parte de los recursos provendrá del sector privado,
no del Estado, y no a través de tributos sino del aporte especial. últimos años, de centralizar la toma de decisiones, el Poder, en el
Ejecutivo Nacional, y de dotar a este de poderes, más que discrecionales,
El costo para la sociedad venezolana, en especial para los atletas, ilimitados, para supervisar, controlar, reglamentar, sancionar y hasta
deportistas y demás personas vinculadas con el deporte (como expropiar según su criterio unilateral.
consecuencia de la creación del Fondo Nacional para el Desarrollo del
Deporte, la Actividad Física y la Educación Física, así como de la El beneficio de este proceso de centralización y aumento de poderes no
absoluta discrecionalidad con que el Ejecutivo Nacional manejará limitados por la ley sería que, en teoría, al ser menos los que deben
todos esos fondos) es que tenderán a disminuir los fondos que desde decidir, menos las normativas aplicables y menos los pasos a cumplir para
el sector privado se destinaban a convenios y contratos privados, para producir los resultados, las decisiones para fomentar las actividades
financiar la práctica del deporte y demás actividades físicas porque: reguladas por la LOD, así como para el aseguramiento de los derechos de
los beneficiarios de ese texto legal, deberían tomarse con eficiencia, con
a. Las empresas privadas se limitarán a cumplir con el aporte de
celeridad y sin discriminaciones de ninguna clase, ya que es el Poder
ley visto lo oneroso que resulta (ya pagan varios aportes
Nacional el que registrará, autorizará, investigará, supervisará, sancionará,
similares previstos en leyes de otras áreas) y visto que ello no
expropiará, fomentará y financiará todo lo relativo al deporte y las
implicará menos costos tributarios, pues no da lugar a
actividades físicas, siendo el sector privado poco menos que su auxiliar
desgravamen, entonces es improbable que financien
económico organizativo.
actividades deportivas o físicas luego de hacer su respectivo
aporte;
El costo será que estas potestades administrativas serán fuente de temor
b. Las empresas privadas invertirán parte de los recursos que por la incertidumbre, tratos discriminatorios, desconfianza e inseguridad
aportaban a deportistas y organizaciones deportivas en evitar jurídica que producirán en los destinatarios, en especial a los que imponen
el pago de multas (y éstas son también, cuando se las obligaciones tanto económicas como administrativas, y que no obstante el
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volumen mayor o menor de recursos que maneje el Fondo Nacional la del Gobierno Nacional todo lo relativo a la materia deportiva se considere
seguridad social y los restantes derechos sociales de los en sí mismo como un beneficio, por lo que quita de autonomía y libertad a
deportistas y atletas no estarán asegurados, menos aún al estar en los particulares que allí operan. Así entendido, ese sería el beneficio, la
vigencia las Leyes del Poder Popular (la LOD no habla de socialismo, centralización en el Estado de la decisión de quién interviene y quién no,
pero sí de comunas, que son una instancia del Poder Popular) que de quién tendrán recursos o quienes no.
condicionan el uso y destinación de los fondos públicos al Igualmente, la creación de multas de entre 1.000 U.T. y 3.500 U.T. por no
financiamiento del proyecto socialista y de las organizaciones que exhibir en lugar visible del establecimiento las autorizaciones que exige la
ayudan en su construcción. LOD, por no contar con la autorización de funcionamiento de los
establecimientos deportivos y por la omisión del patrono de facilitar
Está demostrado en las sociedades que apostaron por el centralismo y
condiciones para la práctica de actividad física por parte de los
la atribución de poderes ilimitados a los Gobiernos (nuestro país lo ha
trabajadores durante la jornada laboral, así como la imposición de multas
vivido antes) en lugar de defender el Estado de Derecho, que el destino
que por incumplir con la obligación de aportar al Fondo Nacional para el
de una legislación como la LOD, que trata a unos derechos como
Desarrollo del Deporte la Actividad Física y la Educación Física
concesiones (los sociales) y a otros los desconoce como tales (la
equivalentes al doble de la contribución especial correspondiente, según el
propiedad y la libre empresa, así como los laborales que siguen la
ejercicio fiscal respectivo; y en caso de reincidencia, de tres veces la
suerte de los otros 2 cuando son violados), es ser fuente de frustración
contribución especial del ejercicio fiscal que corresponda, podría tener
social, de expoliaciones y de corrupción, pues no se funda en la
como beneficio el crear un fuerte incentivo para no incumplir con la LOD, y
transparencia, en el respeto por la creación de riqueza, tampoco en la
así asegurar el cumplimiento de los fines sociales y económicos de ésta en
participación, responsabilidad y capacidades de los beneficiarios, ni en
la generalidad de los casos.
la responsabilidad social, las ideas y las propuestas de quienes pueden
El costo, por el contrario, sí es muy claro: en primer lugar, los particulares
ayudar a financiar a deportistas y atletas, sino en la colectivización de
sujetos a la LOD, en lugar de invertir los fondos previstos para este fin
los medios de producción y en la ideologización de la actividad
(financiar y promover el deporte y las actividades físicas) , sólo deberán
deportiva y física en general.
usar parte de los mismos para cumplir con los deberes administrativos
-De las limitaciones administrativas y sanciones previstas por el (inscripción y autorización) que ese texto legal les impone, invertir en
incumplimiento de la LOD: el beneficio de crear limitaciones
asesoría legal y contable para cumplir con las obligaciones económicas y
administrativas como la inscripción en el Registro Nacional del Deporte, administrativas y evitar sanciones y, en casos, por el temor de ser objeto
la Actividad Física y la Educación Física (deben hacerlo las de alguna de estas sanciones, optará por no apoyar más estas
organizaciones sociales promotoras del deporte, los establecimientos actividades, en especial si su utilidad neta o ganancia contable anual no es
deportivos públicos y privados de uso público, las entidades del deporte mayor a las 20.000 U.T; en segundo lugar, por la discrecionalidad en la
profesional, las entidades de los atletas, los deportistas profesionales, determinación de a quiénes en definitiva se aplicará la LOD, pueden darse
los entrenadores, de los árbitros, de los instructores y demás personas
situaciones de abusos en su aplicación, que impliquen para las víctimas
naturales y jurídicas vinculadas con la práctica deportiva y actividades pagos por corrupción o la imposición de multas arbitrarias, lo que no
de servicio público de promoción, organización, desarrollo y ayudará al fomento y financiamiento del deporte y demás actividades
administración de deportes, actividades físicas y educación física), y la físicas; y en tercer lugar, esas multas son un modo más de afectar el
autorización para funcionar legalmente en cualquier de las áreas y patrimonio productivo de las empresas privadas, que a la muy elevada ya
actividades de quienes están obligados a inscribirse, es difícil de
presión tributaria y de aportes especiales o para fiscales, quedará ahora
apreciar, salvo que el acto de controlar y sujetar a la autoridad central expuesta a la aplicación de multas como las antes mencionadas.
Se puede anticipar, sin tener listo el reglamento que regirá esta ley, que se está ante un
instrumento jurídico que impone mayores controles a la actividad deportiva. Si bien esta ley Si desea citar este documento:
contiene elementos, tales como la necesaria atención para todos los deportistas en materia
ABC Costo-Beneficio de la Ley Orgánica de
de seguridad social, que podrían considerase positivos, no es menos cierto que centraliza
Deporte, Actividad Física y Educación Física
perniciosamente el control de la actividad deportiva, a la vez que impone una onerosa carga
2011 “Documento "Promoción del Diálogo
monetaria a los entes públicos y especialmente a los privados involucrados en la misma.
Democrático a través de un Programa de
Por otra parte, es muy factible que se otorgue trato discrecional a los recursos obtenidos
Análisis Legislativo y Económico"
para la conformación del instaurado Fondo Nacional para el Desarrollo del Deporte, la
CIPE-CEDICE, noviembre 2011
Actividad Física y la Educación Física. Por último, y no menos importante, se le otorga
Pueden ser consultados en www.cedice.org.ve
mayor potestad discrecional al poder ejecutivo para continuar con la política expropiadora,
amparada en la débil excusa de la declaratoria de utilidad pública.