4. CONTENIDO
DEBERES FORMALES
• DEFINICIONES
• DEBERES FORMALES ESTABLECIDOS
EN EL CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO
(COT)
• DEBERES FORMALES EN IMPUESTO
SOBRE LA RENTA.
• DEBERES FORMALES EN IMPUESTO AL
VALOR AGREGADO (IVA)
6. • “ las obligaciones que la Ley o las disposiciones
reglamentarias impongan a contribuyentes,
responsables o terceros
¿ Que son Deberes Formales?
¿ Quienes están obligados?
El sujeto Pasivo
Es sujeto pasivo es el obligadoEs sujeto pasivo es el obligado
al cumplimiento de lasal cumplimiento de las
prestaciones tributariasprestaciones tributarias seasea
en calidad deen calidad de contribuyente ocontribuyente o
responsable.responsable.
7. Las obligaciones que corresponden a los
contribuyentes pueden ser de tipo “material” y de
tipo “formal”, donde las primeras corresponden al
pago del tributo y las segundas a los deberes
formales que éstos deben cumplir por mandato de la
Ley tributaria que crea el impuesto, la contribución o
la tasa.
LAS PRESTACIONES TRIBUTARIAS
8. LA RELACION JURIDCO-TRIBUTARIA
COMPRENDE
PAGO DE TRIBUTOS
(DAR)
OBLIGACIONES DE TIPO FORMAL
(HACER)
Declaraciones de tributos
Emisión de Facturas
Llevar libros contables y auxiliares
Inscribirse en el SENIAT.(RIF)
9. La obligación tributaria formal comprende
prestaciones u obligaciones:
Deberes tributarios que
tienen como objeto
obligaciones de hacer o no
hacer
Basamento establecido en la LEY
10. Sujetos de la obligación tributaria
Sujeto Activo
ACREEDOR del
TRIBUTO. (FISCO
NACIONAL, ESTATAL
y MUNICIPAL)
(SENIAT, S.S.O,
INCE)
Sujeto Pasivo
Generador del HECHO IMPONIBLE
(GRAVABLE).Contribuyente
11. TIPOS DE SUJETOS PASIVOS
• Contribuyente: Realiza el hecho imponible y tiene
obligaciones formales (sujeto pasivo de la relación
jurídico tributario), Art. 22 C.O.T y siguientesArt. 22 C.O.T y siguientes
• Responsables o Terceros: No tienen carácter de
contribuyente sin embargo debe, por disposición
de la ley, cumplir obligaciones atribuidas a
contribuyentes.
El Hecho Imponible no recae sobre él.
Art. 25 C.O.T , Art. 27 C.O.T, Art. 28 C.O.T
12. DEBERES FORMALES
Es el obligado a cumplimento de la obligación tributaria
en calidad de contribuyente o responsable.
Es el obligado a cumplimento de la obligación tributaria
en calidad de contribuyente o responsable.
SUJETOSUJETO
PASIVOPASIVO
DEUDOR DEL
TRIBUTO
CONTRIBUYENTECONTRIBUYENTE
RESPONSABLERESPONSABLE
Persona Natural
Persona Jurídica
Unidad Económica
Su obligación:
•Pago del Tributo
•Cumplimiento de los
Deberes Formales
Deben cumplir con las
obligaciones
Atribuidas
A los contribuyentes
Ejemplos:
Agente de Retención.
Agente de Percepción
13. CONTRIBUYENTES EN ISLR - IVA
• Impuesto sobre la Renta • Impuesto al Valor
Agregado
Personas naturales y sus asimilados.
Compañías anónimas y sus asimilados.
Sociedades en nombre colectivo,
comunidades y otras sociedades de
personas, irregulares o de hecho.
Titulares de renta de hidrocarburo y
Conexos.
Asociaciones, fundaciones,
corporaciones y similares.
Establecimiento Permanente o
Base Fija.
Art.7 Ley I.S.L.R Art.6, 7, 8 Ley I.V.A
Ordinarios
Ocasionales
Formales.
14. DEBERES FORMALES CONTENIDOS EN EL CODIGO ORGANICO
TRIBUTARIO (C.O.T)
1.- Cuando lo requiera las leyes y reglamentos.1.- Cuando lo requiera las leyes y reglamentos.
Llevar en forma debida y oportuna los libros y registros yLlevar en forma debida y oportuna los libros y registros y
mantenerlos en el establecimiento.mantenerlos en el establecimiento.
Inscribirse en los registros pertinentes.Inscribirse en los registros pertinentes.
Colocar el número de inscripción en los documentos.Colocar el número de inscripción en los documentos.
Solicitar permisos y habilitaciones.Solicitar permisos y habilitaciones.
Presentar dentro del Plazo las declaraciones.Presentar dentro del Plazo las declaraciones.
Art.145 C.O.T
15. 2.- Emitir la documentación exigida .2.- Emitir la documentación exigida .
3.- Exhibir y conservar los libros de3.- Exhibir y conservar los libros de
comercio y demás documentación.comercio y demás documentación.
4.- Contribuir con los funcionarios en sus labores de inspección y fiscalización.4.- Contribuir con los funcionarios en sus labores de inspección y fiscalización.
5.- Exhibir las declaraciones, informes y comprobantes.5.- Exhibir las declaraciones, informes y comprobantes.
6.- Comunicar cualquier cambio de situación que tenga relación con su6.- Comunicar cualquier cambio de situación que tenga relación con su
responsabilidad tributaria.responsabilidad tributaria.
7.- Comparecer ante las oficinas de la Administración Tributaria cuando sea7.- Comparecer ante las oficinas de la Administración Tributaria cuando sea
requerido.requerido.
8.- Dar cumplimiento a las resoluciones, ordenes, providencias, etc.8.- Dar cumplimiento a las resoluciones, ordenes, providencias, etc.
DEBERES FORMALES CONTENIDOS EN EL CODIGO ORGANICO
TRIBUTARIO (C.O.T)
16. DEBERES FORMALES DE LOS CONTRIBUYENTES
En IVA e ISLREn IVA e ISLR
InscripciónInscripción
Registros o librosRegistros o libros
(Contabilidad)(Contabilidad)
Facturación.Facturación.
Declaración.Declaración.
Otros establecidos en elOtros establecidos en el
Art. 145 COT.Art. 145 COT.
17. DEBERES FORMALES EN ISLR
Registro de Información Fiscal (R.I.F. Art. 180 y siguientes Reglamento)Registro de Información Fiscal (R.I.F. Art. 180 y siguientes Reglamento)
y Número de Identificación Tributaria (NIT)y Número de Identificación Tributaria (NIT)
Registro Activos Actualizados (RAR o RAA) Art173 Ley ISLR y 106 Reg.Registro Activos Actualizados (RAR o RAA) Art173 Ley ISLR y 106 Reg.
Otros:Otros:
Contribuyentes Exonerados, según Decreto.Contribuyentes Exonerados, según Decreto.
Registro Inmobiliarios ( Vivienda Principal) Art. 194Registro Inmobiliarios ( Vivienda Principal) Art. 194
Reglamento.Reglamento.
Otros.Otros.
Comunicar y Actualizar los datos ante la Administración Tributaria.Comunicar y Actualizar los datos ante la Administración Tributaria.
(Domicilio, razón social, administración, entre otros)(Domicilio, razón social, administración, entre otros)
Exhibirlo en lugar visible (Art. 190.1 Reglamento)Exhibirlo en lugar visible (Art. 190.1 Reglamento)
INSCRIPCIÓNINSCRIPCIÓN
18. LL
II
BB
RR
OO
SS
YY
RR
EE
G.G.
LL
II
BB
RR
OO
SS
YY
RR
EE
G.G.
Artículo 91 Ley: Libros de ContabilidadArtículo 91 Ley: Libros de Contabilidad
* Los establecidos en el Código de Comercio y* Los establecidos en el Código de Comercio y
leyes especiales.leyes especiales.
* Llevados en forma ordenada y* Llevados en forma ordenada y
* Ajustados a PCAG aceptados en la República* Ajustados a PCAG aceptados en la República
Bolivariana de VenezuelaBolivariana de Venezuela
Artículos 180 y 191 Ley y Artículo 123 Reglamento:Artículos 180 y 191 Ley y Artículo 123 Reglamento:
Registro Especial del Sistema Integral delRegistro Especial del Sistema Integral del
Ajuste por Inflación Fiscal (Ajuste Inicial y Reajuste porAjuste por Inflación Fiscal (Ajuste Inicial y Reajuste por
Inflación)Inflación)
Otros Registros:Otros Registros:
* Artículo 177 Reglamento: Registro de* Artículo 177 Reglamento: Registro de
InventariosInventarios
19. FF
AA
CC
TT
UU
RR
AA
CC
II
OO
NN
FF
AA
CC
TT
UU
RR
AA
CC
II
OO
NN
Artículo 91 Ley:Artículo 91 Ley:
Los comprobantes emitidos por losLos comprobantes emitidos por los
contribuyentes deberán cumplir los requisitos decontribuyentes deberán cumplir los requisitos de
facturación establecidosfacturación establecidos por la Administraciónpor la Administración
Tributaria, incluyendo en el mismo el número de RIF.Tributaria, incluyendo en el mismo el número de RIF.
Artículo 175 del Reglamento:Artículo 175 del Reglamento:
Las facturas y otros documentos queLas facturas y otros documentos que
emitan los contribuyentesemitan los contribuyentes deberán cumplir con lasdeberán cumplir con las
disposiciones vigentes establecidas por ladisposiciones vigentes establecidas por la
Administración Tributaria sobre la Impresión yAdministración Tributaria sobre la Impresión y
Emisión de Facturas en materia de Impuesto al ValorEmisión de Facturas en materia de Impuesto al Valor
Agregado y las demás disposicionesAgregado y las demás disposiciones
20. D
E
C
L
A
R
A
C
I
O
N
D
E
R
E
N
T
A
S
D
E
C
L
A
R
A
C
I
O
N
D
E
R
E
N
T
A
S
Artículos 79, 82 y 98 Ley I.S.L.R
y Artículos 133 y siguientes del Reglamento.
Reglamento:Reglamento:
El artículo 133: Establece las diversasEl artículo 133: Establece las diversas
declaraciones a que esta obligado el contribuyente adeclaraciones a que esta obligado el contribuyente a
presentar, en forma manual o según lo determine lapresentar, en forma manual o según lo determine la
Administración Tributaria (Art. 136), y son:Administración Tributaria (Art. 136), y son:
Declaración Definitiva de RentasDeclaración Definitiva de Rentas (Art. 138 a 155):(Art. 138 a 155):
Debe ser presentada dentro de los tres (3) mesesDebe ser presentada dentro de los tres (3) meses
siguientes a la terminación del ejercicio gravablesiguientes a la terminación del ejercicio gravable
(Art. 146)(Art. 146)
Declaración Estimada de RentasDeclaración Estimada de Rentas::
Según sea el caso (Art. 156).Según sea el caso (Art. 156).
Declaraciones SustitutivasDeclaraciones Sustitutivas::
En los términos establecidos en el Código OrgánicoEn los términos establecidos en el Código Orgánico
Tributario.Tributario.
Declaración InformativaDeclaración Informativa::
En los casos establecidos en la Ley y esteEn los casos establecidos en la Ley y este
Reglamento y enReglamento y en cualquier otra resolución ocualquier otra resolución o
instructivo dictados por la Administracióninstructivo dictados por la Administración
Tributaria.Tributaria.
21. DEBERES FORMALES EN IVA
BASES LEGALES
Impuesto al Valor Agregado (IVA):
Artículos 54 y 57
Reglamento de la Ley IVA
Providencia Administrativa Nº 0071
Providencia No 1.677 de fecha
14/03/2003
22. INSCRIPCIÓNINSCRIPCIÓN
Registro de Información Fiscal (R.I.F) según Ley ISLR.Registro de Información Fiscal (R.I.F) según Ley ISLR.
Otros:Otros:
Inscripción portal Seniat,Inscripción portal Seniat,
Agentes de Retención IVA.Agentes de Retención IVA.
Contribuyentes Exportadores sometidos al sistema de recuperación IVA.Contribuyentes Exportadores sometidos al sistema de recuperación IVA.
Contribuyentes IVA que solicitan reintegro de retención en exceso IVA.Contribuyentes IVA que solicitan reintegro de retención en exceso IVA.
Contribuyentes Exonerados, según Decreto.Contribuyentes Exonerados, según Decreto.
OtrosOtros
Registro de ImprentasRegistro de Imprentas AutorizaciónAutorización
Otros.Otros.
Comunicar y Actualizar los datos ante la Administración Tributaria (Domicilio, razónComunicar y Actualizar los datos ante la Administración Tributaria (Domicilio, razón
social, administración, contribuyente formal, entre otros)social, administración, contribuyente formal, entre otros)
Exhibirlo en lugar visible (Art. 190.1 ReglamentoExhibirlo en lugar visible (Art. 190.1 Reglamento))
DEBERES FORMALES EN IVA
23. Deberán Llevar:Deberán Llevar:
Libros especiales de: Compras y Ventas (Arts. 72 y siguientes del ReglamentoLibros especiales de: Compras y Ventas (Arts. 72 y siguientes del Reglamento
IVA.)IVA.)
Los libros de Compras y Ventas deben permanecer en el establecimiento yLos libros de Compras y Ventas deben permanecer en el establecimiento y
contienen la información mensual.contienen la información mensual.
Emitir y entregar facturas por las operaciones realizadas.Emitir y entregar facturas por las operaciones realizadas.
Cumplir con los requisitos de emisión de facturas y otros documentos equivalentesCumplir con los requisitos de emisión de facturas y otros documentos equivalentes
(Art. 57 Ley y providencia 0071).(Art. 57 Ley y providencia 0071).
Declarar y pagar el impuesto correspondiente durante los primeros 15 díasDeclarar y pagar el impuesto correspondiente durante los primeros 15 días
continuos siguientes al período de imposición (electrónica).continuos siguientes al período de imposición (electrónica).
CONTRIBUYENTE ORDINARIO
DEBERES FORMALES EN IVA
24. CONTRIBUYENTE FORMAL
( PROVIDENCIA 1677, Gaceta Oficial Nº 37( PROVIDENCIA 1677, Gaceta Oficial Nº 37..677677 de fechade fecha 25 Abril25 Abril dede 2003)2003)
1.- Emisión de documentos – facturas.1.- Emisión de documentos – facturas.
2.- Relación de ventas.2.- Relación de ventas.
3.- Relación de compras.3.- Relación de compras.
Presentación de las relaciones de Compras y Ventas cuando laPresentación de las relaciones de Compras y Ventas cuando la
Administración lo requiera.Administración lo requiera.
55.- Conservación de los documentos y relaciones de compra y venta..- Conservación de los documentos y relaciones de compra y venta.
66.- Presentación de la declaración informativa. (electrónica).- Presentación de la declaración informativa. (electrónica)
7.- Otros según COT (Art. 145)7.- Otros según COT (Art. 145)
DEBERES FORMALES EN IVA
25. Presentación de la declaración informativa:Presentación de la declaración informativa:
Forma 30 de IVA en forma electrónicaForma 30 de IVA en forma electrónica
¿ Cuando?¿ Cuando?
Ingresos Brutos < a 1.500 UTIngresos Brutos < a 1.500 UT
15 días continuos siguientes al15 días continuos siguientes al
vencimiento de cada semestrevencimiento de cada semestre del año civildel año civil
Ingresos Brutos > a 1.500 UTIngresos Brutos > a 1.500 UT
15 días continuos siguientes al15 días continuos siguientes al
vencimiento de cada trimestrevencimiento de cada trimestre del año civildel año civil
DEBERES FORMALES EN IVA
CONTRIBUYENTE FORMAL
26. ILICITOS TRIBITARIOS
Código Orgánico Tributario: Legislación tributaria
de máxima jerarquía en lo referente a Tributos , y
relaciones jurídicas derivadas de esos tributos
27. ILICITOS TRIBITARIOS
1.- RELACIONADOS CON EL DEBER DE INSCRIBIRSE ANTE LA1.- RELACIONADOS CON EL DEBER DE INSCRIBIRSE ANTE LA
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (ART. 100 COT)ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (ART. 100 COT)
2.- RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN DE EMITIR Y EXIGIR2.- RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN DE EMITIR Y EXIGIR
FACTURAS ( ART. 101 COT)FACTURAS ( ART. 101 COT)
3.- RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN DE LLEVAR LIBROS Y3.- RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN DE LLEVAR LIBROS Y
REGISTROS ESPECIALES Y CONTABLES (ART. 102 COT)REGISTROS ESPECIALES Y CONTABLES (ART. 102 COT)
4.- RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR4.- RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR
DECLARACIONES Y COMUNICACIONES ( ART. 103 COT)DECLARACIONES Y COMUNICACIONES ( ART. 103 COT)
5.- RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN DE PERMITIR EL5.- RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN DE PERMITIR EL
CONTROL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (ART104 COT)CONTROL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (ART104 COT)
6.- RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN DE INFORMAR Y6.- RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN DE INFORMAR Y
COMPARECER ANTE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (ART.COMPARECER ANTE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (ART.
105 COT)105 COT)
7.- DESACATO A LAS ORDENES DE LA ADMINISTRACIÓN7.- DESACATO A LAS ORDENES DE LA ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA (ART. 106 COT)TRIBUTARIA (ART. 106 COT)
FORMALES
28. ILICITOS TRIBUTARIOS
Ilícitos IVA C.O.T. Sanción
No emitir las
Facturas,
comprobantes u
otros documentos
equivalentes
Arts. 54 y
55 Ley
101 num.
1
1 U.T. p/cada documento
(máx. 200 U.T.)
(Bs.107 a 20.140) En
caso de que el monto
total de las facturas no
emitidas exceda las 200
U.T. se procede a
clausurar de 1 a 5 días
Artículo 101 COT: Constituyen ilícitos formales relacionados
con la obligación de emitir y exigir comprobantes:
29. ILICITOS TRIBUTARIOS
No entregar la
facturas y otros
documentos cuya
entrega sea
obligatoria
Art. 62
Reglamento
101
num.
2
1 U.T. p/cada documento
(máx. 150 U.T. por cada
período)
(Bs.107 UT)
Emitir facturas
con prescindencia
total o parcial de
requisitos
Art. 2
PROV.N°
0071
101
num.
3
1 U.T. p/cada documento
(máx. 150 U.T. por cada
período)
(Bs. 107UT)
30. ILICITOS TRIBUTARIOS
Ilícitos IVA C.O.T. Sanción
Emitir documentos,
mediante sistemas
computarizados,que no
reúnan los requisitos.
Art. 2
PROV. No
0071
101 num.
4.
1 U.T. p/cada
documento (máx. 150
U.T. por cada
período)
Emitir documentos o
facturas con monto no
real a la operación.
Art. 30 Ley 101 num.
6
De 5 UT HASTA 50
UT
31. ILICITOS TRIBUTARIOS
Artículo 102: Constituyen ilícitos formales relacionados con la obligación
de llevar libros y registros especiales y contables:
Ilícitos C.O.T. Sanción
No llevar libros y registros
contables y especiales.
102 num. 1 50 U.T. Incr. 50 U.T. Máx. 250 U.T.
Llevar libros sin cumplir los
requisitos
102 num. 2 25 U.T Incr. 25 U.T. Máx. 100 U.T.
No llevar en castellano o en
moneda nacional los libros de
contabilidad
102 num. 3
25 U.T. Incr. 25 U.T. Máx. 100 U.T.
No conservar durante el
plazo, registros, copias de
comprobantes de pagos, etc.
102 num. 4
25 U.T. Incr. 25 U.T. Máx. 100 U.T.
32. ILICITOS TRIBUTARIOS
Artículo 103: Constituyen ilícitos formales relacionados con la
obligación de presentar declaraciones y comunicaciones:
Ilícitos C.O.T. Sanción
No presentar las
declaraciones que
determinen tributos
103 num. 1 10 U.T. Incr. 10 U.T Máx 50 U.T.
No presentar otras
declaraciones o
comunicaciones
103 num. 2 10 U.T. Incr. 10 U.T Máx 50 U.T.
Presentar las
declaraciones que
determinen tributos de
forma incompleta o fuera
de plazo
103 num. 3 5 U.T. Incr. 5 U.T Máx 25 U.T.
33. ILICITOS TRIBUTARIOS
Artículo 103: Constituyen ilícitos formales relacionados con la
obligación de presentar declaraciones y comunicaciones:
Ilícitos C.O.T. Sanción
Presentar de forma incompleta o
extemporánea otras declaraciones
o comunicaciones
101 num. 4. 5 U.T. Incr. 5 U.T Máx 25 U.T.
Presentar más de una declaración
sustitutiva fuera del plazo previsto
en la Ley
101 num. 5 5 U.T. Incr. 5 U.T Máx 25 U.T.
Presentar declaraciones en los
formularios, medios, formatos o
lugares, no autorizados por la
Administración Tributaria
101 num. 6 5 U.T. Incr. 5 U.T Máx 25 U.T.
34. ILICITOS TRIBUTARIOS
Artículo 104: Constituyen ilícitos formales relacionados con la
obligación de permitir el control de la Adm.Tributaria.
Artículo 105: Constituyen ilícitos formales relacionados con la
obligación de informar y comparecer ante la Adm.Tributaria.
Artículo 106: Constituyen ilícitos el desacato a las ordenes
de la Adm.Tributaria.