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“AÑO DE LA INTEGRACION NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD”
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 029-2012-MPM-A.
Ayaviri, 19 de Enero del 2012.
VISTO:
El Informe Nº 012-2012-MPM/UABAS, y demás actuados relacionados a la aplicación de penalidades referente a la Adjudicación
Directa Pública Nº 006-2008-MPM-A, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Art. 194° de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades gozan de autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su competencia; precepto constitucional con el que concuerda el artículo II del título preliminar de
la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, atraves de la Adjudicación Directa Pública Nº 06-2008-MPM-A (primera convocatoria), se convoco a proceso de selección para la
Adquisición de TUBERIAS PVC Y ACCESORIOS, para la Obra “Mejoramiento y Ampliación de Agua Potable (Captación, Planta de Tratamiento,
Reservorio, Línea de Impulsión, y Red de Agua) en la ciudad de Ayaviri, siendo GANADOR el Postor CONSORCIO MELGAR, Representado por la
Empresa DEL ROSAL REPRESENTACIONES E.I.R.L., otorgándosele la Buena Pro el día 22.12.2008, por un monto de S/. 389,883.00 nuevos soles, en
razón a ello se suscribe el Contrato Nº 008-2008-MPM-A de fecha 28.01.2009, en la cual se establece en la Clausula Quinta: VIGENCIA DEL
CONTRATO la vigencia del presente contrato se extenderá a partir del 28.01.2009 al 29.01.2009;
Que, conforme es de verse de las Guías de Remisión Nros. 001-000188, 001-000189 y 001-000198, mediante los cuales el Contratista
llego a entregar las tuberías pvc y accesorios los días 11.03.2009, 05.04.2009 y 16.03.2009 al Almacén Central de la Entidad, fuera de los plazos
estipulaos en el Contrato suscrito con la entidad, los mismos que son causales de aplicar la penalidad de conformidad a la normatividad sobre la
materia;
Que, mediante Informe Nº 0217-2011-ABAST/MPM, de fecha 25.05.2011, el Jefe de Abastecimientos de la Entidad, establece que del
examen realizado por los documentos generados para la Adjudicación Directa Pública Nº 006-2008-MPM-A (primera convocatoria), cuyo
contrata a sido suscrito el día 28 de enero del 2009, se tiene que los bienes fueron entregados por parte del postor ganador en un plazo que
sobrepasa lo estipulado en el contrato (01 calendario) de acuerdo a la propuesta del Consorcio Melgar, pero los bienes fueron entregados desde
el 02 de febrero hasta el 05 de abril del 2009, sobrepasando largamente los plazos estipulados en el contrato, por lo que opina por la aplicación
de la penalidad del 10% a la totalidad del importe del a ADP Nº 006-2008-MPM-A, por las entregas efectuadas en fechas que están fuera del
plazo de ejecución contractual, aplicándose la fórmula del artículo 222 de dicha norma. postor antes de que se formule la Orden de Compra,
indicándose con ello que el proveedor nunca fue notificado pero si tuvo la predisposición para atender con los materiales;
Que, el Tesorero de la Entidad, atraves del Informe Nº 079-2011-O/TESORERIA-MPM-A, de fecha 15.08.2011, da a conocer al Director
General de Administración, sobre la devolución de retenciones del 10% como Garantía de Fiel Cumplimiento, solicitado por el Proveedor DEL
ROSAL REPRESENTACIONES E.I.R.L.(Ref. Carta S/N, de fecha 16.07.2011), ingresado por Mesa de Partes de la Entidad con Registro Nº 5756;
asimismo solicita se adjunten los Informes de conformidad de las áreas usuarias a efectos de proceder con la devolución respectiva;
Que, el Director General de Administración, mediante Memorándum Nº 0771-2011-MPM-A/ADM, solicita al encargado de Almacén
Central de la Entidad EMITA INFORME DE CONFORMIDAD, sobre los materiales entregados por parte del Proveedor DEL ROSAL
REPRESENTACIONES E.I.R.L..Por lo que en cumplimiento a ello el encargado de Almacén Central de la Entidad emite el Informe Nº 0077-2011/AC-
MPM-A, de fecha 06.10.2011, señalando que vistos los documentos PECOSAS del año 2009, de la Obra “Mejoramiento y Ampliación de Agua
Potable (Captación, Planta de Tratamiento, Reservorio, Línea de Impulsión, y Red de Agua) en la ciudad de Ayaviri , sea entregado en su totalidad
los materiales (Tubos y Accesorios) por parte del Proveedor DEL ROSAL REPRESENTACIONES E.I.R.L., por lo que recomienda se proceda a devolver
la retención efectuada del 10%;
Que, asimismo se tiene el Informe Nº 077-2009/YVLM/OC-MPM-A, emitido por el Residente de la Obra “Mejoramiento y Ampliación
de Agua Potable (Captación, Planta de Tratamiento, Reservorio, Línea de Impulsión, y Red de Agua) en la ciudad de Ayaviri”, dando a conocer que
el proveedor CONSORCIO MELGAR, ha entregado la totalidad de los materiales que se adquirieron en la Licitación Pública Nº 002-2008-MPM-A;
Estando a las consideraciones expuestos y de conformidad con la Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante D.L. Nº 1017 y
su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 184-2008-EF; y en uso de la facultades conferidas por el artículo 6, 20º numeral 6),y 43 de la Ley
Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y con la visacion de los entes ejecutivos;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DEVOLVER la retención del 10% de Garantía de Fiel Cumplimiento, realizado en la Licitación Pública Nº 002-
2008-MPM-A, por la suma de S/.52,922.00 Nuevos Soles, a favor del Proveedor DEL ROSAL REPRESENTACIONES E.I.R.L. conforme a los
considerandos expuestos en la presente.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER el cumplimiento de la presente a Gerencia Municipal, Dirección General de Administración, a fin de
que realicen los trámites administrativos pertinentes dispuestos en el artículo primero de la presente, bajo responsabilidad.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
LHH/A
WCH/SG
C.C.
GEMU,DGA.
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