El documento explica las diferencias entre la centralización, descentralización y desconcentración administrativas. La centralización implica una jerarquía donde todos los órganos dependen del órgano superior central. La descentralización otorga autonomía a los órganos locales pero aún deben responder al órgano central. La desconcentración distribuye funciones del órgano central a niveles regionales pero siguen siendo parte de la estructura central jerárquica.
2. 2
La Administración Pública
“La administración pública está caracterizada por
atributos propiamente estatales. Dicha
administración, por principio, es una cualidad del
Estado y sólo se puede explicar a partir del Estado”
3. La Administración Pública
La Centralización
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Existe el régimen de centralización administrativa cuando los órganos
se agrupan colocándose unos respecto a otros en una situación de
dependencia tal que entre todos ellos existe un vínculo que, partiendo
del órgano situado en el más alto grado de ese orden , los vaya ligando
hasta el órgano de ínfima categoría, a través de diversos grados en los
que existen ciertas facultades.
4. La Administración Pública
La Centralización
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La relación jurídica que liga a los
diversos órganos colocados en la
situación que se acaba de describir,
constituye lo que se denomina relación
de jerarquía.
Mediante dicha relación se explica cómo
se mantiene la unidad del poder
administrativo, a pesar de la diversidad
de los órganos que lo forman.
5. La Administración Pública
El Centralismo
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El Centralismo puede definirse como la tendencia predominante a tomar
decisiones en los niveles centrales de gobierno y del Estado con escasa o
ninguna consulta a los estados y regiones que conforman la división político-
territorial , así como los sectores sociales que la integran y los sentimientos o
acciones de rechazo expresadas por las élites hacia el poder central.
6. La Administración Pública
El Centralismo político en Venezuela
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Aunque la Constitución de 1961 señala en su
artículo 2: “La República de Venezuela es un
Estado Federal en los términos consagrados en
la Constitución”, el régimen político fue
centralista , ya que todo el poder político,
jurídico, financiero, tributario, normativo y
administrativo, era ejercido por las instituciones
políticas nacionales, en detrimento de las
regiones
8. La Administración Pública
La Descentralización
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Consiste en confiar la realización de algunas actividades administrativas a órganos
que guardan con la administración central una relación que no es la de jerarquía.
El único carácter que se puede señalar como fundamental del régimen de
descentralización es el de que los funcionarios y empleados que lo integran gozan
de una autonomía orgánica y no están sujetos a los poderes jerárquicos
11. La Administración Pública
La Descentralización
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Descentralización para el derecho administrativo es una forma jurídica en que
se organiza la administración pública, mediante la creación de entes públicos
por el legislador, dotados de personalidad jurídica y patrimonio propios, y
responsables de una actividad específica de interés público. A través de esta
forma de organización y acción administrativas, que es la descentralización
administrativa, se atienden fundamentalmente servicios públicos específicos.
12. La Administración Pública
La Descentralización
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La Descentralización Gubernamental es aquella
que permite la presencia de órganos
descentralizados que se encargan de ejecutar,
pero dichos órganos deben responder a un
órgano centralizado. Sin embargo, en la
legislación venezolana se conciben órganos que
funcionan de forma descentralizada, estos
órganos tienen una forma determinada en la Ley
para su constitución, dichos órganos son:
13. La Administración Pública
Formas de Descentralización
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Los Institutos Autónomos: Son personas jurídicas
de derecho público de naturaleza fundacional, y se crean
mediante Ley nacional, estadal u ordenanza municipal. En
otras palabras, son órganos independientes, que tienen
un patrimonio propio, pero que deben guiarse por la Ley
que les dio nacimiento. Un ejemplo de un Instituto
Autónomo lo son las Universidades Autónomas, como por
ejemplo La Universidad de los Andes, La Universidad
Central de Venezuela, La Universidad del Zulia, entre otras.
14. La Administración Pública
Formas de Descentralización
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Las Empresas del Estado: Son las sociedades de
tipo mercantil, en las que la República, los Estados o los
Municipios u otro ente descentralizado, tiene una
participación que excede del 50% del capital de la
empresa. Son creadas mediante decreto o resolución
emanada del Presidente de la República, Gobernadores
de Estado o Alcaldes, según corresponda. Un ejemplo
particular de una empresa del Estado es P.D.V.S.A
(Petróleos de Venezuela y sus Empresas Asociadas),
empresa en la cual el Estado tiene la mayor participación.
15. La Administración Pública
Formas de Descentralización
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Las Asociaciones y Sociedades Civiles
del Estado: Son aquellas en las que la República o
su ente descentralizado posea el 50% o más de las
cuotas de participación. Para su creación se necesita
la autorización del Presidente de la República
mediante decreto, o mediante resolución.
16. La Administración Pública
Formas de Descentralización
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Las Fundaciones del Estado: Son los
patrimonios que están destinados a la utilidad
general, científico, artístico, literario, benéfico o
social, y en la que la República, los Estados o
Municipios hayan participado para su constitución, y
en la cual alguno de estos entes haya aportado para
su patrimonio inicial con más del 50%. Un ejemplo
de una fundación del Estado lo representa en Museo
de Arte Contemporáneo de Caracas Sofía Imber.
17. La Administración Pública
Características de la Descentralización Gubernamental
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a. La competencia ya no radica en solamente en un órgano superior.
b. Permite la creación de otros órganos.
c. Cada órgano funciona de forma descentralizada, es decir, tiene sus propias
atribuciones y competencias.
d. Los órganos que integran la descentralización gubernamental son de
diversos tipos.
18. La Administración Pública
La Desconcentración
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La desconcentración está dentro del cuadro de la centralización, que sólo se
distingue por la forma periférica en que desarrolla sus funciones.
Los órganos desconcentrados son parte de la centralización administrativa cuyas
atribuciones o competencia la ejercen en forma regional, fuera del centro
geográfico en que tiene su sede el poder central supremo. Luego pueden
desconcentrarse las administraciones federal, estatal y municipal.
19. La Administración Pública
La Desconcentración
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Para el jurista español, De la Vallina Velarde,
la desconcentración es "aquel principio
jurídico de organización administrativa en
virtud del cual se confiere con carácter
exclusivo una determinada competencia a
uno de los órganos encuadrados dentro de la
jerarquía administrativa, pero sin ocupar la
cúspide de la misma"