2. AF
ADMINISTRACIONES FUENCARRAL
Madrid, 6 de abril de 2011
A/a. Sr.
Presidente Comunidad Propietarios
Berlín nº 12
Velilla de San Antonio (Madrid)
PRESUPUESTO:
COMUNIDAD PROPIETARIOS BERLIN 12 – VELILLA DE SAN ANTONIO
Muy Sres. nuestros:
ADMINISTRACIONES FUENCARRAL somos un equipo profesional dirigido por un
Administrador de Fincas colegiado, con plena dedicación, con el objetivo de dar un
servicio eficaz a las Comunidades y a nuestros administrados ofreciendo la mayor
diligencia en la solución de los problemas cotidianos que se presentan en cada
Comunidad. Nuestros clientes NO tienen que llamar varias veces para un mismo tema
lo que redunda tanto en la satisfacción producida al cliente como en un
aprovechamiento eficaz de nuestros recursos, que son utilizados positivamente.
Como consecuencia de ello nos podemos permitir también el ofrecer un precio
competitivo a nuestros clientes. Nuestra tarifa para su inmueble sería de 850 euros
mensuales, IVA en vigor aparte.
En nuestro compromiso de atención, destacamos los siguientes puntos:
• envío de cuentas cuatrimestrales.
• copia mecanografiada de las actas con posterioridad a la Junta.
• movimiento de pagos a través de la cuenta corriente de la Comunidad con firma
conjunta con el Presidente para los gastos extraordinarios, que no estarán
domiciliados.
• asesoramiento jurídico, laboral y técnico.
• asistencia personalizada del Administrador Colegiado tanto a las juntas, como a
las reuniones con la Junta Rectora.
------ C/Dr. Esquerdo, 178 – Esc.D – Piso 1º- 28007 Madrid -----
Tel. 91 552 00 52 (*) - Fax 91 221 49 50 - af@cafmadrid.es
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Les relacionamos los Medios con los que contamos:
a. Recursos Humanos:
Los recursos humanos de la Sociedad están compuestos por 5 personas
con las siguientes categorías profesionales:
• Un Director-Gerente, Administrador de Fincas y Experto Inmobiliario.
• Tres Técnicos Informático-Contable y Gestores de Servicios.
• Un Auxiliar, motorista también.
b. Algunos Recursos Materiales:
• Una oficina de 99 m2 de superficie localizada en Doctor Esquerdo,
178, 1er piso, propiedad, desde 1996, de la sociedad CORYCON SL,
CIF: B81020018, bajo la cual se contratarían nuestros servicios,
actuando con la denominación comercial “ADMINISTRACIONES
FUENCARRAL”.
• Seis ordenadores personales conectados en red, dos portátiles, una
fotocopiadora, centralita telefonía/internet, mobiliario y otros equipos
propios de oficina.
• 2 Vehículos y una moto de 125 cc.
c. Cartera de Clientes:
Les podemos poner en contacto con algunas Comunidades que llevamos
administrando desde hace años, de las que podríamos facilitarles
contacto con los Presidentes, en la seguridad de que facilitarán las
mejores referencias.
Estaremos encantados de mantener una entrevista con Uds. para poder ampliarle
los términos de esta presentación, adaptándonos a las necesidades de su finca.
Atentamente,
Fdo: Javier Baeza
Col.3470
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Servicios profesionales / Funciones del administrador
El Administrador de Fincas Rústicas y Urbanas es un profesional independiente sujeto
a las normas colegiales como garantes de la eficacia, independencia y responsabilidad
en el ejercicio de sus funciones, que administra los elementos comunes de las
comunidades de propietarios, los bienes inmuebles Urbanos y rústicos propiedad de
terceros, en aplicación de las leyes de Propiedad Horizontal, Arrendamientos urbanos
y Rústicos.
La importancia socioeconómica que desarrolla el Administrador de Fincas Colegiado es
palpable por los ciudadanos de forma evidente, ya que del desarrollo de sus funciones
como gestor, gerente, asesor, mediador, secretario, contable y representante
inmobiliario, la convivencia entre los vecinos e inquilinos ganan de forma directa,
práctica y cotidiana, una mejor calidad de vida.
FUNCIONES DEL ADMINISTRADOR
GESTOR: De patrimonios inmobiliarios urbanos o rústicos, rentabilizándolos en
beneficio de la propiedad, con criterios profesionales, justos, y acordes a la Ley.
Manteniéndolos para su correcta conservación y adecuación a las normas de
seguridad, higiene y funcionamiento, en interés de sus moradores.
GERENTE: Seguimiento y control de proveedores, averías, seguros, bancos,
Ayuntamiento, Comunidad Autónoma, Seguridad Social, Hacienda, pactando las
mejores condiciones de servicio y económicas para la propiedad. Dirección del
personal, preocupándose del correcto funcionamiento en la relación laboral entre
patrono y trabajadores.
ASESOR: Asesoramiento en temas:
Inmobiliarios, alquileres, traspasos, compra-venta de inmuebles, Notario, Registrador
de la Propiedad, IBI, viviendas de Protección Oficial, Rehabilitación de Inmuebles, etc.
Jurídicos, acuerdos de junta, cobro de morosos, sentencias y jurisprudencia en general
que afecta a la propiedad inmobiliaria.
Fiscales, obligaciones con la Hacienda pública en todos los aspectos relacionados con
la propiedad, IVA, IRPF, declaraciones, alta en el censo, liquidaciones, etc.
Laborales, Riesgos Laborales, Contratos, Seguridad Social, Medidas de Fomento del
Empleo, INEM, Estatuto de los Trabajadores, Accidentes de trabajo, Incapacidad
Transitoria por enfermedad, etc.
Técnicos, en aquellos aspectos tanto arquitectónicos e industriales que afectan al buen
funcionamiento de los servicios y mantenimiento de la propiedad, asesorando sobre la
mejor contratación de las empresas o técnicos que en la relación calidad-precio sean
las más ventajosas.
Económicos, criterios de presupuestos, repercusión de gastos, liquidaciones, saldos
individualizados, según División Horizontal, estatutos o acuerdos de Junta. repercusión
de obras, actualizaciones de renta, liquidaciones, etc. en los casos de Arrendamientos.
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MEDIADOR: Entre la comunidad y el propietario, entre los mismos propietarios, entre
la comunidad y las Administraciones Públicas, entre el arrendador y el inquilino, entre
empresario y trabajadores, intentando unificar criterios para evitar litigios.
SECRETARIO: Custodiando la documentación del arrendador o comunidad, dando fe
de los acuerdos, posibilitando su aplicación con criterios profesionales de forma ágil y
eficaz. Expidiendo certificados de deuda o corriente de pago para una correcta
reclamación judicial o transacción inmobiliaria.
CONTABLE: Con criterios contables e información clara y precisa, realiza las
liquidaciones para su aprobación, actualiza las rentas, repercute las obras, se ocupa
de los cobros de los recibos a inquilinos o propietarios, repercutiendo los consumos
individuales susceptibles de individualización, de morosos, deudores. De los pagos a
proveedores, nominas, acreedores, etc.
REPRESENTANTE INMOBILIARIO: Valoraciones y peritaciones inmobiliarias ,
también judiciales, traspasos de locales, alquileres, contratos de arrendamiento,
viviendas de protección oficial, etc.
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Servicios profesionales / Servicios al ciudadano
SERVICIOS QUE RECIBE EL CIUDADANO A TRAVÉS DE SU ADMINISTRADOR
Cualquier persona o entidad jurídica utiliza los servicios de un profesional para
resolver los problemas y supervisar las tareas que son de su competencia y que
escapan al control, conocimiento, especialización y titulación del que contrata.
Naturalmente la contraprestación son el pago de unos honorarios ajustados al nivel
de servicios prestados por el profesional.
Estos servicios profesionales muchas veces no son apreciados por los contratantes y,
sin embargo, se tiene en consideración la contraprestación económica, quizás porque
en el caso concreto de los Administradores de Fincas la prestación de servicios se
realiza de forma colectiva, sobre todo en el caso de las comunidades de propietarios,
y parece que se diluye entre todos los vecinos, no dándose cuenta de que manera
tangible afecta y se beneficia el propietario de forma individual.
SERVICIOS QUE DE FORMA DIRECTA RECIBE EL PROPIETARIO
La tesis del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid es que los honorarios
profesionales de sus colegiados no deben gravar los presupuestos de las
comunidades o alquileres, ya que por su gestión la rebaja económica será
considerable en la relación entre la propiedad y terceros. Estas gestiones se dividen
en dos grandes grupos, " Gestión de Información y Asesoramiento" y "Gestión
Económica".
Gestión de Información y Asesoramiento: El Colegio de Administradores de
Fincas pone a disposición de sus colegiados y de forma gratuita toda la información
necesaria y actualizada sobre todos aquellos temas que afectan a su gestión. Las
fuentes fundamentales son: Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid, Boletín del Congreso de los Diputados, Sentencias Judiciales, precios del
mercado inmobiliario, Índices de Precios al Consumo, Proyectos y Anteproyectos
Legislativos, Normativa Laboral, etc. Todo este cúmulo de información sirve de forma
fundamental para asesorar no sólo a la comunidad en general si no al propietario de
forma individual; arrendamiento de local o vivienda, traspasos, valoraciones
inmobiliarias, actualizaciones de renta, venta de cualquier bien inmueble, etc. Así
mismo, el Administrador de Fincas colegiado tiene a su disposición una serie de
asesorías, que de forma gratuita recibe del Colegio y que se beneficia la comunidad y
el propietario de forma directa a través del profesional contratado: Asesoría Jurídica,
Fiscal, Laboral, Técnica de Arquitectura, Técnica Industrial, Profesional, Contable e
informática.
Gestión Económica: El Colegio de Administradores de Fincas de Madrid tiene
suscritos convenios de colaboración con distintas entidades públicas y privadas, todas
ellas encaminadas de forma directa a beneficiar a las comunidades y propietarios que
tienen contratado los servicios de un Administrador colegiado.
Iniciativa Legislativa Popular: Por iniciativa del Consejo General de Colegios de
Administradores de Fincas y con la colaboración de los colegios territoriales, los
Administradores de Fincas han conseguido que se tramite en el Congreso de los
Diputados y Senado, la primera Iniciativa Legislativa Popular que ha posibilitado con
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la fuerza de 830.000 firmas la modificación de la Ley 49/1960 de Propiedad
Horizontal, consiguiendo, entre muchas cosas, un tratamiento nuevo sobre la
morosidad en las comunidades de propietarios que agiliza los tramites de
reclamación y, por lo tanto, una mayor justicia para los propietarios que son
responsables al afrontar los gastos comunitarios. La Ley 8/1999 de 6 de abril es la
prueba de la voluntad de servicio público que tiene los Administradores de Fincas
Colegiados, sensibles a un problema soportado por las comunidades y que toca el
bolsillo de los buenos propietarios.
Convenios de colaboración con Cajas de Ahorro y Bancos: Consiguiendo
rebajas considerables en las comisiones bancarias, gastos por domiciliación de
recibos, compensación de talones, gastos por recibos devueltos, créditos con interés
preferente para las comunidades, etc.
Convenios de colaboración con compañías de seguros: Consiguiendo coberturas
más amplias y a medida de las necesidades de las comunidades y propietarios en
particular.
Convenios de colaboración con entidades oficiales: Como por ejemplo con la
Comunidad de Madrid y Ayuntamiento, para conseguir entre otras cosas una mejor
gestión en la Impresión Técnica de Edificios, ayudas a la rehabilitación de inmuebles
tanto en el casco histórico como fuera de el, etc.
Convenios de colaboración para implantar las nuevas tecnologías de
comunicación : con diversas empresas privadas y estatales que bien utilizando los
satélites o fibra óptica, posibilitara a los propietarios de las comunidades acceder no
sólo a la televisión digital sino a telefonía e Internet.
El Administrador de Fincas tiene una gran importancia socio-económica, no sólo
contribuye con sus conocimientos, especialización y asesoramiento a una convivencia
entre los vecinos de comunidad e inquilinos más racional y acordes a los tiempos
actuales, sino a una economía saneada y que se nota de forma directa en el bolsillo
del ciudadano.
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Servicios profesionales / Garantías profesionales
El ejercicio de la prestación de servicios profesionales en nuestra sociedad viene
garantizada de forma fundamental por personas que habiendo demostrado su
capacitación a través de estudios universitarios, privados u oposición, se asocia en
órganos colegiales que tienen como cometido, y así lo tienen reconocido por la
legislación vigente, de facultar el ejercicio de la profesión, dentro del sometimiento a
la defensa y disciplina que los Colegios Profesionales marcan como garantes de la
independencia, eficacia y responsabilidad de los colegiados en el ejercicio de sus
funciones y en beneficio de los ciudadanos.
Los derechos de los ciudadanos vienen siendo garantizados bien por las asociaciones
de consumidores, las Leyes y Legislación que emana de la Constitución Española,
ejercida a través de los tribunales ordinarios de justicia y los Colegios Profesionales
que lejos de tener un comportamiento corporativista, son los primeros interesados en
la defensa del consumidor, a través de su representante legal, porque en ellos está la
llave de la imagen, futuro y prestigio de sus profesionales.
El Colegio de Administradores de Fincas de Madrid basa las garantías profesionales
de sus colegiados en cinco puntos fundamentales:
FORMACIÓN : No es suficiente la capacitación teórica universitaria o privada para
garantizar un nivel de servicios profesionales. La gran complejidad de la legislación
española en todos sus ámbitos hace necesario que de forma continuada se realicen
cursos, charlas, conferencias, etc. que posibilitan una actualización al día del
Administrador de Fincas en todos los temas que son de su competencia, garantizando
en la practica profesional un nivel de servicio y asesoramiento que merece el
ciudadano.
INFORMACIÓN CONTINUA: El Colegio de Administradores pone a disposición de
sus colegiados no solo el Boletín Oficial del Estado de forma diaria, sino Bases de
Datos totalmente actualizadas de jurisprudencia y sentencias judiciales, así como
Indices de Precios al Consumo, precios de venta o alquiler del mercado inmobiliario
privado o Protección Oficial , contratos laborales, de alquiler o venta de inmuebles,
ayudas a la rehabilitación de inmuebles, inspección técnica de edificios, normativas
de la Comunidad Autónoma, Ayuntamiento, etc. En definitiva se intenta garantizar
que el Administrador de Fincas Colegiado sea el profesional mejor informado del
mundo inmobiliario.
DEFENSA Y DISCIPLINA DE SUS COLEGIADOS: El cargo de ADMINISTRADOR es
de CONFIANZA, esto quiere decir que se le confía la administración de mi casa, con
todos los derechos y obligaciones que me asisten como propietario, delegando las
cuestiones económicas, administrativas, legales y de mantenimiento, a alguien que
estando legalmente facultado para ello, me ofrece una ética en su actuación que me
garantiza la eficacia, responsabilidad y profesionalidad que merezco yo y mis vecinos.
El Colegio de Administradores de Fincas de Madrid media, defiende y exige el
cumplimiento y aplicación de la ética de sus colegiados en el cumplimiento de sus
funciones:
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A) Defensa Profesional: Para evitar posibles arbitrariedades por parte de los
propietarios y en defensa del honor, prestigio profesional e intereses de sus
colegiados.
B) Mediación y Arbitraje: Intentando evitar demoras y costes económicos
innecesarios que acarrearía un litigio ante los tribunales de justicia, posibilitando
acuerdos entre las partes para una mejor resolución del posible contencioso.
C) Tribunales de Justicia: Sin perjuicio de las actuaciones anteriormente
mencionadas, el Colegio de Administradores de Fincas no renuncia a la utilización de
los tribunales ordinarios de justicia para la defensa de la profesión o los intereses de
sus colegiados, así como los propietarios la utilicen en defensa de sus intereses o
derechos constitucionales.
D) Disciplina Colegial: Aplicando el Reglamento de Disciplina , sancionando si fuera
necesario, las actuaciones arbitrarias de sus colegiados.
GARANTIAS ECONÓMICAS: El Colegio de Administradores de Fincas de Madrid
garantiza la actuación de sus colegiados con dos clases de seguros:
Fianza Colegial: de hasta 18.030,36 € por colegiado, para el caso poco probable, de
desajustes o pérdidas en la gestión económica de sus profesionáles.
Responsabilidad Civil: de 150.253,00 € para el caso de responsabilidades de tipo
civil que pudiera ocasionar o imputar los tribunales de justicia por la actuación o
dejación del administrador colegiado.
LUCHA CONTRA EL INTRUSISMO: Esta es una de las demostraciones de la
defensa que realiza el Colegio de Administradores de los intereses del ciudadano o
consumidores, independientemente de la defensa de la profesión, que tiene como
obligación.
El confiar los destinos de su propiedad en alguien que no esté facultado para ello,
que no esté sometido a ninguna disciplina colegial, que los ingresos que percibe no
sean declarables, demostrando insolidaridad social y sin ninguna seguridad en su
actuación, es una temeridad.
El Colegio de Administradores de Fincas de Madrid garantiza que los profesionales
Administradores de Fincas-Expertos Inmobiliarios están debidamente FORMADOS e
INFORMADOS, sometidos a una ética profesional regulada por el Reglamento de
DEFENSA Y DISCIPLINA COLEGIAL y avalados por las GARANTIAS ECONOMICAS de
fianza y responsabilidad civil, que aseguran a la sociedad y al ciudadano su
confianza.
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