10. EL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO Bilateral: Se necesitan dos partes TRABAJADOR Y PATRONO Consensual: Consentimiento tácito o expreso para el inicio de la Relación Laboral Oneroso: Pues tiene un valor, el salario pactado Verbal o Escrito: Es el único contrato que acepta estas dos modalidades Principal: No depende para su validez de ningún otro contrato, basta con sí mismo. Tracto Sucesivo: Constantemente se realizan y cumplen las obligaciones y derechos.