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Contratación
Docente2023
ModalidadesdeContratacióndocente
CONTRATACIÓN POR RESULTADOS DE LA PUN
• Participan los postulantes que rindieron la Prueba
Nacional de acuerdo al cuadro de mérito que
publique la UGEL.
CONTRATACIÓN POR EVALUACION DE
EXPEDIENTES
• Participan postulantes con título pedagógico, bachilleres
en educación, egresados en educación, estudios
concluidos o no concluidos en educación, titulados o con
estudios concluidos o no concluidos en carreras no
pedagógicas.
CONTRATO POR SITUACIONES DIFERENCIADAS
•En plazas que se ubican en IIEE por convenio, o IIEE que tienen la facultad de proponer
•En plazas vacantes del área curricular de educación religiosa a propuesta de la ODEC.
•Las horas del área curricular de Educación Física del nivel primaria igual o menor a 12 horas, a propuesta del director de la IE.
•Propuesta en plazas vacantes por reemplazo con vigencia de hasta tres (3) meses, a propuesta del director de la IE, las cuales
incluyen las licencias por maternidad de 98 días.
•En las bolsas de horas iguales o menores a 20 horas que resulten desiertas en la primera modalidad, previa propuesta del
director de la IE.
•Las plazas declaradas desiertas luego de culminada la modalidad de contratación por evaluación de expediente.
Miembrosdelcomitédecontratodocente
TITULARES
a) Jefe de Recursos Humanos o quien haga sus
veces, como presidente.
b) El especialista en racionalización, como
secretario técnico.
c) Un especialista en educación de cualquier
modalidad educativa, acreditado por el Jefe de
Gestión Pedagógica o quien haga sus veces.
d) El responsable del sistema Nexus.
ALTERNOS
a) Jefe del Área de Gestión Institucional o quien haga sus
veces, alterno del presidente.
b) El especialista en planificación o quien haga sus veces,
alterno del secretario técnico.
c) Un especialista en educación de cualquier modalidad
educativa, acreditado por el Jefe de Gestión Pedagógica
d) El responsable de escalafón o quien haga sus veces, a
falta de este un personal administrativo del
área/equipo/oficina de personal.
En caso se convoque plazas docentes en IIEE EIB de las tres formas de atención, se incorpora como miembro
del comité a un representante de la organización indígena regional o local debidamente registrada actuando
como un quinto miembro titular, su participación será desde la actividad de revisión de expedientes hasta la
adjudicación.
En caso no haya ninguna organización registrada, la ausencia del representante no impedirá la conformación
del Comité.
Para la instalación del comité deben de estar presentes todos los miembros titulares y alternos.
Procedimiento
CONTRATACIÓN POR RESULTADOS DE LA PUN Y EVALUACIÓN DE EXPEDIENTES
PUBLICACIÓN DE VACANTES
1
PRESENTACIÓN DE
ACREDITACIÓN DE
REQUISITOS
2
PUBLICACIÓN DE RESULTADOS
3
PRESENTACIÓN Y ABSOLUCIÓN
DE RECLAMOS
4
ADJUDICACIÓN Y EMISIÓN DE
RESOLUCIONES
5
El postulante que integra el cuadro
de mérito establecido por la Prueba
Nacional y se encuentra inscrito en
una UGEL debe presentar su
expediente de forma presencial o
virtual con los documentos que
acreditan los requisitos solicitados
para la PUN.
El comité evalúa los expedientes de los
postulantes sobre un máximo de
setenta (70) puntos. Las bonificaciones
especiales sobre el puntaje total
obtenido en la evaluación de
expediente, por acreditar condición de
discapacidad, por ser licenciado de las
Fuerzas Armadas o Deportista Calificado
de Alto Nivel.
Los postulantes presentan sus
expedientes conforme a la
formación académica establecida
en el Anexo 6 de la presente
norma, y son agrupados por orden
de prelación excluyente para la
adjudicación.
El comité adjudica por orden de
mérito, de acuerdo con los cuadros
de méritos final de la UGEL, a los
postulantes que hayan cumplido con
lo señalado en el articulo 17.1 de la
norma.
Contrataciónpor
ResultadosdelaPUNy
evaluacióndeexpedientes
Contratodocente2023
 El requisito de formación académica, experiencia laboral u otros requisitos solicitados para la modalidad educativa, nivel o ciclo y área
curricular/especialidad o campo de conocimiento a la que se presenta el postulante, no otorga puntaje
 El postulante con título pedagógico en educación física o en computación e informática, no puede optar por una vacante del nivel o
ciclo educativo distinto al que voluntariamente eligió y postuló.
 El postulante al área curricular de educación para el trabajo de EBR secundaria y EBA ciclo avanzado, no puede optar por un área
curricular/especialidad distinto al que voluntariamente eligió y postuló, independientemente de las certificaciones o especialidades
que posea.
 El postulante para adjudicarse las vacantes con cargo de profesor coordinador de ODEC, profesor coordinador de ONDEC, profesor
coordinador de Pronoei, profesor en CRAEI, profesor coordinador en CRAEI, debe cumplir con los requisitos de formación académica
requeridos en cada caso (Anexo 6).
 Puede acreditar a un representante mediante carta poder simple, quien elige la vacante y recibe el acta de adjudicación.
 Si no se presenta al acto de adjudicación, mantiene su ubicación en el cuadro de méritos y se prosigue con el siguiente postulante.
 Si decide no adjudicarse una vacante, mantiene latente su ubicación en el cuadro de mérito en espera de nuevas vacantes que se
generen.
 El postulante adjudicado puede presentar su renuncia ante el comité, y se excluye del cuadro de méritos correspondiente durante
todo el periodo lectivo.
 No corresponde dar por concluido el contrato al docente que cumple 65 años estando con vínculo, la vigencia del contrato se
prolonga por el tiempo que ha sido contratado, no debiendo exceder del 31 de diciembre.
Consideracionesgenerales
EL POSTULANTE
▪ Debe presentar de forma presencial o virtual; según lo haya
establecido el comité; dentro de la fecha aprobada en el
cronograma, su expediente con los documentos que acreditan los
requisitos de formación académica señalados para la modalidad
educativa (EBE, EBR, EBA); así como, el nivel/ciclo y/o
área/especialidad de los grupos de inscripción de la norma que
convocó a la Prueba Nacional, la emisión del título debe haberse
realizado hasta el inicio de la actividad de inscribió para el
concurso de ingreso a la CPM.; así como los requisitos generales
específicos y los anexos 8, 9, 10, 11, 12 y 19 de la norma de
contrato docente.
▪ La omisión en la presentación de los documentos descritos en el
párrafo anterior es causal para OBSERVAR al postulante.
EL COMITE
El postulante declarado como OBSERVADO, por no presentar los
documentos que acreditan los requisitos de formación académica, así
como los requisitos generales específicos y los anexos 8, 9, 10, 11, 12 y
19 de la norma de contrato docente, puede presentarlos como máximo
hasta la fecha de la adjudicación; para tales efectos el comité debe
observar lo siguiente:
a) Si el postulante no registra empate, deberá presentar su expediente
con los requisitos y anexos; siendo adjudicado en su orden de mérito
establecido en el cuadro de la Prueba Nacional.
b) Si el postulante registra empate, deberá presentar su expediente con
los requisitos y anexos; y el postulante es adjudicado al último en su
grupo de empate establecido en el cuadro de la Prueba Nacional.
c) Si dos o más postulantes que registran empate no presentaron sus
expedientes en la fecha establecida, serán adjudicados al final en su
grupo de empate, el comité usara el orden de ubicación registrado en el
cuadro de méritos de la Prueba Nacional.
d) En caso el postulante que hasta el acto de la adjudicación no haya
presentado los documentos, no será adjudicado y el comité procede a
retirarlo del cuadro de méritos de la Prueba Nacional.
Consideracionesespecificaspor
resultadosdelaPUN
EL COMITÉ
▪ Si existe empate en el cuadro de méritos establecido por la Prueba Nacional, el comité verifica y evalúa el expediente de
los postulantes empatados, para determinar el orden de mérito.
▪ El comité resuelve el reclamo por escrito dentro del plazo establecido en el cronograma aprobado. La decisión adoptada
será comunicada a los postulantes, y en el caso que corresponda, realiza las correcciones a los resultados para su
publicación final, con lo cual se da por agotada la etapa de reclamación.
Consideracionesespecificaspor
resultadosdelaPUN
 El comité adjudica por orden de mérito, de acuerdo con los cuadros de méritos final de la UGEL, a los postulantes que hayan
cumplido con presentar su expediente en la fecha establecida en el cronograma, o hasta la fecha de adjudicación.
 Entrega o remite al postulante adjudicado el acta de adjudicación, suscrita por todos sus integrantes (Anexo 7).
 Entrega o remite al postulante adjudicado el contrato de servicio docente (Anexo 1) para su firma.
 El postulante adjudicado suscribe el contrato de servicio docente y lo devuelve en el plazo de 24 horas de recibido, para la
respectiva emisión de resolución de contrato
 Concluida la adjudicación, el comité remite inmediatamente al área de personal o al que haga sus veces en la UGEL, el
informe del proceso correspondiente a esta modalidad de contratación, el cual contiene los expedientes de los postulantes
adjudicados, asimismo remite un ejemplar solo del informe al titular de la UGEL.
▪ Las horas para completar el plan de estudios de 20 horas pedagógicas a menos, son adjudicadas por el comité a petición del
postulante, respetando el orden de mérito.
▪ El comité informa a la UGEL la relación de horas para completar el plan de estudios de 20 horas pedagógicas o menos, no
adjudicadas, para que sea comunicado a los directores de las IIEE para que efectúen su propuesta en la contratación por
situación diferenciada.
DE LAS HORAS NO ADJUDICADAS
DelaadjudicaciónporlaPUN
El comité evalúa los expedientes de los postulantes sobre un
máximo de setenta (70) puntos, según el siguiente detalle:
▪ Formación Académica y Profesional (máximo 38 puntos).
▪ Formación Continua (máximo 3 puntos).
▪ Experiencia Laboral (máximo 24 puntos).
▪ Méritos (máximo 5 puntos)
Inicia esta modalidad de contratación, siempre que existan
vacantes y se haya agotado el cuadro de méritos establecido
por la contratación de resultados de la Prueba Nacional.
▪ El Comité verifica que los postulantes cumplan con los
requisitos y que los documentos presentados correspondan a
la modalidad educativa, nivel o ciclo y área curricular o campo
de conocimiento de la vacante convocada.
Si dos o más postulantes obtienen el mismo puntaje final, el
comité deberá considerar de manera excluyente y en orden de
prelación, los puntajes obtenidos en:
▪ Formación académica y profesional.
▪ Experiencia laboral.
▪ Formación continua.
▪ Antigüedad de fecha de expedición del título.
El comité elabora y publica los resultados preliminares, por orden de prelación excluyente, considerando los puntajes obtenidos
en la evaluación de expedientes, así como la relación de los postulantes no aptos para continuar con el proceso de contratación.
2
1
4
3
5
Consideracionesespecíficaspor
evaluacióndeexpedientes
 Se evalúa el Grados de Maestro y Doctor
 Los diplomados válidos son los que tengan como mínimo 24 créditos equivalentes a 384 horas y que desarrollen aspectos
pedagógicos en la modalidad educativa, nivel o ciclo y área curricular o campo de conocimiento de la plaza a la que postula.
 Los certificados, diplomas o constancias que se consideran válidos son los realizados en los últimos cinco (5) años.
 Para la experiencia laboral antes del 2014, solo se otorgará puntaje de 0.20 por cada mes de labor en IE.
 La UGEL garantiza que el comité tenga acceso a la verificación de los padrones aprobados por el Minedu para poder corroborar
y asignar el puntaje señalado a los y las postulantes.
 Las resoluciones de felicitación que se consideran válidas para el proceso de contratación, son las Resoluciones Ministeriales y
las resoluciones emitidas por la DRE o UGEL según corresponda, y se califican aquellas que sean por desempeño o trabajo
destacado en el campo pedagógico, reconocido de manera individual.
4.1
Consideracionespara
laevaluacióndelexpediente
Para efectos de evaluar la experiencia laboral, se considera como máximo 10 meses por cada año lectivo, un (1) mes equivale a 30 días,
son acumulables los días para completar un (1) mes.
 Solo son computables los contratos como profesor por una jornada mínima de 12 horas pedagógicas en un periodo lectivo. La
experiencia laboral se evalúa con un máximo de 100 meses, y se acredita con:
 Experiencia laboral en IIEE privadas: i) El contrato de trabajo y ii) Los recibos por honorarios o boletas de pago o constancias de
pago que especifique el inicio y término del contrato.
 Experiencia laboral en IIEE públicas: i) La resolución que aprueba el contrato o el contrato administrativo de servicios , y ii) Las
boletas o constancias de pago que especifique el inicio y término del contrato.
 También será considerada la experiencia laboral como profesor coordinador de programas no escolarizados o de profesor
coordinador de ONDEC/ODEC, siempre y cuando postulen a los mismos cargos en los que acreditan la experiencia.
 Se considerará como experiencia laboral para IIEE y programas educativos de educación inicial la acreditada por las Promotoras
Educativas Comunitaria – PEC de PRONOEI con acto resolutivo de reconocimiento de pago de propina emitida por la UGEL o DRE.
 A efectos de otorgar puntaje por experiencia laboral en IE ubicada en zona de frontera, en zona rural o VRAEM (no son excluyentes),
el comité verifica de oficio las boletas de pago o constancia de pago en las que se califican la experiencia laboral que coincida con el
año en el que laboró en la IE y la identificación de la misma en los padrones aprobados desde el año 2014.
4.2
Consideracionesparalaevaluacióndelexpediente
Ley
Condición para
la bonificación
especial
% de
Bonificación
Requerimientos
Ley
N°29973
Por tener la
condición de
discapacidad
15%
Adjuntar en la presentación de expedientes el certificado de discapacidad otorgado por los
médicos certificados registrados de las Instituciones Prestadoras del Servicio de Salud- IPRESS
públicas, privadas y mixtas a nivel nacional, o por otras instituciones autorizadas o la Resolución
de Discapacidad emitida por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con
Discapacidad (CONADIS) o copia simple del carnet.
Ley
N°29248
Por ser personal
licenciado de las
Fuerzas
Armadas
10%
Adjuntar en la presentación de expedientes copia simple del documento oficial emitido por la
autoridad competente que acredite su condición de Licenciado de las Fuerzas Armadas.
Bonificaciones Especiales
4.3
Consideracionesparalaevaluacióndelexpediente
Bonificaciones Especiales
Ley
Condición para
la bonificación
especial
% de
Bonificación
Requerimientos
Ley
N°27674
Acceso de
deportistas
calificados de
alto nivel a la
administración
pública
Para todos los casos: Adjuntar en la presentación de expedientes el original o copia certificada,
legalizada o autenticada del documento oficial vigente emitido por la autoridad competente que
acredite la condición de Deportista Calificado de Alto Nivel.
20%
Postulante que haya participado en Juegos Olímpicos o Campeonatos Mundiales y se ubiquen en
los cinco primeros puestos o hayan establecido récords o marcas olímpicas mundiales o
panamericanas.
16%
Postulante que haya participado en Juegos Deportivos Panamericanos o Campeonatos Federados
Panamericanos y se ubiquen en los tres primeros puestos o hayan establecido récords o marcas
sudamericanas.
12%
Postulante que haya participado en Juegos Deportivos Sudamericanos o Campeonatos Federados
Sudamericanos y que hayan obtenido medallas de oro o plata o hayan establecido records o
marcas bolivarianas.
8%
Postulante que haya obtenido medalla de bronce en Juegos Deportivos Sudamericanos o
Campeonatos Federados Sudamericanos o participado en Juegos Deportivos Bolivarianos y
obtenido medallas de oro y plata.
4% Postulante que haya obtenido medalla de bronce en Juegos Deportivos Bolivarianos.
Consideracionesparalaevaluacióndelexpediente
▪ La falta de la impresión dactilar o firma del postulante, así como
la omisión en la presentación de los citados anexos, pueden ser
subsanadas como máximo hasta la fecha de adjudicación, caso
contrario no podrá ser adjudicado.
▪ El comité publica el cuadro de méritos final, por orden de
prelación excluyente, dentro del plazo establecido en el
cronograma aprobado.
▪ Concluida la adjudicación, el comité remite al área de personal de la UGEL, el informe del proceso correspondiente a esta modalidad de
contratación, el cual contiene los expedientes de los postulantes adjudicados, asimismo remite un ejemplar solo del informe al titular de
la UGEL.
▪ El comité adjudica de forma presencial o virtual por modalidad
educativa, nivel o ciclo y área curricular o campo de
conocimiento de acuerdo al orden de prelación excluyente.
• El comité informa a la UGEL la relación de vacantes no adjudicadas, para que sea comunicado a los directores de las IE a fin de que
efectúen su propuesta por contratación excepcional.
• Publicado los resultados preliminares, el postulante que no se
encuentre de acuerdo con los mismos, está facultado en
presentar su reclamo debidamente fundamentado por escrito
ante el comité, dentro del plazo establecido en el cronograma
aprobado.
6 8
7 9
Porevaluacióndeexpedientes
10
11
PUBLICACION DE LAS PLAZAS
Las vacantes de IIEE de EIB son diferenciadas por sus formas de atención siendo estas :
Para la forma de atención de fortalecimiento, el nivel inicial, nivel primaria y en el nivel secundaria en las áreas
curriculares de comunicación y Ciencias Sociales, se considera el 100% de las plazas.
Para la forma de atención de revitalización, el nivel inicial y nivel primaria se considera el 75% (*) de las plazas, y en
el nivel secundaria en las áreas curriculares de (comunicación y CCSS) (**).
Para la forma de atención de ámbito urbano, el nivel inicial y nivel primaria se considera el 33% (*) de las plazas, y
en el nivel secundaria en las áreas curriculares de (comunicación y CCSS) (**).
(*) El Minedu a través de la DEIB determina las plazas, consideradas en dicha proporción. En caso la IE EIB sea
unidocente la plaza será EIB.
(**) El total de plazas convocadas e identificadas por la DEIB.
Consideracionesadicionalesparalasvacantes
deII.EE.EIB
• Dominio (oral y escrito) de lengua
originaria y conocer la cultura local.
• Estar inscrito en el RNDBLO
• Si hay empate, prima el rango de
prelación del dominio de la lengua
originaria.
• Por la PUN, debe cumplir además con los dos requisitos señalados para los
postulantes.
Postulantes Contratación por Resultados PUN y
evaluación de expedientes
Por expediente:
• El postulante presenta su expediente en forma presencial o virtual a una UGEL
señalando el orden de prelación para el nivel o área curricular EIB a la que
postula.
• Para las vacantes de IIEE EIB de fortalecimiento del nivel inicial, primaria y
secundaria (solo en las áreas curriculares de comunicación y ciencias sociales)
que no puedan ser cubiertas el requisito del dominio (oral y escrito) de lengua
originaria se podrá considerar a los docentes que se encuentran en el RNDBLO
con un nivel menor de dominio.
• Para IIEE EIB amazónica, de revitalización y ámbito urbano el requisito de
dominio de lengua es deseable. No obstante, el que cuente con el dominio
tendrá prioridad
• En la zona andina, es obligatorio el dominio de la lengua originaria.
• El dominio de la lengua originaria no
aplica para los y las postulantes que
postulen o se adjudiquen una vacante de
una IE EIB en las áreas de educación
física, aula de innovación pedagógica e
inglés
Consideracionesadicionalesparalasvacantes
deII.EE.EIB
• En las vacantes no adjudicadas en el nivel inicial por el Comité, la Directora de la IE EIB en
coordinación con las autoridades o representantes de la comunidad, propone por orden de
prelación.
• Adjunta el Currículum Vitae documentado y las declaraciones Juradas de acuerdo a los Anexos
8, 9, 10, 11, 12 y 19 de la norma de contrato docente
Consideracionesadicionalesparalasvacantes
deII.EE.EIB
Contrataciones
diferenciadasyladoble
percepción
Contratodocente2023
CONTRATACIONES DIFERENCIADAS
El área de personal o quien haga sus veces, verifica que los postulantes
cumplan con todos los requisitos de formación, que no cuenten con
impedimento y comunica al titular de la UGEL para la suscripción del
contrato y posterior emisión de la resolución de aprobación de contrato a
través del sistema NEXUS.
• En caso se suspenda o interrumpa el servicio educativo en
las IIEE por paros, huelgas o cualquier denominación que
se le otorgue, declaradas o no improcedente o ilegal. El
director de la IE, dentro de las 24 horas de iniciada la
interrupción de las labores, debe proponer la contratación
de los profesores que sean necesarios para asegurar la
continuidad del servicio educativo.
• En caso el director de la IE no efectúe la propuesta hasta
el tercer (3) día de interrumpido el servicio, el comité de la
UGEL, procede a adjudicar de acuerdo a las disposiciones
previstas en la presente norma.
• La vigencia y duración del contrato será por treinta (30)
días. Si la paralización fuera mayor a treinta (30) días, el
contrato será ampliado por el mismo período.
• El director de la IE en coordinación con los miembros del CONEI
podrán proponer ante la UGEL, a quien cumpla con los requisitos
de formación, general, específicos y no incurra en alguno de los
impedimentos estipulados en el articulo 15 de la norma de
contrato docente; adjuntando los requisitos de formación
académica para la modalidad educativa, nivel o ciclo y área
curricular/especialidad o campo de conocimiento señalada en el
Anexo 6, y los anexos 8, 9, 10, 11, 12 y 19, debidamente llenados,
firmados y con la impresión dactilar.
• Para el caso de la IE unidocente, la propuesta se encuentra a cargo
de la autoridad civil o política de la comunidad donde se
encuentra ubicada la IE.
En atención a lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, para que
se configure la excepción a la prohibición de doble percepción de
ingresos, los horarios de trabajo y la ubicación de ambos vínculos
laborales no deben sobreponerse de tal modo que una jornada no
afecte a la otra, incluso si ambos vínculos se desarrollan en la misma
entidad.
De manera excepcional, para la cobertura de las horas vacantes señaladas en el artículo
12.1 literal c) de la norma de contrato docente, se permite que pueda darse más de dos
adjudicaciones a un mismo postulante, siempre que esta no exceda en su sumatoria
general la jornada de 30 horas pedagógicas.
En los contratos de 20 horas a menos, se puede dar la figura de la doble percepción,
pudiendo ser atendido en primer orden por el comité en la contratación por la PUN, y en
segundo orden a propuesta del director de la IE.
Para acceder a una doble percepción él postulante debe
presentar los horarios de trabajo ante el comité para que
pueda adjudicar una vacante docente como función
adicional.
En el procedimiento de contrato docente en sus
dos etapas (PUN y evaluación de expedientes) y
en la situación diferenciada, no está permitida la
doble percepción de ingresos en plazas
orgánicas, eventuales y de reemplazo
3 4
1 2
Doblepercepcióndeingresos
Importante: En caso la UGEL en aplicación del control posterior detecte el incumplimiento de lo dispuesto en la segunda
disposición complementaria referida a la doble percepción de ingresos, se resuelve el contrato adicional y se inicia el
proceso administrativo correspondiente para determinar las responsabilidades administrativas o penales que corresponda.
5
Renovaciónde
contrato
Docente2023
enETP
Condiciones
La renovación de contrato de servicio docente para profesores que laboraron en el 2022 en la modalidad de Educación
Técnico Productiva, la misma inicia el 30 de enero de 2023, para lo cual el profesor deberá cumplir con los siguientes
requisitos:
Haber sido contratado en plazas de ETP,
con título de Profesor o Licenciado en
educación, o con Título profesional
universitario no pedagógico, o con
Título profesional técnico.
Contar con evaluación favorable
de su desempeño laboral
Contar con vínculo laboral consecutivo mínimo de 03
meses en la misma vacante, contabilizada hasta el
último día hábil del mes de diciembre del 2022
La vacante, objeto de renovación se encuentre
disponible para el siguiente año lectivo y no esté
dentro del número total de vacantes
declaradas/identificadas como excedente en el
CETPRO de origen, asimismo deben contar con la
misma especialidad
Quienes cumplan con los requisitos señalados en el articulo 26 y 29 de la norma
de contrato docente, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2023-
MINEDU
Procedimiento Renovación de contrato
Evaluación de
desempeño
laboral
docente
ACTIVIDAD RESPONSABLES
FECHAS
Presentar desistimiento a la evaluación de desempeño docente ante la
dirección de la IE o UGEL según corresponda.
Postulante
30 y 31 de
enero
Evaluar el desempeño laboral del docente contratado del servicio docente. El comité
01 al 03 de
febrero
Presenta reclamo a la evaluación. Postulante
06 de febrero
Absuelve el reclamo. El comité
07 de febrero
Renovación
de contrato
Elevar a la UGEL el oficio de propuesta de contrato de servicio docente
para el año lectivo 2023
El comité
08 al 09 de
febrero
Verifica que los profesores a quienes se les renovará el contrato cumplan
con las condiciones señaladas.
El área de personal de la UGEL o
quien haga sus veces
10 al 13 de
febrero
Publicar la relación de los profesores a quienes se les renovará el contrato
14 de febrero
Publicar la relación de los profesores cuya vacante en la que laboraron no
se encuentra disponible
15 de febrero
Emitir la resolución que aprueba el contrato DRE y UGEL
16 de febrero
Comunicar al comité, la relación de los profesores a los que se les
renovará un periodo adicional de su contrato
El área de personal de la
UGEL o quien haga sus
veces
17 de febrero
Reportar a la DRE o la que haga sus veces, las vacantes nuevas y las
vacantes donde no se haya renovado contrato
UGEL
17 de febrero
La evaluación de desempeño del profesor contratado en ETP será aplicada por los COMITES durante la
primera semana de febrero, la citada evaluación podrán realizar de forma presencial o virtual.
Director del CETPRO y el
especialista de educación
de CETPRO
Jefe de gestión pedagógica
y un especialista de
educación en ETP
En el caso de los CETPRO donde todos los profesores
son contratados y no cuenten con plaza de director.
Quienesevalúaneldesempeñolaboral
Los
comités
Consideracionespreviaalaevaluación
La valoración de los aspectos va entre uno (1) y cuatro (4) puntos, donde:
Conductas observables
del aspecto evaluado se
realizan nunca o casi
nunca.
Conductas observables
del aspecto evaluado se
realizan pocas veces.
Conductas observables
del aspecto evaluado se
realizan mayormente.
Conductas observables
del aspecto evaluado se
realizan casi siempre o
siempre.
1 DEFICIENTE 2 EN PROCESO 3 SUFICIENTE 4 DESTACADO
INSATISFACTORIO SATISFACTORIO
Fichadeevaluacióndedesempeñolaboral
docentepararenovación
Cálculo del puntaje final
El puntaje final es el promedio simple de la calificación obtenida en los doce (12) aspectos evaluados:
Puntaje obtenido∗
12
=Puntaje final
*El puntaje obtenido es la suma de las calificaciones asignadas en los doce (12) aspectos evaluados.
Se considera evaluación de desempeño laboral favorable, si el puntaje final es igual o mayor a 2,50 como se muestra a
continuación:
PUNTAJE CONDICIÓN FINAL
≥ 2,50 Desempeño Favorable
< 2,50 Desempeño Desfavorable
Directorio de especialistas por región
para la asistencia técnica
Coordinador: Andrés Izaguirre Minaya aizaguirre@minedu.gob.pe
Subcoordinador: Ebert Ordinola Ramírez ebordinola@minedu.gob.pe
Especialista Regiones a cargo Correo electrónico Contacto
Samuel Lope Lima Metropolitana y Callao trayectoriaditen_01@minedu.gob.pe 949800605
Mauricio Vela San Martin, Amazonas, La Libertad y Junín trayectoriaditen_02@minedu.gob.pe 988314445
Melissa Lozada Cajamarca, Arequipa y Moquegua trayectoriaditen_03@minedu.gob.pe 993323460
Laura Azpur Ayacucho, Apurímac y Madre de Dios trayectoriaditen_04@minedu.gob.pe 951004706
Fredy Flores Ica, Piura, Tumbes y Pasco trayectoriaditen_08@minedu.gob.pe 979609051
Ana Lucia Chupillon Lima provincias, Huancavelica y Tacna trayectoriaditen_09@minedu.gob.pe 922372553
Ruben Miraya Ucayali, Ancash, Puno y Lambayeque rmiraya@minedu.gob.pe 980799815
Pedro Rea Cusco, Loreto y Huánuco prea@minedu.gob.pe 953680848
Más información
en la siguiente página web:
Correo electrónico
Consultas
Contratación docente 2023: modalidades y procedimientos

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Contratación docente 2023: modalidades y procedimientos

  • 2. ModalidadesdeContratacióndocente CONTRATACIÓN POR RESULTADOS DE LA PUN • Participan los postulantes que rindieron la Prueba Nacional de acuerdo al cuadro de mérito que publique la UGEL. CONTRATACIÓN POR EVALUACION DE EXPEDIENTES • Participan postulantes con título pedagógico, bachilleres en educación, egresados en educación, estudios concluidos o no concluidos en educación, titulados o con estudios concluidos o no concluidos en carreras no pedagógicas. CONTRATO POR SITUACIONES DIFERENCIADAS •En plazas que se ubican en IIEE por convenio, o IIEE que tienen la facultad de proponer •En plazas vacantes del área curricular de educación religiosa a propuesta de la ODEC. •Las horas del área curricular de Educación Física del nivel primaria igual o menor a 12 horas, a propuesta del director de la IE. •Propuesta en plazas vacantes por reemplazo con vigencia de hasta tres (3) meses, a propuesta del director de la IE, las cuales incluyen las licencias por maternidad de 98 días. •En las bolsas de horas iguales o menores a 20 horas que resulten desiertas en la primera modalidad, previa propuesta del director de la IE. •Las plazas declaradas desiertas luego de culminada la modalidad de contratación por evaluación de expediente.
  • 3. Miembrosdelcomitédecontratodocente TITULARES a) Jefe de Recursos Humanos o quien haga sus veces, como presidente. b) El especialista en racionalización, como secretario técnico. c) Un especialista en educación de cualquier modalidad educativa, acreditado por el Jefe de Gestión Pedagógica o quien haga sus veces. d) El responsable del sistema Nexus. ALTERNOS a) Jefe del Área de Gestión Institucional o quien haga sus veces, alterno del presidente. b) El especialista en planificación o quien haga sus veces, alterno del secretario técnico. c) Un especialista en educación de cualquier modalidad educativa, acreditado por el Jefe de Gestión Pedagógica d) El responsable de escalafón o quien haga sus veces, a falta de este un personal administrativo del área/equipo/oficina de personal. En caso se convoque plazas docentes en IIEE EIB de las tres formas de atención, se incorpora como miembro del comité a un representante de la organización indígena regional o local debidamente registrada actuando como un quinto miembro titular, su participación será desde la actividad de revisión de expedientes hasta la adjudicación. En caso no haya ninguna organización registrada, la ausencia del representante no impedirá la conformación del Comité. Para la instalación del comité deben de estar presentes todos los miembros titulares y alternos.
  • 4. Procedimiento CONTRATACIÓN POR RESULTADOS DE LA PUN Y EVALUACIÓN DE EXPEDIENTES PUBLICACIÓN DE VACANTES 1 PRESENTACIÓN DE ACREDITACIÓN DE REQUISITOS 2 PUBLICACIÓN DE RESULTADOS 3 PRESENTACIÓN Y ABSOLUCIÓN DE RECLAMOS 4 ADJUDICACIÓN Y EMISIÓN DE RESOLUCIONES 5 El postulante que integra el cuadro de mérito establecido por la Prueba Nacional y se encuentra inscrito en una UGEL debe presentar su expediente de forma presencial o virtual con los documentos que acreditan los requisitos solicitados para la PUN. El comité evalúa los expedientes de los postulantes sobre un máximo de setenta (70) puntos. Las bonificaciones especiales sobre el puntaje total obtenido en la evaluación de expediente, por acreditar condición de discapacidad, por ser licenciado de las Fuerzas Armadas o Deportista Calificado de Alto Nivel. Los postulantes presentan sus expedientes conforme a la formación académica establecida en el Anexo 6 de la presente norma, y son agrupados por orden de prelación excluyente para la adjudicación. El comité adjudica por orden de mérito, de acuerdo con los cuadros de méritos final de la UGEL, a los postulantes que hayan cumplido con lo señalado en el articulo 17.1 de la norma.
  • 6.  El requisito de formación académica, experiencia laboral u otros requisitos solicitados para la modalidad educativa, nivel o ciclo y área curricular/especialidad o campo de conocimiento a la que se presenta el postulante, no otorga puntaje  El postulante con título pedagógico en educación física o en computación e informática, no puede optar por una vacante del nivel o ciclo educativo distinto al que voluntariamente eligió y postuló.  El postulante al área curricular de educación para el trabajo de EBR secundaria y EBA ciclo avanzado, no puede optar por un área curricular/especialidad distinto al que voluntariamente eligió y postuló, independientemente de las certificaciones o especialidades que posea.  El postulante para adjudicarse las vacantes con cargo de profesor coordinador de ODEC, profesor coordinador de ONDEC, profesor coordinador de Pronoei, profesor en CRAEI, profesor coordinador en CRAEI, debe cumplir con los requisitos de formación académica requeridos en cada caso (Anexo 6).  Puede acreditar a un representante mediante carta poder simple, quien elige la vacante y recibe el acta de adjudicación.  Si no se presenta al acto de adjudicación, mantiene su ubicación en el cuadro de méritos y se prosigue con el siguiente postulante.  Si decide no adjudicarse una vacante, mantiene latente su ubicación en el cuadro de mérito en espera de nuevas vacantes que se generen.  El postulante adjudicado puede presentar su renuncia ante el comité, y se excluye del cuadro de méritos correspondiente durante todo el periodo lectivo.  No corresponde dar por concluido el contrato al docente que cumple 65 años estando con vínculo, la vigencia del contrato se prolonga por el tiempo que ha sido contratado, no debiendo exceder del 31 de diciembre. Consideracionesgenerales
  • 7. EL POSTULANTE ▪ Debe presentar de forma presencial o virtual; según lo haya establecido el comité; dentro de la fecha aprobada en el cronograma, su expediente con los documentos que acreditan los requisitos de formación académica señalados para la modalidad educativa (EBE, EBR, EBA); así como, el nivel/ciclo y/o área/especialidad de los grupos de inscripción de la norma que convocó a la Prueba Nacional, la emisión del título debe haberse realizado hasta el inicio de la actividad de inscribió para el concurso de ingreso a la CPM.; así como los requisitos generales específicos y los anexos 8, 9, 10, 11, 12 y 19 de la norma de contrato docente. ▪ La omisión en la presentación de los documentos descritos en el párrafo anterior es causal para OBSERVAR al postulante. EL COMITE El postulante declarado como OBSERVADO, por no presentar los documentos que acreditan los requisitos de formación académica, así como los requisitos generales específicos y los anexos 8, 9, 10, 11, 12 y 19 de la norma de contrato docente, puede presentarlos como máximo hasta la fecha de la adjudicación; para tales efectos el comité debe observar lo siguiente: a) Si el postulante no registra empate, deberá presentar su expediente con los requisitos y anexos; siendo adjudicado en su orden de mérito establecido en el cuadro de la Prueba Nacional. b) Si el postulante registra empate, deberá presentar su expediente con los requisitos y anexos; y el postulante es adjudicado al último en su grupo de empate establecido en el cuadro de la Prueba Nacional. c) Si dos o más postulantes que registran empate no presentaron sus expedientes en la fecha establecida, serán adjudicados al final en su grupo de empate, el comité usara el orden de ubicación registrado en el cuadro de méritos de la Prueba Nacional. d) En caso el postulante que hasta el acto de la adjudicación no haya presentado los documentos, no será adjudicado y el comité procede a retirarlo del cuadro de méritos de la Prueba Nacional. Consideracionesespecificaspor resultadosdelaPUN
  • 8. EL COMITÉ ▪ Si existe empate en el cuadro de méritos establecido por la Prueba Nacional, el comité verifica y evalúa el expediente de los postulantes empatados, para determinar el orden de mérito. ▪ El comité resuelve el reclamo por escrito dentro del plazo establecido en el cronograma aprobado. La decisión adoptada será comunicada a los postulantes, y en el caso que corresponda, realiza las correcciones a los resultados para su publicación final, con lo cual se da por agotada la etapa de reclamación. Consideracionesespecificaspor resultadosdelaPUN
  • 9.  El comité adjudica por orden de mérito, de acuerdo con los cuadros de méritos final de la UGEL, a los postulantes que hayan cumplido con presentar su expediente en la fecha establecida en el cronograma, o hasta la fecha de adjudicación.  Entrega o remite al postulante adjudicado el acta de adjudicación, suscrita por todos sus integrantes (Anexo 7).  Entrega o remite al postulante adjudicado el contrato de servicio docente (Anexo 1) para su firma.  El postulante adjudicado suscribe el contrato de servicio docente y lo devuelve en el plazo de 24 horas de recibido, para la respectiva emisión de resolución de contrato  Concluida la adjudicación, el comité remite inmediatamente al área de personal o al que haga sus veces en la UGEL, el informe del proceso correspondiente a esta modalidad de contratación, el cual contiene los expedientes de los postulantes adjudicados, asimismo remite un ejemplar solo del informe al titular de la UGEL. ▪ Las horas para completar el plan de estudios de 20 horas pedagógicas a menos, son adjudicadas por el comité a petición del postulante, respetando el orden de mérito. ▪ El comité informa a la UGEL la relación de horas para completar el plan de estudios de 20 horas pedagógicas o menos, no adjudicadas, para que sea comunicado a los directores de las IIEE para que efectúen su propuesta en la contratación por situación diferenciada. DE LAS HORAS NO ADJUDICADAS DelaadjudicaciónporlaPUN
  • 10. El comité evalúa los expedientes de los postulantes sobre un máximo de setenta (70) puntos, según el siguiente detalle: ▪ Formación Académica y Profesional (máximo 38 puntos). ▪ Formación Continua (máximo 3 puntos). ▪ Experiencia Laboral (máximo 24 puntos). ▪ Méritos (máximo 5 puntos) Inicia esta modalidad de contratación, siempre que existan vacantes y se haya agotado el cuadro de méritos establecido por la contratación de resultados de la Prueba Nacional. ▪ El Comité verifica que los postulantes cumplan con los requisitos y que los documentos presentados correspondan a la modalidad educativa, nivel o ciclo y área curricular o campo de conocimiento de la vacante convocada. Si dos o más postulantes obtienen el mismo puntaje final, el comité deberá considerar de manera excluyente y en orden de prelación, los puntajes obtenidos en: ▪ Formación académica y profesional. ▪ Experiencia laboral. ▪ Formación continua. ▪ Antigüedad de fecha de expedición del título. El comité elabora y publica los resultados preliminares, por orden de prelación excluyente, considerando los puntajes obtenidos en la evaluación de expedientes, así como la relación de los postulantes no aptos para continuar con el proceso de contratación. 2 1 4 3 5 Consideracionesespecíficaspor evaluacióndeexpedientes
  • 11.  Se evalúa el Grados de Maestro y Doctor  Los diplomados válidos son los que tengan como mínimo 24 créditos equivalentes a 384 horas y que desarrollen aspectos pedagógicos en la modalidad educativa, nivel o ciclo y área curricular o campo de conocimiento de la plaza a la que postula.  Los certificados, diplomas o constancias que se consideran válidos son los realizados en los últimos cinco (5) años.  Para la experiencia laboral antes del 2014, solo se otorgará puntaje de 0.20 por cada mes de labor en IE.  La UGEL garantiza que el comité tenga acceso a la verificación de los padrones aprobados por el Minedu para poder corroborar y asignar el puntaje señalado a los y las postulantes.  Las resoluciones de felicitación que se consideran válidas para el proceso de contratación, son las Resoluciones Ministeriales y las resoluciones emitidas por la DRE o UGEL según corresponda, y se califican aquellas que sean por desempeño o trabajo destacado en el campo pedagógico, reconocido de manera individual. 4.1 Consideracionespara laevaluacióndelexpediente
  • 12. Para efectos de evaluar la experiencia laboral, se considera como máximo 10 meses por cada año lectivo, un (1) mes equivale a 30 días, son acumulables los días para completar un (1) mes.  Solo son computables los contratos como profesor por una jornada mínima de 12 horas pedagógicas en un periodo lectivo. La experiencia laboral se evalúa con un máximo de 100 meses, y se acredita con:  Experiencia laboral en IIEE privadas: i) El contrato de trabajo y ii) Los recibos por honorarios o boletas de pago o constancias de pago que especifique el inicio y término del contrato.  Experiencia laboral en IIEE públicas: i) La resolución que aprueba el contrato o el contrato administrativo de servicios , y ii) Las boletas o constancias de pago que especifique el inicio y término del contrato.  También será considerada la experiencia laboral como profesor coordinador de programas no escolarizados o de profesor coordinador de ONDEC/ODEC, siempre y cuando postulen a los mismos cargos en los que acreditan la experiencia.  Se considerará como experiencia laboral para IIEE y programas educativos de educación inicial la acreditada por las Promotoras Educativas Comunitaria – PEC de PRONOEI con acto resolutivo de reconocimiento de pago de propina emitida por la UGEL o DRE.  A efectos de otorgar puntaje por experiencia laboral en IE ubicada en zona de frontera, en zona rural o VRAEM (no son excluyentes), el comité verifica de oficio las boletas de pago o constancia de pago en las que se califican la experiencia laboral que coincida con el año en el que laboró en la IE y la identificación de la misma en los padrones aprobados desde el año 2014. 4.2 Consideracionesparalaevaluacióndelexpediente
  • 13. Ley Condición para la bonificación especial % de Bonificación Requerimientos Ley N°29973 Por tener la condición de discapacidad 15% Adjuntar en la presentación de expedientes el certificado de discapacidad otorgado por los médicos certificados registrados de las Instituciones Prestadoras del Servicio de Salud- IPRESS públicas, privadas y mixtas a nivel nacional, o por otras instituciones autorizadas o la Resolución de Discapacidad emitida por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) o copia simple del carnet. Ley N°29248 Por ser personal licenciado de las Fuerzas Armadas 10% Adjuntar en la presentación de expedientes copia simple del documento oficial emitido por la autoridad competente que acredite su condición de Licenciado de las Fuerzas Armadas. Bonificaciones Especiales 4.3 Consideracionesparalaevaluacióndelexpediente
  • 14. Bonificaciones Especiales Ley Condición para la bonificación especial % de Bonificación Requerimientos Ley N°27674 Acceso de deportistas calificados de alto nivel a la administración pública Para todos los casos: Adjuntar en la presentación de expedientes el original o copia certificada, legalizada o autenticada del documento oficial vigente emitido por la autoridad competente que acredite la condición de Deportista Calificado de Alto Nivel. 20% Postulante que haya participado en Juegos Olímpicos o Campeonatos Mundiales y se ubiquen en los cinco primeros puestos o hayan establecido récords o marcas olímpicas mundiales o panamericanas. 16% Postulante que haya participado en Juegos Deportivos Panamericanos o Campeonatos Federados Panamericanos y se ubiquen en los tres primeros puestos o hayan establecido récords o marcas sudamericanas. 12% Postulante que haya participado en Juegos Deportivos Sudamericanos o Campeonatos Federados Sudamericanos y que hayan obtenido medallas de oro o plata o hayan establecido records o marcas bolivarianas. 8% Postulante que haya obtenido medalla de bronce en Juegos Deportivos Sudamericanos o Campeonatos Federados Sudamericanos o participado en Juegos Deportivos Bolivarianos y obtenido medallas de oro y plata. 4% Postulante que haya obtenido medalla de bronce en Juegos Deportivos Bolivarianos. Consideracionesparalaevaluacióndelexpediente
  • 15. ▪ La falta de la impresión dactilar o firma del postulante, así como la omisión en la presentación de los citados anexos, pueden ser subsanadas como máximo hasta la fecha de adjudicación, caso contrario no podrá ser adjudicado. ▪ El comité publica el cuadro de méritos final, por orden de prelación excluyente, dentro del plazo establecido en el cronograma aprobado. ▪ Concluida la adjudicación, el comité remite al área de personal de la UGEL, el informe del proceso correspondiente a esta modalidad de contratación, el cual contiene los expedientes de los postulantes adjudicados, asimismo remite un ejemplar solo del informe al titular de la UGEL. ▪ El comité adjudica de forma presencial o virtual por modalidad educativa, nivel o ciclo y área curricular o campo de conocimiento de acuerdo al orden de prelación excluyente. • El comité informa a la UGEL la relación de vacantes no adjudicadas, para que sea comunicado a los directores de las IE a fin de que efectúen su propuesta por contratación excepcional. • Publicado los resultados preliminares, el postulante que no se encuentre de acuerdo con los mismos, está facultado en presentar su reclamo debidamente fundamentado por escrito ante el comité, dentro del plazo establecido en el cronograma aprobado. 6 8 7 9 Porevaluacióndeexpedientes 10 11
  • 16. PUBLICACION DE LAS PLAZAS Las vacantes de IIEE de EIB son diferenciadas por sus formas de atención siendo estas : Para la forma de atención de fortalecimiento, el nivel inicial, nivel primaria y en el nivel secundaria en las áreas curriculares de comunicación y Ciencias Sociales, se considera el 100% de las plazas. Para la forma de atención de revitalización, el nivel inicial y nivel primaria se considera el 75% (*) de las plazas, y en el nivel secundaria en las áreas curriculares de (comunicación y CCSS) (**). Para la forma de atención de ámbito urbano, el nivel inicial y nivel primaria se considera el 33% (*) de las plazas, y en el nivel secundaria en las áreas curriculares de (comunicación y CCSS) (**). (*) El Minedu a través de la DEIB determina las plazas, consideradas en dicha proporción. En caso la IE EIB sea unidocente la plaza será EIB. (**) El total de plazas convocadas e identificadas por la DEIB. Consideracionesadicionalesparalasvacantes deII.EE.EIB
  • 17. • Dominio (oral y escrito) de lengua originaria y conocer la cultura local. • Estar inscrito en el RNDBLO • Si hay empate, prima el rango de prelación del dominio de la lengua originaria. • Por la PUN, debe cumplir además con los dos requisitos señalados para los postulantes. Postulantes Contratación por Resultados PUN y evaluación de expedientes Por expediente: • El postulante presenta su expediente en forma presencial o virtual a una UGEL señalando el orden de prelación para el nivel o área curricular EIB a la que postula. • Para las vacantes de IIEE EIB de fortalecimiento del nivel inicial, primaria y secundaria (solo en las áreas curriculares de comunicación y ciencias sociales) que no puedan ser cubiertas el requisito del dominio (oral y escrito) de lengua originaria se podrá considerar a los docentes que se encuentran en el RNDBLO con un nivel menor de dominio. • Para IIEE EIB amazónica, de revitalización y ámbito urbano el requisito de dominio de lengua es deseable. No obstante, el que cuente con el dominio tendrá prioridad • En la zona andina, es obligatorio el dominio de la lengua originaria. • El dominio de la lengua originaria no aplica para los y las postulantes que postulen o se adjudiquen una vacante de una IE EIB en las áreas de educación física, aula de innovación pedagógica e inglés Consideracionesadicionalesparalasvacantes deII.EE.EIB
  • 18. • En las vacantes no adjudicadas en el nivel inicial por el Comité, la Directora de la IE EIB en coordinación con las autoridades o representantes de la comunidad, propone por orden de prelación. • Adjunta el Currículum Vitae documentado y las declaraciones Juradas de acuerdo a los Anexos 8, 9, 10, 11, 12 y 19 de la norma de contrato docente Consideracionesadicionalesparalasvacantes deII.EE.EIB
  • 20. CONTRATACIONES DIFERENCIADAS El área de personal o quien haga sus veces, verifica que los postulantes cumplan con todos los requisitos de formación, que no cuenten con impedimento y comunica al titular de la UGEL para la suscripción del contrato y posterior emisión de la resolución de aprobación de contrato a través del sistema NEXUS. • En caso se suspenda o interrumpa el servicio educativo en las IIEE por paros, huelgas o cualquier denominación que se le otorgue, declaradas o no improcedente o ilegal. El director de la IE, dentro de las 24 horas de iniciada la interrupción de las labores, debe proponer la contratación de los profesores que sean necesarios para asegurar la continuidad del servicio educativo. • En caso el director de la IE no efectúe la propuesta hasta el tercer (3) día de interrumpido el servicio, el comité de la UGEL, procede a adjudicar de acuerdo a las disposiciones previstas en la presente norma. • La vigencia y duración del contrato será por treinta (30) días. Si la paralización fuera mayor a treinta (30) días, el contrato será ampliado por el mismo período. • El director de la IE en coordinación con los miembros del CONEI podrán proponer ante la UGEL, a quien cumpla con los requisitos de formación, general, específicos y no incurra en alguno de los impedimentos estipulados en el articulo 15 de la norma de contrato docente; adjuntando los requisitos de formación académica para la modalidad educativa, nivel o ciclo y área curricular/especialidad o campo de conocimiento señalada en el Anexo 6, y los anexos 8, 9, 10, 11, 12 y 19, debidamente llenados, firmados y con la impresión dactilar. • Para el caso de la IE unidocente, la propuesta se encuentra a cargo de la autoridad civil o política de la comunidad donde se encuentra ubicada la IE.
  • 21. En atención a lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, para que se configure la excepción a la prohibición de doble percepción de ingresos, los horarios de trabajo y la ubicación de ambos vínculos laborales no deben sobreponerse de tal modo que una jornada no afecte a la otra, incluso si ambos vínculos se desarrollan en la misma entidad. De manera excepcional, para la cobertura de las horas vacantes señaladas en el artículo 12.1 literal c) de la norma de contrato docente, se permite que pueda darse más de dos adjudicaciones a un mismo postulante, siempre que esta no exceda en su sumatoria general la jornada de 30 horas pedagógicas. En los contratos de 20 horas a menos, se puede dar la figura de la doble percepción, pudiendo ser atendido en primer orden por el comité en la contratación por la PUN, y en segundo orden a propuesta del director de la IE. Para acceder a una doble percepción él postulante debe presentar los horarios de trabajo ante el comité para que pueda adjudicar una vacante docente como función adicional. En el procedimiento de contrato docente en sus dos etapas (PUN y evaluación de expedientes) y en la situación diferenciada, no está permitida la doble percepción de ingresos en plazas orgánicas, eventuales y de reemplazo 3 4 1 2 Doblepercepcióndeingresos Importante: En caso la UGEL en aplicación del control posterior detecte el incumplimiento de lo dispuesto en la segunda disposición complementaria referida a la doble percepción de ingresos, se resuelve el contrato adicional y se inicia el proceso administrativo correspondiente para determinar las responsabilidades administrativas o penales que corresponda. 5
  • 23. Condiciones La renovación de contrato de servicio docente para profesores que laboraron en el 2022 en la modalidad de Educación Técnico Productiva, la misma inicia el 30 de enero de 2023, para lo cual el profesor deberá cumplir con los siguientes requisitos: Haber sido contratado en plazas de ETP, con título de Profesor o Licenciado en educación, o con Título profesional universitario no pedagógico, o con Título profesional técnico. Contar con evaluación favorable de su desempeño laboral Contar con vínculo laboral consecutivo mínimo de 03 meses en la misma vacante, contabilizada hasta el último día hábil del mes de diciembre del 2022 La vacante, objeto de renovación se encuentre disponible para el siguiente año lectivo y no esté dentro del número total de vacantes declaradas/identificadas como excedente en el CETPRO de origen, asimismo deben contar con la misma especialidad Quienes cumplan con los requisitos señalados en el articulo 26 y 29 de la norma de contrato docente, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2023- MINEDU
  • 24. Procedimiento Renovación de contrato Evaluación de desempeño laboral docente ACTIVIDAD RESPONSABLES FECHAS Presentar desistimiento a la evaluación de desempeño docente ante la dirección de la IE o UGEL según corresponda. Postulante 30 y 31 de enero Evaluar el desempeño laboral del docente contratado del servicio docente. El comité 01 al 03 de febrero Presenta reclamo a la evaluación. Postulante 06 de febrero Absuelve el reclamo. El comité 07 de febrero Renovación de contrato Elevar a la UGEL el oficio de propuesta de contrato de servicio docente para el año lectivo 2023 El comité 08 al 09 de febrero Verifica que los profesores a quienes se les renovará el contrato cumplan con las condiciones señaladas. El área de personal de la UGEL o quien haga sus veces 10 al 13 de febrero Publicar la relación de los profesores a quienes se les renovará el contrato 14 de febrero Publicar la relación de los profesores cuya vacante en la que laboraron no se encuentra disponible 15 de febrero Emitir la resolución que aprueba el contrato DRE y UGEL 16 de febrero Comunicar al comité, la relación de los profesores a los que se les renovará un periodo adicional de su contrato El área de personal de la UGEL o quien haga sus veces 17 de febrero Reportar a la DRE o la que haga sus veces, las vacantes nuevas y las vacantes donde no se haya renovado contrato UGEL 17 de febrero
  • 25. La evaluación de desempeño del profesor contratado en ETP será aplicada por los COMITES durante la primera semana de febrero, la citada evaluación podrán realizar de forma presencial o virtual. Director del CETPRO y el especialista de educación de CETPRO Jefe de gestión pedagógica y un especialista de educación en ETP En el caso de los CETPRO donde todos los profesores son contratados y no cuenten con plaza de director. Quienesevalúaneldesempeñolaboral Los comités
  • 26. Consideracionespreviaalaevaluación La valoración de los aspectos va entre uno (1) y cuatro (4) puntos, donde: Conductas observables del aspecto evaluado se realizan nunca o casi nunca. Conductas observables del aspecto evaluado se realizan pocas veces. Conductas observables del aspecto evaluado se realizan mayormente. Conductas observables del aspecto evaluado se realizan casi siempre o siempre. 1 DEFICIENTE 2 EN PROCESO 3 SUFICIENTE 4 DESTACADO INSATISFACTORIO SATISFACTORIO
  • 27. Fichadeevaluacióndedesempeñolaboral docentepararenovación Cálculo del puntaje final El puntaje final es el promedio simple de la calificación obtenida en los doce (12) aspectos evaluados: Puntaje obtenido∗ 12 =Puntaje final *El puntaje obtenido es la suma de las calificaciones asignadas en los doce (12) aspectos evaluados. Se considera evaluación de desempeño laboral favorable, si el puntaje final es igual o mayor a 2,50 como se muestra a continuación: PUNTAJE CONDICIÓN FINAL ≥ 2,50 Desempeño Favorable < 2,50 Desempeño Desfavorable
  • 28. Directorio de especialistas por región para la asistencia técnica Coordinador: Andrés Izaguirre Minaya aizaguirre@minedu.gob.pe Subcoordinador: Ebert Ordinola Ramírez ebordinola@minedu.gob.pe Especialista Regiones a cargo Correo electrónico Contacto Samuel Lope Lima Metropolitana y Callao trayectoriaditen_01@minedu.gob.pe 949800605 Mauricio Vela San Martin, Amazonas, La Libertad y Junín trayectoriaditen_02@minedu.gob.pe 988314445 Melissa Lozada Cajamarca, Arequipa y Moquegua trayectoriaditen_03@minedu.gob.pe 993323460 Laura Azpur Ayacucho, Apurímac y Madre de Dios trayectoriaditen_04@minedu.gob.pe 951004706 Fredy Flores Ica, Piura, Tumbes y Pasco trayectoriaditen_08@minedu.gob.pe 979609051 Ana Lucia Chupillon Lima provincias, Huancavelica y Tacna trayectoriaditen_09@minedu.gob.pe 922372553 Ruben Miraya Ucayali, Ancash, Puno y Lambayeque rmiraya@minedu.gob.pe 980799815 Pedro Rea Cusco, Loreto y Huánuco prea@minedu.gob.pe 953680848
  • 29. Más información en la siguiente página web: Correo electrónico Consultas