2. ¿Cómo podemos definir al contrato de trabajo? Es aquel por el cual se vinculan dos personas, donde el trabajador se obliga a prestar una actividad en provecho y bajo la dirección de otra (empleador) y ésta a retribuirla.
3. Los contratos que establecen obligaciones de hacer consisten siempre en un accionar humano, típico de los contratos de trabajo. Los contratos que disponen obligaciones de no hacer establecen que una persona voluntariamente, se sujete a no realizar una actividad lícita. ej: contrato de exclusividad.
4. Elementos del contrato de trabajo: Actividad personal. Subordinación. Onerosidad. Durabilidad.
11. Contrato de trabajo atípico Atipicidad según la temporalidad: En el trabajo atípico los contratos se realizan por tiempo o plazo definido. …“ los contratos de duración determinada son aquellos cuya duración se establece en el momento de celebrarse el contrato, estos pueden ser de plazo cierto o incierto”. A. PláRodríguez Ejemplos: contrato a prueba, de zafra, de suplencia.
12. Contrato a prueba o de ensayo Es aquel celebrado en razón de un tiempo estipulado, para que el empleador compruebe la eficiencia del trabajador que pretende contratar.
13. Contrato de zafra o temporal Su duración está vinculada a ciclos de la naturaleza. Se relaciona con las actividades turísticas y agropecuarias. Contrato de suplencia Es aquel vínculo que se establece entre el trabajador y un empleador, durante la ausencia de un trabajador titular.