1. IMPUESTOS
Son gravámenes que el gobierno estableció con el fin de financiar el Estado.
En Colombia existen variedad de impuestos entre los que sobresalen: el
GMF, impuesto de renta, impuesto de industria y comercio, el impuesto a las
ventas, entre otros.
Los impuestos son administrados por la DIAN, (dirección de impuestos y
aduanas nacionales) entidad delegada por el Estado.
En esta ocasión analizaremos dos de estos impuestos y el recaudo
anticipado de los mismos.
En primera instancia hablaremos de la retención en la fuente que es un
mecanismo de recaudo anticipado del impuesto de renta y complementarios,
del impuesto sobre las ventas, del impuesto de timbre nacional y del
impuesto de industria y comercio; Son agentes de retención, las entidades
de derecho público, los fondos de inversión, los fondos de valores, los
fondos de pensiones de jubilación e invalidez, los consorcios, las
comunidades organizadas y las demás personas naturales o jurídicas,
sucesiones ilíquidas y sociedades de hecho, que por sus funciones
intervengan en actos u operaciones en los cuales deben, por expresa
disposición legal, efectuar la retención correspondiente. Las personas
naturales cuando cuando tengan la calidad de comerciantes y cuando en el
año inmediatamente anterior hayan tenido un patrimonio bruto o unos
ingresos brutos superiores $596.135.000. La retención en la fuente
consiste en restar de los pagos o en abonos en cuenta un porcentaje
determinado por la ley, a cargo de los contribuyentes de dichos pagos o
abonos en cuenta. La retención en la fuente se liquida sobre el valor de la
mercancía de personas naturales y jurídicas. El agente retenedor deduce un
2. porcentaje determinado del valor por pagar en compras o servicios al agente
retenido, con el fin de entregar este dinero a la DIAN. Las obligaciones del
agente de retención son: Practicar la retención en la fuente, Presentar la
declaración mensual, Efectuar el pago de las retenciones en bancos u otras
entidades autorizadas por el gobierno, Expedir certificados a quienes se les
practicó retención, Constituir y conservar pruebas por un término no
inferior a 5 años y Suministrar información que soliciten las autoridades
fiscales.; en la retención en la fuente existe la figura de autorretenedor son
aquellas personas autorizadas por la Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales teniendo en cuenta el volumen de operaciones, la existencia de
un gran número de retenedores, entre otros factores. La base y los
porcentajes de retención los reglamenta cada año la DIAN. La retención en
la fuente se declara mensual, mediante el formato N.350.
En segundo lugar tenemos al IVA, (impuesto sobre las ventas) y el recaudo
anticipado del mismo se llama reteiva; en Colombia (1 de abril de 1984) se da
bajo la modalidad de valor agregado y se aplica en las diferentes etapas de
ciclo económico; para su efecto los bienes y servicios se clasifican en
gravados, exentos y excluidos; y se aplica en diferentes tarifas, general
(16%), diferencial y especial según la clasificación del bien o servicio. Para la
inscripción, declaración y pago de este impuesto existen dos regímenes:
simplificado y común. El IVA es generado en ventas con naturaleza crédito y
descontable en las compras con naturaleza debito. El IVA se declara
bimensual, mediante el formato N.300.
En tercer y último lugar tenemos el ICA (impuesto de industria y comercio)
y el recaudo anticipado del mismo se llama reteica, es un gravamen de
carácter municipal que grava toda actividad industrial, comercial o de
servicios que se realiza en forma ocasional o permanente, con o sin
3. establecimientos. Son responsables del impuesto de industria y comercio la
persona natural o jurídico o la sociedad de hecho, que realice el hecho
generador, consistente en el ejercicio de actividades industriales,
comerciales o de servicios. Los responsables del régimen común declaran el
ICA bimensual, mientras los responsables del régimen simplificado anual.
En conclusión, como los impuestos son inevitables, deben cumplir con ciertas
condiciones: en primera parte neutralidad, en el sentido de generalidad y
equidad; seguido de simplicidad en su determinación; y eficiencia, en el
recaudo y en el uso de los recursos, Pero también es importante no
desconocer que cada uno de ellos y sus recaudos anticipados cumplen una
función vital para el sostenimiento del Estado y el equilibrio de todo un país.