1. LA LEY DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA
DE 1867, Y SU REGLAMENTO.
2. El Gobierno de Benito Juárez.
Ofrece 3 etapas:
La Guerra de la Reforma.
La Intervención Francesa y el Imperio.
La Restructuración de la República.
Son tres situaciones para ejercer el poder.
3. La restructuración de la República.
(Junio de 1867)
En cuanto se establece el Gobierno republicano en la
capital, el presidente Benito Juárez restablece el
Ministerio de Justicia en la Instrucción Pública.
Como encargado el abogado Antonio Martínez de
Castro nació en sonora, para la formulación de un
proyecto de ley, para restructurar la educación.
4. Con el apoyo de una comisión.
Ing. Francisco Díaz Covarrubias.
Doc. Gabino Barrera.
Doc. Pedro Contreras Elizalde.
Doc. Ignacio Alvarado.
Lic. Eulalio E. Ortega.
Lic. José Díaz Covarrubias.
5. La ley fue expedida el 2 de diciembre de 1867.
El 24 de enero de 1868 se expidió su reglamento.
6. Antonio Martínez de Castro
La educación no es imposición desde fuera, sino
promoción personal desde dentro.
Fue reconocido como el primer Ministro que sabia lo
que significaba la educación, por encima del encargo
gubernamental.
7. La citada Ley consta de 92 artículos y su reglamento
de 80.
Se reglamentaba la instrucción primaria, sobre la base
del laicismo, y se le señalaba como obligatoria y
gratuita para los pobres, y se regulaba la instrucción
secundaria en sus contenidos, ampliándola a las
mujeres.
9. En la ultima etapa del Gobierno de
Benito Juárez
Dos vicios lamentables:
1.- la reaparición de la demagogia política.
2.- su desmedido afán constitucionalista, traducido a
una tendencia permanente de expedir nuevas leyes.
10. Por lo que expidió el 31 de marzo de 1869 una serie de
reformas a la ley de 1867.
El 15 de mayo del mismo año, una nueva ley orgánica.
Ahora toda la responsabilidad caía sobre el Ministro
de Justicia e Instrucción Pública, el Lic. Ignacio
Mariscal.
11. El plan propuesto en la ley de 1867 se puso en marcha
en 1868.
En 1868 se hicieron algunos cambios y reformas.
El presidente Juárez expidió una nueva Ley Orgánica
de la instrucción Pública en el Distrito Federal, el 15 de
mayo de 1869.
12. Ley Orgánica y su reglamento.
Esta nueva ley y su reglamento sirvieron de base para
que la mayor parte de los Estados de la República
transformaran la estructura de sus sistemas
educativos.
También motivaron al fanatismo liberal en forma de
antirreligioso, por lo que hace al laicismo la Ley de 10
de diciembre de 1874, expedida por el Presidente
Sebastián Lerdo de Tejada.
13. Señala: «La instrucción religiosa y las practicas
oficiales de cualquier culto, quedarán prohibidas en
todos los establecimientos educativos de la
Federación, los Estados y los Municipios.»
14. Gracias a la Ley Orgánica de Instrucción Pública de
1869 se establecía la Junta Directiva de Instrucción
Pública del Distrito Federal.
15.
16.
17. Las agencias educativas peri escolares fueron materia de la
Ley de 1869.
La academia de Ciencias y Literatura tiene por objeto:
I. fomentar el cultivo y adelantamiento de estas ramas.
II. Servir de cuerpo facultativo de consulta para el gobierno.
III. Reunir objetos científicos y literarios.
IV. Establecer concursos y premios.
V. Establecer publicaciones periódicas y no periódicas.
18. El 30 de Noviembre de 1867 se reorganiza la Biblioteca
Nacional por el decreto del Presidente Benito Juárez.
Para integrar el acervo de la Biblioteca, el señor Don Ignacio
Ramírez, ordeno al Doctor José Diez de Sollano y Dávalos a
entregar el local y todas sus pertenencias, y sobre todo la
biblioteca.
19. El fondo de libros de la Biblioteca
Nacional, según la Memoria de la Secretaria
De Hacienda de 1874 hacía un total de
115, 971 libros.
La Biblioteca Nacional de México fue creada
por el Decreto del 24 de Octubre de 1833.
Se inauguró el 2 de Abril de 1844.
20. Depende de la Universidad Nacional Autónoma de México
desde 1929, en la que funciona uno de sus institutos.