1. Derecho Constitucional
Guatemalteco
• El 15 de junio de 1215 Juan Sin Tierra firma con el sello real,
la carta magna, la cual no tuvo intención de cumplir.
• Este acto, marca el inicio del constitucionalismo inglés.
• El Capítulo II es un enunciado general de las libertades que
el Rey se compromete a asegurar, en nombre propio y de sus
herederos. Estos están destinados no solo a los barones
ingleses, sino a todos los hombres libres, esto explica la
influencia que tiene en la historia del constitucionalismo.
• Su contenido no se asemeja a la declaración de derechos, de
una constitución. Enumera ampliamente y
desordenadamente , los derechos de los participantes en las
relaciones de autoridad y de sometimiento, diversas y
desiguales, típicas del feudalismo.
2. • Se fijó un sede del tribunal de Common Pleas, encargado de
aplicar el derecho consuetudinario, que anteriormente seguía
a la corte, lo que alargaba los procesos.
• En cuanto a las garantías, se establecieron límites a las multas,
que se imponían por infracciones, u ofensas. Hoy se conoce
como la prohibición confiscatoria de los tributos.
• Como principal garantía procesal, se tiene la establecida en el
Capítulo XXXIX “ningún hombre libre será detenido o
encarcelado o desposeído o puesto fuera de ley o de
cualquier manera destruido, ni le condenaremos, ni le
impondremos prisión, excepto por el juicio legal de sus pares,
o conforme a las leyes del país”. Hoy conocido como el
derecho a la legalidad procesal, o debido proceso, o el
derecho a un juicio justo.
3. • La cláusula más expresiva de la revolución de los nobles, es el
último capítulo: que pretende asegurar la vigencia de la carta,
frente a la más que probable resistencia del rey. El
mecanismo de garantía consistía en la elección por los
barones, de un consejo formado por 25 barones, que velarían
por el cumplimiento de las libertades consagradas en la carta.
Esto implicaba el sometimiento de la corona, a la ley.
• Adicionalmente la carta justificaba la rebelión popular contra
el rey, al autorizar a cualquier persona a jurar obediencia a las
ordenes de los 25 barones, llegando incluso a ordenar que
prestasen ese juramento, incluso quienes estuvieren remisos
a hacerlo.
4. • La influencia de la carta magna inglesa, no determinante en su
constitucionalismo, tampoco fue insignificante.
• Aunque la Carta Magna no significó Constitución, si
contribuyó a asentar dos principios:
1. El de que todo gobierno legítimo debe basarse en un pacto
con los gobernados; y
2. La idea de la “ley fundamental”.