El documento resume los tres tipos de derechos humanos: derechos civiles y políticos (primera generación), derechos económicos, sociales y culturales (segunda generación), y derechos de solidaridad (tercera generación). También describe los principios de los derechos humanos como universales, inalienables, interdependientes, indivisibles e iguales para todos sin discriminación. Finalmente, explica que los derechos humanos protegen a las personas contra actos ilícitos y crean una relación entre individuos y sociedad que permite la identidad
2. Los derechos humanos son derechos
inherentes a todos los seres humanos, sin
distinción alguna de nacionalidad, lugar de
residencia, sexo, origen nacional o
étnico, color, religión, lengua o cualquier otra
condición. Todos los seres humanos tenemos
los mismos derechos.
3. Los derechos de primera generación son los derechos
civiles y políticos vinculados con el principio
de libertad.
Los derechos de segunda generación son los derechos
económicos, sociales y culturales, que están
vinculados con el principio de igualdad.
La tercera generación de derechos se vincula con
la solidaridad, unifica su incidencia en la vida de todos,
a escala universal, y precisa una serie de esfuerzos y
cooperaciones en un nivel planetario.
4. Universales e inalienables: el principio de la universalidad
de los derechos humanos es la piedra angular del derecho
internacional de los derechos humanos. Los derechos
humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en
determinadas situaciones y según las debidas garantías
procesales.
Interdependientes e indivisibles: todos los derechos son
indivisibles, interrelacionados e interdependientes.
Iguales y no discriminatorios: prohíbe la discriminación
sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales
como sexo, raza, color, y así sucesivamente.
5. De manera amplia se puede afirmar que los
Derechos Humanos crean un campo de acción
dentro del cual la persona se puede desenvolver
libremente y en donde queda protegida contra
actos ilícitos del estado y los particulares.
Desde un punto de vista más relacional, los
derechos humanos sirven para crear una relación
integrada entre la persona y la sociedad, que
permita a los individuos ser personas jurídicas,
identificándose consigo mismos y con los otros.