Similar a Estudio actos administrativos e información obtenida en el proceso de organización del fondo acumulado de la alcaldía municipal san luis (20)
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ESTUDIO ACTOS ADMINISTRATIVOS E INFORMACIÓN OBTENIDA
EN EL PROCESO DE ORGANIZACIÓN DEL FONDO ACUMULADO
DE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE SAN LUIS ANTIOQUIA
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TABLA DE CONTENIDO
INTRODUCCIÓN...................................................................................................................................... 4
OBJETIVOS.............................................................................................................................................. 6
HISTORIA DEL VOTO EN COLOMBIA ...................................................................................................... 7
PRIMERA ELECCIÓN POPULAR DE ALCALDE 15
MARCO LEGAL....................................................................................................................................16
1. NORMATIVIDAD EXTERNA...................................................................................................................................................... 16
2. NORMATIVIDAD INTERNA ...................................................................................................................................................... 22
REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS DE 1883 A 1995.............................................................. 28
ESTUDIO ACTOS ADMINISTRATIVOS 1883 A 1960 ................................................................................ 28
ESTUDIO ACTOS ADMINISTRATIVOS 1961 A 1988 ................................................................................ 30
ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE 1961-1985.................................................................................... 37
ESTUDIO ACTOS ADMINISTRATIVOS 1991 A 1998 ................................................................................ 38
ORGANIGRAMA 1995 ............................................................................................................................ 51
ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL SUBREGIÓN BOSQUES HÚMEDOS TROPICALES MUNICIPIO DE SAN LUIS LIBRO DE
DIAGNOSTICO 1999 ............................................................................................................................... 51
ORGANIGRAMA TOMADO DEL MANUAL DE FUNCIONES DEL AÑO 2008............................................. 60
OTROS ORGANIGRAMAS ENCONTRADOS ............................................................................................. 61
ORGANIGRAMA ACTUAL DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL............................................................ 62
ORGANIGRAMA ELABORADO PARA LAS TABLAS DE VALORACIÓN DOCUMENTAL SÍNTESIS DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LAS
ESTRUCTURAS ORGÁNICAS.................................................................................................................... 63
CIBERGRAFIA.......................................................................................................................................... 64
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INTRODUCCIÓN
Con la creación del Archivo General de la Nación mediante la Ley 80 de 1989 y la expedición de los
Decretos 1382 de 1995 y 998 de 1997, el Gobierno Nacional inicia la reglamentación sobre las
transferencias de la documentación histórica de las entidades de orden nacional del sector central de la
rama ejecutiva y ordena su traslado al Archivo General de la Nación. Con la implementación de estas
normas se empieza a conocer la magnitud de los problemas de hacinamiento de los archivos; las Unidades
Técnicas realizan diagnósticos preliminares in situ a los depósitos de archivo de las diferentes entidades con
el fin de identificar y evaluar su situación real, el resultado permitió establecer que el fenómeno más
frecuente encontrado en los Archivos Centrales de las entidades son los altos niveles de desorganización de
los archivos, así como las deficientes condiciones medioambientales de los depósitos que contribuyen al
deterioro físico de la documentación. Los archivos se fueron convirtiendo en verdaderos depósitos de
papeles en donde se arruman grandes masas de documentos sin ningún criterio archivístico de organización
y conservación, creando los denominados Fondos Acumulados.
El Municipio de San Luis no fue ajeno a esta problemática ya que no existía una política archivística
coherente por parte del Estado para dar solución a los problemas estructurales en los archivos, sumado a lo
anterior el archivo de este Municipio fue totalmente devastado durante la toma guerrillera ocurrida en el mes
de diciembre de 1999.
Son muchos los hechos cotidianos importantes que quedaron en el anonimato y pasaron al olvido en este
Municipio sin que existan documentos que puedan probar o ratificar hechos históricos, por lo cual la
reconstrucción histórica de sus actos administrativos y estructuras orgánicas resulta una ardua tarea ya que
solo se encuentran documentos fragmentados que brindan poca información sobre la historia del Municipio,
sobre todo en la época comprendida entre 1883 y 1990.Los actos administrativos efectuados en este
periodo solo dan fe de creación de cargos, supresión de cargos y hechos muy puntuales sobre conductas de
empleados mas no sobre temas relevantes de la administración pública de este Municipio.
En la década de los noventas es donde realmente se encuentran actos administrativos como acuerdos,
decretos resoluciones y manuales de procesos y procedimientos que permiten identificar las diferentes
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unidades administrativas productoras de los documentos y además permiten discernir las funciones de los
empleados de la Alcaldía
El lector encontrará en este documento algunas funciones tomadas de manuales y actos administrativos que
permiten de alguna forma identificar los cargos y las dependencias que conformaban la Alcaldía en sus
inicios aunque es muy importante tener en cuenta que solo hasta el año 1988 se dieron las primeras
elecciones populares para alcaldes en Colombia gracias al acto legislativo número 01 de 1986, el cual
permitió a los Municipios lograr autonomía administrativa y financiera y no depender estrictamente de las
decisiones del gobierno central.
Esperamos que el siguiente estudio de las estructuras orgánicas conduzca al lector a una comprensión de
las Tablas de Valoración de la Alcaldía Municipal de San Luis y le permita identificar porque para algunos
periodos no se cuenta con la información requerida para realizar la TVD de la época respectiva.
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OBJETIVOS
OBJETIVOS GENERAL OBJETIVOS ESPECÍFICO
Construir las estructuras
orgánico- funcionales de la
Alcaldía Municipal de San
Luis Antioquia a partir de la
lectura de sus Actos
Administrativos, la
información oral que
podamos recolectar con los
empleados de la Alcaldía y
las demás fuentes
documentales que nos
permitan logra tal objetivo.
Identificar los actos administrativos,
organigramas y demás documentos
que nos permitan contextualizar la
historia del Municipio entre 1883 –
1995 y de 1995 - 2009
respectivamente.
Elaborar las estructuras orgánicas
para estas dos épocas.
Codificar dichas estructuras y utilizar
como insumo para la elaboración de
las Tablas de Valoración Documental.
Aplicar a la Tabla de Valoración
Documental los datos obtenidos de la
investigación de las estructuras y
actos administrativos, para así valorar
y seleccionar de forma coherente los
acervos Documentales generados en
los diferentes cambios
organizacionales que ha tenido el
Municipio
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HISTORIA DEL VOTO EN COLOMBIA
El origen del sufragio ciudadano para elegir altos funcionarios del Estado y las corporaciones públicas se
remonta a la época conocida en Colombia como La Patria Boba, 1810-1816, momento en el cual se
empezaron a forjar las instituciones liberales clásicas que se consolidaron después de la independencia en
la Carta de Angostura de 1819. Los sistemas electorales de la época estaban basados en el sufragio
indirecto y público, y en un posible voto universal que de hecho fue siempre en extremo restringido o de muy
baja participación electoral de la población.
El voto indirecto de la Patria Boba y la Gran Colombia fue similar al usado en Francia y España en 1810 y
practicado hasta 1834. La población votaba de manera directa en las parroquias, acá se designaban los
apoderados o Electores, quienes nombraban a otros electores, ellos a su vez en el nivel de la provincia,
eligen a los diputados a las Cortes en elecciones terciarias. La mayoría calificada era requerida para la
elección de Presidente, Vicepresidente y Senadores.
En la Nueva Granada se redujo una instancia y así la elección pasó a ser en principio de segundo grado,
pero cuando faltaba la mayoría absoluta se debía acudir al tercero, el cual era un “perfeccionamiento”. Este
eventual paso le correspondía al Congreso para la elección de Presidente y Vicepresidente de la República,
y a las respectivas Asambleas Electorales, en los casos de la elección de diputados a la Cámara Provincial,
cuando en el primer escrutinio de aquellas no se hubiere logrado la mayoría absoluta.
El sufragio indirecto en Colombia se prolongó en el tiempo para la elección de senadores y Presidente de la
República; sin embargo, desde la mitad del siglo XIX se hace en forma directa para los representantes a la
Cámara, las Legislaturas Estatales o Asambleas Departamentales y para las corporaciones municipales.
La elección de senadores fue siempre indirecta hasta los comicios de 1947, con excepción del “veranillo” de
1853-1859 y de algunos estados federales en los que no eran acordados por legislaturas. Desde la
“Regeneración” hasta los comicios de 1943 los senadores fueron nombrados a través de las Asambleas
Departamentales, y antes de 1851, por colegios electorales o asambleas electorales de provincias. Pero en
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numerosas ocasiones, de hecho los senadores fueron algo así como nombrados por el poder ejecutivo o la
cúpula política.
La elección de Presidente se hizo en segundo grado en el siglo pasado y hasta la del General Reyes en
1904, con excepción de la de 1856 en las que Ospina
Rodríguez derrotó a Murillo Toro y al General Mosquera, y la del Vicepresidente Mallarino que ejerció como
encargado para terminar el periodo de Obando.
Por su parte la elección de representantes a la Cámara fue indirecta sólo hasta 1852, a través de colegios o
asambleas electorales, y ha sido directa desde 1855 hasta hoy.
Proceso de elección
Para 1812 - 1815 en la Provincia de Cundinamarca, las elecciones primarias se celebraban en el nivel de
parroquia, en la cual se nombraban en un mismo día, cada año, los electores de la parroquia, mediante
designación de los ciudadanos congregados en Asamblea. La ciudadanía se hallaba restringida a una
fracción muy pequeña de la población debido a las calidades exigidas para hacer uso de este derecho, que
para la época era la de ser varón, mayor de 25 años de edad, padres de familia que vivían de su renta u de
su ocupación y no podían ser esclavos.
Estos electores primarios elegían apoderados, así: uno por cada 500 habitantes y uno más por un
excedente mayor de 250; pero si la población no alcanzaba los 500 habitantes, elegía el mínimo de uno. El
voto era público y uninominal; cada elector escribía el nombre de su candidato junto a su firma legible. Si en
el escrutinio ningún candidato obtenía la mayoría absoluta, el acto debía repetirse con los tres de mayor
votación, y si en este caso tampoco se lograba dicha pluralidad se hacía una tercera vuelta entre los dos
mayoritarios.
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22 días después de estos comicios primarios se realizaban los de segundo grado en el nivel de partidos, en
el que tomaban parte los apoderados de todas las parroquias del partido, congregados en el pueblo de la
cabecera del partido. En este nivel, por cada 5.000 habitantes se elegía un representante o lector y uno más
cuando el excedente era mayor de 2.500.
Dos semanas después, los electores de los partidos se reunían en la capital de la provincia donde se
constituían en Colegio Electoral con el fin de elegir funcionarios ejecutivos y miembros de corporaciones,
mediante el voto público y escrito, firmado por el respectivo elector y por la mayoría absoluta, en la forma ya
indicada. El colegio elegía en un mismo día, cinco semanas después de los comicios primarios, a los
consejeros, senadores, legisladores y miembros del poder judicial de la respectiva provincia, así como el
representante de ella al Congreso General del Reino. El número de miembros del Cuerpo Legislativo que
debía ser elegido era el de uno por cada 10.000 habitantes.
En otras provincias, durante la Patria Boba, el sistema presentaba algunas variaciones. Así, por ejemplo, en
la Provincia de Tunja para 1811, los electores de cada departamento de la provincia proponían 5 o 6
nombres al colegio electoral, el cual seleccionaba dos representantes. En el Colegio de la Provincia elegía
senadores, representantes y gobernador de la misma. En la Provincia de Antioquia en 1812, cada cabildo o
departamento de la provincia elegía un senador provisional.
Camino a la papeleta como sistema de votación
El sufragio fue público hasta la reforma de 1853 y desde entonces hasta hoy ha sido formalmente secreto.
Las normas de 1855 y 1856 prescriben la utilización de las “boletas” o papeletas, las cuales deben
ser “impresas o manuscritas y se encerrarán en una cubierta de papel blanco, de modo que pueda cerrarse
en forma de carta”. Cada elector depositará en la urna electoral, “que será una caja de madera con una
abertura que no baje de 8 centímetros”
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En una primera fase para las asambleas electorales de cantón y de provincia se votaba en las asambleas
parroquiales de viva voz, y después mediante papeletas con los nombres de los candidatos, y con la firma
de los sufragantes primarios. Todos los puestos elegibles en este período lo fueron por elección indirecta.
A partir de 1853 las elecciones dejaron de ser públicas en lo concerniente a los sufragantes primarios,
tomándose entonces en secretas, y siempre con la utilización de papeletas que se depositaban en urnas
electorales; vigiladas por jurados electorales, el día de los respectivos comicios. Aquí también y hasta 1931,
cuando finalizó el modo uninominal de escrutinio, se computaba el número de votos que hubiera recibido
cada individuo mencionando en el total de las papeletas escrutadas. Según el orden de votación se
declaraba su elección de manera ordinal, como principales a los de mayor votación, y como suplentes a los
subsiguientes en orden descendente. Las suplencias fueron ordinales y en cantidad igual a la de los
principales desde 1853 y hasta 1859, así como durante el federalismo radical; y personalizadas y dobles
(suplentes primero y segundo) en la Regeneración.
En el comienzo de la utilización de la papeleta y urnas la cantidad de personas por la cual se votaba era del
doble. En el Federalismo se voto por un número equivalente al doble de escaños a proveer.
Durante la Regeneración y hasta el final de la hegemonía conservadora (1886-1930) se debía especificar
por quien se votaba en calidad de principal y por quién en calidad de suplente.
En las elecciones presidenciales de 1990 se usó por primera vez la tarjeta electoral que reemplazó al viejo
esquema de la papeleta distribuida en los puestos de votación por cada partido.
Mediante la Ley 62 de 1988 en su artículo 124 se definió que “en la elección para Presidente de la
República, los ciudadanos votarán con tarjetas electorales que llevarán impresos los símbolos, emblemas y
colores de los diferentes partidos o movimientos políticos que participen en las votaciones, con impresión
clara del nombre y apellidos del respectivo candidato”.
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Momento de la elección
Una vez en la nación se permite el voto directo en 1853, las elecciones se celebraban en las parroquias ante
un Jurado Electoral compuesto por 5 miembros principales y 5 suplentes, nombrados por sorteo de la “lista
de todos los vecinos del Distrito que sepan leer y escribir”. Cada jurado tiene a su cargo una urna en la cual
no pueden votar más de 400 personas, norma que estuvo vigente hasta 1984 cuando en la ley electoral de
1985 esta capacidad se amplió hasta un máximo de 800 personas por urna. Los actos electorales se hacían
en sesión permanente y pública durante 6 horas para 1853 y 1859, de 9:00 am a 3:00 pm; de 7 horas en el
federalismo radical comprendido entre 1863 y hasta 1886, siendo de 9:00 am hasta las 4:00 pm y 8 horas
desde 1880 hasta hoy.
Quiénes pueden votar
Después de concluido el proceso de Independencia el país tuvo la responsabilidad de organizarse
institucionalmente. Lo primero que se debió considerar era a quienes se llamarían nacionales, para así
saber quién podía ejercer actividades electorales, razón por la cual, en primera instancia, los esclavos (que
constituían una mayoría en el país) no fueron considerados como ciudadanos.
En el periodo de la Patria Boba 1810-1815, para ser sufragante primario se debía vivir de la renta o del
trabajo, y tener más de 21 años o estar casado. Eran excluidos además de los esclavos los asalariados, los
vagos y aquellos de quienes constara que hubieran vendido o comprado votos en las elecciones.
Para esta misma época, para ser elector o sufragante secundario se requería tener un oficio honesto,
residente de la provincia y mayor de 20 años, para ser elegido representante terciario.
Es importante recordar que para esta época los sufragantes primarios votan para electores de parroquia, los
elegidos votan por apoderados de partido, éstos para representantes y éstos por el Colegio Electoral de
Provincia, que eran los encargados de elegir al Presidente, vicepresidente, consejeros, senadores,
legisladores, miembros del poder judicial y representantes de la provincia al Congreso General del Reino.
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Para la época de la Gran Colombia se redacta la Constitución de 1819 y se determina que para ser
sufragante primario o ciudadano se debe poseer una propiedad raíz de $500 o tener algún grado o
probación pública en una ciencia o arte liberal o mecánica, o gozar de un grado militar o de algún empleo
con renta anual de $300. Mientras que para ser Elector o sufragante secundario se debía tener una
propiedad de $1.000 o gozar de un empleo de $500 de renta anual o tener bienes raíces que le produzcan
una renta anual de $500.
Con la Constitución de 1821 para ser ciudadano se decidió que además de tener 21 años, ser casado se
tenía que tener una propiedad raíz o tener un oficio, profesión, comercio o industria útil, con casa o taller
abierto, sin dependencia de otro en clase de jornalero o sirviente.
En el año de 1843 se redactó una nueva Constitución, la cual, en relación con la cuestión de la ciudadanía y
de la función electoral, le dio continuidad a la noción de esclavitud y declaró como ciudadanos únicamente a
los hombres libres nacidos en el territorio, pero tan sólo concedió el derecho a participar en los procesos
electorales a aquellos hombres libres mayores de 21 años que fuesen dueños de bienes raíces localizados
en el territorio y cuyo valor fuese de $300 o que tuviesen una renta anual de $150 y haber pagado
impuestos.
Para ser Elector debía ser alfabeta y mayor de 25 años o ser casado y ser vecino del cantón.
Hasta 1853 tan sólo el 5% de los hombres ejercía el derecho al voto, el otro 95% no participaba del sufragio
por razones culturales, económicas o de ciudadanía.
Con la Constitución de 1853 surgen varios cambios importantes: se abolió la esclavitud en el territorio
nacional y se declaran ciudadanos y con derecho al voto a todos los hombres nacidos en el territorio que
estuvieran casados y que contaran con la mayoría de edad.
En esta Constitución se implanta la votación popular para los cargos públicos de mayor importancia y se
instaura el voto directo y secreto para elegir al Presidente y al Vicepresidente de la República, a los
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Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, al Procurador General de la Nación, a los Gobernadores,
Senadores y Representantes.
Como resultado de estas reformas, el proceso electoral se amplió, de tal suerte que, en el año de 1856,
hubo por primera vez en el país una elección de Presidente de la República por medio del sufragio
universal. El vencedor en estas elecciones fue el conservador Mariano Ospina Rodríguez.
Hacia el año de 1858 se promulgó una nueva Constitución con la participación de liberales y conservadores,
en la cual se mantenía el derecho al sufragio universal para todos los ciudadanos, los cuales eran los
hombres nacidos en el territorio nacional que tuviesen más de 21 años y que estuviesen o hubiesen estado
casados.
En 1863 se redactó una nueva Constitución en la que el poder central ya no definía las condiciones para un
proceso electoral sino que le daba libertad a cada Estado federal para establecer sus leyes, las cuales, en
muchos casos, concedían el derecho del sufragio universal únicamente a aquellos hombres que pudiesen
demostrar que eran alfabetas.
En 1886, periodo conocido históricamente como la Regeneración y que se extendió hasta 1904, se redactó
una nueva Constitución, la cual era de índole conservadora y centralista. En su texto se declaró como
ciudadanos a los hombres colombianos mayores de 21 años que tuvieran una profesión u oficio o una
ocupación licita y legitima como medio de subsistencia, aunque esto no era suficiente para poder ejercer el
derecho al sufragio, pues para poder ejercer el derecho a elegir representantes los ciudadanos debían saber
leer y escribir y tener ingresos anuales de más de $500 o propiedades cuyo costo fuese superior a $1.500.
De esta forma, las elecciones eran indirectas para Presidente de la República y Senadores, y directas para
Concejales municipales, Diputados a las Asambleas Departamentales y Representantes a la Cámara.
Es así que para elegir a los Representantes a la Cámara se requería ser alfabeta o tener propiedad de
$1.500 o renta anual de $500. Para elegir asambleas y Concejos se debía ser varón mayor de 21 años que
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ejerciera profesión, arte u oficio, o tenga ocupación lícita u otro medio legítimo conocido, según se expresa
en el artículo 15 de esta nueva constitución.
En 1910, periodo de Hegemonía Conservadora que se extendió hasta 1930, no hay elecciones indirectas,
excepto para senadores, las cuales estaban a cargo de Consejos Electorales nombrados por las Asambleas
Departamentales.
Con esta constitución el Presidente de la República y la Cámara de Representantes podía ser elegido de
forma directa por todos aquellos a quienes se les considerase ciudadanos, quienes debían ser alfabetas y
tener propiedad raíz de $1.000 o renta anual de $300. Para Asambleas y Concejos se requería ser varón,
mayor de 21 años.
En 1936 es instaurado el sufragio universal para todos los hombres mayores de 21 años, mientras que la
elección indirecta de Senadores se mantiene hasta el año de 1945. Para esta época se da la elección
directa para Presidente, Cámara de Representantes, Asambleas Departamentales y Concejos Municipales.
Durante el gobierno de Gustavo Rojas Pinilla no se realizaron elecciones sino hasta el plebiscito del
año 1957, en donde las mujeres, por primera vez en Colombia, obtienen derechos electorales; así, el
derecho al sufragio cobijó a todos los hombres y mujeres mayores de veintiún años, las mujeres
adquirieron el derecho al voto con el Acto Legislativo No. 3 de la Asamblea Nacional Constituyente,
el 25 de agosto de 1954.
El Acto Legislativo No. 1 de 1975 dispuso que “son ciudadanos los colombianos mayores de 18 años”
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PRIMERA ELECCIÓN POPULAR DE ALCALDES
El 13 de marzo de 1988, se realizó la primera elección popular de alcaldes en Colombia, luego de la
expedición del Acto Legislativo 01 del 9 de enero de 1986 que ordenó que: “Todos los ciudadanos eligen
directamente Presidente de la República, Senadores, Representantes, Diputados, Consejeros
Intendenciales y Comisariales, Alcaldes y Concejales Municipales y del Distrito Especial”.
Dos años después de esta reforma, bajo el gobierno del presidente Belisario Betancur y cuando ejercía
como Registrador Nacional del Estado Civil Humberto de la Calle Lombana, se realizó esta primera elección
de alcaldes, en la cual estuvieron habilitados para votar 11.700.000 colombianos y se eligieron un total
1.009 alcaldes quienes ejercieron por un periodo de dos años.
Antes de la elección popular de alcaldes, los mandatarios locales eran designados por el gobernador del
departamento, quien a su vez era escogido por el Presidente de la República. Con la Constitución de 1991
se extendió el periodo de los alcaldes a 3 años y se permitió la elección de gobernadores por voto popular.
Luego, mediante el Acto Legislativo 02 de 2002 los alcaldes pasaron a tener periodos de 4 años. Los
primeros mandatarios con período de cuatro años fueron elegidos en octubre de 2003 y se posesionaron el
1 de enero de 2004.
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MARCO LEGAL
1. NORMATIVIDAD EXTERNA
JERARQUÍA
NORMA
FECHA TÍTULO TEMA EMISOR ARTÍCULOS
CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE
COLOMBIA 1886
Agosto 5 de
1886
XVIII DE LA
ADMINISTRACIÓN
DEPARTAMENTAL Y
MUNICIPAL.
División territorial de
los Departamentos.
II. Asambleas
departamentales. Su
composición. Sus
facultades, Bienes
de los
Departamentos,
Presupuestos de
rentas y gastos
departamentales,
Revisión de los
actos de las
Asambleas.III.
Gobernadores: su
duración. Sus
atribuciones.
Incompatibilidad .IV.
Cabildos y Alcaldes:
sus funciones. V.
Régimen
excepcional del
Departamento de
Panamá.
Rafael Núñez y
Miguel Antonio
Caro
Articulo 63
CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE
COLOMBIA 1991
Julio 4 de 1991
TITULO IX DE LAS
ELECCIONES Y DE
LA ORGANIZACIÓN
De las Elecciones y
de la Organización
Electoral
Asamblea
Nacional
Constituyente
Articulo 258 al
Articulo 263 A
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ELECTORAL
LEY 4 DE 1913
Agosto 20 de
1913
TITULO I
TITULO II
Sobre régimen
político y municipal
El Congreso de
Colombia
Artículos del 1 al
44 Articulo 169
LEY 80
Octubre 28 de
1993
CAPITULO I
Por la cual se
expide el Estatuto
General de
Contratación de la
Administración
Pública
El Congreso de
Colombia
Artículos del 1 al
20
LEY 87
Noviembre 29
de 1993
CAPITULO I
Por la cual se
establecen normas
para el ejercicio del
control interno en
las entidades y
organismos del
estado y se dictan
otras disposiciones,
El Congreso de
Colombia
Todos los
Artículos
LEY 136 DE 1994 Junio 2 de 1994
CAPÍTULO I
CAPÍTULO V.
CAPÍTULO VI.
CAPÍTULO VII.
CAPÍTULO VIII.
CAPÍTULO IX.
CAPÍTULO X.
Por la cual se dictan
normas tendientes a
modernizar la
organización y el
funcionamiento de
los municipios
El Congreso de
Colombia
Artículos 1 al 20
Articulo 71 al 83
Articulo 84 al
116
Articulo 117 al
140
Articulo 141 al
147
Articulo 148 al
153
Articulo 154 al
167
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Ley 527 de 1999
Agosto 18 de
1999
CAPÍTULO I
CAPÍTULO II
CAPÍTULO III
Por medio de la cual
se define y
reglamenta el
acceso y uso de los
mensajes de datos,
del comercio
electrónico y de las
firmas digitales, y se
establecen las
entidades de
certificación y se
dictan otras
disposiciones
EL
CONGRESO
DE COLOMBIA
Artículos 1 al 25
LEY 594
Julio 14 de
2000
TITULO V
Por medio de la cual
se dicta la Ley
General de Archivos
y se dictan otras
disposiciones.
EL
CONGRESO
DE COLOMBIA
Articulo 24
LEY 617
Octubre 6 del
2000
CAPÍTULO I
Por la cual se
reforma
parcialmente la Ley
136 de 1994, el
Decreto
Extraordinario 1222
de 1986, se adiciona
la Ley Orgánica de
Presupuesto, el
Decreto 1421 de
1993, se dictan
otras normas
tendientes a
fortalecer la
descentralización, y
EL
CONGRESO
DE COLOMBIA
Artículo 1
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se dictan normas
para la
racionalización del
gasto público
nacional.
LEY 734
Febrero 5 de
2002
TITULO II
Por la cual se
expide el Código
Disciplinario Único.
EL
CONGRESO
DE COLOMBIA
Artículos 22 al
23
LEY 909
Septiembre 23
de 2004
TITULO I
TITULO II
TITULO III
TITULO IV
TITULO V
TITULO VI
TITULO VII
Por la cual se
expiden normas que
regulan el empleo
público, la carrera
administrativa,
gerencia pública y
se dictan otras
disposiciones.
EL
CONGRESO
DE COLOMBIA
Artículos 1 al 46
LEY 1150
Julio 16 de
2007
TITULO I
Por medio de la cual
se introducen
medidas para la
eficiencia y la
transparencia en la
Ley 80 de 1993 y se
dictan otras
disposiciones
generales sobre la
contratación con
Recursos Públicos.
EL
CONGRESO
DE COLOMBIA
Todos los
Artículos
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Página 20 de 64
LEY 1474
Julio 12 de
2011
CAPITULO I
CAPITULO II
Por la cual se dictan
normas orientadas a
fortalecer los
mecanismos de
prevención,
investigación y
sanción de actos de
corrupción y la
efectividad del
control de la gestión
pública.
EL
CONGRESO
DE COLOMBIA
Artículos 1 al 40
DECRETO 410
DE 1971
Marzo 27 de
1971
TITULO IV DE LOS
LIBROS DEL
COMERCIO
Por el cual se
Expide el Código de
Comercio
El Presidente
de la República
de Colombia
Artículos del 48
al 60
DECRETO 2649
Diciembre 29
de 1993
TODOS
Por el cual se
reglamenta la
contabilidad en
general y se expiden
los principios o
normas de
contabilidad
generalmente
aceptados en
Colombia
El Presidente
de la República
de Colombia
Todos
DECRETO 074
agosto 24 de
2010
POR EL CUAL SE
ADOPTA EL MANUAL
GENERAL DE
PROCESOS Y
PROCEDIMIENTOS
PARA LA
ADMINISTRACIÓN
MUNICIPAL DE SAN
Adopción de el de
Procesos y
Procedimientos para
la Administración
Municipal de San
Luis-Antioquia
Alcalde
Municipal de
San Luis Todos los
Artículos
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LUIS-ANTIOQUIA
ACTO
LEGISLATIVO 01
DE 1986
Enero 9 de
1986
POR EL CUAL SE
REFORMA LA
CONSTITUCIÓN
POLÍTICA
Reforma de la
Constitución Política
de Colombia
El Congreso de
Colombia
Todos los
Artículos
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2. NORMATIVIDAD INTERNA
JERARQUÍA
NORMA
FECHA TÍTULO TEMA EMISOR ARTÍCULOS
ACUERDO 017
Abril 3 de
1961
POR MEDIO DEL CUAL SE
CREA UN CARGO
Se crea el cargo de
Guarda Bosques
Concejo
Municipal de
San Luis
Antioquia
Articulo 1
ACUERDO 021
Abril 7 de
1961
POR MEDIO DEL CUAL SE
CREA UN CARGO
Se crea el cargo de
Tesorero Auxiliar para
Puerto Triunfo y Puerto
Perales
Concejo
Municipal de
San Luis
Antioquia
Articulo 1
Articulo 3
ACUERDO 026
Abril 8 de
1961
POR MEDIO DEL CUAL SE
ASIGNAN UNAS
FUNCIONES A UN
EMPLEADO MUNICIPAL Y
SE DISPONE DE UN GASTO
Asignación de
funciones a un
empleado Municipal y
se dispone de un Gasto
Concejo
Municipal de
San Luis
Antioquia
Articulo 1
Articulo 2
ACUERDO 063
Diciembre
17 de 1961
POR MEDIO DEL CUAL SE
CREAN UNOS CARGOS, SE
FIJAN SUS FUNCIONES Y
ASIGNACIONES
Se crea el cargo de
Citador de la
Inspección de Policía
de Puerto Perales y
Puerto Triunfo se fijan
sus funciones y
asignaciones
Concejo
Municipal de
San Luis
Antioquia
Articulo 1
Articulo 2
ACUERDO 07
Enero 29 de
1962
POR MEDIO DEL CUAL SE
HACE UNA CREACIÓN Y SE
AUMENTA UNA
ASIGNACIÓN
Se crea el cargo de
Ayudante del
Administrador de la
Planta Eléctrica y se
aumenta el salario al
Administrador de la
planta Eléctrica
Concejo
Municipal de
San Luis
Antioquia
Articulo 1
Articulo 2
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ACUERDO 017 Mayo 28 de
1962
POR MEDIO DEL CUAL SE
SUPRIMEN UNOS
SOBRESUELDOS
Se suprimen los
Sobresueldos de los
Médicos Jefes de los
puestos de salud
Concejo
Municipal de
San Luis
Antioquia
Articulo 1
ACUERDO 024
Agosto 19
de 1962
POR MEDIO DEL CUAL SE
SUPRIMEN UNOS CARGOS
Se suprimen los cargos
de citadores de la
Inspección de Policía
de Puerto Triunfo y
Puerto Perales
Concejo
Municipal de
San Luis
Antioquia
Articulo 1
ACUERDO 028 Agosto 27
de 1962
POR MEDIO DEL CUAL SE
SUPRIME UN CARGO
Se suprime el cargo de
Guarda Bosques
Concejo
Municipal de
San Luis
Antioquia
Articulo 1
ACUERDO 013 Agosto 16
de 1965
POR MEDIO DEL CUAL SE
CREA UN CARGO SE FIJA
SU ASIGNACIÓN Y SE
DICTAN OTRAS
DISPOSICIONES
Se crea el cargo de
Supervisor para la
Planta de Energía
Eléctrica para el
corregimiento de Puerto
Perales y se dan sus
Funciones y Asignación
Concejo
Municipal de
San Luis
Antioquia
Articulo 1
Articulo 2
ACUERDO 020
Diciembre 1
de 1965
POR MEDIO DEL CUAL SE
CREA UN CARGO SE FIJA
SU ASIGNACIÓN Y SUS
FUNCIONES
Se crea el cargo de
Citador de la
Inspección de Policía
de corregimiento de
Puerto Perales y se dan
sus Funciones y
Asignación
Concejo
Municipal de
San Luis
Antioquia
Articulo 1
Articulo 2
ACUERDO 027
Diciembre 3
de 1965
POR MEDIO DEL CUAL SE
SUPRIME UN CARGO Y SE
AUMENTA UN AUXILIO
Se suprime el cargo de
Almacenista de
alimentos CARE y
auméntese el Auxilio
para la Escuela
Eucarística de la
Concejo
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San Luis
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Articulo 1
Articulo 2
24. MUNICIPIO DE SAN LUIS, ANTIOQUIA
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“Leticia”
ACUERDO 015
Enero 10 de
1983
POR MEDIO DEL CUAL SE
CREA EL CARGO DE
CONDUCTOR Y SE FIJA SU
ASIGNACIÓN
se crea el cargo de
Conductor y se fija su
asignación
Concejo
Municipal de
San Luis
Antioquia
Articulo 1
Articulo 2
Resolución 09042 Diciembre
26 de 1983
POR MEDIO DEL CUAL SE
REALIZAN
OBSERVACIONES AL
ACUERDO 015 DE ENERO
10 DE 1983
se realizan
observaciones al
Acuerdo 015 de Enero
10 de 1983
Gobernación
de Antioquia
N/A
ACUERDO 030
mayo 1 de
1983
POR MEDIO DE LA CUAL SE
CREA LA EMPRESA
MUNICIPAL DE SERVICIOS
DE ACUEDUCTO Y
ALCANTARILLADO
MUNICIPALES
Se crea la Empresa
Municipal de Servicios
de Acueducto y
Alcantarillado
Municipales
Concejo
Municipal de
San Luis
Antioquia
Artículos 1 al 4
ACUERDO 036
Noviembre
12 de 1983
POR MEDIO DEL CUAL
SE SUPRIME EL CARGO
DE DIRECTOR
PATRONO DE OBRAS
PUBLICAS
Se suprime el
cargo de Director
Patrono de Obras
Públicas
Concejo
Municipal de
San Luis
Antioquia
Articulo 1
ACUERDO 078
Septiembre
2 de 1984
POR MEDIO DEL CUAL
SE CREA UN CARGO EN
LA CÁRCEL MUNICIPAL
Se crea el cargo de
Guardián
Concejo
Municipal de
San Luis
Antioquia
Articulo 1
Articulo 2
ACUERDO 028
Diciembre 2
de 1984
POR MEDIO DEL CUAL
SE CREA EL CENTRO
DE BIENESTAR DEL
ANCIANO
Se crea el Centro
de Bienestar del
Anciano
Concejo
Municipal de
San Luis
Antioquia
Artículos 1 al 7
ACUERDO 043 Enero 13 de POR MEDIO DEL CUAL Se crea un cargo Concejo Articulo 1
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Página 25 de 64
1985 SE CREA UN CARGO DE
CONDUCTOR
de Conductor Municipal de
San Luis
Antioquia
ACUERDO 076
Abril 21 de
1985
POR MEDIO DEL CUAL
SE CREA EL CARGO DE
AGENTE FISCAL
Se crea el Cargo
de Agente Fiscal
Concejo
Municipal de
San Luis
Antioquia
Articulo 1
Articulo 2
ACUERDO 018
Enero 1 de
1991
POR MEDIO DEL CUAL
SE CREA LA OFICINA
DE PLANEACIÓN
MUNICIPAL
Se crea la oficina
de Planeación
Municipal
Concejo
Municipal de
San Luis
Antioquia
Artículos 1 al 12
ACUERDO 019
Enero 1 de
1991
POR MEDIO DEL CUAL
SE CREA LA OFICINA
DE ARCHIVO Y
CORRESPONDENCIA
Se crea la oficina
de Archivo y
Correspondencia
Concejo
Municipal de
San Luis
Antioquia
Articulo 1 al 6
ACUERDO 044
Mayo 26 de
1991
POR MEDIO DEL CUAL
SE CREA LA
INSPECCIÓN
MUNICIPAL DE POLICÍA
Se crea la
Inspección
Municipal de
Policía
Concejo
Municipal de
San Luis
Antioquia
Artículos 1 al 7
ACUERDO 060
Octubre 6 de
1991
POR MEDIO DEL CUAL
SE CREA EL FONDO DE
VIVIENDA DE INTERÉS
SOCIAL REFORMA
RURAL Y URBANA
Se crea el Fondo
de Vivienda de
Interés Social
Reforma Rural y
Urbana
Concejo
Municipal de
San Luis
Antioquia
Artículos 1 al 27
ACUERDO 122
julio 26 de
1992
POR MEDIO DEL CUAL
SE REESTRUCTURA LA
ADMINISTRACIÓN
MUNICIPAL
Se reestructura la
Administración
Municipal
Concejo
Municipal de
San Luis
Antioquia
Todos los
Artículos
ACUERDO 018 diciembre 13 POR MEDIO DEL CUAL Se Realizan unas Concejo Articulo 1
26. MUNICIPIO DE SAN LUIS, ANTIOQUIA
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de 1992 SE HACEN UNAS
MODIFICACIONES AL
ACUERDO NUMERO 122
DEL 26 DE JULIO DE
1992, MEDIANTE EL
CUAL SE
REESTRUCTURA LA
ADMINISTRACIÓN
MUNICIPAL DE SAN
LUIS
modificaciones al
Acuerdo Número
122 del 26 de Julio
de 1992, Mediante
el cual se
Reestructura la
Administración
Municipal de San
Luis
Municipal de
San Luis
Antioquia
Articulo 2
Articulo 3
ACUERDO 036
marzo 17 de
1996
POR MEDIO DEL CUAL
SE CREA EL
ESTABLECIMIENTO
PÚBLICO DENOMINADO
DEPARTAMENTO DE
EXTENSIÓN CULTURAL
DEL MUNICIPIO
Se crea el
Departamento de
Extensión Cultural
del Municipio de
San Luis
Concejo
Municipal de
San Luis
Antioquia
Todos los
Artículos
ACUERDO 039
abril 28 de
1996
POR MEDIO DEL CUAL
SE CREA LA
DIRECCIÓN LOCAL DE
SALUD Y SE FACULTA
AL ALCALDE
MUNICIPAL PARA
ASUMIR LA DIRECCIÓN
LOCAL DE SALUD Y SE
ORGANIZA EL SISTEMA
DE SEGURIDAD SOCIAL
EN SALUD EN EL
MUNICIPIO
Se crea la
Dirección Local de
Salud y se faculta
al Alcalde
Municipal para
asumir la Dirección
Local de Salud y se
organiza el Sistema
de Seguridad
Social en Salud en
el Municipio
Concejo
Municipal de
San Luis
Antioquia
Todos los
Artículos
ACUERDO 015
diciembre 13
de 1998
POR MEDIO DEL CUAL
SE CREA LA UNIDAD
MUNICIPAL DE
Se crea la Unidad
Municipal de
Servicios Públicos
Concejo
Municipal de
San Luis
Todos los
Artículos
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SERVICIOS PÚBLICOS
DOMICILIARIOS DE SAN
LUIS
Domiciliarios de
San Luis
Antioquia
RESOLUCIÓN
221 Diciembre
11 de 2010
POR EL CUAL SE
AJUSTA EL SISTEMA DE
CODIFICACIÓN PARA
LA ELABORACIÓN DE
LAS TABLAS DE
RETENCIÓN
DOCUMENTAL
Se ajusta el
Sistema de
Codificación para la
Elaboración de las
Tablas de
Retención
Documental
Alcalde
Municipal de
San Luis
Articulo 1
Articulo 2
28. MUNICIPIO DE SAN LUIS, ANTIOQUIA
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REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS DE 1883 A 1995.
A continuación realizaremos una revisión de la documentación encontrada entre el año 1883 y 1990, es
importante señalar que no se hallaron muchos documentos en la Alcaldía ni en otros entes territoriales que
permitieran realizar unas Tablas de Valoración para un espacio temporal más pequeño.
En la siguiente revisión extraeremos de los Actos Administrativos suministrados por la Administración
Municipal los cargos y las funciones registrados en cada uno de ellos, con el fin de reconstruir de alguna
forma las estructuras orgánicas o jerarquías que tuvo la administración Municipal de San Luis Antioquia
desde que fue erigido Municipio en 1882 hasta el año 1990
ESTUDIO ACTOS ADMINISTRATIVOS E INFORMACIÓN OBTENIDA EN EL PROCESO DE
ORGANIZACIÓN DEL FONDO ACUMULADO 1883 A 1960
DOCUMENTOS FECHA TEMA FUNCIONES ARTÍCULOS
DECRETO 348 Febrero 26 de 1883
Erección del Municipio de
San Luis
No Aplica
No se Cuenta con el
Decreto
DECRETOS DE
POLICÍA Y
ADMINISTRATIVOS
De 1937 a 1938
Decretos de Policía y
Administrativos
Ver Decretos Ver Decretos
ACTAS DE POSESIÓN
Febrero 12 de 1945 a
enero 4 de 1959
Posesión de Funcionarios Ver Actas Ver Actas
CERTIFICADOS DE
DEFUNCIÓN
Febrero 7 de 1954 a
Diciembre 4 de 1960
Certificados de
Defunciones
No Aplica No Aplica
CERTIFICADOS DE
NACIMIENTO
Enero 22 de1935 a
octubre 31 de 1935
Certificados de
Nacimientos
No Aplica No Aplica
REGISTRO SOBRE
IMPUESTO DE
De 1937 a 1938 Libros de Registros. No Aplica No Aplica
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No se encontraron organigramas de esta época
DEGÜELLO Y
MATADERO DE
GANADO MENOR
REGISTRO SOBRE
IMPUESTO DE
DEGÜELLO Y
MATADERO DE
GANADO MAYOR
De 1937 a 1938 Libros de Registros. No Aplica No Aplica
REGISTRO DEL CORO
PUBLICO,
De 1937 a 1938 Libros de Registros. No Aplica No Aplica
REGISTRO DE
LICENCIAS DE
EMPLEADOS
De 1937 a 1938 Libros de Registros. No Aplica
No Aplica
REGISTRO DE ARMAS
DE FUEGO
(ESCOPETAS)
De 1937 a 1938 Libros de Registros. No Aplica No Aplica
REGISTRO DE
EXHORTOS LIBRADOS
Y PARA AUXILIAR
De 1937 a 1938 Libros de Registros. No Aplica No Aplica
RADICADOR DE
QUERELLAS Y
PROCEDIMIENTOS
VERBALES
De 1937 a 1938 Libros de Registros No Aplica No Aplica
LIBRO DE DEPÓSITOS De 1937 a 1938 Libros de Registros No Aplica No Aplica
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ESTUDIO ACTOS ADMINISTRATIVOS E INFORMACIÓN OBTENIDA EN EL PROCESO DE
ORGANIZACIÓN DEL FONDO ACUMULADO DE 1961 A 1988
DOCUMENTOS ACUERDO 017
FECHA Abril 3 de 1961
TEMA Se crea el cargo de Guarda Bosques
FUNCIONES No se cuenta con la Resolución donde se asignan las funciones como lo cita el presente Acuerdo
ARTÍCULOS Articulo 1
DOCUMENTOS ACUERDO 021
FECHA Abril 7 de 1961
TEMA Se crea el cargo de Tesorero Auxiliar para Puerto Triunfo y Puerto Perales
FUNCIONES
Este acuerdo dice textualmente “Observándose que el cargo creado se le deben las funciones
correspondientes”
ARTÍCULOS
Articulo 1
Articulo 3
DOCUMENTOS ACUERDO 026
FECHA Abril 8 de 1961
TEMA Asignación de funciones a un empleado Municipal y se dispone de un Gasto
FUNCIONES
Adscríbanse al Citador Municipal las funciones de vigilancia, control y conducción de los animales
que por motivos injustificables, se hallan el lugares públicos y predios de propiedad privada, para
lo cual deberá recorrer la plaza y calles públicas diariamente a mañana y tarde
ARTÍCULOS Articulo 3
DOCUMENTOS ACUERDO 063
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FECHA Diciembre 17 de 1961
TEMA
Se crea el cargo de Citador de la Inspección de Policía de Puerto Perales y Puerto Triunfo se
fijan sus funciones y asignaciones
FUNCIONES
A más de la de Citador de la Inspección, a hacer el barrido de la plaza pública, a hacer la lectura
de los contadores de energía eléctrica, durante los primeros dos días de cada mes; a la apagada
y prendida de los suiches del alumbrado público, de acuerdo con las ordenes que le imparta la
primera autoridad del lugar”
“Así mismo crease el cargo de Citador de la Inspección de Policía del corregimiento Puerto
Triunfo, que a más de las funciones de Citador de la Inspección, tendrá la función de hacer el
aseo del Matadero Público
ARTÍCULOS
Articulo 1
Articulo 2
DOCUMENTOS ACUERDO 07
FECHA Enero 29 de 1962
TEMA
Se crea el cargo de Ayudante del Administrador de la Planta Eléctrica y se aumenta el salario
al Administrador de la planta Eléctrica
FUNCIONES No se encuentran funciones en el presente Acuerdo
ARTÍCULOS
DOCUMENTOS ACUERDO 017
FECHA Mayo 28 de 1962
TEMA Se suprimen los Sobresueldos de los Médicos Jefes de los puestos de salud
FUNCIONES N/A
ARTÍCULOS Articulo 1
DOCUMENTOS ACUERDO 024
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FECHA Agosto 19 de 1962
TEMA
Se suprimen los cargos de citadores de la Inspección de Policía de Puerto Triunfo y Puerto
Perales
FUNCIONES No Aplica
ARTÍCULOS Articulo 1
DOCUMENTOS ACUERDO 028
FECHA Agosto 27 de 1962
TEMA Se suprime el cargo de Guarda Bosque
FUNCIONES No Aplica
ARTÍCULOS Articulo 1
DOCUMENTOS ACUERDO 013
FECHA Agosto 16 de 1965
TEMA
Se crea el cargo de Supervisor para la Planta de Energía Eléctrica para el corregimiento de
Puerto Perales y se dan sus Funciones y Asignación
FUNCIONES
El empleado creado por medio del Articulo anterior, deberá cumplir con las siguientes funciones:
a- Servirá de intermediario para la compra de combustibles, lubricantes y demás, materiales
necesarios para que se requieran para el buen funcionamiento de dicha empresa, dejando a salvo
los derechos que el señor Personero Municipal tenga en tales negociaciones.
b- Vigilará muy estrictamente a los empleados que hoy tiene a cargo el manejo de dicha empresa,
les impartirá las ordenes, que estime aconsejables para su buen funcionamiento y dará cuenta de
toda irregularidad que por parte de ese personal se presente en el cumplimiento de sus deberes a
efectos de tomar las medidas legales y aconsejables en bien del Municipio.
c- Hará todas las reparaciones que estén a su alcance, a la planta de energía de que trata este
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acuerdo, dando oportuno aviso de todo lo que esa planta se presuma la ocurrencia de algún daño, y
lo que sea aconsejable para preverlo a fin de evitar en lo posible la interrupción en tan importante
servicio, y
d- Las demás que le sean ordenadas por sus respectivos superiores.
ARTÍCULOS
Articulo 1
Articulo 2
DOCUMENTOS ACUERDO 020
FECHA Diciembre 1 de 1965
TEMA
Se crea el cargo de Citador de la Inspección de Policía de corregimiento de Puerto Perales y
se dan sus Funciones y Asignación
FUNCIONES
Asígnesele las siguientes funciones:
a- Hacer todas las citas de la oficina de la Inspección de Policía, Tesorería Auxiliar, etc.
b- Hacer el aseo de las oficinas Públicas, matadero, y plaza pública del mencionado Corregimiento.
c- A la pagada y prendida de los suiches del alumbrado público, a mañana y tarde, y
d- Las demás que le sean ordenadas por sus respectivos superiores
ARTÍCULOS
Articulo 1
Articulo 2
DOCUMENTOS ACUERDO 027
FECHA Diciembre 3 de 1965
TEMA
Se suprime el cargo de Almacenista de alimentos CARE y auméntese el Auxilio para la Escuela
Eucarística de la “Leticia”
FUNCIONES No Aplica
ARTÍCULOS Articulo 1
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Articulo 2
DOCUMENTOS ACUERDO 015
FECHA Enero 10 de 1983
TEMA se crea el cargo de Conductor y se fija su asignación
FUNCIONES No se encuentran funciones en el presente Acuerdo
ARTÍCULOS
Articulo 1
Articulo 2
DOCUMENTOS Resolución 09042
FECHA Diciembre 26 de 1983
TEMA
se realizan observaciones al Acuerdo 015 de Enero 10 de 1983
FUNCIONES
Estudiado el Acuerdo N° 015 de Enero 10 de 1983 expedido por el Concejo Municipal de San
Luis, el Gobernador del Departamento en uso de sus facultades legales se permite observar:
La corporación Edilicia al crear cargos para el buen funcionamiento de la administración, debe
asignarles las funciones correspondientes, pues de conformidad con el Articulo 63 de la
Constitución en armonía con el articulo 169-4 de la ley 4 de 1913, no habrá en Colombia empleos
que no tengan funciones detalladas en ley o reglamento”
ARTÍCULOS No Aplica
DOCUMENTOS ACUERDO 030
FECHA mayo 1 de 1983
TEMA
Se crea la Empresa Municipal de Servicios de Acueducto y Alcantarillado Municipales
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FUNCIONES
El cargo de Administrador de la EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS DE ACUEDUCTO Y
ALCANTARILLADO, tendrá como funciones básicas, entre otras las siguientes:
a- Será el responsable de su completo funcionamiento técnico del acueducto y el alcantarillado,
b- Hará los recaudos por concepto de tarifas de acueducto y alcantarillado;
c- Planeará y ejecutará las obras de alcantarillado y ampliará y extenderá el sistema de redes de
acueducto, en la medida que estos servicios sean solicitados por la ciudadanía”.
ARTÍCULOS Artículos 1 al 4
DOCUMENTOS ACUERDO 036
FECHA Noviembre 12 de 1983
TEMA Se suprime el cargo de Director Patrono de Obras Publicas
FUNCIONES No Aplica
ARTÍCULOS
Articulo 1
DOCUMENTOS ACUERDO 078
FECHA Septiembre 2 de 1984
TEMA Se crea el cargo de Guardián
FUNCIONES No se encuentran funciones en el presente Acuerdo
ARTÍCULOS
Articulo 1-
Articulo 2
DOCUMENTOS ACUERDO 028
FECHA Diciembre 2 de 1984
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TEMA Se crea el Centro de Bienestar del Anciano
FUNCIONES N/A
ARTÍCULOS Artículos 1 al 7
DOCUMENTOS ACUERDO 043
FECHA Enero 13 de 1985
TEMA Se crea un cargo de Conductor
FUNCIONES No se encuentran funciones en el presente Acuerdo
ARTÍCULOS Articulo 1
DOCUMENTOS ACUERDO 076
FECHA Abril 21 de 1985
TEMA Se crea el Cargo de Agente Fiscal
FUNCIONES
Las funciones del Agente Fiscal serian las siguientes: a- Intervenir en todos los asuntos
relacionados en beneficio del Municipio.
b- Servirá de Coordinador con el fin de destinar los auxilios y hacer las demás comisiones que
beneficien al Municipio
ARTÍCULOS Articulo 1
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ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE 1961-1985
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ESTUDIO ACTOS ADMINISTRATIVOS E INFORMACIÓN OBTENIDA EN EL PROCESO DE
ORGANIZACIÓN DEL FONDO ACUMULADO DE 1991 A 1998
DOCUMENTOS ACUERDO 018
FECHA Enero 1 de 1991
TEMA Se crea la Oficina de Planeación Municipal
FUNCIONES
CAPITULO III
DE LA OFICINA DE PLANEACIÓN Y SUS FUNCIONES.
ARTICULO 6° CREACIÓN.
Créese la Oficina de Planeación y Desarrollo Municipal, la cual tendrá la siguiente Estructura
Administrativa.
a- Una Junta de Planeación Municipal.
b- Un Director de Planeación Municipal.
ARTICULO 7° DEPENDENCIA.
La Oficina de Planeación estará adscrita al despacho de la Alcaldía y será organismo asesor de
esta y consultor del Concejo.
ARTICULO 8° FUNCIONES DE LA OFICINA DE PLANEACIÓN :
a- Elaborar el Plan Simplificado de Desarrollo Municipal.
b- Formular el programa Municipal de Inversiones, prescribiendo las metas y prioridades para el
Municipio, mirando los recursos y os medios para su ejecución.
c- Ejercer la Intervención, Inspección, y Vigilancia sobre las actividades d urbanización,
construcción, autoconstrucción de vivienda y de Obras públicas.
d- Levantar planos que indiquen la Proyección futura del Municipio determinando entre otras las
zonas residenciales, comerciales, industriales, de recreación, etc.
e- Determinar aperturas, ensanches y arreglos de vías Municipales.
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f- Determinar Obras de ornato, embellecimiento seguridad y saneamiento, construcción y
adecuación espacios y edificaciones públicas.
g- Proponer la adecuación de los terrenos con infraestructura vial de servicios públicos y comunales,
sin perjuicio de las actividades que otras entidades e incluso personas privadas realicen en
concordancia.
h- Fomentar y ejecutar planes de vivienda con el producto de la venta de bienes baldíos urbanos.
i- Velar por la prestación de los servicios básicos, agua, saneamiento, matadero, aseo público, plaza
de mercado, plaza de ferias, relleno sanitario, etc.
j- Fomentar la construcción, dotación y mantenimiento de planteles de educación, instalaciones
deportivas, de recreación y de fomento turístico.
k- Asesorar al ejecutivo Municipal en todo lo relacionado sobre Planeación Municipal.
l- Aprobar las licencias de construcción, alineamiento, permisos de demolición y demás exigencias
según las normas legales.
CAPITULO III DEL DIRECTOR DE PLANEACIÓN Y SUS FUNCIONES
ARTICULO 9° NOMBRAMIENTO.
El Director de Planeación Municipal será de libre nombramiento y remoción del señor Alcalde
ARTICULO 11°
FUNCIONES DEL DIRECTOR DE PLANEACIÓN MUNICIPAL:
a- Presentar al Alcalde y a la Junta de Planeación los distintos planes y programas que sean
prioritarios para el Municipio.
b- Informar al Alcalde periódicamente sobre el funcionamiento de la oficina.
c- Coordinar Interinstitucionalmente los proyectos que se tengan para el desarrollo del Municipio.
d-Promover programas educativos relacionados con Planeación Municipal.
e- Coordinar el funcionamiento de la Junta de Planeación.
f- Cumplir con las demás funciones que se le asignen.
CAPITULO IV DE LA JUNTA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL.
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ARTICULO 13° CREACIÓN.
Créese la junta de Planeación Municipal, tendrá un periodo de dos(2) años y será integrada por:
a- El Alcalde Municipal o su delegado quien la presidirá.
b- El Director de la Oficina de Planeación.
c- Los Integrantes de la Comisión del plan del Concejo o en su defecto dos (2) concejales.
d- Dos representantes de la Asociación de Juntas de Acción Comunal.
FUNCIONES DE LA JUNTA DE PLANEACIÓN:
a- Estudiar y evaluar los planes Institucionales para coordinar la Planeación Municipal.
b- Recomendar a la Administración Municipal, la política económica y social, encaminada a acelerar
el desarrollo del Municipio según las prioridades.
c- Estudiar y recomendar las políticas para fortalecer fiscalmente al Municipio según el espíritu de la
legislación vigente.
d- Definir de acuerdo con el Plan de Desarrollo los lugares para las urbanizaciones futuras.
e- Conocer y resolver todos los problemas que se presentaren con respecto a urbanizaciones y
construcciones.
f- Realizar programas de educación y difusión en el área urbana y rural relacionados con Planeación
Municipal.
g- La Junta de Planeación Municipal se pronunciara por medio de Resoluciones al tomar cualquier
determinación.
ARTÍCULOS
CAPITULO III
CAPITULO IV
ARTÍCULOS 6 al 15
DOCUMENTOS ACUERDO 019
FECHA Enero 1 de 1991
41. MUNICIPIO DE SAN LUIS, ANTIOQUIA
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TEMA Se crea la Oficina de Archivo y Correspondencia
FUNCIONES
ARTICULO 1°
Dentro de la Estructura Administrativa del Municipio, créese la Oficina de Archivo y
Correspondencia, adscrita a la Alcaldía Municipal (o a la Secretaria de Gobierno).
ARTICULO 2°
ESTA DEPENDENCIA TENDRÁ COMO OBJETIVO GENERAL: El de recopilar, conservar y tramitar
la documentación de los despachos Municipales de acuerdo con las normas legales y técnicas
sobre la materia, y tramitar en forma centralizada la correspondencia oficial.
Como objetivos específicos tendrá los siguientes:
a- Adoptar sistemas y métodos que, en materia de acopio, clasificación, conservación y
Administración de Documentos, permita un servicio adecuado al ente Municipal y a la comunidad.
b- Organizar el servicio de correspondencia, tanto interno como externo, de las dependencias del
Municipio.
c- Prestar el servicio de información y consulta e investigación a la Administración a los
administrados, así como expedir copias y certificar sobre la existencia y contenido de los mismos.
d- Proponer los sistemas para mejorar la prestación del servicio.
e- Determinar los procedimientos para la recepción y despacho de todos los documentos que se
tramiten en las dependencias Municipales.
f- Coordinar el funcionamiento del Comité Técnico del Archivo.
ARTICULO 3°
La Oficina de Archivo y Correspondencia tendrá:
Un (1) Archivero
ARTICULO 4°
El Archivero tendrá las siguientes funciones.
a- Dirigir el funcionamiento de la oficina de Archivo y correspondencia para fiel cumplimiento de sus
objetivos.
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b- Elaborar programas técnicos y dictar normas de acopio, clasificación, conservación y
administración de los documentos del archivo.
c- Coordinar las funciones del Archivo con las demás dependencias de la Administración Municipal,
para que los documentos sean elaborados adecuadamente y remitidos en tiempo oportuno a la
Oficina de Archivo y Correspondencia para su custodia.
d- Coordinar el funcionamiento del Comité de Archivo y Correspondencia, citándolo a reuniones
extraordinarias y ordinarias y desempeñar dentro de él las funciones de Secretario.
e- Proponer a la Administración Municipal la Adopción de los métodos y sistemas que tiendan a
mejorar los servicios de la oficina de Archivo y correspondencia.
f- Recibir, tramitar, clasificar, conservar y administrar los documentos de acuerdo con las normas
establecidas y las técnicas de Archivo.
g- Controlar el recibo, envió y devolución de los documentos prestados para consulta a la
dependencia municipal, elaborando las constancias y anotaciones necesarias.
h- Proponer al Comité de Archivo y Correspondencia políticas de acopio, conservación, restauración
y descarte de documentos.
i- Expedir copias de los documentos que se guarden en el Archivo, autenticarlas con su firma,
expedir certificados sobre la existencia y contenido de los documentos, auxiliar exhortos y autorizar
los desgloses que fueron solicitados conforme a la ley.
J- Llevar los libros de registro de consulta y de movimiento de los documentos.
k- Cumplir y hacer cumplir las normas y procedimientos sobre el funcionamiento del archivo.
l- Organizar el recibo, clasificación y despacho de la correspondencia que llegue o salga de las
dependencias Municipales, para que este servicio funcione en forma centralizada, solamente por
medio de la oficina de Archivo y Correspondencia.
m- Coordinar los servicios de mensajería que requieren las dependencias de la Administración
Municipal.
n- Efectuar la recolección de la correspondencia despachada en las oficinas Municipales y llevar a
cabo su radicación y control.
o- Recibir, clasificar y registrar la correspondencia recibida, distribuirla en las oficinas del Municipio,
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hacer el descargue cuando fuese contestada o cumplido el servicio solicitado, e informar a los
funcionarios competentes cuando no se hubiere hecho.
p- Archivar y conservar las copias necesarias de la correspondencia emitida y los ejemplares de la
recibida, una vez fuese contestada, para suministrar información a las oficinas Municipales.
ARTICULO 5°
CRÉESE EL COMITÉ DE ARCHIVO Y CORRESPONDENCIA QUE ESTARÁ INTEGRADO POR:
1- El Alcalde Municipal quien lo presidirá.
2- El Personero.
3- El Presidente del Concejo Municipal o su Delegado.
4- El Jefe de la Dependencia a la cual pertenecen los documentos objeto de la decisión que ha de
tomar el Comité.
5- Un ciudadano de reconocida prestancia académica, designado por el Concejo Municipal.
6- El Archivero, quien actuara como Secretario del Comité.
EL COMITÉ DE ARCHIVO Y CORRESPONDENCIA TENDRÁ LAS SIGUIENTES FUNCIONES (Ver
Anexo Numero Veinticinco Articulo V Numeral a al e)
ARTÍCULOS ARTÍCULOS DEL 1 AL 5
DOCUMENTOS ACUERDO 044
FECHA Mayo 26 de 1991
TEMA Se crea la Inspección Municipal de Policía
FUNCIONES ARTICULO 1°
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Crease la Inspección de Municipal de Policía como dependencia de la Alcaldía.
ARTICULO 2°
Serán funciones de la Inspección Municipal de Policía las siguientes:
1- Conocer de los asuntos o negocios que les asignen la ley, las Ordenanzas, los Decretos y los
Acuerdos.
2- Proteger la vida, honra y bienes de los ciudadanos, por lo tanto velar por el cumplimiento de los
derechos y garantías constitucionales y hacer efectivas las disposiciones legalmente consagradas.
3- Conocer de las contravenciones especiales contempladas en el Decreto Ley N° 522de 1971, Ley
23 de 1991, aplicando el procedimiento del Decreto 800 de 1991.
4- Conocer en única instancia:
a- De las contravenciones comunes ordinarias de que trata el Decreto Ley 1355 de 1970, excepción
hecha de las que le competen a la Policía Nacional.
b- De los procesos por amparo a la minoría de subsistencia.
c- En los procesos por amparo domiciliario.
5- La Inspección Municipal de policía decidirá sobre los asuntos policivos de su competencia de
conformidad con el procedimiento y demás preceptos que contengan las normas pertinentes.
Ejercer las demás funciones que le delegue el superior.
ARTICULO 3°
La Inspección Municipal de Policía deberá ser provista por parte de la Administración Municipal de
una sede Propia que reuna las condiciones adecuadas para el cumplimiento de las funciones
ARTICULO 4°
El Concejo deberá crear los Cargos de Inspector Municipal de Policía y Secretario
…ARTICULO 5°
La Inspección Municipal de Policía depende jerárquicamente del Alcalde Municipal en
reconocimiento a su condición de Jefe de Policía dentro de su jurisdicción y de manera general, las
atribuciones generales que le correspondan.
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ARTÍCULOS Artículos 1 al 5
DOCUMENTOS ACUERDO 060
FECHA Octubre 6 de 1991
TEMA Se crea el Fondo de Vivienda de Interés Social Reforma Rural y Urbana
FUNCIONES
ARTICULO 1°
Crear el Fondo de Vivienda de Interés Social reforma rural y urbana del Municipio de San Luis, que
para su organización, administración y funcionamiento regirá por las disposiciones que el Concejo
apruebe.
CAPITULO I
NATURALEZA JURÍDICA, DOMICILIO, OBJETIVOS Y FUNCIONES.
ARTICULO 2°
El fondo se constituirá como un establecimiento público del orden Municipal, que será manejado
como una cuenta especial del presupuesto, con unidad de caja y personería jurídica sometido a las
normas presupuestales y Fiscales que rigen para el Municipio como Entidad Territorial.
El fondo estará adscrito a la Oficina de Planeación Municipal o en su defecto a la Alcaldía Municipal.
OBJETIVOS:
ARTICULO 3°
El objetivo del fondo será el Desarrollo de Políticas de Vivienda de Interés social en el área Rural y
Urbana de la Jurisdicción Territorial del Municipio de San Luis, dando aplicación a los términos
previstos por las Leyes 09 de 1989 y 03 de 1991 y demás disposiciones concordantes, todo ello
enmarcado de los parámetros y políticas gubernamentales que se fijan para el sistema nacional de
Vivienda de Interés Social
ARTICULO 5°
DE LAS FUNCIONES
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Para el cumplimiento de su objetivo, el fondo realizara las siguientes funciones generales:
a- Coordinar acciones con el INURBE y demás entidades del sistema Nacional de vivienda de
Interés Social para la ejecución de Políticas.
Especialmente coordinará con la Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero la ejecución de
programas de soluciones de Vivienda de Interés Social en el Sector Rural y Urbano.
b- Desarrollar Directamente o en asocio con Entidades autorizadas, programas de construcción o
mejoramiento de Vivienda de Interés social
c- Adquirir por enajenación voluntaria, expropiación o extinción de dominio los inmuebles necesarios
para la ejecución de planes de Vivienda de Interés Social, la reubicación de asentamientos
humanos localizados en zonas de alto riesgo.
d- Promover o establecer centros de acopio de materiales de construcción para Vivienda de Interés
Social.
e- Poner en ejecución proyectos de reajustes de tierra siempre que se trate de Vivienda de Interés
Social, fomentar el desarrollo de las organizaciones populares de vivienda.
f- Desarrollar programas específicos de Vivienda dirigidos a empleados públicos y trabajadores
vinculados a la Administración Municipal y también a personas particulares.
g- Adquirir inmuebles mediante enajenación voluntaria, o expropiación y mantenerlos en reserva
para conformar el banco inmobiliario en beneficio de los habitantes del Municipio de San Luis.
h- Enajenar inmuebles mediante venta directa o licitación pública en los términos que la ley, de
modo que se elimine el elemento especulativo mediante la aplicación de una política justa en
materia de precios.
i- Arrendar, dar en comodato o permutar los inmuebles que adquiera.
CAPITULO II
DE LA DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN.
(Ver Artículo 6° y 7°).
FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA
ARTICULO 8°
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A la Junta Directiva le corresponde:
a- Estudiar y aprobar el presupuesto anual del fondo, así como los traslados y adiciones
presupuestales que garanticen la normal ejecución de los planes y programas del mismo, de
conformidad con las disposiciones legales vigentes.
b- Disponer la contratación de empréstitos con destino al fondo, y autorizar contratos respectivos de
conformidad con las disposiciones legales vigentes.
c- Adoptar las políticas del Fondo, así como los planes y los programas conforme a las directrices
que se tracen para el Sistema Nacional Vivienda de Interés Social.
d- Reglamentar y adjudicar las viviendas construidas por el Fondo de Interés Social.
e- Darse su propio reglamento.
f- Colaborar con el Gobierno Municipal en la solución de los problemas de Vivienda de Interés
Social.
g- Autorizar al señor Alcalde que en este caso es el Director del Fondo, para celebrar contratos cuya
cuantía exceda de veinte (20) salarios mínimos legales mensuales.
h- Examinar las cuentas y aprobar anualmente o cuando lo estime conveniente el balance y los
estatutos financieros del Fondo.
i- Las demás que le señale la ley, los reglamentos y los estatutos
CAPITULO V
DISPOSICIONES VARIAS
ARTICULO 22°
El Tesorero Municipal deberá elaborar anualmente, coincidiendo con el periodo que rige para el
Municipio el presupuesto del Fondo, en forma aparte e independiente del presupuesto Municipal, el
cual presentara el Director general del Fondo quien lo someterá a consideración y aprobación de la
Junta Directiva, antes de la iniciación del correspondiente periodo Fiscal.
ARTICULO 23°
El Fondo creara y llevara un sistema de contabilidad y de caja independiente del que existe para el
Municipio.
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ARTÍCULOS Artículos 1 al 8 y 22 y 23
DOCUMENTOS ACUERDO 122
FECHA julio 26 de 1992
TEMA Se Reestructura la Administración Municipal
FUNCIONES Todas las contenidas en el Acuerdo
ARTÍCULOS Todos los Artículos
DOCUMENTOS ACUERDO 018
FECHA diciembre 13 de 1992
TEMA
Se realizan unas modificaciones al Acuerdo Numero 122 del 26 de Julio de 1992, Mediante el cual
se Reestructura la Administración Municipal de San Luis
FUNCIONES No Aplica
ARTÍCULOS
Articulo 1
Articulo 2
Articulo 3
DOCUMENTOS ACUERDO 036
FECHA marzo 17 de 1996
TEMA Se crea el Departamento de Extensión Cultural del Municipio de San Luis
FUNCIONES
ARTÍCULOS Todos los Artículos
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DOCUMENTOS ACUERDO 039
FECHA abril 28 de 1996
TEMA
Se crea la Dirección Local de Salud y se faculta al Alcalde Municipal para asumir la Dirección Local
de Salud y se organiza el Sistema de Seguridad Social en Salud en el Municipio
FUNCIONES
ARTÍCULOS Todos los Artículos
DOCUMENTOS ACUERDO 015
FECHA diciembre 13 de 1998
TEMA Se crea la Unidad Municipal de Servicios Públicos Domiciliarios de San Luis
FUNCIONES
ARTÍCULOS Todos los Artículos
DOCUMENTOS Decreto 074
FECHA Agosto 24 2010
TEMA
Por el cual se adopta el manual general de procesos y procedimientos para la
Administración Municipal de San Luis-Antioquia
FUNCIONES Ver el Manual
ARTÍCULOS Articulo 1 al 15 Articulo 2
DOCUMENTOS RESOLUCIÓN 221
FECHA Diciembre 11 de 2010
TEMA Se ajusta el Sistema de Codificación para la Elaboración de las Tablas de Retención Documental
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FUNCIONES No Aplica
ARTÍCULOS
Articulo 1
Articulo 2
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ORGANIGRAMA 1995
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ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL SUBREGIÓN BOSQUES HÚMEDOS TROPICALES
MUNICIPIO DE SAN LUIS LIBRO DE DIAGNOSTICO 1999
1 DIMENSIÖN POLÍTICO ADMINISTRATIVA
1.6 ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN PÚBLICA.
Al ser este Municipio la unidad fundamental en la organización territorial del Estado Colombiano, las
políticas nacionales deben estar orientadas a engrandecerlo y fortalecerlo administrativa, económica y
socialmente, para que pueda cumplir con la finalidad social del estado, encomendada en la constitución de
1991
1.6.1 ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA.
En toda estructura Municipal se debe partir de “los principios rectores de la Administración Pública; La
organización y funcionamiento de los Municipios se basa en los postulados que rigen la función
administrativa y regulan la conducta de los servidores públicos, y en especial; con sujeción a los principios
de eficacia, eficiencia, publicidad y transparencia, moralidad responsabilidad e imparcialidad” Ley 136 de
1994.
En el campo legal, hay situaciones de orden económico, político, de tiempo y comprensión que no permiten
a la mayoría de las administraciones municipales estar al día con la cantidad de normas que se expiden y
derogan en lapsos de tiempo relativamente cortos, así como el cumplimiento de los planes, programas y
proyectos previamente establecidos. Así mismo, aunque sea notable su preocupación por la planeación
reflejada en los diferentes estudios y proyectos que con frecuencia se hacen, no siempre existe la suficiente
voluntad en el momento de dar la aplicabilidad a lo planeado.
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El accionar de la administración municipal de San Luis, frente a las normas legales y a la misión social
encomendada a este, se manifiesta a través de la siguiente estructura organizativa (Véase grafico N° 1
Organigrama Actual del municipio de San Luis) y planta de cargos:
Despacho del Alcalde: Compuesta por el Alcalde y un conductor de representación.
Concejo Municipal: Compuesta por once (11) Concejales y Secretaria
Personería Municipal: Compuesta por el Personero y Secretaria
Secretaria General y de Gobierno: Compuesta por la Secretaria general y de Gobierno, almacenista,
auxiliar de alcaldía, auxiliar de archivo, citador, aseo y oficios varios, inspectores de policía y tránsito y
secretario auxiliar.
Planeación y Obras Públicas: Compuesta por el director de Planeación y Obras Públicas, Unidad de
Servicios Públicos y Obras Públicas, Banco de Proyectos, auxiliar SISBEN, fontanero y operarios.
Dirección de Extensión Cultural: Compuesta por la Directora de la casa de la cultura, biblioteca y auxiliar
varios.
Tesorería Municipal: Compuesta por la Tesorera Municipal, Jefe de Presupuesto y Cuentas, Mutadora
Catastro Municipal, auxiliar de tesorería y Contador Público.
Dirección Fondo de Vivienda de Interés Social FOVIS: Compuesta por el Director y la Secretaria.
Dirección de Jundeportes: Compuesta por el Director, Secretario, Tesorero y Promotor Deportivo.
Dirección Unidad Municipal de Asistencia Técnica Agropecuaria UMATA: Compuesta por el Director,
secretaria, coordinador programa de pisicultura y coordinador de proyectos.
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Dirección Unidad Municipal de Gestión Ambiental –UGAM-: Compuesta por el Director, secretaria,
promotores ambientales, administrador del vivero, viverista y responsable proyecto MIRS.
Dirección Centro Bienestar del Anciano C.B.A y Programas Tercera Edad:
Compuesta por la coordinadora.
Promoción y Desarrollo Comunitario: Compuesta por el promotor de desarrollo.
Frente a la situación administrativa actual es importante aclarar que:
La oficina de planeación y obras públicas creó a su interior una Unidad de Servicios Públicos
Domiciliarios, pero sin dar cumplimiento a lo estipulado en la Ley 142 de 1994 en donde se establece
que de ser el municipio el prestador directo de éstos, se debe crear una empresa de servicios
públicos domiciliarios, independiente de la contabilidad del municipio.
No existe secretaría de educación pero dentro de la planta de cargos municipal se tiene vinculados
cinco docentes y se coordina con el Centro de Ayudas Educativas, conformada por los Jefes de
Núcleo 17-12 y 17-13.
No se ha creado la Dirección Local de Salud pero como ya dijo anteriormente cuentan con el Equipo
Comunitario de Salud – ECOS.
Ante la necesidad de racionalizar los escasos recursos económicos del municipio y conscientes de
que esto no garantiza la eficiencia y la eficacia en la prestación de los servicios, se está proponiendo
la reestructuración administrativa, que incluiría la fusión de la UMATA y la UGAM, liberando
$87.000.000 de pesos anuales; una Unidad de Deporte y Cultura; el FOVIS estaría bajo la
responsabilidad del director de Planeación, entre otras. Esto significa que para el año 2.000 los
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cargos que fueron desempeñados por contratistas en 1.999, quedarán vacantes y por consiguiente
las funciones se incrementarán para los funcionarios vinculados
La planta de cargos del municipio es de 38 personas vinculadas de las cuales 9 se encuentran en carrera
administrativa y 30 contratistas aproximadamente.
Existe una sola Inspección de Policía y Tránsito con asiento en la cabecera municipal y se desplaza a los
demás corregimientos cuando lo solicitan, en el caso
de El Prodigio se hace un seguimiento permanente y se trabaja en coordinación con la veeduría ciudadana
que allí existe. Esta Inspección de Policía centra su accionar en las campañas de prevención, especialmente
en las de sensibilización sobre el consumo de alcohol con jóvenes y dueños de bares y cantinas ya que el
consumo es alto, lo que no ocurre con las drogas. Con la policía se adelantan las campañas de señalización
de tránsito y el trabajo con los menores.
Dadas las condiciones particulares del corregimiento El Prodigio y específicamente su centro poblado, se
hace necesario la existencia de una autoridad administrativa permanente en él, como sería el corregidor, de
acuerdo a lo establecido en la Ley 136 de 1994, que además de las funciones policivas ejerza
administrativamente, canalice las necesidades de la población, gestione los proyectos y sirva de vínculo
entre la administración ejercida desde la cabecera y el corregimiento.
1.6.2 ENTIDADES DE APOYO A LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
Además de la estructura orgánica del municipio se cuenta con entidades de índole regional, departamental y
nacional, que apoyan y complementan la labor administrativa, como son:
Corporación Autónoma Regional del Río Negro - Nare (CORNARE): Administra en su jurisdicción, el
medio ambiente y los recursos naturales renovables y propende por su desarrollo sostenible en conformidad
con las disposiciones legales y las políticas del Ministerio del Medio Ambiente.
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Comité Departamental de Cafeteros: Presta asistencia técnica, asesoría y capacitación a los agricultores
cafeteros, como también realiza inversiones en programas y proyectos orientados a brindar mejor bienestar
a la población cafetera, mediante convenios con el municipio y la comunidad.
Empresa Antioqueña de Energía- EADE: Encargada del suministro de energía a la zona urbana y rural del
municipio (donde en esta última, la comunidad manifiesta su inconformidad por las altas tarifas.)
Empresa Antioqueña de Telecomunicaciones – Edatel: Encargada de la prestación del servicio de
telefonía pública básica conmutada y telefonía móvil rural.
Corporación Educativa a Distancia - COREDI: Brinda asesoría a los tutores del Sistema de Aprendizaje
Tutorial - SAT.
Universidad Católica del Oriente: Se adelante el programa profesional de Ingeniería Agroambiental, con
carácter semipresencial, se brinda asesoría los fines de semana en le municipio de El Santuario.
Fundación Río Claro – Cementos Río Claro: Aunque realmente esta empresa no tiene asiento directo en
el municipio, pues está localizada en territorio del municipio de Sonsón (zona Jerusalém - La Danta - San
Miguel), por su vecindad y
localización en la subregión, apoya algunos proyectos orientados hacia el mejoramiento de vivienda y la
generación de empleo de la población campesina, como son microempresas, porcicultura y parcelas
agropecuarias.
Corporación Vida, Justicia y Paz: Su sede está localizada en el municipio de Rionegro, pero adelanta un
convenio interinstitucional en San Luis.
Fundación Niños Alegres: Adelanta proyectos de desarrollo de las comunidades partiendo del bienestar
de los niños.
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Catastro Departamental: Encargado de los asuntos de la actualización de predios urbanos y rurales del
municipio. En la actualidad, funciona la oficina de mutación catastral, la cual se encarga de realizar los
cargues y descargues de las propiedades urbanas y rurales de la jurisdicción municipal.
Banco Agrario de Colombia: Es la única entidad financiera en la localidad, de tipo nacional (hoy
destruido).
Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA: Hace presencia en el municipio en programas de capacitación
y asesorías en actividades relacionadas con cultivos, preparación y conservación de alimentos.
INCORA: Funciona en este municipio desde 1986 como oficina regional, atendiendo los municipios de San
Luis, San Francisco, Cocorná, San Rafael y San Carlos. El municipio de Puerto Triunfo es atendido por la
regional de La Dorada - Caldas. La comunidad expresó su insatisfacción por lo poco eficiente que es dicha
oficina, ya que sus resultados solo se dan después de varios años.
Empresa Social del Estado -E.S.E- Hospital San Rafael: Compuesta por el Gerente, Subgerente
Administrativo, Subdirector científico, cuatro médicos de planta, enfermero jefe, once (11) auxiliares de
enfermería, bacteriólogo, odontólogo, dos conductores, además auxiliares de administración y personal de
oficios varios. Actualmente el municipio contrata con la Institución la ejecución el Plan Básico en Salud.
Fiscalía Delegada
Pastoral Social
Rentas Departamentales
Registraduría Municipal del Estado Civil
Policía Nacional
I.C.B.F.
Cruz Roja
Las diferentes Secretarías del Departamento
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Otras Empresas e Instituciones con Presencia en el Municipio: Flota de Transportes Granada,
Coloidales, Calinas, Parroquia, Hermanas Misioneras Siervas del Espíritu Santo, entre otras.
Dentro de la Subregión Bosques Húmedos Tropicales, la cabecera municipal de San Luis se perfila como un
centro de prestación de servicios porque allí se encuentran asentadas entidades de índole regional,
departamental y nacional y, especialmente porque a pesar de las dificultades y carencias, la administración
de este municipio muestra importantes avances en la conformación de su estructura administrativa, que
podrían generar condiciones favorables para el desarrollo de proyectos de desarrollo económico y social de
amplia cobertura.
Ver documento completo en el anexo numero 57
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ORGANIGRAMA TOMADO DEL MANUAL DE FUNCIONES DEL AÑO 2008
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OTROS ORGANIGRAMAS ENCONTRADOS
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Cr 18 # 17-08 PBX: 8348720-102-104, Línea gratuita: 01 8000 400105, Fax: 8348319, Celular: 3148325965
Correo: alcaldia@sanluis-antioquia.gov.co, archivo@sanluis-antioquia.gov.co, contactenos@sanluis-antioquia.gov.co, bquejasreclamos@sanluis-
antioquia.gov.co.Web: www.sanluis-antioquia.gov.co.
ORGANIGRAMA ACTUAL DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
DECRETO 074
DE AGOSTO 24 DE 2010
63. MUNICIPIO DE SAN LUIS, ANTIOQUIA
ARCHIVO MUNICIPAL
SAN LUIS EMPRENDEDOR Y PARTICIPATIVO
Cr 18 # 17-08 PBX: 8348720-102-104, Línea gratuita: 01 8000 400105, Fax: 8348319, Celular: 3148325965
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ORGANIGRAMA ELABORADO PARA LAS TABLAS DE VALORACIÓN DOCUMENTAL SÍNTESIS DE
LA RECONSTRUCCIÓN DE LAS ESTRUCTURAS ORGÁNICAS