Las entidades que prestan servicios de interrupción voluntaria del embarazo incluyen entidades promotoras de salud, administradoras del régimen subsidiado, entidades adaptadas, empresas de medicina prepagada, y entidades departamentales, distritales y municipales de salud. Los servicios estarán disponibles en todas las instituciones habilitadas. Se financian con cargo a la unidad de pago por capacitación del régimen contributivo o subsidiado, o con los recursos de las entidades territoriales para la población no cubierta. La objeción de conciencia
2. ¿ Quiénes prestan los servicios de
interrupción voluntaria del
embarazo ?
• Entidades promotoras de salud
• Las administradoras del régimen subsidiado
• Las entidades adaptadas
• Las empresas de medicina prepagada
• Las entidades departamentales, distritales y
municipales de salud
• Las entidades responsables de los régimenes de
excepción
• Los prestadores de servicios de salud
3. ¿ Cuál es la disponibilidad del
servicio de interrupción voluntaria
del embarazo?
La provisión de servicios seguros de interrupción
voluntaria del embarazo no constitutiva del delito de
aborto, estará disponible en todos los grados de
complejidad que requiera la gestante, en las
instituciones prestadoras habilitadas para ello.
4. ¿ Cómo se financian los servicios de
salud para la interrupción voluntaria
del embarazo?
Los planes obligatorios de salud de los régimenes
contributivo y subsidiado para las afiliadas al sistema
general de seguridad social en salud, se cubrirán con
cargo a la unidad de pago por capacitación del
respectivo régimen.
En la población pobre no cubierta con subsidios a la
demanda, la atención de dicho servicio se cubrirá con
cargo a los recursos que financian la prestación de los
servicios de salud en la respectiva entidad territorial.
Los servicios de salud para las afiliadas a los
regímenes de excepción, se cubrirán con cargo a los
recursos que financian los citados regímenes.
5. ¿ Qué es la objeción de conciencia ?
Es la actitud o creencia de carácter ético filosófico o
religioso que impide a una persona desarrollar una
actividad determinada.
En últimas es la decisión personal de no obedecer
normas jurídicas específicas, sin perjuicio del respeto a la
normativa general que rige a la sociedad.
6. ¿ Cómo opera la objeción de conciencia
frente a la no prestación de estos
servicios de salud ?
• Garantizando la prestación del servicio público esencial de
salud
• Evitando barreras de acceso y no vulnerando los derechos
fundamentales
La objeción de conciencia es una decisión individual y no
institucional, que aplica exclusivamente a prestadores
directos y no a personal administrativo
7. ¿ Pueden haber prácticas discriminatorias ?
En ningún caso la objeción de conciencia
La no objeción de conciencia o el antecedente de haber
practicado o realizado una interrupción voluntaria del
embarazo, podrá constituir una circunstancia de
discriminación para la gestante, los profesionales de salud
y los prestadores de servicios de salud.
8.
9. ¿ Qué es el código único Nacional de
Medicamentos, CUM ?
Es la identificación alfanumérica asignada a los
medicamentos por el Instituto Nacional de Vigilancia
de Medicamentos y Alimentos Invima.
10. ¿ Quién actualiza el Código Único
Nacional de Medicamentos ?
Es actualizado y publicado por el Instituto Nacional
de vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima.
11. ¿ Qué es el número trazador?
Es el número de expediente del medicamento bajo
el cual se tramitó la solicitud de registro sanitario.
Seguido de este hay otro número asignado por el
Invima a cada presentación comercial y será de
obligatorio uso por parte de quienes deben reportar
precios de medicamentos.