Presentación referida al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativasa Inversión (CIADI), organismo del Banco Mundial, y los tratados de protección de inversiones (TBIs), en especial referencia a la situación Argentina.
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Argentina y el CIADI
1. ElEl CIADI y los TBIsCIADI y los TBIs
(Tratados Bilaterales de Protección de Inversiones)(Tratados Bilaterales de Protección de Inversiones)
Situación de la Argentina y balance generalSituación de la Argentina y balance general
Dr. Javier EchaideDr. Javier Echaide
Universidad Nacional de Lomas de Zamora (UNLZ)Universidad Nacional de Lomas de Zamora (UNLZ)
Facultad de Derecho – 10 de noviembre de 2010Facultad de Derecho – 10 de noviembre de 2010
2. Para saber qué es cada cosa...
El CIADIEl CIADI Los TBILos TBI
El CIADI es el Centro Internacional de
Arreglo de Diferencias relativas a
Inversiones.
Es un organismo del Banco Mundial
creado en 1966.
Se trata de un Centro que forma
tribunales arbitrales para atender las
demandas internacionales que
inversionistas privados interponen
contra los Estados.
Estos tribunales son ad-hoc, es decir
que se forman solamente para atender
a ese caso y luego se disuelven.
Son miembros del CIADI unos 155
países, entre ellos Argentina.
Los Tratados Bilaterales de Protección
de Inversiones (TBI) son instrumentos
jurídicos internacionales firmados entre
dos Estados con el objeto de proteger
recíprocamente inversiones a nivel
internacional.
Lo que protegen son las inversiones
privadas de una empresa de un país
dentro de otro país.
Existen en el mundo alrededor de 1650
TBIs firmados, casi todos en la década
de 1990.
Ambos temas están relacionados, ya que
todos los TBIs designan al CIADI del Bco.
Mundial como lugar a donde someter
cualquier controversia en materia de
inversiones.
3. fuente: CIADI (2006)
Es imposible entender el
funcionamiento del CIADI
separado de la proliferación de los
TBIs y los tratados de libre
comercio (TLC) ocurrida durante la
década de los ´90.
El cuadro –hecho por el propio
CIADI- muestra la cantidad de
demandas presentadas hasta el
año 2006. Allí se puede observar
cómo la actividad del CIADI y la
cantidad de demandas aumentan
en forma exponencial a partir de
1994 (año en que ¿casualmente?
entró en vigor el NAFTA, se dio
cierre a la Ronda Uruguay del
GATT que propuso la creación de
la OMC, y mismo año en que se
iniciaron las negociaciones del
ALCA)...
En estos 40 años de funcionamiento del CIADI que se
muestran en el gráfico, se ve cabalmente cómo la
globalización neoliberal impactó en las demandas que las
empresas trasnacionales podían desde ese momento
presentar contra los Estados nacionales para hacerse de
ganancias no percibidas, aún cuando éstas hubieran caído
por violaciones de los contratos de concesión en manos de
las propias empresas transnacionales.
4. CIADI y tratados de libre comercioCIADI y tratados de libre comercio
• Todos los tratados de libre comercio (TLC) tienen un capítuloTodos los tratados de libre comercio (TLC) tienen un capítulo
sobre Inversiones. Ellos son el corazón de estos acuerdos.sobre Inversiones. Ellos son el corazón de estos acuerdos.
• ElEl ALCAALCA (tratado de libre comercio impulsado por EEUU para(tratado de libre comercio impulsado por EEUU para
todo el continente americano y que fracasó en 2005) tenía sutodo el continente americano y que fracasó en 2005) tenía su
capítulo de inversiones que era una copia del TLC de Américacapítulo de inversiones que era una copia del TLC de América
del Norte: el NAFTA.del Norte: el NAFTA.
• Esos capítulos de inversionesEsos capítulos de inversiones son la copia casi calcada de losson la copia casi calcada de los
TBIsTBIs y del Capítulo de Inversiones del NAFTA (el TLC entrey del Capítulo de Inversiones del NAFTA (el TLC entre
EEUU, Canadá y México).EEUU, Canadá y México).
• De hecho, el ALCA establecía que uno de los mecanismos paraDe hecho, el ALCA establecía que uno de los mecanismos para
la resolución de conflictos en materia de inversiones debía serla resolución de conflictos en materia de inversiones debía ser
el propioel propio CIADICIADI......
5. ¿Contra quiénes se demanda
dentro del CIADI? Este gráfico
muestra que la mayoría de las
demandas (32%, en rojo) están
presentadas sólo contra
Argentina, el doble de demandas
que recibe el resto de América
Latina, por ejemplo (16%, en
fucsia).
La gran mayoría de los casos
contra la Argentina han sido
presentadas por empresas
transnacionales que participaron
del proceso de privatización en los
´90. Con el estallido social de
2001, la crisis económica 2001-
2003 y ante la devaluación del
peso, estas empresas –cuyas
tarifas estaban fijadas en dólares
estadounidenses- exigieron
reajustes tarifarios a valores que la
gente no podría pagar, o
demandar al Estado ante el CIADI.
De este modo, las empresas trasnacionales han aplicado
un mecanismo de chantaje amparadas en los TBIs
firmados por el gobierno neoliberal de Carlos Menem.
El monto total estimado de las demandas contra Argentina
es entre US$ 13.000 y US$ 20.000 millones, algo
equivalentes a 30 veces el presupuesto anual en salud
de nuestro país, y un 6,5% de su PIB.
fuente: CIADI (2006)
6. Cuestiones técnicas...Cuestiones técnicas...
• Legitimidad procesal activaLegitimidad procesal activa (quién puede demandar)(quién puede demandar): Aunque el tratado
constitutivo del CIADI dice que cualquier demanda puede ser presentada por
cualquier parte del litigio, los TBIs habilitan sólo a las empresas
transnacionales a demandar a los Estados. Esto no ocurre al revés, dándose
una muestra clara de una falta de igualdad entre las partes interesadas para
actuar en un mecanismo que favorece solamente a la ETN.
• Norma aplicableNorma aplicable: La ley que se aplica para resolver estas demandas
internacionales es solamente la letra del TBI. Quedan de lado los derechos
establecidos en las leyes locales, en las Constituciones Nacionales, o incluso
los tratados internacionales que estén en vigor. El TBI se convierte en una
ley autónoma que es el único recurso posible para que el tribunal emita su
veredicto.
• Instancia de revisión y/o apelaciónInstancia de revisión y/o apelación: El CIADI forma tribunales arbitrales
únicos, y por tanto no hay instancia superior a ese tribunal “ad hoc”. En
conecuencia, las decisiones del CIADI son inapelables e irrevisables,
volviéndose en obligatorias para los Estados.
• Cláusulas de ultractividadCláusulas de ultractividad: Casi todos los TBIs tienen cláusulas que hacen
que, por más que un Estado desee salirse de estos acuerdos, éstos
funcionen durante 10 años más. Generalmente los TBIs tienen una duración
de 10 años, prorrogables automáticamente. Con esta ultra-actividad, el TBI
sobrevive 10 años más a pesar de la manifestación pública y soberana del
Estado en retirarse de tratado.
7. ... que son problemas políticos... que son problemas políticos
• El modelo hegemónico neoliberal y en particular el patrón de acumulación
que se consolidó desde los años ´70, se basa en la libre circulación de los
capitales a escala global.
• Así, para que los inversionistas tengan garantizada esa libre circulación han
requerido una legalidad internacional que acompañe el proceso.
• En ese contexto, y desde los años ´90, la mayoría de los Estados del Sur
Global ha firmado TBIs con países más industrializados del Norte, con el fin
de dar seguridades jurídicas a las empresas transnacionales, mas allá de la
que disponen los propios sistemas jurídicos nacionales.
• Este sistema de protección de las inversiones extranjeras armado en los
´90 por el neoliberalismo, termina siendo un sistema de expoliación de
recursos económicos que son patrimonio público.
• A pesar de que son entes públicos los que firman estos tratados
internacionales (son los Estados los que firman los TBIs), los beneficiados
directos son entes privados: las empresas transnacionales.
• Así estos tratados se transforman en marcos jurídicos por encima de las
legislaciones nacionales que permiten a las empresas demandar a los
Estados, a pesar de no ser ellas firmantes de los tratados y pasando así por
encima de sus propios gobiernos.
8. • Lejos de ser neutral e independiente, el CIADI y los tribunales semejantes,
en la gran mayoría de los casos han favorecido a los inversionistas,
dejando de lado los derechos de los pueblos y las prioridades e intereses
de la política pública nacional, pues su mandato estipula juzgar sólo si se
viola o no el acuerdo de protección, y no si las razones para ello son
“buenas o malas” (como por ejemplo, los intereses públicos o la violación
del contrato de concesión por parte de la ETN).
• Así, el rol del CIADI es negar la incertidumbre de la inversión: el riesgo
capitalista se esfuma al ser ahora garantizada la ganancia por los Estados
nacionales o por estos tribunales arbitrales.
• En los países latinoamericanos es muy sensible el tema de las inversiones
vinculadas con la extracción o explotación de recursos naturales: gas,
petróleo, minería, agua, etc. Estas inversiones despilfarran recursos vitales,
afectan el medio ambiente y los derechos de pueblos indígenas,
campesinos y de la población en su conjunto.
• De hecho, casi la mitad de las demandas presentadas en el CIADI
provienen justamente de empresas de sectores energéticos y que proveen
agua potable.
9. TBIs ratificados por Argentina y en vigorTBIs ratificados por Argentina y en vigor
MERCOSUR
ALCA
China
Armenia
Estados Unidos
Canadá
Chile
Bolivia
Ecuador
Venezuela
Turquía
Egipto
Túnez
países de
Europa
CIADI (1994)
autor: Dr. Javier Echaideautor: Dr. Javier Echaide
(jechaide@hotmail.com)(jechaide@hotmail.com)
10. TBIs ratificados por Argentina y en vigorTBIs ratificados por Argentina y en vigor
(con países de Europa únicamente)(con países de Europa únicamente)
EspañaPortugal
Italia
Francia
Bélgica y
Luxemburgo
Gran Bretaña
Holanda
Alemania
CroaciaSuiza
Austria
Dinamarca
Suecia
Finlandia
Polonia
Hungría
Rumania
Bulgaria
Turquía
Ucrania
autor: Dr. Javier Echaideautor: Dr. Javier Echaide
(jechaide@hotmail.com)(jechaide@hotmail.com)
Grecia
11. Argentina es el país que más
TBIs tiene firmados en el
mundo: 58 tratados en total
(en la página web del CIADI
figuran registrados 56) a los
que se le pueden sumar el
tratado de adhesión al CIADI y
el tratado de ingreso a la OMC
(que también posee un
mecanismo de solución de
diferencias propio).
Todos estos acuerdos fueron
firmados entre 1990 y 2002.
Antes de eso, Argentina no
tenía ningún tratado de
protección de inversiones ni
era miembro del CIADI.
Argentina ingresó a este
organismo del BM en 1994 y a
la OMC en 1995.
Investigación: Dr. Javier EchaideInvestigación: Dr. Javier Echaide
(jechaide@hotmail.com)(jechaide@hotmail.com)
Listado completo de TBIsListado completo de TBIs
firmados por Argentinafirmados por Argentina
12. No es cierto que es necesario ser miembro de estasNo es cierto que es necesario ser miembro de estas
instituciones para “pertenecer al primer mundo”.instituciones para “pertenecer al primer mundo”.
Los países miembros del CIADI actualmente sonLos países miembros del CIADI actualmente son
155155, y, y Argentina es miembro desde el 19/10/1994Argentina es miembro desde el 19/10/1994..
De los países que hoy son más gravitantes en lasDe los países que hoy son más gravitantes en las
relaciones internacionales,relaciones internacionales, ni India, ni Brasil sonni India, ni Brasil son
miembros del CIADImiembros del CIADI (el resto del MERCOSUR sí es(el resto del MERCOSUR sí es
miembro). De hecho, Brasil –la potencia regional- nomiembro). De hecho, Brasil –la potencia regional- no
tiene ni un solo TBI en vigor con ningún país deltiene ni un solo TBI en vigor con ningún país del
mundo...!mundo...!
Tampoco son miembros del CIADI otros países deTampoco son miembros del CIADI otros países de
peso estratégico regional, comopeso estratégico regional, como MéxicoMéxico,, CanadáCanadá
(aunque ambos son miembros del NAFTA, que tiene(aunque ambos son miembros del NAFTA, que tiene
un mecanismo de solución de controversias propio),un mecanismo de solución de controversias propio),
RusiaRusia oo FilipinasFilipinas. Incluso. Incluso Gran BretañaGran Bretaña no esno es
miembro del CIADI...miembro del CIADI...
De los miembros, solo dos países han denunciadoDe los miembros, solo dos países han denunciado
recientemente su tratado de ingreso al CIADI y conrecientemente su tratado de ingreso al CIADI y con
ello han comunicado su salida del organismo:ello han comunicado su salida del organismo: BoliviaBolivia
(que lo hizo en 2007) y(que lo hizo en 2007) y EcuadorEcuador (que lo hizo a(que lo hizo a
mediados de 2009).mediados de 2009).
Los tratados de adhesión a este centro tienenLos tratados de adhesión a este centro tienen
cláusulas de ultra-actividadcláusulas de ultra-actividad por 10 años, por lo que,por 10 años, por lo que,
aún habiendo comunicado la voluntad soberana delaún habiendo comunicado la voluntad soberana del
Estado de quedar fuera de estos mecanismos, losEstado de quedar fuera de estos mecanismos, los
efectos sobre la judicialización de las protecciones aefectos sobre la judicialización de las protecciones a
las inversiones extranjeras dentro del CIADI todavíalas inversiones extranjeras dentro del CIADI todavía
pueden ser aplicadas por 10 años después de haberpueden ser aplicadas por 10 años después de haber
CIADICIADI
13. Bolivia (2007)Bolivia (2007)
Ecuador (2009)Ecuador (2009)
En una decisión sin precedentes, el gobierno de
Evo Morales tomó la decisión política de retirar a
su país del CIADI en el año 2007.
Sin embargo, y a pesar de esta decisión soberana,
las cláusulas de ultractividad de los TBIs continúan
permitiendo que las ETN demanden al Estado
boliviano por 10 años más. El deslinde total de
Bolivia del CIADI será efectivo entonces en el año
2017...
Siguiendo el ejemplo de Bolivia, el gobierno de
Rafael Correa anunció su retiro del CIADI dos
años más tarde, siendo Ecuador el segundo país
en retirarse del organismo.
Al igual que en el caso anterior, el deslinde
efectivo de Ecuador del CIADI ocurrirá en el año
2019...
Y yo
también!!
Me voy del
CIADI!!
????
$%&#%&$!
CIADI
14. Casos contra la Argentina
en el CIADI
• Hay cerca de 1.650 TBIs firmados en el mundo, casi todos ellos
firmados en los ´90.
• El CIADI ha recibido 184 demandas, todas invocando TBIs
como instrumentos jurídicos a aplicar.
• De esos 184 casos, 49 han sido contra la Argentina.
• De esos 49 procesos arbitrales, Argentina tiene en trámite 17
causas por montos entre US$ 12.000 millones y US$ 20.000
millones.
• Argentina ha recibido en contra 4 laudos (3 de ellos quedaron
firmes y deben indemnizarse a las empresas que accionaron, y
1 tiene todavía un recurso de nulidad en trámite).
• Argentina tuvo 6 laudos a favor, 2 de ellos fueron recurridos por
las empresas que demandaron y los dieron vuelta, resultando
condenatorios contra el Estado).
15. Señores: con el
Tratado de Lisboa,
hay que revisar los
TBIs!
Europa y los TBIs...
La Unión Europea (UE) celebró el Tratado de
Lisboa el 13 de diciembre de 2007.
Este tratado enmiendo el tratado constitutivo de
la UE –el Tratado de Maastricht- estableciendo
nuevas políticas internas para la unión.
Luego de la celebración del Tratado de Lisboa,
la Comisión Europea halló un vacío jurídico
respecto de las políticas de protección de
inversiones con países extra-UE, dado que los
TBIs habían sido celebrados por cada Estado
miembro de la UE por separado con 3ros
Estados.Comisión Europea
Es por eso que la Comisión Europea publicó en julio de 2010 dos documentos claves al
respecto y determinó un plazo de 5 años para que todos los países miembros de la UE
abriesen un proceso de revisión de todos los TBIs firmados por ellos, y les manda o
renegociarlos bajo los nuevos parámetros del Tratado de Lisboa, o hacer que expiren.
La mayoría de los TBIs que tiene firmados la Argentina son con países europeos, y miembros
de la UE. Por lo que, por propia obligación de la UE, todos estos tratados serán sujetos a
revisión de aquí hasta el 2015.
Ello ofrece una tremenda oportunidad para países como Argentina –entre tantos otros
latinoamericanos que se encuentran en similares condiciones- para volver a tomar una
posición sobre estos temas y revertir la situación desventajosa en la que están hoy.
16. ¿Cómo se vinculan los TBIs y el CIADI¿Cómo se vinculan los TBIs y el CIADI
con otros temas?con otros temas?
El tema de inversiones tienen mucho que ver con el manejo económico
internacional y con cómo se disparan desde allí mecanismos que
comprometen las soberanías de los Estados.
Se vincula también con los tratados de libre comerciotratados de libre comercio (TLC) porque éstos
tienen siempre un capítulo sobre inversiones que son el corazón de esos
tratados internacionales.
El ALCAALCA (Acuerdo de Libre Comercio para las Américas) tenía su capítulo
de inversiones que era una copia casi textual del capítulo de inversiones
del NAFTA (TLC de América del Norte), e incluía al CIADI como uno de
los foros a donde las empresas podían recurrir para demandar a los
Estados miembros en caso de una disputa legal.
Los montos de las indemnizaciones que las empresas reclaman son
siderales, por tanto, condicionan fuertemente los presupuestos
nacionales.
17. ETN
Demandar al
Estado infractor
en sus tribunales
nacionales
Presentar demanda
ante el CIADICIADI
Presentar demanda
ante el UNCITRALUNCITRAL
Presentar demanda
dentro del TLCTLC
Reclamar ante su
propio Estado
Para que éste lo
represente en
una reclamo ante
la OMCOMC
ALCAALCA
Las corporaciones o empresas transnacionales (ETN) tienen la posibilidad de elegir entre 55
opcionesopciones de dónde presentar sus reclamos; 4 de ellas de conformidad con normativas extrañas a
las jurisdicciones locales y la Constitución Política del país donde resida y desempeñe su
actividad comercial.
El individuo, entre tanto, solamente tiene 1 opción1 opción: la de presentarse ante los tribunales locales
comunes para intentar resolver su litigio conforme a la ley nacional.
Por lo tato, se le está dando una mayor capacidad procesal activamayor capacidad procesal activa (esdeir, posibilidad de elegir
donde demandar) al capital transnacional que al individuo para buscar resarcir sus intereses.
18. Distribución de las demandas
contra Argentina en el CIADI,
según sector de actividad de las empresas
puertos 3%
electricidad 22%
petróleo y gas 37%
agua y saneamiento
19%
servicios informáticos
6%
otros no privatizados
13%
19. muchas gracias por tu atención...
Dr. Javier Echaide
Abogado (UBA), Becario Doctoral UBACyT, docente universitario (UBA
y UNLZ), Maestría en Relaciones Internacionales (UBA),
miembro del IRINI (UNLZ) y del Instituto A. Gioja (UBA)
Correo: jechaide@hotmail.com