1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
INTEGRANTES:
Ivany Daal C.I.:22.095.452
SAIA/A
2. Introducción
El Poder Electoral dirige, organiza, y vigila todos los actos relativos a la elección
de los cargos de representación popular de los cargos públicos así como
referendos y plebiscitos; pero se agrega que podrá ejercer sus funciones en el
ámbito de las organizaciones de la sociedad civil cuando así lo requiera el interés
público y en los términos que determine la ley.
Como expresión de salto cualitativo que supone el tránsito de la democracia
participativa y protagónica, se crea una rama del poder público; el Poder Electoral
ejercido por órgano del consejo nacional electoral que tiene por objeto regular el
establecimiento de las bases, mecanismos y sistemas que garantizan el
advenimiento del nuevo ideal u objetivo democrático. Una nueva cultura electoral
cimentada sobre a la participación ciudadana.
3. En otro orden de idea tenemos que se expresa esta nueva concepción a
través de la implementación de instituciones políticas como la elección de cargos
públicos; el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato la iniciativa
legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y las asambleas de los
ciudadanos y ciudadanas, cuyas decisiones revisten el carácter de vinculante
entre otros. Son estos los novedosos medios que le garantizan al pueblo la
participación y protagonismo en el ejercicio de su soberanía.
En tal sentido resulta trascendente la forma en que el ciudadano puede participar
en la formación, ejecución y control de la gestión pública, pues ella no se limita a
la intermediación de los partidos políticos, sino que puede hacerse en forma
directa, en perfecta sujeción al concepto de soberanía en forma directa, que en
forma expresa prevé el Art. 5 del novísimo texto constitucional.
La concepción de Poder Electoral está asociada a la idea del poder de los
electores, ejercido a través del voto para escoger a sus representantes y
gobernantes en los poderes públicos. Siendo el Poder Electoral el centro a
partir del cual los otros poderes se constituyen en forma directa o indirecta,
es concebido como el conjunto de órganos que cumplen la función de
organizar, supervisar y llevar a término las elecciones y referendos, y en
general los procesos electorales, para que el pueblo, mediante estos
procesos electorales, ejerza democráticamente su soberanía. El Poder
Electoral, en consecuencia, es garante de la soberanía que reside en el pueblo,
quien lo ejerce a través del voto, lo acredita a través de los órganos electorales y
cuya esencia es el ciudadano.
El Poder Electoral se ejerce por órgano del Consejo Nacional Electoral, como ente
rector, y como órganos subordinados a éste, por la Junta Nacional Electoral, la
Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y
Financiamiento. Los órganos del Poder Electoral deben actuar en forma
coordinada en los procesos electorales y de referendos. La forma de integración y
de designación de las autoridades del Poder Electoral se regirá por lo establecido
en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en esta Ley.
establecimiento de las bases, mecanismos y sistemas que garantizan el
advenimiento del nuevo ideal u objetivo democrático. Una nueva cultura
electoral cimentada sobre a la participación ciudadana.
El Consejo Nacional Electoral es uno de los 5 poderes independientes de la
República Bolivariana de Venezuela, el cual es responsable y garante de la
transparencia de los procesos electorales y refrendarios que se llevan a cabo en
dicha nación.
4. Es el ente rector del Poder Electoral, responsable de la transparencia de los
procesos electorales y refrendarios; garantiza a los venezolanos la
eficiente organización de todos los actos electorales que se realicen en el país y
en particular, la claridad, equidad y credibilidad de estos procesos y sus resultados
para elevar y sostener el prestigio de la institución electoral. Noble propósito para
mantener vivo en los ciudadanos el afecto por la democracia, en cuanto
al sistema más adecuado para una pacífica convivencia de nuestra sociedad.
la organización, administración y supervisión de todos los actos relativos a
procesos electorales a realizarse en el ámbito nacional, regional, municipal y
parroquial, a través de la Junta Nacional Electoral, la Comisión de
Participación Política y Financiamiento y la Comisión de Registro Civil y Electoral
como órganos subordinados, garantizando y preservando el sufragio como
expresión genuina de la voluntad del pueblo y fuente creadora de los poderes
públicos
EL Órgano Subordinado del Consejo Nacional Electoral. Se encarga de la
dirección, supervisión y control de todos los actos relativos al desarrollo de
los procesos electorales y de referendos, previstos en la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela.
Se encarga de la formación, organización, supervisión y actualización del Registro
Civil y del Registro Electoral. Está integrada por dos rectores principales y un
rector suplente incorporado.
Planificar, coordinar, supervisar y controlar el registro civil y electoral, así como
conservar los libros, actas y demás documentos concernientes.
Le corresponde la depuración continua y efectiva del Registro Electoral y su
publicación en los términos establecidos en la ley, para su posterior remisión a la
Junta Nacional Electoral.
Jurisdicción contenciosa electoral En la ley orgánica de procesos electorales el
Artículo 197. La Jurisdicción Electoral la ejerce el Consejo Nacional Electoral, la
Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia y los Tribunales competentes en la
materia.
La legislación electoral puede existir como un grupo separado de leyes o como un
código electoral único. Ello puede incluir condiciones para el establecimiento de la
autoridad electoral y sus funciones, la ley electoral por sí sola y el sistema
electoral a ser implementado.
5. Conclusión
Luego de haber investigado y analizado el texto expuesto en el presente
ensayo podemos ver la importancia de todos los órganos encargados de velar y
garantizar los derechos a igual que el Derecho al sufragio en nuestra sociedad,
cuando hablamos del PODER ELECTORAL sabemos que nos referimos a un
organismo nacido para velar por la moral, la educación, los valores, la buena
administración de los recursos, en general para velar por el bien común de
nuestros habitantes como sociedad de paz, Asimismo, hay que señalar que
cuando hablamos de Poder Electoral , nos referimos a una serie de organismo e
instituciones. Estas son las encargadas de supervisar en todo momento que los
procesos de elecciones funcionen correctamente.
Así, desde el Poder Electoral, se dirigirán estos procesos coordinándolos y
vigilando que se hagan siempre desde la legalidad más absoluta.
6. Bibliografía:
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Consejo nacional electoral
LEY ORGÁNICA DEL PODER ELECTORAL